MERCAGRANADA S.A. CRTA. BADAJOZ-GRANADA, KM 436 18015 GRANADA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES PARTICULARES PARA EL CONTRATO
DEL PROYECTO Y DE LA EJECUCIÓN DE INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS PARA LOS CONTRATOS DE ENERGÍA EXISTENTES EN MERCAGRANADA Y UNIFICACIÓN DE PUNTOS DE MEDIDA EN NAVE DE PESCADOS DE LA UNIDAD ALIMENTARIA DE
MERCAGRANADA
EXPEDIENTE Nº 21M/2018
MERCAGRANADA S.A. XXXX. XXXXXXX-XXXXXXX, XX 000 00000 XXXXXXX
PLIEGO DE CLAUSULAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DEL PROYECTO Y DE LA EJECUCIÓN DE LAS INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS PARA LOS CONTRATOS DE ENERGÍA EXISTENTES EN MERCAGRANADA Y UNIFICACIÓN DE LOS PUNTOS DE MEDIDA EN LA NAVE DE PESCADOS DE LA UNIDAD ALIMENTARIA DE MERCAGRANADA. (EXPEDIENTE NÚMERO 21M/2018).
Contenido
SEGUNDA.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO. 4
TERCERA.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y RESPONSABLE DEL CONTRATO 4
CUARTA.- PERFIL DE CONTRATANTE 5
QUINTA.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRESUPUESTO DE LICITACIÓN. 5
SEXTA.- PRECIO DEL CONTRATO. 6
SÉPTIMA.- PLAZOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO. 6
OCTAVA.- PERFECCIÓN Y EFICACIA DEL CONTRATO 6
NOVENA.- DOCUMENTACIÓN CON CARÁCTER CONTRACTUAL 7
II. REQUISITOS DE LOS LICITADORES 7
DÉCIMA.- APTITUD PARA CONTRATAR 7
DECIMO PRIMERA.- ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD DE OBRAR. 8
DECIMO SEGUNDA.- PROHIBICIONES DE CONTRATAR. 9
DECIMO TERCERA.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA 9
DECIMO CUARTA.- ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA 9
III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 12
DECIMO QUINTA.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. 12
DECIMO SEXTA.-ANUNCIO DE LICITACIÓN. 13
DECIMO SÉPTIMA.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. 13
DECIMO OCTAVA.- GARANTÍA PROVISIONAL 14
DECIMO NOVENA.-VARIANTES O MEJORAS. 15
VIGESIMA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 16
VIGESIMO PRIMERA.- APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES. 19
VIGESIMOSEGUNDA.- ADJUDICACIÓN. 20
VIGÉSIMOTERCERA.- GARANTÍA DEFINITIVA 21
VIGESIMOCUARTA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. 22
VIGESIMOQUINTA.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 22
VIGESIMOSÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 24
VIGESIMOCTAVA.- MEDIOS PERSONALES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
VIGESIMONOVENA.- FORMA DE PAGO. 26
TRIGESIMA.- PENALIDADES POR CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO Y DEMORA 26
TRIGESIMOPRIMERA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 27
TRIGESIMO TERCERA.- SUBCONTRATACIÓN. 28
TRIGÉSIMO CUARTA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. 29
TRIGESIMOQUINTA.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 30
TRIGESIMOSEXTA.- PLAZO DE GARANTÍA 30
TRIGESIMOSÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD 30
TRIGESIMOOCTAVA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 31
TRIGESIMONOVENA.- JURISDICCIÓN COMPETENTE 32
ANEXO I. MODELO DE AVAL (SOBRE A): 33
ANEXO II. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN (SOBRE A) 34
ANEXO III. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (SOBRE A): 36
ANEXO IV. MODELO DE OFERTA ECONOMICA (SOBRE C) 37
XXXXX X: DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE SUBCONTRATACIÓN 38
ANEXO VI: HOJA DE CONTROL DE VISITA A LAS INSTALACIONES OBJETO DEL CONTRATO PARA LA ELABORACIÓN DE LA OFERTA Y PLANIFICACION DE TRABAJO A PRESUPUESTAR EN LA OFERTA 39
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR INDICANDO QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN 40
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 41
AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO. SOBRE A 42
CUADRO ANEXO AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO GENERAL 44
I.-DISPOSICIONES GENERALES.
PRIMERA.- OBJETO Y FINES.
El presente contrato tiene por objeto la adjudicación a través del procedimiento general de la realización de los trabajos mencionados en el epígrafe y en apartado
A) del Cuadro Anexo, pudiendo consistir en la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles o servicios.
Al objeto de este contrato le corresponde la codificación de la Nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades (CPA), y en su caso, la codificación relativa a la Nomenclatura Vocabulario Común de los Contratos (CPV), que se detalla en el apartado A) del Cuadro Anexo.
En el caso de que el objeto del presente contrato admita fraccionamiento y así se justifique debidamente en el apartado A) del Cuadro Anexo, podrá preverse la realización independiente de cada una de sus prestaciones en lotes, siempre que éstos sean susceptibles de utilización o aprovechamiento separado y constituyan una unidad funcional, o así lo exija la naturaleza del objeto. La división por lotes del objeto del contrato se detallará, en su caso, en el apartado A) del Cuadro Anexo.
SEGUNDA.- NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.
El contrato tiene naturaleza privada y se rige por el presente Pliego de Cláusulas Particulares, por el Pliego de Prescripciones Técnicas, por las Instrucciones Internas de Contratación de MERCAGRANADA S.A. y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP), en cuanto resulten de aplicación a las entidades del sector público que no tienen la condición de poder adjudicador y, supletoriamente, por el Derecho privado. Así como la legislación específica que resulte de la aplicación por motivo del objeto del contrato.
TERCERA.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y RESPONSABLE DEL CONTRATO
El órgano de contratación es el Consejo de Administración de MERCAGRANADA S.A.
El responsable de la adjudicación del contrato en el ejercicio de estas facultades delegadas es el que se indica en el apartado B) del Cuadro Anexo.
El responsable de la contratación es el Director Gerente de MERCAGRANADA S.A. y le corresponde iniciar el expediente, y proponer la adjudicación a los responsables a los que corresponda.
El responsable de la contratación designará al responsable de la ejecución del contrato reflejado en el apartado B) del Cuadro Anexo al que corresponde supervisar la ejecución y adoptar las decisiones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que se le atribuyan.
CUARTA.- PERFIL DE CONTRATANTE.
En el perfil de contratante de MERCAGRANADA S.A. se encuentran publicadas las Instrucciones Internas de Contratación, el presente pliego y toda la información relativa a esta licitación y a las demás licitaciones en curso y adjudicaciones efectuadas en procedimientos no excluidos de publicidad, sin perjuicio de la posibilidad de utilizar otros medios alternativos o adicionales de publicidad.
El acceso al perfil del contratante se efectuará a través de la página web de MERCAGRANADA S.A. (xxx.xxxxxxxxxxxx.xx) y en la Plataforma de Contratación del Estado (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), donde también estará a disposición de los licitantes toda la documentación necesaria para la presentación de las ofertas por medios electrónicos, desde la publicación del correspondiente anuncio de la licitación.
La presentación de las ofertas a través de la Plataforma de Contratación del Estado, deberá realizarse en todo caso mediante archivos firmados digitalmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 321.2.b).1º de la LCSP.
En todo caso, las empresas interesadas pueden recabar información adicional en el domicilio social, sito en Xxxx. Xxxxxxx-Xxxxxxx, Xx 000, 00000 XXXXXXX.
QUINTA.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.
El valor estimado del contrato asciende a la cantidad que se indica en el apartado C) del Cuadro Anexo, teniendo en cuenta el importe total del contrato, sin IVA, incluidas las posibles prórrogas y la totalidad de las posibles modificaciones previstas.
En el supuesto de que el objeto del contrato se divida en lotes, se expresará también el valor estimado del contrato que corresponda a cada lote en el apartado C) del Cuadro Anexo.
El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad que se indica en el apartado
C) del Cuadro Anexo, que corresponde con el importe del contrato durante su
vigencia inicial excluidas las prórrogas y posibles modificaciones previstas.
En el supuesto de que el objeto del contrato se divida en lotes, se expresará el presupuesto base de licitación que corresponda a cada lote, pudiendo los licitadores optar por ofertar a la totalidad de los lotes o a un número determinado de ellos.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte.
SEXTA.- PRECIO DEL CONTRATO.
El precio del contrato será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá exceder del presupuesto base de licitación anteriormente descrito, y que deberá expresar el importe del IVA como partida independiente.
La forma de determinación de precio será la definida en el apartado D) del Cuadro Anexo.
SÉPTIMA.- PLAZOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de ejecución de este contrato será el consignado en el apartado E) del Cuadro Anexo de este Pliego. El citado plazo se computará a partir de la fecha de formalización del contrato, salvo en los supuestos en que se establezca otra cosa en el mismo apartado E) del Cuadro Anexo.
Las posibles prórrogas, en su caso, vendrán indicadas en el mismo apartado E) del Cuadro Anexo.
En los contratos de tracto sucesivo, en el supuesto de que el contrato llegue a su vencimiento, el adjudicatario vendrá obligado a prorrogar, si MERCAGRANADA S.A. así lo solicitara, el correspondiente contrato en vigor en las mismas condiciones en tanto se resuelva la nueva licitación que al efecto se convoque.
OCTAVA.- PERFECCIÓN Y EFICACIA DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará mediante su adjudicación, en caso de que su eficacia quede condicionada se establecerá en el apartado F) del Cuadro Anexo.
NOVENA.- DOCUMENTACIÓN CON CARÁCTER CONTRACTUAL.
El presente Pliego de Cláusulas Particulares y sus Anexos y el Pliego de Prescripciones Técnicas revestirán carácter contractual. El contrato se ajustará al contenido del presente documento, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante del respectivo contrato.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos y de los otros documentos contractuales de toda índole que puedan tener aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no eximirá al adjudicatario de la obligación de cumplirlos.
II. REQUISITOS DE LOS LICITADORES
DÉCIMA.- APTITUD PARA CONTRATAR.
Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o se encuentren debidamente clasificadas, cuando así se exija en el apartado G) del Cuadro Anexo al presente pliego,
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias del contrato si sus prestaciones están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Quienes concurran individual o conjuntamente con otros a la licitación de una concesión de obras o servicios, podrán hacerlo con el compromiso de constituir una sociedad que será titular de la concesión.
No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de
Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas con los entes del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior se acompañará a la documentación que se presente.
Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Podrán presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
DECIMO PRIMERA.- ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD DE OBRAR.
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o, mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
DECIMO SEGUNDA.- PROHIBICIONES DE CONTRATAR.
No podrán concurrir a la licitación las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones de contratar recogidas en el artículo 71 de la LCSP, debiendo acreditarse y apreciándose por el órgano de contratación del modo previsto en el artículo 72 de la LCSP.
La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
La declaración responsable se ajustará al modelo que figura como Xxxxx XXX.
DECIMO TERCERA.- SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA.
Para presentar proposiciones los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y técnica o contar con la clasificación exigida, en su caso, en el apartado G) del Cuadro Anexo.
DECIMO CUARTA.- ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA.
1.- Solvencia económica y financiera.
La solvencia económica y financiera se acreditará por los medios que se especifican en el apartado G) del Cuadro Anexo, que vienen descritos en el artículo 87 de la LCSP y que son los siguientes:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336.
Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. No obstante, el órgano de contratación podrá establecer el volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo.
b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. La ratio entre activo y pasivo podrá tenerse en cuenta si el poder adjudicador especifica en los pliegos de la contratación los métodos y criterios que se utilizarán para valorar este dato. Estos métodos y criterios deberán ser transparentes, objetivos y no discriminatorios.
Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores de este apartado, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no
pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad.
d) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, el órgano de contratación podrá establecer medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores, siempre que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato.
2.- Solvencia técnica o profesional
La solvencia técnica será acreditada por los medios que se especifican en el apartado G del Cuadro Anexo que vienen descritos en el artículo 90 de la LCSP y que son los siguientes:
a. Relación de los principales servicios o trabajos efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al Órgano de Contratación por la autoridad competente.
b. Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
c. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d. Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el Órgano de Contratación o, en su nombre, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad.
e. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la
ejecución del contrato.
f. En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
g. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
h. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
i. Indicación, en caso de estar permitida la subcontratación, de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
Por la naturaleza del objeto del contrato, en el caso de ser necesaria la acreditación de solvencia económica, técnica o profesional complementaria a la señalada, se completará en el apartado G) del Cuadro Anexo.
Si en el pliego se divide en lotes, debe especificarse la solvencia para cada lote de no ser la misma para cada uno de ellos.
3.- Compromiso de adscripción de medios personales y materiales.
Además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, los licitadores deberán comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales relacionados, que deben ser suficientes para ello.
Estos compromisos se integrarán en el contrato con el carácter de obligaciones esenciales a los efectos de la resolución del contrato o la imposición de penalidades.
III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
DECIMO QUINTA.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El contrato se adjudicará por el procedimiento general previsto en las Instrucciones Internas de Contratación de MERCAGRANADA S.A., en el que todo empresario interesado que acredite la personalidad, capacidad y solvencia exigidas podrá presentar una oferta, estando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
DECIMO SEXTA.-ANUNCIO DE LICITACIÓN.
El anuncio de licitación se publicará en el perfil de contratante de MERCAGRANADA S.A., donde se mantendrá por el plazo mínimo de 15 días naturales, o por el que se indique en el apartado H) del Cuadro Anexo en caso de que la urgencia de la contratación requiera un plazo más breve. Atendiendo a la cuantía del contrato, su objeto, ámbito geográfico del mismo, características y circunstancias del sector se podrán utilizar los medios adicionales de publicidad que se indican en el mismo apartado H) del Cuadro Anexo.
El pliego de cláusulas particulares y el de prescripciones técnicas serán accesibles a través del perfil de contratante de MERCAGRANADA S.A. y estarán a disposición de los licitadores en su sede en Xxxx. Xxxxxxx-Xxxxxxx xx. 000, X.X.: 18015 de Granada, y en su caso, en el lugar que se indique en el apartado H) del Cuadro Anexo, durante un plazo mínimo de 15 días naturales a partir del día en que se publique el anuncio.
Los licitadores interesados podrán obtener ejemplares de dicha documentación bien, personalmente o, por medio de persona autorizada, previo abono de la cantidad que se indica en el apartado H) del Cuadro Anexo como gastos derivados de la mencionada documentación.
DECIMO SÉPTIMA.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Las proposiciones se presentarán en la sede de MERCAGRANADA S.A. sita en la Xxxx. Xxxxxxx-Xxxxxxx xx. 000, X.X.: 00000 xx Xxxxxxx, en mano o por correo certificado, en horario comprendido entre las 4:00 y las 13:30 horas, de lunes a jueves y entre las 4:00 y las 12:00 horas viernes y sábados, los domingos el registro estará cerrado, hasta el día y hora límites indicados en el apartado I) del Cuadro Anexo.
Su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido del presente pliego y de los restantes documentos contractuales, sin salvedad o reserva alguna.
Cuando se envíen por correo certificado, el empresario deberá justificar el día y hora de imposición del envío en la oficina de Xxxxxxx y anunciar al responsable de la contratación en MERCAGRANADA S.A. la remisión de la oferta mediante email, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida en MERCAGRANADA S.A. con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos
diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
Los licitadores presentarán los tres sobres, firmados digitalmente si se presentan a través de la licitación electrónica o, caso de optarse por la presentación física, cerrados de forma que se garantice el secreto del contenido. En cada uno de los sobres físicos figurará externamente:
- Número del expediente y título
- Nombre del licitador o licitadores
- Persona o personas de contacto.
- Domicilio, teléfono y fax, dirección de correo electrónico, que deberá coincidir con el consignado en el Anexo X a efectos de comunicaciones y notificaciones.
- Denominación del sobre A, Proposición Administrativa, sobre B Proposición técnica y sobre C. Proposición económica.
Cuando la presentación de las ofertas no se realice a través de la Plataforma de Contratación del Estado, mediante la licitación electrónica, además habrá de incluirse en este sobre, salvo presentación electrónica, su contenido en formato USB, DVD o CD.
Las ofertas podrán presentarse en castellano o en otro idioma siempre y cuando se acompañe, en este último caso, traducción realizada por intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. En el caso de presentarse alguna documentación en otro idioma o lengua sin la traducción correspondiente, MERCAGRANADA se reserva la facultad de no considerar dicha documentación.
Una vez abiertos los sobres, MERCAGRANADA podrá pedir aclaraciones o justificaciones documentales de la documentación requerida a los licitadores, que se solicitarán en el correo electrónico que figure en cada sobre, designado por el licitador a efectos de comunicaciones y notificaciones que deberá coincidir con el consignado en el Anexo X.
En caso de dudas y/o aclaraciones relativas al presente concurso y/o su documentación, los concursantes podrán dirigirse a MERCAGRANADA S.A., al teléfono 000000000, extensión 210, así como al correo electrónico xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xx.
DECIMO OCTAVA.- GARANTÍA PROVISIONAL.
Excepcionalmente, por motivos de interés público, los licitadores deberán prestar garantía provisional para responder del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del contrato cuando así se indique en el apartado J) del Cuadro Anexo, y por el importe que se exprese en el mismo, que no podrá ser superior al 3 % del valor estimado del contrato, IVA/IGIC excluido.
Cuando el Órgano de Contratación decida exigir una garantía provisional deberá justificar suficientemente en el expediente las razones de su exigencia para ese concreto contrato.
La garantía provisional podrá prestarse en efectivo, que deberá depositarse en cualquiera de las cuentas bancarias de que es titular MERCAGRANADA; en forma de aval de entidad financiera o de crédito conforme al modelo Anexo I; o mediante contrato de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo y conforme al modelo Anexo II.
El documento acreditativo de la garantía provisional se deberá acompañar, en su caso, una relación del lote o lotes a los que se licite.
La garantía provisional será devuelta después de la adjudicación del contrato a todos los licitadores salvo al adjudicatario, al que se le retendrá para responder del cumplimiento de sus obligaciones previas a la formalización hasta su sustitución por la garantía definitiva tras el perfeccionamiento del contrato.
DECIMO NOVENA.-VARIANTES O MEJORAS.
Cuando así se indique en el apartado K) del Cuadro Anexo, los licitadores podrán proponer en sus ofertas mejoras sobre las condiciones mínimas exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Dichas mejoras han de tener sentido técnico concreto y plausible a los efectos objetivos del presente Xxxxxx, serán económicamente evaluables y su cuantía no será repercutida en ningún caso a MERCAGRANADA S.A. De no cumplirse tales requisitos no serán tenidas en cuenta; no serán consideradas, asimismo, aquellas propuestas de mejoras que sean económicamente inviables o desproporcionadas con la naturaleza y cuantía del contrato.
Las variantes y mejoras serán recogidas según los modelos de Anexos V I, describiendo técnicamente las partidas a ejecutar como mejoras.
Cuando se exija que las mejoras sean valoradas económicamente, mediante fórmula matemática, por el licitador, éste deberá incluir la descripción técnica de las mejoras en el sobre B y su valoración económica en el sobre C.
VIGESIMA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Las proposiciones y documentación complementaria se presentarán, bien a través de la licitación electrónica, bien en tres únicos sobres cerrados y lacrados, identificados con las letras A, B y C con indicación de la licitación a la que concurren, firmados por el licitador o su representante.
En su caso, el licitador, presentará tres únicos sobres A, B y C, y no por cada lote, con indicación del lote o lotes a los que se presenta.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la legislación en vigor. En el interior de cada sobre se incluirá en hoja independiente la relación de su contenido.
SOBRE A): Documentación complementaria
En el sobre A) se incluirán los siguientes documentos:
1. Los que acrediten la personalidad y capacidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación, conforme a las cláusulas anteriores, más una fotocopia legitimada notarialmente del D.N.I. del licitador o de su representante.
2. La que acredite los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional de conformidad con la cláusula 10, mediante las declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Cuando así se establezca en el apartado G) del Cuadro Anexo, los licitadores deberán aportar el documento acreditativo de estar en posesión de la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad que constituya el objeto del contrato.
3. En el caso de que en el Pliego de Prescripciones Técnicas de la presente licitación se dé la información pertinente sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, los licitadores deberán presentar una manifestación por escrito de que en la oferta presentada se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales y protección del medio ambiente.
4. Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar conforme al modelo Xxxxx XXX. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse por el adjudicatario antes de la formalización del contrato.
5. En su caso, el documento acreditativo de la constitución de la garantía provisional a favor de MERCAGRANADA, ya sea el resguardo del depósito bancario de efectivo, el aval de entidad financiera o de crédito, o el certificado de seguro de caución.
6. Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
7. Documento expresivo de la dirección de correo electrónico de la empresa y la aceptación de la misma a efectos de notificaciones y requerimientos con arreglo al modelo del Anexo IX.
8. Para el caso de Uniones Temporales de Empresas, deberán presentar, todos y cada uno de los componentes de la UTE, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un compromiso de constitución de UTE, de carácter solidario en el que indicarán los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, así como la designación de un representante o apoderado único de la UTE con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. Dicho compromiso deberá estar suscrito por los representantes legales de cada una de las empresas que integren la unión.
9. Certificado de asistencia a visita a las instalaciones objeto del contrato, Anexo VI.
No obstante lo anterior, cuando el empresario esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o figure en una base de datos nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, como un expediente virtual de la empresa, un sistema de almacenamiento electrónico de documentos o un sistema de precalificación, y estos sean accesibles de modo gratuito para los citados órganos, no estará obligado a presentar los documentos justificativos u otra prueba documental de los datos inscritos en los referidos lugares.
Alternativamente a la presentación de los documentos mencionados en este apartado, las empresas podrán presentar una declaración responsable en el sentido de cumplir con lo establecido en el número 3 del artículo 140 LCSP, así como con todos y cada uno de los requisitos incluidos en los puntos 1, 3, 4, 5, 6 y 7 anteriores, según modelo de Xxxxx XXX.
La documentación descrita en el apartado 2 será necesariamente presentada dentro del Sobre A de la oferta.
Con posterioridad, la documentación aquí descrita tendrá que ser presentada de forma íntegra por la empresa que resulte propuesta como adjudicataria del concurso a requerimiento de MERCAGRANADA S.A. y siempre con anterioridad a la adjudicación definitiva por parte del Órgano de Contratación.
Habrá de incluirse en este sobre, salvo presentación electrónica, su contenido en formato USB, DVD o CD.
SOBRE B): Proposición técnica
En el sobre B) se incluirá la proposición técnica, que comprenderá los documentos que se indiquen en el apartado L) del Cuadro Anexo.
La proposición técnica deberá contener al menos las características técnicas que hayan de reunir el trabajo objeto del contrato y en su caso, requisitos, modalidades y características técnicas de las variantes.
En este sobre podrá incluirse el Anexo V de variantes y mejoras, en caso de que se encuentren permitidas, si la empresa ofertante así lo decide.
Habrá de incluirse en este sobre, salvo presentación electrónica, su contenido en formato USB, DVD o CD.
SOBRE C): Proposición económica
En el sobre c) se incluirá la oferta económica, según modelo Xxxxx XX, en el que se indicará el importe del IVA/IGIC como partida independiente.
Deberá contener los elementos necesarios para valorar todos los criterios de adjudicación.
Habrá de incluirse en este sobre, salvo presentación electrónica, su contenido en formato USB, DVD o CD.
VIGESIMO PRIMERA.- APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES.
Las proposiciones serán secretas hasta el momento de su apertura, que se efectuará por la Mesa de Contratación, cuya composición se indicará en el apartado M) del Cuadro Anexo, una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones señalado en el anuncio.
La apertura de las ofertas el día señalado para ello se realizará de forma interna para los sobres A y B, siempre, por orden cronológico según la fecha de presentación de cada oferta en el registro de entrada de MERCAGRANADA S.A., a saber, en primer lugar el sobre A de cada una de las ofertas en el orden descrito y, después, el sobre B, de la misma forma.
En último lugar y, en el día y la hora señalados en el anuncio para la audiencia pública y, sin la presencia de los técnicos miembros de la Mesa de Contratación, se abrirá el sobre C en la misma forma que los anteriores.
La Mesa de contratación será designada por el Órgano de Contratación y contará con la asistencia de los miembros que éste designe.
La Mesa de Contratación calificará previamente la documentación complementaria incluida en el Sobre A) pudiendo, en su caso, requerir a las empresas que subsanen los defectos que se detecten en la documentación presentada en un plazo no superior a 3 días naturales, y procederá posteriormente a la apertura y examen de las proposiciones admitidas, formulando la correspondiente propuesta de adjudicación a favor de la oferta económicamente más ventajosa, una vez ponderados los criterios de valoración establecidos en el presente pliego y clasificadas las ofertas presentadas por orden decreciente.
Para la calificación de la documentación complementaria a efectos de la admisión de los licitadores concurrentes y para la valoración de la documentación técnica incluida en el sobre B) el responsable de la contratación o, en su caso, la Mesa podrán solicitar los informes técnicos que estimen pertinentes.
Antes de la apertura del sobre C la mesa de contratación dispondrá del correspondiente informe firmado por Técnico Responsable.
La apertura de las proposiciones económicas incluidas en el sobre C) se realizará en acto público según lo señalado en el apartado N) del Cuadro Anexo, indicando en el anuncio el lugar, fecha y hora.
VIGESIMOSEGUNDA.- ADJUDICACIÓN.
La adjudicación recaerá en la oferta económica más ventajosa de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en el apartado O) del Cuadro Anexo, en el orden en que se relacionan y ponderados en los términos señalados en el mismo apartado, y deberá efectuarse en el plazo que se indica en el apartado P) del Cuadro Anexo contado desde la apertura de las proposiciones, notificándose a los licitadores y publicándose en el perfil de contratante. En el caso de no haberse efectuado la adjudicación en el plazo indicado los licitadores podrán retirar sus proposiciones.
En los criterios de adjudicación de los contratos, cuando su objeto lo permita, y estas condiciones estén directamente vinculadas al mismo, se valorará el ahorro y el uso eficiente del agua y de la energía y de los materiales, el coste ambiental del ciclo de la vida, los procedimientos y métodos de producción ecológicos, la generación y gestión de residuos o el uso de materiales reciclados y reutilizados o de materiales ecológicos.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto, pero si no se adjudica el contrato de acuerdo con la propuesta formulada el acuerdo de adjudicación deberá ser motivado.
La adjudicación podrá no recaer en la oferta económicamente más ventajosa si, a la vista del informe técnico, se considera que contiene valores anormales o desproporcionados, atendiendo a criterios objetivos y teniendo en cuenta las ofertas presentadas, las singularidades del contrato y demás circunstancias concurrentes.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular a lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda del Estado.
Si considerando la justificación efectuada por el licitador, el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, se calificará como desproporcionada, acordando la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, excluida la anterior.
La licitación podrá declararse desierta si ninguna de las proposiciones presentadas fuera admisible, con arreglo a las prescripciones técnicas y a los criterios de capacidad y solvencia del presente pliego, o si ninguna de las proposiciones presentadas se consideraran adecuadas.
Si diversas empresas licitadoras quedaran igualadas en cuanto a la proposición más ventajosa tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la empresa licitadora que disponga en su plantilla del mayor porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad.
VIGÉSIMOTERCERA.- GARANTÍA DEFINITIVA.
El adjudicatario deberá prestar la garantía definitiva que se indique en el apartado Q) del Cuadro Anexo, de hasta un cinco por ciento (5%) del importe de la adjudicación, excluido el IVA/IGIC, para asegurar la correcta ejecución de la prestación y las demás responsabilidades a que se refiere el artículo 110 de la LCSP.
La garantía definitiva podrá prestarse en efectivo, que se deberá depositar en cualquiera de las cuentas bancarias de que es titular MERCAGRANADA; en forma de aval de entidad financiera o de crédito conforme al modelo Anexo I; o mediante contrato de seguro de caución con entidad autorizada para operar en el ramo y conforme al modelo Anexo II.
Asimismo, cuando así se indique en el apartado R) del Cuadro Anexo, se podrá exigir al adjudicatario que además de la garantía a que se refiere el párrafo anterior preste una garantía complementaria de hasta un 5% del importe de adjudicación del contrato, pudiendo alcanzar la garantía total un 10% del precio del contrato.
La garantía definitiva no será devuelta o cancelada hasta que se haya cumplido satisfactoriamente el contrato y producido el vencimiento del plazo de garantía, o hasta que se declare judicialmente la resolución del mismo sin culpa del contratista.
Tanto la garantía definitiva como, en su caso, la complementaria que se hubiere exigido deberán reponerse o reajustarse en los términos del artículo 109.2 y 3 de la LCSP, incurriendo en caso contrario el contratista en causa de resolución.
No obstante, atendidas las circunstancias concurrentes en el contrato, el órgano de contratación podrá eximir al adjudicatario de la obligación de constituir garantía, justificándolo adecuadamente en el apartado Q) del Cuadro Anexo.
VIGESIMOCUARTA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se formalizará por los responsables de la adjudicación y el adjudicatario en documento privado o, si lo pide cualquiera de las partes, en escritura pública, siendo a cargo del peticionario los gastos originados, en el plazo señalado en el apartado S) del Cuadro Anexo a contar desde la notificación de la adjudicación al adjudicatario.
En el mismo plazo señalado para la formalización y, en todo caso, con carácter previo a la misma, el adjudicatario deberá abonar el importe de los anuncios de licitación hasta el máximo indicado en el apartado H) del Cuadro Anexo, y deberá presentar el documento constitutivo de la garantía definitiva, los certificados acreditativos de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y el justificante de pago de la prima de la Póliza de Seguros que corresponda.
Si el adjudicatario no hubiera presentado los documentos anteriores y no comparece en el lugar, día y hora previstos para la formalización del contrato MERCAGRANADA
S.A. podrá acordar la resolución del contrato y le será incautada la garantía provisional, pudiéndose adjudicar el contrato al licitador o licitadores siguientes por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que el nuevo adjudicatario preste su conformidad y presente los documentos en el plazo que se le señale para la formalización del contrato. Este mismo procedimiento podrá seguirse cuando se trate de continuar la ejecución del contrato ya iniciada en el caso de que se hubiera declarado resuelto.
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
VIGESIMOQUINTA.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El adjudicatario estará obligado a realizar los trabajos o servicios objeto del contrato en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas de esta licitación.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este Pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas y, de acuerdo con la oferta del adjudicatario y con las instrucciones, que para su cumplimiento diera MERCAGRANADA S.A.
Cualquiera que sea el tipo de trabajo o servicio a realizar, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdida, avería o perjuicios ocasionados en los medios técnicos utilizados, en los bienes antes de su entrega o en los trabajos a realizar para MERCAGRANADA S.A., salvo que fuera causa imputable a ésta.
La ejecución del contrato habrá de realizarse con la adscripción de medios personales o materiales comprometidos en su oferta pudiendo ser causa de resolución del contrato el incumplimiento de dicho compromiso o, en su caso, dar lugar a la imposición de las penalidades establecidas en el apartado W) del Cuadro Anexo.
Cuando la naturaleza de los contratos lo permita, y siempre que sean compatibles con el derecho comunitario y se indiquen en el anuncio de licitación y el pliego o el contrato, podrán establecerse condiciones especiales de ejecución, referentes al nivel de emisión de gases de efecto invernadero y de mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que pueden verse afectados por la ejecución del contrato.
Los servicios se prestarán a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, que será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para MERCAGRANADA
S.A. o para terceros, de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Período de puesta en marcha y recepción.
El adjudicatario queda obligado a efectuar la ejecución de la instalación solar fotovoltaica en la forma y en los lugares expresamente designados en los pliegos de bases, siendo a su xxxxx y riesgo el transporte de sus elementos hasta su destino.
El Periodo de Puesta en Marcha de la instalación, se desarrollará a continuación del Periodo de obras de las unidades contratadas. Se considerará que se ha llevado a cabo de forma correcta, y por tanto se puede dar como finalizado, cuando haya generado y exportado a la red en un plazo consecutivo de 30 días, al menos, el 70% de la energía eléctrica comprometida por el Adjudicatario en su oferta en esos 30 días.
La Dirección Facultativa declarará oficialmente la finalización del Periodo de Puesta en Marcha.
Una vez superada la puesta en marcha de la instalación se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma, comprobándose el funcionamiento de la instalación, de los inversores y de los equipos de medida, levantándose la correspondiente acta que será firmada por los concurrentes a la recepción, comenzando entonces el plazo de garantía.
Cuando los bienes no se hallen en estado de ser recibidos, se hará constar así en el acta, y el Director Facultativo señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.
VIGESIMOSEXTA.- SEGUROS.
Cuando así se indique en el apartado T) del Cuadro Anexo, en el plazo señalado para la formalización del contrato y, en todo caso, con carácter previo al inicio de su ejecución el contratista deberá acreditar, presentando fotocopia del recibo y de la póliza, tener suscrito a su cargo y a satisfacción de MERCAGRANADA S.A., un seguro de responsabilidad civil que debe tener como mínimo las coberturas y el capital indicado en este apartado.
VIGESIMOSÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Son obligaciones del contratista:
1. Realizar todas las operaciones que resulten necesarias para la realización de este contrato incluyendo con todos los medios auxiliares necesarios para ello, de conformidad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, considerándose su costo incluido en el precio del contrato.
2. Deberá ejecutar el contrato en las condiciones previstas en el presente pliego de cláusulas particulares y el pliego de prescripciones técnicas. El adjudicatario estará obligado a efectuar los trabajos en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas.
3. Si durante la vigencia del contrato se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos realizados tendrá derecho MERCAGRANADA S.A. a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuere suficiente.
4. Disponer del personal con la capacidad técnica precisa para cubrir las obligaciones que se deriven del contrato.
5. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, quedando MERCAGRANADA S.A. exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
6. El adjudicatario será el responsable de todos los perjuicios y accidentes de cualquier naturaleza que sean causados a terceras personas por su personal o por los trabajos realizados.
7. Será obligación de la adjudicataria indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
8. El adjudicatario renuncia por anticipado a cualquier acción o reclamación contra MERCAGRANADA S.A. que se refiera a las consecuencias eventuales de los accidentes o perjuicios que puedan acaecer por el hecho o con ocasión del cumplimiento del contrato, dejando a salvo por completo a MERCAGRANADA S.A. de cualquier reclamación o acción instada por un tercero como consecuencia de todo accidente perjuicio resultante de la ejecución del contrato por defectos de conservación durante el plazo de garantía.
9. En caso de accidente de trabajo ocurrido a los operarios con motivo de las prestaciones objeto del contrato, el adjudicatario se atendrá a lo dispuesto a este respecto en la legislación vigente, siendo en todo caso único responsable de su incumplimiento.
10. En el caso de que la empresa adjudicataria, por causas propias o ajenas, no pudiera llevar a cabo el cumplimiento del contrato, MERCAGRANADA S.A. podrá contratarlo con otras personas o realizarlo con sus propios medios, en tanto persista dicha imposibilidad. En ambos casos el gasto generado será a cargo de la empresa adjudicataria.
11. Cuando, en función del objeto del contrato, el adjudicatario esté obligado a subrogarse en todas las obligaciones de la empresa cesante en relación con la plantilla adscrita al servicio objeto de la presente contratación y que se relacionan en los pliegos de prescripciones técnicas, se especificarán en el apartado U) del Cuadro Anexo. Asimismo, y a estos efectos, el adjudicatario deberá proporcionar a MERCAGRANADA S.A. a requerimiento de ésta y, antes de la finalización del contrato, la citada información.
Cualquier otra obligación que se señale en el apartado U) del Cuadro Anexo.
VIGESIMOCTAVA.- MEDIOS PERSONALES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El personal adscrito por el adjudicatario a la prestación objeto del contrato, no tendrá ninguna relación laboral con MERCAGRANADA S.A., bajo ningún concepto, dependiendo exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de seguridad y salud laboral por lo que vendrá obligado a disponer las medidas exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine.
El contratista designará a un coordinador técnico o responsable encargado de efectuar y recibir cuantas comunicaciones sean necesarias con MERCAGRANADA S.A. El personal que ejecute las prestaciones objeto del contrato deberá estar debidamente identificado, conforme a las instrucciones que sobre el particular dicte MERCAGRANADA S.A.
VIGESIMONOVENA.- FORMA DE PAGO.
El adjudicatario tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos del contrato, con arreglo al precio convenido.
El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta o, en el caso de contratos de tracto sucesivo, mediante pago en cada uno de los vencimientos que se hubiesen estipulado.
El abono del precio se hará efectivo previa presentación de la factura, en la forma y plazos indicados en el apartado V) del Cuadro Anexo.
TRIGESIMA.- PENALIDADES POR CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO Y DEMORA
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato se podrán imponer al contratista penalidades cuando así se indique y por el importe previsto en el apartado W) del cuadro Anexo, que serán proporcionales a la gravedad del incumplimiento y no podrán exceder del 10% del presupuesto del contrato
El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución
sucesiva. La constitución en xxxx del contratista no precisará intimación previa por parte de MERCAGRANADA S.A.
TRIGESIMOPRIMERA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
La entidad adjudicataria queda sujeta a las obligaciones derivadas del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), en relación a aquellos datos a los que se tenga acceso como consecuencia de la adjudicación de este concurso y la posterior ejecución del contrato.
TRIGESIMOSEGUNDA.- CESIÓN.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el contratista a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato, y de la cesión no resulte una restricción efectiva de la competencia en el mercado. No podrá autorizarse la cesión a un tercero cuando ésta suponga una alteración sustancial de las características del contratista si éstas constituyen un elemento esencial del contrato.
Para que los contratistas puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
a) Que el órgano de contratación autorice, de forma previa y expresa, la cesión. Dicha autorización se otorgará siempre que se den los requisitos previstos en las letras siguientes.
b) Que el cedente tenga ejecutado al menos un 20 por 100 del importe del contrato o, cuando se trate de un contrato de concesión de obras o concesión de servicios, que haya efectuado su explotación durante al menos una quinta parte del plazo de duración del contrato. No será de aplicación este requisito si la cesión se produce encontrándose el contratista en concurso, aunque se haya abierto la fase de liquidación, o haya puesto en conocimiento del juzgado competente para la declaración del concurso
que ha iniciado negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciación, o para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio, en los términos previstos en la legislación concursal.
No obstante lo anterior, el acreedor pignoraticio o el acreedor hipotecario podrá solicitar la cesión en aquellos supuestos en que los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios los pliegos prevean, mediante cláusulas claras e inequívocas, la posibilidad de subrogación de un tercero en todos los derechos y obligaciones del concesionario en caso de concurrencia de algún indicio claro y predeterminado de la inviabilidad, presente o futura, de la concesión, con la finalidad de evitar su resolución anticipada.
c) Que el cesionario tenga capacidad para contratar con la Administración y la solvencia que resulte exigible en función de la fase de ejecución del contrato, debiendo estar debidamente clasificado si tal requisito ha sido exigido al cedente, y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar.
d) Que la cesión se formalice entre el adjudicatario y el cesionario en escritura pública.
El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
TRIGESIMO TERCERA.- SUBCONTRATACIÓN.
a) Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o perfil empresarial definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su subcontratación.
b) En todo caso, el contratista deberá comunicar por escrito, tras la adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste al órgano de contratación la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad, datos de contacto y representante o representantes legales del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que el mismo no se encuentra incurso en prohibición de contratar.
El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano de contratación cualquier modificación que sufra esta información durante la ejecución del
contrato principal, y toda la información necesaria sobre los nuevos subcontratistas.
En el caso que el subcontratista tuviera la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia será suficiente para acreditar la aptitud del mismo.
c) Los subcontratos que no se ajusten a lo indicado en la oferta, por celebrarse con empresarios distintos de los indicados nominativamente en la misma o por referirse a partes de la prestación diferentes a las señaladas en ella, no podrán celebrarse hasta que transcurran veinte días desde que se hubiese cursado la notificación y aportado las justificaciones a que se refiere la letra
b) de este apartado, salvo que con anterioridad hubiesen sido autorizados expresamente, siempre que MERCAGRANADA S.A. no hubiese notificado dentro de este plazo su oposición a los mismos. Este régimen será igualmente aplicable si los subcontratistas hubieses sido identificados en la oferta mediante la descripción de su perfil profesional.
El contratista está obligado a abonar a los subcontratistas o suministradores el precio pactado en los plazos y condiciones que se indican en el artículo 216 de la LCSP 9/2017.
La infracción de las condiciones establecidas en los apartados anteriores será causa de resolución y podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato.
TRIGÉSIMO CUARTA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato sólo podrá ser modificado por razones de interés público, en los casos y en la forma prevista en los artículos 204 y 205 de la LCSP y de acuerdo con el procedimiento regulado en las Instrucciones Internas de Contratación de MERCAGRANADA S.A o, en su defecto, por el artículo 206 de la LCSP. En estos casos, las modificaciones acordadas por el Órgano de Contratación serán obligatorias para el adjudicatario.
En el apartado Z) del Cuadro Anexo se indicará, en su caso, la posibilidad de modificación del contrato, detallándose, de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrá hacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de dichas modificaciones, con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo pueda, de conformidad con lo establecido en el artículo 204 de la LCSP.
Las modificaciones no previstas en los pliegos o en el anuncio de licitación solo podrán efectuarse cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguna de las
circunstancias previstas en el apartado 1 del artículo 205 de la LCSP. La modificación del contrato acordada conforme a lo previsto en este artículo no podrá alterar las condiciones esenciales de la licitación y adjudicación, y deberá limitarse a introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. A estos efectos, se entenderá que se alteran las condiciones esenciales de licitación y adjudicación del contrato en los casos establecidos en el apartado 2 del artículo 205 de la LCSP.
La modificación del contrato solo podrá acordarse previa audiencia al contratista y previo informe de la Asesoría Jurídica de MERCAGRANADA S.A. Asimismo, en los supuestos del artículo 205 de la LCSP deberá darse audiencia al redactor del proyecto o de las especificaciones técnicas, si éstos se hubiesen preparado por un tercero ajeno a MERCAGRANADA S.A. en virtud de un contrato de servicios, para que, en un plazo no inferior a tres días, formule las consideraciones que tenga por conveniente.
TRIGESIMOQUINTA.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El contrato se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de MERCAGRANADA S.A., la totalidad de su objeto.
TRIGESIMOSEXTA.- PLAZO DE GARANTÍA.
El plazo de garantía, en su caso, se establecerá en el apartado AA) del Cuadro Anexo
atendiendo a la naturaleza y complejidad de los trabajos a realizar.
TRIGESIMOSÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario se compromete a observar el deber xx xxxxxxx respecto de toda la información a la que pueda acceder o haber accedido con ocasión del presente contrato, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre la misma, estando absolutamente prohibido cualquier tratamiento de la información.
Debe guardar secreto y confidencialidad respecto a la información a la que acceda o pueda acceder declara que el personal utilizado para la prestación de los servicios para MERCAGRANADA S.A. conoce el deber xx xxxxxxx y confidencialidad
De igual manera se compromete a que el personal utilizado para la ejecución del
contrato conozca el deber xx xxxxxxx y confidencialidad respecto a la información a la que pueda acceder o haber accedido.
El incumplimiento por parte de la adjudicataria de cualquiera de los términos, condiciones y obligaciones de la presente cláusula determinará la responsabilidad de aquel frente a todas las demandas, acciones y/o reclamaciones que contra MERCAGRANADA S.A. puedan dirigirse o ejercitarse.
Igualmente, la empresa ofertante, podrá indicar, mediante declaración escrita, las partes o parte de la documentación presentada que no pudiera ser objeto de divulgación, para respetar el principio de confidencialidad que rige el presente procedimiento.
TRIGESIMOOCTAVA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Serán causas suficientes de resolución del contrato las que se citan a continuación:
1. La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual, siempre que su heredero o sucesor no pueda continuar con la ejecución, la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista, o el término o disolución de la
U.T.E. con quien se celebró el contrato.
2. La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
3. El mutuo acuerdo entre las partes.
4. La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
5. No realizar el objeto del contrato conforme a lo requerido en este pliego y en el de prescripciones técnicas.
6. La falta de formalización de la garantía en los términos previstos en el presente pliego.
7. La falta de formalización del contrato en los términos previstos en el presente pliego.
8. Cuando se descubriese falsedad en las declaraciones del adjudicatario.
9. No mantener en vigencia la adjudicataria la póliza de seguro de responsabilidad civil.
10. El incumplimiento de las restantes obligaciones contractuales esenciales, calificadas como tales en los pliegos o en el contrato.
11. Las establecidas expresamente en el contrato.
12. La suspensión, por causa imputable a MERCAGRANADA S.A., de la iniciación de los trabajos a realizar por plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el contrato, salvo que en el pliego se señale otro menor.
La resolución podrá instarse por aquella parte a la que no le sea imputable la
circunstancia que diere lugar a la misma. La resolución por mutuo acuerdo sólo podrá tener lugar cuando no concurra otra causa de resolución que sea imputable al contratista, y siempre que existan razones justificadas que hagan innecesaria o inconveniente la permanencia del contrato.
Cuando la resolución se produzca por mutuo acuerdo, los derechos de las prestaciones se acomodarán a lo válidamente estipulado por ellas.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a MERCAGRANADA S.A. los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.
La concurrencia de cualquiera de las causas de resolución relacionadas en el punto anterior será apreciada por MERCAGRANADA S.A. de oficio o a solicitud del contratista, sin perjuicio de las acciones judiciales o extrajudiciales a que pueda tener derecho el contratista.
TRIGESIMONOVENA.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
El conocimiento de las cuestiones litigiosas que afecten a la preparación y adjudicación del contrato pertenecerán al conocimiento de la jurisdicción contencioso-administrativa de acuerdo con el artículo 27.1.d) de la LCSP 9/2017. Para todo lo relativo a los efectos, cumplimiento y extinción del contrato se acudirá al orden jurisdiccional civil, con arreglo al artículo 27.2 de la misma Ley.
ANEXO I. MODELO DE AVAL (SOBRE A):
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA a: (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF, en virtud de lo dispuesto por: (cláusula xxx xxxxxx de cláusulas administrativas que impone la constitución de esta garantía) para responder de las obligaciones siguientes: (detallar si es la garantía provisional o la definitiva y reflejar el objeto del contrato de que se trata), ante MERCAGRANADA S.A., por importe de: (en letra y en cifra).
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de MERCAGRANADA S.A., con sujeción a los términos previstos en el pliego y en la medida en que sea aplicable, en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas y sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que el Presidente de MERCAGRANADA o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas y, en cuanto sea aplicable, en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas 9/2017 y legislación complementaria.
(Lugar y fecha)
(razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
Bastanteo de poderes por la Asesoría Jurídica de la CGD o Abogacía del Estado Provincia Fecha Número o código
ANEXO II. MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN (SOBRE A):
Certificado número (1) (en adelante, asegurador), con domicilio en, calle, y NIF, debidamente representado por don (2), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
ASEGURA A (3), NIF, en concepto de tomador del seguro, ante (4), en adelante asegurado, hasta el importe de (en letras y en cifras) (5), en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6), en concepto de garantía (7), para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de (4), en los términos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (4), o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017 y legislación complementaria.
Lugar y fecha Firma:
Asegurador.
Bastanteo de poderes por la Asesoría Jurídica de la CGD o Abogacía del Estado Provincia Fecha Número o código Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Órgano de contratación.
(5) Importe, en letra, por el que se constituye el seguro.
(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.
(7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etcétera.
ANEXO III. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE (SOBRE A):
Xx --------------------------- con NIF nº ----------------- y con domicilio a estos efectos en----------
------------------------, actuando en nombre propio/en representación de la persona física/jurídica con CIF nº ………….., domicilio …….
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
Que la empresa a la cual representa se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, arts. 13 y 14 del R.D. 1.098/2001, de 12 de octubre y art. 71.1.d) de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, así como que está dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y al corriente del pago del mismo.
Que ni la Empresa a la cual representa, ni sus representantes y administradores están incursos en ninguna de las prohibiciones de contratar señaladas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público, ni incurren en ninguna de las incompatibilidades que contempla la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, ni de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ni ostentan cualquiera de los cargos electivos regulados en la L.O. 5/1985 de 19 xx Xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
Que tiene la capacidad jurídica, solvencia económica, financiera y técnica y/o profesional suficiente y necesaria para poder realizar con eficacia los servicios licitados por MERCAGRANADA S.A. en la presente licitación pública.
Que cumple con las obligaciones relativas a la fiscalidad, a la protección del medio ambiente y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales.
Granada, a de de 20
Fdo.:
ANEXO IV. MODELO DE OFERTA ECONOMICA (SOBRE C):
D …................................ con D.N.I. número en nombre propio o en
representación de …....................... con domicilio en …........ calle o plaza …............
numero….., conocedor de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de se
compromete …. (en nombre propio o de la empresa que representa) … a tomar a su cargo la ejecución de los mismos, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de (expresar claramente escrito con letra y número
la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución de los mencionados trabajos) …................... como total costo de los trabajos a realizar en todo el periodo de contratación, más la cantidad de (expresar cifra en letra y número)…….correspondiente al…(expresar el porcentaje) en concepto de IVA.
Además, será necesario describir los precios unitarios de cada partida en cada prestación.
Total: €. + IVA =
El precio de mantenimiento de las instalaciones tras el primer año de garantía será de
€ + IVA. = precio mantenimiento anual
Precios de equipos y piezas susceptibles de ser cambiados durante el contrato de mantenimiento (plan de riesgos), para análisis por MERCAGRANADA, S.A. tras el primer año de mantenimiento.
-
-
-
El plazo de ejecución total ofertado es de días a contar desde el día siguiente al de la fecha del acta de replanteo.
......................., a .... de ................... de 20....
Xxxxx, fecha y firma del proponente
XXXXX X: DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE SUBCONTRATACIÓN.
Don/Doña:
con residencia en provincia xx xxxxx
DNI:
en nombre propio o representando a la entidad (indicar denominación, domicilio social y CIF), bajo su personal
responsabilidad y ante el órgano de contratación, en el procedimiento de adjudicación del contrato:
(indicar el procedimiento contractual de que se trate)
D E C L A R A
Que la empresa que representa en el supuesto de ser persona adjudicataria del contrato (1):
a) No tiene previsto subcontratar.
b) Tiene previsto subcontratar la parte o partes del contrato siguiente:
1. Parte o partes del contrato que se prevé subcontratar:
2. Porcentaje que supone la parte que se tiene previsto subcontratar sobre el total del contrato:
3. Nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de las personas subcontratistas a las que se tenga previsto encomendar su realización:
En , a de de 20
Lugar , fecha, firma y sello.
XXXXX XX: HOJA DE CONTROL DE VISITA A LAS INSTALACIONES OBJETO DEL CONTRATO PARA LA ELABORACIÓN DE LA OFERTA Y PLANIFICACION DE TRABAJO A PRESUPUESTAR EN LA OFERTA.
D con D.N.I. número en nombre propio o en
representación de con domicilio en calle o plaza numero , de conformidad con lo establecido en la carátula, realiza visita y comprobación de los trabajos a realizar con objeto de elaborar un plan real de trabajo acorde a las necesidades y horarios en MERCAGRANADA, S.A.
Firmado: D………………………………………..
Granada a
ANEXO VII
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR INDICANDO QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN
D./Dña , en nombre y representación
de la Sociedad ……………………………………………….., con C.I.F. ………………
DECLARA:
Que la empresa a la que representa, cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y en concreto las exigidas en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente1.
Granada, ...... de ................................. de ................
Fdo.: ...............................................
(Firma de la persona física o representante legal, en su caso)
A MERCAGRANADA
1. Se advierte que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Sociedad será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, por lo que desde la citada fecha, deberá cumplir el licitador con tales previsiones.
ANEXO VIII
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
D./Dña , en nombre y representación
de la Sociedad ……………………………………………….., con C.I.F. ………………
DECLARA:
Que la empresa a la que representa se compromete a la adscripción de los medios personales y/o materiales necesarios, para la correcta ejecución del contrato.
Granada,.....de............................... de ................
Fdo.: ...............................................
(Firma de la persona física o representante legal, en su caso)
A MERCAGRANADA
3. A incluir en el sobre A.
ANEXO IX
AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO. SOBRE A
Xxx , con D.N.I. nº. , actuando en nombre y representación de la entidad
, domiciliada | en | calidad | de, en |
y | C.I.F. |
, en relación con el procedimiento de adjudicación por MERCAGRANADA S.A. del contrato:
“ADJUDICACIÓN A TRAVES DEL PROCEDIMIENTO GENERAL DEL CONTRATO DE
”.
La entidad autoriza a MERCAGRANADA S.A. a que las notificaciones que
proceda efectuar durante la tramitación de este expediente se practiquen, con todos sus efectos, a través de correo electrónico, asumiendo que, si transcurridos 3 días naturales desde la fecha en que MERCAGRANADA S.A. envíe cualquier comunicación por correo electrónico, no se atiende a lo solicitado por ésta, la comunicación se entenderá rechazada por el licitante y por efectuado el trámite, pudiendo por tanto continuar el procedimiento su curso natural.
La dirección de correo electrónico que se designa a estos efectos, es la siguiente:
Apellidos y nombre: DNI:
Correo electrónico:
Y para que conste firmo la presente autorización en , a , de , de .
ANEXO X
CERTIFICACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS DE LA EMPRESA OFERTANTE
Xx./D.
con residencia en provincia xx xxxxx nº
según Documento Nacional de Identidad nº
en nombre propio o de la empresa que representa (1), CERTIFICA :
Que la empresa que representa (marcar las opciones que procedan):
•
Tiene un número de 15 o más personas trabajadoras en su plantilla, siendo el número global de personas trabajadoras de plantilla de .........
Tiene menos de 15 personas trabajadoras en su plantilla, siendo el número global de personas trabajadoras de plantilla de ………
Cuenta con, al menos, un dos por ciento de personas trabajadoras con discapacidad.
•
No cuenta con personas trabajadoras en plantilla.
NOTA: LA EMPRESA OFERTANTE DEBERÁ CONTAR EN TODO CASO, CON UN MÍNIMO DE CINCO PERSONAS EN SU PLANTILLA.
(Lugar, fecha y firma)
CUADRO ANEXO AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES PARA LA ADJUDICACIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO GENERAL
I. DISPOSICIONES GENERALES |
A. OBJETO Y FINES: |
Objeto del contrato y fines: El objeto del contrato del presente pliego consiste en la realización de instalaciones fotovoltaicas “llave en mano”, es decir, la redacción del Proyecto y ejecución de una instalación solar fotovoltaica y Unificación de Puntos de Medida (6 puntos de medida en la nave de pescados y traslado de contadores existentes), incluida su conexión a red, sobre las cubiertas disponibles de las naves y edificios de Mercagranada, complementándose estas con alguna cubierta auxiliar más, si fuera necesario, y componiendo las obras una instalación de 80,64 KWp, (para el consumo resultante de la unificación de 6 contadores situados en la nave de pescados) dotada de los sistemas de medida y conexión prescritos por la legislación (RD 1663/2000) para instalaciones de baja tensión, así como unificación de puntos de medida necesaria para la optimización del consumo y la generación de las instalaciones existentes y las de nueva ejecución. Se analizará además la posibilidad de instalación de otras plantas fotovoltaicas de menor potencia en las naves de frutas y hortalizas número 1 y número 2, con los consumos resultantes de los contratos de iluminación y cámaras frigoríficas, analizando rentabilidades y rendimientos de esas plantas individuales, con potencias entre 3 y 5 Kwp, para cada una de las plantas. El rendimiento de las plantas que se propongan deberá permitir que la inversión a realizar en cada una de las plantas propuestas, pueda amortizarse en un periodo no mayor de 10 años y con un rendimiento de las plantas a instalar superior al 70 % y porcentajes de ahorro en consumo de Kwh superiores al 10 %. También será objeto del contrato la tramitación de consultas, solicitudes, autorizaciones, etc., y redacción de los proyectos, informes y documentos necesarios para las empresas, organismos oficiales, propietarios colindantes, etc., implicados en las mismas, bajo la supervisión de Mercagranada. Así mismo será objeto de este contrato la ayuda para que MERCAGRANADA pueda realizar la solicitud de las ayudas que la Junta de Andalucía ha dispuesto mediante el “Programa de Incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía 2020”, para este fin, o bien otras ayudas o subvenciones que el licitador conozca y proponga a MERCAGRANADA, con |
el fin de mejorar la rentabilidad de la inversión. Posteriormente, una vez instaladas las plantas y comprobadas la puesta en marcha, será por cuenta del adjudicatario el mantenimiento de las mismas durante el periodo de garantía de un años y el compromiso de producción que defina el proyecto que realice para que se pueda amortizar en el estudio que presenten para la valoración. En el sobre C del precio de instalación, se incluirá a parte, el precio de mantenimiento de la planta con posterioridad a al primer año de garantía de la instalación, indicando el precio de mantenimiento y precios de equipos y piezas que se estime fuesen necesarios cambiar según la experiencia del licitador. La descripción y características de los bienes y la forma de llevar a cabo las distintas prestaciones por el adjudicatario será la estipulada en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se hace referencia igualmente a las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y a los factores de todo orden a tener en cuenta. El contenido de los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares revestirá carácter contractual, por lo que deberán ir firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato. Cofinanciación europea. El importe de esta ejecución que se pretende instalar y explotar debe acogerse a las ayudas que la Junta de Andalucía ha dispuesto mediante el “Programa de Incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía 2020”. Esta circunstancia se hará constar en toda la documentación que se genere, atendiendo a la legislación vigente Lugar de ejecución: MERCAGRANADA S.A., ver Pliego de Prescripciones técnicas y plano Anexo nº3. Códigos CPV: 09331000 - Placas solares. 09330000 - Energía solar. 09331200 - Módulos solares fotovoltaicos. 09332000 - Instalación solar. 45261215 - Revestimiento de cubiertas con placas solares. 45300000 - Trabajos de instalación en edificios. 45310000 - Trabajos de instalación eléctrica. 45311000 - Trabajos de instalación de cableado y accesorios eléctricos. |
45311100 - Trabajos de cableado eléctrico. 45317000 - Otros trabajos de instalación eléctrica. 71300000-1 Servicios de ingeniería División por prestaciones: NO. |
B. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: |
Órgano de contratación: CONSEJO DE ADMINISTRACION DE MERCAGRANADA S.A. Responsable de la contratación: DIRECTOR GERENTE DE MERCAGRANADA S.A. Responsables de la adjudicación: CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE MERCAGRANADA S.A. Responsable de la ejecución del contrato: DIRECTOR GERENTE DE MERCAGRANADA S.A. |
C. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. |
Valor estimado del contrato: El valor estimado del contrato, asciende a la cantidad de 155.000 € más el IVA correspondiente. Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente, son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Igualmente se encuentran incluidos los gastos de entrega y transporte de los bienes hasta el lugar convenido y los gastos de ejecución de las obras e instalación de los referidos bienes. Este precio incluye proyecto, dirección de obras, coordinación de seguridad y salud, de plantas fotovoltaicas para puntos de acceso xx xxxxx primera y segunda, para puntos de acceso tras unificación de contadores xx xxxx pescados, tramitaciones con la administración y legalizaciones de las plantas, solicitud de subvenciones, instalación, puesta en marcha y mantenimiento durante el primer año de garantía. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación. Las proposiciones que se presenten y que sean superiores al presupuesto base de licitación serán automáticamente desechadas. Presupuesto base de licitación: 155.000 € + IVA CORRESPONDIENTE |
D. PRECIO |
El precio total de la prestación del servicio de referencia no podrá exceder del presupuesto base de licitación anteriormente descrito, e incluirá el precio |
siguiendo el modelo de oferta económica del Anexo IV del presente pliego. |
E. PLAZOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO: |
Plazo de duración del contrato El plazo total de ejecución del contrato será, como máximo, de cinco (5) meses a contar desde el día siguiente al de la fecha del acta de replanteo, debiendo presentar los licitadores una planificación de los trabajos y siendo el lugar de ejecución de los trabajos objeto del contrato las instalaciones de Mercagranada de Granada. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales oportunos. En el Pliego de prescripciones Técnicas Particulares se señalan los diversos hitos que el Adjudicatario ha de cumplir. La ejecución de los trabajos quedará condicionada a la supervisión, aprobación y replanteo del proyecto por MERCAGRANADA, conforme a lo señalado en el artículo 232 del LCSP. El contratista, en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días, contados desde el primer día hábil posterior a la fecha de formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación, el Proyecto Constructivo, de conformidad a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Si MERCAGRANADA observase defectos o referencias de precios inadecuados en el proyecto recibido requerirá su subsanación del contratista, en los términos señalados en el artículo 199 del LCSP. El plazo que tendrá el contratista para la subsanación del proyecto, será como máximo de treinta (30) días a contar desde la fecha de recepción por el contratista del escrito en el que se le advierta tal extremo. Si transcurrido el plazo concedido, las deficiencias no han sido corregidas, MERCAGRANADA podrá, atendiendo a las circunstancias concurrentes, optar por la resolución del contrato o por conceder un nuevo plazo al contratista. |
En el supuesto de optar por la resolución del contrato el contratista incurrirá en la obligación de abonar a MERCAGRANADA una indemnización equivalente al 5% del precio total del contrato. En el supuesto de optar por la concesión de un nuevo plazo para subsanar las deficiencias no corregidas, éste será de 10 (diez) días naturales a contar desde la fecha en que se le notifique, incurriendo el contratista en una penalidad equivalente al 5% del precio del contrato. En este supuesto, de producirse un nuevo incumplimiento, procederá la resolución del contrato. Una vez supervisado y aprobado el proyecto por MERCAGRANADA y en el plazo xx xxxx días se levantará la oportuna acta de replanteo que será firmada por el representante del adjudicatario y por el representante que designe MERCAGRANADA. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día del proyecto. Período de puesta en marcha y recepción. El adjudicatario queda obligado a efectuar la ejecución de la instalación solar fotovoltaica en la forma y en los lugares expresamente designados en los pliegos de bases, siendo a su xxxxx y riesgo el transporte de sus elementos hasta su destino. El Periodo de Puesta en Marcha de la instalación, se desarrollará a continuación del Periodo de obras de las unidades contratadas. Se considerará que se ha llevado a cabo de forma correcta, y por tanto se puede dar como finalizado, cuando haya generado y exportado a la red en un plazo consecutivo de 30 días, al menos, el 70% de la energía eléctrica comprometida por el Adjudicatario en su oferta en esos 30 días. La Dirección Facultativa declarará oficialmente la finalización del Periodo de Puesta en Marcha. Una vez superada la puesta en marcha de la instalación se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma, comprobándose el funcionamiento de la instalación, de los inversores y de los equipos de medida, |
levantándose la correspondiente acta que será firmada por los concurrentes a la recepción, comenzando entonces el plazo de garantía. Cuando los bienes no se hallen en estado de ser recibidos, se hará constar así en el acta, y el Director Facultativo señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista. La puesta en marcha de la instalación se realizará dentro de los cinco (5) meses referidos en el párrafo primero de la presente Cláusula. La recepción se hará una vez finalizados todos los trabajos a plena satisfacción de MERCAGRANADA. El período de garantía se iniciará con posterioridad a la fecha de recepción de los bienes objeto del contrato y será, como mínimo, de un año. El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la necesaria para efectuar los trabajos en el plazo contractual, salvo que, a juicio de la dirección facultativa, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Prorrogas: No. |
F. PERFECCION Y EFICACIA DEL CONTRATO. |
La presentación de oferta supone, para quien la formula, la aceptación incondicionada del total contenido del Presente Pliego, xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y de todos sus anexos. La perfección y eficacia de los contratos derivados de esta licitación, no se encuentra condicionada. Por tanto, se perfeccionan mediante su formalización. |
G. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINACIERA Y TÉCNICA |
Clasificación: No se exige. La presentación del certificado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Junta de Andalucía, eximirá a los licitadores inscritos de la presentación en |
las convocatorias de contratación, de la documentación relativa a la capacidad de obrar, bastanteo del poder, de las declaraciones de no encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar del artículo 26 del LCSP. Junto con el certificado de inscripción en el Registro de Licitadores, se aportará declaración responsable de vigencia de los datos contenidos en el mismo, según el modelo que figura en el Anexo VI al presente Xxxxxx. Si se hubiese producido alteración de los datos registrales, se hará mención expresa en la citada declaración, uniendo la documentación correspondiente. La suficiencia de la solvencia económico y financiera y técnica será enjuiciada por la Mesa de Contratación, debiendo reunir como requisitos mínimos los siguientes: Solvencia económica y financiera: Indicar los que procedan de los siguientes: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido será de una vez y media el valor estimado del contrato, esto es un total de 228.750 €. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336. Cuando un contrato se divida en lotes, el presente criterio se aplicará en relación con cada uno de los lotes. No obstante, el órgano de contratación podrá establecer el volumen de negocios mínimo anual exigido a los licitadores por referencia a grupos de lotes en caso de que al adjudicatario se le adjudiquen varios lotes que deban ejecutarse al mismo tiempo. b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último |
ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente (228.750 €). La ratio entre activo y pasivo podrá tenerse en cuenta si el poder adjudicador especifica en los pliegos de la contratación los métodos y criterios que se utilizarán para valorar este dato. Estos métodos y criterios deberán ser transparentes, objetivos y no discriminatorios. Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores de este apartado, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad. d) Para los contratos de concesión de obras y de servicios, o para aquellos otros que incluyan en su objeto inversiones relevantes que deban ser financiadas por el contratista, el órgano de contratación podrá establecer medios de acreditación de la solvencia económica y financiera alternativos a los anteriores, siempre que aseguren la capacidad del contratista de aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato. Solvencia técnica o profesional: a. Relación de los principales servicios o trabajos efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario (con un mínimo de un certificado por cada año); en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al Órgano de Contratación por la autoridad competente. Estos trabajos serán de redacción de proyectos, estudios u otros documentos técnicos, instalación y obra de plantas fotovoltaicas, solicitud de subvenciones para las mismas y mantenimiento de las plantas, para distintas administraciones públicas, con un importe individualizado de cada trabajo (SIN IVA), de al menos el 100 % del presupuesto de licitación del que es objeto esta licitación. Dicha |
solvencia se podrá acreditar por la acumulación de los trabajos realizados por el licitador y los distintos miembros del equipo. Esta solvencia se acreditará con la siguiente documentación: Relación de los principales trabajos realizados en los últimos 3 años (ordenados por fecha) que incluya: o Descripción del trabajo o Importe sin IVA o Fecha de ejecución o Destinatario del mismo o Certificado emitido por la administración pública correspondiente b. Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato. El contratista acreditará que dispone de los conocimientos, medios y personal para llevar a cabo el desarrollo técnico, tramitación legal y gestión integral de la construcción y mantenimiento en todo lo concerniente al desarrollo de instalaciones fotovoltaicas, así como la tramitación de las subvenciones o ayudas públicas susceptibles de obtención para las mismas. La imposibilidad de solicitar y tramitar las ayudas preceptivas será motivo de exclusión de la presente licitación. En todo caso el personal de la empresa deberá describirse en el Anexo X de este pliego. Para la acreditación de este requisito, se deberá presentar la siguiente documentación: Tabla con la relación del equipo, indicando nombre y apellidos, cargo a desempeñar en el contrato, titulación, DNI, número de colegiación o titulación, doctorado (en caso de poseerlo). Deberá como mínimo existir un ingeniero industrial para el cálculo de la instalación y un arquitecto o arquitecto técnico para la certificación de las prestaciones mecánicas y de aislamiento de la cubierta. Declaración firmada por el licitador y cada miembro del equipo de que la información aportada es veraz Compromiso de colaboración, en caso de ser adjudicatarios, de cada miembro del equipo que no pertenezca a la plantilla del licitador. c. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas |
por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. d. Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el Órgano de Contratación o, en su nombre, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad. Se presentará para los técnicos de la empresa acreditación de estar colegiados en Colegio Oficial correspondiente. e. Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. Se requiere mínimo un Ingeniero Industrial y un Arquitecto o Arquitecto técnico, deberán presentarse las titulaciones. f. Acreditar la realización de, al menos, 10 servicios o trabajos de parecida índole ejecutados de conformidad, cada uno por un importe similar o superior al presupuesto de licitación del presente contrato. Son proyectos de parecida índoles los siguientes: Proyectos de instalación de plantas solares fotovoltaicas en edificios y mantenimiento, incluida solicitud de subvención y que incluya obra e instalación eléctrica. g. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. Para la ejecución de la obra deberá presentarse la documentación para el uso mínimo un grúa elevadora para subir los anclajes y placas fotovoltaicas a la cubierta y los EPIS necesarios para esta actividad en cubiertas. NOTA: TODA LA DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA SOLVENCIA TÉCNICA, AL TRATARSE DE UN CRITERIO OBJETIVO, DEBERÁ APORTARSE DENTRO DEL SOBRE A, DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, TAL Y COMO SE RECOGE EN LA CLÁUSULA VIGÉSIMA DEL PRESENTE PLIEGO. |
III. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO |
X. XXXXXXX DE LICITACIÓN |
Publicación en Perfil de contratante: 25 días a partir de la fecha de publicación en la xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y en la Plataforma de Contratación del Sector Público. Medios adicionales de publicidad: No procede. Lugar de obtención de copias de la documentación: xxx.xxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y en el PLACE. Coste de copias de la documentación: No procede. La totalidad de la documentación estará a disposición de los licitantes por medios electrónicos desde la publicación del anuncio de la licitación. |
I. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES |
Plazo: Presentación de plicas: Presentación electrónica en la Plataforma de Contratación del Estado o física, en el Edificio Administrativo de MERCAGRANADA S.A, Registro, en Oficina de Atención al Cliente (planta baja), hasta el día 4 de enero, a las 14:00 h, en el Registro de Entrada de MERCAGRANADA S.A., así como la misma hora y día para las presentaciones electrónicas en la Plataforma de Contratación del Estado. |
X. XXXXXXXX PROVISIONAL: |
Para tomar parte en el concurso los licitadores constituirán previamente, a disposición del órgano de contratación, una garantía provisional por un importe equivalente al 3% del presupuesto base de licitación. Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresarios la garantía provisional, en su conjunto, alcanzará la cuantía exigida en el párrafo anterior y garantizará solidariamente a todos los integrantes de la unión. La garantía provisional permanecerá vigente hasta que se adjudique el contrato, acordándose su devolución en la adjudicación. Sin embargo, será retenida la del adjudicatario e incautada la de las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 62 del RGLCAP. Si el adjudicatario optase, en su caso, por aplicar el importe de la garantía |
provisional a la definitiva, deberá ser cancelada la garantía provisional simultáneamente a la constitución de la garantía definitiva. En todo caso, la garantía provisional responderá del mantenimiento de las proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación y de la proposición del adjudicatario hasta la formalización del contrato. |
K. VARIANTES Y MEJORAS |
Se aceptarán mejoras técnicas y mejoras funcionales. Mejoras técnicas: mejoras en la calidad de los materiales ofertados, comparativamente según las especificaciones de materiales indicados en el Pliego de Prescripciones técnicas y las de los ofertados por cada licitador, entendiendo las primeras como mínimas exigibles en cualquier caso. Mejoras funcionales: Serán aquellas que aumenten las funciones desarrolladas por los materiales ofertados respecto a los indicados en el Pliego de Prescripciones Técnicas que mejoren la eficacia de la instalación, potencia y rendimiento. |
L. CONTENIDO |
Sobre A) Documentación Administrativa. Titulado “Documentación general para tomar parte en el procedimiento abierto tramitado para adjudicar el CONTRATO DEL PROYECTO Y DE LA EJECUCIÓN DE LAS INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS PARA LOS CONTRATOS DE ENERGÍA EXISTENTES EN MERCAGRANADA Y UNIFICACIÓN DE LOS PUNTOS DE MEDIDA EN LA NAVE DE PESCADOS DE LA UNIDAD ALIMENTARIA DE MERCAGRANADA. (EXPEDIENTE NÚMERO 21M/2018)”. Poner nombre de la empresa, dirección, teléfono y correo electrónico en el sobre. Se incluirá la documentación administrativa descrita en la Cláusula VIGESIMA o, bien la declaración responsable a la que la misma también se refiere. Se presentará la documentación, bien a través de la plataforma de contratación del estado, bien en formato papel y además en formato digital (USB, DVD o CD). Sobre B) Proposición Técnica. Denominado “Proposición técnica para tomar parte en el procedimiento |
abierto, tramitado para adjudicar el CONTRATO DEL PROYECTO Y DE LA EJECUCIÓN DE LAS INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS PARA LOS CONTRATOS DE ENERGÍA EXISTENTES EN MERCAGRANADA Y UNIFICACIÓN DE LOS PUNTOS DE MEDIDA EN LA NAVE DE PESCADOS DE LA UNIDAD ALIMENTARIA DE MERCAGRANADA. (EXPEDIENTE NÚMERO 21M/2018)”, se incluirán aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor y se presentarán cumpliendo los requisitos establecidos por la legislación vigente aplicable. Se presentará la documentación, bien a través de la plataforma de contratación del estado, bien en formato papel y formato digital (USB, DVD o CD). Deberá contener por tanto todos los elementos necesarios para valorar todos los criterios de adjudicación. Y en general, para todas las prestaciones, cuantos documentos a juicio del licitador sean convenientes para el mejor conocimiento de su oferta. Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal. De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informamos a todos los participantes en este procedimiento de contratación, que sus datos personales serán incorporados al fichero de Procedimientos Administrativos de MERCAGRANADA S.A. y cuya finalidad es tramitar el presente procedimiento. Sus datos podrán ser cedidos a terceros como consecuencia de su publicación en el perfil de contratante de MERCAGRANADA S.A. Se informa asimismo, sobre la posibilidad de ejercitar el derecho de acceso, rectificación y cancelación, en relación con sus datos personales, en los términos establecidos legalmente, utilizando los formularios correspondientes y disponibles en MERCAGRANADA S.A. o en la Agencia de Protección de Datos. NOTA IMPORTANTE: En ningún caso la persona licitadora reflejará en la documentación del sobre B, referencia alguna ni documentación que deba incluirse en el sobre C, siendo causa de exclusión, si así lo hiciera. Sobre C) Proposición económica. |
Denominado “CONTRATO DEL PROYECTO Y DE LA EJECUCIÓN DE LAS INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS PARA LOS CONTRATOS DE ENERGÍA EXISTENTES EN MERCAGRANADA Y UNIFICACIÓN DE LOS PUNTOS DE MEDIDA EN LA NAVE DE PESCADOS DE LA UNIDAD ALIMENTARIA DE MERCAGRANADA. (EXPEDIENTE NÚMERO 21M/2018)” se incluirá la oferta económica, según modelo Anexo IV, en el que se indicará el importe del IVA/IGIC como partida independiente. Se incluirá igualmente el plazo ofertado para la ejecución del contrato. Se presentará la oferta, bien a través de la plataforma de contratación del estado, bien en formato papel y formato digital (USB, DVD o CD). Deberá contener los elementos necesarios para valorar todos los criterios de adjudicación. La propuesta económica llevará necesariamente anexada la relación de los suministros y trabajos a realizar con su valoración unitaria, que servirá como desglose de la oferta económica presentada, no siendo válida ninguna oferta que no cumpla dicho requisito. Si se opta por la presentación de las ofertas a través de la web de la Plataforma de Contratación del Estado, todos los sobres deberán ir firmados digitalmente y de conformidad con lo establecido en el artículo 321.2.b).1º de la LCSP, la totalidad de la documentación necesaria para la presentación de las ofertas se encontrará disponible a través del perfil del contratante de la página web de la sociedad, xxx.xxxxxxxxxxxx.xx , desde la publicación del anuncio de la licitación. |
X. XXXX DE CONTRATACIÓN |
Presidente: Director Gerente de MERCAGRANADA S.A. Vocal: Secretario del Consejo de Administración de MERCAGRANADA S.A. Vocal: Miembro del Departamento de Administración y Finanzas de MERCAGRANADA S.A. Vocal: Miembro del Departamento Técnico correspondiente de MERCAGRANADA S.A. Vocal: Letrado Asesor de MERCAGRANADA S.A. Secretario: Secretaria de la Gerencia de MERCAGRANADA S.A. |
N. ACTO PUBLICO |
Apertura Pública de Ofertas Económicas, “Sobre C”: Lugar: EDIFICIO ADMINISTRATIVO MERCAGRANADA S.A. (Planta 1ª). Xxxx. Xxxxxxx-Xxxxxxx, Xx 000. 00000 XXXXXXX. Fecha y hora: 28 de enero, a las 11:15 horas. |
O. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN |
Criterios de VALORACIÓN MEDIANTE APLICACIÓN DE FÓRMULAS: 1.- Valoración económica: Hasta 55 puntos. Dentro del importe de la oferta económica realizada por los licitadores, se entenderá incluido en todo caso lo siguiente: Proyecto y Dirección técnica de Instalación Fotovoltaica de 80.64 Wp, y otras dos plantas una en cada nave de frutas de potencias entre 3 y 5 Wp. Conexión a la red eléctrica y sistemas de medida. Inversor/es Escaleras de acceso y plataformas para mantenimiento y operación, si fueran necesarias. Suministro, Instalación, Obras auxiliares y Puesta en Marcha, precio del mantenimiento posterior a los dos años de garantía iniciales. Proyecto y Dirección técnica de Unificación de Puntos de Medida. Instalaciones eléctricas y de obra civil necesarias para la unificación de puntos de medida Solicitud de subvenciones. Obras civiles necesarias para las instalaciones, tanto en cubiertas como en suelos, e instalaciones. Para cada prestación la fórmula será la siguiente: La mayor puntuación (Z) le corresponde a la propuesta económica más baja de las presentadas y admitidas. El resto de las ofertas serán puntuadas de manera inversamente proporcional al importe ofertado (a mayor importe, menor puntuación), atendiendo a la fórmula siguiente: |
Plic = (Omin/Xxxx)x Z Siendo: Plic = Puntuación del licitador Xxxx = Oferta económica del licitador que se valora. Omin = Oferta económica más baja de las presentadas y admitidas Z= Número tope de puntos a aplicar en el presente criterio. En cualquier caso se considerarán desproporcionadas las ofertas que se encuentren en los supuestos señalados en el artículo 85 del R.D. 1.098/2001 de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas, por lo que se dará audiencia al interesado para que realice las alegaciones que estime convenientes, en caso de no verificar el traslado o bien, no justificar la desproporción, su oferta será valorada con 0 puntos en el criterio de oferta económica, por considerar que tales proposiciones no pueden ser cumplidas como consecuencia de desproporción de la oferta presentada. A efectos de la presente licitación, se considerarán ofertas económicas en baja desproporcionada aquellas que sean inferiores en un DIEZ POR CIENTO (10%) o más a la media de las ofertas presentadas por todos los licitadores. Las ofertas incursas en baja temeraria implicarán la exclusión automática del concurso. A estos efectos, previamente a la adjudicación o rechazo, se efectuará por el órgano de contratación una comprobación o verificación de la susceptibilidad de su cumplimiento a satisfacción de MERCAGRANADA, siendo potestativo del órgano de contratación el adjudicar el contrato a proposiciones incursas en presunción de temeridad. 2. Plazo de ejecución del contrato: Hasta 10 puntos No se valorará el plazo de ejecución ofertado que no esté sustentado dentro de la oferta técnica con recursos asociados a cada tarea claramente definidos en el cuadro de asignación de recursos a tareas y reflejado en un programa o plan de ejecución justificado por la aplicación de estos recursos. Se valorará con 10 puntos el plazo más favorable debidamente justificado y siempre y cuando no sobre pase los cuatro meses mínimos necesarios para la ejecución de la obra, con 5 puntos el plazo máximo indicado en este pliego. Los licitadores que no justifiquen adecuadamente el plazo según párrafo anterior obtendrán 0 puntos en este apartado. Las propuestas incluidas entre el plazo máximo y el más favorable debidamente justificado entre todas las ofertas se valorarán linealmente entre 5 y 10 puntos. 3.- Garantías adicionales (10 puntos) |
- Aumento del plazo de garantía (hasta 4 puntos), limitando la ampliación de dicho plazo a 10 años sobre el obligado en el presente pliego. - Inclusión del servicio de mantenimiento dentro del plazo de garantía. En caso de incluirse, se indicará el número de revisiones anuales de mantenimiento preventivo y operaciones incluidas en cada revisión (plan de mantenimiento a describir), así como el tiempo de respuesta comprometido para atención de incidencias con recursos propios (hasta 4 puntos). - Disponibilidad en la provincial de Granada de delegación, SAT, o estructura de soporte técnico que garantice una rápida respuesta para atención en caso de ofertarse garantías adicionales según puntos anteriores. Sólo será de aplicación en caso de ofertarse estas garantías y deberá documentarse para su valoración la existencia del centro de trabajo y su titularidad. (A menos de 15 Km de la ubicación de las instalaciones: 2 puntos, el resto: 1 punto) CRITERIOS QUE REQUIEREN JUICIO DE VALOR. (Sobre B). 3.- Valoración técnica: Hasta 25 puntos. Repartidos de la siguiente forma: a) Adecuación de la oferta técnica a lo solicitado en el Pliego de Prescripciones Técnicas o Proyecto de MERCAGRANADA (10 puntos): Se puntuará de 0 a 10 puntos la oferta técnica básica, sin considerar las mejoras ofertadas que se diferenciarán claramente en dicha oferta en apartado diferente, de cada licitador. Se puntuará la adecuación de la oferta técnica propuesta por cada licitador a lo solicitado atendiendo principalmente los siguientes aspectos: - Adecuación de la funcionalidad aportada de acuerdo con los requisitos indicados en el pliego de prescripciones técnicas y anexos de MERCAGRANADA. Calidad de los materiales presentados, atendiendo a las especificaciones aportadas. - Adecuación de los medios materiales y humanos propuestos para la ejecución del proyecto: relación de equipos, medios auxiliares, medios humanos, etc. Se valorará principalmente el cuadro de asignación de recursos a tareas presentado por cada licitador. - Rendimiento de la planta, rentabilidad y plazo de recuperación de la inversión. b) Mejoras técnicas (7,5 puntos): |
Se puntuarán de 0 a 10 puntos las mejoras técnicas ofertadas sin sobreprecio, debidamente documentadas en la Oferta Técnica incluida en el sobre C e incluidas en el precio de la oferta: - Mejoras en calidad de los materiales ofertados, comparativamente según las especificaciones de materiales indicadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y las de los ofertados por cada licitador, entendiendo las primeras como mínimas exigibles en cualquier caso. - En general, cualquier mejora que aporte una mayor calidad y fiabilidad a la instalación solar. c) Mejoras funcionales (7,5 puntos): Se puntuarán de 0 a 10 puntos las mejoras funcionales ofertadas sin sobreprecio, debidamente documentadas en el sobre C e incluidas en el precio de la oferta: - Aumento de funciones desarrolladas por los materiales ofertados, respecto a los indicados en el Pliego de Prescripciones Técnicas. - Otras mejoras propuestas por el licitador y que resulten de interés para aumentar la eficacia de la instalación: potencia y rendimiento. Criterios mínimos de calidad en la evaluación mediante criterios de valor. Los criterios mínimos de calidad que deberán superar las empresas para optar a la adjudicación del concurso son: - Obtener una puntuación en el apartado A) igual o superior a 7. - Tener puntuación distinta de 0 en los apartados B), C) y 3. Garantías adicionales - Obtener un mínimo de 15 puntos en la clasificación total correspondiente a los apartados A), B), C) y 3). La valoración del apartado A) será absoluta e independiente para cada licitador, correspondiendo la valoración 10 a las calidades que cumplan las especificaciones indicadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas o superiores y justifiquen unos recursos humanos y materiales adecuados para su implantación, y las valoraciones inferiores a las especificaciones inferiores y/o dotación de recursos humanos y materiales insuficiente, inadecuada o excesivamente dependiente de recursos ajenos. La valoración en los apartados B), C) y 3) será relativa, comparativa entre las mejoras ofertadas por los diferentes licitadores, estimando 0 puntos en |
cada apartado sin mejoras de interés y un máximo de 10 para la oferta técnica que incluya el conjunto de mejoras de mayor interés. La valoración máxima podría ser inferior a 10, si se estimaran poco significativas las mejoras técnicas o funcionales ofertadas por todos los licitadores. MERCAGRANADA podrá adjudicar las obras a la proposición más ventajosa, mediante los criterios establecidos para su adjudicación, sin atender necesariamente al valor económico de la misma. MERCAGRANADA podrá declarar desierto el concurso, si lo considera oportuno, sin justificación ni derecho a reclamación alguna por parte de los licitadores. |
P. ADJUDICACIÓN |
El órgano de contratación tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato al licitador que en su conjunto haga la proposición más ventajosa, mediante la aplicación de los criterios objetivos de adjudicación o declarar desierto el concurso motivando, en todo caso, su resolución con referencia a los criterios indicados. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas que sin estar sujetas a la obligación de contratación de personas con minusvalías, en el momento de acreditar su solvencia técnica tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2%, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas después de aplicar los criterios objetivos establecidos para la adjudicación del concurso. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social y presentando el anexo X en el sobre A. El empresario propuesto como adjudicatario acreditará ante el órgano de contratación hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a cuyo efecto se le otorgará un plazo de 5 días hábiles. La acreditación se efectuará de acuerdo con lo siguiente: a. Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referidas al ejercicio corriente, o el último recibo completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar |
declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. b. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. c. Certificación positiva expedida por la Consejería Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía de no tener deudas en período ejecutivo de pago, salvo que las mismas estuviesen debidamente garantizadas. d. Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. El contrato se adjudicará en el plazo máximo de tres meses a contar desde la apertura de las proposiciones. |
Q. GARANTIA DEFINITIVA |
Garantía Definitiva: El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa estará obligado a constituir a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva que será del 7% del importe de adjudicación, del contrato excluido el I.V.A., la constitución de esta garantía deberá efectuarse por el adjudicatario en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento. En todo caso, la garantía responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 110 de la LCSP 9/2017 y de la formalización del contrato. La garantía podrá constituirse a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 108 de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017. En el caso de efectuarse la garantía mediante talón conformado o cheque bancario, aval o seguro de crédito y caución, se ingresará en la cuenta de MERCAGRANADA S.A. Si se realizara en metálico deberá ingresarse en |
cualquiera de las entidades bancarias de MERCAGRANADA S.A. En este caso el resguardo acreditativo del ingreso se canjeará por la Carta de Pago, veinticuatro horas después del ingreso. En caso de optar por aval bancario, se realizará según modelo del Anexo I o II. En caso de concurrir conjuntamente a la licitación una Unión Temporal de Empresarios, la garantía definitiva deberá amparar solidariamente a todos los empresarios agrupados. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución. Cuando como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de quince días contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación. A estos efectos, no se considerarán las variaciones de precio que puedan producirse como consecuencia de alguno de los supuestos de revisión de precios que puedan establecerse conforme a lo señalado en los artículos 103, 104 y 105 de la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017. Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva constituida, se dictará acuerdo de devolución de aquella o de cancelación de aval o seguro de caución. El acuerdo de devolución deberá adoptarse y notificarse al interesado en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía. Transcurrido el mismo, MERCAGRANADA S.A. deberá abonar al contratista la cantidad adeudada incrementada con el interés legal del dinero correspondiente al periodo transcurrido desde el vencimiento del citado plazo hasta la fecha de la devolución de la garantía, si ésta no se hubiera hecho efectiva por causa imputable a MERCAGRANADA S.A. La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos: a) De las penalidades impuestas al contratista por razón de la ejecución del contrato, cuando aquellas no puedan deducirse de los créditos contra MERCAGRANADA pendientes de cobro. |
b) De los gastos y daños ocasionados a MERCAGRANADA por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones. c) De las consecuencias de una mala instalación de las placas fotovoltaicas y soportes sobre las cubiertas y otros elementos auxiliares, que afecten a las edificaciones y usuarios de las mismas. d) Del no cumplimiento de las condiciones especificadas por el licitador en la rentabilidad de la instalación. |
R. GARANTÍA COMPLEMENTARIA |
No procede. |
S. FORMALIZACIÓN |
Plazo: Un plazo máximo de 30 días desde la notificación de la adjudicación. |
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
T. SEGUROS |
El contratista, estará obligado a suscribir, con anterioridad a la formalización del contrato, las pólizas de seguros que se indican en los Pliegos del presente concurso así como aquellas que el órgano de contratación estime pertinentes en cualquier momento durante la ejecución del contrato. Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario justificará documentalmente, al inicio de cada año de ejecución, el pago de las correspondientes primas de seguros. Cualquier modificación en las pólizas deberá ser aprobada previamente por MERCAGRANADA y los límites asegurados se deberán actualizar anualmente de acuerdo con el IPC estatal del año anterior. En caso de incumplimiento por el adjudicatario de las obligaciones relativas a los contratos de seguro (suscripción de pólizas, abono xx xxxxxx, coberturas aseguradoras, etc.), MERCAGRANADA podrá atenderlas directamente repercutiendo a aquél el coste correspondiente, sin perjuicio de las penalidades que pudieran derivarse de acuerdo con los Pliegos. |
En concreto, el adjudicatario suscribirá y asumirá el coste que suponga una póliza de responsabilidad civil (cubrirá las distintas responsabilidades general, patronal, cruzada, defensa y fianzas civiles y penales) desde la fecha de inicio de las labores de ejecución hasta la extinción del contrato, incluido el período de garantía. Remitirá a MERCAGRANADA copia de los documentos que justifiquen el cumplimiento de esta obligación en el plazo de un mes a contar desde la formalización del contrato. El adjudicatario asimismo suscribirá y asumirá el coste que suponga la contratación de un seguro Todo Riesgo de Daños Materiales por la totalidad de los bienes e instalaciones, que estará vigente mientras lo esté el contrato. Remitirá copia del documento o documentos que así lo justifique en el plazo de un mes a contar desde la fecha de formalización del contrato y posteriores modificaciones. Con independencia de lo señalado en esta Cláusula, el adjudicatario suscribirá las pólizas de seguros que considere necesarias en orden a evitar cualquier responsabilidad, frente a terceros, de MERCAGRANADA. Especialmente, si se sirve de profesionales no integrados en su plantilla de personal, deberá suscribir una póliza que cubra la responsabilidad civil que pueda derivarse de la actuación de los mismos. MERCAGRANADA deberá figurar como asegurado adicional en todas las pólizas. Además deberá figurar como beneficiario en la póliza de seguro Todo Riesgo de Daños Materiales El contratista deberá acreditar, presentado fotocopia del recibo y de la póliza, antes de la formalización del contrato, tener suscrito a su cargo y a satisfacción de MERCAGRANADA, incluyendo como asegurado al contratista y al personal que intervenga a su cargo, un seguro de responsabilidad civil que debe tener como mínimo las siguientes coberturas anuales: El contratista se encargará de renovar el certificado con un nuevo original, a cada vencimiento de la póliza durante el periodo contractual. La suscripción de esta póliza se justificará ante MERCAGRANADA, S.A., con |
CONCEPTOS Y COBERTURAS | importes |
Responsabilidad Civil General | 300.000 € por siniestro |
Responsabilidad Civil de Explotación | Sin sub-límite por víctima |
Responsabilidad Civil Patronal | 150.000 € por víctima |
Responsabilidad Civil Subsidiaria | Incluida |
carácter previo al inicio de la ejecución del contrato, mediante entrega de una copia de la póliza del pago de la prima correspondiente y de una certificación emitida por la entidad aseguradora en la que conste su compromiso de comunicar a MERCAGRANADA, S.A., la anulación de la póliza o cualquier modificación sustancial en sus condiciones. |
U. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA |
Además de las señaladas en el pliego, el contratista se obliga a: 1. Ejecutar el contrato en las condiciones previstas en el presente pliego de cláusulas particulares y el pliego de prescripciones técnicas. 2. Disponer del personal con la capacidad técnica precisa para cubrir las obligaciones que se deriven del contrato y que ha presentado en su oferta. 3. Tal personal dependerá exclusivamente del adjudicatario y éste, por tanto, tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de patrono, debiendo cumplir por ello las disposiciones vigentes en materia laboral, fiscal, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal designado por él, no implicará responsabilidad alguna para MERCAGRANADA S.A. 4. A cada factura emitida por el adjudicatario éste adjuntará fotocopia del TC1 y TC2 del personal asignado, siendo su incumplimiento motivo suficiente para que MERCAGRANADA retenga el pago hasta no se haya presentado. 5. El adjudicatario deberá atenerse en el desarrollo de su actividad en MERCAGRANADA a las condiciones especificadas en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas y en las cláusulas del contrato que se redacte. 7. El adjudicatario será el responsable de todos los perjuicios y accidentes de cualquier naturaleza que sean causados a terceras personas por su personal. 8. El adjudicatario deberá tener suscrita y vigente durante toda la duración del contrato la póliza de responsabilidad civil señalada en la cláusula 26. 9. Será obligación de la adjudicataria indemnizar todos los daños |
perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. 10. El adjudicatario renuncia por anticipado a cualquier acción o reclamación contra MERCAGRANADA S.A. que se refiera a las consecuencias eventuales de los perjuicios que puedan acaecer por el hecho o con ocasión de la prestación del servicio, dejando a salvo por completo a MERCAGRANADA S.A. de cualquier reclamación o acción instada por un tercero como consecuencia de todo perjuicio resultante de la ejecución del contrato. 11. En caso de accidente de trabajo ocurrido a los operarios con motivo y en el ejercicio del servicio, el adjudicatario se atendrá a lo dispuesto a este respecto en la legislación vigente, siendo en todo caso único responsable de su incumplimiento. 12. En caso de una resolución anticipada, o al término del contrato, la empresa adjudicataria retirará de las instalaciones de MERCAGRANADA los medios materiales y humanos aportados para la prestación del servicio. MERCAGRANADA quedará liberada por la empresa ofertante de las posibles obligaciones que con dicho personal pudieran derivarse de la aplicación del Convenio Colectivo o normativa sustitutoria. 13. En el caso de que la empresa adjudicataria, por causas propias o ajenas, no pudiera realizar el servicio, MERCAGRANADA podrá contratarlo con otras personas o realizarlo con sus propios medios, en tanto persista dicha imposibilidad. En ambos casos el gasto generado será a cargo de la empresa adjudicataria. 14. Es obligación del adjudicatario la vigilancia de sus equipos y útiles que utilice, renunciando en este momento a cualquier reclamación a MERCAGRANADA como consecuencia de robos, hurtos u otro tipo de acciones que se produzcan en sus bienes o al personal adscrito. 15. La adjudicataria deberá examinar con suficiente antelación los referidos recintos y comprobar la exactitud de las informaciones, que le serán suministradas por MERCAGRANADA a título puramente indicativo. 16. El adjudicatario responderá de la calidad del trabajo desarrollado con la diligencia exigible a una empresa experta en la realización de los trabajos objeto del contrato, así como de las consecuencias que se deduzcan para MERCAGRANADA, o para terceros de omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. |
17. El adjudicatario se obliga informar a MERCAGRANADA de todas las licencias, permisos y autorizaciones administrativas que pudieran ser necesarias para la realización de los trabajos proyectados en el informe. 18. El adjudicatario se hará cargo de la totalidad de los tributos, cualquiera que sea su naturaleza y carácter, que se devenguen como consecuencia del contrato, así como cualesquiera operaciones físicas y jurídicas que conlleve, salvo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o su equivalente, que el adjudicatario repercutirá a MERCAGRANADA. 19. Tras la finalización del contrato, existirá un periodo de consulta de al menos 2 años, durante el cual todas las aclaraciones que solicite MERCAGRANADA del informe serán resueltas, siempre que no conlleven mayores trabajos de cálculo y estudio al adjudicatario. Durante dicho periodo, la presentación de información complementaria y ampliaciones de información, serán totalmente gratuitas. 20. Quedan incluidos en el precio los viajes, dietas o gastos de desplazamiento a MERCAGRANADA por parte del adjudicatario, así como los traslados de aportaciones de materiales necesarios. 21- Se deberán entregar tres copias visadas y una copia en soporte informático. Este último deberá ser un documento sobre el cual MERCAGRANADA documentos en formatos en los que no se pueda extraer el texto del mismo. Los planos que sea necesario levantar para la redacción del plan director serán entregados en formato CAD. 22. El adjudicatario deberá guardar el máximo sigilo profesional respecto de los datos y antecedentes que pueda obtener en el desarrollo de los servicios objeto de contratación, relacionados o no con el objeto de contratación, y que de no ser públicos o notorios, pudieran poner en peligro la estrategia, reputación o imagen de MERCAGRANADA, tanto durante la vigencia del contrato como finalizado el mismo. 23. El adjudicatario guardará confidencialidad sobre la información que le facilite MERCAGRANADA en o para la ejecución del contrato o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella información que sea divulgada por MERCAGRANADA, aquella que haya de ser revelada de acuerdo con las leyes o con una resolución judicial o acto de autoridad competente. Este deber se mantendrá durante un plazo de tres años a contar desde la finalización del servicio. 24. El adjudicatario responderá de la corrección y precisión de los |
documentos que aporte MERCAGRANADA en ejecución del contrato y avisará sin dilación a MERCAGRANADA cuando detecte un error para que pueda adoptar las medidas y acciones correctoras que estime oportunas. 25. El adjudicatario cumplirá puntualmente el plazo de ejecución ofertado, sin perjuicio de que pueda verse ampliado por causas no imputables al adjudicatario. 26. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato. El adjudicatario coordinará la actividad de las diferentes personas que participen en la ejecución del contrato. Con carácter general, y además de las obligaciones señaladas en el presente Xxxxxx y en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, el Adjudicatario: a. Ejecutará y realizará la puesta en marcha de las instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a la red de una potencia instalada de 80.640 Wp, para los cups unificados sitos en la nave de pescados y de entre 3 y 5 WP para las plantas de frutas y hortalizas. b. Ejecutará y realizará la puesta en marcha de las instalaciones solares fotovoltaicas en los términos establecidos en los Pliegos de bases del presente concurso. c. Llevará a cabo la ejecución y puesta en marcha de las instalaciones solares fotovoltaicas en el plazo y tiempo comprometido en su oferta sin que, en ningún caso, la duración de su ejecución pueda exceder del plazo máximo señalado en los Pliegos de Bases que regulan el presente concurso. d. Realizará la ejecución y puesta en marcha de las instalaciones solares fotovoltaicas conectada a la red de la manera que menos perjudique a otras actividades que MERCAGRANADA, por sí o por terceros, pueda estar realizando en el recinto donde está ubicada, asumiendo responsabilidad en otro caso. e. Ejecutará las instalaciones solares fotovoltaicas dentro de las áreas destinadas a ello. f. Dotará a las instalaciones, a su xxxxx, de las plataformas de operación y montaje y de las escaleras de acceso a las plataformas, en todos los casos, de naturaleza permanente según lo establecido en los Pliegos de Bases. g. Garantizará la disponibilidad de las instalaciones entregadas y el rendimiento eléctrico global y del inversor comprometido. h. Adquirirá el material y los equipamientos necesarios para llevar a cabo |
la ejecución y puesta en marcha en los términos establecidos en los Pliegos de bases del presente concurso. i. Asegurará un plazo de garantía técnica de los equipos suministrados de, al menos, diez (10) años. j. La ejecución y puesta en marcha de las instalaciones solares fotovoltaicas se realizará bajo la supervisión y control del personal de MERCAGRANADA, que verificará el adecuado cumplimiento por el adjudicatario de las exigencias técnicas establecidas en los Pliegos de Bases del presente concurso. k. Los equipos aportados por el adjudicatario cumplirán las especificaciones exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y contempladas en la oferta, debiendo garantizar aquel su correcto funcionamiento conforme a las exigencias de la normativa técnica y de seguridad que le sean de aplicación. l. Abonará y solicitará, a nombre de MERCAGRANADA cuantos permisos, licencias, autorizaciones y demás requisitos administrativos sean exigidos por la normativa vigente, en relación con el objeto de este Pliego. m. Indemnizará los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del presente contrato. n. Respetará el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos que formalice consecuencia de este concurso. o. Mantendrá en buen estado las obras, instalaciones, bienes y medios auxiliares propiedad de MERCAGRANADA p. Respetará en todo momento la legislación y normativa medioambiental vigente, y se compromete a cumplir asimismo las resoluciones que dicte el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía competente en la materia. |
V. Pago del Precio |
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por MERCAGRANADA. El abono del precio del contrato se efectuará mediante certificaciones mensuales, las cuales se expedirán por MERCAGRANADA en los diez días siguientes al mes que correspondan, a las que se adjuntará la relación valorada correspondiente. |
El pago se efectuará mediante pagaré a 40 días en la cuenta designada en contrato o la designada en factura, previa exhibición del certificado bancario de titularidad y justificación de pagos a la Seguridad Social de los trabajadores. Las certificaciones parciales que se expidan y las cantidades que se abonen al contratista se considerarán pagos parciales con el carácter de abonos a cuenta, no suponiendo en forma alguna aprobación y/o recepción de las obras que comprendan y siempre a resultas de la certificación final de los trabajos ejecutados, que se expedirá en el plazo de dos (2) meses contados a partir de la recepción y a cuenta de la liquidación del contrato. |
W. PENALIDADES |
Relacionadas con la ejecución de la instalación: 1) El Adjudicatario está obligado a ejecutar la instalación dentro del plazo total fijado para su realización (5 meses), así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. Si el licitador ha ofertado un plazo menor para la obtención de menor puntuación deberá realizarlo en el plazo que ha ofertado. 2) Si el Adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, MERCAGRANADA podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 € por cada 1.000 euros del precio del contrato. (art. 212.4 del TRLCSP) 3) Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato y cuando el incumplimiento del Adjudicatario se refiera a la ejecución de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. 4) La aplicación y el pago de dichas penalidades no excluyen la indemnización a que MERCAGRANADA pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al adjudicatario. La constitución en xxxx del Adjudicatario no requerirá intimación previa por parte de MERCAGRANADA. 5) Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al Adjudicatario, MERCAGRANADA podrá, a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga adecuada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP. |
6) En el caso de que el Adjudicatario realizara defectuosamente el objeto del contrato, MERCAGRANADA podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. 7) Cuando el Adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiere Incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, MERCAGRANADA podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer las penalidades establecidas en el art. 212 del TRLCSP Relacionadas con la Garantía, Mantenimiento y Gestión: 1) El Adjudicatario está obligado a ejecutar las condiciones detalladas en su oferta de acuerdo a los pliegos técnico y administrativo. 2) Si el Adjudicatario, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora respecto al cumplimiento de los plazo establecidos MERCAGRANADA podrá imponer penalidades diarias en la proporción de 0,20 € por cada 1.000 euros del precio del contrato. 3) En el caso de que el Adjudicatario realizara defectuosamente los trabajos, podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato. Será, igualmente de aplicación al contrato el contenido de los artículos 314 y 315 de la LCSP. | |||
X. SUBCONTRATACIÓN | |||
Si procede la subcontratación hasta un 10 % en los términos establecidos en la estipulación Trigésimo Tercera xx Xxxxxx. Debiendo presentar la documentación de coordinación de actividades empresariales para las empresas subcontratadas, así como rellenar el Anexo V de este pliego. | |||
Y. | CESIÓN | ||
No procede. | |||
Z. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO | |||
El contrato sólo podrá ser modificado por razones de interés público, en los casos y en la forma prevista en los artículos 204 y 205 de la LCSP y de acuerdo |
con el procedimiento regulado en las Instrucciones Internas de Contratación de MERCAGRANADA S.A o, en su defecto, por el artículo 206 de la LCSP. En estos casos, las modificaciones acordadas por el Órgano de Contratación serán obligatorias para el adjudicatario. |
AA. PLAZO DE GARANTÍA |
- El plazo de garantía de la instalación, comenzará a contar desde la fecha del acta de recepción y será de un año. - Los equipos instalados tendrán una garantía mínima de 10 años. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos de los bienes objetos de las obras, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. En el supuesto de que el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes objetos de las obras no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, siempre que estos vicios o defectos fuesen imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de los bienes no serán suficientes para lograr aquel fin, podrá antes de finalizar el plazo de garantía rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando MERCAGRANADA exenta de la obligación del pago o, si éste se hubiese efectuado, tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho Terminado el plazo de garantía sin que MERCAGRANADA haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refiere los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 217, 218 y 219 del TRLCAP. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. |