AYUNTAMIENTO DE CALASPARRA
AYUNTAMIENTO DE CALASPARRA
Documento: | Pliego de Condiciones Particulares. |
Asunto: | Inicio de Expediente de Oficio Genérico |
Expediente Nº: | 330/2024 |
Servicio: | SECRETARÍA |
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
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CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación
Constituye el objeto del contrato el arrendamiento por este Ayuntamiento del siguiente bien calificado como patrimonial:
Referencia catastral | 30013A001000760000RR |
Xxxxxxxxxxxx | Xxxxxxxx 0 Xxxxxxx 00 (Rotas) |
Superficie | 43.161 m2 |
Uso | Sin uso |
Clase | Rústico |
Valoración | 107.902,5 euros |
Nº de Inscripción Inventario Municipal | 301 |
Finca Registral Registro Propiedad nº | 15.203 |
El código de verificación (CSV) permite la verficación de la integridad de una copia de este documento electrónico. Este documento incorpora firma electrónica de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx/xxxxx.xxx?xxxxxxxx00000
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 214/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación.
La forma de adjudicación del contrato de arrendamiento será la subasta, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
La adjudicación del contrato se realizará utilizando los criterios de adjudicación establecidos en la cláusula octava del presente pliego de condiciones.
CLÁUSULA TERCERA. Publicidad
Con el fin de asegurar la transparencia y acceso público a la información de este concurso, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, el Ayuntamiento hará pública la convocatoria mediante publicación en la Plataforma de Contratos del Sector Público, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Calasparra.
CLÁUSULA CUARTA. Presupuesto Base de Licitación
Documento firmado por:
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX (AYUNTAMIENTO DE CALASPARRA)
Cargo:
Alcaldesa-Presidenta
Fecha/hora:
23/01/2024 09:45
El presupuesto base de licitación asciende a la cuantía de 6.474,15 euros, dado que el valor de la renta asciende a la cantidad de 539,51 euros mensuales, cantidad determinada conforme a lo establecido en el artículo 92.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, el arrendatario deberá satisfacer un precio o canon, que no podrá ser inferior al 6% del valor en venta del bien, según valoración realizada por los Servicios Técnicos Municipales, que podrá ser mejorada al alza por los licitadores.
Actualización de la renta: anualmente conforme a la subida del IPC.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de arrendamiento se fija en 20 años, máximo fijado, de conformidad con el artículo
106.3 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
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CLÁUSULA SEXTA. Aptitud para Contratar.
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
7.1 Condiciones previas
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta.
7.2 Lugar y plazo de presentación de ofertas
El código de verificación (CSV) permite la verficación de la integridad de una copia de este documento electrónico. Este documento incorpora firma electrónica de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx/xxxxx.xxx?xxxxxxxx00000
El plazo de presentación de ofertas será de 10 días contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en la Plataforma de Contratos del Sector Público y sede electrónica del Ayuntamiento de Calasparra.
La presentación de las ofertas se realizará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
El órgano competente recabará de otros órganos y registros de las Administraciones y entidades públicas la consulta y transmisión electrónica de datos y documentos que se requieran referentes a la capacidad y solvencia de los licitadores, salvo que conste su oposición expresa.
En el caso de que concurrieran personas no obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y opten por la presentación física de su proposición, podrán hacerlo en la oficina de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento de Calasparra, sita en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx, 00, en su horario de atención al público.
7.3. Contenido de las proposiciones
En aplicación del artículo 85 del Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar el arrendamiento del bien "Parcela nº 76 del Polígono 1". La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Oferta Económica y Documentación que permita la valoración de las ofertas según los criterios de adjudicación.
Documento firmado por:
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX (AYUNTAMIENTO DE CALASPARRA)
Cargo:
Alcaldesa-Presidenta
Fecha/hora:
23/01/2024 09:45
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos, así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
— En cuanto a personas jurídicas, la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
— En cuanto a personas físicas, el órgano competente utilizará medios electrónicos para verificar su identidad, mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente, salvo que conste la oposición expresa del interesado, en cuyo caso deberá presentar dicho documento.
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— Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, acreditarán la representación de cualquier modo adecuado en Derecho.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— El órgano competente utilizará medios electrónicos para verificar la identidad de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente, salvo que conste la oposición expresa del interesado, en cuyo caso deberá presentar dicho documento.
b) Una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas en este pliego. Se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
, con domicilio a efectos de notificaciones en ,
, n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad
, con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación
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, ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del arrendamiento de la parcela .
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el pliego de cláusulas administrativas particulares para ser adjudicatario, en concreto:
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es .
En caso de sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, se deberá indicar:
□ Deseo ser notificado por medios electrónicos.
□ Deseo ser notificado mediante correo postal.
□ Me opongo a expresamente a que se consulten o recaben estos datos o documentos a través de las redes corporativas o mediante consulta de la Plataforma de Intermediación de Datos u otros sistemas electrónicos habilitados para ello.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Documento firmado por:
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX (AYUNTAMIENTO DE CALASPARRA)
Cargo:
Alcaldesa-Presidenta
Fecha/hora:
23/01/2024 09:45
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante,
Fdo.: »
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SOBRE «B»
OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN QUE PERMITA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS SEGÚN LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
a) Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
« , con domicilio a efectos de notificaciones en , con NIF n.º , en representación de la Entidad , con NIF n.º , enterado del expediente para el arrendamiento del bien inmueble [vivienda/local/nave/…], mediante concurso anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia, hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y ofertando por el bien la cantidad de euros.
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: ».
b) Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.
CLÁUSULA OCTAVA. Criterios de Adjudicación
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la mejor oferta se atenderá a los siguientes criterios de adjudicación:
1. Oferta económica
— La mejor oferta económica.
CLÁUSULA NOVENA. Mesa de Licitación.
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XXXXXX XXXXXX XXXXXXX (AYUNTAMIENTO DE CALASPARRA)
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Alcaldesa-Presidenta
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23/01/2024 09:45
Dentro los diez días hábiles siguientes a la conclusión del plazo fijado para la presentación de proposiciones se constituirá la mesa de licitación.
La mesa de licitación estará compuesta por:
— D. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, (Concejal de Patrimonio), que actuará como Presidente de la Mesa.
— D. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx, Vocal, (Secretario de la Corporación).
— Dña. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, como Vocal (Interventora Municipal).
— D. Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, como Vocal (Concejal de Desarrollo Local).
— D. Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx-Xxxxxxxx, como Vocal (Arquitecto Municipal).
— Dña. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, como vocal (Ingeniera Municipal).
— D. Xxxxx Xxxxx Xxxxx Xxx, como vocal (Ingeniero Municipal).
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— D. Xxxx Xxxxxx Xxxxx, que actuará como Secretario de la Mesa.
CLÁUSULA DÉCIMA. Apertura de Ofertas.
Constituida la mesa de licitación, procederá a examinar la documentación recogida en el primer sobre, y si apreciara la existencia de errores subsanables, lo notificará a los interesados para que en un plazo máximo de cinco días procedan a dicha subsanación. Transcurrido este plazo, la mesa determinará qué licitantes se ajustan a los criterios de selección señalados en el pliego.
En el lugar y hora señalados en el anuncio y en acto público, se procederá a la lectura de la lista de licitantes admitidos, y se realizará la apertura de los sobres que contengan las proposiciones al concurso, pudiendo rechazarse en el momento aquellas que se aparten sustancialmente del modelo o comportasen error manifiesto.
En el plazo máximo de un mes a contar desde la celebración de dicho acto, la mesa analizará las propuestas atendiendo a los criterios y al procedimiento fijados en el pliego, y podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y que se relacionen con el objeto del concurso.
El código de verificación (CSV) permite la verficación de la integridad de una copia de este documento electrónico. Este documento incorpora firma electrónica de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx/xxxxx.xxx?xxxxxxxx00000
Determinada por la mesa la proposición más ventajosa, se levantará acta, sin que la propuesta de adjudicación cree derecho alguno a favor del adjudicatario propuesto.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Requerimiento de Documentación
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo de 10 días, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos exigidos por el pliego de cláusulas administrativas particulares.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador renuncia al arrendamiento.
En caso de renuncia podrá procederse, bien a la adjudicación a la segunda oferta más ventajosa, bien a la declaración motivada del concurso como desierto.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Fianza.
A la celebración del contrato, será obligatoria la exigencia y prestación de una fianza en metálico de dos mensualidades.
La garantía se depositará:
En la Tesorería Municipal, o números de cuenta del Ayuntamiento, facilitada por ésta.
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XXXXXX XXXXXX XXXXXXX (AYUNTAMIENTO DE CALASPARRA)
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Alcaldesa-Presidenta
Fecha/hora:
23/01/2024 09:45
Lo acordado sobre se presumirá querido también para la actualización de la fianza.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato.
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato en el plazo de 15 días desde la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego, salvo motivos de interés público debidamente justificados.
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La resolución del concurso se publicará en la Plataforma de Contratos del Sector Público, y en la sede electrónica del Ayuntamiento y se notificará a los licitadores.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Oblicaciones del Arrendatario.
El arrendatario estará obligado a:
— Utilizar el inmueble para destinarlo a su puesta en valor, o bien a la mejora de sus propias explotaciones, conforme a su propia naturaleza.
— Solicitar las licencias y autorizaciones que sean pertinentes para el desarrollo de la actividad, no pudiéndose ejercer ésta en el caso de que la autorización sea preceptiva.
— Abonar la renta, que asciende a 539,51 euros mensuales, que se abonarán en la Tesorería Municipal, o cuentas municipales facilitadas por ésta, entre los días del 1 al 5 de cada mes.
— Suscribir una póliza de seguros que responda de los daños que puedan producirse.
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— El arrendatario, previo consentimiento expreso del arrendador, podrá realizar las obras que considere necesarias, aunque ello conlleve una modificación de la configuración de la parcela.
— Orientar la explotación ocasionando los mínimos perjuicios al medio ambiente y a los habitantes de los Municipios colindantes.
— Solicitar autorización para la apertura de caminos y pistas de acceso a la explotación, abonando en su caso los gastos que se deriven de ellos.
— Finalizada la actividad, eliminar la totalidad de instalaciones utilizadas para llevar a cabo esta y efectuar las reposiciones oportunas.
— Respetar la normativa vigente en protección de datos.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Obligaciones del Ayuntamiento.
Serán obligaciones del arrendador:
— Facilitar la realización de la actividad dentro del respeto al entorno humano y natural.
— Finalizada la explotación, reutilizar el terreno afectado en función de las necesidades de la población local.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Extinción del Contrato.
El contrato se extinguirá por cumplimiento o resolución.
A estos efectos, serán de aplicación además de lo contenido en el presente pliego de cláusulas administrativas
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XXXXXX XXXXXX XXXXXXX (AYUNTAMIENTO DE CALASPARRA)
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Alcaldesa-Presidenta
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particulares, el Código Civil y demás disposiciones de derecho privado que sean de aplicación.
Se considerará causa de resolución del contrato la falta del pago del precio, en los plazos y forma establecidos en el presente Pliego.
La aplicación de las causas de resolución, sus efectos así como el procedimiento correspondiente y la indemnización por daños y perjuicios que proceda, se ajustarán a lo dispuesto en las disposiciones de derecho privado (Código Civil) de aplicación con las salvedades establecidas en este pliego.
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CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Formalización del Contrato.
El plazo para la suscripción del contrato será de 15 días a contar desde la adjudicación.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Confidencialidad y Tratamientos de Datos.
18.1 Confidencialidad
El futuro contratista deberá respetar la normativa vigente en materia de protección de datos.
El adjudicatario (como encargada del tratamiento de datos) y [en su caso] su personal, en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos).
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Esta obligación es complementaria de los deberes xx xxxxxxx profesional y subsistirá aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento).
18.2 Tratamiento de Datos
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.
En relación con el tratamiento de datos personales de los licitadores, quedan informados de los siguientes datos:
Responsable | |
Finalidad Tratamiento de Datos | Gestión de la información pública que sobre un proceso de contratación debe facilitarse a través de internet. |
Base Jurídica | RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al |
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responsable del tratamiento. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. | |
Interesados | Personas físicas, y/ o incluidas representantes de personas jurídicas, que se dirigen al Ayuntamiento para licitación. |
Derechos | Los ciudadanos podrán ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Portabilidad, Supresión, Limitación o, en su caso Oposición conforme a la Ley de Protección de Datos o legislación sectorial aplicable dirigida al Delegado de Protección de Datos del Ayuntamiento de Calasparra. |
Información Adicional | Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en la siguiente url: xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxxxxxxxxx. |
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CLÁUSULA DECIMONOVENA. Régimen Jurídico del Contrato.
Este contrato tienen carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx y el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El código de verificación (CSV) permite la verficación de la integridad de una copia de este documento electrónico. Este documento incorpora firma electrónica de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica xxxxx://xxxx.xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxXxx/xxxxx.xxx?xxxxxxxx00000
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes.
En Calasparra, a fecha de firma.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Documento firmado por:
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX (AYUNTAMIENTO DE CALASPARRA)
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Alcaldesa-Presidenta
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23/01/2024 09:45