CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA ENTRE UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES Y
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA ENTRE UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES Y
LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL URUGUAY “XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX”
Xx Xxxxxxxxxx, a los dos días del mes xx xxxxxx de dos mil dieciséis, comparecen por una parte: la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (en delante URSEC), con domicilio en Xxxx. Xxxxxxx Xx 000 de esta ciudad, representada en este acto por su Presidente Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx, y por otra parte: la UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL URUGUAY "XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX ", con domicilio en la Avda. 8 de Octubre 2738 de esta ciudad, representada en este acto por el Sr. Rector, X. Xxxxxxx Xxxxxxxxx, S.J., quienes intervienen en función de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades de convenir que en nombre de las entidades que representan tienen conferidas y
EXPONEN:
Que este Convenio ha sido promovido por ambas instituciones sobre la base de:
a) Que ambas instituciones se encuentran vinculadas por la comunidad de intereses y objetivos en los campos de académico y cultural.
b) Que son precisamente las Universidades las instituciones llamadas, por razón de su esencia, finalidad y objetivos, a establecer los canales de comunicación y cooperación que permitan el intercambio del conocimiento científico y cultural.
c) Que la URSEC es una institución que tiene como fines la regulación, control y promoción de las actividades de telecomunicaciones y postales, promoviendo el desarrollo en sus diversas dimensiones, económica, social, cultural y ambiental, velando por la competencia dentro de los límites establecidos por el derecho uruguayo en beneficio de la Sociedad.
d) Que la Universidad Católica del Uruguay es una institución de educación superior, que tienen entre sus fines impartir enseñanza y promover la investigación científica y técnica a nivel universitario y superior, difundir la cultura e impulsar el desarrollo social, dentro de un humanismo integral cristiano, de acuerdo al pensamiento xxx Xxxxxxxx Vaticano II.
e) Que son instituciones con personalidad jurídica propia, que les permite celebrar convenios de esta naturaleza para el mejor cumplimiento de los fines que tienen encomendados.
f) Por lo anterior, URSEC por una parte y la Universidad Católica del Uruguay manifiestan su interés en estimular una colaboración interinstitucional en mutuo beneficio que acreciente la vinculación académica entre ambas, a través de la coordinación de esfuerzos en la consecución de sus objetivos comunes, y de la cooperación recíproca en el desarrollo de proyectos académicos de interés común.
Por todo lo expuesto, las partes comparecientes suscriben el presente Convenio Xxxxx de Cooperación Académica con sujeción a las siguientes estipulaciones:
PRIMERO: Objeto. El presente tiene por objeto establecer las pautas generales a cuyo mérito deberán atenerse las actividades de colaboración académica y relaciones de intercambio entre ambas instituciones.
SEGUNDO: Áreas de Interés. Ambas partes estudiarán y definirán de mutuo acuerdo, las formas concretas de colaboración en beneficio recíproco, dentro de las siguientes áreas x xxxxxx de acción:
a. Capacitación. Organización de Cursos, Seminarios y Talleres en las siguientes áreas que sean consideradas de interés común.
b. Investigación. Estudio, desarrollo e implementación de proyectos de investigación relativos a las áreas precedentemente mencionadas, al igual que en todas aquellas otras que sean consideradas de interés mutuo.
c. Asesoría. Cooperación y asistencia técnica recíproca en áreas de interés común.
d. Intercambio de estudiantes, personal docente e investigadores.
e. Intercambio de información relativa a cursos, conferencias, seminarios, y demás actividades de naturaleza académica ofrecidas por ambas instituciones.
f. Intercambio de publicaciones e información científica y técnica pública sobre temas considerados de interés por las partes.
g. Organización conjunta de seminarios, conferencias y/o cursos de capacitación sobre temas de interés común.
h. Promoción de la participación de estudiantes y egresados de ambas entidades en los cursos, seminarios y/o conferencias ofrecidos por la otra institución.
TERCERO: Acuerdos Complementarios. Las partes elaborarán y celebrarán conjuntamente los Acuerdos Complementarios o Convenios Específicos al presente, que se entiendan necesarios para la puesta en práctica de las actividades, programas y/o proyectos de colaboración específicos que se hayan acordado en el marco de este convenio, estableciendo en cada caso los objetivos, forma de ejecución, cronograma, presupuesto, aportes, derechos y obligaciones de cada institución y demás aspectos relativos a las actividades acordadas.
CUARTO: Obligaciones económico-financieras. La celebración del presente Convenio no implica ningún tipo de compromiso previo de orden económico o financiero a cargo de las partes comparecientes. Las obligaciones de tal naturaleza, así como todo otro aspecto relativo a las acciones a implementarse en la ejecución de las diversas formas de cooperación que motivan el presente Convenio, serán objeto de previsión expresa en los acuerdos complementarios o convenios específicos referidos en la cláusula anterior.
QUINTO: Comisión Coordinadora. Las partes podrán constituir una Comisión Coordinadora que se integrará por igual número de miembros representantes de ambas instituciones debidamente autorizados y la que tendrá los siguientes cometidos:
a. Estudiar, establecer y proyectar las áreas y programas, proyectos y/o actividades de cooperación, los que serán sometidas a aprobación de las autoridades de ambas instituciones.
b. Evaluar los resultados de la ejecución de los diferentes programas, proyectos y/o actividades realizados al amparo del presente convenio y los acuerdos complementarios.
c. Todo otro cometido que las partes de común acuerdo le asignen.
SEXTO: Modificaciones. Ambas partes de común acuerdo podrán extender el ámbito de aplicación del presente Convenio a otros campos de interés mutuo, dejando expresa constancia por escrito.
SÉPTIMO: Participación de otros organismos. Las partes de común acuerdo, podrán solicitar la participación de otros organismos públicos o privados en la ejecución y coordinación de los programas, proyectos y/o actividades realizados al amparo del presente convenio.
OCTAVO: No exclusividad. La suscripción del presente convenio no representa obstáculo alguno para que las partes signatarias puedan concretar convenios de similar o semejante índole con otras instituciones con fines análogos.
NOVENO: Plazo y rescisión. El presente Xxxxxxxx regirá durante el período de dos años contados a partir de la fecha de su suscripción, siendo el mismo renovable tácitamente y por períodos de igual duración, salvo decisión expresa en contrario adoptada por cualquiera de las partes y comunicada a la otra parte por escrito por medio de notificación fehaciente con por lo menos treinta días de antelación a la fecha de finalización de vigencia del período respectivo.
Ambas partes se comprometen, en cualquier caso de culminación del presente Convenio, a finalizar los programas, proyectos y/o actividades que se encontrasen en ejecución al momento de operarse la misma, debiendo dar cumplimiento a las obligaciones asumidas por cada institución hasta la total conclusión de la actividad en cuestión, salvo decisión expresa y por escrito en contrario adoptada de común acuerdo por las partes.
DÉCIMO: Domicilios. Las partes constituyen domicilios a todos los efectos derivados del presente convenio, en los respectivamente indicados como suyos en la comparecencia.
DÉCIMOPRIMERO: Notificaciones. Las partes reconocen la validez del telegrama colacionado como medio de notificación fehaciente para las comunicaciones que deban cursarse.
PARA CONSTANCIA y en prueba de conformidad las partes suscriben dos ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.
Por Universidad Católica del Uruguay Firmado: P. Dr. Xxxxxxx Xxxxxxxxxx. S.I. Rector. Universidad Católica del Uruguay Xxxxxx X. Xxxxxxxxx.
Por Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.
Firmado: Ing. Xxxxxxx Xxxxxxx. Presidente del Directorio de URSEC.