CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - BOLIVIA
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - BOLIVIA
1. Definiciones y Reglas de Interpretación.
1.1. Para efectos de las presentes Condiciones Generales, los términos escritos en negrita con sus iniciales en mayúscula deben interpretarse de acuerdo a las siguientes definiciones:
1.1.1 “Autoridad Gubernamental” es cualquier administrador o funcionario del Estado, en cualquiera de sus instancias político-territoriales o ramas del poder público, organización pública internacional, o cualquier departamento o agencia de los mismos, o una empresa de propiedad o controlada total o parcialmente por un gobierno, incluyendo cualquier persona actuando en función oficial a nombre de tales entidades.
1.1.2 “Cargill” es la persona jurídica identificada en el Pedido, en calidad de contratante de la prestación de los Servicios.
1.1.3 "Contratista" significa la persona natural o física o jurídica indicada como el Contratista en el Pedido, y responsable por la prestación de los
Servicios específicamente identificados en el mismo.
1.1.4 “Condiciones Generales” son las Condiciones Generales de prestación de Servicios, que establecen los derechos y obligaciones entre
Cargill y el Contratista.
Las presentes Condiciones Generales no constituyen una promesa de contratar ni obliga x Xxxxxxx a adquirir los servicios del Contratista,
dicha obligación sólo se generará en tanto se haya aceptado el Pedido y por los Servicios ahí especificados.
1.1.5 “Parte” significa Cargill o el Contratista indistintamente, cuando sean referidos de forma separada.
1.1.6 “Partes” significa Cargill y el Contratista, siempre que sean referidos en forma conjunta.
1.1.7 "Pedido" significa la orden de compra emitida por Cargill y aceptada por el Contratista, que contiene las condiciones específicas de la prestación de Servicios.
1.1.8 “Servicios” significan los servicios descritos y caracterizados en el Pedido.
1.2. En caso de discrepancia o conflicto entre las disposiciones de las presentes Condiciones Generales y aquellas que se encuentren redactadas en el
Xxxxxx, prevalecerán las previstas en este último, excepto por lo dispuesto en el numeral 10.6 de estas Condiciones Generales.
En caso de discrepancia o conflicto entre estas Condiciones Generales y comunicaciones, o cualesquiera otros documentos intercambiados entre las Partes con anterioridad y que se refieran directa o indirectamente al Pedido, prevalecerán las disposiciones establecidas en las presentes Condiciones Generales.
En caso de discrepancia o conflicto entre las disposiciones del Pedido y comunicaciones o cualquier otro documento intercambiado entre las Partes y que se refieran directa o indirectamente al Pedido, prevalecerán las disposiciones establecidas en el Pedido.
2. Objeto y Aplicación.
2.1. Las presentes Condiciones Generales establecen los derechos y obligaciones entre Cargill y el Contratista aplicables a la prestación de Servicios por parte del Contratista x Xxxxxxx bajo los términos en virtud del Pedido. El Pedido y las presentes Condiciones Generales constituyen en conjunto los términos y condiciones bajo los cuales se ejecutarán las obligaciones mutuas entre las Partes.
2.2. Los términos y condiciones establecidos en estas Condiciones Generales son complementarios a los términos y condiciones establecidos en el Pedido y se consideran parte integral e inseparable del Pedido, como si estuviesen incorporados al mismo. En este sentido, las Partes convienen en dejar expresa e indubitablemente establecido que, las Condiciones Generales conjuntamente con el Pedido constituyen un único contrato vinculante entre las mismas (en adelante, el "Contrato").
2.3. Los términos y condiciones establecidos en estas Condiciones Generales se considerarán aceptadas y será vinculante para el Contratista a partir de su suscripción, las cuales serán de aplicación para todos los pedidos que se celebren a partir de dicha fecha.
2.4. Los términos y condiciones establecidos en el Pedido se considerarán aceptados y serán vinculantes para el Contratista a partir de su aceptación expresa. La ejecución de una parte del Pedido por el Contratista constituirá una aceptación incondicional de ese Pedido por parte del Contratista. De este modo, el Contratista declara mediante la aceptación de las Condiciones Generales, que éstas y los términos y condiciones del Pedido prevalecerán en forma total e inequívoca respecto a cualquier término, condición o estipulación que el Contratista pudiera consignar o establecer en las instrucciones o comunicaciones – distintas al Pedido – que pudiera cursar Cargill.
2.5. Las presentes Condiciones Generales puede encontrarse en el sitio web xx Xxxxxxx, en la siguiente dirección: xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxx/xxxxxxx-xx- terms, sin perjuicio de las formas de presentación y entrega previstas en este documento.
3. Vigencia.
El Pedido y las presentes Condiciones Generales entrarán en vigencia desde la aceptación del Pedido y/o de las presentes Condiciones Generales, permaneciendo en vigencia hasta la fecha especificada en el Pedido o hasta el pleno cumplimiento del Pedido, lo que suceda último, respetando las demás disposiciones de estas Condiciones Generales.
4. Obligaciones Generales del Contratista.
El Contratista tiene como obligación:
4.1. Cumplir con todas las condiciones y obligaciones establecidas en el Pedido y con todos los términos y condiciones establecidos en estas Condiciones Generales;
4.2. Prestar los Servicios en conformidad con las condiciones, especificaciones y/o descripciones que se proporcionen en el Pedido, y hacer que los Servicios
prestados alcancen los resultados propuestos de forma integral;
4.3. Prestar los Servicios dentro de los plazos establecidos en el Pedido;
4.4. Cumplir con los lineamientos establecidos por Cargill para sus proveedores, los cuales serán oportunamente informados al Contratista.
4.5. No utilizar el trabajo infantil o trabajo forzoso, o condiciones análogas, para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Pedido y de las presentes
Condiciones Generales;
4.6. Respetar todas las leyes aplicables. En particular, pero sin limitarse: la legislación medioambiental, fiscal, laboral, de salud ocupacional y/o de seguridad social en el ejercicio de sus actividades;
4.7. Registrar a los trabajadores que vaya a emplear para la prestación de los Servicios y pagar todas las obligaciones laborales y sociales correspondientes, bajo los términos de la legislación aplicable, incluyendo pero sin limitarse a los salarios, beneficios sociales y de seguridad social, etc., previstos por lo dispuesto en la cláusula 4.4.;
4.8. En el caso de emplear mano de obra de terceros para la prestación de los Servicios, el Contratista (i) será responsable por el cumplimiento, por parte xxx xxxxxxx, de toda la legislación aplicable y relacionada a la prestación de los Servicios, así como de las reglas previstas en estas Condiciones Generales y en el Pedido, debiendo asegurarse del cumplimiento de las obligaciones en materia laboral y de seguridad social, incluyendo el registro y/o afiliación de los trabajadores ante las dependencias y programas gubernamentales correspondientes, así como el pago de todos los salarios, obligaciones, beneficios sociales y de seguridad social, etc. que le correspondan; (ii) garantizar que no sea creada ninguna relación laboral directa entre el tercero (subcontratista) y Cargill; (iii) pagar todas las remuneraciones y demás aportes y obligaciones ajustados entre el Contratista y el subcontratista y demás contraprestaciones ajustadas entre el Contratista y el subcontratista; e (iv) indemnizar x Xxxxxxx por los perjuicios, costos y gastos asociados con el incumplimiento de lo previsto en los incisos i), ii) y iii) de este ítem;
4.9. Cumplir y hacer cumplir toda la legislación asociada al medio ambiente, de trabajo, salud y seguridad del trabajo con relación a sus trabajadores y a eventuales subcontratados;
4.10. El incumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social, ambientales y de seguridad del trabajo, previstas en los apartados 4.5, 4.6, 4.7, 4.8 y 4.9. podrá acarrear la retención de eventuales pagos debidos por Cargill al Contratista, hasta que sea subsanada la irregularidad y/u omisión apuntada e informada expresamente por Cargill;
4.11. En los servicios que deban ser prestados dentro del establecimiento xx Xxxxxxx (i) El Contratista debe cumplir y hacer cumplir a sus empleados y subcontratados, todas las normas de salud, seguridad y medio ambiente establecidas por Cargill y (ii) separar a cualquier trabajador que Cargill entienda, a su criterio, que no esté cumpliendo con las normas de salud y seguridad o de medio ambiente establecidas por Cargill o que, incluso a criterio xx Xxxxxxx, esté causando cualquier impedimento a las operaciones xx Xxxxxxx. Se entiende y se acuerda que cada vez que Cargill solicite al Contratista la separación de determinado trabajador, que tal solicitud no implicará la terminación del contrato de trabajo entre el Contratista y el trabajador correspondiente, sino que el Contratista no podrá seguir utilizando dicho trabajador en la prestación de Servicios x Xxxxxxx. Corresponde al Contratista tomar las decisiones finales sobre la continuación o no de la relación laboral con sus propios trabajadores, de conformidad con las leyes aplicables y las políticas de personal del Contratista. Cada Parte será responsable de los actos de sus respectivos trabajadores, realizados en virtud del Pedido y/o de estas Condiciones Generales;
4.12. Ejecutar sus actividades de acuerdo a la legislación, normas, resoluciones y/o disposiciones emanados de las autoridades públicas, eximiendo x Xxxxxxx
de cualquier responsabilidad en virtud de su incumplimiento o inobservancia;
4.13. Mantener válidas y eficaces y cumplir con todas las exigencias y condiciones de todas las licencias y autorizaciones necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Pedido y de estas Condiciones Generales;
4.14. No violar, en el ejercicio de sus actividades y en cumplimiento del Pedido y las presentes Condiciones Generales, los derechos de propiedad intelectual o de cualquier otro tipo de los que sean titulares Cargill y/o terceros;
4.15. Indemnizar x Xxxxxxx por cualquier daño que ocurra por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas mediante estas Condiciones Generales y/o del Pedido.
4.16. Cumplir todas las leyes, estatutos, reglas, códigos, ordenanzas y reglamentos existentes. Además de eso, el Contratista deberá mantener durante toda la vigencia de estas Condiciones Generales, del Pedido o del Contrato, todos los registros exigidos en conformidad con la legislación aplicable.
5. Tributos
Todos los tributos que graven la prestación de los Servicios deberán ser soportados por el contribuyente o responsable, en los términos de la legislación tributaria en vigor en el momento y en el lugar de la facturación respectiva, teniendo en cuenta que en ningún caso los valores totales de los Pedidos incluirán tributos.
6. Ética y Expectativas Anticorrupción y sobre Cumplimiento de Sanciones Económicas
6.1. Ética y Expectativas Anticorrupción:
6.1.1 El Contratista es consciente de que la Ley de Prácticas Corruptas en el exterior de los Estados Unidos de América (la "FCPA") contra el soborno y las leyes anticorrupción de otras jurisdicciones (junto con la FCPA, las "Leyes Antisoborno") prohíben, bajo amenaza de severas sanciones, el pago, oferta, promesa de pago o autorización de pago u ofrecimiento de dinero o cualquier cosa de valor, directa o indirectamente a través de terceros, a cualquier Autoridad Gubernamental, partido político, funcionario de un partido político o cualquier candidato a un cargo público, con el fin de influir sobre ellos en su carácter oficial, o inducirlos a que utilicen su influencia para ayudar a cualquier persona a obtener o mantener negocios y/u obtener ventajas indebidas.
6.1.2 El Contratista, en el desempeño de sus obligaciones previstas en los términos de estas Condiciones Generales y/o del Pedido, no violará la FCPA o cualquier otra Ley Antisoborno vigente, ni pagará, ofrecerá, prometerá pagar o autorizará pagar u ofrecer dinero o cualquier objeto de valor, sea directa o indirectamente, con la finalidad de obtener o mantener negocios o ventajas indebidas para Cargill:
(a) A cualquier Autoridad Gubernamental; o
(b) A cualquier partido político, oficial de partido político o cualquier candidato a cargo público;
6.1.3 Ninguna parte de los fondos pagados por Cargill al Contratista deberá ser utilizada para cualquier propósito que viole la FCPA, las Leyes Antisoborno que estuvieran vigentes o cualquier otra ley aplicable al Contratista por los Servicios prestados x Xxxxxxx.
6.1.4 A la fecha de las presentes Condiciones Generales, ninguno de los propietarios, empleados, directores, gerentes, o funcionarios del Contratista son ni constituyen una Autoridad Gubernamental, oficial de un partido político o candidato a un cargo público. Durante la vigencia de las presentes Condiciones Generales y del Pedido, el Contratista acuerda notificar x Xxxxxxx por escrito si uno o más de sus propietarios, administradores, directores, dirigentes, gerentes o empleados se transformare en una Autoridad Gubernamental, oficial de partido político o candidato a cargo público.
6.2 Cumplimiento de Sanciones Económicas: El Contratista declara y garantiza que ni él ni ninguna persona o entidad que lo posee o controla, es un objetivo señalado para sanciones económicas comerciales, promulgadas por los Estados Unidos de América, la Unión Europea, la Organización de Naciones Unidas ni ningún otro país u organización internacional ("Normas de Sanción"). El Contratista se compromete a (i) que él, sus agentes y representantes cumplirán plenamente con todas las Normas de Sanción aplicables en el cumplimiento del Pedido y de las presentes Condiciones Generales, y (ii) que, directa o indirectamente, los Productos no se originarán por, serán proporcionados por o transportados en un buque o compañía propiedad de, controlado por, marcado o fletado por, cualquier país, persona o entidad que pueda causar x Xxxxxxx, o a cualquier empresa matriz xx Xxxxxxx en los Estados Unidos de América, la contravención las Normas de Sanción aplicables. El Contratista se compromete a cooperar con las solicitudes razonables xx Xxxxxxx de información o documentación para verificar el cumplimiento de esta obligación.
6.3 Código de Conducta de Proveedores: El Contratista acepta seguir el Código de Conducta para Proveedores xx Xxxxxxx, que se encuentra en xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xxxx.
7. Responsabilidad y Garantías por los Servicios.
7.1 Cargill se encuentra facultado para inspeccionar y supervisar la prestación de los Servicios, cuando lo considerare conveniente. El derecho de inspección previsto en esta cláusula no exime o restringe la responsabilidad del Contratista por eventuales perjuicios causados a terceros, o a Cargill, como consecuencia de deficiencias en la prestación de los Servicios. Comunicado al Contratista el defecto en los Servicios prestados, el Contratista estará obligada a indemnizar a terceros y/o a Cargill por los perjuicios ocasionados y que se encuentren relacionados a los Servicios en cuestión.
7.2 Será de exclusiva responsabilidad del Contratista todo y cualquier perjuicio ocasionado por el atraso en la prestación de los Servicios, incluso indemnizaciones, multas y/u otras penalidades sufridas por Cargill como consecuencia de los daños causados x Xxxxxxx o a terceros.
7.3 El Contratista se compromete a subsanar todos y cualquier defecto en la prestación de los Servicios que fueran apuntados por Cargill durante el plazo de garantía previsto en el Pedido o en el Contrato, si lo hubiere, obligándose a rehacer los Servicios de inmediato, por su entera y exclusiva cuenta y riesgo, sin cualquier tipo de cargo para Cargill.
7.4 En caso que el Contratista no realice los Servicios de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 7.3 anterior en el plazo máximo de 3 (tres) días corridos contados a partir de la fecha que sea recibida la comunicación xx Xxxxxxx solicitando la correcta prestación de los Servicios, Cargill queda autorizado a contratar a un tercero para llevarlo a cabo, obligándose el Contratista a devolver x Xxxxxxx, en el plazo de 5 (cinco) días contados a partir de la solicitud escrita xx Xxxxxxx, todos los costos, directos e indirectos, en los que hubiere incurrido para la contratación de este tercero.
7.5 El Contratista es responsable de garantizar la calidad de los Servicios prestados y que los mismos sean satisfactorios. Incluso si el Contratista no fuera prestadora directa de los Servicios, el Contratista responderá solidariamente con el subcontratado por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en esta cláusula.
8 Xxxx e Incumplimiento.
8.1 De acuerdo con el artículo 341del Código Civil, si el Contratista incumple cualquiera de sus obligaciones, se considerará automáticamente en xxxx, sin necesidad de que Cargill realice ningún acto o comunicación para que se constituya el incumplimiento.
8.2 El Contratista indemnizará x Xxxxxxx o a cualquier tercero por cualquier daño (incluido pero no limitado al daño emergente, moral, material o de cualquier otra naturaleza) derivados de acciones u omisiones del Contratista o de actos o hechos atribuibles al Contratista.
8.3 Cargill tiene la facultad de deducir de los pagos adeudados al Contratista en virtud de las Condiciones Generales o del Pedido o de cualquier otro contrato suscrito con Cargill, cualquier monto que el Contratista esté obligada a pagarle en virtud a las obligaciones que asume en estas Condiciones Generales y/o en el Pedido.
9. Responsabilidad Laboral y Previsional
9.1 Estas Condiciones Generales, así como el Pedido no generan ninguna relación laboral entre Cargill y el Contratista y/o sus representantes legales, empleados, agentes o contratistas. El Contratista se hará cargo de todas las obligaciones laborales (incluyendo pero sin limitarse al pago xx xxxxxxx, prestaciones sociales y demás derechos laborales), beneficios sociales, seguridad social, salud ocupacional y cualquier otra prestación u obligación relacionada con sus propios representantes legales, empleados, agentes o contratistas, según corresponda, y asumirá la responsabilidad por los costos y gastos de cualquier reclamación que Cargill sufriera y que estén relacionadas con el Pedido o estas Condiciones Generales, o con la ejecución o incumplimiento de cualquier obligación en virtud del Pedido o de estas Condiciones Generales, no existiendo responsabilidad solidaria, subsidiaria o cualquier tipo de corresponsabilidad entre las Partes frente a los trabajadores de cualesquiera de ellas.
9.2 En caso que el Contratista fuera persona natural (por ejemplo, empresario individual o profesional independiente): no deberá ser tratado como funcionario xx Xxxxxxx a los efectos legales, incluyendo por ejemplo, para los fines de impuestos nacionales, departamentales o municipales. El Contratista será la única responsable en la entrega de todas las declaraciones tributarias nacionales, departamentales o municipales, incluyendo el pago puntual de impuestos sobre la renta y contribuciones parafiscales, entre otros.
9.3 El personal del Contratista estará bajo la exclusiva subordinación de él, por lo que solo él será responsable de darle las ordenes o instrucciones, de la supervisión del mismo, de fijar los horarios de trabajo o jornada laboral que deberán cumplir sus trabajadores, de vigilar, instruir y capacitarlos respecto a la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales, de suministrarles los equipos de protección personal que correspondan para prevenir los riesgos ocupacionales a que pudieran estar sometidos sus trabajadores, y en general dar cumplimiento a la legislación laboral, de seguridad social, de salud y seguridad ocupacional y cualquier otra norma de carácter contractual o legal aplicable a los trabajadores que el Contratista utilice en el marco de estas Condiciones Generales y/o del Pedido.
9.4 El Contratista se compromete a preservar y mantener x Xxxxxxx indemne y libre de cualquier responsabilidad en caso de demandas, quejas, acciones, reclamos laborales y de cualquier otro tipo en relación con las actividades realizadas por el Contratista o un tercero para el cumplimiento de las obligaciones del Contratista en virtud del Pedido o de estas Condiciones Generales.
9.5 En la hipótesis de que el Contratista y/o cualquier parte relacionada al Contratista, incluyendo pero no limitándose a su socio, representante legal, proveedores, clientes, empleado, ex-empleado o cualquier tercer acreedor a cualquier título del Contratista llegara a proponer acción, demanda laboral o cualquier otra medida judicial o extrajudicial contra Cargill, el Contratista queda desde ya obligado a:
a) Asumir la posición de demandado (sujeto pasivo) en la referida acción o demanda. Por efecto de la sola comunicación efectuada por Cargill, el Contratista se obliga a adoptar todas las medidas que conduzcan a excluir x Xxxxxxx de las acciones, reivindicaciones, demandas laborales o cualquier otra acción judicial o extrajudicial contra Cargill que los socios, representantes legales, proveedores, clientes, empleados, ex empleados o cualquier tercero acreedor del Contratista, a cualquier título, hubiere dirigido contra Cargill; y
b) Si, por cualquier acción o demanda a que se hace referencia en este apartado 9.5, un órgano jurisdiccional, arbitral o una autoridad administrativa ordenara x Xxxxxxx pagar adeudos laborales o de cualquier otra índole en favor de socios, representantes legales, proveedores, clientes, empleados, ex empleados o cualquier tercero acreedor del Contratista, a cualquier título, el Contratista se compromete a rembolsar íntegramente x Xxxxxxx todos los costos y gastos en los que ella hubiere debido incurrir como consecuencia de lo ordenado por tal órgano jurisdiccional, arbitral o autoridad administrativa, incluyendo pero sin limitarse a los honorarios de abogados, costos y gastos procesales, gastos por viáticos, hospedaje, comida, honorarios de peritos o expertos, etc. en que Cargill tuviere que incurrir para su defensa, así como también a indemnizar x Xxxxxxx por los daños y perjuicios ocasionados. De igual modo, si Cargill fuere multada por la Autoridad Administrativa de Trabajo por algún incumplimiento por el
Contratista, de las obligaciones asumidas frente a su propio personal – propio o subcontratado - utilizado en la ejecución del Pedido o de estas
Condiciones Generales, la multa impuesta será asumida o reembolsada íntegramente x Xxxxxxx por el Contratista.
9.6 El Contratista libera x Xxxxxxx de cualquier responsabilidad a raíz de cualquier reclamo, demanda, denuncia, que pudiera interponer el personal del Contratista, asumiendo el Contratista el pago de todos los gastos judiciales, costas y costos por cualquier daño y/o perjuicio que se le cause x Xxxxxxx, debiendo en tales casos indemnizarla por los daños o perjuicios ocasionados. Asimismo, el Contratista se compromete y obliga, en forma incondicional, expresa e irrevocable, a pagar y pagará x Xxxxxxx toda y cualquier suma que le fuera ordenada pagar por resolución o sentencia judicial o administrativa, originada en cualquier denuncia, demanda, reclamo o acción que ante cualquier fuero, incluyendo el fuero laboral, interponga (n) uno o más trabajadores del Contratista, reclamando cualquier obligación de naturaleza civil, laboral o comercial, sin reserva ni limitación alguna, y sin importar los montos que hubieran sido obligados a pagar por las referidas resolución o sentencias.
10. Supuestos de Resolución / Terminación
10.1. Como supuestos de resolución, adicionales a los previstos en disposiciones específicas de estas Condiciones Generales y/o en el Pedido, el Pedido
podrán ser resuelto por las siguientes causas:
10.1.1 En caso se inicie cualquier procedimiento ante la autoridad competente por o en contra de cualquiera de las Partes con el propósito de declararla en concurso, insolvencia o quiebra, de acuerdo a lo establecido en el artículo 569 del Código Civil;
10.1.2 En el caso de incumplimiento por parte del Contratista de cualquier obligación a la que se hubiere obligado en virtud de las presentes Condiciones Generales y/o del Pedido. Para tal efecto, Cargill deberá cursar una comunicación notarial al Contratista, dando aviso de su incumplimiento y concediéndole un plazo de quince (15) días calendarios para subsanarlo. Si al término de dicho plazo el Contratista no ha cumplido con subsanar su incumplimiento, el Pedido se entenderá resuelto de pleno derecho;
10.2. En caso de resolución, por incumplimiento del Contratista, el Contratista estará sujeto a una penalidad compensatoria, equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor total del Pedido, sin perjuicio del daño ulterior a que hubiera lugar.
10.3. En cualquier caso de terminación del Pedido, sin excluir otras sanciones e indemnizaciones establecidas, el Contratista estará obligado a prestar los
Servicios cuyo precio ya se haya pagado o, a criterio xx Xxxxxxx, devolver x Xxxxxxx todas las cantidades pagadas por los mismos.
10.4. Salvo en caso de dolo o culpa grave, el Contratista no estará obligado a pagar x Xxxxxxx indemnizaciones por lucro cesante, daños indirectos o consecuenciales.
10.5. La responsabilidad xx Xxxxxxx derivada o como consecuencia de cualquier Pedido, incluida cláusula penal y/o indemnización que pudiese pactarse en el Pedido, en ningún caso excederá al 10% (diez por ciento) del precio establecido en el respectivo Pedido, caso contrario se entenderá reducido a este monto. En ningún caso, Cargill será responsable por daños y/o perjuicios consecuenciales de cualquier naturaleza, lucro cesante, pérdida de beneficios, ingresos, gastos, inversiones, entre otros.
10.6. Las Partes podrán, por cualquier motivo o sin motivo, dar por terminada anticipadamente estas Condiciones Generales y/o el Pedido sin el pago de la penalización alguna a la otra parte, siempre que lo notifiquen por escrito a la otra parte con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha para la cual deba producirse la terminación definitiva. Las Partes deberán cumplir las obligaciones válidamente contraídas con anterioridad a la terminación anticipada de estas Condiciones Generales y/o del Pedido, respecto de las cuales se considerarán en vigor las disposiciones contenidas en estas Condiciones Generales y/o del Pedido hasta que se cumplan las referidas obligaciones.
11. Confidencialidad
El Contratista deberá conservar absoluta reserva sobre toda la información que le pueda ser revelada por Cargill, incluyendo, pero sin limitarse a cualquier información, materiales, datos, documentos y especificaciones técnicas a que pueda tener conocimiento o acceso, o que pueda confiársele, relacionados o no con el objeto de su Pedido. Esta obligación permanecerá vigente no obstante el vencimiento o la terminación de las Condiciones Generales o el Pedido, y por un plazo de cinco (5) años contado a partir del citado vencimiento o terminación.
12. Notificaciones
Todas las notificaciones, solicitudes, pedidos y otros comunicados, dirigidos a cualquiera de las Partes, relativos a estas Condiciones Generales y/o al Pedido, deberán hacerse por escrito para ser considerados válidos, y deberán remitirse a las direcciones de las Partes indicadas en el Pedido. Cualquier cambio domiciliario deberá ser previamente comunicado por escrito a la otra Parte, surtiendo efectos una vez transcurrido diez (10) días calendarios de recibida la notificación correspondiente. Las comunicaciones enviadas al anterior domicilio de una la de las Partes se tendrán por válidas en tanto no medie la referida comunicación.
13. Disposiciones Generales
13.1. Ninguna de las Partes podrá, sin previo y expreso consentimiento de la otra Parte, ceder o transferir, total o parcialmente, cualquiera de sus derechos y obligaciones contraídos en el Pedido o en estas Condiciones Generales.
13.2. Sin perjuicio de lo anterior, Cargill está autorizada por el Contratista para ceder o transferir, en su totalidad o en parte, cualquiera de sus derechos y/u obligaciones contraídas en virtud del Pedido y/o de estas Condiciones Generales, a cualquiera de sus sociedades relacionadas o afiliadas, ya sea matriz, filial o subsidiaria, directa o indirecta.
13.3. La no exigencia, por cualquiera de las Partes, del estricto cumplimiento de cualquier obligación o condición establecida en estas Condiciones Generales o en el Pedido, será considerada mera tolerancia y no implicará modificación de la obligación o condición ni tampoco renuncia al derecho de exigirla en el futuro, no afectando la validez de estas Condiciones Generales y/o del Pedido, y cualquiera de sus condiciones.
13.4. Las obligaciones de cada Parte establecidas en las presentes Condiciones Generales o en el Pedido constituyen obligaciones legales, válidas, vinculantes y ejecutables de acuerdo con sus términos, y reemplazan todos los acuerdos anteriores, las representaciones, las negociaciones y los acuerdos, ya sean verbales o por escritos que dispongan su objeto en su totalidad o en parte.
13.5. El Pedido y estas Condiciones Generales solamente podrán modificarse por escrito, observándose que: (i) el Pedido sólo se puede modificar mediante el envío de una solicitud rectificadora por parte xx Xxxxxxx al Contratista; y, (ii) estas Condiciones Generales solamente pueden ser modificadas por documento firmado por las Partes o sus representantes legales autorizados. Ningún comportamiento ni curso de acción adoptado por las Partes será interpretado como una modificación, ya sea expresa o implícita, a cualquiera de las disposiciones de las Condiciones Generales y/o del Pedido.
13.6. De conformidad con los artículos 511 y 550 del Código Civil, si cualquier estipulación, acuerdo, condición o disposición de estas Condiciones Generales y/o del Pedido deviniese en nulo, inválido o ineficaz, las restantes disposiciones no se verán afectadas por tal nulidad, invalide o ineficacia, y cada restante estipulación, acuerdo, condición o disposición será válida y ejecutada en la medida que lo permita la ley.
13.7. Todos los títulos de los capítulos, cláusulas, incisos o demás ítems de estas Condiciones Generales son usados solamente como referencia y, por lo tanto, no afectarán el contenido de los mismos.
13.8. El Contratista no podrá usar nombres, marcas, signos y colores distintivos, así como cualquier otro medio de identificación Cargill y de sus productos y/o servicios, salvo mediante consentimiento previo y por escrito xx Xxxxxxx.
13.9. Las presentes Condiciones Generales y el Pedido se regirá por las leyes del Estado Plurinacional de Bolivia.
13.10. Todas las controversias o desavenencias, sin excepción alguna, que pudieran surgir entre las Partes, incluyendo pero sin limitarse a aquellas derivadas del cumplimiento, interpretación, aplicación, validez, resolución o terminación estas Condiciones Generales y/o el Pedido y que no se solucionen de común acuerdo mediante negociación directa entre las Partes, será sometida en primera instancia a un procedimiento de Conciliación bajo las normas y el procedimiento del Reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la CAINCO y en caso de no existir acuerdo a arbitraje en derecho bajo las normas aplicables al amparo de lo previsto en la Ley de Conciliación y Arbitraje N° 708 del 25 xx Xxxxx de 2015, el arbitraje se celebrará bajo el Reglamento del Centro, a quien se encomienda la administración de la Conciliación y/o Arbitraje y en su caso la designación del Conciliador.
El “Tribunal Arbitral” deberá estar compuesto por tres árbitros, cada una de las Partes designará su propio árbitro y el tercero será designado por el Centro de Conciliación y Arbitraje. Las Partes acuerdan que el arbitraje se llevará a cabo en la ciudad de Santa Xxxx, Bolivia. Cada Parte otorgará al Tribunal Arbitral la facultad de dictar las medidas preventivas y/o correctivas que le sean solicitadas por la otra Parte, siempre que las considere necesarias y aceptables. O aquellas otras que el mismo Tribunal Arbitral decida que son necesarias, de acuerdo x xxx y a las obligaciones y derechos contractuales de las partes bajo estas Condiciones Generales y/o el Pedido. Igualmente, las Partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el Convenio Conciliatorio o Laudo Arbitral que se dicte renunciando expresamente a cualquier tipo de recurso contra el Laudo Arbitral. Cada una de las Partes deberá pagar sus propios gastos y el 50% de los costos emergentes del Proceso Arbitral.
Santa Xxxx de la Sierra, de de .
Cargill Bolivia S.A. Por, Por, | Por, Por, |
Si tiene conocimiento que cualquiera de los lineamientos referidos al Código de Conducta para Proveedores xx Xxxxxxx, indicado en la cláusula 6.3. de estas Condiciones Generales, están siendo violados, por favor comunicarse con los siguientes canales de comunicación:
• Teléfonos:
• Página Web: xxx.XxxxxxxXxxxXxxx.xxxxxxxxxxx.xxx
• Correo Electrónico: xxxxxx_xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
En cualquiera de estos canales se podrá comunicar en inglés o español.
ANEXO
CARGILL PROCUREMENT & REQUISITOS DE FACTURACIÓN
Cargill utiliza un Sistema electrónico para todas sus facturas, órdenes de compra, órdenes de cambio y otros documentos requeridos entre Cargill y el Proveedor. Este sistema permite que las partes rápidamente transaccionen documentación exigida de forma eficiente y efectiva. Si es requerido por Cargill, el Proveedor necesitará utilizar este sistema electrónico conforme aclarado abajo para todas las transacciones entre el Proveedor y Cargill.
1. Proveedor de e-commerce
Adicionalmente a las obligaciones comprendidas en este contrato, si es requerido por Cargill, el Proveedor igualmente necesitará utilizar el proveedor de servicios de e- commerce, actualmente SAP Ariba Inc., u otro proveedor podrá ser comunicado por Cargill al Proveedor (“Proveedor de E-Commerce”).
El Proveedor de E-Commerce operará y mantendrá un software como solución de servicios, por ejemplo Ariba Network (la “Network”). El Proveedor utilizará la Network para cargar información transaccional entre Cargill y el Proveedor, incluyendo pero no limitado a órdenes de compras, solicitudes de cambios, avisos de embarque avanzado, confirmaciones de órdenes, facturas, catálogos y/o cualquier otra información requerida por Cargill.
2. Responsabilidades del Proveedor
Para acceder a la Network, el Proveedor necesitará relacionarse y contratar directamente con el Proveedor de E-Commerce. El Proveedor de E-Commerce podrá requerir una tarifa para acceso a la Network. El Proveedor de E-Commerce será responsable por la Network y Cargill no tendrá responsabilidad sobre la Network o las acciones o inacciones tomadas por el Proveedor de E-Commerce. El único recurso del Proveedor referente a la Network será contactar al Proveedor de E-Commerce.
3. Proceso de habilitación de Catálogo
Caso sea requerido, el Proveedor trabajará con Cargill en el desarrollo de un catálogo externo entre las partes. El Proveedor acuerda en comprometer los recursos necesarios para completar el catálogo dentro de una agenda acordada mutuamente. Después de la creación de un catálogo completo, el Proveedor acuerda en mantener la precisión de dicho catálogo de acuerdo con este contrato y/o conforme direccionado por Cargill.
Adicionalmente, el Proveedor implementará medidas apropiadas de tecnología de seguridad, conforme direccionado por Cargill, para resguardar la información xx Xxxxxxx.