ACTA DE COMPROMISO
ACTA DE COMPROMISO
Conste por el presente documento el Acta de Compromiso que celebran:
El Ministerio de Cultura, en adelante el MINISTERIO, con R.U.C. N° 20537630222, con domicilio legal en avenida Xxxxxx Xxxxx Xxxx N° 2465, distrito de San Xxxxx, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por el(la)
, el(la) señor(a) , identificado(a) con D.N.I. N° , designado mediante N° -201_-MC, con delegación de facultades para estos efectos mediante Resolución Ministerial N° -201_-MC; y,
, en adelante la PERSONA JURÍDICA, con R.U.C. N° , con domicilio legal en , distrito de , provincia y departamento de , debidamente representada por su , el (la) señor(a) , identificado(a) con D.N.I. N° , con facultades inscritas en la partida registral N° del Registro de Personas Jurídicas de .
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1. Con fecha , el MINISTERIO convocó al Estímulo a la Distribución Cinematográfica - 2020 (en adelante, la CONVOCATORIA), mediante la publicación de la Resolución Nº , la cual aprobó las Bases del mismo (en adelante, las BASES).
1.2. Con fecha , mediante Resolución Directoral N° , el MINISTERIO declaró a la PERSONA JURÍDICA como beneficiaria de la CONVOCATORIA, por el proyecto de distribución titulado ‘ ’, (en adelante, el PROYECTO).
1.3. De acuerdo al artículo 7 del Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2020-MC, las personas jurídicas beneficiarias de los estímulos económicos convocados por el MINISTERIO, suscribirán un Acta de Compromiso en la que se establecerán como mínimo las obligaciones, plazos, causales de resolución y procedimientos en caso de fraude o falsedad de la información presentada, entre otros aspectos de similar naturaleza a considerar.
1.4. De acuerdo al artículo 11 del Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2020-MC, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios del MINISTERIO es el órgano encargado de supervisar y verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la citada Acta. En ese sentido, es el
órgano encargado de evaluar y atender las solicitudes de modificaciones, así como de emitir los Certificados de Cumplimiento.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El objeto de la presente Acta de Compromiso es asegurar el uso exclusivo del premio en la ejecución del PROYECTO y garantizar la distribución de la obra cinematográfica, de acuerdo a lo establecido en la propuesta presentada del PROYECTO.
CLÁUSULA TERCERA: DEL PREMIO
El premio consiste en un estímulo económico no reembolsable de S/
( y /100 Soles) y es entregado en una sola armada luego de la suscripción de la presente Acta de Compromiso.
La PERSONA JURÍDICA debe sustentar el uso del premio ante el MINISTERIO. El MINISTERIO sólo reconocerá los gastos que se efectúen a partir de la presentación de la postulación a la CONVOCATORIA, así como los que sean considerados necesarios y vinculados a la ejecución del PROYECTO.
CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DEL MINISTERIO
4.1 Entregar el premio a la PERSONA JURÍDICA, de acuerdo a lo estipulado en la cláusula tercera de la presente Acta de Compromiso.
4.2 Supervisar, en cualquier momento y mediante cualquier medio, el cumplimiento de las obligaciones de la PERSONA JURÍDICA.
4.3 Emitir el Certificado de Cumplimiento a la PERSONA JURÍDICA, una vez verificado el cumplimiento adecuado de todas las obligaciones establecidas en la presente Acta de Compromiso.
4.4 De ser el caso, informar a Procuraduría Pública del MINISTERIO todo incumplimiento y/o irregularidad de las obligaciones establecidas en la presente Acta de Compromiso, a fin de dar inicio a las acciones legales correspondientes.
4.5 De ser el caso, conceder a la PERSONA JURÍDICA, sin costo alguno y según disponibilidad, la Sala de Cine ‘Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx’, para la realización de las actividades vinculadas al PROYECTO. En caso el uso de la sala implique la explotación de la obra cinematográfica vinculada al PROYECTO, las partes deberán suscribir un documento adicional, en el que prevean las condiciones de dicho uso.
4.6 Poner a disposición de la PERSONA JURÍDICA un sistema en línea mediante el cual se realizarán las comunicaciones con el MINISTERIO y se presentará la documentación y material estipulado en la presente Acta de Compromiso, a excepción de los materiales solicitados en los numerales 5.8.5, 5.8.6, 5.8.7, 5.8.8 y 5.8.9, los cuales deberán entregarse a través xx Xxxx de Partes del MINISTERIO. Asimismo, la PERSONA JURÍDICA podrá solicitar cartas de presentación y constancia de haber resultado beneficiario, a través del mismo sistema en línea.
CLÁUSULA QUINTA: OBLIGACIONES DE LA PERSONA JURÍDICA
5.1 Ejecutar el PROYECTO, conforme a las características y plazos establecidos en el mismo.
5.2 Disponer de una cuenta corriente o de ahorros, en cualquier entidad del sistema financiero nacional, para el depósito y uso exclusivo del premio. Todo retiro de dicha cuenta es considerado gasto directo del PROYECTO, salvo supuestos excepcionales debidamente comunicados al MINISTERIO.
5.3 Comunicar al MINISTERIO el depósito del premio en la cuenta indicada en el numeral precedente.
5.4 Presentar el cronograma actualizado de actividades del PROYECTO hasta diez (10) días hábiles posteriores a la entrega del estímulo.
5.5 Presentar al MINISTERIO copia simple del (de los) estado(s) mensual(es) de la cuenta indicada en el numeral 5.2, cuando éste lo solicite.
5.6 Presentar al MINISTERIO, una vez ejecutado el cien por ciento (100%) del premio, un
(1) informe económico, conformado por lo siguiente:
5.6.1 Un resumen de gastos, según formato que indique el MINISTERIO, con sello y firma del representante legal de la PERSONA JURÍDICA y de un contador público colegiado.
5.6.2 Un consolidado de gastos, según formato que indique el MINISTERIO.
5.6.3 Los estados mensuales de la cuenta indicada en el numeral 5.2. desde el depósito del premio hasta la ejecución total del mismo.
5.6.4 Los documentos que acrediten los gastos declarados, conforme con las siguientes disposiciones:
5.6.4.1 Gastos en territorio nacional: debidamente emitidos, conforme a lo establecido en el Reglamento de Comprobantes de Pago - Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT). Consignando únicamente a la PERSONA JURÍDICA como adquirente o usuario del bien o servicio. En ningún caso se aceptan proformas o presupuestos.
5.6.4.2 Gastos con proveedores extranjeros: documentos equivalentes a los establecidos en el numeral precedente. Además, pueden presentarse comprobantes de transacciones bancarias acompañados de documentos que sustenten dichos gastos de manera fehaciente, previa evaluación y aprobación del MINISTERIO. En ningún caso se aceptan proformas o presupuestos.
5.6.4.3 En caso de acuerdos realizados entre la PERSONA JURÍDICA y la empresa distribuidora, previa evaluación del Ministerio, se aceptarán como sustento de gasto contratos detallados entre ambas partes que sean coherentes y fehacientes con la actividad cinematográfica a realizar dentro de los plazos y fechas de la distribución de la obra y que cuenten con documentos sustentatorios que validen el pago de los acuerdos.
5.6.4.4 Además, previa evaluación y aprobación del MINISTERIO, se permite la sustentación de gastos en declaraciones juradas por el xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del premio, según formato del MINISTERIO, cuando:
(i) Por la propia naturaleza de su trabajo, el prestador del servicio sea ocasional.
(ii) Las actividades sean realizadas en zonas alejadas de centros poblados o en situación de informalidad, y sea imprescindible la contratación de servicios o la adquisición de bienes.
(iii) Asimismo, el MINISTERIO podrá, excepcionalmente, aceptar otros supuestos.
5.6.4.5 Con sello, en lugar visible, según el siguiente modelo:
TÍTULO DEL PROYECTO:
PERSONA JURÍDICA:
CÓDIGO: -2020-DAFO
PROYECTO PREMIADO POR EL MINISTERIO DE CULTURA - PERÚ
5.6.4.6 Cuando el MINISTERIO lo solicite, presentar a través xx Xxxx de Partes los documentos originales.
5.6.5 Presupuesto detallado del PROYECTO.
5.7 En caso el PROYECTO involucre la distribución comercial de la obra, presentar al MINISTERIO, antes de la fecha de estreno, un informe preliminar de las actividades de promoción y publicidad realizadas.
5.8 Presentar al MINISTERIO el siguiente material final del PROYECTO:
5.8.1 Informe de ejecución del PROYECTO, según el formato y lineamientos del
MINISTERIO.
5.8.2 Documento(s) que acredite(n) la exhibición efectiva de la obra cinematográfica vinculada al PROYECTO.
5.8.3 Ficha técnica de la obra cinematográfica vinculada al PROYECTO, según el formato que indique el MINISTERIO.
5.8.4 Ficha resumen del PROYECTO, según formato que indique el MINISTERIO.
5.8.5 Entregar una copia de la obra cinematográfica vinculada al PROYECTO en archivo de datos en alta calidad (.mov, .avi u otros) con subtítulos para personas con discapacidad auditiva (no incrustados) en un dispositivo de almacenamiento de datos, según indique el MINISTERIO.
5.8.6 Adicionalmente, si la versión a distribuir difiere de la versión entregada como parte del material final del concurso ganado con anterioridad, deberá entregar la versión final de la obra cinematográfica vinculada al PROYECTO, en los siguientes soportes:
5.8.6.1 Una (1) copia en cinta de 35 mm, en DCP o en soporte de calidad superior (previa autorización del MINISTERIO), con sonido óptico, sonido 5.1 o monoaural y estéreo Izquierda + Centro + Derecha. Si la copia es presentada en cinta de 35mm., entregarla en estuche de lata con su respectivo núcleo.
5.8.6.2 Una (1) copia en DVD, con estuche y carátula.
5.8.6.3 Una (1) copia en Blu-ray, con estuche y carátula.
En caso la(s) obra(s) no sea(n) hablada(s) en castellano, incluir subtítulos en castellano.
5.8.7 Una (1) copia del (de los) tráiler(s) y/o del (de los) teaser(s) de la obra cinematográfica vinculada al PROYECTO, en archivo de datos en alta calidad (.mov, .avi u otros) en un dispositivo de almacenamiento de datos, según indique el MINISTERIO. En caso el (los) tráiler(s) y/o teaser(s) de la(s) obra(s) no sea(n) hablado(s) en castellano, incluir subtítulos en castellano.
5.8.8 Afiche de la obra cinematográfica vinculada al PROYECTO enmarcado, según las indicaciones del MINISTERIO, y en versión digital en alta calidad.
5.8.9 Material promocional (físico o digital) adicional a los numerales 5.8.7 y 5.8.8 de la obra cinematográfica vinculada al PROYECTO.
5.9 Participar gratuitamente en la exposición de su experiencia mediante una conferencia, conversatorio, taller, seminario u otro evento:
5.9.1 Organizado por el MINISTERIO, según disponibilidad y previa coordinación con la PERSONA JURÍDICA.
5.9.2 No organizado por el MINISTERIO, previa comunicación y aprobación, en tanto la participación sea considerada por este como equivalente. Asimismo, la
PERSONA JURIDICA deberá presentar un documento (certificado, constancia u otro) que valide su participación gratuita.
5.10 Autorizar al MINISTERIO, sin costo y de manera no exclusiva, la comunicación pública del (de los) tráiler(s) y/o del (de los) teaser(s) de la obra vinculada al PROYECTO, sin fines comerciales, de acuerdo a lo establecido en la cláusula décima de la presente Acta de Compromiso.
CLÁUSULA SEXTA: DEL CRÉDITO DEL MINISTERIO
La PERSONA JURÍDICA debe incluir en el material final del PROYECTO, descrito en los numerales 5.8.5, 5.8.6, 5.8.7, 5.8.8 y 5.8.9 de la cláusula precedente, el crédito respectivo del MINISTERIO, según indique y apruebe el mismo. Para ello, deberá utilizar el archivo digital del logotipo institucional y los lineamientos de uso del mismo puesto a disposición por el MINISTERIO.
CLÁUSULA SÉPTIMA: DEL PLAZO MÁXIMO
El plazo máximo para la entrega del material final del PROYECTO [Distribución comercial: es de ocho (8) meses calendario] [Distribución alternativa: es de doce (12) meses calendario] desde la fecha de estreno de la obra cinematográfica. Dentro de dicho plazo, la PERSONA JURÍDICA puede modificar el cronograma del PROYECTO, previa comunicación al MINISTERIO.
CLÁUSULA OCTAVA: DE LAS MODIFICACIONES DEL PROYECTO
La PERSONA JURÍDICA debe informar al MINISTERIO todo cambio referido a la persona de contacto y datos generales de la PERSONA JURÍDICA. Dichas modificaciones se comunicarán al MINISTERIO y se entenderán aprobadas.
Cualquier modificación en el PROYECTO debe ser aprobada por el MINISTERIO, para lo cual la PERSONA JURIDICA debe presentar a través del sistema en línea una solicitud detallando los motivos de la modificación que se propone y adjuntando los documentos que sustenten el pedido y/o lo acrediten. El MINISTERIO debe resolver el pedido en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de recibida la solicitud. De considerarlo necesario, el MINISTERIO puede requerir mayor información, suspendiendo el plazo.
CLÁUSULA NOVENA: DEL INCUMPLIMIENTO
El MINISTERIO supervisa el cumplimiento de las obligaciones de la PERSONA JURÍDICA, de acuerdo al último cronograma presentado por esta.
El MINISTERIO, en caso compruebe el incumplimiento de alguna de las obligaciones de la presente Acta de Compromiso, debe requerir a la PERSONA JURÍDICA la corrección de dicha situación. De no obtener respuesta por parte de la PERSONA JURÍDICA, el MINISTERIO puede realizar un segundo requerimiento. Si este último tampoco fuera atendido, el MINISTERIO comunicará el hecho a Procuraduría Pública para que inicie las acciones legales correspondientes.
CLÁUSULA DÉCIMA: VIGENCIA DEL ACTA DE COMPROMISO
La presente Acta de Compromiso tiene vigencia hasta la emisión del Certificado de Cumplimiento a la PERSONA JURÍDICA, una vez emitidos los informes que acrediten el cumplimiento adecuado de las obligaciones de la cláusula quinta de la presente Acta de Compromiso.
Antes de la entrega del Certificado de Cumplimiento, la PERSONA JURÍDICA deberá otorgar a favor del MINISTERIO, sin costo y de manera no exclusiva, una autorización de comunicación pública del (de los) tráiler(s) y/o del (de los) teaser(s) de la obra vinculada al PROYECTO, sin fines comerciales, por un periodo xx xxxx (10) años desde su suscripción, dentro del territorio nacional, de acuerdo al modelo establecido por el MINISTERIO.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: DEL DOMICILIO
Se consideran como domicilios de las partes los consignados en la parte introductoria de la presente Acta de Compromiso, salvo se comunique cambio de domicilio mediante el sistema en línea. El cambio de domicilio regirá a los cinco (5) días calendario después de recibida la comunicación por el destinatario.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE Y LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las partes convienen expresamente que la presente Acta de Compromiso se rige por las leyes de la República del Perú.
Asimismo, las partes acuerdan que, de ser el caso, cualquier discrepancia o controversia respecto a la interpretación, ejecución y/o eventual incumplimiento de la presente Acta de Compromiso, debe ser resuelta de forma armoniosa siguiendo las reglas de buena fe y común intención. En caso de no resolverse la discrepancia o controversia, las partes acuerdan que la misma será resuelta mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1071 y sus modificatorias, y demás normas sobre la materia. Las partes convienen en acatar todo laudo arbitral emitido como fallo definitivo e inapelable.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL ACTA DE COMPROMISO
De considerarlo necesario, el MINISTERIO puede resolver de pleno derecho la presente Acta de Compromiso, debiendo la PERSONA JURÍDICA desistirse del premio, cuando:
- La PERSONA JURÍDICA no haga efectivo el cobro del premio.
- La PERSONA JURÍDICA no pueda ejecutar el PROYECTO por razones debidamente justificadas.
En el supuesto de haber recibido el premio, la PERSONA JURÍDICA deberá devolver el íntegro del mismo. La resolución del Acta de Compromiso se realizará mediante un documento suscrito por la PERSONA JURÍDICA y el MINISTERIO.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: ACCIONES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES EN CASO DE PRESENTACIÓN Y DECLARACIÓN DE FALSA INFORMACIÓN
De comprobarse fraude o falsedad en la declaración, información o en la documentación presentada por la PERSONA JURÍDICA, el MINISTERIO considera no satisfechas las obligaciones antes descritas para todos sus efectos.
Además, si la conducta se adecua a los supuestos previstos en el Título XIX Delitos contra la Fe Pública del Código Penal, ésta debe ser comunicada al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
En todo lo no previsto en la presente Acta de Compromiso, resultan aplicables la Ley N° 26370, y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 042-95- ED; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2020-MC; la Resolución Ministerial N° 206-2013-MC; la Directiva N° 002- 2015-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial N° 035-2015-VMPCIC-MC y sus modificatorias; el T.U.O. de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS; el Código Civil; las BASES; y, toda norma que resulte aplicable.
En señal de conformidad, las partes suscriben la presente Acta de Compromiso en dos (2) ejemplares de igual contenido y tenor en la ciudad de Lima, con fecha
MINISTERIO DE CULTURA | [PERSONA JURÍDICA] | |||||
D.N.I. N° | D.N.I. N° |