VISTO:
XXXXXXXXXX Xx0000
XXXXX XX, “Cuna de la Constitución Nacional”, 28/08/17
VISTO:
El expediente del Sistema de Información de Expedientes N°00000-0000000-0, por el cual se documentan las gestiones destinadas a la contratación de un servicio de limpieza con destino a la Defensoría de Cañada xx Xxxxx del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, y;
CONSIDERANDO:
Que esta gestión se realiza por un plazo de seis meses y por un monto de contratación inferior a ochenta mil pesos ($80000), por lo que corresponde realizar un procedimiento de gestión directa, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Provincial N°2233/16, a efectos de brindar el servicio lo antes posible, sin perjuicio de haber iniciado actuaciones por un plazo mayor dentro de las condiciones habituales para este tipo de contratación.
Que se han enviado solicitudes de presupuesto a diferentes proveedores del rubro y se recibieron cuatro (04) presupuestos: 1-) SOL SERVICIOS SRL por un monto mensual de nueve mil quinientos ochenta y tres pesos con veinte centavos ($9.583,20), 2-) EDILIMPIO, por un monto mensual de ocho mil ochocientos pesos ($8.800), 3-) MASTER CLEAN, por un monto mensual de ocho mil seiscientos ochenta y siete pesos con ochenta centavos ($8.687,80) y 4-) JANITORS ARGENTINA SRL, por un monto mensual de siete mil cincuenta pesos ($7.050).
Que según la planilla comparativa de precios ofertados y el análisis técnico-formal, surge que corresponde adjudicar a la empresa JANITORS ARGENTINA SRL, por un monto total de cuarenta y dos mil trescientos pesos ($42300) por un plazo de seis (06) meses) por cumplir técnicamente con lo requerido y por ser la oferta más conveniente.
Que consta la autorización de la Administración General del organismo, encuadrándose la gestión en el marco de lo establecido por el Decreto Provincial N°2233/16, artículo 1 del régimen vigente en materia de contrataciones públicas.
Que el gasto que demandará la presente gestión está contemplado en el presupuesto 2017, Inciso 3 – Partida Principal 3 – Parcial 5, la que cuenta con saldo suficiente al efecto, por lo que se procedió a confeccionar el pedido de contabilización preventivo N° 893/17, que obra adjunto al expediente.
Que se han pronunciado con la emisión de sus respectivos informes la Jefatura de Sector Legal y Técnica y la Dirección de Administración del SPPDP;
Que la presente se emite conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 13.014, especialmente en sus incisos 1), 5) y 6;
POR ELLO,
LA DEFENSORA PROVINCIAL RESUELVE:
ARTICULO 1°: Adjudicar la “Contratación de un servicio de limpieza con destino a la Defensoría en Cañada xx Xxxxx del Servicio Público Provincial de Defensa Penal”, por la suma de cuarenta y dos mil trescientos pesos ($42300), conforme al detalle que se indica a continuación:
a) JANITORS ARGENTINA S.R.L.. - CUIT: 30-71478581-4:
RENG. CANT
DETALLE
PRECIO PRECIO TO- UNITARIO TAL
1
1
Contratación de servicio de limpieza en el inmueble donde funciona la Sede del Servicio Público Provincial de Defensa Penal en la localidad de Cañada xx Xxxxx, sita en xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000, en un todo de acuerdo a la solicitud de presupuesto y a su oferta presentada.
Mensual $ 7.050.-
Total por seis
meses $ 42.300.-
TOTAL
$ 42.300,00
TOTAL ADJUDICADO
$ 42.300,00.-
ARTICULO 2°: Encuadrar la gestión en el marco de lo establecido por el Decreto N° 2233/16 del régimen vigente en materia de contrataciones públicas.
ARTICULO 3°: Imputar la erogación al Presupuesto año 2017 de la Subjurisdicción 8-SAF 1- Programa 20-01- Fuente de financiamiento 111-Inciso 3-Partida Principal 3 –Parcial5, Finalidad 1- Función 2 – Ubicación Geográfica 82-56-44. El monto correspondiente a los períodos siguientes será considerado en los presupuestos respectivos.
ARTICULO 4°: Facúltese a la Administración General del SPPDP para suscribir mediante la Dirección de Administración del contrato de locación respectivo, conforme el modelo que se agrega como Anexo “A”.
ARTICULO 3: Autorícese a la Administradora General del SPPDP, para que a través de la Dirección de Administración liquide y pague las sumas que correspondan, de acuerdo a los términos contractuales especificados en el anexo citado.
ARTICULO 6°: Regístrese, comuníquese y archívese.
CONTRATO DE SERVICIO
Entre el SERVICIO PUBLICO PROVINCIAL DE DEFENSA PENAL DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE, CUIT N° 30-71233877-2, representado en este acto por la Señora Administradora General, C.P.N. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, DNI N° 00.000.000, con domicilio en xxxxx Xx Xxxxx Xx 0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xx, conforme a facultades otorgadas por la Resolución SPPDP N° 00xx/17, por una parte, y la Xxx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx DNI 00.000.000 en calidad de Socia Gerente de la empresa JANITORS ARGENTINA S.R.L., CUIT N° 30-71478581-4, inscripta en el Registro Público de Comercio de Santa Fe en Contratos Libro 18, Folio 138, bajo Razón N° 823 con domicilio en xxxxx Xxxxxx xx xx Xxxx Xx0000 xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xx, por la otra parte, convienen en celebrar el presente contrato de servicios regido por las siguientes cláusulas y condiciones:----------------------------------------------
Primera: JANITORS ARGENTINA S.R.L. se compromete a prestar un servicio de limpieza en la oficina del SPPDP sita en calle Xxxxxxxx Xxxxxxxx N° 147 de la ciudad de Cañada xx Xxxxx de la Provincia Santa Fe Segunda: El detalle de las tareas, derechos y obligaciones a realizar por parte de JANITORS ARGENTINA SRL se describen y especifican en la solicitud de presupuesto y en su oferta, que forman parte del presente contrato y se dan aquí por reproducidos en su totalidad.-------------------
Tercera: El precio del servicio se establece en la suma mensual de pesos siete mil cincuenta ($7050) IVA incluído, pagaderos por mes vencido, dentro de los veinte (20) días del mes siguiente a la prestación del servicio, previa presentación de la factura respectiva y conformidad definitiva del organismo receptor del servicio. Los montos correspondientes al primer y último mes se determinarán en forma proporcional a la cantidad de días de efectiva prestación del servicio. Cuarta: El plazo de contratación se establece por un período de seis (06) meses, contados a partir del 01 de Septiembre de 2017, finalizando dicho período el 28 de febrero de 2018.----------
Quinta: El SPPDP podrá rescindir el contrato sin expresión de causa, en cualquier momento, notificándolo en forma fehaciente con una antelación no inferior a treinta (30) días corridos, sin que ello otorgue a la otra parte derecho a reclamar indemnización por daños, perjuicios y/o lucro cesante. Sin perjuicio de ello, la firma deberá continuar prestando los servicios, hasta tanto se haga cargo el nuevo prestador que designe el SPPDP.-----------------------------------------------------
Sexta: Las partes han tenido en cuenta a efectos de la celebración del presente convenio que: a) No es intención de las mismas, ni se deriva del contrato, establecer o crear entre ellas una relación laboral de dependencia o una relación de principal y agente entre la contratante y la contratada y/o su personal de servicio, quedando entendido que la empresa y sus agentes de cumplimiento son personas independientes y autónomas en su relación con el SPPDP, b) La empresa será única responsable por los reclamos que pudieran originarse como consecuencia de las acciones de su personal en cumplimiento de las funciones, frente a los terceros involucrados.
c) La empresa deberá velar en todo momento por proteger los intereses del SPPDP y por no actuar en forma contraria a dichos intereses, adoptando todas las medidas que fueran razonables para la concreción de los servicios.--------------------------------------------------------------------------
Séptima: Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades por incumplimiento del servicio prevista por la legislación, la falta de prestación del mismo de conformidad a las condiciones establecidas dará lugar a la aplicación de lo previsto en el inciso l del artículo 139 del decreto
provincial N°1104/16 Octava: Forman parte del presente contrato el Decreto Provincial N°1104/16, la Resolución N° 180/16, la resolución que aprueba el presente contrato, la solicitud de presupuesto y la oferta adjudicada .
Novena: Las partes se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder, inclusive el Federal.-------
No siendo para más, previa lectura y ratificación, se firman dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, haciéndolo la Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx DNI 00.000.000, en su carácter de socia gerente de la empresa JANITORS ARGENTINA S.R.L. y la Sra. Administradora General, C.P.N. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX, DNI N° 00.000.000, en la ciudad de
Santa Fe a los días del mes de del año 2017.------------------------------------