CONVENIO ENTRE EL ESTADO PROVINCIAL DE NEUQUEN Y EL CLUB
CONVENIO ENTRE EL ESTADO PROVINCIAL DE NEUQUEN Y EL CLUB
La Provincia del Neuquén, representada en este acto por la Ministra de Desarrollo Humano, Gobiernos Locales y Mujeres, Xxx. XXXXXXX XXXXXXX,
D.N.I. N° 25.191.764, cargo que inviste y justifica con su designación mediante DECTO-2023-6-E-NEU-GPN, con domicilio legal en xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx, en adelante “EL MINISTERIO”, por una parte y, por la
otra, el Club _______________, Asociación Civil sin fines de lucro, inscripto en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Neuquén, bajo el
N° __________ según Decreto N° 525/82, con domicilio legal en
_____________________, representado en este acto por su presidente Sr/a.
_______________________, D.N.I N.º ____________ en lo sucesivo
denominado “EL CLUB”, que en conjunto se denominaran en adelante como “LAS PARTES”, acuerdan celebrar el presente Convenio referente a la concreción del Proyecto de Prevención Contra la Violencia en Espectáculos Futbolísticos “Juego Limpio y Cancha Segura”, en adelante “EL CONVENIO”, el cual se regirá por las siguientes clausulas y condiciones:
PRIMERA. OBJETO: El presente Xxxxxxxx tiene por objeto materializar los mecanismos de cooperación, colaboración y articulación entre "LAS PARTES" en el marco del Proyecto de Prevención Contra la Violencia en Espectáculos Futbolísticos “Xxxxx Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxx”.
SEGUNDA. OBLIGACIONES: “LAS PARTES” se comprometen a colaborar mancomunadamente a fin de sostener, difundir y generar herramientas destinadas a garantizar la seguridad en los eventos deportivos de su incumbencia y a implementar acciones conjuntas para fortalecer y potenciar la función deportiva y social de los clubes, con el objeto de promover un entorno deportivo donde el juego limpio, la seguridad y el respeto sean los pilares fundamentales.
TERCERA. APORTES: A los fines de favorecer las acciones enmarcadas en las cláusulas primera y segunda “EL MINISTERIO” otorgará a “EL CLUB” aportes mensuales no reintegrables, sujetos a rendición de gastos, de hasta la suma de pesos DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($240.000,00.-), siendo
requisito que “EL CLUB” acredite previamente contar con personería jurídica y autoridades con mandatos vigentes.
Tales aportes se destinarán exclusivamente a cubrir costos del servicio de policía adicional en eventos deportivos, y deberán rendirse mes a mes ante la Secretaría de Deportes y Juventudes, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, Gobiernos Locales y Mujeres, mediante presentación de la respectiva certificación del servicio emitida por la Policía de la Provincia del Neuquén y
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certificación emitida por LIFUNE de que “EL CLUB” reúne la condición de federado.
Para el otorgamiento del segundo y sucesivos aportes será condición la rendición previa del aporte inmediato anterior por parte de “EL CLUB”.
CUARTA. ACCIONES: Xxx perjuicio de la obligación de rendición que emerge de la Cláusula TERCERA respecto de los aportes, “EL CLUB” asume el compromiso de llevar adelante las siguientes acciones:
a) Crear y mantener entornos seguros que promuevan el derecho de todas las personas a disfrutar del deporte;
b) Implementar medidas de seguridad en los partidos de fútbol federado;
c) Fomentar el juego limpio entre deportistas, cuerpo técnico, dirigencia y aficionados;
d) Establecer alianzas estratégicas con las instituciones y organizaciones implicadas para garantizar la seguridad en los eventos deportivos;
e) Participar en todas las charlas, capacitaciones o programas que lleve adelante la Subsecretaría de Deportes, orientado a brindar talleres y charlas de prevención para abordar la violencia en las tribunas, el bullying y todo acto o cantico que incite a la violencia dirigida a directivos de los clubes, líderes deportivos, familiares de deportistas y espectadores.
f) Poner a disposición del Estado Provincial -previo acuerdo- sus instalaciones para la realización de actividades deportivas.
QUINTA. BECAS: En el marco del presente “EL CLUB” se compromete a generar cupos, vacantes y/o becas gratuitas para la incorporación de deportistas neuquinos en sus escuelas y equipos de fútbol cuya designación será efectuada por “EL MINISTERIO”.
SEXTA. CONVENIOS ESPECIFICOS: Toda cuestión accesoria relativa a la ejecución de las obligaciones de las partes que surgen del presente convenio será acordada y regulada mediante actas acuerdo complementarias, para cuya suscripción por parte de “EL MINISTERIO” se encuentra facultada expresamente la titular de la Secretaría de Deportes y Juventudes.
SÉPTIMA. NOTIFICACIONES: A todos los efectos legales, las partes constituyen como domicilios legales, los consignados en el encabezamiento, donde se tendrán por válidas y eficaces todas las notificaciones que se cursen con relación al presente convenio.
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OCTAVA. CONTROVERSIAS: “LAS PARTES” se comprometen a resolver cualquier eventual diferencia que pudiera plantearse en la ejecución o interpretación del presente mediante un proceso de negociaciones amistosas. Para el caso de no arribarse a una solución de acuerdo con lo establecido precedentemente, y transcurrido un término mínimo de treinta (30) días corridos de negociación, las partes acuerdan expresamente someterse a la competencia del Fuero Procesal Administrativo de la Provincia del Neuquén.
NOVENA. AUTONOMÍA: La firma del presente, no implica otro vínculo entre “LAS PARTES” más que los derechos y acciones establecidas en el mismo. En toda circunstancia o hecho que tenga relación con este Convenio, “LAS PARTES” mantendrán su individualidad y autonomía en sus respectivas estructuras técnicas, operativas y administrativas, y asumirán por si, de forma exclusiva las responsabilidades con relación a lo que a cada uno compete y consiguientemente ninguna otra responsabilidad y/u obligación que le corresponda a la otra.
DÉCIMA. VIGENCIA: El presente Convenio tendrá vigencia desde su firma y hasta el 31 de diciembre de 2024.
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a
los mismos efectos, en la ciudad de Neuquén a los
_________del año 2024.
_____ días del mes de
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Provincia del Neuquén 2024
Hoja Adicional de Firmas
Número: IF-2024-01705952-NEU-LYT#MHLM
NEUQUEN, NEUQUEN
Martes 30 de Julio de 2024
Referencia: Convenio
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Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961 Date: 2024.07.30 16:38:59 -03'00'
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Directora General
MHLM-Coordinación Provincial de Legal y Técnica
Ministerio de Desarrollo Humano, Gobiernos Locales y Mujeres
Digitally signed by XXX XXXXXXX
DN: cn=GDE NEUQUEN, c=AR, o=SECRETARIA DE MODERNIZACION DE LA GESTION PUBLICA,
ou=Direccion Provincial de Servicios TICs, serialNumber=CUIT 30710396961
Date: 2024.07.30 16:39:19 -03'00'