CONTRATO DE ADOPCIÓN
CONTRATO DE ADOPCIÓN
En Xxxxxx, a xx de Xxxxxxxx de 20xx, reunidos
De una parte, Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, con DNI XXXXXXXXXX, Domicilio en c/ Xxxxxxxx xx, xxx xxxx, XXXXX Xxxxx (Xxxxx). Teléfonos de contacto: 9xxxxxxxx y 6xxxxxxxx, E-mail de contacto: xxxxxx@xxxx.xxx, interesado en adoptar al animal indicado en este contrato, en adelante denominado como ADOPTANTE,
Y de otra parte, la Asociación SosGolden, con CIF: G 85497071, inscrita en el registro de Nacional de Asociaciones, con el Nº Inscripción: 590931, actual propietaria del animal a adoptar, en adelante denominado como CEDENTE exponen:
Que el ADOPTANTE desea adoptar al animal que responde a las siguientes características: Especie: CANINA
Raza: xxxxxx
Sexo: MACHO/HEMBRA
Nombre: XXXXX
Color: XXXXXX
Nº de identificación: 9XXXXXXXXXXXXXXXX
Adquiriendo para con el mismo las obligaciones descritas más abajo en el apartado de
ESTIPULACIONES
PRIMERA: El ADOPTANTE declara adoptar al perro única y exclusivamente como animal de compañía, y se compromete al cumplimiento de la actual legislación sobre protección animal, debiendo proporcionar al mismo una alimentación e higiene adecuadas, los tratamientos veterinarios precisos, así como todos los cuidados necesarios de conformidad con lo establecido en la legislación vigente, siendo además el ADOPTANTE, como poseedor del animal y custodio del mismo, el único responsable de las actuaciones xxx xxxxx ante la ley, desde la fecha y firma de este contrato, con total indemnidad para SosGolden.
También se compromete a ejercitar al animal con regularidad, no encadenarlo, excepto cuando sea absolutamente necesario utilizar una cadena, y no dejarlo sin compañía durante largos periodos de tiempo. También se compromete a no llevar al animal suelto, en lugares en que sea arriesgado hacerlo, por, por ej, no ser un recinto cerrado, durante el periodo de adaptación que variará según el caso, pudiendo éste alargarse durante meses.
El ADOPTANTE se compromete a no dejar al animal solo durante muchas horas y sin vigilancia en zonas abiertas y desprotegidas, tales como parcelas, jardines, patios, terrazas o balcones, o sin espacio suficiente para el normal desarrollo de su especie. El perro deberá disponer de un espacio seguro donde refugiarse del frío, de la lluvia, del sol...
Expresamente se prohíbe al ADOPTANTE someter al animal adoptado a vejaciones o malos tratos, así como abandonarlo, venderlo, cederlo, cambiarlo ó regalarlo. El ADOPTANTE se compromete a no comercializar ni a realizar cualquier intercambio con el animal adoptado.
El animal entregado en adopción no podrá ser utilizado para: a.- Caza de cualquier tipo y circunstancia.
b.- Experimentación de cualquier tipo.
c.- La participación en peleas o enfrentamientos con otros animales.
d.- La cría.
e.- Guarda de propiedades.
f.- Estancia en fincas o chalets de fin de semana. g.- Circos u otro tipo de espectáculos.
h.- Participación en películas o series de televisión. i.- Perro policía o fines militares.
j.- Perro guía.
El ADOPTANTE se compromete con este contrato a proporcionar al animal compañía, a tenerle consigo, proporcionarle afecto y atenciones, y permitirle hacer el ejercicio necesario sacándolo a pasear a la calle todos los días.
En garantía del cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por el ADOPTANTE, que tienen el carácter de condición resolutoria, SosGolden se reserva el dominio indefinido sobre el perro, trasmitiéndose únicamente la posesión del mismo.
Si incurre en alguna de estas circunstancias, el ADOPTANTE deberá abonar a SosGolden la cuantía de 300 €, en concepto de indemnización mínima pactada por los daños ocasionados, sin perjuicio de otras sanciones, multas y/o indemnizaciones que deba asumir por el incumplimiento de la normativa aplicable, así como a la devolución xxx xxxxx.
También se compromete al cumplimiento de lo declarado en el cuestionario que se le envió previo a la adopción en el que las respuestas dadas son tomadas como referencia para SosGolden de cómo y dónde va a vivir el citado can, soluciones ante posibles problema de inadaptación, educación, etc.
En caso de que el perro desarrolle problemas de conducta durante el período de adaptación o con posterioridad, el ADOPTANTE se compromete a recurrir únicamente a los servicios de educadores en positivo recomendados y/o aprobados por Sosgolden. Queda terminantemente prohibido el uso de métodos y técnicas de educación punitivos, lo que incluye el uso de herramientas basadas en el castigo, tales como collares de ahorque, de pinchos o de impulsos eléctricos.
SEGUNDA: En caso de no poder atenderlo, o incumplir alguno de estos compromisos adquiridos con la firma del presente contrato, el ADOPTANTE se compromete a devolver la posesión xxx xxxxx a la Asociación SosGolden que ostenta la reserva de dominio sobre el mismo de por vida.
En caso de devolución del animal al cedente, el ADOPTANTE no podrá reclamar el reintegro del donativo de la adopción, puesto que este no constituye un pago por una transacción comercial, sino la donación de una ayuda para sufragar algunos de los gastos generados por el perro en su preparación para la adopción.
TERCERA: El ADOPTANTE se compromete a acudir de inmediato a revisión y atención veterinaria, y a mantener la cartilla con las vacunas al día, comenzando o continuando según el caso, el tratamiento adecuado para el animal, indicado por los facultativos, ya sea antes, o a partir de la fecha de la adopción.
El ADOPTANTE se compromete a castrar al animal antes del XX de Xxxxxxxxx de 20xx. El ADOPTANTE depositará una fianza para garantizar la esterilización. La fianza será de 100,00 €, que serán ingresados junto a los costes de adopción en la cuenta bancaria de SosGolden, antes de la entrega del adoptado. La fianza le será devuelta al realizarse la castración en el período indicado y recibir SosGolden prueba justificante de la esterilización.
El no cumplimiento de esta cláusula será motivo de rescisión de este contrato, pudiendo el CEDENTE retirar de manera inmediata el animal del ADOPTANTE.
CUARTA: En ningún caso se podrá efectuar el cambio de nombre en el chip, a favor del ADOPTANTE, hasta que la Asociación SosGolden dé su autorización por escrito, bien tras haber recibido prueba fehaciente de que se ha
realizado la esterilización, en el caso de que así se requiera, bien al haberse comprobado la perfecta adaptación del animal a su nuevo entorno.
QUINTA: El ADOPTANTE se compromete expresamente a permitir a la Asociación SosGolden o a cualquier tercero debidamente identificado y autorizado por éste, a efectuar inspecciones oculares del lugar en el que se encuentra el animal adoptado y de sus condiciones de vida en cualquier momento.
SEXTA: El ADOPTANTE se compromete a mantener actualizada la información sobre la situación y ubicación del animal, para la Asociación Sosgolden por lo que el ADOPTANTE notificará los cambios de domicilio, en un plazo máximo de 48 horas.
El ADOPTANTE se compromete a notificar a la Policía y al Cedente dentro de las 24 horas siguientes, su pérdida, robo o desaparición.
SEPTIMA: En caso de que el animal desarrollara una enfermedad, o sufriera un accidente, y el veterinario que habitualmente le trate aconsejara la eutanasia del mismo, el ADOPTANTE se compromete a ponerlo en conocimiento de la Asociación SosGolden en un plazo máximo de 24 horas. La eutanasia del animal incumpliendo lo expuesto en esta cláusula, supondrá la obligación del ADOPTANTE de abonar 500 € a la Asociación SosGolden, en concepto de daños y perjuicios mínimos libremente pactados.
Se exceptúa en este supuesto, aquellos casos en que el estado del animal sea tal, que pudiera suponer y prolongar el sufrimiento del animal. Para poder acogerse a esta excepción, el ADOPTANTE deberá aportar informe veterinario, donde se indiquen las lesiones que padecía así como se certifique por un veterinario oficial la necesidad de la mencionada eutanasia.
OCTAVA: En caso de fallecimiento del ADOPTANTE, tendrán preferencia para subrogarse en el presente contrato, asumiendo de nuevo la adopción del animal, por el siguiente orden: el cónyuge o persona de análoga relación que conviviese con el ADOPTANTE; ascendientes o descendientes del ADOPTANTE. Esta persona deberá ponerse en contacto con la Asociación en el plazo máximo de 7 días naturales siguientes al fallecimiento y notificar su voluntad de celebrar un nuevo contrato en los mismos términos que el presente, con la salvedad de que no estará sujeto a cuota de adopción, pero si a superar positivamente el test de idoneidad.
Si las personas señaladas en el párrafo anterior no desean subrogarse, la Asociación asumirá de nuevo su posesión. En este último supuesto los familiares más cercanos deben ponerse en contacto con la Asociación dentro del plazo máximo de las 48 horas siguientes al fallecimiento para que la Asociación proceda a la recuperación del animal.
NOVENA: El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones anteriormente descritas y asumidas por el ADOPTANTE en virtud del presente contrato, supondrá la resolución de pleno derecho del mismo, al darse a dicho incumplimiento el carácter de condición resolutoria expresamente aceptada por las partes, y facultará, por tanto, a la Asociación para decidir unilateralmente retirar al ADOPTANTE, de inmediato, la custodia del animal, recobrando automáticamente la Asociación la posesión del mismo, ejercitando la reserva de dominio de la que es titular. Asimismo, la Asociación se reserva el ejercicio de las acciones legales que le asistan en cada caso.
En caso de incumplimiento del presente contrato y de la legislación aplicable, SOGOLDEN podrá ejercitar cuantas acciones judiciales y extrajudiciales en cualquier jurisdicción considere necesarias para garantizar el bienestar del animal o la resolución del contrato y consiguiente devolución inmediata del mismo.
DÉCIMA: El presente contrato se regirá por lo establecido en las Leyes Especiales aplicables en cada Comunidad sobre protección animal, y en lo no previsto en ellas por el Código Civil.
Ambas partes con expresa renuncia al Fuero que pudiere corresponderles se someten expresamente a los Tribunales de la Ciudad de Barcelona para dilucidar cualquier cuestión o divergencia que pudiere surgir a raíz del presente contrato.
Y en Prueba de conformidad ambas partes firman por duplicado a un solo efecto en el lugar y fecha referidos en el encabezamiento:
ADOPTANTE CEDENTE
Nombre: Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, XXX XXXXXXXXXX Xxxxxx: X.X. XXXXXXXXX X 00000000
Firma: