AYUNTAMIENTO DE LITAGO
AYUNTAMIENTO DE LITAGO
PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DEN REGIR LA CONTRATACIÓN DE UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO A LARGO PLAZO POR EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD.
ARTICULO 1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del presente Pliego de Clausulas Particulares la contratación, mediante procedimiento negociado con publicidad, de una OPERACIÓN DE CRÉDITO, por importe de SESENTA Y TRES MIL EUROS (63.000), con destino a financiar inversiones incluidas en el Presupuesto Municipal para 2010.
ARTICULO 2.- RÉGIMEN JURÍDICO
Este contrato de servicios financieros tiene la consideración de contrato privado según establece el artículo 20 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y se regirán en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por la referida Ley y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las demás normas de derecho administrativo o de derecho privado; y en cuanto a sus efectos y extinción, por las normas de derecho privado.
ARTICULO 3.- PERFIL DE CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a la necesidad de este Ayuntamiento de proceder a la contratación de un Crédito a largo plazo y, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, los órganos de contratación difundirán, a través de Internet, su perfil de contratante.
Este Pliego de Clausulas Administrativas particulares, así como toda la información referente a este contrato y que se consideré o deba que debe difundirse públicamente se difundirá en el Perfil del contratante del Ayuntamiento de Litago, en la página xxx.xxx.xx.
Toda la documentación referente a esta licitación se encuentra asimismo depositada en el servicio de registro para el Perfil del Contratante de SafeCreative, acreditanto de modo fehaciente el momento de inicio de la difusión pública, la integridad de la misma y la garantía de disponibilidad a través de la consulta de dicho registro en la dirección: http:/xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.
ARTICULO 4.- IMPORTE DE LA FINANCIACIÓN
El importe que este Ayuntamiento precisa para financiar asciende a la cantidad de SESENTA Y TRES MIL EUROS (63.000)
El destino es la financiación de las obras incluidas en el Presupuesto del Ayuntamiento de Litago para 2010.
ARTICULO 5.- CONDICIONES DE LA CONTRATACIÓN
Los licitadores efectuarán la oferta con arreglo a los siguientes criterios:
1.- Importe de la oferta:63.000 €uros.
2.- Finalidad: Financiar a largo plazo, en parte las operaciones de capital del
Presupuesto Municipal de 2010.
3.- Condiciones principales:
A) Periodos de liquidación. Se efectuarán trimestralmente, comprenderán los intereses y amortizacón del capital dispuesto.
B) T.A.E.: A determinar.
C) Plazo de amortización: 20 años.
D) Tipo de interés:
- Variable: en función del EURIBOR a doce meses, revisable anualmente, sin aplicación de ninguna fórmula de redondeo ya fuera al alza o baja. Dicho tipo se determinará el día anterior a cada revisión anual.
- Sustitutivo: Podrá hacerse una previsión sobre el tipo de interés a aplicar en caso de que no pudiese ser calculado el Euribor, en el sentido de que sería de aplicación el que la Unión Europea determine o en su defecto el Estado, en su
sustitución, fijara como tipo de referencia.
- En el supuesto de que no se fijara sustitutivo por las indicadas Instituciones, será el que determine la Entidad ofertante en su proposición.
D) Cuota:
- La cuota trimestral a pagar, comprensiva de intereses y amortización, será fija.
- Dentro del importe de cada cuota, la cuantía correspondiente a intereses estará en función del tipo de interés aplicable, siendo también variable, consecuentemente, la cuantía correspondiente a amortización, determinada por la diferencia entre el importe fijo de la cuota y el de los intereses; por lo que
el plazo de amortización será asimismo variable.
E) Comisiones:
- Comisión de apertura. A determinar.
- Sin comisión de disponibilidad.
- Sin comisión de indisponibilidad.
- Sin comisión de estudio.
- Sin comisión por amortización anticipada.
- Tipo de interés de demora: A determinar:
ARTICULO 7.- CAPACIDAD Y SOLVENCIA DEL CONTRATISTA
Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija la Ley de Contratos del Sector Público, se encuentren debidamente clasificadas.
La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda.
Si es empresario individual, mediante el Documento Nacional de Identidad.
No podrán contratar con el sector público las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias relacionadas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público.
ARTICULO 8.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Declarada la urgencia del procedimiento por el órgano de contratación el plazo para la presentación de proposiciones será de 8 días hábiles, que empezará a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Litago.
El horario de presentación de proposiciones será de 10 a 13 horas,
El licitador presentará la documentación exigida para tomar parte en la licitación en dos sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en cada uno de ellos su respectivo contenido.
El sobre nº 1 se subtitulará “Documentación” y estará integrado por los siguientes documentos:
• Los que acrediten la personalidad del licitador y de su representante o apoderado, en su caso, acompañado en este segundo supuesto de poder de representación..
• Tratarse de una empresa de carácter financiero, dentro de cuya actividad habitual figure la concesión de créditos o préstamos. Esta condición se justificará para las empresas españolas o que operen en España con la inscripción en el Registro de Entidades de Crédito del Banco de España; para las empresas extranjeras se justificará, junto con la capacidad de obrar, en la forma señalada en los artículos 46 y siguientes de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
Respecto a la acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica.
En principio se presumirá su existencia, sin perjuicio de que en caso de plantearse alguna duda el Ayuntamiento pueda exigir su justificación de conformidad con los artículos 51 y siguientes de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
• Declaración jurada en la que el licitador declare bajo su responsabilidad no hallarse comprendido en ninguna de las circunstancias relacionadas en el artícuolo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, y de que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
La justificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se exigirá en el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Litago.
En caso de que el licitador sea una persona jurídica, se sustituirá la declaración jurada por una certificación expedida por la persona que ostenta dentro la misma, cargo con competencia suficiente para ello. En la certificación deberán acreditarse los mismos extremos que en la declaración jurada.
El sobre nº 2 se subtitulará “Proposición Económica” y contendrá la oferta económica redactada conforme al MODELO DE PROPOSICIÓN que figura al final xxx Xxxxxx y según lo señalado anteriormente, fechada, firmada, y sellada.
El licitador deberá señalar a una persona que sirva para relacionarse con el órgano de contratación, indicando número de teléfono y dirección de correo electrónico.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de que dicha proposición pueda incluir soluciones variantes o alternativas a la definida en el objeto de la licitación, siempre que se ajusten a los requisitos y modalidades de presentación señalados en este PLIEGO.
ARTICULO 9.- APERTURA DE PLICAS
La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados, y procederá en acto público a la apertura de las proposiciones económicas de los licitadores admitidos. El referido acto se celebrará a las doce horas del día siguiente al de finalización de la presentación de proposiciones.
ARTICULO 10.- MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de contratación estará integrada de la siguiente manera:
Presidente:
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Litago, o miembro de la Corporación en quien delegue.
Vocales:
El Concejal Delegado de Economía y Hacienda
Un miembro de cada uno de los Grupos Políticos de la Corporación.
La Secretaría Interventora del Ayuntamiento, que hará las veces de Secretaria de la Mesa de Contratación, o persona que legalmente le sustituya.
ARTICULO 11º ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA
La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento.
La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en el Perfil del contratante del Ayuntamiento.
Durante este plazo, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar.
La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en el párrafo segundo de este artículo, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalada , y sin perjuicio de la eventual revisión de aquélla en vía de recurso especial, conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley de Contratos del Sector Público.
La adjudicación definitiva de los contratos se publicará en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Litago.
ARTICULO 12.- PAGOS
Los pagos de intereses y amortizaciones se realizarán trimestralmente.
ARTICULO 13.- PERFECCIONAMIENTO Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El perfeccionamiento del contrato tendrá lugar por la adjudicación definitiva.
El contrato será firmado por parte de la Corporación por la Sr Alcalde o por la persona en quien ésta delegue, en el plazo máximo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente a la notificación de la adjudicación definitiva.
En Litago, a 2 de noviembre de 2010.
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo.: Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
MODELO DE PROPOSICIÓN
D…………………………………….con DNI nº…………………….y domicilio en……………………………………….., actuando en nombre propio, o en representación de…………………………………………, CIF nº………………. y domicilio en………………………….
DECLARO:
Que este licitador no se encuentra incurso en caso alguno de incompatibilidad o prohibición para celebrar este contrato, que esta al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y que, enterado de la licitación convocada por para contratar
UNA OPERACIÓN DE CRÉDITO A LARGO PLAZO POR IMPORTE DE 63.000 EUROS POR EL AYUNTAMIENTO DE LITAGO
acepto expresamente las condiciones generales y especiales que rigen dicha contratación, que declaro conocer en su integridad, realizando la siguiente OFERTA::
Xxxxx, fecha y firma del proponente.
Contacto Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Litago
Teléfono: 000 000 000 Correo Electrónico: xxxxxx@xxx.xx