LICITACIÓN PÚBLICA – MSPS-LP-003-2019 PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
LICITACIÓN PÚBLICA – MSPS-LP-003-2019
PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
OBJETO: Prestar servicios de organización y apoyo logístico integral para el desarrollo de los eventos en los que participe el Ministerio de Salud y Protección Social, en cumplimiento de sus objetivos.
Bogotá D.C., abril de 2019
1.1 CONDICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
INTRODUCCIÓN
El Ministerio de Salud y Protección Social es una entidad pública del orden nacional, que en adelante y para todos los efectos de este documento también se podrá denominar EL MINISTERIO.
El proponente deberá examinar cuidadosamente las condiciones contenidas en el presente pliego de condiciones y las demás condiciones previstas en la plataforma SECOP II para el presente proceso de selección, con el fin de que su propuesta se ajuste en su totalidad a las mismas, y tener en cuenta que las reglas establecidas para el presente proceso de selección son de obligatorio cumplimiento en caso de serle adjudicado el contrato.
Si el proponente encuentra discrepancias, inexactitudes u omisiones en el presente pliego de condiciones o en los demás documentos que forman parte del presente proceso, o si tiene alguna duda en cuanto al significado o sobre algún punto, deberá enviar sus solicitudes de aclaración a través de la página web de Colombia Compra Eficiente mini sitio SECOP II dentro del plazo previsto para tal efecto en el cronograma del proceso. En caso de no hacerlo se entenderá que no existen dudas y que acepta totalmente las condiciones establecidas para el proceso.
1.2 IDIOMA Y DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Las propuestas, comunicaciones, y en general, todos los documentos, audiencias, aclaraciones y todo lo referente al desarrollo del presente proceso, serán en idioma castellano, salvo los folletos, catálogos y términos técnicos que se utilicen en idioma distinto.
Los documentos con los cuales el proponente acredite requisitos habilitantes, calificables y/o condiciones técnicas adicionales, que estén en idioma extranjero deberán ser presentados en su lengua original junto con la traducción oficial al castellano, la cual deberá efectuarse en los términos del Artículo 251 del Código General del Proceso. Así mismo, cuando el proponente aporte dentro del proceso documentos públicos otorgados en el extranjero estos deberán ser legalizados de acuerdo a la Convención de la Apostilla o consularizados, según corresponda.
1.3 COMUNICACIONES
En desarrollo del presente proceso de selección, EL MINISTERIO, enviará las comunicaciones que considere necesarias a los interesados en el proceso y a los proponentes participantes, a través de la página web de Colombia Compra Eficiente mini sitio SECOP II y del correo electrónico. Las comunicaciones enviadas por estos medios, serán plenamente válidas y eficaces para el proceso de selección y los términos o plazos serán contados a partir de la fecha y hora de publicación de las mismas en el SECOP II.
Todas las comunicaciones y peticiones de los interesados y oferentes de este proceso deberán ser enviadas a través de la página web de Colombia Compra Eficiente mini sitio SECOP II
EL MINISTERIO atenderá oportunamente todas las peticiones que se reciban según lo establecido en el presente pliego de condiciones y demás requisitos y documentos cargados en la plataforma del SECOP II.
La correspondencia relacionada con el presente proceso de selección, remitida por los interesados y/o proponentes a través de medios diferentes al SECOP II o entregadas en físico en oficinas o dependencias del MINISTERIO, no serán consideradas para efectos del presente proceso.
Ninguna aclaración verbal por parte de personal de EL MINISTERIO podrá afectar el alcance y condiciones del proceso y sus Adendas, si las hubiere. Para estos efectos sólo se tendrán como válidas las comunicaciones escritas por parte de los funcionarios competentes.
1.4 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE, MODALIDAD DE SELECCIÓN Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE LA SOPORTAN.
1.4.1 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El presente proceso de selección y el contrato que de él se derive, se sujetarán a las siguientes disposiciones:
La Constitución Política; Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1882 de 2018, Decreto 1082 de 2015, Decreto Ley 019 de 2012, demás decretos reglamentarios y normas aplicables que regulen la materia.
Los manuales, guías, circulares o conceptos emitidos por Colombia Compra Eficiente, aplicables al proceso.
En lo no regulado particularmente en el Estatuto de Contratación, se aplicarán las normas civiles y comerciales pertinentes; las reglas establecidas para el presente proceso de selección, las resoluciones, y documentos que se expidan con ocasión del proceso.
Las demás disposiciones que por el objeto y la naturaleza del contrato le sean aplicables.
1.4.2 MODALIDAD DE SELECCIÓN Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE LA SOPORTAN.
De conformidad con el objeto, obligaciones del contrato que se requiere suscribir para satisfacer las necesidades del Ministerio, especificaciones técnicas del bien/servicio a adquirir, el presupuesto oficial estimado, la modalidad de selección que resulta aplicable es LICITACIÓN PÚBLICA.
En razón de la cuantía y el objeto a contratar la presente contratación se efectuará a través de LICITACIÓN PÚBLICA, procedimiento establecido en el Numeral 1, del Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, que define cuando aplicar esta modalidad, así:
“(…) 1. Licitación pública. La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo.
Cuando la entidad estatal así lo determine, la oferta en un proceso de la licitación pública podrá ser presentada total o parcialmente de manera dinámica mediante subasta inversa, en las condiciones que fije el reglamento. (…)
En consideración con lo anterior, el proceso de selección, y dado que los factores preponderantes para la escogencia del contratista serán la calidad y el precio, EL MINISTERIO adelantará un proceso por la modalidad de LICITACIÓN PÚBLICA., de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 80 de 1993 en concordancia con lo señalado en el Numeral 1º, del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007 y los Artículos 2.2.1.2.1.1.1 y 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015 y las demás normas concordantes y complementarias sobre la materia.
La LICITACIÓN PÚBLICA se encuentra reglamentada en los Artículos 2.2.1.2.1.1.1 y 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015.
1.5 DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Forman parte integral del proceso:
Los estudios previos, certificados de disponibilidad presupuestal y plan anual de adquisiciones.
Aviso de convocatoria.
Los actos de apertura y de adjudicación, el acta de cierre, documentos de aclaración de observaciones, informes de verificación y evaluación, y requerimientos.
Los anexos del presente Pliego de Condiciones, las adendas y demás documentos que expida EL MINISTERIO en desarrollo del presente proceso.
Los demás documentos que se alleguen al proceso.
1.6 RESPONSABILIDAD
En todo caso, el proponente que resulte adjudicatario del contrato, tendrá la absoluta responsabilidad en la ejecución de todas las actividades necesarias para la total y cabal ejecución del objeto contractual. Por lo tanto, el proponente debe considerar todos los aspectos jurídicos, técnicos, económicos, financieros, y xxx xxxxxxx para evitar la ocurrencia de situaciones y materialización de riesgos que afecten la cabal ejecución del contrato y la permanencia de la ecuación contractual durante toda la vigencia del contrato, y en tal evento, serán de su cargo y responsabilidad los gastos que esto conlleve.
1.7 CONVOCATORIA VEEDURÍAS CIUDADANAS
En cumplimiento de lo dispuesto por el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, EL MINISTERIO convoca a las veedurías ciudadanas establecidas de conformidad con la ley, interesadas en realizar el control social al presente proceso de contratación, para que de considerar pertinente formulen las recomendaciones escritas que a su juicio sean necesarias para la eficiencia institucional y la probidad en la actuación de los funcionarios, quienes podrán intervenir en todas las audiencias que se realicen durante el proceso, en las etapas precontractual, contractual y postcontractual.
CAPÍTULO II
ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES TÉCNICAS DEL BIEN Y/O SERVICIO A CONTRATAR
2.1. OBJETO
Prestar servicios de organización y apoyo logístico integral para el desarrollo de los eventos en los que participe el Ministerio de Salud y Protección Social, en cumplimiento de sus objetivos.
2.2 CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS O ESENCIALES DEL BIEN O SERVICIO OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
2.2.1 Salones
Los salones que se pongan a disposición del Ministerio deben contar con aire acondicionado y una ventilación adecuada, además xx xxxxxx confortables y apropiadas para extensas jornadas de trabajo. Igualmente, deben estar disponibles en horario de 6:00 a.m. a 10:00 p.m. y estar ubicados en hoteles de mínimo cuatro (4) estrellas de clasificación, o en auditorios con condiciones similares.
En caso de que el supervisor del contrato determine su conveniencia, expresamente puede solicitar o aprobar un espacio (salón o auditorio) categorizado con menos estrellas que las cuatro arriba mencionadas, para la realización de algún evento.
Para cada evento el Contratista debe ofrecer tres (3) opciones de espacio físico, con una antelación de quince
(15) días hábiles a la fecha de realización del evento y el supervisor señalará la elección correspondiente, sin que ello implique afectaciones de orden económico. En caso de que ninguno de los tres salones propuestos cumpla con los requerimientos de la Entidad, el Contratista tendrá tres (3) días hábiles contados a partir de la comunicación de la administración, para proceder a presentar tres nuevos escenarios.
Los espacios de realización de los eventos deben permitir el cuidado de la salud visual de los asistentes, considerando aspectos como:
Verificar previamente las condiciones de iluminación del lugar, evitando que la luz de ventanas o lámparas caiga directamente sobre la pantalla de proyección, para evitar incomodidad y fatiga visual.
Utilizar luz blanca y no amarilla, contribuyendo a reducir la fatiga visual.
Verificar que la imagen de las diapositivas y/o proyección sea estable, sin reflejos, destellos o centelleos; los colores deben ser claros y mates, para evitar reflejos.
Los espacios deben cumplir con lineamientos de salud ambiental en pro de “Ambientes Libres de Humo”, como son:
Los lugares en los cuales se realizan eventos deben ser 100% libres de humo de tabaco, tanto en áreas cerradas como en abiertas en donde se presten servicios. No habrá lugar a áreas de fumadores.
Debe existir una señalización adecuada que indique que el lugar es 100% libre de humo de tabaco en varios idiomas y lengua nativa, cuando el evento así lo requiera.
En los espacios en los que se desarrollan los eventos no debe disponerse xx xxxxxxxxx.
En concordancia con la Ley 1335 de 2009, en ningún evento se podrán realizar actividades de promoción, publicidad y patrocinio por parte de la industria del tabaco.
Garantizar que los salones ofrecidos, permitan el adecuado acceso y movilidad a las personas con capacidades diferenciales. Adicionalmente, previo al inicio de cada evento, debe brindar a todos los asistentes las instrucciones de seguridad y las medidas para evacuaciones en caso de emergencia.
2.2.2 Equipos
Equipo para amplificación de sonido instalado
Debe tener como mínimo cabinas, conectores, cables; micrófono con base y micrófono inalámbrico y demás equipos requeridos.
Para los equipos de sonido deben tenerse en cuenta lineamientos de salud auditiva de importancia para el Ministerio, tales como:
Verificar de manera previa, la distribución de equipos de sonido y parlantes, de forma tal que se reduzca al máximo la reverberación y los impactos del sonido producidos por el feedback.
Instruir a los expositores sobre la ubicación adecuada para no tener interferencias entre el micrófono y los equipos de emisión de sonido, así como sobre el manejo de la voz ante el micrófono.
Verificar de forma permanente los niveles de sonido de cualquier ayuda audiovisual que se presente durante el evento, para que no sobrepase los 85 decibeles.
Servicio de Votación Interactiva
Debe contar con los equipos y elementos necesarios, de acuerdo con el número de personas que se señale en la solicitud en los casos en que lo demande el Supervisor del contrato, previo requerimiento del área responsable del respectivo evento.
El servicio de votación interactiva corresponde a sesiones de máximo de ocho (8) horas cada una, con grupos no mayores a cincuenta (50) participantes por evento, se debe suministrar todos los equipos necesarios para la prestación del servicio.
Para la prestación de este servicio, el área responsable del evento debe entregar las preguntas y opciones de respuesta, objeto del sondeo, una semana antes del evento junto con las plantillas de diseño de la presentación en Microsoft Power Point, para la configuración interactiva de la misma y su previa revisión y validación.
Servicio de Transcripción
El servicio de Transcripción física se realizará en formato Office Word, conforme la información capturada por los medios audiovisuales y se prestará conforme los siguientes parámetros:
Los eventos tendrán una duración de máximo ocho (8) horas.
La transcripción debe contar con corrección de estilo.
El material será entregado el mismo día de celebrado el evento y el Contratista dispone xxxxxx xx xxxx
(10) días hábiles para la entrega de la transcripción de cada evento.
La entrega del material al Ministerio se debe hacer en medios magnético e impreso.
El personal designado por el Contratista para levantar la transcripción de los eventos, debe contar con estudios técnicos o profesionales en el área de Seguridad Social en Salud, para mayor comprensión de la terminología utilizada.
2.2.3 Alojamiento
El servicio de alojamiento debe prestarse para asistentes especiales1 en los eventos que lo requieran, en acomodación sencilla, doble o triple, según solicitud del supervisor, clase turista, en hotel de por lo menos cuatro
(4) estrellas.
El valor de los alojamientos necesarios para cada evento se determinará con base en los precios xx xxxxxxx al momento de requerirse el servicio, mediante tres (3) cotizaciones. El supervisor del contrato debe escoger la que reúna todas las especificaciones requeridas, que sea la más favorable para el Ministerio en condiciones de oportunidad y valor. En todo caso si las tres (3) cotizaciones no cumplan con los precios xx xxxxxxx, el supervisor solicitará la presentación de tres (3) nuevas cotizaciones, recomendando la más oportuna en la relación costo-beneficio.
En ningún caso el Ministerio asumirá los gastos por concepto de minibar, lavandería, llamadas telefónicas a celulares o larga distancia nacional o internacional con cargo al contrato que se suscriba, por lo cual el Contratista debe informar a los beneficiarios del alojamiento tal condición con anticipación al inicio del alojamiento.
Si se presenta la cancelación de un servicio de alojamiento y ésta genere el pago de No shows, de acuerdo con las políticas del hotel donde se había realizado la reserva y la cancelación obedezca a una fuerza mayor o caso fortuito no imputable al Contratista, el Ministerio asumirá el valor de la sanción correspondiente. En todo caso, el Contratista realizará la gestión necesaria para evitar o disminuir el valor de la sanción.
2.2.4 Transporte
a) Transporte Aéreo
El Contratista debe realizar las reservas y suministrar los pasajes aéreos nacionales para los asistentes especiales, de acuerdo con el requerimiento previo del supervisor. Sin la reserva previa hecha por el Contratista no podrá suministrar tiquetes aéreos a los asistentes.
El valor de los pasajes necesarios para cada evento se determinará con base en los precios xx xxxxxxx al momento de requerirse la compra, mediante tres (3) cotizaciones. El supervisor escoge la que reúna todas las especificaciones requeridas y que sea la más favorable para el Ministerio en condiciones de oportunidad y valor. En caso que las tres (3) cotizaciones no cumplan con los precios xx xxxxxxx, el supervisor solicitará la presentación de tres (3) nuevas cotizaciones, recomendando la más oportuna en la relación costo-beneficio.
El Contratista coordinará el itinerario de viaje y agenda de manera que, teniendo en cuenta las distancias de viaje, rutas y horarios de los medios de transporte, los asistentes lleguen oportunamente antes de la iniciación del evento y regresen a más tardar al día siguiente de la culminación del evento.
1 Para la presente contratación se entiende como asistentes especiales a los integrantes de los Grupos culturales (indígenas, Afrocolombianos, raizales, palenqueros y Pueblo Rrom).
El Contratista efectuará las reservas, remisión y pago de tiquetes aéreos, en la clase económica, para cada persona beneficiaria, en la ruta ida y regreso, de la sede del beneficiario a la sede del evento.
Para el suministro de tiquetes aéreos por parte del Contratista debe tener en cuenta el siguiente procedimiento:
i. Tiquetes
(i) Realizar las reservas, expedir y suministrar los tiquetes de conformidad con las solicitudes del Ministerio, durante las 24 horas del día, 7 días a la semana. (ii) Enviar por correo electrónico dentro de las seis (6) horas siguientes al requerimiento que le efectúe el Supervisor del Contrato o la persona autorizada, tres (3) cotizaciones de rutas favorables para la entidad, indicando el costo y la clase de pasaje reservado. (iii) Atender los requerimientos de reservas y expedición de tiquetes por medio electrónico o telefónico las 24 horas del día, 7 días a la semana. (iv) Atender en forma inmediata cualquier cambio que se presente en los tiquetes previamente expedidos, suministrando los nuevos tiquetes dentro de los plazos requeridos por el Supervisor del contrato o por la persona autorizada por éste, para lo cual suministrará varias opciones de tiquetes para el destino establecido. (v) Proveer los tiquetes en la tarifa más económica xxx xxxxxxx para vuelos nacionales e internacionales; de acuerdo a las autorizaciones efectuadas por el Supervisor del Contrato; para el caso de vuelos internacionales, a solicitud del Supervisor se podrán expedir tiquetes en otras tarifas excepto en primera clase y ejecutiva; (vi) Gestionar una solución en desplazamientos en los casos en que las aerolíneas cancelen los vuelos programados y los invitados tengan que desplazarse en el horario establecido en las reservas. (vii) Mantener informado permanentemente al Ministerio sobre las nuevas tarifas y ofertas que realicen las aerolíneas.
ii. Seguros de Viajeros
Tramitar Seguro de Asistencia Integral a los viajeros invitados a los eventos que desarrolle la Entidad, el cual debe contar mínimo con las siguientes coberturas: (i) Asistencia médica por accidente; (ii) Asistencia médica por enfermedad que incluya: Traslado Sanitario y/o Repatriación sanitaria incluido en el tope de gastos de asistencia médica por accidente o por enfermedad; (iii) Medicamentos recetados; (iv) Odontología de urgencia;
(v) Traslado y gasto de hotel de un familiar; (vi) Gastos de hotel por convalecencias; (vii) Acompañamiento de menores; (viii) Repatriación funeraria; (ix) Regreso anticipado por fallecimiento enfermedad de un familiar;
(x) Regreso anticipado por siniestro en domicilio del titular; (xi) Gastos por vuelo demorado; (xii) Sustitución de Ejecutivos; (xiii) Transmisión de mensajes urgentes; (xiv) Asistencia en caso de extravío de documentos; líneas de consultas; (xv) Pérdida de equipo en línea aérea. (xvi) Demora en la entrega de equipajes; (xvii) Transferencia de fondos; (xviii) Transferencia de fondos para fianza penal; (xix) Asistencia legal por accidente de tránsito; (xx) Seguro de vida por muerte accidental o enfermedad crónica.
Nota 1: Con cargo a los recursos del contrato resultante del presente proceso, no es posible suministrar pasajes aéreos, ni hospedaje a Funcionarios o Contratistas del Ministerio.
Nota2: El Ministerio reconocerá al Contratista el costo integral de los pasajes aéreos de acuerdo con los precios xxx xxxxxxx, incluyendo los gastos por seguros de viajeros y el porcentaje de administración ofrecido en su propuesta.
Nota 3: Cuando por causas de fuerza mayor o imprevistos no imputables al Contratista, se generen cambios en las reservas a los itinerarios de los pasajes expedidos, previo análisis y visto bueno por escrito del supervisor, la Entidad reconocerá los costos adicionales al valor del tiquete y el porcentaje de administración se pagará teniendo en cuenta el valor final del tiquete.
b) Transporte fluvial, intermunicipal x xxxxxx
El Ministerio sufraga estos gastos a aquellos grupos culturales (Indígenas, Afrocolombianos Raizales y Palenqueros y Gitanos) que, por su condición especial, está obligado a facilitarle los medios necesarios para su asistencia a los eventos en los que se traten temáticas que les conciernen. Para ello el responsable de la organización del evento por parte del Ministerio suministrará al Contratista una lista que contenga el nombre, datos de identificación y procedencia de los asistentes con derecho a reconocimiento de gastos.
Para efectuar el pago, el Contratista debe exigir al beneficiario el diligenciamiento y firma de un comprobante de pago, el cual debe contener como mínimo los siguientes datos: Nombre completo, número de documento de identidad, concepto, valor pagado y firma.
El Ministerio pagará al Contratista los costos de los transportes fluviales, intermunicipales o urbanos, de acuerdo con los precios xxx xxxxxxx, incluyendo el porcentaje de administración ofrecido en su propuesta. Para tal efecto, a la factura se deben anexar los soportes que acrediten el gasto de transporte que se está cobrando, el cual debe contener el visto bueno del responsable del evento por parte del Ministerio.
Prestar el servicio de transporte especial a conferencistas o invitados entre el aeropuerto, el sitio de alojamiento y el sitio de realización, dentro del perímetro urbano de la ciudad donde se realice el evento. Los vehículos destinados para el cumplimiento de esta obligación deben ser modelos no inferiores al año 2015, tipo sedán, cuatro (4) puertas, de gama media, full equipo, capacidad mínima de cuatro (4) pasajeros, airbags, cinturones de seguridad delanteros y traseros, con excelentes condiciones mecánicas certificadas o camioneta Van de 6 a 18 pasajeros, de gama media, full equipo que cuente con airbags, cinturones de seguridad delanteros y traseros, con excelentes condiciones mecánicas certificadas.
2.2.5 Préstamo de impresoras
Debe estar disponible durante todo el evento o los días que el Supervisor lo requiera. Debe incluir el tóner con la capacidad suficiente para hacer las impresiones del evento. Debe imprimir máximo 100 hojas por día. Debe realizar las impresiones x xxxxxx y negro.
2.2.6 Alimentación
Suministrar la alimentación para asistentes al evento (refrigerio mañana y tarde, desayuno, almuerzo y cena, estación de café permanente). Los refrigerios contendrán una bebida y un sólido.
Las comidas tendrán las especificaciones de referencia según lo contenido en el Anexo 2 “Guía de Alimentación Saludable 2019”, teniendo en cuenta que es posible el intercambio por alimentos de similares características nutricionales y equivalentes a la porción indicada. Estos refrigerios, desayunos, almuerzos o cenas, programados durante los eventos, deben tener las siguientes características:
Disponer de una presentación que garantice que los productos a suministrar cumplan con condiciones de esterilidad, inocuidad y seguridad para el consumo de las personas participantes del evento, en todo caso no se aceptará el uso de recipientes de icopor.
Incluir refrigerios con frutas y verduras en recetas, con una adecuada combinación de colores y presentación.
Las bebidas calientes y/x xxxxx deben ofrecer la opción de elegir con, sin o bajos en azúcar, o consumirlas con edulcorantes no calóricos y evitar bebidas carbonatadas y azucaradas. También se debe ofrecer de manera permanente agua potable para el consumo como bebida hidratante y como bebida principal al servir los alimentos.
En los emparedados o pasa bocas, se debe limitar el uso de salsas y la cantidad de grasa.
Disminuir el contenido de sal, grasas trans y grasas saturadas de las preparaciones.
Cuando se trate de eventos de más de un día, el suministro de refrigerios para el segundo día y siguientes debe ser confirmado el día anterior a la realización.
En caso de requerirse el suministro de desayunos, almuerzos o cenas especiales, se debe incluir el menaje, los meseros y complementos necesarios para servirlos, según lo solicitado por el Supervisor.
2.2.7 Personal
a) Coordinador de Actividades
Disponer de un profesional en administración, economía, contaduría y afines, conforme al núcleo básico del conocimiento para estas disciplinas académicas señaladas SNIES2, con experiencia laboral especifica mínima de dos (2) años en coordinación o realización de eventos, quien coordinará todas las actividades a desarrollar para la ejecución del contrato, servirá de canal entre la entidad y el Contratista durante el desarrollo del mismo y para todos los efectos de la ejecución; de igual manera deberá estar facultado por el Contratista para atender y resolver todas las instrucciones, comunicaciones y notificaciones que se encuentren dentro del alcance del contrato y que sean impartida por el Supervisor designado por el Ministerio para el efecto. Del mismo modo, todas las comunicaciones y demás documentos que suscriba el prenombrado profesional durante el desarrollo del contrato, tendrán la misma validez que las emitidas por el propio Contratista.
Del mismo modo, todas las comunicaciones y demás documentos que suscriba el prenombrado profesional durante el desarrollo del contrato, tendrán la misma validez que las emitidas por el propio Contratista.
NOTA: El perfil requerido para el Coordinador será verificado una vez se haya adjudicado el proceso de selección.
b) Personal Logístico
Disponer del personal logístico para la organización de cada evento, para el montaje del auditorio, registro y acomodación de asistentes, entrega de materiales, organización en la entrega de refrigerios, almuerzos o bebidas, con los siguientes roles:
Operador logístico (Bachiller, con o sin experiencia)
Personal Orientador y de Registro. (Xxxxxxxxx, con o sin experiencia)
Frente al Personal Orientador y de Registro, su número dependerá de la cantidad de asistentes al evento, en una relación de una persona por cada cien participantes (1/100).
2 Decreto 1083 de 2015 art 2.2.2.4.9
NOTA: El perfil requerido para el personal logístico será verificado una vez se haya adjudicado el proceso de selección.
2.2.8 Registro Nacional de Turismo
El Contratista debe mantener vigente durante la ejecución del contrato resultante, el Registro Nacional de Turismo como “Operador de Congresos, Ferias y Convenciones”, de conformidad con las fechas de renovación establecidas en la Ley 1101 del 22 de 2006, modificada por la Ley 1558 de 2012, o la norma que la reglamente, modifique o sustituya.
2.2.9 Programación de eventos
En el Anexo 1 del presente documento se incluye una lista de los eventos inicialmente programados por cada una de las dependencias del Ministerio con sus respectivas características técnicas. Sin embargo, la cantidad y la ubicación de los mismos podrá ser modificada conforme a las necesidades de la Entidad y su pago se efectuará de acuerdo con los valores unitarios de la propuesta ganadora.
El Operador que resulte adjudicatario del presente proceso debe garantizar el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el referido Anexo 1 y en las especificaciones técnicas del presente documento para los eventos que se estima realizar en 36 ciudades capitales y municipios del país, según la siguiente relación:
Número de eventos por ciudad
Ciudades | Número de eventos |
Anserma - Caldas | 1 |
Arauca | 1 |
Armenia | 1 |
Xxxxxxxxxxxxxxx | 0 |
Xxxxxxxxxxxx | 0 |
Xxxxxx | 91 |
Xxxxxxxxxxx | 0 |
Xxxx | 0 |
Xxxxxxxxx | 0 |
Xxxxxx | 3 |
Envigado | 2 |
Florencia | 2 |
Girón | 1 |
Ibagué | 3 |
Ipiales | 2 |
Leticia | 1 |
Medellín | 3 |
Mitú | 1 |
Mocoa | 1 |
Mompox | 1 |
Montería | 1 |
Neiva | 2 |
Pasto | 2 |
Puerto Xxxxxxx | 1 |
Puerto Inírida | 1 |
Quibdó | 2 |
Riohacha | 2 |
Xxxxxxxxxxx | 0 |
Xxxxxxx | 0 |
Xxxxxxx | 0 |
Xxx Xxxx Xxxxxxxx | 1 |
San Xxxxxx | 2 |
Santa Xxxxx | 2 |
Sincelejo | 2 |
Valledupar | 1 |
Villavicencio | 1 |
Total general | 148 |
a) Inclusiones Excepcionales
1. Excepcionalmente se podrán realizar eventos en ciudades o municipios no relacionados en el presente numeral, para lo cual se dispuso el siguiente procedimiento:
La dependencia solicitante debe informar la necesidad al Supervisor, por lo menos con treinta (30) días calendario de anticipación a la fecha prevista para la realización del evento.
El Supervisor remitirá al Contratista la relación de requerimientos necesarios para la realización del evento, informando la ciudad o municipio donde se realizará, y le solicitarán una cotización.
Simultáneamente, el Supervisor del contrato solicitará por su cuenta dos cotizaciones a firmas proveedoras de eventos con el fin de verificar si la cotización presentada por el Contratista se ajusta a los precios xxx xxxxxxx.
Se otorgarán tres (3) días hábiles para la presentación de las cotizaciones (tanto para la que se solicite al Contratista, como para los demás cotizantes).
El Supervisor del contrato procederá a comparar los precios de las cotizaciones solicitadas por el Ministerio frente a los contenidos en la cotización presentada por el Contratista, y determinará si se autoriza o no la realización del evento.
2. Excepcionalmente se podrán incluir bienes o servicios adicionales a los relacionados en el Anexo 1 para lo cual se dispuso el siguiente procedimiento:
La dependencia solicitante debe informar la necesidad al Supervisor, por lo menos con quince (15) días calendario de anticipación a la fecha prevista para la realización del evento. Adicionalmente, debe justificar de forma escrita las razones por las cuales estos requerimientos se consideran necesarios para el evento.
El Supervisor remitirá al Contratista la relación de requerimientos necesarios para la realización del evento, informando el bien o servicio requerido y le solicitarán una cotización.
Simultáneamente, el Supervisor del contrato solicitará por su cuenta dos cotizaciones a firmas proveedoras de eventos con el fin de verificar si la cotización presentada por el Contratista se ajusta a los precios xxx xxxxxxx.
Se otorgarán tres (3) días hábiles para la presentación de las cotizaciones (tanto para la que se solicite al Contratista, como para los demás cotizantes).
El Supervisor del contrato procederá a comparar los precios de las cotizaciones solicitadas por el Ministerio frente a los contenidos en la cotización presentada por el Contratista, y determinará si se autoriza o no la inclusión del bien o servicio.
3. Excepcionalmente se podrán solicitar bienes o servicios con especificaciones técnicas superiores a las de los relacionados en el Anexo 1. Esta excepción aplicará únicamente para eventos a los cuales asista el Ministro o alguno de los Viceministros.
Para efectos de lo anterior se dispuso el siguiente procedimiento:
La dependencia solicitante debe informar la necesidad al Supervisor, por lo menos con diez (10) días calendario de anticipación a la fecha prevista para la realización del evento. Adicionalmente, debe justificar de forma escrita las razones por las cuales estos requerimientos se consideran excepcionales y necesarios para el evento y argumentar la no utilización de los bienes y servicios con las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo 1.
El Supervisor remitirá al Contratista la relación de requerimientos necesarios para la realización del evento, informando el bien o servicio requerido y le solicitarán una cotización.
Simultáneamente, el Supervisor del contrato solicitará por su cuenta dos cotizaciones a firmas proveedoras de eventos con el fin de verificar si la cotización presentada por el Contratista se ajusta a los precios xxx xxxxxxx.
Se otorgarán tres (3) días hábiles para la presentación de las cotizaciones (tanto para la que se solicite al Contratista, como para los demás cotizantes).
El Supervisor del contrato procederá a comparar los precios de las cotizaciones solicitadas por el Ministerio frente a los contenidos en la cotización presentada por el Contratista, y determinará si se autoriza o no la inclusión del bien o servicio teniendo en cuenta que se trate de costos razonables.
NOTA: El Contratista no podrá realizar eventos sin la previa confirmación por parte del Ministerio de Salud y Protección Social.
2.3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de las demás obligaciones que se deriven de la normatividad existente, en especial las previstas por el Estatuto General de Contratación Estatal, de las normas que regulan el ejercicio de este tipo de actividades, de las contenidas en las normas técnicas pertinentes, de las particulares que correspondan a la naturaleza del contrato a celebrar, y de las que se deriven del contenido del Estudio Previo, el contratista deberá asumir las siguientes obligaciones:
2.3.1 GENERALES
1. Cumplir el objeto pactado en el contrato, las especificaciones técnicas previstas en los estudios previos, el pliego de condiciones, las adendas, la propuesta presentada y los aspectos técnicos pertinentes y anexo técnico si aplica, para la ejecución idónea.
2 Cumplir con las condiciones técnicas, económicas y comerciales presentadas en su propuesta, en atención a lo requerido en el pliego de condiciones, según sea el caso, y garantizar su ejecución dando pleno cumplimiento a los lineamientos y políticas establecidos por EL MINISTERIO y a las instrucciones que éste imparta a través del supervisor.
3 Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones que afecten el objeto del Contrato.
4 Entregar los informes pactados y los requeridos por el supervisor del contrato, cuando a ello hubiere lugar.
5 Realizar las actividades relacionadas con el objeto contractual, bajo su propio riesgo y responsabilidad, sin sujeción o condiciones diversas a aquellas que requieran para el cumplimiento del mismo.
6 Realizar los desplazamientos que se requieran para el desarrollo de sus obligaciones acorde con la solicitud del supervisor.
7 Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía, al supervisor del contrato.
8 Atender los lineamientos dados por EL MINISTERIO en materia de procesos y procedimientos relacionados con el Sistema Integrado de Gestión-SIG.
9 Cumplir con las políticas de seguridad de la información y los lineamientos dados por EL MINISTERIO
relacionados con el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.
10 Firmar un compromiso de confidencialidad y no divulgación con respecto a toda la información obtenida por EL CONTRATISTA durante la ejecución del contrato, cuando a ello hubiere lugar.
11 Constituir la garantía a favor de EL MINISTERIO en los términos establecidos en este documento y mantenerla vigente durante el término de ejecución del contrato y según se indique en el aparte respectivo del presente proceso de selección, por los valores y con los amparos previstos en el mismo y presentarla dentro los tres (3) días hábiles siguientes a la firma de contrato, cuando a ello hubiere lugar.
12 Garantizar que el manejo de la imagen institucional esté acorde con las directrices de estándares de diseño y de identidad corporativa que rigen al MINISTERIO.
13 Mantener estricta reserva sobre la información y documentos a que tenga acceso con ocasión de la celebración y ejecución del contrato, salvo instrucción de autoridades competentes o autorización previa y expresa otorgada por EL MINISTERIO.
14 Llevar el archivo de toda la documentación técnica y financiera de la ejecución del contrato y al final de éste, hacer entrega al MINISTERIO de los mismos, acorde a lo establecido en los productos e informes requeridos y pactados, y de acuerdo con el manual de archivo y correspondencia vigente y/o normas del Archivo General de la Nación, cuando a ello hubiere lugar.
15 Participar en las reuniones, encuentros o comités, según corresponda, relacionados con el objeto contractual y obligaciones pactadas, a los cuales sea convocado por parte del Ministerio, cuando a ello hubiere lugar.
16 Acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el cumplimiento del pago mensual de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos laborales, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, mediante certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal, según el caso. De igual forma, acreditar el cumplimiento del pago de los aportes de conformidad con lo establecido en el Decreto 1273 de 2018.
17 Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan de causas que le sean imputables.
18 No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúan por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho. cuando se presenten tales peticiones o amenazas el contratista deberá informar inmediatamente de su ocurrencia al ministerio y a las demás autoridades correspondientes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El incumplimiento de esta obligación y la celebración de pactos o acuerdos prohibidos podrá dar lugar a la declaratoria de incumplimiento e imposición de las sanciones a que haya lugar.
19 Asumir los riesgos establecidos en la matriz de riesgos del proceso.
20 Cumplir con la legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo y Ambiental vigentes, entre otras la Ley 1562 de 2012 y el Decreto único reglamentario 1072 de 2015 de conformidad con las actividades a desarrollar según el objeto del contrato.
21 El contratista declara que cuenta con una Política de Seguridad y Salud en el trabajo y cumple con lo establecido en la normatividad nacional vigente y aquella que lo reglamente, modifique y/o complemente, aplicable para la protección de los eventuales trabajadores que, durante la ejecución del presente contrato deba vincular, directa o indirectamente, a fin de cumplir las obligaciones pactadas entre las partes. Además, que cumple con las auditorías periódicas, certificados de capacitación en el tema y demás medidas establecidas en normas concordantes; tendientes al cumplimiento íntegro de las políticas del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo que le corresponden.
22 Concurrir a la liquidación del contrato dentro de los plazos y en las condiciones establecidas en la Ley, en el pliego de condiciones y el mismo contrato, cuando a ello hubiere lugar.
23 Las demás obligaciones que se deriven de las especificaciones técnicas, estudios previos, anexo técnico, insumos y de los ofrecimientos realizados en la propuesta presentada, documentos que forman parte integral del presente contrato y aquellas que estén directamente relacionadas con el objeto del contrato.
2.3.2 ESPECIFICAS
1. Prestar los servicios de organización y apoyo logístico de los eventos que convoque el Ministerio, de conformidad con la instrucción específica que imparta el Supervisor, incluyendo cualquiera de las actividades previstas en los costos unitarios de la contratación, para lo cual debe desplegar toda su pericia y conocimiento a fin de garantizar que los servicios se presten en condiciones de oportunidad y calidad.
2. Suministrar el espacio físico adecuado (salón o auditorio) según requerimiento del evento a realizar y número de asistentes, a excepción de los eventos que se programen en las instalaciones del Ministerio.
3. Suministrar en los casos que se requieran la dotación física del espacio con tableros acrílicos (con marcadores y borrador) y acceso inalámbrico a internet, según el evento programado.
4. Suministrar las ayudas audiovisuales que se requieran para el evento, tales como video beam, computador portátil, sonido, pantalla o telón para proyección, entre otros, según lo solicitado por el Supervisor.
5. Prestar el servicio de grabación en video, grabación de sonido y registro fotográfico (cincuenta fotografías digitales por evento), de los eventos que previamente se le requieran.
6. Prestar el servicio de transcripción física en formato Office Word, de la información capturada por los medios audiovisuales, de conformidad con las especificaciones técnicas mínimas descritas en el presente documento.
7. Prestar el servicio de Votación Interactiva de conformidad con las especificaciones técnicas mínimas descritas en el presente documento.
8. Suministrar las fotocopias del material de apoyo que se requiera para entregar a los asistentes, según lo dispuesto por la dependencia que organiza el evento la misma que determinará de manera independiente su modo de distribución. Lo anterior en coordinación con la Supervisión del Contrato.
9. Suministrar el servicio de alojamiento para asistentes especiales en los eventos que lo requieran, en acomodación sencilla, doble o triple, según solicitud del Supervisor, clase turista, en hotel de por lo menos cuatro (4) estrellas. No se suministrará alojamiento para acompañantes de conferencistas o de asistentes especiales.
10. Coordinar las reservas y suministrar los pasajes aéreos para los asistentes especiales y conferencistas internacionales, de acuerdo con el requerimiento previo del Supervisor del contrato.
11. Sufragar los gastos a los asistentes a los eventos, por concepto de transporte fluvial, intermunicipal x xxxxxx en los que éstos hayan incurrido para llegar al sitio del evento, cuando los mismos provengan de lugares distantes a las ciudades capitales y cuando la Entidad así lo autorice a través del Supervisor del contrato.
12. Sufragar los gastos por concepto de adquisición de tiquetes aéreos y hospedajes autorizados por las áreas responsables de los eventos y el Supervisor, garantizando que estos gastos corresponden a la finalidad
única de asegurar la asistencia a personas en los casos donde no hay posibilidad de contratar transporte colectivo.
13. Suministrar servicios de Guía de Intérprete para población sordo-ciega y servicios de Intérprete para personas sordas, en los casos en que lo solicite el Supervisor del contrato, previo requerimiento del área responsable del evento.
14. Suministrar el transporte especial a conferencistas o invitados entre el aeropuerto, el sitio de alojamiento y el sitio de realización, dentro del perímetro urbano de la ciudad donde se realice el evento, el cual debe incluir servicio para personas en silla de ruedas (en los casos en que expresamente lo solicite el Supervisor), garantizando que el servicio cuente con los permisos y autorizaciones xx xxx, necesarios para prestar el servicio de transporte terrestre especial.
15. Suministrar la alimentación para asistentes al evento (refrigerio mañana y tarde, desayuno, almuerzo y cena, estación de café permanente) según solicitud del Supervisor, en recipientes individuales fabricados con materiales biodegradables, con servilletas y cubiertos incluidos. En todo caso no se aceptará el uso de recipientes de icopor.
16. Entregar a quien señale el Supervisor del Contrato, el Registro de Asistentes al evento, en medio magnético, anexando las planillas de asistencia firmadas, para lo cual debe tener especial cuidado en que se registre la totalidad de participantes y que los datos se diligencien correctamente.
17. Imprimir y entregar a los asistentes las escarapelas al momento del registro en cada evento que lo requiera, para lo cual el Contratista debe disponer de los medios necesarios (computador, impresora, materiales, etc.). El diseño de las escarapelas será entregado por el Supervisor al inicio del contrato, teniendo en cuenta lo establecido en el Manual de Identidad Visual y la Política de Comunicaciones del Ministerio.
18. Entregar al responsable del evento por parte del Ministerio las Constancias de Asistencia, de acuerdo a los listados de asistentes, según requerimiento. El formato para la constancia de asistencia es preparado previamente por la Dependencia responsable del evento y su diseño y especificaciones son entregadas al Contratista por el Supervisor del contrato, siguiendo los lineamientos institucionales para este tipo de documentos.
19. Disponer de un profesional, que coordinará todas las actividades a desarrollar para la ejecución del contrato. El contratista previo a la firma de acta de inicio, debe dar a conocer oficialmente al Supervisor del contrato la designación del profesional, acreditando el cumplimiento de los requisitos de estudio y experiencia señalados en el numeral 2.2.7.
20. Disponer del Personal Logístico para la organización de cada evento de conformidad con las especificaciones técnicas mínimas descritas en el presente documento. El contratista previo a la firma de acta de inicio debe dar a conocer oficialmente al Supervisor del contrato la designación del personal logístico acreditando el cumplimiento de los requisitos de estudio y experiencia señalados en el numeral 2.2.7.
21. Suministrar al personal contratado todos los elementos de protección, así como uniformes cuando sea necesario. Todo el personal que esté involucrado en la organización de los eventos debe portar identificación visible.
22. Garantizar los gastos del personal contratado para el acompañamiento de los eventos (alimentación, alojamiento, transporte y demás) los cuales estarán a cargo del Contratista.
23. Realizar el montaje de los elementos de identificación institucional en el lugar de realización del evento, previo a la realización del mismo, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Supervisor del Contrato. Así mismo debe garantizar el traslado de dichos elementos cuando así se requiera, sin costo adicional para el Ministerio. La Información que se ubique en las instalaciones donde se va a realizar el evento, como orientación a los asistentes, debe estar a nombre del Ministerio de Salud y Protección Social, y no del Contratista.
24. Disponer del personal de aseo necesario para el lugar del evento, así como responder por todos los costos asociados al mismo, que no estén expresamente establecidos en el contrato y que sean dispuestos por el
Contratista por su liberalidad. Adicionalmente se debe garantizar que se dará el tratamiento adecuado, según la normatividad vigente, a los residuos y basuras que se generen en la realización de cada evento.
25. Coordinar con la Policía Nacional, Xxxx Xxxx, Defensa Civil y Bombero, el apoyo requerido para la realización del evento, de acuerdo con el número de asistentes y teniendo en cuenta las disposiciones legales y de seguridad para eventos masivos establecidos en el municipio o ciudad de ejecución del mismo.
26. Cubrir las demás necesidades logísticas requeridas por el Supervisor del Contrato, de acuerdo con la naturaleza y dimensión de cada evento a realizar, enmarcado en el objeto contractual y los precios unitarios ofrecidos por el contratista.
27. Recibir del Supervisor del contrato por parte del Ministerio, un Cronograma de Eventos al iniciar la ejecución, sin perjuicio del cual la Entidad puede informar durante el plazo de duración del mismo, la realización de nuevos eventos en las ciudades o municipios relacionados en el numeral 2.2.9 de este documento, o modificación de fechas de los mismos, con una antelación no menor a ocho (8) días hábiles, conservando los valores unitarios contenidos en la propuesta.
Nota: Cuando el Ministerio informe sobre la cancelación de un evento por fuera del término aquí previsto, asumirá los costos que correspondan a multas o sanciones por servicios reservados y ya pagados por el Contratista, siempre y cuando los mismos se acrediten por parte del Contratista. En todo caso, el Contratista debe realizar las gestiones necesarias para evitar o disminuir los costos en que se haya incurrido. Por su parte, el Ministerio realizará el pago, previa verificación por parte del Supervisor del contrato, de la gestión realizada por el Contratista para minimizar dichos costos.
2.4 INFORMES
El contratista deberá entregar los siguientes informes:
1. Dentro de la semana siguiente a cada evento, el Contratista debe presentar un informe detallado (en el formato que establezca el Ministerio) en donde se dé cuenta de la totalidad de los servicios prestados en desarrollo del Contrato, de conformidad con la propuesta adjudicada. Este documento servirá de soporte a la facturación.
2. El Contratista debe presentar un Informe Final que recopile los aspectos principales de la ejecución del contrato y un balance económico detallado que contenga todos los servicios unitarios prestados durante la ejecución del mismo y los pagos realizados con ocasión de la prestación de estos servicios.
2.5 OBLIGACIONES DEL MINISTERIO
1. Aprobar el plan de trabajo y el cronograma de actividades presentados por EL CONTRATISTA, cuando a ello hubiere lugar.
2. Ejercer el control sobre el cumplimiento del contrato a través del supervisor designado para el efecto, exigiendo al CONTRATISTA, la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado.
3. Acudir ante las autoridades para obtener la protección de los derechos derivados de la presente contratación y sanción para quién los vulnere.
4. Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado.
5. Impartir las instrucciones que sean del caso, relacionadas con las actividades a realizar por EL CONTRATISTA.
6. Poner a disposición de EL CONTRATISTA toda la información necesaria para el desarrollo de las actividades.
7. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias, para lo cual la supervisión dará aviso oportuno a EL MINISTERIO sobre la ocurrencia de hechos constitutivos xx xxxx o incumplimiento.
8. Adelantar las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufran en desarrollo o con ocasión de la presente contratación.
9. Repetir contra los servidores públicos, EL CONTRATISTA o terceros por las indemnizaciones que deba pagar como consecuencia del contrato.
10. Participar en las reuniones que se desarrollen en ejecución del contrato, cuando a ello hubiere lugar.
11. Pagar al Contratista el valor del contrato, de acuerdo con lo establecido en el Estudio Previo, en el pliego de condiciones y en el mismo contrato, dentro de los plazos y con las condiciones establecidas para tal efecto.
12. Verificar, como requisito para cada pago, el cumplimiento del contratista frente a las obligaciones que le correspondan con el sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales, pago de salarios, subsidios, prestaciones sociales y aportes parafiscales (SENA, ICBF, Cajas de Compensación y Subsidio Familiar) de todos sus empleados y, en especial, del personal destinado para el cumplimiento del objeto del contrato, de conformidad con la normatividad vigente.
13. Liquidar el contrato, dentro de los plazos y en las condiciones establecidas en la Ley, en el pliego de condiciones y el mismo contrato, cuando a ello hubiere lugar.
14. Llevar a cabo el tratamiento establecido para los riesgos asignados.
2.6 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
Para la contratación de eventos cada área ha estipulado el valor de los recursos disponibles para la organización de los mismos, con base en la cantidad de eventos a realizar y sus características, así como su experiencia previa en organización de eventos con características estándar en años anteriores.
Por lo tanto, se adelantará una contratación hasta ese máximo de recursos determinado por dependencia, pero el valor ejecutado dependerá de los servicios efectivamente prestados, usando como referente los valores unitarios de cada servicio en la oferta económica ganadora.
Dependencia | Valor Disponibilidad Presupuestal |
Dirección de Promoción y Prevención | $ 330.000.000 |
Dirección de Epidemiología y Demografía | $ 900.000.000 |
Dirección de Financiamiento Sectorial | $ 20.000.000 |
Dirección de Regulación de Beneficios Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud | $ 280.000.000 |
Oficina de Promoción Social | $ 699.996.333 |
Dirección de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud Riesgos Laborales y Pensiones | $ 115.000.000 |
Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud | $ 5.000.000 |
Total | $ 2.349.996.333 |
En consecuencia, el presupuesto oficial estimado para esta contratación es hasta por la suma de DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS
TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($2.349.996.333), incluidos todos los costos directos o indirectos, valores agregados, gastos de personal y los impuestos, tasas y contribuciones que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección.
El monto del contrato a suscribir será hasta por el valor total del presupuesto oficial asignado, y su ejecución será conforme a los valores unitarios ofertados y adjudicados, sin que se supere el máximo de recursos apropiados presupuestalmente por cada dependencia, discriminados en el cuadro anterior. El valor final del contrato corresponderá a lo realmente ejecutado conforme a las necesidades del Ministerio.
2.6.1 PRECIOS UNITARIOS DE REFERENCIA (PRECIOS TECHO)
Los precios unitarios de referencia (precios techo) para cada servicio que deberán tener en cuenta los proponentes al momento de ofertar, se encuentran en el ANEXO “ESTUDIO XX XXXXXXX”
2.7 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
El valor de este contrato se financiará con recursos de la vigencia fiscal 2019 para lo cual se cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal, así:
XXX Xx. | Xxxxx | Xxxxx | Xxxxx | Xxxxxxx | Xxxxxxxxxxx |
00000 | 2019-03-22 | $ 130.000.000 | C-1901-0300-29-0-1901084-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | 11 | Dirección de Promoción y Prevención |
83219 | 2019-03-22 | $ 200.000.000 | C-1901-0300-28-0-1901018-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | ||
79419 | 2019-03-14 | $ 900.000.000 | C-1901-0300-32-0-1901012-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | 11 | Dirección de Epidemiología y Demografía |
71719 | 2019-02-14 | $ 20.000.000 | C-1902-0300-8-0-1902013-02 ADQUISICIÓN XX XXXXXX X XXXXXXXXX | 00 | Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx |
00000 | 2019-02-06 | $ 280.000.000 | C-1902-0300-7-0-1902003-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | 11 | Dirección de Regulación de Beneficios Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud |
77019 | 2019-03-04 | $ 84.000.000 | C-1901-0300-24-0-1901007-02 ADQUISICIÓN XX XXXXXX X XXXXXXXXX | 00 | Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxx |
00000 | 2019-03-04 | $ 100.000.000 | C-1901-0300-24-0-1901009-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | ||
76519 | 2019-02-26 | $ 138.000.000 | C-1901-0300-23-0-1901009-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | ||
76419 | 2019-02-26 | $ 377.996.333 | C-1901-0300-23-0-1901018-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | ||
73419 | 2019-02-20 | $ 115.000.000 | C-1902-0300-10-0-1902025-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | 11 | Dirección de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud Riesgos Laborales y Pensiones |
72219 | 2019-02-18 | $ 5.000.000 | C-1901-0300-34-0-1901009-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | 11 | Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud |
2.8 FORMA DE PAGO
El Ministerio pagará al Contratista mediante pagos mensuales vencidos y de acuerdo con los eventos efectivamente realizados durante el mes, previa presentación de la factura con los requisitos establecidos en el estatuto Tributario, informes mensuales, soportes presentados y certificación de aprobación del Supervisor del contrato.
Para el caso de los servicios que cuentan con precio de referencia establecido, se pagará el valor de cada evento siendo éste la suma de todos los servicios efectivamente prestados, utilizando como referencia el valor unitario propuesto por el contratista en su Oferta Económica.
Para el caso de los servicios que por su naturaleza no tienen un valor de referencia definido durante la vigencia del contrato, se pagará el costo de los mismos siguiendo el procedimiento establecido para tal efecto en las especificaciones técnicas y se pagará el costo de los mismos siguiendo el procedimiento establecido en las Especificaciones Técnicas, sobre los cuales se incluirá un porcentaje hasta el 8% por la gestión administrativa.
En estos casos se reconocerá el porcentaje de administración sobre el monto de los servicios, de acuerdo al ofrecimiento realizado en el componente de calidad de la oferta del proponente ganador.
Si la factura no ha sido correctamente elaborada o no se acompañan los soportes requeridos para el pago, y/o se presenten de manera incorrecta, el término para el pago solo empezará a contarse desde la fecha en que se aporte el último documento y/o se presente en debida forma. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del Contratista y no tendrán por ellos derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
Los pagos estarán sujetos a la programación y aprobación del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) autorizado, situación que el Contratista declara conocer y aceptar.
Para los pagos el Contratista debe acreditar el pago de los aportes establecidos en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, (Salud, Pensión y Parafiscales) lo cual se hará mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal si no tiene Revisor Fiscal, y demás normas que lo modifiquen, reglamentan o complementen. En caso de ser persona natural, el Contratista debe presentar la constancia de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social - Salud y Pensión (artículo 23 Ley 1150 de 2007).
Los pagos se realizarán a través de la cuenta de ahorros y/o corriente, acorde con la certificación expedida por la entidad financiera aportada por el Contratista.
El Ministerio no reconocerá pagos sobre pedidos o prestación de servicios que no hubieren sido previamente requeridos o autorizados por el Supervisor del contrato.
El último pago se realizará previa liquidación del contrato, solicitada al Grupo de Ejecución y Liquidación Contractual por parte del Supervisor del contrato.
En el valor pactado se entienden incluidos, entre otros, los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal, incrementos salariales y prestacionales; desplazamiento, transporte, uso de herramientas y toda clase de equipos necesarios; la totalidad de tributos originados por la celebración, ejecución y liquidación del contrato; las deducciones a que haya lugar; la utilidad del Contratista y, en general, todos los costos en los que deba incurrir el Contratista para la cumplida ejecución del contrato. Por consiguiente, el Ministerio no reconocerá ningún reajuste realizado por el Contratista en relación con los costos, gastos o actividades adicionales que aquél requiera para la ejecución del contrato y que fueron previsibles al momento de la presentación de la propuesta.
Al momento de efectuar el pago, el Ministerio realizará los descuentos que concurran, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
2.9 PLAZO DE EJECUCION / PLAZO DE ENTREGA
El plazo de ejecución del contrato será a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución y hasta el 15 de diciembre de 2019 o hasta el agotamiento del valor del contrato, lo que ocurra primero.
2.10 LUGAR DE EJECUCIÓN Y DOMICILIO CONTRACTUAL
La ejecución del objeto contractual se realizará en la ciudad de Bogotá, D.C. y en las ciudades y municipios dispuestos para la realización de los eventos previstos en el numeral 2.2.9 de este documento, o en aquellas ciudades o municipios que se requieran, previo aviso al Contratista. En todo caso, el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá, D.C.
2.11 CONTRATO A CELEBRAR.
La relación jurídica que se creará es un CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, de conformidad con el objeto contractual, el cual se rige en su integridad por las normas de Contratación de la Administración Pública
2.12 ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS
De conformidad con el manual para la identificación y cobertura del riesgo en los procesos de selección expedido por Colombia Compra Eficiente, dentro del presente proceso de selección se incluirán los riegos previsibles asociados al mismo, teniendo en cuenta que son todos aquellos eventos que pueden generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del proceso de selección o en la ejecución del contrato.
Tipificación, Estimación y Asignación del riesgo de la contratación
Con arreglo a lo establecido por el artículo 4º de la Ley 1150 de 2007, decreto 1082 de 2015 y el manual para la identificación y cobertura del riesgo en los procesos de selección expedido por Colombia Compra Eficiente, respecto del proceso de selección, el Ministerio de Salud y Protección Social, ha tipificado, estimado y asignado los siguientes riesgos:
Ver ANEXO del estudio previo.
En todo caso, el contratista tendrá la absoluta responsabilidad en la ejecución de todas las actividades necesarias para la total y cabal ejecución del objeto contractual. Por lo tanto, deberá considerar, previo a la suscripción del contrato todos los aspectos técnicos, económicos, financieros, y xxx xxxxxxx para evitar la ocurrencia de situaciones y materialización de riesgos que afecten la cabal ejecución del contrato y la permanencia de la ecuación contractual durante toda la vigencia del contrato, y en tal evento, serán de su cargo y responsabilidad, los gastos que esto conlleve.
2.13. GARANTIAS DEL CONTRATO A SUSCRIBIR
El contratista deberá constituir, a favor del Ministerio de Salud y Protección Social, la Garantía Única en los términos del artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015; que cubra los riesgos, en las cuantías y vigencias:
RIESGO A ASEGURAR | ||
Amparo | Suficiencia | Vigencia |
Cumplimiento de las obligaciones contractuales | 35 % del valor del Contrato | La duración del Contrato y seis (6) meses más, la vigencia debe ser en todo caso hasta la liquidación del contrato. |
Calidad del servicio | 5% del valor del Contrato | La duración del Contrato y seis (6) meses más, la vigencia debe ser en todo caso hasta la liquidación del contrato. |
Pago de salarios y prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales. | 10% del valor del Contrato | La duración del Contrato y tres (3) años más |
Responsabilidad Civil Extracontractual | Igual o superior a 400 SMLMV al momento de expedición de la póliza | Término de ejecución del contrato. |
A su vez EL CONTRATISTA debe presentar una GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL, que cumpla los requisitos establecidos al respecto en el Decreto 1082 de 2015: En cuantía equivalente a cuatrocientos (400) SMMLV con una vigencia igual a la del plazo de ejecución del contrato. En esta garantía tendrán la calidad de asegurados la entidad contratante (MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL – NIT No. 900.474.727- 4) y el contratista, limitado ello únicamente a los daños producidos por el contratista con ocasión de la ejecución del contrato amparado, y serán beneficiarios tanto la entidad contratante (MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL – NIT No. 900.474.727- 4) como los terceros que puedan resultar afectados por la responsabilidad extracontractual del contratista o sus subcontratistas. En todo caso, en cualquier evento de aumento del valor del contrato o prórroga en su vigencia, EL CONTRATISTA estará obligado a ampliar o prorrogar las garantías en forma proporcional de manera que se mantengan las condiciones originales, cuyos costos deberán ser asumidos por el contratista. Así como el cumplimiento de los amparos mínimos establecidos en el numeral 3º de artículo 2.2.1.2.3.2.9 del decreto 1082 de 2015.
2.13 SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA
La supervisión del contrato será ejercida de conformidad lo establecido en las leyes vigentes aplicables a la materia y en la Resolución No. 3243 de 2017 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.
La Supervisión estará a cargo del Director de Regulación de Beneficios, Xxxxxx y Xxxxxxx del Aseguramiento en Salud o la persona a quien éste designe y por el Jefe de la Oficina de Promoción Social o la persona a quien éste designe y del Director de Epidemiología y Demografía o la persona a quien éste designe.
2.14 LIQUIDACIÓN
El contrato resultante del presente proceso de selección se liquidará de común acuerdo entre las partes, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su finalización. La liquidación se efectuará mediante acta en la cual se describirán en forma detallada las actividades desarrolladas y los recursos ejecutados. En aquellos casos en que EL CONTRATISTA no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no llegaren a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la misma podrá ser realizada en cualquier tiempo dentro de los dos años siguientes, de mutuo acuerdo o unilateralmente.
En el evento en que el tipo de contratación o la naturaleza de las prestaciones impliquen la existencia de obligaciones exigibles con posterioridad al plazo de ejecución acordado, se deberá realizar una liquidación parcial de aquellas que hayan cesado con el vencimiento del plazo contractual. Para las obligaciones que
subsistan, se deberá realizar una liquidación final en la cual se efectué el cierre total del contrato, teniendo en cuenta que para ésta también se aplicarán los términos y condiciones establecidos en la presente cláusula.
CAPÍTULO III
CONDICIONES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
3.1 QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR
En este proceso de selección, podrán participar todas las personas naturales y jurídicas, así como aquellas que conforman Consorcios o Uniones Temporales, cuyo objeto social comprenda el objeto de la presente contratación, tengan capacidad de contratación, cumplan las condiciones jurídicas, técnicas, financieras, organizacionales y económicas previstas en este Pliego de Condiciones.
3.2 APLICACIÓN DE ACUERDOS COMERCIALES O TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
En cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 y de lo aclarado en el Manual para el Manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación, Versión M- MACPC-13 publicado por la Agencia Colombia Compra Eficiente, se revisaron los siguientes aspectos en cada uno de los Acuerdos Comerciales vigentes con capítulos de contratación pública:
a) La entidad estatal se encuentra incluida en la cobertura del capítulo de compras públicas.
b) La cuantía del proceso lo somete al capítulo de compras públicas.
c) Los bienes y servicios a contratar se encuentran excluidos de la cobertura del capítulo de compras públicas.
A continuación, se presenta la lista de acuerdos comerciales aplicables al presente proceso de contratación:
Tratado o acuerdo | Entidad cubierta | Presupuesto del proceso de contratación superior al valor del umbral | Excepción aplicable* | Proceso cubierto por acuerdo comercial | |
Alianza Pacifico | Chile | Si | Si | No | Si |
México | Si | Si | No | Si | |
Perú | Si | Si | No | Si | |
Canadá | Si | Si | No | Si | |
Chile | Si | Si | No | Si | |
Corea | Si | Si | No | Si | |
Xxxxx Rica | Si | Si | No | Si | |
Estados (AELC) | Si | SI | No | Si | |
Estados Unidos | Si | Si | No | Si | |
Corea | Si | Si | No | Si | |
México | Si | Si | No | Si | |
Triángulo Norte | El Xxxxxxxx | Si | Si | No | Si |
Guatemala | Si | Si | No | Si | |
Honduras | Si | Si | No | Si | |
Unión Europea | Si | Si | No | Si | |
Comunidad Andina | Si | Si | No | Si |
El Acuerdo Comercial con Guatemala y la Decisión 439 de 1998 de la Secretaría de la CAN son aplicables a todos los Procesos de Contratación de las Entidades Estatales, independientemente del valor del Proceso de Contratación.
Teniendo en cuenta el Manual Para El Manejo De Los Acuerdos Comerciales En Procesos De Contratación versión M-MACPC-13 de Colombia Compra Eficiente, el plazo general más largo según los acuerdos que cubren la presente contratación es de 10 días calendario, siempre y cuando la contratación se haya publicado en el Plan Anual de Adquisiciones entre 40 días y 12 meses antes de la publicación del Aviso de Convocatoria.
Conclusión:
Por las razones anteriormente expuestas, esta contratación está cobijada por todos los acuerdos comerciales vigentes suscritos por Colombia y para dar aplicación a los principios y deberes comunes que constituyen el núcleo de las obligaciones internacionales de Colombia en este tema, se debe asegurar:
Trato Nacional y no discriminatorio: La Entidad Estatal debe dar a los bienes y servicios de los Estados con quienes Colombia ha suscrito un Acuerdo Comercial, el mismo trato que da a los bienes y servicios colombianos. Por lo anterior, la Entidad Estatal debe conceder a dichos bienes y servicios el puntaje adicional de que trata la Ley 816 de 2003 y las preferencias en caso de empates de acuerdo con el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015.
Plazos para la presentación de ofertas suficientemente amplios: Los Acuerdos Comerciales establecen plazos mínimos para presentar las ofertas con el fin de dar tiempo suficiente a los proponentes para preparar sus ofertas; debe establecerse en el Cronograma de este proceso el plazo suficiente para cumplir con esta obligación. Este plazo debe contarse a partir de la fecha de publicación del Aviso de Convocatoria y hasta el día en que vence el término para presentar ofertas en el respectivo Proceso de Contratación.
Publicación de pliegos de condiciones en internet – accesibilidad
Especificaciones técnicas claras y necesarias.
Condiciones de participación esenciales
Experiencia previa que no discrimine la participación de los proponentes en los procesos de selección.
Conservación de registros
Reglas de origen: No se podrá discriminar a las empresas por esta causa durante el proceso de selección.
Transparencia
Compensación: Las entidades no buscarán, tendrán en cuenta, impondrán o aplicarán compensaciones (exigencias adicionales no relacionadas con el objeto de la contratación o requisitos de contenido doméstico salvo los expresamente autorizados, v, gr., Convocatorias limitadas a Mipymes) en ninguna etapa de la contratación.
Revisión nacional de impugnaciones.
3.3 COMPRAS PÚBLICAS SOSTENIBLES
En concordancia con las responsabilidades ambientales que competen a todos los niveles de gobierno, se ha revisado el Portafolio de Bienes y Servicios Sostenibles - 2013 y la Guía Conceptual y Metodológica de Compras Públicas Sostenibles para verificar los criterios de sostenibilidad ambiental que son aplicables a la presente contratación, por lo cual se ha realizado su inclusión en las Especificaciones Técnicas:
“2.2.1. Salones. (…) 2) Los espacios deben cumplir con lineamientos de salud ambiental en pro de “Ambientes Libres de Humo”, como son:
Los lugares en los cuales se realizan eventos deben ser 100% libres de humo de tabaco, tanto en áreas cerradas como en abiertas en donde se presten servicios. No habrá lugar a áreas de fumadores.
Debe existir una señalización adecuada que indique que el lugar es 100% libre de humo de tabaco en varios idiomas y lengua nativa, si esto se requiere.
En los espacios en los que se desarrollan los eventos no debe disponerse xx xxxxxxxxx.
En concordancia con la Ley 1335 de 2009, en ningún evento se podrán realizar actividades de promoción, publicidad y patrocinio por parte de la industria del tabaco (…)”.
“2.2.2) Equipos. a) Equipo para Amplificación de Sonido Instalado: Debe tener como mínimo cabinas, conectores, cables; Micrófono + base y Micrófono inalámbrico y demás equipos requeridos. Para los equipos de sonido deben tenerse en cuenta lineamientos de salud auditiva de importancia para el Ministerio, tales como:
Verificar de manera previa, la distribución de equipos de sonido y parlantes, de forma tal que se reduzca al máximo la reverberación y los impactos del sonido producidos por el feedback.
Instruir a los expositores sobre la ubicación adecuada para no tener interferencias entre el micrófono y los equipos de emisión de sonido, así como sobre el manejo de la voz ante el micrófono.
Verificar de forma permanente los niveles de sonido de cualquier ayuda audiovisual que se presente durante el evento, para que no sobrepase los 85 decibeles. (…)”.
“2.2.4) Transporte (…) b) Transporte fluvial, intermunicipal x xxxxxx: (…) Prestar el servicio de transporte especial a conferencistas o invitados entre el aeropuerto, el sitio de alojamiento y el sitio de realización, dentro del perímetro urbano de la ciudad donde se realice el evento.
Los vehículos destinados para el cumplimiento de esta obligación deben ser modelos no inferiores al año 2015, tipo sedán, cuatro (4) puertas, de gama media, full equipo, capacidad mínima de cuatro (4) pasajeros, airbags, cinturones de seguridad delanteros y traseros, con excelentes condiciones mecánicas certificadas, o Camioneta Van de 6 a 18 pasajeros, de gama media, full equipo que cuente con airbags, cinturones de seguridad delanteros y traseros, con excelentes condiciones mecánicas certificadas.
Igualmente, en las obligaciones a cargo del Contratista, así:
“15. Suministrar la alimentación para asistentes al evento (refrigerio mañana y tarde, desayuno, almuerzo y cena, estación de café permanente) según solicitud del Supervisor, en recipientes individuales fabricados con materiales biodegradables, con servilletas y cubiertos incluidos. En todo caso no se aceptará el uso de recipientes de icopor.
“24. Disponer del personal de aseo necesario para el lugar del evento, así como responder por todos los costos asociados al mismo, que no estén expresamente establecidos en el contrato y que sean dispuestos por el Contratista por su liberalidad. Adicionalmente se debe garantizar que se dará el tratamiento adecuado, según la normatividad vigente, a los residuos y basuras que se generen en la realización de cada evento.”
3.4. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El cronograma del proceso es el publicado en el SECOP II.
3.5. AVISO DE CONVOCATORIA PÚBLICA
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 2.2.1.1.2.1.2 del Decreto 1082 de 2015, EL MINISTERIO publica en la página web del SECOP II: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, un aviso de convocatoria del proceso de selección, en el que se indica el nombre y la dirección de la Entidad, el lugar físico o electrónico donde pueden
consultarse el Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones, los estudios y documentos previos, y el cronograma, entre otros aspectos.
3.6. PUBLICACIÓN ESTUDIOS PREVIOS Y PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
De conformidad con lo señalado por los artículos 8 de la Ley 1150 de 2007 y 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, los documentos que conforman los Estudios Previos y el Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones se publican en la página web del SECOP II : xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Todas las observaciones que formulen los interesados, deben enviarlas a través de la plataforma SECOP II.
3.7. RESPUESTA OBSERVACIONES A LOS ESTUDIOS PREVIOS Y AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES.
EL MINISTERIO procederá a la aceptación o rechazo de las observaciones, en forma motivada, así como también a efectuar las aclaraciones a que haya lugar dentro del presente proceso, para lo cual elaborará los respectivos documentos de respuesta, los cuales serán publicados en la página web del SECOP II: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx previo a la apertura del proceso.
3.8. ACTO ADMINISTRATIVO QUE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
Vencido el término de publicación del Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones, los Estudios Previos y demás documentos del proceso, y resueltas las observaciones, el ordenador del gasto expide el acto administrativo que ordena la apertura del proceso, el cual contendrá toda la información indicada en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015.
3.9. PUBLICACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES DEFINITIVO
De conformidad con lo señalado por los artículos 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, el Pliego de Condiciones Definitivo se publicará en la página web del SECOP II: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx junto con el acto administrativo de apertura del proceso de selección, los estudios previos definitivos (cuando aplique), y demás documentos definitivos del proceso.
3.10. ACLARACIONES O MODIFICACIONES AL CONTENIDO XXX XXXXXX DE CONDICIONES Y A LA ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS DEL CONTRATO - SOLICITUDES ESCRITAS.
De conformidad con lo señalado en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, los proponentes podrán formular observaciones a la estimación, tipificación y asignación de los riesgos del contrato, dentro del plazo establecido en el cronograma del presente proceso.
Así mismo, dentro del plazo establecido en el cronograma del presente proceso, los interesados podrán formular observaciones o aclaraciones al Pliego de Condiciones Definitivo a través de la plataforma SECOP II.
EL MINISTERIO comunicará la respuesta a las observaciones o aclaraciones dentro del plazo establecido en el cronograma del presente proceso y publicará el documento de respuesta en la página web del SECOP II: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Si como resultado de las observaciones o aclaraciones surgen modificaciones al Pliego de Condiciones, si fuere necesario y cuando se considere conveniente, EL MINISTERIO podrá prorrogar el plazo para el recibo de propuestas.
De conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015, EL MINISTERIO llevará a cabo en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso de selección la Audiencia de Asignación de Riesgos del proceso.
3.10.1. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS:
EL MINISTERIO dará inicio a la diligencia.
Se verificará la asistencia de los interesados.
En la audiencia los interesados podrán presentar las observaciones que consideren pertinentes en relación con la Asignación de Riesgos realizada por EL MINISTERIO.
EL MINISTERIO podrá dar respuesta en la audiencia a las observaciones presentadas y se reservará el derecho de contestar las observaciones presentadas, dada la complejidad de las mismas, en el periodo establecido para ello en el Cronograma del Proceso.
De conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.1.2 del Decreto 1082 de 2015 si a solicitud de un interesado es necesario adelantar una audiencia para precisar el contenido y alcance de los pliegos de condiciones, este tema se tratará en la audiencia de asignación de riesgos.
3.11. MODIFICACIONES Y ADENDAS AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
EL MINISTERIO podrá modificar el Pliego de Condiciones Definitivo mediante Adendas, expedidas antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
EL MINISTERIO podrá expedir adendas para modificar el cronograma del proceso una vez vencido el término para la presentación de ofertas y antes de la adjudicación del contrato.
Toda modificación que se efectúe al pliego de condiciones del proceso o sus documentos anexos, será publicada en la página del SECOP II.
3.12. PLAZO PARA EL RECIBO DE LAS PROPUESTAS Y PRÓRROGA DEL MISMO
El plazo para el recibo de las propuestas en el presente proceso de selección es el establecido en el Cronograma del mismo.
Este plazo podrá ampliarse por un término no mayor a la mitad del inicialmente señalado, cuando EL MINISTERIO lo estime conveniente.
Todas las ofertas deberán ser remitidas por los interesados a través de la plataforma SECOP II.
3.13. CIERRE DEL PROCESO Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS
La hora de entrega de las propuestas será la establecida en el SECOP II; momento hasta el cual la plataforma permitirá su presentación.
La Entidad una vez finalizada la hora de cierre del presente proceso, procederá a: (i) desencriptar las propuestas de quienes registraron sus ofertas a través de la plataforma SECOP II, y (ii) a publicar la lista de oferentes, la cual se genera desde la referida plataforma, constituyendo el Acta de Cierre.
Se aclara que el SECOP II es un sistema transaccional en el cual queda la trazabilidad de todas las actuaciones que se surten en desarrollo del proceso.
Nota 1: En caso de presentarse una indisponibilidad de la plataforma del SECOP II antes o durante la diligencia de cierre del proceso, EL MINISTERIO seguirá el procedimiento establecido por Colombia Compra Eficiente en la Guía de Indisponibilidad del SECOP II para presentar ofertas, la cual para todos los efectos establece los requisitos que se deben acreditar para considerar la existencia de tal indisponibilidad.
Nota 2: En caso de presentarse una indisponibilidad de la plataforma del SECOP II antes o durante la diligencia de cierre del proceso, EL MINISTERIO verificará que los interesados se han registrado previamente y la forma como lo han realizado, es decir, si el interesado en el proceso se registró como oferente individual de esta misma manera deberá presentar oferta dentro del plazo adicional que se genere en caso de indisponibilidad, esta condición aplica de la misma forma para el caso de consorcios o uniones temporales.
Nota 3: Para la presentación de las ofertas a través del SECOP II, los interesados deberán encontrarse registrados (inscritos) previamente en la misma.
Nota 4: Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, además de sus integrantes, se recomienda que se registre o inscriba la figura asociativa con la cual se presentará al proceso de contratación en la plataforma del SECOP II.
3.14. VERIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Una vez cerrado el proceso y dentro del término de evaluación, EL MINISTERIO procederá a la verificación y calificación de las propuestas de conformidad con los requisitos establecidos en el presente pliego de condiciones.
3.15. TRASLADO DEL INFORME DE VERIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Vencido el término señalado en el anterior numeral, se dará traslado del informe sobre la verificación, evaluación y calificación de las propuestas, a través de la página web del SECOP II: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, el cual permanecerá simultáneamente a disposición de los proponentes en la Secretaría del Grupo de Gestión Contractual, por el término señalado en el cronograma del proceso, para que los proponentes presenten las observaciones que estimen pertinentes.
Los interesados en formular observaciones deberán enviarlas, dentro del término de traslado del informe de evaluación, a través de la plataforma SECOP II.
3.16. AUDIENCIA PÚBLICA DE ADJUDICACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
La adjudicación se hará en Audiencia Pública dentro del término establecido en el cronograma, mediante acto administrativo debidamente motivado, que se entenderá notificado al proponente favorecido en dicha audiencia. Dicho término podrá ser prorrogado por un lapso no mayor a la mitad del inicialmente fijado.
Adicionalmente, la entidad comunicará por escrito a los demás proponentes, por correo electrónico o a través de la página web del SECOP II: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
La adjudicación se efectuará al proponente cuya propuesta obtenga el mayor puntaje en la evaluación y calificación de la propuesta y la misma sea hábil y favorable según lo establecido en el presente Pliego de Condiciones, en los artículos 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 y artículo 2.2.1.1.2.2.2 del Decreto 1082 de 2015, y demás normas aplicables.
3.17. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA PÚBLICA
1. El Ordenador del Gasto de EL MINISTERIO dará inicio a la diligencia.
2. Se verificará la asistencia de los proponentes, sus representantes legales o de sus apoderados con sus respectivos poderes debidamente conferidos. De conformidad con la Circular Única de Colombia Compra Eficiente los poderes especiales para actuar en los procesos de contratación requieren nota de presentación personal.
3. EL MINISTERIO presentará el informe final de verificación, evaluación y calificación de las propuestas y dará a conocer el orden de elegibilidad, el cual en todo caso estará publicado en SECOP II previo a la audiencia.
4. En la audiencia los proponentes podrán pronunciarse sobre el informe de verificación y calificación final. En ningún caso, esta posibilidad implica una nueva oportunidad para mejorar o modificar la oferta. (Duración máxima de la intervención: 5 minutos)
5. Se concederá el uso de la palabra por una única vez al proponente que así lo solicite, con el objeto de replicar las observaciones que sobre la evaluación de su oferta se hayan presentado por los intervinientes. (Duración máxima de la intervención: 3 minutos)
6. En caso de presentarse pronunciamientos que a juicio de la entidad requieran de análisis y cuya solución podría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el término necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado.
7. Toda intervención deberá ser hecha por la persona previamente designada por el proponente, y estará limitada a la duración máxima que la entidad haya señalado.
8. Durante la audiencia los asistentes deberán observar una conducta respetuosa hacia los servidores públicos y los demás presentes. Quien preside la audiencia podrá tomar las medidas necesarias para preservar el orden y correcto desarrollo de la misma, pudiendo excluir de ella, a quien con su comportamiento altere su normal curso.
9. Terminadas las intervenciones de los asistentes a la audiencia, se procederá a adoptar la decisión que corresponda y se notificará a los presentes de conformidad con el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007.
3.18. ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN O DE DECLARATORIA DE DESIERTA
Una vez culminada la audiencia y de acuerdo con los resultados de la misma, EL MINISTERIO procederá a expedir el respectivo acto administrativo debidamente motivado adjudicando el contrato. La entidad notificará en estrado al proponente favorecido con la adjudicación y se comunicará por escrito a los demás proponentes, por correo electrónico o a través de la página web SECOP II: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
3.18.1. POSIBILIDAD DE ADJUDICACIÓN TOTAL O PARCIAL: El presente proceso de selección será adjudicado de manera total.
3.18.2. PROCEDENCIA DE LA DECLARATORIA DE DESIERTA:
EL MINISTERIO declarará desierto el presente proceso, únicamente por motivos o causas que impidan la selección objetiva, entre ellos:
No se presente ninguna propuesta.
Habiéndose recibido una propuesta, ésta resulte incursa en causal de rechazo
Habiéndose presentado más de una propuesta, ninguna de ellas se ajusta a los requerimientos y condiciones consignadas en este Pliego de Condiciones.
Los demás casos contemplados en la Ley.
La declaratoria de desierta se hará mediante acto administrativo en el cual se expresarán detalladamente las razones que condujeron a esa decisión (Numeral 18, artículo 25 de la Ley 80 de 1993), y se notificará la decisión a todos los proponentes si los hubiere.
3.19. ADJUDICACIÓN AL PROPONENTE CALIFICADO EN SEGUNDO LUGAR
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, si el proponente favorecido con la adjudicación no suscribe el contrato dentro del término establecido en el Pliego de Condiciones, o en el evento de presentarse las causales de revocatoria del acto administrativo de adjudicación, o cuando se declare la caducidad del contrato y el porcentaje faltante de ejecución sea igual o superior al 50% del mismo, según el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, EL MINISTERIO mediante acto administrativo debidamente motivado podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad. Lo anterior, sin perjuicio de que la administración haga efectiva la garantía de seriedad de la propuesta.
Cuando se declare la caducidad del contrato y el porcentaje de ejecución para ejecutar sea igual o superior al 50% del mismo, el proponente ubicado en el segundo orden de elegibilidad deberá ratificar por escrito su propuesta y presentar garantía de seriedad de la misma.
3.20. REVOCATORIA DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN
Por regla general, el acto administrativo de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. No obstante, dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la firma del mismo, el acto podrá ser revocado de conformidad con lo previsto por el artículo 9 de la Ley 1150 de 2007, en los siguientes casos:
Cuando una vez adjudicado el contrato sobreviene inhabilidad o incompatibilidad del proponente adjudicatario.
Cuando se demuestre que el acto administrativo de adjudicación se obtuvo por medios ilegales.
3.21. FIRMA DEL CONTRATO
El proponente favorecido, una vez notificado del acto administrativo de adjudicación del contrato que resulte del presente proceso de selección deberá presentarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a firmar el contrato; adicionalmente el mismo día de la firma presencial del Contrato deberá aceptar el formulario digital dispuesto en la plataforma SECOP II.
El Grupo de Gestión Contractual de EL MINISTERIO está ubicado en el 7 piso de la Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xx Xxxxxx, X.X.
3.22 INDISPONIBILIDAD DE LA PLATAFORMA.
En el caso de que la plataforma presente Fallas Generales o Particulares que interrumpan el normal desarrollo del proceso en el SECOP II., se dará aplicación a lo establecido en el protocolo de indisponibilidad que Colombia Compra Eficiente tiene previsto para el efecto, el cual se encuentra disponible en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
Las actuaciones que pueden ser afectados por las Fallas son: presentación o apertura de ofertas; presentación de manifestaciones de interés, observaciones o subsanaciones, aprobación de garantías, publicación de respuestas a las observaciones, publicación de informes de evaluación, habilitación y, elaboración o aplicación de Adendas en el SECOP II, y realización de una subasta, entre otros.
Asimismo, en el caso de ser necesario la aplicación del protocolo, el correo electrónico que tiene previsto el Ministerio es el siguiente: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
CAPÍTULO IV
DE LA PROPUESTA
4.1 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas deberán presentarse dentro del término señalado en el cronograma del proceso, a través de la página web de SECOP II y hasta la fecha y hora máxima prevista para la entrega de propuestas de conformidad con lo establecido en dicho cronograma.
No se recibirán propuestas en físico o por correo.
Si un proponente en un mismo proceso de selección presenta por sí o por interpuesta persona (en Consorcio, en Unión Temporal o individualmente) varias propuestas, se tendrá en cuenta únicamente la primera que se recepcione.
No se admitirán propuestas complementarias o modificaciones que fueren presentadas con posterioridad al cierre del proceso; sin perjuicio de las reglas de subsanabilidad y/o de aclaraciones previstas en el presente pliego y en la normatividad vigente aplicable a la materia.
Toda tachadura o enmendadura para ser tenida en cuenta, debe estar aclarada o convalidada con la firma al pie de la misma, de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta.
La presentación de la propuesta implica el conocimiento de la legislación colombiana en materia de contratación y la aceptación de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente Pliego de Condiciones.
Las propuestas deberán ser presentadas en idioma castellano, incluyendo todos los documentos y requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones.
Si se presentan discrepancias entre cantidades expresadas en letras y en números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras, salvo que se presente error aritmético.
Los costos que demanden la elaboración y presentación de la propuesta son responsabilidad del proponente, así como los ofrecimientos contenidos en la misma. Por consiguiente, EL MINISTERIO no reconocerá gasto alguno en caso de declararse desierto el proceso o no resultar favorecido con la adjudicación.
4.2 CONDICIONES DE LAS PROPUESTAS
4.2.1 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES O TOTALES
El proponente presentará una propuesta total que contenga todos los elementos y/o servicios requeridos en los estudios previos y en el presente pliego de condiciones. No se aceptarán propuestas parciales, ni alternativas de propuestas, ni alternativas de presupuestos, por lo tanto, el proponente debe presentar una propuesta total, que incluya la totalidad de los bienes y/o servicios que conlleve la total ejecución del objeto contractual.
Por cada proponente, sea persona natural o jurídica, directamente o en Consorcio o Unión Temporal se recibirá una sola propuesta, por lo tanto, un miembro o integrante de un proponente solamente podrá presentar para este proceso una sola propuesta individualmente o a través de cualquiera de las formas asociativas. En el
evento de que un miembro o integrante de una forma asociativa presente a su vez propuesta individual o viceversa se tendrá en cuenta la primera propuesta presentada en el tiempo. La propuesta que no ofrezca todos los bienes y servicios objeto del presente proceso de selección será rechazada.
4.2.2 VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS
La propuesta deberá tener una validez mínima de tres (3) meses contados a partir de la fecha de cierre de la presente convocatoria. En caso de no expresar en la propuesta el término de validez de la misma, se entenderá como tal el término de vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta.
Durante este período la propuesta será irrevocable, de tal manera que el proponente no podrá retirarla ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de dar aplicación a lo previsto frente a la efectividad de la garantía de seriedad de la propuesta, hasta tanto no se haya perfeccionado y cumplido los requisitos de ejecución del respectivo contrato.
4.3 CONTENIDO MÍNIMO DE LA PROPUESTA:
Los proponentes interesados en participar en el presente proceso de selección deberán aportar dentro de su propuesta todos los documentos e información solicitada en la sección “cuestionario” del SECOP II, los cuales se describen a continuación:
4.3.1 DOCUMENTOS QUE DAN CUENTA DE LOS REQUISITOS HABILITANTES
Hacen referencia a todos aquellos documentos relacionados con la aptitud del proponente para participar en el proceso de contratación. Estos son de carácter jurídico, financiero, organizacional y de experiencia.
4.3.2 DOCUMENTOS QUE PERMITEN EVALUAR LOS ASPECTOS PONDERABLES
Corresponden a aquellos documentos que contienen los aspectos calificables del ofrecimiento, tales como la OFERTA ECONÓMICA – LISTA DE PRECIOS, FORMATO DE FACTOR DE CALIDAD, FORMATO DE APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL y FORMATO DE APOYO A LA POBLACION CON DISCAPACIDAD.
4.3.3 OTROS DOCUMENTOS QUE PERMITEN LA VERIFICACIÓN DE CONDICIONES DE LA PROPUESTA O DEL PROPONENTE
Estos documentos son aquellos que acompañan la propuesta técnica y que permiten:
Constatar lo ofertado en el Formato CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, en relación con la aceptación y cumplimiento de las Especificaciones Técnicas Mínimas a contratar o,
Constatar aquellas condiciones del proponente que permiten validar su aptitud técnica para ejecutar el contrato, tales como certificaciones, autorizaciones, permisos o licencias establecidas como pre-requisito para la prestación del servicio, su distribución, comercialización, etc.
4.4 CRITERIOS DE DESEMPATE DE LAS PROPUESTAS:
Si como resultado de la calificación, dos o más proponentes obtuvieren igual puntaje total entre todas las propuestas y éste fuere el mayor de la evaluación final, siempre y cuando se cumplan las condiciones antes
previstas, se resolverá el empate de acuerdo con los siguientes criterios establecidos en el artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015 y los lineamientos indicados en el Manual para el manejo de incentivos en los procesos de contratación expedido por Colombia Compra Eficiente:
1. Preferir la oferta que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
2. Preferir la oferta que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de calificación establecidos en los pliegos de condiciones y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de calificación establecidos en los pliegos de condiciones.
3. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
4. Preferir la oferta presentada por una Mipyme; o, consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura constituida por exclusivamente por Xxxxxx.
5. En caso en que dentro del Proceso de Contratación no existan ofertas presentadas por Xxxxxx o proponentes plurales constituidos exclusivamente por Xxxxxx, preferir la oferta presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento; (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento de la experiencia acreditada en la oferta; y, (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura.
6. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento de su nómina está en condición de discapacidad según las reglas contenidas en la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento de su nómina está en condición de discapacidad, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento en el consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento de la experiencia acreditada en la oferta.
Si el empate se mantiene, la adjudicación se realizará por sorteo mediante el mecanismo de balotas, así:
El sorteo se realizará en la audiencia con la participación de los Representantes Legales de los proponentes o sus delegados, para este efecto se asignarán en audiencia pública, una balota numerada según el orden de presentación de las ofertas a cada uno de los proponentes empatados, quienes deberán depositarlas en la bolsa que la entidad utilizará para el sorteo. En caso de no estar presente algún proponente, EL MINISTERIO procederá a depositar las balotas en la bolsa. Acto seguido EL MINISTERIO sacará al azar la balota que finalmente quedará seleccionada. Este resultado es aceptado de antemano por los interesados involucrados en el empate sin lugar a reclamación alguna.
Nota: Para efectos de la aplicación de los criterios de desempate, los proponentes deberán aportar con su propuesta, los documentos que de acuerdo con las disposiciones legales acrediten dichas circunstancias. Por tal razón, para efectos de dar aplicación de los factores de desempate se efectuará la verificación con base en los documentos aportados dentro de la propuesta y hasta el cierre del proceso.
4.5 REGLAS DE SUBSANABILIDAD, ACLARACIONES O CORRECCIONES
De acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 5° de la ley 1150 de 2007, modificado por el Articulo 5 de la Ley 1882 de 2018 que indica:
“Parágrafo 1. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, deberán ser solicitados por las entidades estatales y deberán ser entregados por los proponentes hasta el término de traslado del informe de evaluación que corresponda a cada modalidad de selección, salvo lo dispuesto para el proceso de Mínima cuantía y para el proceso de selección a través del sistema de subasta. Serán rechazadas las ofertas de aquellos proponentes que no suministren la información y la documentación solicitada por la entidad estatal hasta el plazo anteriormente señalado. Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.”
Además, según el parágrafo 3° del artículo 5° de la ley 1150 de 2007, incluido por el Articulo 5 de la Ley 1882 de 2018, estableció: “Parágrafo 3°. La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma.”
En atención a los diferentes pronunciamientos emitidos por el Consejo de Estado en la materia, para efectos de subsanaciones, aclaraciones o correcciones se tendrán en cuenta, entre otras, las siguientes reglas:
a) Después de la diligencia de cierre sólo se aceptarán los documentos, respuestas y aclaraciones relacionadas con las observaciones o requerimientos efectuados por la Entidad sin que esta facultad le sirva al proponente para mejorar, adicionar o completar el ofrecimiento o los factores objeto de ponderación.
b) Las Especificaciones Técnicas Mínimas del bien o servicio a contratar no serán objeto de subsanación por parte de los proponentes. Se entienden por Especificaciones Técnicas Mínimas del bien o servicio a contratar aquellas condiciones propias del ofrecimiento y a través de los cuales, se satisfacen las necesidades de la Entidad. Estas especificaciones están contenidas en el numeral 2.2 del presente documento.
c) Lo subsanable son las inexactitudes o las dudas que puedan surgir o que detecte El Ministerio al momento de verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes o de revisar los demás documentos de la propuesta que no resulten necesarios para la comparación de las ofertas; es decir a la luz de la Ley 1150 de 2007, aquellos que no incidan en la afectación de puntaje; por el contrario, las carencias no son susceptibles de subsanar pues lo que no se tiene no se puede corregir o subsanar.
d) Los documentos que soportan el contenido de la propuesta o del proponente y/o las condiciones necesarias para el adecuado cumplimiento de la prestación del bien o servicio a contratar, deberán ser presentados junto con la propuesta. No obstante, podrán ser requeridos por el MINISTERIO, cuando sea necesario. Tales documentos deben dar cuenta del cumplimiento de los requisitos, en todo caso, con anterioridad a la fecha de cierre del presente proceso de selección, y siempre y cuando con ellos no se mejore, modifique o complete el ofrecimiento.
e) Cuando del análisis integral de la oferta no se pueda establecer el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas Mínimas del bien o servicio a contratar, la Entidad rechazará la propuesta.
4.6 CAUSALES DE RECHAZO
Se rechazarán aquellas propuestas que se encuentren en cualquiera de las siguientes causales:
4.6.1 La comprobación de que el proponente se halla incurso en alguna o algunas de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades o conflicto de intereses para contratar o proponer, establecidas sobre la materia en la legislación colombiana vigente.
4.6.2 Las propuestas que contengan enmendaduras graves o presenten alteraciones e irregularidades que no permitan determinar los aspectos sustanciales de la propuesta, o la calificación de las mismas, no convalidadas, aclaradas o certificadas con la firma del proponente.
4.6.3 La inclusión en la propuesta de textos cuyo contenido contradiga, modifique o condicione los requerimientos y especificaciones previstas en este Pliego de Condiciones.
4.6.4 Cuando no cumpla o acredite el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas Mínimas del servicio a contratar incluidas en el pliego de condiciones.
4.6.5 No cumplir o no acreditar los requisitos habilitantes previstos en el Pliego de Condiciones.
4.6.6 No cumplir o no acreditar de conformidad con los requerimientos xxx Xxxxxx los documentos relacionados en el acápite “Otros documentos que permiten la verificación de condiciones del proponente y/o de la propuesta”.
4.6.7 Cuando se determine que el valor total de la oferta es artificialmente bajo, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, y las explicaciones dadas por el proponente, no satisfagan a la Entidad.
4.6.8 Cuando el valor de la oferta exceda los valores unitarios de referencia (precios techo) para cada servicio.
4.6.9 No acreditar en el momento de presentación de la oferta la inscripción en firme en el Registro Único de Proponentes.
4.6.10 Cuando no se presente con la propuesta, la Garantía de Seriedad de la misma.
4.6.11 Cuando se hubiere presentado la propuesta después de la fecha y hora exacta establecida para el cierre del proceso de selección, a través de la página del SECOP II.
4.6.12 Cuando se compruebe inexactitud en la información suministrada por el proponente o en la contenida en los documentos y certificados anexos a la propuesta y las explicaciones del proponente no aclaren la situación, o esta aclaración implique modificación o mejoramiento de la propuesta.
4.6.13 Cuando el proponente o uno de sus integrantes haya sido condenado por lavado de activos o financiación a grupos armados o de terrorismo.
4.6.14 Cuando del estudio financiero se determine que las pérdidas del proponente disminuyan en el cincuenta por ciento (50%) o más su patrimonio, de conformidad con la legislación comercial vigente
4.6.15 Las demás señaladas en el presente Pliego de Condiciones, sus Anexos y formatos.
4.7 SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DE LAS PROPUESTAS
El sólo hecho de la presentación de las propuestas no obliga en forma alguna a EL MINISTERIO a aceptarlas ni confiere ningún derecho para celebrar contrato con quienes las presentan.
4.8 PUBLICIDAD DE LAS PROPUESTAS
Después de efectuada la evaluación de las propuestas, EL MINISTERIO las publicará en la plataforma del SECOP II.
Cuando el proponente al anexar los Documentos en el SECOP II y en el FORMATO “CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA”, indicando la norma, manifieste que sus documentos tienen carácter reservado de conformidad con la ley, y EL MINISTERIO así lo constate, éste no publicará dichos documentos en la plataforma. Para el efecto, EL PROPONENTE deberá indicar en su propuesta cuales documentos son objeto de reserva e identificarlos plenamente dentro de la misma, indicando las normas que otorgan tal carácter.
4.9 RETIRO DE LAS PROPUESTAS
El proponente podrá con anterioridad al cierre del proceso de selección retirar su oferta de la Plataforma SECOP II.
VERIFICACIÓN DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS DEL BIEN O SERVICIO A CONTRATAR Y PROPUESTA ECONÓMICA
5.1 VERIFICACIÓN DE CONDICIONES TÉCNICAS NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO CONTRACTUAL
En el término de evaluación de las ofertas el Comité Asesor y Evaluador procederá a identificar el ofrecimiento y a constatar que el mismo se ajusta a los requerimientos establecidos por el Ministerio en el presente pliego de condiciones en relación con especificaciones técnicas y cantidades y por tanto es apto para la satisfacción de las necesidades de la Entidad.
El cumplimiento de todas las especificaciones técnicas se entenderá con la manifestación realizada por el proponente en el FORMATO – Carta de Presentación de la Propuesta.
EL MINISTERIO verificará el ofrecimiento a fin de determinar si el mismo se ajusta a lo requerido por la Entidad; en caso de no cumplir, la Entidad rechazará la propuesta.
5.2 OFERTA ECONÓMICA
La lista de precios (oferta económica) deberá diligenciarse simultáneamente con los requisitos habilitantes y técnicos a través de la plataforma del SECOP II, la cual será desencriptada por la Entidad en el término establecido en la Plataforma del SECOP II.
Para el diligenciamiento de la Lista de Precios (Oferta Económica) de la Plataforma SECOP II, los proponentes deberán tener en cuenta la información incluida en el FORMATO 4 OFERTA ECONÓMICA que se encuentran en el SECOP II de acuerdo con la Información Complementaria Lista de precios (oferta económica) en la Plataforma del SECOP II, prevista en el numeral 7.5 y s.s.del presente documento, con los cuales se hará la calificación correspondiente a la oferta económica.
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS HABILITANTES Y DE OTROS DOCUMENTOS QUE PERMITEN LA VERIFICACIÓN DE CONDICIONES DEL PROPONENTE Y DE LA PROPUESTA
EL MINISTERIO realizará la verificación los requisitos habilitantes dentro del término señalado en el cronograma del proceso, de acuerdo a los soportes documentales que acompañan la PROPUESTA presentada. Los requisitos habilitantes miden la aptitud del proponente para participar en el proceso de contratación y están referidos a su capacidad jurídica, financiera, organizacional y su experiencia.
El propósito de los requisitos habilitantes es establecer unas condiciones mínimas para los proponentes, de tal manera que EL MINISTERIO sólo evalúe las ofertas de aquellos oferentes que están en condiciones de cumplir con el objeto del Proceso de Contratación.
EL MINISTERIO puede solicitar en aquellos casos en los que las condiciones particulares del objeto a contratar, lo requiera, acreditar requisitos adicionales a los contenidos en el RUP, para ser verificados directamente a través de los documentos pertinentes.
EL MINISTERIO se reserva la facultad de verificar toda la información presentada, para lo cual solicitará a las entidades estatales y privadas la información que considere necesaria.
Los requisitos habilitantes serán objeto de verificación, por tanto, si la propuesta cumple todos los aspectos se evaluará como CUMPLE. En caso contrario se evaluará como NO CUMPLE y la propuesta será RECHAZADA.
6.1. REQUISITOS Y DOCUMENTOS HABILITANTES JURÍDICOS.
Los siguientes requisitos y documentos tienen por finalidad establecer la habilidad del proponente para participar en el presente proceso de selección y para contratar con la Entidad.
Este aspecto es objeto de verificación y no de calificación, por tanto, si la propuesta cumple todos los aspectos se evaluará como CUMPLE JURÍDICAMENTE. En caso contrario se evaluará como NO CUMPLE JURÍDICAMENTE y la propuesta será RECHAZADA.
6.1.1. Capacidad jurídica del proponente
Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas, así como aquellas que conforman Consorcios o Uniones Temporales, consideradas legalmente capaces de conformidad con las disposiciones legales colombianas, que tengan y acrediten la habilidad jurídica para obligarse y para el cumplimiento de la prestación que se deriva del presente proceso de selección.
6.1.1.1. Objeto social:
Deberá corresponder con el objeto del presente proceso de selección, y debe ser suficiente para poder ejecutar el objeto del contrato. Las estructuras plurales deberán adjuntar el certificado de existencia y representación legal de cada uno de sus miembros, en el que cada uno de los integrantes debe tener en su objeto social la descripción de actividades suficientes para poder ejecutar el objeto del presente proceso de selección.
6.1.1.2. Ausencia de inhabilidades e incompatibilidades, prohibiciones o conflicto de intereses para proponer y/o contratar
Los proponentes no deben encontrarse incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones o conflicto de intereses consagrados en los artículos 8 y 9 de la Ley 80 de 1993, en los artículos 2.2.1.1.2.2.5. y 2.2.1.1.2.2.8 del Decreto 1082 de 2015, artículo 60 de la Ley 610 de 2000, artículo 5 de la Ley
828 de 2003, artículo 18 de la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, la Ley 1778 de 2016 y en las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes sobre la materia.
Cuando la inhabilidad o incompatibilidad en un proponente sobrevenga dentro del proceso de selección o durante la ejecución del contrato o sobre alguno de los miembros de un Consorcio o Unión Temporal, se dará aplicación al artículo 9 de la Ley 80 de 1993 y normas concordantes y complementarias. Acerca de las excepciones a las inhabilidades e incompatibilidades, se observarán las indicadas en el artículo 10 de la Ley 80 de 1993 y disposiciones concordantes y complementarias. Acerca de las excepciones a las inhabilidades e incompatibilidades, se observarán las indicadas en el artículo 10 de la Ley 80 de 1993 y disposiciones concordantes y complementarias.
La manifestación sobre ausencia de inhabilidades e incompatibilidades, se entenderá hecha en la carta de presentación de la propuesta.
6.1.2. Calidades particulares exigidas - documentos jurídicos
6.1.2.1. Certificado de constitución, existencia y representación legal
El Ministerio consultará directamente en el perfil del oferente (proveedor) registrado en la página del SECOP II, el certificado de existencia y representación legal, quién deberá encontrarse legalmente constituido con antelación a la fecha de apertura del presente proceso y que su duración no sea inferior al término de ejecución del contrato y un (1) año más, además que el objeto social comprenda el objeto de la presente contratación.
Si figuran limitaciones en los Estatutos para el Representante Legal, el oferente deberá adjuntar fotocopia de los mismos.
Nota: Para aquellos oferentes (proveedores) que por su naturaleza no se encuentren en el RUES, deberán aportar con su propuesta el certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente quién deberá encontrarse legalmente constituido con antelación a la fecha de apertura del presente proceso y que su duración no sea inferior al término de ejecución del contrato y un (1) año más, además que el objeto social esté relacionado con el objeto de la presente contratación y le debe permitir adelantar las actividades a desarrollar en el marco del mismo.
6.1.2.2. Autorización para comprometer a la sociedad
Cuando el representante legal de la sociedad se halle limitado en sus facultades para contratar y comprometer a la sociedad, deberá acreditar mediante extracto o copia del acta aprobada de la Junta de Socios o Asamblea respectiva, donde conste que ha sido facultado para presentar propuesta y firmar el contrato hasta por el valor total del mismo, en caso de adjudicársele el contrato que resulte del proceso de selección. En todo caso este documento debe cumplir los requisitos señalados en el artículo 189 del Código de Comercio.
6.1.2.3. Constitución del Consorcio o la Unión Temporal
En caso de Consorcio o Unión Temporal, los proponentes indicarán dicha calidad, los términos y extensión de la participación, la designación de la persona que lo representará y señalarán las reglas básicas de la relación entre ellos y su responsabilidad, conforme a lo señalado en el Parágrafo 1º del artículo 7º de la Ley 80 de 1993. Igualmente deberán anexar el respectivo documento de constitución de Consorcio o Unión Temporal.
6.1.2.3.1. Documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
El proponente, con la propuesta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, y/o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la Unión Temporal o el Consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente:
Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de identificación y domicilio.
Designación del representante: Xxxxxxx señalar expresamente su identificación, facultades, entre ellas, la de presentar la propuesta correspondiente al presente proceso de selección y las de celebrar, modificar, transigir, conciliar y liquidar el contrato en caso de ser adjudicatario, así como la de suscribir todos los documentos contractuales y pos contractuales que sean necesarios, es decir que el representante legal tiene plenas facultades para representar a la forma asociativa y adoptar todas las decisiones.
Indicación de los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones.
Indicar la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente.
En todo caso, la vigencia de la forma de asociación escogida, no podrá ser inferior al término de ejecución y liquidación del contrato y un (1) año más.
Se deben anexar los documentos de constitución y representación legal de cada uno de sus integrantes, y de sus representantes legales, sus NIT, cédulas de ciudadanía, certificado de cumplimiento del pago de sus obligaciones con los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes parafiscales.
6.1.2.3.2. Condiciones de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal.
Los proponentes que se presenten como Consorcio o Unión Temporal deberán tener en cuenta lo siguiente:
Los objetos sociales de sus integrantes deben permitir el desarrollo del objeto del presente proceso y la duración de las personas jurídicas que lo conforman no puede ser inferior al plazo de ejecución del contrato y hasta su liquidación y un (1) año más.
EL MINISTERIO no acepta propuestas bajo la modalidad de promesa de conformación de Consorcios o Uniones Temporales.
Si la facturación se va a realizar directamente por el Consorcio o Unión Temporal, se deberá indicar los datos de razón social y NIT de cada uno de los integrantes indicando el nivel de participación de cada uno dentro del contrato. Si el proceso le es adjudicado, deberá presentar, previo al momento de la suscripción del contrato, la
identificación tributaria – NIT que haya solicitado para el consorcio o UT ante la Dirección de Impuestos Nacionales.
En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, para el caso de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal, para efectos de pago deberán manifestar con respecto a la facturación, dentro de su propuesta:
Si la va a efectuar en representación del Consorcio o la Unión Temporal uno de sus integrantes, caso en el cual debe informar el número de identificación tributaria - NIT de quien va a facturar.
Si la facturación la van a presentar en forma separada cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, deberán informar su número de identificación tributaria – NIT y establecer la participación de cada uno dentro del valor del contrato.
Nota 1: Es importante recalcar que de conformidad con el Concepto Número 44491 de 2000 emitido por la DIAN, las Uniones Temporales o Consorcios se encuentran obligadas a tener NIT cuando intervengan como agentes retenedores y/o como responsables del impuesto sobre las ventas, en el evento de realizar directamente ventas o prestar servicios gravados con dicho impuesto. En consonancia con lo anterior, la unión temporal o consorcio que resulte adjudicataria del proceso deberá tramitar el NIT si se encuentra incursa en una de las causales indicadas anteriormente.
Nota 2: En cualquiera de las anteriores alternativas, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en las disposiciones legales.
No podrá haber cesión entre quienes integran el Consorcio o Unión Temporal ni a terceros, salvo que EL MINISTERIO lo autorice en los casos que legalmente esté permitido.
Una vez suscrito el contrato, las condiciones que establezcan los integrantes con respecto a las actividades, porcentajes, términos y/o extensión de la participación, no podrán ser modificadas sin el consentimiento previo del MINISTERIO3. En ningún caso durante el proceso de selección, se autorizará modificaciones al documento de conformación del Consorcio o Unión Temporal con respecto a las actividades, porcentajes, términos y/o extensión de la participación.
En el evento de presentarse inhabilidades sobrevinientes para los miembros de la Unión Temporal o Consorcio, el representante tendrá la obligación de informarlo por escrito al MINISTERIO dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar a ella.
Las personas integrantes de un Consorcio o Unión Temporal deberán acreditar individualmente los requisitos de que trata el presente capítulo.
6.1.2.4. Personas naturales
El proponente deberá allegar junto con su propuesta, el respectivo certificado de Registro Mercantil de la Cámara de Comercio, en la que se encuentre inscrita la actividad principal que sea igual o similar al objeto a contratar. La fecha de expedición del certificado no deberá ser superior a treinta (30) días calendario previos a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
3 Parágrafo. 1, artículo 7 Ley 80 de 1993.
6.1.2.5. Carta de presentación de la propuesta:
El proponente deberá allegar la carta de presentación de la propuesta firmada por el proponente persona natural o el representante legal de la persona jurídica, del Consorcio o de la Unión Temporal, según sea el caso, de conformidad con el FORMATO 1.
En la carta de presentación el proponente deberá indicar sobre la información suministrada en su propuesta, cuál es de carácter reservado, señalando la norma que le otorga tal carácter. En caso de no hacer dicha manifestación se entenderá que no existen documentos de carácter reservado.
6.1.2.6. Garantía de Seriedad de la Propuesta
El proponente deberá acompañar a su propuesta una garantía de seriedad de la misma, mediante cualquiera de los mecanismos vigentes previstos en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015.
La garantía debe ser suficiente en los términos del artículo 2.2.1.2.3.1.9 del Decreto 1082 de 2015 y cumplir los requisitos establecidos en dicho Decreto, para cada clase.
BENEFICIARIO: | MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL – NIT No. 900.474.727- 4 |
TOMADOR: | El tomador es el proponente. En este aspecto se debe tener en cuenta lo siguiente: 1. El /los nombre(s) debe(n) señalarse de la misma forma como figura(n) en el certificado de existencia y representación legal, (persona jurídica) o en el documento de identidad (persona natural). 2. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales debe ser tomada a nombre del Consorcio o Unión Temporal (indicando todos y cada uno de sus integrantes). 3. En caso de que el proponente tenga establecimiento de comercio, en la garantía debe figurar como tomador la persona natural. |
VIGENCIA: | Igual o superior a tres (3) meses contados a partir de la fecha del cierre del proceso. |
VALOR ASEGURADO: | Diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial estimado |
OBJETO: | Amparar la seriedad de los ofrecimientos hechos por el proponente en el proceso de acuerdo con el objeto del presente proceso de selección. |
FIRMA: | Suscrita por la aseguradora |
En caso de prórroga de los plazos previstos para la presentación de propuestas, evaluación, adjudicación y suscripción del contrato, dicha garantía deberá ser ampliada en su vigencia. Los costos que se causen por la expedición o prórrogas de la garantía estarán a cargo del proponente.
La presentación de la garantía de seriedad debe hacerse de forma simultánea con la propuesta. La no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de RECHAZO de la misma. (Parágrafo 3° Art. 5 Ley 1882 de 2018).
Si la garantía presenta errores en su constitución, EL MINISTERIO podrá solicitar su corrección dentro del término de traslado del informe de evaluación. Si la solicitud no fuere atendida, la propuesta será rechazada.
La garantía de seriedad se hará efectiva a favor del MINISTERIO, a título de indemnización anticipada de perjuicios, pudiendo EL MINISTERIO recurrir a las demás acciones civiles o penales que pudieren ser instauradas.
En el evento de que por cualquier circunstancia EL MINISTERIO no pueda hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, podrá demandar por vía ejecutiva el pago de la suma equivalente al valor asegurado, para lo cual prestará mérito suficiente la oferta del proponente, dado que la sola presentación de la misma constituye
aceptación plena por parte del proponente de todas las condiciones previstas en el Estudio Previo y el Pliego de Condiciones.
6.1.2.7. Certificación de pago de aportes a Seguridad Social y aportes parafiscales
El proponente debe adjuntar con su propuesta, una certificación en la cual acredite estar al día hasta la fecha en el pago de los aportes realizados durante el término de vigencia de la empresa y por lo menos durante los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección a los Sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Laborales, Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en la Ley 828 de 2003 y en el Decreto 1273 de 2018 o normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Dicha certificación debe estar suscrita por el Revisor Fiscal de la sociedad si existe obligación legal de tenerlo, o en su defecto la certificación debe estar suscrita por el Representante Legal de la sociedad proponente.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto Reglamentario No. 2286 de 2003, los proponentes que se encuentren excluidos del pago de aportes al régimen de subsidio familiar, SENA e ICBF, deberán cumplir con lo establecido en dicho Decreto o en la norma que lo modifique, complemente o sustituya.
En caso de haber suscrito un acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá el Revisor Fiscal o en su defecto el Representante Legal manifestar en la certificación que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar en forma independiente dicha certificación expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal respectivo según corresponda legalmente.
6.1.2.8. Certificado de Antecedentes Disciplinarios del Revisor Fiscal y Tarjeta profesional
Cuando la certificación de pago de aportes allegada se encuentre suscrita por el revisor fiscal del proponente o de cada uno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, deberá allegar el certificado de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios, vigente, expedido por la Junta Central de Contadores, así como la tarjeta profesional del contador público responsable de la suscripción de dicha certificación. Lo anterior permite verificar la idoneidad y desempeño ético y profesional del (contador público) que suscribe dicha certificación.
6.1.2.9. Certificado de antecedentes fiscales de la Contraloría General de la República
De conformidad con lo previsto por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000 y el parágrafo 1 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, el proponente persona natural, o persona jurídica, y/o cada uno de los integrantes del proponente plural (Consorcio o Unión Temporal), no deben estar relacionados en el Boletín de Responsables Fiscales.
De conformidad con lo dispuesto por la Ley 962 de 2005 y la Circular 005 del 25 de febrero de 2008, suscrita por el Contralor General de la República, el Ministerio verificará en la página web de la Contraloría el respectivo Boletín.
6.1.2.10. Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación
El proponente y todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, no deben tener antecedentes disciplinarios que le inhabiliten o impidan presentar la propuesta y celebrar el contrato.
EL MINISTERIO de conformidad con lo previsto por la Ley 1238 de 2008, consultará los antecedentes en la página web de la Procuraduría General de la Nación.
6.1.2.11. Consulta Antecedentes Judiciales
La entidad consultará en la página web de la Policía Nacional el certificado de antecedentes judiciales de la persona natural que presente la propuesta o del representante legal de la persona jurídica que presente la propuesta, así como los antecedentes de los representantes legales y personas naturales que conforman los consorcios y uniones temporales, en aras de verificar que no reportan antecedentes judiciales.
En caso que los antecedentes judiciales del proponente o su representante legal reporte que alguno de estos presenta inhabilidad para contratar con el Estado, conforme lo previsto en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y Ley 1474 de 2011, la propuesta será RECHAZADA.
6.1.2.12. Consulta Medidas Correctivas
El MINISTERIO consultará y verificará en el Registro Nacional de Medidas Correctivas - RNMC (página Web de la Policía Nacional de Colombia), el pago de multas del proponente y su representante legal, y de los representantes legales de los consorcios y/ uniones temporales que van a participar en el presente proceso, para efectos de verificar la existencia de la inhabilidad contenida en el Artículo 183 de la Ley 1801 de 2016 “Por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia”
Nota: Cuando el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal, todos sus miembros deberán cumplir con los requisitos exigidos por la Entidad en el presente numeral.
Nota General: Los proponentes deberán aportar la Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Representante Legal, las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de la copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de la copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente.
En el caso de proponente persona jurídica, deberá anexarse el citado documento del representante legal o quien haga sus veces; de igual forma, en caso de tratarse de proponente bajo figura asociativa, el requisito deberá acreditarse para cada uno de los representantes legales de los integrantes de la misma.
6.1.2.13. Certificado de Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio.
El Ministerio consultará directamente en el perfil del oferente (proveedor) registrado en la página del SECOP II, el Certificado de su Inscripción en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio -RUP-, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, en concordancia con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 8 del Decreto 1082 de 2015. La inscripción en el RUP por parte del Proponente y cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, debe estar vigente y en firme al momento del cierre del proceso4.
4 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera Sub-sección C, C.P. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, radicación número: 25000-23-26-000-2007-00072-01(47145), primero (1) xx xxxxx del dos mil dieciséis (2016).
De conformidad con lo establecido en el numeral 6.1 del artículo 6º de la Ley 1150 de 2007, y el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, el Ministerio verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes (capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y organizacional de los Proponentes), tomando la información inscrita en el RUP, en donde deben constar dichas condiciones.
Nota 1: Para aquellos oferentes (proveedores) que por su naturaleza no se encuentren en el RUES, deberán aportar con su propuesta el certificado de inscripción y clasificación en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio -RUP-, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, en concordancia con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 8 del Decreto 1082 de 2015.
Nota 2: De conformidad con el Artículo 2.2.1.1.1.5.1. del Decreto 1082 de 2015, las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en el presente proceso de selección deben estar inscritas en el RUP, inscripción que deberá estar vigente y en firme al momento del cierre del proceso. En caso de que el proponente haya actualizado o renovado su RUP, dicho registro debe estar vigente y en firme de conformidad con lo señalado en el artículo 5 de la Ley 1882 de 2018, modificatorio del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.
Nota 3: El requisito señalado en la nota anterior debe ser cumplido por el proponente y en caso de tratarse de figuras asociativas (consorcios y uniones temporales), el requisito debe ser cumplido por cada uno de los integrantes que la conforman
6.1.2.13.1. Verificación de multas y sanciones en el RUP
La entidad verificará en el RUP del proponente o miembros de la figura asociativa, la imposición de multas o incumplimientos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de la ley 1474 de 2011.
Nota General: Los proponentes deberán aportar la Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Representante Legal, o de la Persona Natural, las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de la copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de la copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente.
En el caso de proponente persona jurídica, deberá anexarse el citado documento del representante legal o quien haga sus veces; de igual forma, en caso de tratarse de proponente bajo figura asociativa, el requisito deberá acreditarse para cada uno de los representantes legales de los integrantes de la misma.
6.2. REQUISITOS Y DOCUMENTOS HABILITANTES FINANCIEROS
Requisitos y documentos habilitantes de las propuestas – Financieros
El Comité Asesor y Evaluador Financiero, dentro del término antes señalado en el cronograma del proceso realizará la verificación de los documentos financieros de las propuestas indicados en este Capítulo, a fin de establecer la capacidad financiera y organizacional del proponente.
Este aspecto es objeto de verificación y no de calificación, por tanto, si el proponente cumple todos los aspectos que determinan la capacidad financiera, se declarará “CUMPLE FINANCIERAMENTE”. En caso contrario se declarará que “NO CUMPLE FINANCIERAMENTE”, la propuesta será RECHAZADA, y por lo tanto no está habilitado para participar en el proceso.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 numeral 3 del decreto 1082 de 2015, la capacidad financiera de los proponentes se verificará de forma general en la información económica y financiera en firme, contenida en el certificado de inscripción, clasificación y calificación contendía en el Registro Único de Proponentes (RUP), actualizada al último día del año anterior de aquel en el cual se adelanta el proceso de contratación o la que se encuentre vigente en dicho registro, de conformidad con la normatividad que para efectos de registro y actualización haya determinado la cámara de comercio. Lo anterior teniendo en cuenta que el artículo antes citado establece como obligación de las cámaras de comercio la verificación, certificación y publicación de los índices de cada uno de los proponentes registrados y autoriza a la entidad a solicitar la información que considere necesaria.
En caso de presentarse la propuesta como Unión Temporal, la capacidad financiera de los proponentes se verificará de forma general en la información en firme, contenida en el certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes (RUP), actualizada al último día del año anterior de aquel en el cual se adelanta el proceso de contratación o la que se encuentre vigente en dicho registro, de conformidad con la normatividad que para efectos de registro y actualización haya determinado la cámara de comercio de cada uno de los integrantes de la unión temporal y se consolidará de acuerdo con su porcentaje de participación, con el fin de aplicar los índices específicos xxx xxxxxx de condiciones sobre el balance consolidado de la asociación5.
Para el caso de los Consorcios, la información a considerar se tomará de las mismas fuentes y en las condiciones antes descritas, pero los indicadores financieros se calcularán con base en la sumatoria de las cuentas debidamente registradas en el certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes (RUP) de cada uno de los integrantes, sin tener en cuenta el porcentaje de participación.
Si el proponente, o algún integrante de la Unión Temporal o Consorcio, tiene fecha de constitución en el año en el cual se adelanta el proceso de contratación y la información económica y financiera registrada en el RUP corresponde a la de apertura, el Ministerio solicitará dicha información actualizada a corte de la fecha más cercana a la de apertura del proceso de contratación, lo anterior teniendo en cuenta que el propósito de la evaluación de la situación financiera es tener bases que permitan considerar la viabilidad de cumplimiento de los eventuales compromisos, concepto que no puede obtenerse de la información de apertura sino la que refleje los resultados de la operación del proponente. En tales circunstancias, el proponente deberá adjuntar los documentos que se relacionan a continuación:
Balance General, Estado de Resultados y las Notas a los Estados Financieros aprobados por el órgano competente debidamente certificados y dictaminados (Decreto 2649 de 1993, Ley 222 de 1995 y Decreto 1406
de 1999).
Fotocopia de la tarjeta profesional del Contador, Revisor Fiscal o Contador independiente según corresponda.
5 Nota: Para el cálculo de los Indicadores de Capacidad financiera y organizacional, se aplicará lo establecido en el numeral 1 Título VII del “Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de Contratación”, propuesto por la Agencia Nacional de Contratación Pública-Colombia Compra Eficiente.
Certificación de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios, del Contador, Revisor Fiscal o Contador Independiente, según corresponda, expedida por la Junta Central de Contadores, la cual no será inferior a (3) tres meses de la fecha de presentación de la oferta.
El artículo 37 de la Ley 222 de 1995 y la circular externa 037 de 2001 de la Junta Central de Contadores establece con relación a los Estados Financieros Certificados que: “El representante legal y el Contador Público bajo cuya responsabilidad se hubiesen preparado los estados financieros deberán certificar aquellos que se pongan a disposición de los asociados o terceros. La certificación consiste en declarar que se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos y que las mismas se han tomado fielmente de los libros”.
Para efectos del dictamen de los estados financieros se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 222 de 1995 que indica: “Son dictaminados aquellos estados financieros certificados que se acompañen de la opinión profesional del revisor fiscal o, a falta de este, del Contador Público independiente que los hubiere examinado de conformidad con las normas de auditoría generalmente aceptadas. Estos estados deben ser suscritos por dicho profesional, anteponiendo la expresión “ver opinión adjunta” u otra similar. El sentido y alcance de su firma será el que se indique en el dictamen correspondiente, cuando los estados financieros se presenten conjuntamente con el informe de gestión de los administradores, el Revisor Fiscal o Contador Público independiente deberá incluir en su informe su opinión sobre si entre aquéllos y estos existe debida concordancia”. En consecuencia, debe entenderse que quien certifica los estados financieros no puede dictaminar los mismos.
Solo se aceptará “dictamen limpio”, entendiéndose por este, aquel en el que se declara que los Estados Financieros presentan razonablemente en todos los aspectos significativos, la situación financiera, los cambios en el patrimonio, los resultados de operaciones y los cambios de la situación financiera de la entidad, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados
Cuando el Ministerio, en desarrollo de la verificación financiera requiera confirmar información adicional del proponente, podrá solicitar los documentos que considere necesarios para la validación de la información, tales como, estados financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, requerirá las explicaciones que considere necesarias, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación, sin que las aclaraciones o documentos que el proponente xxxxxxx a la solicitud del Ministerio puedan modificar, adicionar o complementar la propuesta.
Para la verificación de requisitos habilitantes financieros, en lo concerniente al indicador de razón de cobertura de intereses es necesario tener en cuenta lo siguiente:
Que cuando existe utilidad operacional pero el valor de los gastos por intereses es cero (0), el reporte del RUP se registra como “indeterminado”. Tal circunstancia obedece a que, matemáticamente, la división de cualquier número superior a cero o entre cero, tiene tendencia a infinito (∞), pero al existir utilidad el proponente que tenga tal situación cumple con el indicador porque supera cualquier suma positiva que se haya fijado como tal.
No sucede lo mismo cuando la suma a dividir por cero (0) corresponde a un número negativo (como en el evento que exista perdida en el estado de resultados), en cuyo caso el indicador siempre sería inferior a cualquier cifra positiva que se hubiese fijado como tal y por tanto no cumple, aunque de igual forma, el reporte en el RUP en este caso es “indeterminado”.
Si el proponente cuenta con pasivos a corto y/o largo plazo y no incurrió en gastos de intereses debe adjuntar certificación expedida por el contador y/o revisor fiscal (si está obligado) o contador independiente según corresponda, precisando razonablemente las circunstancias que explican este evento.
Nota 1: Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, que no están obligadas a estar inscritas en el RUP, acreditaran la capacidad financiera mediante certificados suscritos por el representante legal y el revisor fiscal o auditor del proponente y si el proponente no está obligado a tener revisor fiscal, por su contador, y estar acompañado de los estados financieros auditados xx xxxxx anual más reciente. Igualmente deberán diligenciar el FORMATO 3.
6.2.1. Capacidad financiera:
La capacidad financiera será verificada para habilitar la propuesta mediante los indicadores de Xxxxx Xxxxxxxxx, Nivel de Endeudamiento y Razón de Cobertura de intereses (entre otros), por lo tanto, el proponente que no cuente con los indicadores mínimos exigidos dentro de los indicadores señalados NO CUMPLE FINANCIERAMENTE.
La capacidad financiera del proponente, se determinará de acuerdo al análisis que EL MINISTERIO realice sobre la información financiera presentada con la propuesta, tomando como base los siguientes indicadores financieros.
NOMBRE DEL INDICADOR | ÍNDICE REQUERIDO |
Índice de Liquidez | Mayor o igual a 1,3 |
Índice de Endeudamiento | Menor o Igual a 0,7 |
Razón de Cobertura de Intereses | Mayor o igual a 1,3 |
Serán declaradas, que CUMPLEN FINANCIERAMENTE las propuestas que cumplan, los índices mínimos de los indicadores mencionados en la anterior tabla o tengan un índice superior. Cada indicador se evaluará por separado y utilizando las formulas indicadas en cada caso.
Razón corriente: (liquidez) = activo corriente/ pasivo corriente.
El índice de liquidez indica la capacidad que tiene el proponente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo.
Índice de endeudamiento = pasivo total / activo total.
El índice de endeudamiento determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación del proponente.
Razón de Cobertura de Intereses = utilidad operacional / gastos de intereses
La razón de cobertura de intereses indica el número de veces que la utilidad operacional cubre los gastos financieros.
En caso de que el proponente sea una Entidad Sin Ánimo de Lucro Pública, al considerarse que no tiene como propósito la consecución de beneficios económicos, su estabilidad y solvencia financiera están soportadas en el presupuesto general de la Nación, por tal razón su participación no pone en riesgo la eventual ejecución del contrato. En este orden de ideas, para este tipo de entidades, el indicador de razón de cobertura de intereses
no se tendrá en cuenta para la verificación de los requisitos habilitantes financieros, calificándose como
CUMPLE FINANCIERAMENTE.
6.2.2. Capacidad organizacional:
El proponente debe cumplir con los siguientes indicadores con base en la información tomada en las mismas fuentes y en las condiciones descritas para la verificación de la capacidad financiera, aplicadas en la capacidad organizacional:
NOMBRE DEL INDICADOR | ÍNDICE REQUERIDO |
Rentabilidad del Activo (utilidad operacional/activo) | Mayor o igual a 0,03 |
Rentabilidad del Patrimonio (utilidad operacional/patrimonio) | Mayor o igual a 0,06 |
Serán declaradas, que CUMPLEN ORGANIZACIONALMENTE las propuestas que cumplan con los porcentajes mínimos o superiores de los indicadores mencionados en la anterior tabla.
Rentabilidad sobre el Patrimonio = utilidad operacional / patrimonio
Determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio.
Rentabilidad sobre Activos = utilidad operacional / activo total
Determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo.
La habilitación de cada proponente se determinará por el cumplimiento de cada uno de los indicadores organizacionales mencionados anteriormente. Cada indicador se evaluará por separado y utilizando las formulas indicadas en cada caso.
6.3. EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
La experiencia habilitante del proponente o los miembros del Consorcio o Unión Temporal, se acreditará a través de la información contenida en el Registro Único de Proponentes (RUP).
Para cumplir con la experiencia necesaria para participar en el presente proceso, el proponente o como mínimo uno de los miembros del Consorcio o Unión Temporal debe acreditar a través de la información contenida en el Registro Único de Proponentes (RUP), la ejecución de cuatro (4) contratos, cada uno de los cuales debe estar clasificado en la prestación de alguno de los servicios que se presentan a continuación (Códigos Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) V.14.080). Esta verificación se realizará respecto de los contratos que se indiquen en el FORMATO 2 el cual deberá ser diligenciado por todos los proponentes.
Códigos para calcular la experiencia
Clasificación UNSPSC | Segmento | Familia | Clase |
80141600 | Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | Comercialización y Distribución | Actividades de Venta y Promoción de Negocios |
80141900 | Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de Empresa y Servicios Administrativos | Comercialización y Distribución | Exhibiciones y Ferias Comerciales |
90101600 | Servicios de Viajes, Alimentación, Alojamiento y Entretenimiento | Restaurantes y Catering | Servicios de Banquetes y Catering |
Adicionalmente en el RUP se verificará que el valor total sumado de los contratos relacionados sea igual o superior al cien por ciento (100%) del total del presupuesto oficial del presente proceso de selección estimado en SMMLV, esto es 2838.
Teniendo en cuenta, que la información en el RUP no contiene el objeto específico del contrato celebrado, el proponente deberá anexar con su propuesta, además de la información contenida en el Formato 2, certificación de cada uno de los contratos o copia del acta de liquidación de los mismos para efectos de verificar que la experiencia, cumple con mínimo con lo siguiente:
1. Los cuatro (4) contratos deben tener objetos relacionados con la organización y apoyo logístico de eventos académicos o institucionales, o congresos, o ferias, o convenciones y/o seminarios.
2. Con uno (1) o los cuatro (4) contratos relacionados se debe acreditar por lo menos dos (2) eventos con 400 asistentes; y otros dos (2) eventos con una participación igual o superior a 100 asistentes.
NOTA 1: La información aportada en certificaciones adicionales, corresponde a información complementaria, la cual se verificará directamente por parte de este Ministerio, siempre y cuando corresponda a contratos registrados en el RUP.
NOTA 2: No se aceptarán como válidas auto certificaciones, entendidas éstas como las certificaciones expedidas por el Representante Legal o cualquier otro empleado de la misma empresa ejecutora del contrato que se pretende aportar como experiencia, y para el caso de proponentes plurales procede la misma condición, es decir, no se aceptarán auto certificaciones expedidas por alguno de los miembros de la figura asociativa.
Las certificaciones deberán ser expedidas por el representante legal o funcionario competente de la respectiva entidad pública o privada contratante y cumplir con los siguientes requisitos:
1. Razón social de la empresa o entidad contratante
2. Nombre del Contratista
3. Objeto del contrato o descripción de las obligaciones.
4. Porcentaje de participación en el Consorcio o Unión Temporal, si la certificación se expide para un contrato ejecutado bajo alguna de estas figuras.
5. Valor total ejecutado del contrato, expresado en pesos colombianos.
6. Fecha, firma y cargo del representante legal o funcionario que expide la certificación.
La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica.
NOTA: En caso que la certificación no tenga especificado el día de inicio o el día de terminación del contrato, se tomará en cuenta desde el último día del mes de inicio y el primer día de mes de terminación. Si el objeto del contrato no contiene la información necesaria para demostrar la experiencia, la certificación deberá contener las obligaciones y/o actividades de desarrolladas durante la ejecución del contrato.
Se acepta como equivalente a la certificación de cumplimiento de los contratos ejecutados, copia de los mismos, siempre que se acompañen con la respectiva acta de liquidación, o de recibo final y de ellos se extracte la información requerida en los numerales del 1 al 6 del presente numeral.
No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando éstos se asocien entre sí para presentar propuesta bajo alguna de las modalidades previstas en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, la experiencia habilitante será la sumatoria de las experiencias de los integrantes que la tengan.
Cuando el proponente indique los contratos ejecutados en los cuales participó en Unión Temporal o Consorcio, se le acreditará la experiencia de acuerdo con el porcentaje de participación del integrante en el respectivo Consorcio o Unión Temporal, según se indique en las mismas, o en el contrato ejecutado o en el documento de conformación de la forma asociativa.
El oferente extranjero deberá cumplir con todos los requisitos, procedimientos, permisos y licencias previstos para el oferente colombiano y acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme la legislación de su país. (Artículo 3º Ley 816 de 2003).
Este requisito es de cumplimiento, por lo tanto, si el proponente no acredita esta experiencia, ser evaluará como
NO CUMPLE TÉCNICAMENTE.
6.4. OTROS DOCUMENTOS QUE SOPORTAN EL CONTENIDO DE LA PROPUESTA O DEL OFERENTE
6.4.1. REGISTRO NACIONAL DE TURISMO
El Proponente debe encontrarse inscrito en el Registro Nacional de Turismo como Operador de Congresos, Ferias y Convenciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 13 de la Ley 1101 del 22 de 2006 modificada por la ley 1558 de 2012, o la norma que la reglamente, modifique o sustituya.
Para cumplir este requisito debe adjuntar con su oferta el Certificado de Actualización del Registro Nacional de Turismo vigente, expedido por la Cámara de Comercio.
En caso de Consorcio o Unión Temporal, al menos uno de los integrantes debe estar inscrito en el Registro Nacional de Turismo. No obstante, si los integrantes del Consorcio o Unión temporal están obligados a tener dicho registro, deben presentarlo junto con la oferta.
6.5. REGLAS PARA PERSONAS EXTRANJERAS
Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, el MINISTERIO verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, la capacidad financiera y las condiciones de experiencia de los proponentes.
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
1. Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado, domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
2. En cumplimiento de lo ordenado por el Parágrafo 2° del Artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado a inscribirse ni calificarse en el RUP.
3. Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente, en el cual conste, fecha de constitución, objeto, duración, nombre del representante legal, o nombre de la persona que tenga capacidad para comprometerla jurídicamente, y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma o aportando la autorización o documento correspondiente que lo faculte. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado de la traducción respectiva. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente, se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
4. El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en el pliego de Condiciones. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción del documento.
En caso de aplicar este numeral deberá indicarlo en el formato correspondiente.
5. Los proponentes extranjeros que deseen participar en el presente proceso deben presentar la información financiera que se relaciona a continuación, de conformidad con la legislación propia del país de origen, avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo de acuerdo a la normatividad vigente del país de origen:
a. Balance General.
b. Estado de Resultados.
Los anteriores documentos también deben ser presentados utilizando las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
El oferente extranjero deberá aportar los Estados Financieros con corte al último período contable completo según su país de origen, traducido al castellano y expresado en pesos colombianos de acuerdo con la Tasa Representativa xxx Xxxxxxx (TRM) certificada por la Superintendencia Financiera, vigente a la fecha xx xxxxx, los cuales deberán cumplir con los requisitos establecidos en el pliego de Condiciones.
Para tal efecto deberán presentar el FORMATO “formato de certificado de acreditación de la capacidad financiera y capacidad organizacional para cumplir con los requisitos habilitantes de personas extranjeras no inscritas en el registro único de proponentes”.
El oferente extranjero deberá cumplir con todos los requisitos, procedimientos, permisos y licencias previstos para el oferente colombiano y acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme la legislación de su país. (Artículo 3º Ley 816 de 2003).
6.6. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR - APOSTILLA, LEGALIZACIÓN y TRADUCCIÓN
De acuerdo con lo establecido en la ley 455 de 1998 “Por medio de la cual se aprueba la "Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros", suscrita en la Haya el 0 xx xxxxxxx xx 0000”, xx xxxxxxxxxxxx con lo regulado por el artículo 251 del Código General del Proceso y la Resolución 251 de 2016, o la que haga sus veces, cuando se aporten documentos públicos otorgados en el exterior, los mismos deberán venir debidamente apostillados o legalizados, según corresponda. Así:
Apostilla: Procede para que un documento público emitido por un país que hace parte de la Convención de La Haya tenga validez en el territorio colombiano; por lo que dicho documento debe estar apostillado por la Entidad competente del país de origen.
Legalización: Procede para que un documento emitido por un país que no hace parte de la Convención de la Haya tenga validez en el territorio colombiano; por lo que dicho documento debe cumplir con el requisito de Legalización, que consiste en certificar la firma de funcionario público en ejercicio de sus funciones.
Traducción: Para los documentos extendidos en idioma distinto del se requiere que sean aportados con su correspondiente traducción, los mismos deberán contar con la apostilla o legalización respectiva, según sea el caso.
Nota: En el evento en que los documentos otorgados en el exterior no cumplan con lo señalado en el presente numeral, no serán tenidos en cuenta.
CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS: “En ejercicio de lo señalado en el Artículo 26 de la Constitución Política de Colombia, el Artículo 178 del Decreto 019 de 2012, y concepto emitido por el Ministerio de Educación Nacional del 19 xx xxxxx de 2012, los proponentes que presenten dentro de su equipo de trabajo personas que hayan cursado carreras profesionales o postgrados en el exterior, deberán presentar los títulos debidamente convalidados de acuerdo con la Resolución N°. 6950 de 2015.
Nota 1: De conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley 842 de 2003, podrán ser matriculados en el Registro Profesional de Ingenieros y obtener tarjeta profesional, para poder ejercer la profesión en el territorio nacional, quienes hayan obtenido el título en cualquiera de sus ramas, otorgado por Instituciones de Educación Superior que funcionen en países con los cuales Colombia haya celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos, situación que debe ser avalada por ICFES o por el organismo que se determine para tal efecto.
Así mismo, quienes hayan adquirido el título académico de Ingeniero en cualquiera de sus ramas, otorgado por Instituciones de Educación Superior que funcionen en países con los cuales Colombia no haya celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos; siempre y cuando hayan obtenido la homologación o convalidación del título académico ante las autoridades competentes, conforme con las normas vigentes sobre la materia.
Nota 2: Los títulos académicos de postgrado de los profesionales matriculados no serán susceptibles de inscripción en el registro profesional de ingeniería, por lo tanto, cuando se necesite acreditar tal calidad, bastará
con la presentación del título de postgrado respectivo, otorgado por universidad o institución autorizada por el Estado para tal efecto. Si el título de postgrado fue otorgado en el exterior, solo se aceptará debidamente apostillado de acuerdo con las normas que rigen la materia.
Nota 3: Todos los títulos obtenidos en el extranjero deberán ser convalidados ante el Ministerio de Educación Nacional, toda vez que, de conformidad con lo señalado en la Guía Práctica para la Convalidación de Títulos Profesionales en Colombia publicada en la página web del Ministerio de Educación Nacional, “La existencia de convenios internacionales no exonera al interesado del trámite correspondiente”.
Así mismo, la Resolución 6950 del 15 xx xxxx de 2015, del Ministerio de Educación Nacional, señala en el artículo 3 del Capítulo II: “DE LOS CRITERIOS APLICABLES PARA LA CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS”, que
para efectos de la convalidación de títulos de pregrado y de postgrado se deberá hacer una evaluación de la información y en su orden verificar cuál de los criterios allí descritos aplican para proceder al trámite correspondiente.
CAPÍTULO VII
CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS – PONDERABLES
Una vez EL MINISTERIO haya verificado que las propuestas cumplen con las exigencias de verificación de cumplimiento de la Capacidad Jurídica, Técnica, Financiera y Organizacional, y que no estén incursas en alguna causal de rechazo, se procederá a calificar las propuestas habilitadas, la oferta más favorable será aquélla que resulte de aplicar la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en los puntajes que se señalan a continuación, sobre una base de cien (100) puntos. En consecuencia, la oferta más favorable para la Entidad será aquella que obtenga el mayor puntaje.
Criterios de evaluación
Denominación del Factor | Puntaje por Factor |
Factor económico | 69 puntos |
Factor de calidad | 20 puntos |
Apoyo a la Industria Nacional | 10 puntos |
Apoyo a población en situación de discapacidad | 1 punto |
Total | 100 puntos |
El ofrecimiento ganador entrará a hacer parte de las obligaciones del contrato y será objeto de verificación por parte de la Supervisión designada.
7.1 CALIFICACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA
El proponente deberá presentar debidamente diligenciado la lista de precios del FORMATO 4 que se encuentra en el SECOP II de acuerdo con el numeral 11.1, con el cual se hará la calificación correspondiente a la oferta económica.
El proponente debe diligenciar la lista de precios en su totalidad y debe ofrecer el valor total incluido IVA, según corresponda y cumplir con los requisitos señalados en el mencionado Anexo.
El valor de la oferta económica a evaluar, será el valor total de los bienes y servicios a adquirir después de IVA, de acuerdo a las especificaciones contenidas en el Estudio Previo y Pliego de condiciones.
7.1.1 Método de Evaluación de la Oferta Económica
Para la determinación del método de asignación de puntaje de la propuesta económica se tomarán los primeros dos dígitos decimales de la Tasa Representativa xxx Xxxxxxx (TRM) que rija para el día siguiente del cierre, de conformidad con las fechas previstas en el cronograma de este proceso; y se determinará el método de acuerdo a los rangos establecidos en el cuadro que se presenta a continuación:
Método para evaluar
Rango (inclusive) | Método |
.00 A .24 | menor valor |
.25 A .49 | media aritmética baja |
.50 A .74 | media aritmética |
.75 A .99 | media geométrica |
NOTA: Esta TRM se tomará del sitio web del Banco de la República de Colombia, xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxxxx-xxxxxxxxxxxx/xxx_xx_xxx.xxx#xxxxxxxxxx.
a) Menor Valor
Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican enseguida. Para la aplicación de este método el Ministerio procederá a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se otorgará la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntaje i = 69 × Vmin
Vi
Donde:
Vmin = Menor valor de las Ofertas válidas.
Vi = Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i validas i = Número de oferta.
En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
b) Media Aritmética Baja
Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la Oferta válida más baja y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
+ ̅
Donde:
XB= Media aritmética baja
= 2
Vmin= Valor total sin decimales de la oferta valida más baja
̅ = Promedio aritmético de las ofertas válidas
Obtenida la media aritmética baja se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula: Para valores menores a XB
= 69 × (1 − ( − ))
Para valores mayores o iguales a XB
Donde:
XB: Media aritmética baja
= 69 × (1 − (
| − |
4 × ))
Vi= Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas validas i = Número de oferta
c) Media Aritmética
Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:
X= Media aritmética.
Xi = Valor de la oferta valida i sin decimales
n = Número total de las Ofertas válidas presentadas
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
Para valores menores o iguales a ̅:
= 69 × (1 − (
Para valores mayores a ̅:
̅ −
̅ ))
|̅ − |
X= Media aritmética.
= 69 × (1 − 2 (
̅ ))
Vi= Valor total de cada una de las Ofertas validas i, sin decimales i = Número de oferta.
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética, se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
d) Media Geométrica
Consiste en establecer la media geométrica y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida.
Posteriormente, se determinará la media geométrica con la inclusión del valor de referencia de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior, mediante la siguiente fórmula:
Donde:
MG = Media geométrica
n = Número de Ofertas válidas.
Xi= Valor de la oferta económica sin decimales del proponente i.
Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada proponente mediante el siguiente procedimiento:
Para valores menores o iguales a MG
Puntaje i = 69 × (1 − (MG − Vi))
MG
Para valores mayores a MG
Donde:
Puntaje i = 69 × (1 − 2 (
|MG − Vi|
))
GVT = Media geométrica con Valor de referencia.
Vi = Valor total sin decimales de cada una de las Ofertas i i = Número de oferta.
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con valor de referencia y el valor de la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
Nota: Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el segundo (2°) decimal del valor obtenido como puntaje.
Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el segundo (2°) decimal del valor obtenido como puntaje.
7.2 CALIFICACIÓN DE LA OFERTA DE CALIDAD
La oferta técnica tiene un puntaje de hasta 20 puntos, y se calculará de acuerdo a los siguientes criterios.
Descripción del factor técnico
Descripción | Puntaje |
Proponentes que ofrezcan sin costo personal Orientador y de Registro, en una disponibilidad de 1 por cada 50 participantes para cada evento. | 10 puntos |
El Proponente que ofrezca el menor porcentaje de administración para los servicios sin precio de referencia. | 10 puntos |
El ofrecimiento ganador entrará a hacer parte de las obligaciones del contrato y será objeto de verificación por parte de la Supervisión designada.
7.2.1. Proponentes que ofrezcan sin costo personal Orientador y de Registro, en una disponibilidad de 1 por cada 50 participantes en el evento
El Proponente debe diligenciar el Formato 5 e indicar expresamente si realiza este ofrecimiento o no. En caso de no ofrecerlo obtendrá una calificación xx xxxx (0) puntos. Este personal debe estar disponible para todos los eventos que realice el Ministerio.
7.2.2. Menor porcentaje de administración
El Proponente debe diligenciar el FORMATO 5 e indicar el porcentaje ofrecido.
El Proponente que ofrezca el menor porcentaje de administración para los servicios sin precio de referencia, obtendrá el máximo puntaje posible para este concepto.
Para asignar el puntaje por concepto de administración del segmento de recursos para los servicios que no estipulan valores unitarios para las demás ofertas, se hará de manera proporcional a su diferencia con la oferta ganadora, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde:
XXX = Puntaje de la oferta a evaluar
XXX =
10 × (8% − OE)
(8% − OMP)
OMP = Oferta ganadora (menor porcentaje ofrecido) OE = Oferta a evaluar (porcentaje ofrecido)
No se tendrán en cuenta ofertas superiores a 8%, ni inferiores a cero (0%) como porcentaje de administración a cobrar.
Cuando un proponente oferte un porcentaje superior a 8% o inferior a cero (0%) o no realice ofrecimiento, obtendrá como puntaje cero (0) y se tomará como porcentaje de administración el cero (0%).
El ofrecimiento ganador entrará a hacer parte de las obligaciones del contrato y será objeto de verificación por parte de la Supervisión designada.
7.3. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de hasta diez (10) puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.1 del Decreto 1082 de 2015 y el Manual de los Incentivos en los Procesos de Contratación expedido por la Agencia Colombia Compra Eficiente, que regula lo relacionado con bienes y servicios de origen nacional, disponiendo que “son bienes nacionales los bienes inscritos en el Registro de Productores de Bienes Nacionales –RPBN”–, así mismo, establece que “son servicios nacionales aquellos prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana”.
De igual manera, conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 1 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto 19 de 2012, se otorgará tratamiento de servicio de origen nacional a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales.
Este último caso se demostrará mediante certificación escrita firmada por el Representante Legal.
Para el caso de bienes nacionales, los proponentes deberán acreditar dicho requisito mediante documento en el que conste la inscripción en el Registro de Productores de Bienes Nacionales – RPBN6, administrado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, para los bienes que ofrece.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 816 de 2003, los puntajes que se asignarán en cada uno de los casos serán:
Protección a la Industria Nacional | Puntaje |
Servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana o aplica el principio de reciprocidad. | 10 |
Servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana y personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional sin aplicación al principio de reciprocidad. | 5 |
Servicios prestados por personas extranjeras sin aplicación al principio de reciprocidad. | 0 |
Quien no cumpla con las exigencias definidas en este acápite, obtendrá cero (0) puntos en este criterio. El proponente deberá diligenciar el FORMATO 6 “Apoyo a la Industria Nacional”.
Nota. Con base en el resultado de lo anterior, se establecerá el orden de elegibilidad aplicable al presente proceso de selección.
7.4 CALIFICACIÓN DE LA OFERTA - APOYO A LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD
Para la calificación de este aspecto se asignará un (1) punto y se tendrá en cuenta lo establecido en el Decreto 392 de 2018, que regula lo relacionado con el sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad.
En este sentido, se asignará el puntaje a los proponentes que acrediten la vinculación de trabajadores con discapacidad en su planta de personal, de acuerdo a los siguientes requisitos:
1. La persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el revisor fiscal, según corresponda. Certificará el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección.
2. Acreditar el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual deberá estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.
6 Para el RPBN son bienes nacionales: (i) aquellos totalmente obtenidos en el territorio colombiano; (ii) los bienes elaborados en el país con materiales nacionales; y, (iii) bienes que hayan sufrido una transformación sustancial en función de un porcentaje mínimo de Valor Agregado Nacional o un proceso productivo sustancial.
Verificados los anteriores requisitos, se asignará el puntaje a quienes acrediten el número mínimo de trabajadores con discapacidad, señalados a continuación:
Número total de trabajadores de la planta de personal del proponente | Número mínimo de trabajadores con discapacidad exigido |
Entre 1 y 30 | 1 |
Entre 31 y 100 | 2 |
Entre 101 y 150 | 3 |
Entre 151 y 200 | 4 |
Más de 200 | 5 |
Para efectos de lo señalado en el presente numeral. Si la oferta es presentada por un consorcio, unión temporal, se tendrá en cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida para la respectiva contratación.
Quien no oferte ninguno de los criterios definidos en este numeral, obtendrá cero (0) puntos.
Nota. Con base en el resultado de lo anterior, se establecerá el orden de elegibilidad aplicable al presente proceso de selección.
7.5. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA LISTA DE PRECIOS (OFERTA ECONÓMICA) EN LA PLATAFORMA DEL SECOP II
El proponente debe tener en cuenta que la totalidad de su Oferta será enviada por medio del SECOP II. La lista de precios debe diligenciarse en el archivo de Excel FORMATO 4 y el proponente debe enviar el archivo en formato xls.
Para diligenciar la Lista de Precios del SECOP II, los proponentes deben tener en cuenta la información incluida en el presente numeral.
En cada ciudad se debe diligenciar el valor unitario por cada servicio.
Todos los valores unitarios de referencia incluyen impuestos y demás costos asociados.
El precio de referencia corresponde al valor máximo que pagará el Ministerio por cada ítem.
El valor de la propuesta económica no podrá superar los valores unitarios de referencia para cada servicio, ni el valor total de la sumatoria de los valores unitarios de referencia, así mismo no podrá superar la sumatoria del valor unitario de referencia por todas las ciudades, so pena de rechazo de la propuesta.
Los campos no diligenciados se entienden como oferta de valor en cero ($0) pesos.
El valor total de la oferta, incluye todos los costos, gastos de personal, impuestos, imprevistos y utilidad u otros gastos para la prestación del servicio a contratar de conformidad con las especificaciones técnicas definidas y debe considerar y contener todas las especificaciones allí descritas.
7.5.1. LISTA DE PRECIOS (OFERTA ECONÓMICA).
Para la presentación de la Lista de Precios se debe tener en cuenta lo siguiente:
La propuesta debe presentarse en pesos colombianos, que es la moneda oficial, conforme lo señala la Ley 31 de 1992; en caso de presentarse con centavos hasta 49 se ajustará al valor del peso inmediatamente anterior, de 50 en adelante se aproximará al valor del peso siguiente.
Cuando el valor total de la oferta exceda el presupuesto oficial asignado para el presente proceso o cuando supere el valor de los precios unitarios estimados (precios de referencia) o cuando supere la sumatoria de dichos precios unitarios, será rechazada la oferta.
El proponente debe ofrecer la totalidad de los bienes y/o servicios que conforman las actividades, con el lleno de los requisitos técnicos, para poder tener en cuenta su propuesta.
El valor debe incluir la totalidad de los costos directos o indirectos que genere la prestación del servicio y demás inherentes a la ejecución del contrato y por ningún motivo se considerarán costos adicionales.
En caso de no discriminar todos los costos directos e indirectos, o no expresar que éstos se encuentran incluidos en el valor de la propuesta, los mismos se entenderán comprendidos en dicho valor.
Se debe incluir en el valor de la oferta el IVA de los bienes y/o servicios ofrecidos y todos los impuestos a que haya lugar conforme a las normas tributarias vigentes. Si el proponente no discrimina el impuesto al valor agregado (IVA) u otro impuesto y la adquisición o servicio causa dicho impuesto, el Ministerio lo considera incluido en el valor total de la oferta y así lo aceptará el proponente.
El proponente debe proyectar el valor de la oferta por el tiempo de ejecución del contrato respectivo de forma responsable y previendo la totalidad de factores que integran los costos y gastos de la ejecución del contrato.
Serán de la exclusiva responsabilidad del proponente, los errores u omisiones en que incurra al indicar los costos y valores totales en su propuesta debiendo asumir los mayores costos o pérdidas que se deriven de dichos errores u omisiones.
Corrección Aritmética: Los errores de tipo aritmético que sean cometidos por el proponente en su oferta económica serán corregidos por la entidad y éste será el valor que tomará la entidad para efectos de evaluar la oferta. La corrección la realizará la entidad en el momento de la verificación y evaluación de las propuestas. Por error aritmético, se entiende aquel en que incurre el proponente cuando realiza una indebida operación matemática, pero con la certeza de las cantidades, requerimientos y valores. Las correcciones efectuadas a las ofertas de los proponentes, según el procedimiento anterior, serán de forzosa aceptación para éstos.
Son de cargo del adjudicatario el pago de los derechos, impuestos, tasas y otros conceptos que genere el contrato.
En el evento en que en la lista de precios existan errores y/o modificaciones en la descripción de los ítems, en el código respectivo, en la unidad y/o en la cantidad correspondiente, se entenderá que el proponente acoge en su integridad la descripción, codificación, unidades y/o cantidades establecidas en la lista de precios.
Para la evaluación de la oferta económica y ponderación de la misma, se tendrá en cuenta la sumatoria de los precios unitarios ofrecidos para todas las actividades, operación que realizará el Comité Técnico Evaluador.
El valor del contrato será el presupuesto oficial estimado el cual se ejecutará conforme a los valores unitarios ofrecidos por el proponente que resulte adjudicatario del presente proceso.
Con el diligenciamiento de la lista de precios se entenderán conocidas y aceptadas todas las especificaciones técnicas propias del proceso.
La no presentación de la lista de precios será causal de rechazo, toda vez que este requisito es parte integral de la oferta.
LA NO PRESENTACIÓN DE LA LISTA DE PRECIOS (OFERTA ECONÓMICA) SERÁ CAUSAL DE RECHAZO, TODA VEZ QUE ESTE REQUISITO ES PARTE INTEGRAL DE LA OFERTA.
CAPÍTULO VIII
TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO
8.1. DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.
El proponente adjudicatario, deberá presentar los siguientes documentos necesarios para la suscripción del contrato:
Cédula de Ciudadanía: Fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del representante legal o quien haga sus veces.
Fotocopia del RUT: Fotocopia del RUT del proponente y de cada uno de los miembros que lo integran, expedido por la DIAN.
Fotocopia del RIT: Fotocopia del RIT del proponente y de cada uno de los miembros que lo integran, expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá D.C. (en caso de que el contrato se vaya a ejecutar en esta ciudad).
Acreditación de Servicio Militar: Únicamente cuando se celebren contratos de prestación de servicios con persona natural, El MINISTERIO consultará y verificará en la página Web de la Dirección de Reclutamiento y Control Reservas de las Fuerzas Militares de Colombia la acreditación de dicho requisito por parte de los hombres menores de 50 años.
Certificación Bancaria: Certificación Bancaria de la cuenta donde el proponente adjudicatario quiere que se le consignen los pagos del contrato, expedida por la entidad financiera correspondiente.
8.2. MINUTA MODELO DEL CONTRATO A CELEBRAR.
El contrato a suscribir contendrá las siguientes cláusulas (no obstante, pueden ser objeto de ajustes sin variar sus aspectos sustanciales):
Entre los suscritos a saber , identificado con la cédula de ciudadanía número
, en su calidad de Secretario General del MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL (Nit. ), nombrado mediante Decreto N°. del , debidamente posesionado según Acta N°. del , legalmente facultado para contratar de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N°. de 201_ expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social y en la Ley
80 de 1993, quien en adelante para efectos del presente se denominará EL MINISTERIO y
, identificado con la cédula de ciudadanía N°. , obrando en nombre y representación de , en su condición de , sociedad constituida mediante Escritura Pública N°. de la Notaría de , identificada con NIT ; sociedad vigente hasta el , según consta en el Certificado de Existencia y Representación Legal o Inscripción de Documentos de fecha , expedido por la Cámara de Comercio de , quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, quién bajo juramento afirma no encontrarse incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad, señaladas en los artículos 8º y 9º de la Ley 80 de 1993, en la Ley 1474 de 2011, Ley 1778 de 2016 y demás disposiciones vigentes sobre la materia, ni ser responsable fiscalmente en virtud de lo señalado en la Ley 610 de 2000, de común acuerdo suscribimos el presente contrato de prestación de servicios, previas las siguientes consideraciones:
CLAUSULA PRIMERA. OBJETO: XXXX
CLÁUSULA TERCERA: CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS O ESENCIALES DEL BIEN O SERVICIO
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: Numeral 2.2 del documento de estudios previos y xxx xxxxxx de condiciones.
CLÁUSULA CUARTA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA, en
desarrollo del presente contrato, tendrá los siguientes derechos y obligaciones:
DERECHOS:
1. XXXXXXXXXXX
2. XXXXXXXXXXXXXX
3. XXXXXXXXXXX
4. XXXXXXXXXXXXXX
OBLIGACIONES:
Obligaciones Generales
A. XXXXXXXXXXXXXXXXX
B. XXXXXXXXXXXXXXXX
C. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Obligaciones Específicas
1. XXXXXXXXXXXXXXX
2. XXXXXXXXXXXXXXXXX
3. XXXXXXXXXXXXX
PARÁGRAFO PRIMERO. INFORMES: Con ocasión a la ejecución del contrato EL/LA CONTRATISTA, debe presentar los siguientes informes y productos:
INFORMES
1. XXXXXXXXXX
2. XXXXXXXXXX
PARÁGRAFO SEGUNDO. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN: El contratista se obliga a prestar apoyo a la acción del estado colombiano y el MINISTERIO, para fortalecer la transparencia y responsabilidad de rendir cuentas y en este contexto asume explícitamente los siguientes compromisos, sin perjuicio de la obligación de cumplir la Ley Colombiana: 1) No ofrecer ni dar sobornos, ni ninguna otra forma de halago o dadiva a ningún funcionario público en relación con su contrato. 2) No celebrar acuerdos o realizar actos o conductas que tenga por objeto la colusión en la ejecución del presente contrato.
CLÁUSULA QUINTA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL MINISTERIO: EL MINISTERIO, en desarrollo del
presente contrato, tendrá también los siguientes derechos y obligaciones:
1. XXXXXXXXXXXX
2. XXXXXXXXXXXX
3. XXXXXXXXXX
CLÁUSULA SEXTA. PROHIBICIONES: EL CONTRATISTA, se obliga de manera expresa a cumplir las siguientes reglas y limitaciones:
1. La garantía única y los amparos constituidos en los términos de este contrato no podrán ser modificados sino por disposición legal o con la autorización previa y escrita de EL MINISTERIO.
2. No iniciar la ejecución del contrato mientras no se cumplan los requisitos para ello. El CONTRATISTA no podrá solicitar pago alguno con cargo a este contrato por trabajos realizados sin el cumplimiento de los requisitos establecidos para ese efecto.
3. Las adiciones y prorrogas se acordarán por escrito.
4. EL CONTRATISTA sólo podrá ejecutar las actividades hasta la concurrencia del valor y tiempos pactados en este documento o en las adiciones y prorrogas que se suscriban.
CLAUSULA SÉPTIMA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato será a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución y hasta el 15 de diciembre de 2019 o hasta el agotamiento del valor del contrato, lo que ocurra primero.
CLÁUSULA OCTAVA. VALOR: El valor del presente contrato es hasta por la suma de DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS
TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($2.349.996.333), incluidos todos los costos directos o indirectos, valores agregados, gastos de personal y los impuestos, tasas y contribuciones que conlleve la celebración y ejecución total del contrato que resulte del presente proceso de selección.
El monto del contrato a suscribir será hasta por el valor total del presupuesto oficial asignado, y su ejecución será conforme a los valores unitarios ofertados y adjudicados, sin que se supere el máximo de recursos apropiados presupuestalmente por cada dependencia, discriminados en el cuadro anterior. El valor final del contrato corresponderá a lo realmente ejecutado conforme a las necesidades del Ministerio.
CLÁUSULA NOVENA. FORMA DE PAGO: El MINISTERIO pagará al CONTRATISTA así: XXXX
CLÁUSULA DÉCIMA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El valor de este contrato se financiará con recursos de la vigencia fiscal 2019 para lo cual se cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal, así: xxx
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. GARANTÍA ÚNICA: El contratista deberá constituir, a favor del Ministerio de Salud y Protección Social, la Garantía Única en los términos del artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015; que cubra los riesgos, en las cuantías y vigencias: XXXX
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. INDEMNIDAD: Con ocasión de la celebración y ejecución del presente contrato EL CONTRATISTA se compromete y acuerda en forma irrevocable a mantener indemne al MINISTERIO por cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. RESPONSABILIDAD: EL CONTRATISTA responderá civil y penalmente tanto por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, como por los hechos u omisiones que le fueren imputables y que causen daño o perjuicio al MINISTERIO, todo de conformidad con lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 56 de la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1474 de 2011.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. MULTAS: En caso xx xxxx o incumplimiento de las obligaciones por parte de EL CONTRATISTA y previo requerimiento e informe del interventor, EL MINISTERIO podrá imponer y hacer exigibles las multas diarias y sucesivas, equivalentes hasta por el uno por ciento (1%) del valor de este contrato, las cuales entre si no podrán exceder xxx xxxx por ciento (10%) del valor del mismo.
PARÁGRAFO: Para los efectos del cobro, se aplicarán las disposiciones establecidas en la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011 y demás disposiciones que regulen la materia. El pago o la deducción de dichas sanciones no exoneran a EL CONTRATISTA de su obligación de ejecutar el contrato, ni las demás responsabilidades y obligaciones del mismo.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total, defectuoso o parcial, al final del término de ejecución del contrato de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, éste (a) pagará al MINISTERIO a título xx xxxx y estimación anticipada de perjuicios, una suma equivalente hasta por el (25%) del valor del contrato. En el evento que los perjuicios superen el valor estimado en esta cláusula, EL MINISTERIO adelantará las acciones pertinentes para lograr su cobro imputando el valor pagado a dichos perjuicios. Lo dispuesto en la presente cláusula también podrá ser aplicado en el evento en que en cualquier momento de ejecución del contrato el monto de la totalidad de las multas sucesivas impuestas por el MINISTERIO iguale el diez por ciento (10%) del valor del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERALES,
SOMETIMIENTO A LA LEY NACIONAL y CADUCIDAD DEL CONTRATO: De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 14 al 18 de la Ley 80 de 1993, en concordancia con la Ley 1150 de 2007, las cláusulas excepcionales de interpretación, modificación y terminación unilaterales, sometimiento a la ley nacional y caducidad del contrato por parte de la Entidad, se entienden incorporadas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. SUPERVISIÓN: La Supervisión del contrato será ejercida de conformidad con lo establecido en las leyes vigentes aplicables a la materia y en la Resolución No Resolución No. 3243 de 2017 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.
La Supervisión estará a cargo del Director de Regulación de Beneficios, Xxxxxx y Xxxxxxx del Aseguramiento en Salud o la persona a quien éste designe y por el Jefe de la Oficina de Promoción Social o la persona a quien éste designe y del Director de Epidemiología y Demografía o la persona a quien éste designe.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder total ni parcialmente los derechos u obligaciones que adquiere por este contrato, a ninguna persona natural o jurídica, sin el consentimiento previo, expreso y escrito del MINISTERIO.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes en aras de solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas en la ejecución del presente contrato, acudirán a los mecanismos de solución previstos en la ley, tales como la conciliación amigable composición y transacción.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. DOMICILIO CONTRACTUAL Y LUGAR DE EJECUCIÓN: El domicilio contractual
será la ciudad de Bogotá, D.C. La ejecución del objeto contractual se realizará en el Territorio Nacional. La entrega de los bienes deberá realizarse en el almacén que disponga el Ministerio.
CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA. RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD: Toda la información que pueda conocer, manejar o desarrollar EL CONTRATISTA, durante la vigencia del presente contrato, será confidencial e intransferible, salvo que sea calificada como pública por parte del MINISTERIO. La información confidencial sólo podrá ser utilizada con el propósito de cumplir con el servicio contratado, quedándole prohibido a quien la recibe, compartirla con terceros. PARÁGRAFO. La violación a esta cláusula y/o la ejecución de acciones en contra del Sistema de Información del MINISTERIO serán consideradas conductas punibles de acuerdo con la Ley 1273 del 5 de enero de 2009.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. LIQUIDACIÓN: El presente contrato se liquidará de común acuerdo entre las partes, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su finalización. La liquidación se efectuará mediante acta en la cual se describirán en forma detallada las actividades desarrolladas y los recursos ejecutados. En aquellos casos en que EL CONTRATISTA no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no llegaren a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la misma podrá ser realizada en cualquier tiempo dentro de los dos años siguientes, de mutuo acuerdo o unilateralmente. PARAGRAFO: En el evento en que el tipo de contratación o la naturaleza de las prestaciones impliquen la existencia de obligaciones exigibles con posterioridad al plazo de ejecución acordado, se deberá realizar una liquidación parcial de aquellas que hayan cesado con el vencimiento del plazo contractual. Para las obligaciones que subsistan, se deberá realizar una liquidación final en la cual se efectué el cierre total del contrato, teniendo en cuenta que para ésta también se aplicarán los términos y condiciones establecidos en la presente cláusula.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Para todos los efectos, son
documentos de este contrato y por lo tanto hacen parte integral del mismo, los documentos elaborados en desarrollo del proceso de selección, la propuesta presentada por el proponente adjudicatario y todos los aquí citados, salvo en lo que se le opongan, así como los que se generen con ocasión a la ejecución contractual y con posterioridad a esta.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. GASTOS: Todos los gastos que se requieran para el perfeccionamiento y ejecución del contrato e iniciación del plazo de ejecución del mismo serán por cuenta del CONTRATISTA, así como los impuestos a que haya lugar.
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. RESPONSABILIDAD AMBIENTAL: EL CONTRATISTA se compromete a
dar cumplimiento a las normas legales de protección ambiental vigentes en Colombia, así como a la normatividad interna del MINISTERIO, relacionadas con el deber de proteger el medio ambiente y los recursos naturales y realizar la disposición final de residuos peligrosos, con responsabilidad social en procura del desarrollo sostenible del medio ambiente.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes. Para su ejecución se requiere del registro presupuestal, de la aprobación de la Garantía por parte del MINISTERIO y la suscripción del Acta de Inicio por las partes.
Para constancia se firma en Bogotá D.C., el
EL MINISTERIO EL CONTRATISTA
CAPÍTULO IX
ANEXOS, FORMATOS Y DOCUMENTOS
Anexos: Para efectos del presente proceso de selección, se entiende por Xxxxxx, aquellos documentos emitidos por el Ministerio, que contienen información propia del proceso o de la Entidad, para conocimiento de los proponentes, y que tienen como finalidad aportar elementos que permitan a los interesados elaborar su oferta.
Formatos: Para efectos del presente proceso de selección, se entiende por Formatos, aquellos documentos emitidos por el Ministerio, para que el proponente diligencie la información necesaria para la verificación de condiciones de los proponentes, de la propuesta, o para la presentación del ofrecimiento.
Documentos: Para efectos del presente proceso de selección, se entiende por Documentos, todos aquellos soportes que deba aportar el proponente y que son distintos de los formatos. Estos tienen por finalidad soportar las condiciones del proponente, de la propuesta o del ofrecimiento.
En atención a lo anterior, a continuación, se presenta el listado de los mismos, a fin de facilitar su identificación.
ANEXOS
Anexo N° 1 | LISTADO PRELIMINAR DE REQUERIMIENTOS PARA EVENTOS 2019 |
Anexo N° 2 | GUIA DE ALIMENTACIÓN SALUDABLE 2019 |
Anexo N° 3 | MATRIZ DE RIESGOS |
Anexo N° 4 | COMPARATIVO PARA DETERMINAR VALORES DE REFERENCIA |
FORMATOS
Formato N° 1 | |
Formato N° 2 | EXPERIENCIA DEL PROPONENTE - REQUISITO HABILITANTE |
Formato N° 3 | CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL– PARA PERSONAS EXTRANJERAS |
Formato N° 4 | OFERTA ECONÓMICA-LISTA DE PRECIOS – EVENTOS 2019 |
Formato N° 5 | CALIDAD-OFRECIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE PUNTAJE-FACTOR TÉCNICO |
Formato N° 6 | APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL |
Formato N° 7 | MODELO DE CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL |
Las anteriores enunciaciones, sin perjuicio de los documentos soporte que acrediten condiciones particulares del proponente o de su propuesta.
Bogotá D. C., Señores
FORMATO 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Ciudad
REF. PROPUESTA PARA EL PROCESO No. MSPS-LP-003 -2019
El suscrito actuando como (persona natural , representante legal de la sociedad , representante del Consorcio o Unión Temporal , integrado por o como apoderado de según poder debidamente conferido y adjunto a la presente), de acuerdo con las condiciones que se establecen en los documentos de la contratación de la referencia, me permito presentar propuesta para el proceso , de la siguiente manera:
El suscrito afirma bajo la gravedad del juramento que no existen causales de inhabilidad o incompatibilidad ni conflicto de intereses y/ o prohibiciones, de las señaladas en la Constitución Política, en la Ley, especialmente en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993 modificada por la Ley 1150 de 2007 y la Ley 1882 de 2018, la Ley 1474 de 2011, la Ley 1778 de 2016 y demás normas concordantes, que impidan la participación del oferente en el presente proceso y en la celebración y ejecución del respectivo contrato.
Igualmente, declaro bajo la gravedad del juramento, que toda la información aportada y contenida en mi propuesta es veraz y susceptible de comprobación.
Que conocemos, cumplimos y aceptamos todas y cada una de las especificaciones técnicas comprendidas en el pliego de condiciones necesarias para el cumplimiento del objeto contractual
Que la compañía no se encuentra inmersa en ninguna causal de disolución, de conformidad con la legislación comercial vigente.
Que nos acogemos a todas las condiciones generales y particulares establecidas en el Pliego de Condiciones.
Que nuestra propuesta tiene una validez de tres (3) meses contados a partir de la fecha definitiva de cierre de la presente contratación.
Que, en caso de resultar favorecidos con la adjudicación del contrato, nos comprometemos a presentar dentro del término que indique el Ministerio, la garantía y demás documentos para el perfeccionamiento y ejecución del contrato. Además, que en caso de resultar adjudicatario del proceso cumpliremos con todas y cada una de las obligaciones previstas en el Pliego de Condiciones, especialmente con la totalidad de las especificaciones técnicas comprendidas en el numeral 2.2 xxx xxxxxx y la propuesta presentada.
Que asumimos por nuestra cuenta y riesgo la totalidad de los costos que demande la ejecución del objeto del contrato.
Que manifiesto a la Entidad que SI NO , acepto que la notificación o comunicación de los actos que
se deriven de este proceso, sea realizada a través de medio electrónico.
Que los siguientes documentos de nuestra propuesta cuentan con reserva legal: , según las
siguientes normas (En el evento de no realizar manifestación, se asumirá que ninguno de los
documentos cuenta con reserva legal)
Que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, informo, (para el caso de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal), que el (Consorcio o la Unión Temporal indicar nombre completo), de conformidad con el acuerdo de asociación será representada legalmente por (nombre cédula), y la facturación para efectos de pago del contrato se hará a nombre de (nombre completo, Nit, cédula, Indicar participación si la hay).
Adicionalmente, realizo las siguientes manifestaciones:
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y del MINISTERIO para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
2. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores del MINISTERIO, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
3. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el proceso MSPS-LP-003-2019.
4. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el proceso MSPS-LP-003-2019 nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
5. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido de las anteriores manifestaciones (Compromiso Anticorrupción), explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
El suscrito señala como su dirección a donde se pueden remitir por correo notificaciones relacionadas con este proceso, la siguiente:
Dirección:
Ciudad:
Teléfonos:
Fax:
Email:
PROPONENTE
C.C. No.
Firmada por el proponente, o por el representante legal de la persona jurídica, del Consorcio o de la Unión Temporal, según sea el caso.
EXPERIENCIA DEL PROPONENTE - REQUISITO HABILITANTE MSPS-LP-003-2019
De conformidad con las previsiones de la Ley 1150 de 2007 y el decreto 1082 de 2015, la experiencia acreditada, es la experiencia del proponente que se relaciona directamente con el objeto contractual en un proceso de selección determinado
No. | Numero de consecutivo del reporte del contrato ejecutado en el RUP | Nombre Contratista | Nombre Contratante | Valor del Contrato Ejecutado expresado en SMMLV | CODIGO (codificación de bienes y servicios de acuerdo con el código estándar de productos y servicios de Naciones Unidas, V.14.080, (UNSPSC) ) CON EL CUAL SE EJECUTO EL CONTRATO | Participación en el Contrato (ejecución en UT o C(*) | Porcentaje de participación en el VALOR EJECUTADO en caso de Consorcio y Uniones Temporales (*) | No. De Folio en su propuesta | |||
SEGMENTO | FAMILIA | CLASE | PRODUCTO | UT- C | (%) | ||||||
1 | 00 | ||||||||||
2 | 00 | ||||||||||
3 | 00 | ||||||||||
4 | 00 |
(*) Información solo si se ejecutó en unión temporal o consorcio
NOMBRE DEL PROPONENTE:
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE:
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL:
IDENTIFICACIÒN DEL REPRESENTANTE LEGAL:
FIRMA:
Firmada por el proponente, o por el Representante Legal de la Persona Jurídica, del Consorcio o de la Unión Temporal, según sea el caso
CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL– PARA PERSONAS EXTRANJERAS - MSPS-LP-003-2019
Nombre del proponente:
1. Resumen de cuentas de balance general y estado de resultados al 31 de diciembre de 2018
Cuenta | Proponente singular | Proponente plural | ||
Proponente (Valor en millones pesos) | Participante No. 1 (valor en pesos) | Participante No. 2 (valor en pesos) | Participante No.3 (Valor en pesos) | |
Activo corriente | ||||
Activo total | ||||
Pasivo corriente | ||||
Pasivo total | ||||
Utilidad Operacional | ||||
Gastos de Interés |
2. Capacidad Financiera
Proponente individual | Proponente plural | ||||
Porcentaje de participación | 100% | (indicar % participación) | (indicar % participación) | (indicar % participación) | 100% |
Indicador | Índice del proponente | Índice del Participante No. 1 | Índice del Participante No. 2 | Índice del Participante No. 3 | Índice del proponente Plural |
Índice de Liquidez | |||||
Índice de Endeudamiento | |||||
Razón de Cobertura De Intereses |
* Si el proponente es plural y tiene más de tres participantes debe insertar las columnas adicionales en la tabla anterior
3. Capacidad Organizacional
Proponente individual | Proponente plural | ||||
Porcentaje de participación | 100% | (indicar % participación) | (indicar % participación) | (indicar % participación) | 100% |
Indicador | Índice del proponente | Índice del Participante No. 1 | Índice del Participante No. 2 | Índice del Participante No. 3 | Índice del proponente Plural |
Rentabilidad sobre Activos | |||||
Rentabilidad sobre el Patrimonio |
* Si el proponente es plural y tiene más de tres participantes debe insertar las columnas adicionales en la tabla anterior
Adjunto al presente certificado están los Estados Financieros auditados a 31 de diciembre de 2016, con sus notas. Declaramos bajo la gravedad del juramento, comprometiendo nuestra responsabilidad personal y la responsabilidad institucional de las personas jurídicas que representamos, que la información consignada en los estados financieros y en el presente formato es cierta.
Firma Representante legal Firma Revisor Fiscal o contador
Nombre: Nombre:
Documento de identidad Documento de identidad
Nota: Si se trata de proponente plural, el revisor fiscal o contador de cada uno de los miembros del proponente plural debe firmar e incluir sus datos en el presente formato.
FORMATO 4 OFERTA ECONÓMICA
LISTA DE PRECIOS – EVENTOS 2019 MSPS-LP-003-2019
(VER ARCHIVO DE EXCEL ADJUNTO)
CALIDAD
OFRECIMIENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE PUNTAJE-FACTOR TÉCNICO MSPS-LP-003-2019
Ofrecimiento adicional | Ofrezco (si / no) |
Ofrezco sin costo personal Orientador y de Registro, en una disponibilidad de 1 por cada 50 participantes para cada evento. | |
Ofrezco el siguiente porcentaje de administración para los servicios sin precio de referencia. | % |
En la columna correspondiente al ofrecimiento del personal orientador y de registro el proponente debe señalar de manera expresa si ofrece o no los servicios adicionales utilizando las palabras SI o NO, de acuerdo a su ofrecimiento.
Para el caso del porcentaje de administración el proponente debe indicar el porcentaje ofrecido, el cual no debe ser superior al 8%.
Firma del proponente
C.C. No.
Firmada por el proponente, o por el Representante Legal de la Persona Jurídica, del Consorcio o de la Unión Temporal, según sea el caso.
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL MSPS-LP-003-2019
El proponente deberá diligenciar con una X la casilla que corresponda a su ofrecimiento.
En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 816 de 2003, me permito manifestar que los servicios ofrecidos son:
PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL | Marque con una equis (X) |
Servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana o aplica el principio de reciprocidad. | |
Servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana y personas extranjeras de acuerdo con la legislación nacional sin aplicación al principio de reciprocidad. | |
Servicios prestados por personas extranjeras sin aplicación al principio de reciprocidad |
NOMBRE DEL PROPONENTE: IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE: NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL:
IDENTIFICACIÒN DEL REPRESENTANTE LEGAL: FIRMA:
FORMATO 7
MODELO DE CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
MSPS-LP-003-2019
(Use la opción que corresponda, según certifique el Representante Legal o el Revisor Fiscal)
Yo, , identificado con , en mi condición de Representante Legal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos laborales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. Ó
Yo, , identificado con , y con Tarjeta Profesional No. de la Junta Central de Contadores de Colombia, en mi condición de Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de , luego de examinar de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia, los estados financieros de la compañía, certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de la propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos laborales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)
Estos pagos, corresponden a los montos contabilizados y pagados por la compañía durante dichos 6 meses. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Dada en , a los ( ) del mes de de _
FIRMA
NOMBRE DE QUIEN CERTIFICA