CONTRATO-PROGRAMA 2021-2024
CONTRATO-PROGRAMA 2021-2024
Servicio de atención primaria de carácter básico Ficha 3.2 . – Servicio de promoción de autonomía personal
Ayuntamiento / Mancomunidad
1. Justificación de la acción
En el Servicio de promoción de la autonomía personal se distinguen diferentes programas:
Programa servicio de atención domiciliaria (SAD)
Programa de Atención domiciliaria “Menjar a casa” y “Major a casa”
Programas de atención a enfermos y familiares de ALZHEIMER
Programas de promoción de la autonomía personal para personas con diversidad funcional
Programas de atención y participación a personas mayores
2. Objectivos que se tienen que lograr
2.1. Generales
• Consolidar y mantener el Servicio de promoción de la autonomía personal conforme a la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana, así como las posteriores modificaciones que se pueden producir en el desarrollo de la ley.
• Informar, orientar y asesorar en toda la población facilitando su conocimiento y acceso a las prestaciones.
• Fomentar la autonomía personal, la inclusión social y la participación en la vida de la comunidad de las personas.
• Colaborar y coordinar con la atención primaria de carácter específico y la atención secundaria, así como con otros sistemas públicos de protección social, debajo el principio de unidad de acción.
• Proporcionar recursos para la convivencia de personas con dificultades para su autonomía tanto a personas dependientes como no dependientes.
• Trabajar en red y coordinación técnica con las entidades de iniciativa social que desarrollan programas en el territorio, así como la orientación técnica a estas entidades
2.2. Específicos
• Favorecer la permanencia de las personas dependientes en su domicilio y ajuste sociofamiliar.
• Atender situaciones de crisis personal o familiar.
• Colaborar con las familias cuando por sí mismas no puedan atender totalmente las necesidades del usuario.
• Apoyar a las familias en sus responsabilidades de la vida diaria.
Programa servicio atención domiciliaria SAD
• Favorecer en el usuario el desarrollo de capacidades personales y de hábitos de vida adecuados.
• Evaluación y desarrollo de las prestaciones necesarias para la atención de la situación de necesidad de las personas.
Programa de Atención domiciliaria “Menjar a casa” y “Major a casa”
• Prevenir el riesgo de exclusión social de las personas mayores en situación de soledad no deseada.
• Promover hábitos de vida saludable en las personas mayores.
Programas de atención a enfermos y familiares de ALZHEIMER
• Facilitar procesos de apoyo y de acompañamiento a las personas afectadas por Alzheimer.
• Fomentar la sensibilidad de la población verso la problemática del Alzheimer para reducir el estigma y la discriminación, y facilitar procesos de inserción social de las personas afectadas.
Programas de atención a personas con diversidad funcional
• Capacitar a las personas destinatarias del programa para desarrollar una vida independiente, reduciendo de este modo, la necesidad de institucionalización.
• Facilitar a las personas destinatarias del programa de las ayudas técnicas, productos de apoyo y útiles necesarios, mediante la tramitación de las ayudas públicas disponibles, así como de las ayudas para eliminación xx xxxxxxxx sensoriales, cognitivas y físicas (arquitectónicas), adaptación funcional del hogar, del vehículo y ayudas para transporte, porque disfruten del máximo nivel de autonomía personal posible para el desarrollo de las actividades de la vida diaria.
• Mejorar la calidad de vida de las familias con miembros con diversidad funcional, para prevenir y tratar la desestructuración personal y/o familiar, apoyando a las familias porque adquieran las habilidades y los recursos necesarios con el fin de superar las dificultades que se derivan de la discapacidad.
3. Acciones que se han de desarrollar
Acción | Responsable | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 |
Informar, orientar y asesorar a las personas usuarias para a favorecer la permanencia de las personas en su domicilio y ajuste sociofamiliar mediante el Servicio de Ayuda a Domicilio. | Ayuntamiento | X | X | X | X |
Garantizar el conocimiento necesario de los recursos del Catálogo de prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales | Ayuntamiento | X | X | X | X |
Constitución y desarrollo de la comisión técnica de valoración y seguimiento de prestaciones económicas y la comisión de intervención social, así como el resto de comisiones derivadas de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunidad Valenciana, o el Decreto 38/2020, de 20 xx xxxxx, de coordinación y financiación de la Atención Primaria de servicios sociales. | Ayuntamiento | X | |||
Recoger los datos cuantitativos cualitativos y cuantitativas (indicadores) solicitados por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, mediante el programa informático correspondiente. | Ayuntamiento | X | X | X | X |
Desarrollar los programas que se detallan en el contrato programa de acuerdo con las instrucciones y protocolos de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. | Ayuntamiento | X | X | X | X |
Supervisar y evaluar la calidad en la provisión de los servicios sociales y establecer los mecanismos necesarios para su seguimiento continuo. | Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas | X | X | X | X |
Diseñar los criterios generales de organización y funcionamiento de los servicios y modelos de intervención de la Atención Primaria. | Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas | X | X | ||
Conocer y aportar en los municipios el impacto provocado con el servicio de autonomía personal. | Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas | X | X | X | X |
Evaluar el funcionamiento de las comisiones creadas derivadas de la Ley 3/2019. | Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas | X | X | X | X |
3.1. Entidad local
• Dirección y gestión directa de los servicios de acuerdo con la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunidad Valenciana, así como, posterior normativa de desarrollo de la citada Ley 3/20219.
• Coordinación del servicio de promoción de la autonomía personal.
• Informar, orientar y asesorar a las personas usuarias.
• Garantizar el conocimiento necesario de los recursos del Catálogo de prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
• Constitución y desarrollo de la comisión técnica de valoración y seguimiento de prestaciones económicas y la comisión de intervención social, así como el resto de las comisiones derivadas de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunidad Valenciana o el Decreto 38/2020, de 20 xx xxxxx, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales.
• Realizar las contrataciones de profesionales, en su caso, y desarrollo de los diferentes programas desarrollados a la ficha.
3.2. Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
• Desarrollo de las instrucciones y protocolos necesarios para el desarrollo homogéneo del servicio
4. Recursos que se tienen que emplear
4.1. Entidades locales
• Las prestaciones ofrecidas por este servicio serán conforme a la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales
inclusivos de la Comunidad Valenciana:
Atención domiciliaria, ayuda a domicilio y teleasistencia (artículo 36.1.h).
Prestaciones económicas: necesidades básicas, situaciones de urgencia social, desprotección, promoción de la autonomía personal (artículo 37.1.b).
Prestaciones económicas vinculadas al servicio (artículo 37.1.d). Prestaciones económicas para la cura en el entorno familiar (artículo 37.1.e). Prestaciones económicas de asistencia personal (artículo 37.1.f).
Prestaciones económicas para la adquisición y mantenimiento de ayudas a la accesibilidad universal (artículo 37.1.g).
Prestaciones tecnológicas (artículo 38).
• Tiene que dotar de la estructura organizativa y las infraestructuras necesarias para el desarrollo del servicio.
• Disponer de espacios y equipación adecuados y de material didáctico necesario.
• Los recursos logísticos y de infraestructura necesarios para el correcto desarrollo de las tareas de los profesionales y de la atención a las personas usuarias del servicio.
• La aportación de la entidad local será de acuerdo con lo establecido anualmente en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana y la disposición transitoria quinta de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios
sociales inclusivos de la Comunidad Valenciana.
• La entidad local tiene que aportar, como mínimo, la cantidad según el importe que consta en la ficha económica.
• La financiación del Programa de atención domicilaria “Menjar a casa” y Major a casa” será por parte de la entidad local el 10% del coste y por parte de los usuarios deberán asumir el 34% del coste.
4.2. Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
• La aportación de la Generalitat será de acuerdo con lo establecido anualmente en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana y la disposición transitoria quinta de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunidad Valenciana.
• La Conselleria aportará la cantidad según el importe que consta en la ficha económica.
• La financiación del SAD de dependencia será de un módulo máximo de financiación de 19€/hora.
Financiación:
MENJAR A CASA
PLAZAS FINANCIADAS | 2022 | 2023 | 2024 | ||||||
FECHA EFECTO | IMPORTE CONSELLERIA | IMPORTE EELL | FECHA EFECTO | IMPORTE CONSELLERIA | IMPORTE EELL | FECHA EFECTO | IMPORTE CONSELLERIA | IMPORTE EELL | |
MAJOR A CASA
PLAZAS FINANCIADAS | 2022 | 2023 | 2024 | ||||||
FECHA EFECTO | IMPORTE CONSELLERIA | IMPORTE EELL | FECHA EFECTO | IMPORTE CONSELLERIA | IMPORTE EELL | FECHA EFECTO | IMPORTE CONSELLERIA | IMPORTE EELL | |
5. Evaluación
• Recoger los indicadores de evaluación que recoge el programa informático.
• Certificación del gasto hecho por la intervención municipal del ayuntamiento o mancomunidad diferenciando cada tipología financiada y desglosada en la ficha económica.
• Memoria justificativa de gestión de las actividades realizadas, firmada por la coordinación de los servicios sociales municipales y por un órgano competente en el área de servicios sociales de la entidad local, sin perjuicio de la memoria final de todo el período de vigencia del contrato programa, de los diferentes programas desarrollados por el Servicio de promoción de la autonomía personal.
• Memoria financiera de los gastos hechos distribuidos por prestaciones, profesionales, económicas y tecnológicas.
• Cualquier otra documentación justificativa que sea requerida por la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para la correcta comprobación técnica y financiera del servicio.
6. Indicadores
Una Comisión derivada del Órgano de colaboración y coordinación interadministrativa estudiará y desarrollará los indicadores para la recogida de información de datos del Sistema Público de Servicios Sociales a recoger a partir del 2021.