DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS DE LAS FUERZAS ARMADAS
DIRECCIÓN GENERAL DE LOS
SERVICIOS DE LAS FUERZAS ARMADAS
SERVICIO DE TUTELA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 09/11
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE AUDITORÍA EXTERNA EN LA
DGSFFAA- STSFFAA
FINANCIACIÓN: F.E.T.S.
(Fondo de Terceros)
DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS DE LAS FF.AA.
SERVICIO DE TUTELA SOCIAL DE LAS FF.AA.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 09/2011
Pliego de Condiciones Particulares
Llamado a empresas o profesionales independientes para la contratación de servicios de auditoría externa en la DGSSFFAA- STSFFAA.
CAPÍTULO I. LLAMADO.
Art. 1. OBJETO DE LA LICITACIÓN.
El Ministerio de Defensa Nacional - Dirección General de los Servicios de las FF.AA. - Servicio de Tutela Social de las FF.AA. (en adelante D.G.SS.FF.AA., S.T.S.FF.AA. o la Administración) llama a empresas o profesionales independientes, para prestar Servicios de Auditoría Externa del Fondo de Terceros, administrado por el Inciso 03- Ministerio de Defensa Nacional, Unidad Ejecutora 034 – Dirección General de los Servicios de las FF.AA.- Servicio de Tutela Social de las FF.AA., Programa 07- Seguridad Social Militar, en las condiciones establecidas a continuación.
ART. 2. OBLIGACIONES DE LOS OFERENTES.
La auditoría externa se efectuará en los estados contables correspondientes a la ejecución del año 2011 y 2012, cuya fecha de cierre es 31/12/2011 y 31/12/2012 respectivamente, en cumplimiento del artículo 42 de la ley 17.296 y de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría.-
ART. 3. INFORMES REQUERIDOS.
Se deberán presentar, una vez discutidos los borradores correspondientes, los siguientes informes que deberán contar con la firma del Jefe de Equipo:
Informe Corto: Dictamen de Auditoría, acompañado de los Estados Contables con sus correspondientes Notas, Cuadros y Anexos.-
Informe Largo: Contendrá como mínimo:
comentarios, conclusiones y recomendaciones sobre los registros contables y el sistema de control interno, resultantes del trabajo de auditoría realizado.
descripción de los procedimientos aplicados y de la metodología de determinación y tamaño de las muestras realizadas.
identificación de las deficiencias específicas constatadas en los sistemas y controles auditados y formulación de las recomendaciones que correspondan en cada caso.
información sobre el grado de cumplimiento de las recomendaciones de auditoría.
los asuntos que llegaron a su atención durante la auditoría y que puedan tener un impacto significativo en los Estados Financieros.
otros asuntos que el Auditor juzgue pertinente, aportando las evidencias suficientes que permitan, de corresponder, determinar responsabilidades.-
Informe Especial: Se emitirán informes cuando surjan “hallazgos” durante el desarrollo de la auditoría, que ameriten ser reportados oportunamente. El informe deberá contener el “hallazgo” y la recomendación del auditor.-
Informe de Avance: Si correspondiere o así se solicitare se emitirán informes de avance.-
ART. 4. PLAZO.
4.1. La duración del contrato abarcará la auditoría externa de los Estados Contables anuales del Inciso 03- Ministerio de Defensa Nacional- UE 034- Dirección General de los Servicios de las FF.AA. –Servicio de Tutela Social de las FF.AA., Programa 07, Seguridad Social Militar, correspondiente a la ejecución del año 2011 y 2012, cuya fecha de cierre son 31 de diciembre de 2011 y 31 de diciembre de 2012 respectivamente.
4.2. El Dictamen de Auditoría junto con el resto de los informes requeridos, deberá ser entregado antes del 30 xx xxxxx de 2011 y 30 xx xxxxx de 2012 respectivamente.
ART. 5. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL AUDITOR.
las firmas de auditoría externa podrán ser de filiación nacional o internacional.
dentro del equipo de auditores se deberá contar con un Jefe de Equipo “Team Leader” con experiencia comprobada en auditorías externas. El resto de los auditores integrantes del Equipo de Trabajo deberán contar con la debida idoneidad profesional en la materia.-
en caso de firmas auditoras extranjeras, éstas deberán presentarse a esta licitación por medio de un Representante radicado en la República Oriental del Uruguay.
ART. 6. REQUISITOS. Continuación.
6.1. Antecedentes de la Empresa y de los Auditores.
La firma oferente deberá:
acreditar su filiación nacional y/o internacional y proporcionar una relación de la experiencia profesional durante los últimos tres (3) años, en el ejercicio de auditoría externa, comprobándola mediante constancias expedidas por las empresas o instituciones auditadas. En caso de fusiones, absorciones y escisiones se podrán considerar válidas las experiencias profesionales de las firmas auditoras antecesoras. También deberá presentar un detalle curricular de la empresa así como su experiencia en el ramo, antigüedad y otras informaciones de interés o documentos que avalen sus antecedentes de seriedad y solvencia en la materia.-
presentar el curriculum vitae de los auditores que dirijan el Equipo de Trabajo y/o firmen el Dictamen así como el del resto de los integrantes del equipo técnico que tendrá a su cargo los trabajos para cumplir con el objeto del llamado. Debiéndose detallar como mínimo, los estudios e Instituciones en que se realizaron (formación de grado, posgrados, otros estudios), docencia y trabajos publicados. También se detallará la experiencia profesional de los mismos.
- Plan, equipo de trabajo y metodología.
La firma oferente deberá:
presentar un Plan de Trabajo de conformidad al objeto y alcance del llamado, determinando la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría a aplicar.
establecer con relación al Plan de Trabajo: metodología de trabajo y procedimientos de auditoría a ser aplicados y número y categoría de los auditores que intervendrán en los trabajos especificando el Jefe de Equipo “Team Leader”. En caso que por causa debidamente fundada la empresa tenga necesidad de reemplazar a uno o más técnicos deberá comunicar este hecho a la DGSSFFAA- STSFFAA en forma inmediata, proponiendo un sustituto que cumpla con los requisitos de esa categoría.
formular un cronograma de trabajo en base al Plan de Trabajo diseñado, indicándose las fechas estimadas de inicio de los trabajos de auditoría y de presentación de los informes requeridos.
Requisitos formales para la presentación de las ofertas.
A. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
1. Las propuestas deberán presentarse por escrito, en original y una copia, redactada en forma clara y precisa en idioma español y firmada por el oferente cuando se presente en forma personal. Sus hojas estarán numeradas correlativamente y sus textos deberán ser impresos a través de cualquier medio idóneo, no admitiéndose la presentación en forma manuscrita. En todo caso deberá ser fácilmente legible y las enmiendas, interlineados y testaduras salvadas en forma. 2. No se considerará oferta la propuesta que no se presente firmada por el proponente o su representante debidamente acreditado.
3. Presentación vía fax. En caso de presentación vía fax, sólo se admitirán aquellas ofertas cuya trasmisión haya finalizado antes de la hora prevista para la apertura. La oferta deberá presentarse foliada o dejar expresa constancia del número de fojas que componen la misma.
4. El eventual envío de ofertas a la página xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx no exonera al oferente de presentar o enviar (vía correo postal o fax) la oferta económica debidamente firmada con la documentación exigida en este pliego antes de la hora prevista para el acto de apertura.
5. La primera hoja de la propuesta deberá expresar en forma sucinta el monto de la oferta y de las variantes en su caso. En todo caso deberá especificarse precio con y sin IVA.
b. Documentación a presentar en el acto de apertura.
- Las que se expresan en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no personales (Decreto 53/993 de 28.01.1993 art. 8).
- Certificado notarial, con los correspondientes aportes a la Caja Notarial, del que surja: forma jurídica (tipo de empresa o sociedad), fecha de constitución, inscripción en el Registro de Comercio, comunicación de las autoridades si corresponde, representación. Dicho certificado (del que se deberá exhibir original) no deberá tener más de 48 horas de emitido a la fecha de la apertura de la licitación.
- Justificación de su inscripción en el S.I.I.F. (Registro de Proveedores del Estado) actualizado.
- Justificación suficiente de la representación invocada.
- Formulario de identificación del oferente y la propuesta, que se podrán ajustar a los siguientes modelos:
Modelo de la PROPUESTA:
“Lugar y fecha ...
SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE LAS FF.AA.
.... que suscribe, RUT... domiciliado a los efectos legales en la calle ... Nro. ... de la ciudad de ... tel... fax... constituyendo domicilio electrónico en la casilla de correo (mail)..., asume la obligación, sometiéndose a las leyes y tribunales del país, con exclusión de todo otro recurso, de ejecutar el servicio licitado “...” de acuerdo con las especificaciones y pliegos correspondientes que declara conocer y aceptar
Se adjuntan además:
(recaudos artículos 3 y 6 del presente pliego)
Saluda atentamente.
Firma del Oferente.
Licitación Abreviada Nº…
Fecha de apertura...
Nombre de la empresa...
Nº de identificación en el BPS...
Nº de RUT...
Monto Ofertas s/ IVA $...
Monto Ofertas c/ IVA $ ...
Monto Total $...
En caso de presentarse ofertas alternativas se pondrán a continuación.
Monto Oferta alternativa s/ IVA $...
Monto Oferta alternativa c/ IVA $...
Monto total $...
Modelo de FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
LICITACIÓN … Nº ...
IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA: ................................
R.U.T. ................
DOMICILIO A LOS EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN
Calle: ............................ Nº .............. Localidad: ....................
Código Postal: ............. País: ..................
Teléfono: .................... Fax: ................. Email ..................
Declaro estar en condiciones legales de contratar con el Estado
FIRMA .............................................
Aclaración de firmas: ...........................................
Deberá exhibir certificados vigentes de:
Banco de Seguros del Estado (contratación de seguro de accidentes y enfermedades profesionales)
Único del Banco de Previsión Social.
la Dirección General Impositiva.
c. REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA.
1. Los oferentes deberán designar a la persona o personas que la representen ante la Administración en todas las actuaciones referentes al presente llamado.
2. Dicha designación podrá hacerse mediante el otorgamiento de poder general, especial o carta poder.
3. En caso de tratarse de representantes de firmas extranjeras, los mismos deberán cumplir con lo dispuesto por la ley № 16.497 de 15.06.1994, acreditando el nombre del representante y de su número de registración en el registro Nacional de Representantes de Firmas Extranjeras a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas y, si correspondiere, cumplir con lo establecido en la ley 18.083 de 27.12.2006, en lo referente al Impuesto a las Rentas de los no Residentes.
4. Las firmas proponentes deberán indicar los nombres de los titulares que la acompañan en caso de ser sociedades personales o de sus representantes autorizados, en caso de ser sociedades anónimas.
ART. 7. EXAMEN Y RETIRO XXX XXXXXX DE CONDICIONES PARTICULARES.
7.1. El presente Pliego puede ser examinado y retirado (sin costo) en la sede de la D.G.SS.FF.AA. -S.T.S.FF.AA, Convención 1332, 2do. Piso, Sección Compras, Departamento de Montevideo, de lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas o de la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
7.2. Comunicaciones. Con el retiro xxx xxxxxx en forma personal, el eventual oferente deberá indicar los datos individualizantes de la empresa (razón social, RUT, teléfono fax, domicilio fiscal) y constituir domicilio electrónico. A través de éste, la Administración podrá realizar válidamente todas las comunicaciones que entienda pertinente, en el curso del presente proceso licitatorio.
Art. 8. ACLARACIONES, CONSULTAS Y PRÓRROGAS.
8.1. Cualquier empresa que haya retirado pliegos de la DGSSFFAA-STSFFAA., podrá solicitar aclaraciones o consultas específicas, o prórroga de la apertura de ofertas, mediante comunicación escrita dirigida hasta 5 días hábiles antes de la fecha establecida para el acto de apertura de las ofertas. Vencido dicho término la Administración no estará obligada a proporcionar datos aclaratorios.
8.2. La Administración comunicará la prórroga o aclaración solicitada, así como cualquier información ampliatoria que ella estime necesario realizar, a su exclusivo criterio y -a través de alguno de los medios establecidos en comunicaciones-, a todos los que hayan retirado el Pliego de Condiciones y mediante su publicación en la web compras estatales.
Art. 9. PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
9.1. Las ofertas deberán presentarse en el lugar indicado oportunamente a los efectos del llamado, hasta la hora fijada para su apertura.
9.2. La Administración podrá prorrogar el plazo de apertura de ofertas, en cuyo caso todos los derechos y obligaciones de la misma y de los oferentes anteriormente sujetos al plazo original quedarán sujetos al nuevo plazo.
Art.10. PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS.
10.1. Las propuestas serán válidas y obligarán a los oferentes por el término de 150 días subsiguientes a la fecha de apertura de las mismas a menos que, antes de expirar dicho plazo, la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, a no ser que medie notificación escrita a la Administración de su decisión de retirar la oferta, y falta de pronunciamiento de ésta última, en el término de 10 días perentorios.
10.2. La Administración, excepcionalmente, podrá solicitar a los oferentes una prórroga, antes de su vencimiento, del período de validez de sus ofertas, con indicación del plazo. Los oferentes, podrán rechazar dicha solicitud considerándose por tanto que han retirado sus ofertas, y en caso de tratarse de licitación pública la Administración procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Mantenimiento de Oferta constituida.
10.3. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus ofertas, y deberán ampliar el plazo de la garantía de mantenimiento de oferta oportunamente constituida.
Art.11 MODIFICACIÓN Y RETIRO DE LAS OFERTAS.
Los oferentes podrán modificar o retirar sus ofertas mediante notificación por escrito antes de la hora fijada para la apertura de las mismas, si estas ya hubieran sido entregadas a la Administración, la modificación implicará la sustitución total de una propuesta por otra o el retiro definitivo. No se aceptarán cambios parciales de una propuesta.
CAPÍTULO II. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Art. 12. APERTURA DE OFERTAS.
12.1. La apertura de las propuestas se hará en Convención 1332 el día ... de …… de 2011 a la hora 11:00
12.2. Se abrirán en presencia de las representantes de las empresas que concurran al acto.
12.3. No se abrirán las ofertas cuyo retiro se haya notificado debidamente de conformidad con este pliego.
12.4. En el acto de apertura de las ofertas, la Administración dará a conocer los nombres de los oferentes, los precios de las ofertas, el monto total de cada una de ellas, las modificaciones y retiros de ofertas, así como cualquier otro detalle que ésta estime pertinente anunciar.
12.5. De lo actuado se labrará la correspondiente acta de la apertura de ofertas, en la que se incluirá la información dada a conocer a los asistentes como también cualquier observación que pudieran formular los representantes debidamente acreditados de las empresas presentes.
Art. 13. ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS.
13.1. Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las ofertas, la Administración podrá solicitar a los oferentes aclaración de sus propuestas. La solicitud de aclaración y la respuesta pertinente se hará por escrito y podrán remitirse por fax o e-mail.
13.2. No se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o de los elementos sustanciales de la oferta, salvo que ello sea necesario para confirmar la corrección de errores aritméticos que la Administración hubiere constatado durante la evaluación de las ofertas.
Art. 14. ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LAS OFERTAS.
La administración se reserva el derecho de:
Aceptar las propuestas que considere más convenientes a sus intereses y a las necesidades del servicio para el cual licita, o de rechazar alguna o todas las propuestas;
Rechazar las propuestas en situaciones de concusión, cohecho, soborno, fraude, abuso de funciones, tráfico de influencias, tratar de influir en los funcionarios intervinientes en el proceso de licitación para obtener una decisión favorable, sin perjuicio de las denuncias penales correspondientes.
Adjudicar en forma parcial o dividir la adjudicación.
Hacer uso de las facultades previstas en el Art. 57 del “TOCAF 1996” (mejora de ofertas y negociaciones reservadas y paralelas).
Desistir de ejecutar el objeto licitado en cualquier etapa del procedimiento o ejecutarlo en forma parcial.
Art. 15. COMPARACIÓN DE PROPUESTAS.
15.1 La Administración evaluará y comparará solo las ofertas que se determine que se ajusten sustancialmente a lo estipulado en el presente Xxxxxx.
15.2. Los criterios que utilizará la Administración a efectos de comparar las ofertas serán entre otros las siguientes:
Antecedentes de la empresa y de los auditores conforme la información proporcionada por la empresa de acuerdo al artículo 6.1 de este pliego.
Plan, equipo de trabajo y metodología, se evaluará la información proporcionada por la empresa de acuerdo al artículo 6.2 de este pliego.
Xxxxxx, se evaluará el precio ofertado por la empresa de acuerdo al artículo 7 de este pliego.
Art. 16. EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN.
16.1. La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa.
16.2. En la evaluación de las ofertas podrán no ser tenidas en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación, o que signifiquen beneficios no solicitados para la Administración.
CAPÍTULO III. VISTA Y ADJUDICACIÓN
Art. 17. VISTA A LOS OFERENTES Y ADJUDICACIÓN.
17.1. La Administración podrá dar vista a todos los oferentes del dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, por el plazo legal.
17.2. Adjudicación. La Administración adjudicará la licitación a la empresa cuya oferta se ajuste sustancialmente a las condiciones establecidas en el presente pliego y el que, haya sido evaluado como el más conveniente para sus intereses y las necesidades del servicio.
17.3. Una vez adjudicada la licitación, la Administración notificará al adjudicatario y a los demás oferentes, la resolución adoptada por ésta. En ese momento se considerará perfeccionado a todos los efectos legales el contrato de que se trata, siendo las obligaciones y derechos del adjudicatario las que surjan de las normas jurídicas aplicables, los pliegos y su oferta, sin perjuicio de la eventual suscripción de un contrato donde se detallen las obligaciones de las partes.
17.4. Dentro de los diez días de notificada la resolución de adjudicación, el adjudicatario deberá:
- Constituir la garantía de cumplimiento de contrato (en caso de corresponder).
- De tratarse de persona jurídica anónima deberá presentar certificado notarial vigente, con indicación de la nómina de representantes, directores y/o administradores de la empresa, adjuntando asimismo fotocopias de las cédulas de identidad y justificación de no ser deudor alimentario (art. 3º Ley Nº 18.244 de 27 de diciembre de 2007).
- Suscribir el correspondiente contrato.
17.5. La falta de cumplimiento de los requisitos precitados en el plazo indicado, configurará incumplimiento contractual, y podrá dar lugar a la aplicación de las sanciones pertinentes según disposiciones vigentes.
CAPÍTULO IV. DE LAS GARANTÍAS
ART. 18. GARANTÍAS. FORMA DE PRESENTACIÓN.
18.1. La garantía de mantenimiento de oferta (1% del valor de la oferta) de acuerdo al art. 55 del “TOCAF 1996” para el cuatrimestre correspondiente a la fecha de la apertura, se presentará en la DGSSFFAA y a su orden (en la presente licitación, no corresponde).
18.2. La garantía de cumplimiento de contrato (5% del valor de la adjudicación), de acuerdo al art. 55 “TOCAF 1996” para el cuatrimestre correspondiente a la fecha de la firma del contrato se presentará en la DGSSFFAA y a su orden.
18.3. Deberán ser emitidas con cláusulas que contemplen su vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones contractuales que ampara.
18.4. La Administración se reserva el derecho de aceptar o rechazar, a su exclusivo juicio, documentos que constituyan garantías.
18.5. La falta de constitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en tiempo y forma, excepto que se haya autorizado una prórroga, hará caducar los derechos del adjudicatario, pudiendo la Administración reconsiderar el estudio de la Licitación con exclusión del oferente adjudicado en primera instancia.
18.6. Esta garantía podrá ser ejecutada en caso de que el adjudicatario no dé cumplimiento a las obligaciones contractuales y se devolverá una vez verificado el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales (recepción definitiva).
18.7. La dependencia que tenga a su cargo el control de la ejecución del servicio de auditoría licitado, en caso de incumplimiento de la empresa adjudicataria, comunicará en un plazo no mayor a 5 días calendario, a la D.G.SS.FF.AA.-S.T.S.FF.AA. para que ésta notifique a la aseguradora o a la institución que corresponda, a efectos de iniciar su recupero.
Art. 19. CONTENIDO DE LOS DOCUMENTOS.
Los documentos que acrediten la garantía constituida, necesariamente, deberán mencionar:
1. Número de Licitación.
2. Organismo que realizó el llamado.
3. Designación del servicio licitado.
4. Concepto por el que se deposita (cumplimiento de contrato, etc.).
5. En caso de tratarse de ampliaciones será obligatorio establecer nuevamente el número de licitación, dirección que realizó el llamado, servicio y tramo que se amplía en forma detallada.
CAPÍTULO V. INCUMPLIMIENTO, RESCISIÓN, MULTAS Y SANCIONES
ART. 20. INCUMPLIMIENTO, RESCISIÓN, MULTAS Y SANCIONES
20.1. Incumplimiento. El adjudicatario caerá en xxxx de pleno derecho respecto a los plazos de entrega por el solo vencimiento del plazo pactado.
20.2. Rescisión. En caso de incumplimiento de las condiciones contractuales por parte de la firma de auditoría externa, la DGSSFFAA-STSFFAA tendrá la facultad de declarar rescindido el contrato en cualquier momento, sin que el proveedor tenga derecho a indemnización o compensación alguna y sin perjuicio de las responsabilidades que puedan corresponder.
20.3. Además de las causales señaladas se considerará causal de rescisión el atraso de más de 10 días en la presentación de los Informes Requeridos, así como el no cumplimiento de la cláusula de confidencialidad definida en este pliego.
20.4. Multa. La multa será aplicada y deducida en forma automática, sin ninguna interpelación judicial o extrajudicial, de las facturas presentadas para el cobro, o de la Garantía que el adjudicatario deberá presentar, o bien, responderá con otros bienes si aquellos resultaren insuficientes. El atraso del proveedor, en el cumplimiento del contrato podrá dar mérito a la aplicación de una multa determinada por la siguiente fórmula:
Multa = Precio del contrato anual x días de atraso x 0,03
20.6. Sanciones. Sin perjuicio de poder ser suspendido como proveedor de la DGSSFFAA-STSFFAA por los siguientes 3 (cinco) años.-
CAPÍTULO VI. NORMAS GENERALES
Art. 21. CONFIDENCIALIDAD.
La información obtenida por la empresa adjudicataria y los técnicos que ella suministre, están alcanzadas por el secreto profesional, estando estrictamente prohibida su divulgación, y utilización en beneficio propio o de terceros, salvo autorización expresa. Esta obligación se mantendrá vigente aún después de la expiración o rescisión del contrato.
Art. 22. CONDICIÓN SUSPENSIVA.
La efectiva contratación y pago queda sujeta a la condición suspensiva de la aprobación del Tribunal de Cuentas de la República.
Art. 23. CUMPLIMIENTO PERSONAL DE LAS OBLIGACIONES.
El adjudicatario deberá cumplir por sí las obligaciones asumidas. No podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin consentimiento expreso del Poder Ejecutivo y de acuerdo con las condiciones que éste fije. La cesión no surtirá efectos legales hasta que la escritura respectiva, que deberá ser comunicada a la Administración por las partes contratantes, sea aprobada por decreto de la misma.
Art. 24. Cesión de Créditos.
Cuando se configure una cesión de crédito, según los Art. s 1737 y siguientes del Código Civil:
a) la Administración se reservará el derecho de oponer al cesionario todas las excepciones que se hubieran podido oponer al cedente, aún las meramente personales,
b) la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer efectiva, en la forma y en la medida que sean exigibles según el Pliego y, por el cumplimiento de la obra.
Art. 25. NORMATIVA APLICABLE.
Son aplicables a la presente contratación (en lo pertinente):
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de Suministros y Servicios No Personales (Decreto Nº53/993 de 8 xx xxxxx de 1993).
Decreto 194/997 de 10 xx xxxxx de 1997 (“TOCAF 1996”).
Ley 15.809 de 0 xx xxxxx xx 0000 (xxx. 360).
Ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989 y sus modificativos (Sociedades Comerciales).
Ley 17.250 de 11 xx xxxxxx de 2000 y Decreto 244/2000 de 23 xx xxxxxx de 2000 y sus modificativos (Derecho de Consumo).
Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 y sus modificativos (Uso indebido del poder público, corrupción)
Ley 17.904 de 7 de octubre de 2005 art. 13 y ss. (comunicación de integración del directorio S.A. al Registro de Comercio).
Ley 18.098 de 12 de enero de 2007 (empresas que contratan servicios tercerizados con organismos estatales)
Ley 18.099 de 24 de enero de 2007 (ley de tercerizaciones).
Ley 18.244 art. 3 de 27.12.2007(deudores alimentarios)
Ley 18.251 de 6 de enero de 2008 (amplia ley tercerizaciones).
Enmiendas o aclaraciones efectuadas por la Administración durante el plazo del llamado a licitación.
La propuesta formulada por el contratista.
Leyes, Decretos y Resoluciones del Poder Ejecutivo, vigentes a la fecha de apertura de la licitación.-
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