CONTRATO No. ADQ-013-2011
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CONTRATO No. ADQ-013-2011
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA POR CONDUCTO DE SU H. AYUNTAMIENTO REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS C. C. LIC. XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX, LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXX, LIC. XXXXXXX XXXXX XXXX, XX. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO, SECRETARIO GENERAL Y TESORERO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO “EL MUNICIPIO”, Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA EUROCOPTER DE MEXICO S.A. DE C.V. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. XXXXX XXXXX XXXXXX A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, QUIENES SE SUJETARAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Declara “EL MUNICIPIO” a través de sus representantes:
I.1.- Ser un ente Público con personalidad Jurídica y patrimonio propio en los términos de los artículos 115° de la Constitución Política d e los Estados Unidos Mexicanos, 73° de la Constitución Política de Jalisco, artículos 1°, 2° y 3° de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.
I.2.- Que sus representantes cuentan con la capacidad y facultad necesarias para obligarse en términos de este contrato, con fundamento en los artículos 80º de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 10º, 15º, 37º fracciones II, V, VIII, 38° fracción II, 47º fracciones I, II, XI, 52º fracciones I y II, 53, 54º, 61º y 67º de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como lo dispuesto en los artículos 2, 4 numeral 2, artículos 14, fracción IV, 21, 26 y 40 fracciones II y III del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara.
I.3.- Manifiesta tener su domicilio oficial en el edificio xxx Xxxxxxx Municipal, ubicado en la Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 0 Xxxxxx xx xxxx Xxxxxx y que su Registro Federal de Contribuyentes es MGU-420214-FG4.
1.4.- Continúa manifestando que para el cabal cumplimiento de sus funciones cotidianas, A LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION le es conveniente contratar SERVICIOS DE MANTENIMIENTO CADA 100 HORAS DEL HELICOPTERO, SERVICIO DE LAS 2,300 HORAS DE VUELO CON UN COSTO DE $78,720.88 USA DLLS. IVA INCLUIDO TIPO DE CAMBIO DOF $11.6410 DE FECHA 10/05/11 POR DOLLAR. ESTA REQUISICION No. 1733 SUSTITUYE A LA REQUISICION No. 1516 AUTORIZADO POR LA COMISION DE ADQUISICIONES EL 15/04/2011 servicio solicitado por LA UNIDAD DEPARTAMENTAL DE VALUACIÓN Y CONTROL
VEHICULAR , en las condiciones que establece el presente contrato.
I.5.- De conformidad al artículo 50° fracciones I, II, lll, IV, Vl, XV, XVl, XVll, XVlll, XXIII, XXlV XXV, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara a la Secretaria de Administración le corresponde el proporcionar apoyos, servicios administrativos y recursos materiales a las diversas dependencias de “EL MUNICIPIO”.
1.6.- Para efecto de satisfacer las necesidades mencionadas en el punto 1.4 le es conveniente contratar los servicios de una empresa capacitada y con experiencia ccomprobada en los servicios de mantenimiento de helicópteros, por lo que “EL MUNICIPIO” a decidido contratar a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS" en los términos que más delante se estipulan.
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I.7.- Que la prestación de servicios contemplada en el presente instrumento tuvo que ser sometida a la aprobación de la Comisión de Adquisiciones de Bienes y Servicios en Sesión Ordinaria 03; Acta 03/04/2011 de fecha viernes 15 xx xxxxx de 2011, en el que se aprueba por mayoría de votos el cuadro No. 02032011, hechos vertidos en foja No. 07 segundo párrafo; asimismo lo señalado en los siguientes documentos: en foja única de la Dirección de Proveeduría el cuadro comparativo de fecha 10 xx xxxx de 2011, con orden de compra No. 2384 de fecha 10 xx Xxxx de 2011, y con la requisición No. 1733 de fecha 10 xx xxxx de 2011; todo lo anterior con cargo a la Partida Presupuestal No. 4-49-3550 con fundamento en el Artículo 15 del Reglamento de Adquisiciones para el Municipio de Guadalajara vigente, en donde se autoriza la contratación del servicio que se describe en la cláusula primera del presente contrato.
II.- Declara “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” que:
II.1.- LA EMPRESA EUROCOPTER DE MEXICO S.A. DE C.V., esta legalmente
constituida, mediante Escritura Pública No. 78,916 con fecha 06 xx Xxxxxx de 1982, celebrada bajo la xx xxx Xxxxxxx Público número 21 del Distrito Federal, el don Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxxx; la cual se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio; por otro lado manifiesta contar con la capacidad necesaria para contraer derechos y obligaciones, así como que esta debidamente inscrito en el Padrón de Proveedores bajo el número 765 además cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes No.EME930203ET3 representada en este acto por el C. XXXXX XXXXX XXXXXX, quien comparece a la celebración del presente contrato con el carácter de Representante Legal de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, personería que acredita en estos momentos con propia Escritura Pública numero 94,761 celebrada bajo la xx xxx Xxxxxxx Público número 125, Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx del México Distrito Federal, actuando como asociado en el protocolo de la Notaria numero 137 a cargo del Licenciado Xxxxxx De Xxxxx Xxxxx., de fecha 12 de febrero de 2009, la cual especifica en el contenido dicho carácter. Manifestando bajo protesta decir verdad que a esta fecha no le han sido revocadas, modificadas ni limitadas de forma alguna las facultades de representación concedidas en dicho instrumento público.
II.2.- Que cuenta con la capacidad, medios propios y suficientes como son: experiencia profesional, organización adecuada, recursos materiales y técnicos así como la fuerza de trabajo que se requiere para realizar el objeto de este contrato.
II.3.- Manifiesta tener como domicilio fiscal en Hangar 1 zona G de Hangares A.I.C.M. junto a la zona F (Zona Federal) Municipio Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx Estado de México
D.F. Código Postal 15620 y que cuenta con numero de teléfono (00)00000000 y fax 00000000, así como el E-Mail Xxxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx.
C L Á U S U L A S: PRIMERA.- DEL OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga en los términos de este contrato, a realizar los SERVICIOS DE MANTENIMIENTO CADA 100 HORAS DEL HELICOPTERO, SERVICIO DE LAS 2,300 HORAS DE VUELO CON UN COSTO DE
$78,720.88 USA DLLS. IVA INCLUIDO TIPO DE CAMBIO DOF $11.6410 DE FECHA 10/05/11 POR DOLLAR. ESTA REQUISICION No. 1733 SUSTITUYE A LA REQUISICION No. 1516 AUTORIZADO POR LA COMISION DE ADQUISICIONES EL 15/04/2011
SEGUNDA.- DEL IMPORTE DE LOS SERVICIOS.
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“EL MUNICIPIO” se obliga a pagar por servicios solicitados a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” la cantidad de $916,389.79 (NOVECIENTOS DIECISEIS MIL TRECIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS 79/100 CENTAVOS M. N.) I. V. A.
Incluido, Por concepto del servicio mencionado en la cláusula anterior, esta cantidad constituye el costo absoluto del servicio contratado.
TERCERA.- DE LA DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
SERVICIOS DE MANTENIMIENTO CADA 100 HORAS DEL HELICOPTERO, SERVICIO DE LAS 2,300 HORAS DE VUELO CON UN COSTO DE $78,720.88 USA DLLS. IVA INCLUIDO TIPO DE CAMBIO DOF $11.6410 DE FECHA 10/05/11 POR DOLLAR. ESTA REQUISICION No. 1733 SUSTITUYE A LA REQUISICION No. 1516 AUTORIZADO POR LA COMISION DE ADQUISICIONES EL 15/04/2011. EL MANTENIMIENTO CON RESPECTO DEL HELICOPTERO AS-350 B3 MATRICULA XC-HPE REFERENTE A LOS GASTOS DE INSPECCION SEÑALADOS EN EL ANEXO DE LA REQUISICION 1516, LOS PRECIOS SE PUEDEN VER MODIFICADOS LAS DISCREPANCIAS PUEDEN SER IDENTIFICADAS HASTA EL MOMENTO DE INSPECCIONAR LA AERONAVE, INSPECCION BASICA DE FUSELAJE Y MOTOR (INCLUYENDO PARTES Y MANO DE OBRA, BOLETINES MANDATORIOS, RECEPCION Y ENTREGA DEL HELICOPTERO, LOS TRABAJOS HECHOS EN LAS INSTALACIONES DE EUROCOPTER DE MEXICO, S.A. DE C.V.
“EL PRESTADOR DE SERCIOS” se obliga a proporcionar a “EL MUNICIPIO”, todo lo señalado en el presente instrumento, asimismo lo estipulado en la cláusula primera del presente contrato, mismas que los contratantes manifiestan su aprobación, voluntad y consentimiento para cumplirlas y firmarlas.
CUARTA.- FORMA DE PAGO Y CONDICIONES DE PAGO.
Forma de pago 30 treinta días naturales vs fecha contra recibo, para lo cual “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” deberá presentar la factura respectiva a “EL MUNICIPIO” en la Tesorería Municipal, ubicada en la confluencia de las calles de Xxxxxx Xxxxxx 901 y Colón, quien se obliga a cubrir el importe que corresponda a dicho servicio.
QUINTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.
La vigencia del contrato comprende del 10 xxxx xx xxxx del 2011 dos mil once hasta el día 14 catorce xx xxxxx de 2011 dos mil once aproximadamente 35 treinta y cinco días, periodo en el que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” queda obligado a proporcionar de acuerdo a lo acordado con “EL MUNICIPIO” los servicios que se especifican en la cláusula primera de este instrumento.
SEXTA.- DE LA FIANZA Y GARANTÍA.
1.- “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” garantizará el cumplimiento, ejecución, operación y calidad del servicio, mediante la constitución de una fianza, misma que depositará en la Dirección de Adquisiciones Municipal de Guadalajara, la cual deberá comprender el 10% del monto estimado de las obligaciones que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” genere. La fianza deberá ser entregada en un plazo máximo de 15 (QUINCE) días naturales contados a partir del día de la firma del presente contrato, aclarando, que el depósito de la fianza no comprende el pago de daños y perjuicios, que se generen, los cuales serán exigibles en forma separada, de conformidad a lo que determina el Código Civil del Estado de Jalisco.
2.- En caso de incumplimiento por parte de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato, “EL MUNICIPIO” le comunicará por escrito tal circunstancia dentro de los 10 (DIEZ) días naturales siguientes a la fecha en que haya ocurrido el mismo, a efecto de que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” corrija el incumplimiento dentro de los 15 (QUINCE) días naturales siguientes a la fecha de la recepción fehaciente de dicha comunicación. Expirando este último, si “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no subsana el correspondiente
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Incumplimiento, por lo cual “EL MUNICIPIO” hará efectiva la fianza otorgada conforme a esta cláusula.
3.- La fianza mencionada estará en vigor durante la validez del presente contrato. Para responder tanto a los defectos de ejecución de los servicios como a la prestación de éstos.
4.- Si al término de la vigencia del contrato existiera responsabilidad en contra de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, dicha situación le será notificada por escrito por parte de “EL MUNICIPIO”. Recibida la notificación antes mencionada las partes tendrán una reunión en el día y hora que al efecto convengan, para llevar a cabo las aclaraciones que correspondan y en su caso, la cuantificación de cualquier suma que pudiere existir a cargo de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
5.- Una vez efectuado lo anterior, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” gozará de un plazo de 7 (SIETE) días hábiles contados a partir de la terminación de la reunión aclaratoria, para llevar a cabo el pago de cualquier cantidad que existiese a su cargo y, en caso de no efectuar el pago mencionado, “EL MUNICIPIO” podrá efectuar la compensación correspondiente de las cantidades adecuadas a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” conforme a este contrato y, si éstas no fueren suficientes para cubrir el monto en disputa, “EL MUNICIPIO” procederá a hacer efectiva la fianza.
DE LA GARANTÍA.
El servicio de mantenimiento tiene garantía de 3 tres meses o 50 cincuenta horas en mano de obra.
SEPTIMA.- DE LA NEGATIVA DE CESIÓN.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no podrá ceder o comprometer sus obligaciones o derechos nacidos de este instrumento, en favor o perjuicio de terceros, sin el consentimiento expreso y escrito de “EL MUNICIPIO”.
OCTAVA.- DE LA CANCELACIÓN.
“EL MUNICIPIO” podrá cancelar el servicio total o parcialmente en cualquier momento por causas justificadas o por razones de interés general, sin incurrir en responsabilidad alguna, enterando a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” con 30 (TREINTA) días de anticipación rescindiendo el presente contrato.
NOVENA.- DE LA SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS.
“EL MUNICIPIO” a través de los representantes que para tal efecto él designe, o por conducto del titular de la Unidad Departamental de Valuación y Control Vehicular, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, así como a exigir que estos se realicen a su entera satisfacción conforme lo acordado en esta convención de voluntades.
DECIMA.- DEL INCUMPLIMIENTO.
Cuando por casos fortuitos o de fuerza mayor le fuera imposible a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” cumplir con el programa, solicitara oportunamente y por escrito la prorroga que considere necesaria expresando los motivos en que apoye su solicitud. “EL MUNICIPIO” resolverá en un plazo no mayor a 30 (TREINTA) días naturales, sobre la procedencia o no para conceder la prorroga.
Si “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no hiciera lo señalado en el párrafo que antecede “EL MUNICIPIO” procederá a solicitarle el informe respectivo al prestador de servicios para que en un termino de 5 (CINCO) días naturales contados a partir de la fecha de notificación; el “PRESTADOR DE SERVICIOS” hará saber los motivos del incumplimiento, los cuales serán valorados por “EL MUNICIPIO” quien resolverá la
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Procedencia o no de la justificación, y si es conveniente la realización de las modificaciones correspondientes al programa; ó en su defecto “EL MUNICIPIO” procederá a rescindir el presente contrato de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial.
DECIMA PRIMERA.- DEL LÍMITE DE RESPONSABILIDADES LABORALES.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” será el único responsable de las obligaciones derivadas de la relación existente entre él y su personal, empleados o terceros de quienes se auxilie o sirva para realizar el servicio encomendado, por lo tanto, bajo ninguna circunstancia y en ningún caso, se considera a “EL MUNICIPIO” patrón sustituto ni responsable solidario de dichas relaciones laborales, por ser ajeno a ese vínculo obrero patronal y no existir subordinación de su parte, quedando a salvo de cualquier reclamación que se origine entre “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y su personal durante todo el tiempo que dure la vigencia del presente instrumento se obliga a asumir la responsabilidad civil y/o penal que pudiese resultar con motivo de la ejecución u omisión de los servicios y obligaciones que adquiere por este contrato, así como a responder de los actos u omisiones que sean imputables a él, sus representantes, trabajadores, factores o dependientes vinculados con la ejecución de los trabajos y actividades contratadas, liberando a “EL MUNICIPIO” y manteniéndolo a salvo de cualquier reclamación o responsabilidad.
DECIMA SEGUNDA.- DE LAS CAUSAS DE RESCISIÓN.
Son causas de rescisión del presente contrato imputables a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” las siguientes:
1. No iniciar la prestación del servicio al día de vigencia de este contrato en las condiciones y fechas que lo estipulen.
2. No cumplir con lo acordado en la cotización presentada por el “PRESTADOR DE SERVICIOS”.
3. Cualquier infracción o incumplimiento de las obligaciones adquiridas y admitidas en el presente contrato.
DÉCIMA TERCERA.- DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se responsabiliza de las posibles consecuencias civiles, penales o administrativas que se originen con motivo de las fallas o negligencia que sean imputables al personal del servicio que se consigna en este contrato, obligándose a resarcir el daño que por esos motivos resiste “EL MUNICIPIO”.
DÉCIMA CUARTA.-DE LA COMPETENCIA JURISDICCIONAL.
Para la interpretación y cumplimiento de este contrato las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, con residencia en la Ciudad de Guadalajara renunciando expresamente a cualquier otro fuero por razón del territorio, domicilio o nacionalidad, que tengan o pudieran tener en el futuro.
Leído lo anterior, y enteradas las partes de su contenido, alcance y consecuencia legales de las obligaciones y derechos pactados en el presente contrato, ciertos de que no existe error, dolo, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento, las partes firman en 4 cuatro tantos de 6 seis hojas cada uno, el día 10 xxxx xx Xxxxx de 2011 dos mil once en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco.
“EL MUNICIPIO”
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
LIC. XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX
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EL SINDICO EL SECRETARIO GENERAL
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXX LIC. XXXXXXX XXXXX XXXX
EL TESORERO
XX. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”
C. XXXXX XXXXX XXXXXX REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
EUROCOPTER DE MEXICO, S.A. DE C.V.
TESTIGOS
EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DIRECTOR DE ADQUISICIONES
XXXXXXXXX DE XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXXX
La presente hoja de firmas forma parte integral del contrato No. ADQ-013-2011 de Prestación de Servicios celebrado por el “MUNICIPIO DE GUADALAJARA” y el C. XXXXX XXXXX XXXXXX representante legal de la empresa denominada, EUROCOPTER DE MEXICO, S.A. de C.V. las partes firman en 4 cuatro tantos de 6 seis hojas cada uno, el día 10 xxxx xx Xxxxx de 2011 dos mil once en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco.