CONDICIONES
AYUNTAMIENTO DE SANTIPONCE
CONDICIONES
Constituye el objeto del contrato la enajenación por este Ayuntamiento mediante adjudicación directa del bien vehículo marca NISSAN, matricula SE-0679-DJ, de propiedad municipal cuyas características son las siguientes:
Vehículo marca NISSAN, matricula SE-0679-DJ
El bien a enajenar tiene la condición de no utilizable, de acuerdo con el artículo 7 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
La forma de adjudicación del contrato será la adjudicación directa, de acuerdo con los artículos 52.2 de la Ley 5/2010, de 11 xx xxxxx, de Autonomía Local de Andalucía; y 21.d) de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
El bien está valorado en 500 euros, según informe de los servicios técnicos municipales.
El precio resultante se abonará en una cuenta del Ayuntamiento de Santiponce, a la firma del contrato.
A la vista del importe del contrato que asciende a 500 euros, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será el Alcalde.
AYUNTAMIENTO DE SANTIPONCE
La oferta se presentará en el Ayuntamiento Santiponce, en horario de atención al público, en el plazo de 5 días, contados desde la remisión xxx Xxxxxx de Condiciones al único posible licitador acreditado en el expediente.
Las oferta podrá presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando la oferta se envíe por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
El licitador no podrá presentar más de una oferta.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el licitador de las cláusulas del presente Xxxxxx.
La oferta se presentará en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar la enajenación del vehículo marca NISSAN, matricula SE-0679-DJ, propiedad de este Ayuntamiento, para destinarlo a uso particular». La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Oferta Económica.
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Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias
autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del licitador.
b) Documentos que acrediten la representación.
— El que comparezca o firme la oferta en nombre de otro, acreditará la representación de cualquier modo adecuado en Derecho.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona que actúe en representación de otro, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
c) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
d) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
— Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
a) Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
AYUNTAMIENTO DE SANTIPONCE
« , con domicilio a efectos de notificaciones en
, con NIF n.º , en nombre [propio o en
representación de
como acredito por ],
enterado de que por este Ayuntamiento se desea enajenar el bien mueble,
ubicado en de este Municipio, para destinarlo a
, por adjudicación directa, anunciado en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación ofreciendo la cantidad de
euros».
En , a de de 20 .
Firma del candidato,
Fdo.: ».
b) Documentos que permitan al órgano de contratación valorar las condiciones de la oferta.
La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de 3 días contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar la misma.
El órgano de contratación calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A».] concederá un plazo no superior a 2 días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación presentada.
Posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B» y procederá a la adjudicación del contrato.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará al candidato o licitador.
AYUNTAMIENTO DE SANTIPONCE
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía; el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero; los principios extraídos de la legislación contenida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.