Contract
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX (CÓRDOBA).
En Sevilla, a 14 xx xxxxx de 2016.
Objeto: Colaboración entre ambas instituciones para la representación por parte de los alumnos del Centro Xxxxxxx xx Xxxxx del proyecto cultural denominado “TALLER CENTRO XXXXXXX XX XXXXX”, a celebrar en el Teatro Municipal “Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx” de la localidad xx Xxxxxxx (Córdoba), el día 24 xx xxxxx de 2016.
De una parte, Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Gerente de la AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, en virtud del Decreto 130/2011, de 19 xx xxxxx, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y de conformidad con la delegación de funciones autorizada por el Consejo Rector en sesión celebrada el día 7 de diciembre de 2012, dentro del punto 7 del Orden del día, actuando en nombre y representación de la AGENCIA ANDALUZA DE INSTITUCIONES CULTURALES, entidad adscrita a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, constituida en la Ley 3/1991 de 28 de Diciembre, y Decreto 46/1993, transformada en Agencia Pública Empresarial en el artículo 20.1 de la Ley 1/2011 de 17 de febrero, aprobándose sus estatutos en Decreto 103/2011 de 19 xx xxxxx, con domicilio en el Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx X, Xxxx xx xx Xxxxxxx x/x, 00000 Xxxxxxx, con CIF Q-9155027-G.
Y de otra parte, Xxx Xx Xxxxxx Xxxxxx, Alcaldesa/Presidenta del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX (CÓRDOBA), en virtud de lo acordado en la Sesión Constitutiva del Pleno Municipal celebrado el día 13 xx xxxxx de 2015, actuando en nombre y representación del EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX, con domicilio en Xxxxx xx Xxxxxx, xx 0, 00000 xx Xxxxxxx (Xxxxxxx) y con CIF: X0000000X (en adelante el Ayuntamiento).
Ambas partes que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN y, a tal efecto,
EXPONEN
I.-Antecedentes.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, tiene reconocido expresamente entre sus funciones, artículo 6.2.a) de sus estatutos, la investigación, gestión, producción, fomento, formación y divulgación de las artes plásticas, las artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía y las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones, y actividades culturales.
El Ayuntamiento xx Xxxxxxx, en virtud de las competencias que le atribuye la Ley de Bases de Régimen Local puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, incluyendo actividades o instalaciones culturales y deportivas, ocupación del tiempo libre y turismo.
II.- Fines del acuerdo.
Ambas Instituciones están interesadas en colaborar en la celebración del programa cultural “Taller Centro Xxxxxxx xx Xxxxx”, al objeto de auspiciar el acceso por parte de los ciudadanos y ciudadanas a los bienes culturales que conforman nuestro patrimonio, fomentando la creación, experimentación e interpretación de los distintos artistas andaluces.
Xxxx. Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx X. Xxxx xx xx Xxxxxxx. 00000 Xxxxxxx Tfn.: 000 000 000 Fax: 000 000 000 NIF Q-9155027-G
Correo-e: xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xx
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto del convenio.
Es objeto de este convenio regular la colaboración entre ambas instituciones para la celebración del programa “Talleres Finales del Centro Xxxxxxx xx Xxxxx”, de los alumnos del Centro Xxxxxxx xx Xxxxx y que se exhibirá en el Teatro Municipal “Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx” de la localidad xx Xxxxxxx, con el espectáculo “Movimiento y Compás”, el próximo día 24 xx xxxxx de 2016, a las 21.00 horas.
SEGUNDA.- Obligaciones del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
2.1.- El Ayuntamiento se obliga a realizar las gestiones de publicidad y logística necesarias para el buen desarrollo de la actividad.
2.2.- Prestará asistencia técnica, de iluminación, sonido y maquinaria, que requiera el espectáculo para su representación, encargándose del suministro de agua para todos los participantes.
Respecto a la ficha técnica, así como a los equipos de luz y sonido, serán facilitados por el espacio escénico con el material propio disponible, al objeto de cubrir las necesidades técnicas.
2.3.- Suministrará el correspondiente equipo técnico y humano necesario para la descarga de material, montaje, representación y desmontaje del espectáculo. El montaje se efectuará el día 23 xx xxxxx y el Ayuntamiento cederá a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales el Teatro Municipal para los ensayos del espectáculo.
2.4.- Suministrará agua mineral el día de la función para los artistas 2.5.- El Ayuntamiento se hará cargo de los Derechos de Autor.
TERCERA.- Obligaciones de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se compromete a la representación del espectáculo “Movimiento y Compás” dentro los Talleres finales del Centro Xxxxxxx xx Xxxxx por los alumnos del centro en el lugar, fecha y hora señalados en la cláusula primera del convenio.
CUARTA.- Taquilla.
El precio de las localidades se fijará en CINCO EUROS (5,00€) la entrada. El importe de la recaudación será integro para la Agencia y se entregará a Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, al finalizar la función. La Agencia emitirá la factura correspondiente de la actuación.
QUINTA.- Invitaciones.
El Ayuntamiento pondrá a disposición de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales las invitaciones necesarias que requiera, hasta un máximo de 50 invitaciones, antes de la hora de comienzo de la función.
SEXTA.- Vigencia.
El presente convenio estará en vigor desde el día de su firma hasta el día 25 xx xxxxx de 2016, una vez finalizado el desmontaje de la actuación objeto del convenio.
SÉPTIMA.- Publicidad y Difusión.
5.1.- En toda publicidad que se realice, sobre cualquier soporte o formato, deberá aparecer la siguiente leyenda.
Con la colaboración de:
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales CONSEJERÍA DE CULTURA
JUNTA DE ANDALUCÍA
(Con el logotipo institucional)
Dicha leyenda deberá insertarse en lugar destacado. La publicidad que se realice deberá haber sido acordada por ambas partes con carácter previo. La no observancia de lo estipulado en esta cláusula podrá motivar la resolución del presente Convenio.
5.2.- La presentación pública de la actividad objeto de este Convenio, deberá realizarse con el consenso de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
OCTAVA.- Comisión de Seguimiento.
Las partes crean una Comisión de Seguimiento integrada por un miembro de cada una de las partes. A esta Comisión le corresponderá realizar el seguimiento del cumplimiento de lo establecido en el presente acuerdo.
El régimen de funcionamiento interno y el régimen de convocatoria de reuniones se ajustará a lo establecido en los artículos 26 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 9/2007 de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
NOVENA.- Resolución.
El incumplimiento por alguna de las partes, de cualquiera de las obligaciones contraídas en el presente convenio, facultará a la otra para proceder a su resolución sin que ello excluya la indemnización por daños y perjuicios a que pudiera tener derecho.
Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en el caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como: incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las representaciones por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar.
La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.
DÉCIMA.- Transparencia y acceso a la información pública.
El convenio suscrito podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de la Transparencia en aplicación a lo dispuesto en la Ley 1/2014, de 24 xx xxxxx, de Transparencia Pública de Andalucía –artículo 15 b)- y demás normativa de desarrollo de la misma.
UNDÉCIMA.- Confidencialidad.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, los datos que constan en este contrato quedarán incorporados a un fichero de contactos titularidad de esta Agencia, identificado como gestión económica, el cual tiene por finalidad la gestión económica y contable de la entidad, pudiendo interesarse el acceso, modificación, rectificación y cancelación de datos mediante escrito dirigido la Unidad de Servicios Jurídicos o bien a través de la cuenta de correo electrónico xxxx.xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xx, identificando en ambos casos el nombre del fichero.
El Ayuntamiento se obliga a guardar el debido sigilo profesional de cuanta información tenga conocimiento para cumplimiento del presente convenio, tratará los datos conforme a las instrucciones de esta Agencia y no los aplicará o utilizará con fin distinto, ni los comunicará o cederá, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Además, deberá cumplir las medidas técnicas y organizativas estipuladas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal. De igual modo, el Ayuntamiento se compromete a no conservar copia alguna de información personal, y destruir o devolver por tanto los datos facilitados por esta Agencia, una vez finalizada la vigencia del presente convenio. Cuando, por el contrario, el cumplimiento del objeto del convenio no requiera el acceso por parte del Ayuntamiento a datos de carácter personal, se prohíbe expresamente dicho acceso y, si por cualquier causa tuviere lugar, se establece la obligación xx xxxxxxx respecto a los datos que se hubieran podido conocer con ocasión de su ejecución.
DUODÉCIMA.- Colaboración entre las partes.
Las partes firmantes del presente convenio colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
DECIMOTERCERA.- Interpretación y resolución de conflictos.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial, sin perjuicio del sometimiento a la Jurisdicción competente.
DECIMOCUARTA.- Competencias.
Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, por triplicado ejemplar y a un solo efecto.
Fdo: Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxx.: Xxx Xx Xxxxxx Xxxxxx
GERENTE DE LA AGENCIA ANDALUZA DE ALCALDESA/PRESIDENTA DEL
INSTITUCIONES CULTURALES AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX