CONTRATO DE SERVICIOS DE PACIFICO CABLE SpA
CONTRATO DE SERVICIOS XX XXXXXXXX CABLE SpA
1. Contrato: Por el presente acto, el suscriptor individualizado en el anverso contrata los servicios que ahí se detallan y PACÍFICO CABLE SpA, RUT 00.000.000-0, domiciliada en Tucapel Xx0000, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxx, en adelante “PCSpA” o “la Compañía”, se compromete a prestarlos en los términos y condiciones que a continuación se señalan, estableciendo que los antecedentes proporcionados por el suscriptor al momento de la contratación son completos y fidedignos.
2. Duración del Contrato: El presente contrato entra en vigencia con esta fecha y tiene una duración hasta el 31 de diciembre del año en curso, y se renovará tácita y automáticamente por periodos de un año, si ninguna de las partes decide no perseverar en su renovación. PCSpA deberá comunicar su decisión de no renovar el contrato, mediante aviso escrito entregado con a lo menos 30 días de anticipación al suscriptor. Por su parte, el suscriptor podrá poner término al contrato en cualquier momento dando aviso a PCSpA por cualquier medio que esta ponga a su disposición, los que serán equivalentes a los habilitados para la contratación y en el que conste la identidad del suscriptor. PCSpA pondrá término a la provisión del servicio dentro del plazo de 1 día hábil a contar de la notificación de término realizada por el suscriptor, correspondiendo el cobro por los servicios del periodo, al monto proporcional a la fecha del término del contrato, sobre el periodo respectivo. Por su parte, PCSpA podrá poner término inmediato por las causales que se detallan en la cláusula 9 del presente contrato.
3. Instrumentos que forman parte integrante del Contrato: Para todos los efectos forman parte del presente contrato los siguientes instrumentos: i) el presente instrumento, ii) las Condiciones Generales de Contratación (“CGC”) iii) La Orden de Trabajo (OT) mediante la cual el suscriptor recibe conforme la Instalación Interior de Telecomunicaciones y/o los equipos recibidos en Comodato. Los instrumentos señalados en los numerales i) y ii) se encuentran publicados en xxx.xxxxxxx.xx, documentos que el Suscriptor declara haber recibido al momento de la suscripción del Contrato.
4. Servicios susceptibles de contratación: El presente instrumento contiene las estipulaciones de los planes de Servicios Principales y adicionales ofrecidos por PCSpA, los cuales consisten en Servicio de Televisión, Servicios de Acceso a Internet, fijo o inalámbrico y Servicios de Telefonía IP. Cada servicio es independiente de los demás y podrá ser contratado o ponerle término conjuntamente o separadamente uno de otro. Así también, el presente instrumento contiene las estipulaciones de los contratos de los Servicios Adicionales de Televisión y Servicios Adicionales de Telefonía IP, los cuales podrán ser contratados siempre que el suscriptor mantenga vigente el respectivo servicio principal. Los Servicios Adicionales de Televisión podrán ser contratados en documentos independientes del contrato del Servicio Principal de Televisión e independientemente entre sí. Asimismo, el suscriptor podrá poner término a un contrato de servicios adicionales de televisión sin afectar la vigencia del contrato del Servicio Principal.
5. Pago por los Servicios
5.1. Obligación de Pago: El Suscriptor, deberá pagar a PCSpA, la renta mensual correspondiente al plan comercial y/o servicios adicionales contratados, por mes anticipado,
xxxxxxx.xx | xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx | Xxxxxxx 0000, Xxxxx Xxxxxxx | Tel. 44 - 00 00 000 | Concepción, Chile
antes del vencimiento del plazo establecido en el documento de cobro respectivo, esto es 20 días posterior a su emisión. El suscriptor declara conocer y aceptar la fecha de vencimiento mensual del documento de cobro que se emite periódicamente, razón por la cual el hecho de no recibir oportunamente tal documento no es excusa suficiente para dejar de pagarlo y se obliga a informarse acerca de su monto adeudado para efectuar el pago en tiempo, lugar y forma. El monto del plan individualizado en el contrato, será exigible en forma independiente al consumo total o parcial de los servicios entregados al cliente. Los Servicios de prestación ocasional podrán ser cobrados en la Cuenta del período de facturación siguiente al de su prestación o al momento de su solicitud. El detalle del(os) servicio(s) cobrado(s), será enviado al cliente, ya sea en papel o formato digital, según el haya señalado en este documento. El documento de cobro, está sujeto a un cobro asociado de $1.000 pesos el formato en papel, el cual el suscriptor declara conocer y aceptar.
5.2. Lugar de Pago: El pago se efectuará en los lugares y formas que PCSpA habilite para tal efecto y preferentemente a través de medios no presenciales, lo que se encuentra informado en xxx.xxxxxxx.xx o la que la reemplace y en el documento de cobro. El suscriptor tendrá derecho a reclamar respecto de los cobros por Servicios contenidos el documento de cobro emitido por PCSpA conforme a lo establecido en el Reglamento de Reclamos, aprobado por el D.S. Nº 194 de 2013 de la Subsecretaria de Telecomunicaciones. El plazo para deducir reclamos que impugnen cobros, será de 60 días hábiles contados desde la fecha máxima de pago establecida en el documento de cobro.
5.3. Corte de Suministro por no Pago: El no pago oportuno del valor mensual dentro del plazo señalado en la cláusula 5.1. facultará a PCSpA para suspender el suministro del(los) Servicio(s) a partir xxx xxxxxx día siguiente del vencimiento del plazo.
5.4. Reposición del Servicio: La reposición del Servicio se efectuará dentro del plazo del día hábil siguiente, contado desde la fecha en que se pague el documento de cobro impago. La reposición del Servicio autorizará a PCSpA para cobrar al Suscriptor el cargo correspondiente a esta acción el cual se encuentra explicitado en este Contrato.
5.5. Cobros y Término por Xxxx: En el caso de atraso en el pago, las sumas adeudadas devengarán un interés igual al máximo convencional que corresponda para las operaciones de crédito de dinero no reajustables en moneda nacional de corto plazo. Asimismo, PCSpA podrá cobrar los costos y gastos por no pago oportuno conforme a la normativa aplicable. Adicionalmente, el no pago del servicio adeudado dentro de los 90 días corridos siguientes a la fecha de vencimiento del documento de cobro, faculta a PCSpA para poner término al contrato de suministro correspondiente, previo aviso al suscriptor dado con a lo menos 10 días de anticipación a la fecha de término de contrato, conforme lo establecido en el artículo 28 del Reglamento de Servicios de Telecomunicaciones.
6. Servicios Adicionales: El cliente podrá solicitar la activación de cualquier servicio adicional que esté disponible, cuyo valor y contenido se encuentre en la oferta vigente de PCSpA, los que serán habilitados al cliente a más tardar al día siguiente de su solicitud.
7. Reajustabilidad: Los precios y/o tarifas de los servicios contratados por el Suscriptor, se reajustarán anualmente de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precio al Consumidor (IPC), o en base a la unidad de reajustabilidad que la reemplace, lo que será previamente comunicado por la Compañía, con una anticipación no menor a 30 días de la
xxxxxxx.xx | xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx | Xxxxxxx 0000, Xxxxx Xxxxxxx | Tel. 44 - 00 00 000 | Concepción, Chile
aplicación del respectivo reajuste.
8. Suscripción de Nuevo Contrato: Para todos los efectos legales las partes acuerdan que la suscripción de este contrato implicará la terminación del o los contratos anteriores suscritos para el mismo domicilio, regulándose la relación contractual con PCSpA, a partir de la vigencia de este contrato, por las estipulaciones, condiciones y documentos que se han señalado precedentemente. Son causales de suscripción de un nuevo contrato las siguientes: cambio de domicilio, cambio de titular, cambio en el plan contratado o cambio de los atributos de los servicios principales contratados.
9. Término inmediato del Contrato: Sin perjuicio de los derechos que le asistan en conformidad al presente Contrato y la Normativa vigente, PCSpA podrá poner término inmediato al contrato sin necesidad de requerimiento judicial en caso de que el suscriptor o cliente según sea el caso incurra en una o más de las siguientes causales: a) retardo del pago de parte o la totalidad de los cobros que hubiere formulado PCSpA, una vez transcurridos 90 días desde la fecha de vencimiento del correspondiente documento de cobro; b) por uso indebido, ilegal o no autorizado del servicio; c) por cesión o subcontratación del servicio a terceros sin autorización previa y por escrito de PCSpA; d) por solicitar su quiebra, proposición de convenio judicial o preventivo, o encontrarse en estado de notoria insolvencia; e) proporcionar datos inexactos o falsos a PCSpA;
f) si existen hechos que hagan presumir que existe fraude o revisten aparentemente carácter de delito o cuasidelito; g) por cualquier incumplimiento de las cláusulas del contrato.
10. Tratamiento de Datos Personales y Autorización para recibir información publicitaria: el suscriptor y/o cliente autoriza a que PCSpA o sus empresas relacionadas y/o filiales efectúen tratamiento de sus datos personales, con finalidades de marketing, de la propia prestación de los servicios, y/o con el objeto de entregar información y/o beneficios. Los referidos datos personales podrán en casos concretos ser comunicados a terceros pero sólo para cumplir con las finalidades recién mencionadas. En caso que el suscriptor y/o cliente no desee recibir información publicitaria, promocional, comercial y/o de entretenimiento, deberá solicitar a PCSpA la suspensión de los envíos de tales comunicaciones a través de los medios que la misma comunicación indique y si desea efectuar el cambio de sus datos personales, deberá solicitarlo a PCSpA llamando al contact center. Es responsabilidad del cliente y/o suscriptor mantener en todo momento sus datos personales (correo electrónico, domicilio, entre otros) actualizados, comunicando cualquier cambio de ellos a PCSpA por alguno de los medios indicados anteriormente. Adicionalmente, el suscriptor y/o cliente desde ya autoriza y mandata irrevocablemente a PCSpA o sus empresas relacionadas y/o terceros autorizados para que, en caso que el suscriptor y/o cliente incurra en un simple retardo, incumplimiento y/x xxxx de las obligaciones emanadas de este u otro contrato celebrado con PCSpA, dicha parte pueda requerir la publicación de los datos personales del suscriptor y/o cliente en todos aquellos boletines comerciales y/o bases de datos que informen sobre la existencia de tal clase de retrasos, incumplimientos y/o morosidades; sin más restricciones y excepciones que aquellas que se encuentran expresamente contenidas en la ley N°19.628, sobre protección de la vida privada.
11. Suspensión Transitoria del Servicio a Solicitud del suscriptor: El suscriptor podrá solicitar la suspensión transitoria del servicio debiendo pagar un cargo único de $2.000 pesos, la suspensión tendrá un tiempo máximo de 60 días y podrá ser solicitada por el cliente solo una vez por cada año de su contrato.
xxxxxxx.xx | xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx | Xxxxxxx 0000, Xxxxx Xxxxxxx | Tel. 00 - 00 00 000 x Xxxxxxxxxx, Xxxxx