CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Y EL CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, POR SU PARTICIPACIÓN EN LA SUPERLIGA MASCULINA DE VOLEIBOL DURANTE LA TEMPORADA 2020/2021
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XXX XXXXXX XX XXXX XXXXXXX Y EL CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, POR SU PARTICIPACIÓN EN LA SUPERLIGA MASCULINA DE VOLEIBOL DURANTE LA TEMPORADA 2020/2021
Las Palmas de Gran Canaria, con fecha y firma electrónica.
REUNIDOS
De una parte, xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, presidente del Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria, con C.I.F. P-3500013-B, y domicilio en la Avenida Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, s/n, de esta ciudad, asistido del secretario del Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria, xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx.
Y, de otra, xxx Xxxx Xxxx Xxxxx, mayor de edad, provisto de D.N.I. 42745895G, en nombre y representación del CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, con CIF X00000000, y domicilio en la Xxxx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, x/x, Xxxxxx Insular de Deportes, de este término municipal.
INTERVIENEN
Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, en virtud del Decreto número 29508/2019, de fecha 0 xx xxxxx, xxx xxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx, tomando en consideración las facultades que le confiere el artículo 15 de los Estatutos del Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria.
Xxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, quien da fe pública del presente convenio en virtud de Resolución xxx Xxxxxxx número 2656, de fecha 30 de enero de 2017, en relación con lo dispuesto en la D.A. 8ª. d) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Xxx Xxxx Xxxx Xxxxx, en calidad de presidente del CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, según consta en el certificado del Registro de Entidades Deportivas de Canarias dependiente de la Dirección General de Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias, de fecha 18 de febrero de 2021.
Los comparecientes, según intervienen, se reconocen mutuamente la competencia y capacidad legal necesaria y suficiente para suscribir el presente Convenio de Colaboración, a cuyo efecto
EXPONEN
I. Que la competencia atribuida por el artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, consistente en la promoción del deporte en instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre, se ejercita por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, de forma descentralizada, a través de un Organismo Autónomo Local, el Instituto Municipal de Deportes (en adelante, IMD),
de carácter administrativo, dotado de personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, duración indefinida, organización estructurada y capacidad de actuación necesaria para el cumplimiento de sus fines.
II. El IMD se rige, entre otros, por sus propios Estatutos publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 66, de fecha 2 xx xxxxx de 2000, y por el Reglamento de Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 89, de fecha 23 de julio de 2004.
El IMD contempla, dentro de sus objetivos prioritarios, el apoyo a los deportistas, clubes y federaciones, entidades públicas y privadas para fomentar su labor entre los ciudadanos y para la divulgación y promoción del deporte.
III. El Plan Estratégico de Subvenciones del IMD para el periodo 2019 – 2021 recoge como línea estratégica general de actuación del IMD la “PROMOCIÓN DEL DEPORTE”, siendo una forma de desarrollar dicha actuación las subvenciones nominativas (Artículo 2.5.B PES).
La consolidación y promoción del deporte federado de alto rendimiento a través de los clubes de élite capitalinos, se regula en el artículo 2.5.B.2 del referido documento.
La incorporación de esta subvención nominativa al presupuesto del IMD responde a la necesidad de ayudar a los clubes de élite del municipio capitalino a sufragar los gastos derivados de su participación en la alta competición del deporte oficial nacional, en pro de la divulgación del deporte y de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria como sede y referencia del deporte de élite en el panorama nacional e internacional.
Por ello, se hace necesaria la formalización de instrumentos de colaboración con los clubes de élite capitalinos.
IV. Que el CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, participa en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021.
V. En el presupuesto del Instituto Municipal de Deportes para el ejercicio 2021, se fijó una subvención nominativa a favor del CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, por un importe de CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 341.489.89, por su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021.
VI. El CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS acepta la subvención concedida, mediante la firma de este convenio.
VII. El presidente del Instituto Municipal de Deportes acordó, mediante resolución 229, de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxxxx de una subvención al CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, por su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021.
ESTIPULACIONES
PRIMERA. Objeto del convenio
El presente convenio de colaboración tiene por objeto la concesión de una subvención directa y nominativa al CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, por su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021.
Uno de los fines de este Instituto es la divulgación y promoción del deporte y para ello, con el objetivo de fomentar la práctica deportiva, el IMD ha decidido apoyar al Club Deportivo Voleibol Guaguas, por su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021.
Dentro de la competición deportiva de alto rendimiento y, por lo que se refiere a los denominados deportes de equipo, juegan un papel fundamental los clubes deportivos, integrados en la estructura de la organización deportiva determinada por la legislación vigente en la materia.
Los clubes deportivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y el deporte de Canarias, en adelante L1/2019, se configuran como asociaciones privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, formadas por personas físicas, integrados en las federaciones deportivas canarias que correspondan, y cuyos objetivos básicos son el fomento, el desarrollo y la práctica continuada de la actividad deportiva dentro del ámbito federado. Para participar en competiciones de carácter oficial deben inscribirse en la federación deportiva correspondiente.
Los clubes deportivos, por tanto, tienen una importancia decisiva en el deporte de competición por su contribución a la elevación del nivel de sus deportistas y equipos, movidos por el objetivo de obtener los mejores resultados en las correspondientes modalidades deportivas.
Las ayudas a los clubes deportivos de la ciudad se configuran así, como instrumentos básicos de apoyo para los mejores equipos y, por lo tanto, para el fomento y promoción del deporte en nuestro ámbito territorial, por ello distinguimos entre equipos de primera o segunda categoría nacional. Tener jugadores de referencia en las máximas categorías sirve sin duda alguna de estímulo para los más pequeños, que ven en ellos un referente, alguien a quien admirar e imitar. Por tanto, apoyando a los equipos de las máximas categorías, indirectamente se está apoyando también al fomento del deporte base.
La historia del Club Deportivo Voleibol Guaguas, con CIF nº X00000000, comenzó en 1996 cosechando como logros deportivos:
• 5 Campeonatos de Superliga Masculina de Voleibol.
• 6 Copas de su Majestad el Rey.
• 1 Supercopa de España.
• 1 Participación en la Final Four de la Copa de Europa.
Este proyecto cuenta con la experiencia de miembros que formaron parte de la triunfante época del Club en las décadas de los 80 y 90.
El club reconoce la importancia de la diversidad en su constitución y apoya la inclusión de la mujer en el sector deportivo por que cuenta en su órgano institucional con presencia femenina. Y el equipo técnico lo conforman personas de gran experiencia y valor en al ámbito deportivo.
En la plantilla se ha contado con jugadores canarios, nacionales y extranjeros de primer nivel con experiencia en la Superliga Masculina.
El CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS manifiesta la necesidad de contar con el apoyo de las administraciones públicas para su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021.
SEGUNDA. Importe concedido
El importe total de la subvención concedida asciende a la cantidad de CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €), cantidad que representa una financiación del 9,79% del presupuesto de gastos estimado presentado por el beneficiario.
Este porcentaje de financiación se aplicará sobre el presupuesto real presentado en el momento de la justificación de la subvención concedida, siendo la cantidad resultante la que se abone al beneficiario.
Se consideran gastos subvencionables todos aquellos que, de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en la resolución/convenio que regule la subvención.
En dicho importe se consideran incluidos todo tipo de gastos generales de la actividad subvencionada, no pudiendo justificarse gastos de capital o inversión.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor xx xxxxxxx.
Salvo disposición expresa en contrario en la resolución/convenio, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado en la resolución/convenio que regula la subvención.
Los tributos son gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso, se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
En el caso que nos ocupa, se consideran subvencionables aquellos gastos generales que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, la participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021, que sean necesarios para abordar su participación y se realicen durante la ejecución de la referida actividad deportiva.
TERCERA. Consignación presupuestaria
El Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria concede al CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, la cantidad de CUARENTA MIL EUROS
(40.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 341.489.89 del ejercicio 2021.
CUARTA. Justificación y abono de la subvención
Xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx librará la citada cantidad a la entidad beneficiaria mediante transferencia en cuenta bancaria, la cual, a requerimiento de este Organismo, deberá inscribirse en el Registro de Alta a Terceros, facilitando los datos que posibiliten la operatividad de esta opción.
El abono de la cantidad concedida se realizará previa justificación de los gastos correspondientes a su participación en la Superliga Masculina de Voleibol, con la presentación de facturas o certificaciones fechadas en la temporada deportiva 2020 - 2021, así como la documentación acreditativa de su pago.
Para la justificación de la subvención concedida, el beneficiario tendrá que presentar la siguiente documentación:
⎯ Una memoria gráfica del desarrollo de su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021, donde pueda apreciarse la presencia de la institución (Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y/o el IMD) en los actos de presentación, promoción, página web, medios de comunicación y publicidad, aportando para ello recortes periodísticos, presencia en las redes, páginas web,...
⎯ Una cuenta justificativa de los ingresos y gastos de la totalidad del proyecto y cuenta justificativa de los gastos que corresponden a la subvención concedida, acompañada de las facturas por el importe adjudicado en la subvención nominativa, con cargo a la temporada deportiva 2020 - 2021, así como, la documentación acreditativa del pago.
⎯ Cuenta justificativa que refleje los siguientes datos: orden, número de factura, fecha de emisión, entidad que la emite, NIF del proveedor, concepto, total de la factura con IGIC y sin IGIC, fecha y forma de pago.
Orden | Nº Factura | Fecha Emisión | Entidad | NIF Proveedor | Concept o | Total Factura sin IGIC | Total Factura con IGIC | Fecha Pago | Forma Pago |
1…. |
El beneficiario deberá presentar la totalidad de la documentación acreditativa del gasto de la actividad objeto de la subvención.
El beneficiario se compromete a proceder al reintegro de los fondos percibidos, en los supuestos contemplados en el artículo 31 de la LGS.
De igual modo, la Intervención General Municipal realizará actuaciones de control financiero permanente de las subvenciones y ayudas concedidas a entidades privadas, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro, con el fin de comprobar la correcta aplicación de los fondos públicos y su equivalencia con la memoria y acuerdo de concesión debiéndose facilitar por las Áreas la documentación original, requerida en plazo al beneficiario.
La justificación de la subvención concedida podrá realizarse, como plazo máximo, hasta el día 31 de octubre de 2021.
QUINTA. Garantías
No procede la constitución de garantía alguna, dado que no se prevé la realización de pagos a cuenta o pagos anticipados.
SEXTA. Seguimiento de la ejecución del convenio
El Instituto Municipal de Deportes comprobará la adecuada justificación de la subvención concedida, así como que la misma ha sido destinada para la realización del objeto del presente convenio.
Para ello, el Instituto Municipal de Deportes podrá solicitar al beneficiario toda información y datos que se consideren oportunos y convenientes para la supervisión de las actividades realizadas en relación con el evento subvencionado.
SÉPTIMA. Obligaciones del beneficiario
Las principales obligaciones del beneficiario de la subvención nominativa son:
a. Participar en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021.
b. La promoción y difusión del voleibol, en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.
x. Xx xxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxx Xxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx y/o su Ayuntamiento a través del Instituto Municipal de Deportes de Las Palmas de Gran Canaria.
La publicidad y difusión que realice la entidad sobre su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021, a través de cualquier medio, ya sea impreso, gráfico, audiovisual u otros, deberá hacer constar los logos institucionales del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y/o el IMD, en los mismos, siempre y cuando los hubiera, según los casos:
▪ Acciones de marketing dirigidas a mejorar la repercusión en los medios.
▪ Entrega de los trofeos a través de la persona del presidente del IMD, o en quien este delegue.
▪ Medios de comunicación hablados, escritos, redes sociales, páginas web propias o privadas, reportajes fotográficos, y/o vídeos de todo tipo, notas de prensa, cartelería, entradas, etc.
d. La justificación de la subvención concedida en los términos establecidos en la cláusula cuarta del presente convenio.
OCTAVA. Duración del convenio
El plazo de vigencia del presente convenio de colaboración coincide con el establecido como plazo de justificación de la subvención que se concede al CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS por su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021.
NOVENA. Compatibilidad con otras subvenciones para el mismo fin
La percepción de esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Sin embargo, si serán incompatibles con otras subvenciones, y/o contratos de patrocinio o servicio para la misma finalidad suscritos con el IMD.
DÉCIMA. Rescisión del convenio
El incumplimiento de lo establecido en las estipulaciones del presente convenio de colaboración por parte del CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS determinará la rescisión del mismo y el reintegro de la subvención.
UNDÉCIMA. Reintegro de la subvención
El beneficiario de esta subvención deberá reintegrar la totalidad o parte de la cantidad percibida más los correspondientes intereses de demora, en los casos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con independencia de las sanciones que, en su caso, resulten exigibles.
DUODÉCIMA. Régimen jurídico
En todo aquello no regulado expresamente en el presente convenio de colaboración, serán de aplicación las disposiciones contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
DÉCIMOTERCERA. Jurisdicción
El presente convenio de colaboración tiene carácter administrativo, quedando sometido a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de los Juzgados y Tribunales de Las Palmas de Gran Canaria, en los cuales, y una vez finalizada la vía administrativa, se resolverán las posibles cuestiones litigiosas surgidas sobre su contenido y aplicación.
Y en prueba de conformidad con cuanto queda estipulado, las partes firman el presente documento, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento del mismo.