CONVENIO MODIFICATORIO
CONVENIO MODIFICATORIO
CONVENIO MODIFICATORIO TEMPORAL Y PARCIAL AL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA INSTITUCIÓN DENOMINADA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN XXXX POTOSÍ REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA C.P. XXXXXX XXXXXX XXXXX EN SU CARÁCTER DE RECTORA Y REPRESENTANTE LEGAL, CON DOMICILIO EN PROLONGACIÓN AVENIDA DE LAS AMÉRICAS NÚMERO 100, RANCHO NUEVO SOLEDAD DE XXXXXXXX XXXXXXX, SAN XXXX POTOSÍ Y POR LA OTRA EL SINDICATO ESTATAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE INSTITUCIONES, ORGANISMOS ACADÉMICOS, COLEGIOS Y CENTROS EDUCATIVOS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO, C.T.M. ; REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. MTRO. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO GENERAL, CON DOMICILIO EN AV. CONSTITUCIÓN NÚMERO 1035, PRIMER PISO, INTERIOR 09, EN EL BARRIO DE SAN XXXXXXXXX, XXXX CENTRO, SAN XXXX POTOSÍ, S.L.P., BAJO LAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I. Declara la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN XXXX POTOSÍ:
I.I Que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de San Xxxx Potosí, con personalidad jurídica y patrimonio propio; creada mediante Decreto publicado en el Periódico Oficial el día 21 de Julio de 1997.
I.II Que el objetivo y finalidad principal radica en formar profesionistas con sentido innovador en la incorporación de los avances científicos y tecnológicos; realizar investigación en las áreas de su competencia, que se traduzca en aportaciones concretas que contribuyan al mejoramiento y eficacia de la producción industrial y de servicios; impartir y desarrollar programas de superación académica y de apoyo técnico en colaboración con las autoridades estatales y los grupos industriales, tendientes al beneficio de la comunidad universitaria y de la población en general; promover la cultura tecnológica entre los diversos sectores de la población; extender las funciones de vinculación hacia los sectores público, privado y social para la consolidación del desarrollo tecnológico, científico y social de la Entidad; así como impulsar estrategias de participación y concertación con los sectores público, privado y social para la proyección de las actividades productivas, con los más altos niveles de eficiencia y sentido social.
I.III Que para todos los efectos que haya lugar señala como domicilio oficial, el ubicado en Prolongación Avenida de las Américas N° 100, comunidad de Rancho Nuevo, municipio de Soledad de Xxxxxxxx Xxxxxxx, S.L.P.
I.IV Que la representante legal, C.P. XXXXXX XXXXXX XXXXX con el carácter de Xxxxxxx, cuenta con las atribuciones y facultades para celebrar el presente Convenio, de conformidad con el artículo Décimo primero, fracción IX del Decreto de Creación de la propia Universidad; así como con el instrumento notarial número 58,353 del libro número 1343 de fecha 00 xx Xxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx Xxxx, titular de la Notaría Pública número 23, con ejercicio en el municipio de Xxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxxxx S.L.P.
II. DECLARA EL SINDICATO ESTATAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE INSTITUCIONES, ORGANISMOS ACADÉMICOS, COLEGIOS Y CENTROS EDUCATIVOS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO, C.T.M.:
II.I Que está legalmente constituido, como consta en el proceso administrativo laboral número 12165/2017/COL llevado para tal efecto por la Junta Local de Conciliación y arbitraje del Estado de San Xxxx Potosí asignándosele el número de Registro Sindical número 660 del libro de registro y asociaciones sindicales y que su Toma de Nota se encuentra vigente a la fecha por lo que cuenta con todas las facultades legales para suscribir el presente Convenio Modificatorio al Contrato Colectivo de Trabajo.
II.II Que con fundamento en los Estatutos de la propia organización Sindical se otorga de acuerdo al Artículo 17 Fracciones III y X poder para la suscripción del presente Convenio Modificatorio al Contrato Colectivo de Trabajo a su Secretario General y en el mismo acto otorga amplio poder a los C.C. LIC. (S) XXXXXX DE XXXXX XXXXXXX GUERRERO, Y/O XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX, Y/O XXXXXX XXXXXX XXXXXX como representantes legales de esta organización sindical, con las más amplias facultades sin limitación alguna en los términos del Art. 694 de la Ley Federal del Trabajo, con facultades para actuar incluso en la administración del presente Convenio.
III. Las partes reconocen ampliamente la personalidad con que se ostentan, que en el más amplio derecho corresponde, en tal virtud, están en la disposición de pactar las siguientes:
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA.- Ambas partes acuerdan, que la vigencia del presente Convenio Modificatorio temporal y parcial al Contrato Colectivo de Trabajo sea a partir de la firma del presente documento y concluya pasados 365 días a su firma, pudiéndose extender por otro periodo similar si las partes acuerdan hacerlo. Será la vigencia revisable en cualquier momento,si es voluntad y existe el consentimiento de las partes.
CLÁUSULA SEGUNDA.- Ambas partes acuerdan que en lo relativo a la cláusula 36 del señalado Contrato Colectivo de Trabajo queden suspendidas en su totalidad las obligaciones pactadas con la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN XXXX POTOSÍ.
Quedan a salvo del párrafo anterior el pago de la prestación a la que hace referencia la cláusula 36, en las formas y términos otorgadas por la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN XXXX POTOSÍ previo al 01 de septiembre del 2017.
CLÁUSULA TERCERA.- Ambas partes acuerdan que en lo relativo a la cláusula 38 del señalado Contrato Colectivo de Trabajo queden suspendidas en su totalidad las obligaciones pactadas con la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN XXXX POTOSÍ.
CLÁUSULA CUARTA.- Con la finalidad de promover el ahorro entre los trabajadores adheridos al Sindicato, éste instaurará una caja de ahorro, a la cual la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN XXXX POTOSÍ realizará las aportaciones temporales, equivalente a la suma de las aportaciones pactadas en las cláusulas 36 y 38 en el Contrato Colectivo de Trabajo. La caja de ahorro será administrada por la institución de ahorro y préstamo de la CTM en el Estado de San Xxxx Potosí, Mejora Desarrollo Laboral A.C.
CLÁUSULA QUINTA.- ambas partes acuerdan que además de las prestaciones señaladas en la cláusula cuarta la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN XXXX POTOSÍ realizará las siguientes aportaciones únicamente entre los trabajadores afiliados a su organización sindical, quien a su vez se obliga y compromete a entregarlas a la institución de ahorro y préstamo de la CTM en el Estado de San Xxxx Potosí, Mejora Desarrollo Laboral A.C. Los siguientes conceptos:
a) Entregará a los afiliados de el Sindicato que sean padres o madres de familia y tengan hijos cursando el nivel de educación básica, un apoyo complementario por un monto de
$ 500.00 (Quinientos pesos 00/100 MN) por cada hijo, a fin de que adquieran libros y útiles escolares, el cual será cubierto en el mes de Julio en base al censo que oportunamente será proporcionado por la UTSLP.
b) Destinará mensualmente por concepto de Fondo de Ahorro a cada uno de los trabajadores agremiados al Sindicato el equivalente al 1.7% (uno punto siete por ciento) adicional a sus ingresos mensuales, para que les sean entregados en el mes de Diciembre del presente año y posteriores, con sus rendimientos financieros correspondientes, adicional a lo acordado en el Contrato Colectivo de Trabajo en su cláusula 36.
c) Otorgará en el mes de Octubre un Reconocimiento Sindical de $ 5,000.00 (Cinco mil pesos 00/100 M.N.) a los trabajadores afiliados al Sindicato que cumplan durante el año 2017 y siguientes; cinco, diez, quince ó veinte años de antigüedad de laborar en la UTSLP adicional a lo acordado en el Contrato Colectivo de Trabajo en su cláusula 37.
d) Entregará mensualmente a cada uno de los trabajadores agremiados al Sindicato el 1.7% (uno punto siete por ciento) adicional a sus ingresos mensuales en vales de despensa, adicional a lo acordado en el Contrato Colectivo de Trabajo en su cláusula 38.
CLÁUSULA SEXTA.- La UTSLP se obliga a cubrir por concepto de gastos administrativos y delegación sindical mensuales del Sindicato y de su Sección con el equivalente a 5 Cinco Salarios Mínimos elevados al mes a la que se refiere la Cláusula 42 del Contrato Colectivo de Trabajo.
Enteradas las partes comparecientes del contenido del presente convenio lo firman por no existir dolo ni mala fe, al primer día del mes de septiembre del dos mil diecisiete en la Ciudad de San Xxxx Potosí, S.L.P. solicitando su depósito ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado y posterior acuerdo.
San Xxxx Potosí S.L.P. al primer día del mes de septiembre del 2017
POR LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SAN XXXX POTOSÍ C. C.P. XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX. | POR EL SINDICATO C. MTRO. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX SECRETARIO GENERAL. |