PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
INVITACION PÚBLICA No. 21 DE 2011
“CONTRATAR EL SUMINISTRO DE PÓLIZAS DE SEGURO XX XXXXXX A FUNCIONARIOS, PERSONAL DOCENTE, BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA
UNIVERSIDAD PEDAGÒGICA Y TECNOLÒGICA DE COLOMBIA PARA LA VIGENCIA 2012”
RECTORIA
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA TUNJA, 30 DE NOVIEMBRE DE 2011
CRONOGRAMA
Publicación Pliego Definitivo: | 30 de Noviembre de 2011 en la página web: xxx.xxxx.xxx.xx (sujeto a respuesta a observaciones al proyecto xx xxxxxx). |
Observaciones y aclaraciones al pliego de condiciones | 1 de Diciembre de 2011 hasta las 4: 00 p.m. radicadas en la Dirección Administrativa y Financiera de la UPTC TUNJA. Edificio Administrativo Piso3 o en el correo electrónico xxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx en archivo pdf y debidamente firmadas. |
Plazo para resolver observaciones | 2 de Diciembre de 2011. |
Entrega de Propuestas y Apertura. | 7 de Diciembre de 2011 hasta las 4:00 p.m. (Dirección Administrativa y Financiera, 3er piso Edificio Administrativa). |
Evaluación de las propuestas | 9 al 12 de Diciembre de 2011 |
Publicación de resultados: | 13 de Diciembre de 2011 en la página web: |
Observaciones a los resultados: | 14 de Diciembre de 2011 hasta las 4:30 p.m. En la dirección Administrativa y Financiera Piso 3. Edificio Administrativo o en el correo electrónico xxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx en archivo pdf y debidamente firmadas. |
Plazo para resolver observaciones: | 15 de Diciembre de 2011. |
Plazo para subsanar documentos jurídicos: | 15 de Diciembre de 2011., hasta las 4:00 p.m. (Oficina Dirección Administrativa y Financiera, Edificio Administrativo Piso 3). |
Resultados Finales y Recomendación de Adjudicación | 16 de Diciembre de 2011 en la página web: |
Adjudicación | 16 de Diciembre de 2011. |
Contrato | Dentro de los cinco días siguientes a la adjudicación |
Nota: De acuerdo con lo establecido en el numeral 5 articulo 20 del Decreto 2153 de 1992 la hora Oficial que regirá la presente Contratación por Invitación Pública, será la señalada en el reloj de la Dirección Administrativa, el cual se encuentra ajustado a lo señalado por la Superintendencia de Industria de Comercio, quien mantiene y coordina la hora legal para Colombia.
TITULO PRIMERO.- CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN 1. OBJETO
La UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA, está interesada en CONTRATAR EL SUMINISTRO DE PÓLIZAS DE SEGURO XX XXXXXX A FUNCIONARIOS, PERSONAL DOCENTE, BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÒGICA Y TECNOLÒGICA DE COLOMBIA PARA LA
VIGENCIA 2012, en los términos que se señalan dentro del presente pliego y de acuerdo con las condiciones generales de contratación establecidos en el Acuerdo 074 del 2010.
2. DEL RÉGIMEN JURÌDICO
La INVITACIÓN PÚBLICA y el contrato que se firme en desarrollo de la misma están sujetos a las normas de derecho privado, según lo establece el Capítulo VI del Título Tercero de la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo 074 de 2010.
Con la sola presentación de la propuesta el proponente declara expresamente que no está impedido para contratar, con la Universidad de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 074 de 2010.
NOTA: Se podrán presentar ofertas parciales y la UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA SE RESERVA EL DERECHO DE REALIZAR ADJUDICACIONES PARCIALES.
3. CONDICIONES GENERALES Y MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN.
Indistintamente de la denominación que se le otorgue a la modalidad mediante la cual presentará la propuesta, los proponentes aceptarán sin condicionamiento alguno la existencia de una obligación solidaria en relación con la presentación de la propuesta, la suscripción y legalización del Contrato así como de su cumplimiento y liquidación (responsabilidad solidaria en las fases precontractual, contractual y post-contractual). Para la existencia de la obligación solidaria solamente será necesario que la propuesta se presente en forma conjunta, en consecuencia no se requiere que se refiera a esta circunstancia.
En los eventos de presentación de propuestas bajo la forma de consorcio o unión temporal, se deberá anexar con la propuesta, el ACTA DE ACUERDO ORIGINAL O DOCUMENTO AUTENTICADO, que acredite la constitución del consorcio o unión temporal, la cual debe indicar como mínimo lo siguiente:
• Indicar el título conforme al cual se presenta la propuesta (Consorcio o Unión temporal).
• Objeto del Consorcio o Unión Temporal, el cual será el mismo del Contrato.
• Tiempo de duración, que no será inferior al término del Contrato y tres (3) años
más.
• Nombre del representante del Consorcio o Unión Temporal ante la UPTC, estipulando sus facultades y limitaciones.
• La manifestación clara y expresa de responsabilidad solidaria e ilimitada, de los miembros del consorcio frente a la UPTC y limitada para las Uniones Temporales, según la participación de sus miembros en la ejecución del Contrato.
• Determinar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o unión temporal.
• El porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del Consorcio y Unión Temporal, según el caso.
• En el caso de unión temporal deben señalarse los términos y extensión de la participación de cada uno de los integrantes en cuanto a las actividades o ítems a realizar en su ejecución, los cuales sólo podrán ser modificados con el consentimiento previo y por escrito de la UPTC.
• Manifestación expresa de que las partes integrantes no podrán revocar el Consorcio o Unión Temporal durante el tiempo del Contrato con la UPTC.
• La manifestación de que ninguna de las partes podrá ceder su participación en el Consorcio o Unión Temporal a los demás integrantes de los mismos, según el caso.
En ningún caso se podrá participar con más de una Propuesta, ya sea individualmente o en consorcio y/o unión temporal.
De igual manera podrán las aseguradoras constituir COASEGURO en los términos del artículo 1095 del Código de Comercio, siempre y cuando cumplan con dichos requisitos y sea debidamente avalada por la Universidad:
"Las normas que anteceden se aplicarán igualmente al coaseguro, en virtud del cual dos o más aseguradores, a petición del asegurado o con su aquiescencia previa, acuerdan distribuirse entre ellos determinado seguro".
4. ESPECIFICACIONES:
NOMBRE POLIZA | FECHA DE VENCIMIENTO |
1. Póliza de Todo Riesgo Daños Materiales Combinados Objeto: Amparar todos los bienes inmuebles y muebles de propiedad de la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA UPTC o aquellos que se encuentren bajo su control, tenencia, responsabilidad o custodia, ubicados en el territorio nacional contra los daños o pérdidas materiales a consecuencia de cualquier riesgo, tanto por eventos internos o externos, incluyendo las pérdidas consecuenciales por todo concepto. Los sublímites otorgados en cada una de las cláusulas establecidas operan en exceso del valor asegurado y no haciendo parte del mismo. Con esta póliza, se unifica en un solo seguro, las coberturas que se pueden contratar bajo las pólizas de Incendio y/x Xxxx, Sustracción y Rotura de Maquinaria, | 17/12/2011 |
para obtener una mayor protección de sus bienes e intereses al contratar una póliza de Todo Riesgo, bajo la cual se amparen todas las pérdidas o daños que puedan sufrir estos, con excepción de los expresamente excluidos. | |
2. Seguro de Vida Grupo para el Personal Docente y Administrativo OBJETO: Amparar contra el Riesgo de muerte a cada uno de los funcionarios asegurados de la UPTC y coberturas adicionales tales como: Desmembración, Gastos médicos, Gastos de traslado, Enfermedades graves y Auxilio funerario. | 31/12/2011 |
3. Seguro contra Todo Riesgo para los Vehículos del Parque Automotor. OBJETO: Amparar los daños y/o pérdidas que sufran los vehículos de propiedad de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, o aquellos daños a bienes o lesiones o muerte a terceros que se causen. | 31/12/2011 |
4. Seguro obligatorio (SOAT) para los Vehículos del Parque Automotor de la UPTC. Objeto: Amparar los daños corporales causados a las personas, en accidentes de tránsito ocurridos dentro del territorio nacional. AMPAROS Þ Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios 500 S.M.D.L.V. Þ Incapacidad permanente 180 S.M.D.L.V. Þ Muerte 600 S.M.D.L.V. Þ Gastos funerarios 150 S.M.D.L.V. Þ Gastos de transporte de las víctimas 10 S.M.D.L.V | 16/05/2012 |
5. Seguro Responsabilidad Civil Extracontractual Objeto: Amparar los perjuicios patrimoniales que sufra la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, en que incurra por motivo de responsabilidad civil extracontractual hacia terceros, por lesiones personales incluyendo la muerte y/o daños a la propiedad originadas de y/o en conexión con sus actividades y/operaciones. | 08/01/2012 |
6. Seguro Manejo Colectivo Objeto: Amparar las pérdidas causadas por los empleados de manejo o los reemplazantes, de la Universidad Pedagógica y Tecnológica, de acuerdo con las normas legales establecidas por la Contraloría General de la República, Contaduría General de la Nación y demás normas concordantes. | 02/01/2012 |
7. Seguro Responsabilidad Civil Profesional para Docentes y Estudiantes de la Facultad de Ciencias de la Salud y Facultad de Estudios y a Distancia Objeto: Amparar la Responsabilidad Civil Profesional médica en que incurran los estudiantes y docentes en prácticas de las Facultades de Medicina, Enfermería, Psicología y Regencia de Farmacia de la Facultad de Estudios y a Distancia como consecuencia de cualquier acto médico/profesional derivado de la prestación de servicios profesionales de atención en la salud de las personas, estos servicios deben ser prestados en entidades con las cuales se tengan convenios o acuerdos escritos o verbales y que por lo tanto exista responsabilidad de la UPTC. | 31/12/2011 |
8. Seguro Responsabilidad Civil para Servidores Públicos | 02/01/2012 |
Objeto: Amparar el patrimonio del Departamento de Boyacá y sus Entidades Descentralizadas, con motivo de reclamaciones en contra de sus funcionarios, vinculados en nomina de la Entidad, por perjuicios que se deriven de actos incorrectos no dolosos generadores de imputación de Responsabilidad Civil, Disciplinarios, Fiscal o Penal, contra Servidores Públicos expresamente asegurados por la póliza y en el desempeño del cargo asegurado. | |
9. Seguro de responsabilidad contractual para pasajeros de buses y busetas de la UPTC. Objeto: Amparar los daños corporales, causados directa y exclusivamente por accidentes de tránsito y accidentes acuáticos, ocurridos dentro del territorio nacional e internacional, a personas ocupantes en calidad de pasajeros y/o ocupantes, de los vehículos y de las lanchas con motor fuera xx xxxxx descritos o informados por el asegurado. | 31/12/2011 |
4.1. POLIZA DE TODO RIESGOS DAÑOS MATERIALES - SEGURO DAÑOS COMBINADOS MATERIALES COMBINADOS
Amparar todos los bienes inmuebles y muebles de propiedad de la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA UPTC o aquellos que se encuentren bajo su control, tenencia, responsabilidad o custodia, ubicados en el territorio nacional contra los daños o pérdidas materiales a consecuencia de cualquier riesgo, tanto por eventos internos o externos, incluyendo las pérdidas consecuenciales por todo concepto.
COBERTURA BASICA
Todos los daños, pérdidas o desaparición que sufran los intereses asegurados, originados por cualquier causa no expresamente excluida, sea que dichos bienes estén en uso o inactivos, dentro o fuera de los predios del asegurado y dentro del territorio nacional, así como los costos y/o gastos en que incurra, o todos combinados, como consecuencia de dichos daños o pérdidas; incluyendo las siguientes coberturas y/o eventos pero sin estar limitado a ellos: Daño material, hurto y hurto calificado para todos los bienes, todo riesgo sustracción, corriente débil, pérdida de datos o portadores externos de datos incluyendo software, rotura de maquinaria, frigoríficos, daños a calderas u otros aparatos generadores de vapor, rotura accidental xx xxxxxxx, terremoto, temblor, erupción volcánica, maremoto, tsunami y demás eventos de la naturaleza, Actos Mal Intencionados de Terceros (XXXX), Huelga, Motín, Asonada, Conmoción Civil o Popular (HMACCoP), Terrorismo, Sabotaje.
AMPAROS ADICIONALES
• Adecuación de construcciones a las normas de sismo resistencia: Se extiende la cobertura del seguro a amparar los costos y gastos razonables en que incurra el asegurado, cuando a consecuencia de un evento amparado bajo la póliza, los edificios y obras civiles sufran daños estructurales, cuya reparación o reconstrucción conlleve la adecuación a normas sismo resistentes vigentes al momento de efectuarse la reparación o reconstrucción del bien asegurado, sublímite de $100.000.000.
• Rotura xx xxxxxxx, interiores y exteriores que formen parte del inmueble asegurado hasta $200.000.000 evento / vigencia.
CLAUSULAS ADICIONALES
• Actos de autoridad
• Amparo automático para bienes muebles o inmuebles adquiridos o recibidos, en construcción, montaje y/o remodelación sean nuevos o usados (hasta por el 1% del valor asegurado total de la póliza, con aviso a la aseguradora 30 días.
• Amparo automático para cambio de ubicación del riesgo. No se requiere dar aviso previo o posterior a la aseguradora.
• Amparo automático para edificios y contenidos que por error u omisión no se hayan informado al inicio del seguro (hasta por el 20% del valor asegurado total de la póliza y por 120 días)
• Amparo automático para equipos reemplazados temporalmente hasta por el 20%del valor asegurado total y por 120 días
• Ampliación del plazo para aviso de siniestro a 120 días
• Anticipo de indemnización del 50%
• Arbitramento o cláusula compromisoria
• Bienes bajo cuidado, tenencia, control y custodia
• Bienes fuera de edificios
• Cláusula de 72 horas para terremoto
• Cobertura de equipos móviles y portátiles (10%del valor asegurado)
• Concurrencia de amparos, cláusulas y/o condiciones
• Conocimiento del riesgo
• Daños y pérdida a dineros y títulos valores
• Definición del riesgo
• Denominación en libros
• Derechos sobre el salvamento
• Designación de ajustadores
• Designación de bienes asegurados
• Determinación de la pérdida indemnizable
• Elementos dañados y gastados
• Equipos de reemplazo temporal
• Errores, omisiones e inexactitudes no intencionales
• Errores u omisiones en la presentación de la información sobre bienes asegurados
• Extensión de la cláusula de traslados temporales para amparar el tránsito de los bienes.
• Flete expreso y flete aéreo límite 100% de los gastos demostrados
• Gastos adicionales límite 100% de los gastos demostrados
• Gastos adicionales para acelerar la reparación, reacondicionamiento o el reemplazo de los bienes asegurados o para continuar o restablecer lo más
pronto posible las actividades del asegurado límite 100% de los gastos demostrados
• Gastos de extinción de incendio límite 100% de los gastos demostrados.
• Gastos de extinción del siniestro límite 100% de los gastos demostrados
• Gastos de preservación de bienes límite 100% de los gastos demostrados
• Gastos extraordinarios por tiempo extra, trabajo nocturno, trabajo en días feriados límite 100 % de los gastos demostrados.
• Gastos para demostrar el siniestro y su cuantía límite 100% de los gastos demostrados
• Gastos por arrendamiento en caso de siniestro límite 100% de los gastos demostrados
• Gastos por reacondicionamientos, reemplazos temporales y/o provisionales o reparaciones de bienes asegurados o construcciones provisionales o transitorias, así como el valor del arrendamiento temporal de bienes muebles o inmuebles límite 100% de los gastos demostrados.
• Honorarios profesionales (ingenieros, topógrafos, arquitectos, etc, incluyendo gastos de viaje y estadía límite 100% de los gastos demostrados.
• Incremento en los costos de operación
• Índice variable 8%
• Labores y materiales
• Modificaciones a favor del asegurado
• Modificaciones del riesgo hasta 120 días
• Movilización de bienes para su uso (10% del valor asegurado evento vigencia)
• No concurrencia de deducibles
• No tasación de inventario cuando la cuantía reclamada por el asegurado, sea igual o inferior al 0.001%del valor asegurado total de la póliza
• Obras en construcción y/o terminadas y/o montaje ( 30% del valor asegurado)
• Pago de auditores, revisores y contadores límite 100% de los gastos demostrados
• Pago de indemnización opcional directamente a contratistas y proveedores.
• Primera opción de compra del salvamento para el asegurado
• Propiedad horizontal
• Propiedad personal de funcionarios límite $5.000.000 evento $20.000.000 vigencia
• Reconstrucción de archivos hasta el 100% de los gastos demostrados
• Remoción de escombros hasta el 100% de los gastos demostrados
• Reposición o reemplazo para maquinaria hasta la concurrencia del valor asegurado
• Reposición o reemplazo para equipos eléctricos y electrónicos y para maquinaria hasta la concurrencia del valor asegurado, lo que significa que en caso de pérdida no se aplicará tabla de demerito, si no que la responsabilidad de la aseguradora será hasta del valor asegurado, siempre y cuando éste no sea superior al valor de compra en la fecha de adquisición del bien afectado.
• Restablecimiento automático del valor asegurado por pago de siniestro para las coberturas de xxxx, huelga, motín, asonada conmoción civil o popular hasta
$10.000.000
• Revocación de la póliza con 60 días y para el xxxxxx xx xxxx el aviso será de 15 días
• Sistema flotante para mercancías, insumos, materias primas, productos en proceso.
• Traslado temporal de bienes (incluye transporte y permanencia de predios de terceros, por 120 días)
BIENES ASEGURADOS
• EDIFICIOS
Son las construcciones fijas, incluyendo escaleras exteriores, cimientos, mejoras locativas, cerramientos, de propiedad del asegurado o por las cuales sea legalmente responsable.
• VIDRIOS DE LA EDIFICACIÓN
Bajo este artículo se amparan los vidrios interiores y exteriores de la edificación hasta por el monto de valor asegurado indicado.
• MEJORAS LOCATIVAS
Son todas aquellas mejoras al inmueble realizadas por la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA aún en el caso de no ser propietaria del bien, ha realizado inversiones para adecuarlas a sus necesidades, tales como: tapetes, tapizados, enchapes, mejoras eléctricas, cielos rasos, divisiones modulares, etc., los cuales al momento de un siniestro pueden afectar el patrimonio y normal funcionamiento de la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA en cualquiera de sus seccionales o dependencias.
• MUEBLES Y ENSERES
Comprende todos los elementos muebles de la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA como escritorios, sillas, mesas, cortinas, bibliotecas, archivadores, equipos, que no sean eléctricos o electrónicos y que no se encuentren comprendidos en alguna otra clasificación, entre otros.
• MAQUINARIA Y EQUIPO
Toda la maquinaria, equipos, accesorios, herramientas, tanques de almacenamiento, mezcladoras de materia prima e insumos, empacadoras, molinos, silos de almacenamiento, extrusores, cargadores, básculas, bandas transportadoras de materia prima y producto terminado, estibadores, papeles de control, instalaciones eléctricas, de vapor, de aire, de líquidos y de agua que correspondan a maquinarias, equipos fijos para manejo y movilización de materiales, transformadores, subestaciones, plantas eléctricas, motobombas, aire acondicionado, calderas, equipos de extinción de incendio, entre otros.
• MERCANCÍAS
Para efectos de la póliza comprende todos los bienes adquiridos por la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA bien sea nuevos o usados que ingresen al almacén y que posteriormente se den al servicio de la UPTC. Así mismo comprende los bienes en servicio que sean reintegrados al almacén para dar de baja o para su posterior uso.
• EQUIPOS DE TELEFONIA
Fax, conmutadores, centrales telefónicas, aparatos telefónicos, consolas, etc.
• EQUIPOS DE OFICINA
Fotocopiadoras, centros electrónicos de control numérico, equipos de vigilancia, cámara de video, centros de control, detectores y sensores de movimiento y humo, detectores de metales, máquinas de escribir eléctricas y electrónicas, calculadoras y demás objeto de la cobertura no mencionados
• EQUIPOS MÉDICOS Y DE LABORATORIO
• EQUIPOS MÓVILES Y PORTÁTILES
Laptop, impresoras portátiles, teléfonos celulares, beeper, equipos de radiocomunicaciones, sistemas de comunicación avantel, equipos de ingeniería, etc.
• OTROS CONTENIDOS
Dentro de los bienes también se amparan las Armas de fuego, Obras civiles en proceso de construcción o terminadas, dineros y títulos valores contenidos dentro y fuera de caja fuerte, obras de arte como cuadros, esculturas, colecciones, libros de contabilidad, documentos de comercio y control, bonos, escrituras, pagares, títulos, letras, planos, croquis, dibujos, patrones, moldes, modelos, manuscritos y similares sobre los cuales en caso de siniestro, la indemnización no excederá del costo de su trascripción y/o reconstrucción.
AMPAROS:
• Todo riesgo incendio.
• Extended coverage.
• Caída de aeronaves.
• Huracán.
• Granizada.
• Terremoto, temblor y/o erupción volcánica y Maremoto o Tsunami. Sin sublímite.
• Actos mal intencionados de terceros. Sin sublímite.
• Asonada, motín, conmoción civil o popular y/o huelga. Sin sublímite.
• Remoción de escombros.
• Gastos de extinción del siniestro.
• Rotura de Maquinaria
• Equipo Eléctrico y Electrónico
• Gastos para la preservación de bienes.
• Honorarios profesionales.
• Gastos para demostrar la ocurrencia y cuantía de la pérdida hasta 25 SMMLV.
Las ofertas deberán contener los textos completos de las pólizas con sus exclusiones y demás condiciones ofrecidas, las cuales, aun cuando no requieran la autorización previa de la Superintendencia Financiera de Colombia, deberán haber sido puestas a disposición de dicho organismo antes de su utilización en la forma y con la antelación reglamentada en forma general.
TASAS:
La aseguradora oferente deberá indicar la tasa anual, la cual se aplicara al 100% de los valores asegurados.
DEDUCIBLES
Se deben indicar los deducibles aplicables a cada una de las coberturas, bajo el entendido que los demás amparos operan sin deducible.
FACTURACION Y FORMA DE PAGO
La Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia pagará a la aseguradora seleccionada el valor de las primas correspondientes para la expedición de las pólizas objeto del contrato dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la presentación de la respectiva cuenta de cobro o factura y el recibo de las pólizas por parte de quien ejerce la supervisión.
PAGO DE SINIESTROS:
El oferente deberá indicar los documentos básicos o las pruebas requeridas para el pago de cada tipo de indemnización según el amparo afectado, al igual que el plazo máximo en que se compromete a efectuar el pago de la misma, el cual no podrá ser mayor a siete (7) días hábiles, contados a partir de la fecha del recibo de la totalidad de la documentación que sustente la ocurrencia y la cuantía del siniestro. La reclamación se dará por aceptada si la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia no recibe objeción seria y fundada en el lapso del tiempo antes señalado.
LA ASEGURADORA SELECCIONADA NO SOLICITARA COTIZACIONES PARA LAS PERDIDAS QUE SEAN INFERIORES A 3 MILLONES DE PESOS
BIENES Y VALORES ASEGURADOS
La Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia cuenta con listados de bienes muebles e inmuebles debidamente codificados, para lo cual se adjunta un
anexo con las cifras, identificación, fechas de compra, ubicación y valores detallados para todos sus bienes clasificados así:
VALORES A AMPARAR POLIZA TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES | |
INMUEBLES, | $ 00.000.000.000,00 |
BIENES MUEBLES EN SERVICIO CON SALDOS DE DEPRECIACION | $ 25.000.000.000,00 |
BIENES NUEVOS | $ 910.000.000,00 |
BIENES DEPRECIADOS EN SERVICIO | $ 12.000.000,00 |
TOTAL | $ 00.000.000.000,00 |
4.2. SEGURO DE VIDA GRUPO PARA EL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO DE LA UPTC
COBERTURAS BÁSICAS:
Vida
Incapacidad Total y Permanente Gastos Funerarios
Muerte Accidental y
Beneficios por desmembración
OTRAS COBERTURAS ADICIONALES
• Muerte accidental, incluido homicidio
• Desmembración
• Gastos Médicos
• Gastos de traslado
• Enfermedades Graves
• Auxilio Funerario
TOTAL MONTOS DE INDEMNIZACIÓN:
AMPAROS | VALOR ASEGURADO |
AMPARO BÁSICO DE MUERTE | $ 10.000.000 |
INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE | $ 10.000.000 |
ENFERMEDADES GRAVES | $ 5.000.000 |
INDEMNIZACIÓN ADICIONAL POR M | $ 10.000.000 |
GASTOS FUNERARIOS | $ 3.000.000 |
GASTOS MÉDICOS | $ 3.000.000 |
NOTA.1. SE CONDIDERA AUMENTAR LOS MONTOS A $10.000.000 EN AMPAROS: BASICO, INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE E INDEMEZACION ADICIONAL.
Cláusulas Adicionales. LAS ASEGURADORAS DEBEN ACEPTAR PREEXISTENCIAS
Información que suministra la Entidad:
Número de empleados aproximado 2616.
Nota: El número de empleados varía mes a mes dependiendo de las necesidades de personal requerido por la institución, se reportará las novedades de ingreso y retiro a la Compañía.
Edad Promedio del Asegurado (se anexa listado de funcionarios con fecha de nacimiento).
4.3. SEGURO DE AUTOMÓVILES PARA LOS VEHÍCULOS DEL PARQUE AUTOMOTOR DE LA UPTC.
OBJETO DEL SEGURO
Amparar los daños y/o pérdidas que sufran los vehículos de propiedad de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, o por los que sea legalmente responsable, o aquellos daños a bienes o lesiones o muerte a terceros por causa de accidentes en territorio nacional, incluyendo vehículos sin matricular, accesorios y todos los equipos especiales de los vehículos tales como: radios de comunicación, blindajes, luces, estribos, maleteros, adecuaciones, pintura especial, logos y letreros.
COBERTURA Y AMPAROS BÁSICOS
• Responsabilidad Civil Extracontractual
• Daños Bienes a Terceros
• Muerte o Lesiones a una Persona
• Muerte o Lesiones a dos o más personas
• Asistencia Judicial Penal y Civil
• Pérdida Parcial por Daños (Incluidos actos terroristas)
• Pérdida parcial por hurto simple y/o calificado
• Pérdida Total por Hurto (Incluidos actos terroristas)
• Protección Patrimonial
• Accidentes personales
• Pérdida Total por Daños (Incluidos actos terroristas)
• Gastos de Transporte por Pérdida Total por Daños
• Gastos de Transporte por Pérdida Total de Hurto
• Asistencia en viaje a nivel nacional las 24 horas
• Terremoto, temblor, anegación y erupción volcánica
• Daños xxxxxxx
TOTAL MONTOS DE INDEMNIZACIÓN:
AMPAROS | VALOR ASEGURADO |
Responsabilidad civil extracontractual | 250.000.000/250.000.000/500.000.000 |
Muerte o lesiones a una persona | $250.000.000 por vehículo |
Muerte o lesiones a dos o más personas | $500.000.000 por vehículo |
Daños Bienes a terceros | $250.000.000 por vehículo |
Pérdida Parcial por Daños (Incluidos actos terroristas) | $764.250.000 |
Pérdida Total por Hurto (Incluidos actos terroristas) | $764.250.000 |
Pérdida Parcial por Xxxxx | $764.250.000 |
Protección Patrimonial | |
Pérdida Total daños | $764.250.000 |
Gastos transporte pérdida total daños | $35.000.00 diarios por 60 días |
Gastos transporte pérdida total hurto | $35.000.00 diarios por 60 días |
Terremoto | $764.250.000 |
Accidentes personales | $120.000.000.00 |
Asistencia jurídica civil | Ampara según guía valores FASECOLDA |
Asistencia Judicial penal | Ampara según guía valores FASECOLDA |
Xxxxx Xxxxxxx | Ampara según guía valores FASECOLDA |
Asistencia en viaje | Ampara según guía valores FASECOLDA |
En cuanto a accidentes personales para el conductor la cuantía mínima será de
$35.000.000 para cada vehículo.
Asistencia en viaje se debe otorgar sin restricción el traslado de los vehículos desde cualquier lugar o carretera a nivel nacional hasta la universidad o viceversa, por choque o volcamiento y en el evento de avería en carretera el servicio de asistencia en viaje se realizara el traslado hasta la ciudad más cercana en donde se pueda reparar
la avería; es indispensable que la aseguradora incluya en su oferta el contrato o compromiso por parte de la empresa con la que se presta este servicio aceptando tal condición, ya que no ser así la oferta será rechazada.
La Compañía de Seguros acepta que en este ramo en los casos que se presenten pérdidas totales y el vehículo afectado no se encuentre matriculado los procedimientos serán los siguientes:
Para pérdidas totales por daños la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia mediante autorización escrita hará entrega del salvamento a la aseguradora y ésta procederá a indemnizar.
Para pérdidas totales por hurto: con la presentación del denuncio y una carta a la Entidad en la cual deje a disposición de la aseguradora el salvamento en caso de recuperación se procederá a cancelar el valor asegurado total.
CLÁUSULAS ADICIONALES:
• Amparo automático de nuevos accesorios sublímite hasta $100.000.000.00 y Equipos con 60 días de aviso.
• Amparo automático de nuevos vehículos sublímite hasta $200.000.000.00 con 90 días de aviso.
• Ampliación del aviso del siniestro a 90 días.
• Derecho sobre el salvamento.
• Modificaciones a favor del asegurado
• Pago de la indemnización para pérdidas parciales mediante reparación.
• Pagos de responsabilidad civil por clara evidencia sin que haya previo fallo judicial.
• En caso de siniestro la aseguradora siempre indemnizará con base en el valor asegurado que figura en la póliza sin tener en cuenta ningún otro tipo de consideración.
• Gastos xx Xxxx y asistencia en viajes en el momento xx xxxxxx.
• Descuento por buena experiencia y flota se otorgará a los vehículos por los cuales no se presente reclamaciones.
• Autorización de reparación de los vehículos una vez recibido los documentos.
• Inexistencia de partes en el mercado: Si las partes, piezas o accesorios necesarios para una reparación o reemplazo no se encuentren en el comercio local los repuestos la Aseguradora pagará al asegurado el valor de las mismas según la última cotización del representante legal autorizado de la fábrica y a falta de éste xxx Xxxxxxx que más recientemente los hubiese tenido.
• Arbitramento
• Daños causados al vehículo durante la permanencia en patios.
• En caso de accidente o varada en carretera la Aseguradora debe responsabilizarse del traslado de los pasajeros a su destino.
• En caso de accidente la aseguradora debe cubrir la pérdida total o parcial de los accesorios que se encuentren dentro del vehículo según inventario conocido previamente por la Compañía.
• Capacitación al personal interesado.
• Una vez firmado el contrato con la Aseguradora esta deberá rendir un informe mensual de las novedades presentadas.
• Garantía de remplazo
• No aplicación de deducibles
• Cobertura para avisos y letreros pintados en los vehículos
• Extensión de RCE cuando el vehículo haya sido xxxxxxx
• Extensión de RCE cuando el vehículo no esté siendo conducido
• Marcación contra hurto para la totalidad del parque automotor, sin cobro de prima adicional
• No exigencia de dispositivos de seguridad
• No inspección de vehículos que sean incluidos con posterioridad a la póliza
• Pago a terceros por declaración de culpabilidad mediante resolución de la inspección de tránsito o aceptación de la responsabilidad
• Pago de indemnización directamente a contratistas y proveedores
Coberturas Adicionales: (opcionales no obligatorias)
• Aceptación de descuentos por buena experiencia adquiridos en otras aseguradoras.
• Marcación del vehículo en forma gratuita para los que no están aun marcados y se solicite a la Aseguradora.
• Autorización de la reparación del vehículo dentro de las 24 horas siguientes a la presentación del reclamo debidamente documentado.
DESCRIPCIÓN | PLACA | FECHA VENCIMIENTO | |
1 | CAMIONETA TOYOTA XXXXXXXX MODELO 2010, MOTOR 2TR6807762, CHASIS MR1YX59G4A301332, COLOR MARRON, CILINDRAJE 2.700 CC, CAPACIDAD PASAJEROS 5 | OCJ717 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
VICERRECTORIA ACADÉMICA | |||
2 | BUS CHEVROLET TIPO B-60-218 MODELO 1992 MOTOR MB- 11619L-86 CHASIS SERIAL BMB11619. CAPACIDAD PASAJEROS 37 | OXE 434 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
BUSETA NPR, TURBO, CHEVROLET MOD. 1996, MOTOR ISUZU 4BD1, 3.800 c.c. CON XXXXXXXXXX XX XXXX, Xx. XXXXX 000000 | OQF 073 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 | |
4 | BUS XXXXXXXX XXXX, CLASE: OH1420, TIPO: CHASIS PARA BUS, ESTILO: CARROCERIA PARA 41 XXXXXXXXX, XXX.0000, XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, chasis 0XX0000000X000000 MOTOR 377985U0763588, bus color | OQF 289 | 01/04/2011 AL |
Información que suministra la Entidad A LA ASEGURADORA Relación de vehículos:
blanco, amarillo y negro | 02/01/2012 | ||
5 | BUS XXXXXXXX XXXX, CLASE: OH1420, TIPO: CHASIS PARA BUS, ESTILO: CARROCERIA PARA 41 PASAJEROS, MOD.2008, DIRECCION HIDRAULICA BUS XXXXXXXX XXXX, CLASE: OH1420, TIPO: CHASIS PARA BUS, ESTILO: CARROCERIA PARA 40 PASAJEROS, MOD.2008, DIRECCION HIDRAU | OQF 290 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
6 | CAMIONETA TOYOTA XXXXXXXX MODELO 2010, MOTOR 2TR6825453, CHASIS MR1YX59G4A301332, COLOR PLATAEADO, CILINDRAJE 2.700 CC, CAPACIDAD 7 PASAJEROS | OCJ716 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA | |||
7 | XXXXXXX, Xxxxx Toyota, Linea Xxxxx VX MEC. 5 Puertas, Mecanico, Origen: Colombia, Modelo 2004, Motor 185 HP, Cilindrada 3400 CC, Direccion Hidraulica, Alimentacion Inyeccion Electronica Multipunto, Color Beige Xxxxxxx. Motor No. 1770450, chasis No. 0XX00XX0000000000. | OQF 218 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
8 | CAMPERO A TIPO EXPLORER, MODELO 1998, CAP. 5 PASAJEROS, CIL. 4000 c.c., SERV.OFICIAL, S/ No. AJU3WP- 28958m COLOR ROJO ANDALUZ, RADIO AM-FM, PASACINTAS, CUATRO PARLANTES, ALARMA Y BLOQUEO CENTRAL PARA LAS 4 PUERTAS. | OQF 153 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
FACULTAD SECCIONAL SOGAMOSO | |||
9 | Bus marca CHEVROLET B70. Tipo B70 Diesel. Modelo 1.999 N. 0XXX0X0X0XX000000. N Motor 2FR07240 Carroceria de Lujo, Silleteria Reclinable para 37 pasajeros. Servicio Nacional INVICTA. | OQF 179 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
10 | CAMPERO NISSAN PATROL LARGO :MODELO 1982 COLOR VERDE OSCURO NUMERO DE SERIE X00-00000, Xx. XX XXXXX X 000000 | OXE 096 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
11 | CAMPERO MARCA HYUNDAY, MOTOR G4GC8153545 COLOR PLATEADO, CHASIS XXXXX00XX0X000000, MODELO 2009, CILINDRAJE 1.975, No PASAJEROS 5 | OEO280 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
BUSETA , MARCA CHEVROLET, MODELO 2011, No CHASIS 0XXXXX000XX000000, CILINDRAJE 4,570. | OCJ 722 | 01/04/2011 |
AL 02/01/2012 | |||
FACULTAD SECCIONAL DUITAMA | |||
12 | XXXXXX XXXXXXX, LINEA HD72 MODELO 2010, COLOR BLANCO, CILINDRAJE 4.581, MOTOR D4DB9389170, NUMERO DE CHASIS XXXXX00XXXX000000, NUMERO DE PASAJE 27. | OEO 313 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
SERVICIOS GENERALES | |||
13 | CAMION DODGE COLOR BLANCO MODELO 1979 MOTOR No. T903207C79 | JGA 821 | 01/04/2011 AL 02/01/2012 |
4.4. SEGURO OBLIGATORIO PARA AUTOMOTORES (SOAT)
El Seguro Obligatorio es un Seguro xx Xxx y Corresponde a los Amparos Establecidos por el Ministerio de Transporte, según tablas, tarifas, edad del vehículo y cilindraje.
Este seguro indemniza los daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito ocurridos dentro del territorio nacional o en países del pacto xxxxxx
No | DESCRIPCIÓN | PLACA | FECHA VENCIMIENTO |
1 | CAMIONETA TOYOTA XXXXXXXX MODELO 2010, MOTOR 2TR6807762, CHASIS MR1YX59G4A301332, COLOR MARRON, CILINDRAJE 2.700 CC, CAPACIDAD PASAJEROS 5 | OCJ717 | 23/03/2011 AL 23/03/2012 |
VICERRECTORIA ACADÉMICA | |||
2 | BUS CHEVROLET TIPO B-60-218 MODELO 1992 MOTOR MB-11619L-86 CHASIS SERIAL BMB11619. CAPACIDAD PASAJEROS 37 | OXE 434 | 16/05/2011 AL 16/05/2012 |
3 | BUSETA NPR, TURBO, CHEVROLET MOD. 1996, MOTOR ISUZU 4BD1, 3.800 c.c. CON XXXXXXXXXX XX XXXX, Xx. XXXXX 000000 | OQF 073 | 16/05/2011 AL 16/05/2012 |
Información que suministra la entidad Listado de vehículos
4 | BUS XXXXXXXX XXXX, CLASE: OH1420, TIPO: CHASIS PARA BUS, ESTILO: CARROCERIA PARA 41 XXXXXXXXX, XXX.0000, XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, chasis 0XX0000000X000000 MOTOR 377985U0763588, bus color blanco, amarillo y negro | OQF 289 | 22/09/2011 AL 21/09/2012 |
5 | BUS XXXXXXXX XXXX, CLASE: OH1420, TIPO: CHASIS PARA BUS, ESTILO: CARROCERIA PARA 41 PASAJEROS, MOD.2008, DIRECCION HIDRAULICA BUS XXXXXXXX XXXX, CLASE: OH1420, TIPO: CHASIS PARA BUS, ESTILO: CARROCERIA PARA 40 PASAJEROS, MOD.2008, DIRECCION HIDRAU | OQF 290 | 22/09/2011 AL 21/09/2012 |
6 | CAMIONETA TOYOTA XXXXXXXX MODELO 2010, MOTOR 2TR6825453, CHASIS MR1YX59G4A301332, COLOR PLATAEADO, CILINDRAJE 2.700 CC, CAPACIDAD 7 PASAJEROS | OCJ716 | 23/03/2011 AL 23/03/2012 |
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA | |||
7 | XXXXXXX, Xxxxx Toyota, Linea Xxxxx VX MEC. 5 Puertas, Mecanico, Origen: Colombia, Modelo 2004, Motor 185 HP, Cilindrada 3400 CC, Direccion Hidraulica, Alimentacion Inyeccion Electronica Multipunto, Color Beige Xxxxxxx. Motor No. 1770450, chasis No. 0XX00XX0000000000. | OQF 218 | 22/05/2011 AL 22/05/2012 |
8 | CAMPERO A TIPO EXPLORER, MODELO 1998, CAP. 5 PASAJEROS, CIL. 4000 c.c., SERV.OFICIAL, S/ No. AJU3WP-28958m COLOR ROJO ANDALUZ, RADIO AM-FM, PASACINTAS, CUATRO PARLANTES, ALARMA Y BLOQUEO CENTRAL PARA LAS 4 PUERTAS. | OQF 153 | 16/05/2011 AL 16/05/2012 |
FACULTAD SECCIONAL SOGAMOSO | |||
9 | Bus marca CHEVROLET B70. Tipo B70 Diesel. Modelo 1.999 N. 0XXX0X0X0XX000000. N Motor 2FR07240 Carroceria de Lujo, Silleteria Reclinable para 37 pasajeros. Servicio Nacional INVICTA. | OQF 179 | 16/05/2011 AL 16/05/2012 |
10 | CAMPERO NISSAN PATROL LARGO :MODELO 1982 COLOR VERDE OSCURO NUMERO DE SERIE X00-00000, Xx. XX XXXXX X 000000 | OXE 096 | 16/05/2011 AL 16/05/2012 |
11 | CAMPERO MARCA HYUNDAY, MOTOR G4GC8153545 COLOR PLATEADO, CHASIS XXXXX00XX0X000000, MODELO 2009, CILINDRAJE 1.975, No PASAJEROS 5 | OEO 280 | 28/12/2011 AL 28/12/2012 |
BUSETA , MARCA CHEVROLET, MODELO 2011, No CHASIS 0XXXXX000XX000000, CILINDRAJE 4,570. | OCJ 722 | 25/11/2011 AL 25/11/2012 | |
FACULTAD SECCIONAL DUITAMA | |||
12 | XXXXXX XXXXXXX, LINEA HD72 MODELO 2010, COLOR BLANCO, CILINDRAJE 4.581, MOTOR D4DB9389170, NUMERO DE CHASIS XXXXX00XXXX000000, NUMERO DE PASAJE 27. | OEO 313 | 15/12/2011 AL 15/12/2012 |
SERVICIOS GENERALES | |||
13 | CAMION DODGE COLOR BLANCO MODELO 1979 MOTOR No. T903207C79 | JGA 821 | 16/05/2011 AL 16/05/2012 |
14 | MOTOCICLETA MARCA ZUSUKI TS, COLOR XXXX, Xx. X000-000000, XXXXX XXX 85 | GBA 85 | |
15 | MOTOCICLETA MARCA ZUSUKI TS, COLOR ROJO, MOTOR # F103123258, PLACA GBA86 | GBA 86 | |
16 | MOTOCICLETA MARCA: AUTECO BAJAJ, MODELO: 2.006, LINEA: AVANTI 90, CILINDRADA 92 21 CC, FRENO: TAMBOR | MNZ 18 | 08/09/2011 AL 07/09/2012 |
4.5. SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL OBJETO DEL SEGURO
Amparar los perjuicios patrimoniales que sufra la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, en que incurra por motivo de responsabilidad civil extracontractual hacia terceros, por lesiones personales incluyendo la muerte y/o daños a la propiedad originadas de y/o en conexión con sus actividades y/operaciones.
RIESGOS AMPARADOS
Los amparos, límites y coberturas que se detallan a continuación se consideran como oferta básica y son de obligatorio ofrecimiento por parte de los oferentes, por lo tanto no tienen puntaje y el no ofrecimiento o condicionamiento de alguno de ellos, elimina la oferta de este ramo.
Este Seguro debe cubrir los daños y pérdidas ante terceros en todos los predios donde el asegurado desarrolle su actividad, propios o no propios o por los cuales: Predios, labores y operaciones, incluyendo incendio y explosión, Uso de ascensores.
COBERTURAS BASICAS:
• R.C. Incendio y explosión
• R.C. ascensores, montacargas, escaleras, grúas, elevadores y equipos similares dentro de los predios del asegurado o por los que sea responsable, incluyendo cuando estos equipos son de propiedad de terceros, operados por el asegurado y utilizados en él
• RC por Contratistas y Subcontratistas
• R.C. por instalaciones Sociales y Deportivas dentro y fuera de los predios del asegurado.
• R.C. Cafeterías y Restaurantes
• R.C. Avisos y Vallas
• RC Parqueaderos, hasta a $15.000.000 evento y $60.000.000 por vigencia.
• Errores de Puntería cometidos por empleados del asegurado en cumplimiento de sus funciones, incluyendo la negligencia e imprudencia de éstos, en cualquier parte del territorio de la República de Colombia.
• R.C. derivada del porte xx xxxxx de los funcionarios:
• Amparo de Responsabilidad Civil por Contaminación ambiental accidental
• Amparo de Responsabilidad Civil Patronal. Opera en exceso de las prestaciones sociales del código laboral Colombiano y/o otros seguros que se contraten o se hayan debido contratar.
• $400.000.000 por persona y $1.200.000.000 por vigencia. Hacer extensiva la cobertura a los accidentes de trabajo que sufran quienes laboren para el asegurado bajo cualquier modalidad de contratación, siempre que estos eventos generen RC de su parte.
• Gastos médicos: sin aplicación de deducible, $2.000.000 por persona y
$20.000.000 por vigencia.
• Amparo de Responsabilidad Civil por Productos y/o servicios prestados.
• Responsabilidad Civil Cruzada. Entendiéndose por tal la que para el asegurado resulte de daños corporales y/o materiales sufridos por empleados de Contratistas y Subcontratistas del asegurado.
• Realización de eventos sociales organizados por el asegurado dentro y fuera de sus predios.
• Viajes de funcionarios en comisión de trabajo dentro y fuera del territorio Nacional.
• Participación del asegurado en ferias y exposiciones nacionales e internacionales.
• Posesión o uso de depósitos, tanques y tuberías dentro de sus predios.
• R.C. por daños a bienes de empleados y visitantes. hasta $10,000,000 por empleado / visitante.
• R.C. por vehículos propios y no propios $20.000.000 evento y $60.000.000 por vigencia.
• Extender la cobertura a amparar la Responsabilidad Civil imputable al asegurado con los vehículos que se asignen a los ejecutivos cuando se realicen actividades diferentes a las del giro normal de las actividades del asegurado.
• R.C. por el transporte de bienes movilizados por vehículos terrestres.
• R.C. para bienes bajo cuidado, tenencia o control.
VALOR ASEGURADO TOTAL: $ 500.000.000
• Una vez firmado el contrato con la Aseguradora, ésta deberá rendir un informe mensual de las novedades presentadas.
4.6. PÓLIZA DE MANEJO COLECTIVO FUNCIONARIOS DE MANEJO DE LA UPTC
OBJETO DEL SEGURO
Amparar las pérdidas causadas por los empleados de manejo o los reemplazantes, de la Universidad Pedagógica y Tecnológica, de acuerdo con las normas legales establecidas por la Contraloría General de la República, Contaduría General de la Nación y demás normas concordantes.
RIESGOS AMPARADOS COBERTURAS O AMPAROS BÁSICOS
Los amparos, límites y coberturas que se detallan a continuación se consideran como oferta básica y son de obligatorio ofrecimiento por parte de los oferentes, por lo tanto no tienen puntaje y el no ofrecimiento o condicionamiento de alguno de ellos, elimina la oferta de este ramo.
Este seguro debe cubrir las pérdidas causadas por los empleados de manejo o los reemplazantes contra los riesgos que impliquen:
• Delitos contra la Administración Pública
• Alcances Fiscales
• Gastos de reconstrucción de cuentas en casos de abandono del cargo o fallecimiento de empleado.
• Gastos de rendición de cuentas ante la Contraloría
• Pago de la indemnización sin que exista fallo judicial o fiscal alguno
• Delitos contra el patrimonio económico
• Fallos de responsabilidad civil fiscal
CLAUSULAS ADICIONALES:
• Amparo automático de nuevos cargos con 90 días de aviso |
• Amparo automático de cargos que por error u omisión no se hayan informado al inicio del seguro con 30 días de aviso. |
• Ampliación del aviso del siniestro a 90 días |
• Bienes bajo cuidado, tenencia, control y custodia |
• Costos en juicios y Honorarios profesionales hasta el 50% del valor asegurado |
• Pérdidas ocasionadas por personal temporal o transitorio. |
• Restablecimiento automático del valor asegurado por pago del siniestro hasta una vez con cobro de prima adicional. |
• Pérdidas de empleados no identificados al 100% |
• Cajas menores • Una vez firmado el contrato con la Aseguradora esta deberá rendir un informe mensual de las novedades presentadas. • Cambio en la denominación de cargos • Desapariciones misteriosas • Designación de ajustadores • Gastos para demostrar la ocurrencia del siniestro y la cuantía 100% • Honorarios profesionales de abogados, consultores, auditores, interventores, etc. • Modificaciones a favor del asegurado • Pago de la indemnización directamente a contratistas y proveedores |
En las Cajas Menores no habrá aplicación de deducibles Información suministrada por la entidad:
Valor Total Asegurado Total: $1.100.000.000,00 Listado de cargos a amparar
RELACION CARGOS AMPARAR PÓLIZA DE MANEJO COLECTIVO
AÑO 2012 | |
No. | CARGO |
1 | Rector |
2 | Director Administrativo y Financiero |
3 | Director de Investigaciones |
4 | Coordinadora Grupo de Tesorería |
5 | Responsables xx Xxxxx Menores Almacén, Prácticas Académicas, Caja Menor DIN y Recaudo Venta de Estampillas. |
6 | Profesional Universitario Responsable Almacén UPTC. |
7 | Responsable Manejo de Cartera y Estampillas de la Institución |
8 | Responsable Recaudo Venta de Estampillas Casa Cultural Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx |
9 | Técnico Administrativo ( E ) Cajera Tesorería |
10 | Coordinador Grupo Biblioteca e Información |
11 | Responsable Biblioteca Facultad Ciencias de la Salud |
12 | Venta Boletería Restaurante Estudiantil de la Sede Central Tunja |
13 | Secretaria Almacén Deportes UPTC Bienestar Universitario |
14 | Recaudo Venta Boletería Restaurante Facultad Ciencias de la Salud |
15 | Responsable Biblioteca Xxxx xx Xxxxxx |
16 | Responsable Material Biblioteca Facultad de Educación |
17 | Responsable Biblioteca Facultad de derecho |
18 | Responsable Biblioteca Facultad de Ciencias Básicas |
19 | Responsable Biblioteca Cenes |
20 | Responsable Biblioteca CEAD |
21 | Directora UNISALUD |
00 | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx |
23 | Coordinadora Biblioteca Seccional Duitama |
24 | Responsable Manejo inventario convenio UPTC - Paz de Río |
25 | Responsable Venta de Boletería Restaurante Estudiantil Sede Seccional Duitama |
26 | Almacenista Seccional Duitama |
27 | Responsable Venta de Estampillas Sede Seccional Duitama |
28 | Responsable Inventario Talleres Duitama |
29 | Responsable Inventario Laboratorio Poscosecha |
30 | Responsable Venta de Boletería alimentación estudiantes Sede Duitama |
31 | Responsable Caja menor Sede Seccional Duitama |
32 | Responsable Equipo de Ayudas Xxxxxxxxx Xxxxxxx |
00 | Responsable Inventario Grupo Organización Y Sistemas |
33 | Decano Seccional Sogamoso |
34 | Manejo Caja Menor y recaudo Venta de Estampillas Sede Sogamoso |
35 | Responsable Manejo Inventario Biblioteca Sogamoso |
36 | Responsable Recaudo dinero Boletería Restaurante Estudiantil Sogamoso |
37 | Responsable Recaudo dinero Boletería Museo y parque Arqueológico Soga |
38 | Almacenista Seccional Sogamoso |
39 | Responsable Venta de Boletería Restaurante Estudiantil Sogamoso |
40 | Responsable venta de boletas del Restaurante Estudiantil del CREAD |
41 | Responsable Recaudo dinero Boletería Museo Arqueológico Sogamoso |
42 | Responsable Recaudo dinero Boletería Museo Arqueológico Sogamoso |
43 | Responsable Recaudo dinero Boleteria parque Arqueológico de Xxxxx xx Xxxxx |
44 | Director Instituto Técnico Xxxxxx Xxxxx |
45 | Responsable Biblioteca - Instituto Técnico Xxxxxx Xxxxx |
46 | Decano Seccional Chiquinquirá |
47 | Almacenista Seccional Chiquinquirá |
48 | Responsable Venta Estampillas y Caja Menor Sede Seccional Chiquinquirá |
49 | Responsable Biblioteca Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx |
00 | Responsable Caja Menor y Recaudo Venta de Estampilla Granja Tunguavita |
51 | Responsable Venta de Estampillas Sede - Bogotá |
52 | Responsable Recaudo Dineros Servicios Clínica Veterinaria UPTC |
53 | Responsable Recaudo venta Estampillas Cread Xxxxxxx |
00 | Responsable Manejo de Inventarios almacén deportes y cultura Sogamoso |
55 | Responable Caja menor Extensión Yopal |
56 | Responsable Recaudo Venta de Estampilla Extensión Yopal |
5. PÓLIZA RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL PARA DOCENTES Y ESTUDIANTES DE LA FACULTAD CIENCIAS DE LA SALUD Y FACULTAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA
Objeto del seguro
Amparar la Responsabilidad Civil Profesional médica en que incurran los estudiantes y docentes de los Programas de Medicina, Enfermería, Psicología de la Facultad de Ciencias de la Salud y el Programa de Regencia en Farmacia, Tecnología en Gestión en Salud y Administración de Gestión de la Salud de la Facultad de Estudios y a Distancia como consecuencia de cualquier acto médico/profesional derivado de la prestación de servicios profesionales de atención en la salud de las personas, estos servicios deben
ser prestados en entidades con las cuales se tengan convenios o acuerdos escritos o verbales y que por lo tanto exista responsabilidad de la UPTC.
Número de estudiantes: 740 Número de Docentes: 112 Total
AMPAROS:
Responsabilidad Civil Profesional Médica Responsabilidad Civil General
Responsabilidad por costas, intereses, cauciones, honorarios, etc., causados por Procesos Judiciales.
Responsabilidad por Xxxxx Xxxxxxx
Responsabilidad por Daños Materiales y/o Lesiones Corporales. Y demás amparos que ofrezca la Compañía
AMPAROS | VALOR ASEGURADO |
Responsabilidad Civil Profesional Médica. | $128.750.000,00 |
Responsabilidad Civil General | |
Responsabilidad por costas, intereses, cauciones, honorarios, etc., causados por Procesos Judiciales. | $10.000.000 por evento y $40.000.000 por Vigencia |
Responsabilidad por Xxxxx Xxxxxxx | $50.000.000,00 por evento y Vigencia |
Gastos Médicos | $10.000.000,00 por evento o persona y $50.000.000 por vigencia. |
Valor Asegurado Total: $ 128.750.000,00
Una vez firmado el contrato con la Aseguradora esta deberá rendir un informe mensual de las novedades presentadas.
6. PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE LA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA.
LISTADO DE AMPAROS OBLIGATORIOS
Nota: La Universidad enuncia los amparos y el proponente debe diligenciar si otorga el amparo y los sublímites
1. AMPAROS OBLIGATORIOS | |||||
NOMBRE | SE OTORGA EL AMPARO? (INDICAR SOLAMENTE SI O NO) | SE PERMITE SUBLIMITAR | DESCRIPCIÓN DEL SUBLIMITE | ||
Costos y gastos judiciales derivados de procesos administrativos, incluidos los adelantados por la Procuraduría, la Contraloría y demás órganos de Control. | |||||
Gastos y costas judiciales por honorarios profesionales en que incurran los funcionarios para ejercer su defensa, en cualquier proceso civil, disciplinario, laboral, administrativo o penal en su contra por investigaciones adelantadas por cualquier organismo oficial, incluyendo Contraloría, Fiscalía. | |||||
Perjuicios de los cuales los funcionarios sean responsables por haber cometido actos incorrectos que generen responsabilidad del funcionario. | |||||
Gastos de Defensa de los funcionarios asegurados por cualquier causa | |||||
Retroactividad mínimo 01 de enero 2007 | |||||
Extensión de cobertura automática para los funcionarios asegurados, después del retiro de la Entidad, sin tener en cuenta que se renueve o no la póliza. | |||||
Pago de los honorarios de abogados, en la atención de reclamos que afecten la póliza en procesos de Responsabilidad Fiscal Disciplinaria de la Procuraduría, Personería, similares o penales. | |||||
Libre escogencia de abogado para la defensa | |||||
Acción de repetición | |||||
Cobertura xxx xxxxxx de gastos judiciales, cuando los procesos se encuentren en las siguientes etapas: 1 Investigaciones ó indagaciones preliminares una vez el funcionario conozca de dicha investigación. 2 Para procesos de responsabilidad Fiscal, penal o disciplinaria . 3, En los procesos penales, civiles, administrativos disciplinario. | |||||
Amparo para todas las personas que hayan ocupado, ocupen o lleguen a ocupar los cargos asegurados. | |||||
Ampliación xx xxxxxx de todos los funcionarios, es decir cobertura de retroactividad limitada (hechos sucedidos en cualquier época que sean reclamados por primera vez dentro de la vigencia de la póliza. | |||||
Multas y sanciones administrativas o indemnizaciones impuestas por la Entidad o por cualquier organismo oficial. | |||||
Perjuicios causados al tomador, a Directivos y Funcionarios, por los cuales los asegurados sean responsables. |
Perjuicios causados a terceros por la responsabilidad civil de funcionarios asegurados. | |||||
Perjuicios patrimoniales causados por los cuales se siga o se debería seguir un juicio de responsabilidad fiscal. | |||||
2. AMPAROS ADICIONALES | |||||
NOMBRE | SE OTORGA EL AMPARO? (INDICAR SOLAMENTE SI O NO) | DESCRIPCION DE LA FORMA EN QUE SE OTORGA EL AMPARO (DIILIGENCIAR CUANDO EL AMPARO NO SE OTORGUE EN LAS MISMAS CONDICIONES SOLICITADAS O SE INTROZCAN SUBLIMITES) | |||
Gastos y Xxxxxx en que incurran los funcionarios asegurados para la constitución de cauciones exigidas por las autoridades o necesarias para ejercitar derechos dentro de los procedimientos civiles, penales, administrativos, o disciplinarios. | |||||
Revocación de la Póliza aviso 90 días | |||||
Reconocimiento de gastos de defensa por persona por proceso total, mínimo $50.000.000 | |||||
Errores u omisiones no intencionales | |||||
Pagos de Responsabilidad civil con base en manifiesto de culpabilidad. | |||||
Arbitramiento Técnico | |||||
Atención y pago de siniestros sin exigencia de recaudo de prima, siempre y cuando exista convenio de pago vigente | |||||
No aplicación de deducible. | |||||
Demás amparos y coberturas que ofrezcan las compañías | |||||
3. CLAUSULAS OBLIGATORIAS | |||||
NOMBRE | DESCRIPCION DE LA CLAUSULA | SE OTORGA LA CLAUSULA? (INDICAR SOLAMENTE SI O NO) | EL TEXTO DE LA CLAUSULA OFRECIDA ES IGUAL AL SOLICITADO? (INDICAR SOLAMENTE SI O NO) | TEXTO DE LA CLAUSULA OFRECIDA (DILIGENCIAR CUANDO EL TEXTO OFRECIDO NO SEA IDENTICO AL DESCRITO EN EL PLIEGO DE CONDICIONES) | |
ACEPTACION DE GASTOS JUDICIALES Y/O COSTOS DE DEFENSA | Mediante esta condición queda expresamente acordado que la aseguradora se pronunciará sobre la cotización de honorarios de abogados, gastos judiciales y/o costos de defensa, máximo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la documentación que |
acredite los mismos. En caso contrario se entenderán aceptados los honorarios de abogado, de conformidad con la(s) cotización(es) presentada(s) por los cargos asegurados. | |||||
AMPARO A LA RESPONSABILIDAD DE LOS FUNCIONARIOS ASEGURADOS QUE SE TRANSMITA POR MUERTE, INCAPACIDAD, INHABILITACION O INSOLVENCIA | Queda entendido, convenido y aceptado que la compañía ampara la responsabilidad de los funcionarios asegurados que se transmita por muerte, incapacidad, inhabilitación o insolvencia. | ||||
AMPARO AUTOMATIVO A LAS PERSONAS QUE LLEGAREN A OCUPAR LOS CARGOS AMPARADOS | No obstante lo que se diga en contrario en las condiciones generales y particulares de la póliza, la Compañía otorga cobertura automática para los funcionarios que ocupen los cargos amparados sin que se requiera aviso escrito. | ||||
AMPARO PARA DETRIMENTOS PATRIMONIALES CAUSADOS A LA ENTIDAD Y/O AL ESTADO | Como consecuencia de los actos de gestión incorrectos, por acción u omisión de los servidores públicos asegurados, incluidos entre otros, los derivados de los procesos administrativos de contratación de seguros | ||||
AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA AVISO DE SINIESTRO | Por medio de la presente cláusula y no obstante lo estipulado en las condiciones generales de la póliza, el asegurado podrá dar aviso de la ocurrencia del siniestro en un término máximo de 120 días, siguientes a la fecha en que haya conocido o debido conocer la ocurrencia del mismo. |
ARBITRAMENTO O CLÁUSULA COMPROMISORIA | El asegurado y la Compañía convienen en someter a un Tribunal de Arbitramento las diferencias que surjan con motivo de la aplicación de las cláusulas y condiciones de esta póliza y a no intentar demanda o acción alguna de otra naturaleza, mientras que de común acuerdo no hayan resuelto prescindir del juicio arbitral. El Tribunal tendrá como sede la ciudad de suscripción del contrato y fallará en derecho. Los árbitros serán nombrados siguiendo el procedimiento que para tal fin la Ley, en el Decreto 2279 de 1989 o en la norma que lo reemplace, haya estipulado. A elección el asegurado, la presente cláusula quedará sin efecto y no podrá ser excepcionada por la aseguradora en aquellos casos en que el asegurado efectúe el llamamiento en garantía en los términos del artículo 57 del C.P.C. | ||||
CONCURRENCIA DE AMPAROS, CLÁUSULAS Y/O CONDICIONES | Queda entendido, convenido y aceptado, que si dos o más amparos, cláusulas o condiciones otorgan cobertura a un mismo evento, se indemnizará con aquella que ofrezca mayor protección para los intereses del asegurado. De igual manera prevalecerán los amparos, cláusulas o condiciones que otorguen cobertura, sobre aquellos que las excluyan. En todo caso y ante cualquier discrepancia sobre cuál es el amparo, cláusula o condición aplicable a un caso determinado, se aplicará aquella que determine el asegurado de acuerdo a su conveniencia. | ||||
DESIGNACIÓN DE AJUSTADORES | Queda entendido, convenido y aceptado que en el evento de un siniestro que afecte la póliza y si la Compañía decide hacer nombramiento de ajustadores, el asegurado se reservará el derecho de aceptar o solicitar el cambio de los mismos en |
caso de que no fueren de su entera satisfacción, sin que para ello se requiera motivación alguna. | |||||
DESIGNACION DE ABOGADOS | Por medio de la presente cláusula y no obstante lo estipulado en las condiciones generales de la póliza, la compañía designará el abogado encargado de la defensa del funcionario asegurado, seleccionándolo de una terna enviada por este. | ||||
ELIMINACION DE CLÁUSULAS DE GARANTÍA | Queda entendido, convenido y aceptado que no obstante lo que en contrario se diga en las condiciones generales del seguro, en virtud de la presente cláusula se eliminan todas las cláusulas de garantía, previstas para el mismo. | ||||
EXPERTICIO TÉCNICO | Queda entendido, convenido y aceptado que en el evento de existir discrepancia entre la Compañía y el Asegurado en cuanto a si el siniestro constituye una pérdida total o parcial o con relación a otros aspectos de orden técnico, la cuestión será sometida a la decisión de ingenieros peritos o técnicos expertos en la actividad que desarrolla el Asegurado, según los intereses afectados por el siniestro, siguiendo el procedimiento que para tal regulación prevén los artículos 2026 y siguientes del Código de Comercio | ||||
GASTOS DE DEFENSA ORIGINADOS EN ACCION DE REPETICION O LLAMAMIENTO EN GARANTIA. | Queda entendido, convenido y aceptado que la aseguradora asumirá los gastos de defensa originados en acción de repetición o llamamiento en garantía. |
PAGO DE INDEMNIZACIONES POR CONCEPTO DE PERJUICIOS PATRIMONIALES | Queda entendido, convenido y aceptado que la aseguradora efectuará el pago de indemnizaciones por concepto de perjuicios patrimoniales, antes del fallo de una acción de repetición o una vez se produzca el llamamiento en garantía con fines de repetición. | ||||
PAGO DE HONORARIOS DIRECTAMENTE AL ABOGADO DESIGNADO | Queda entendido, convenido y aceptado que la aseguradora efectuará el pago de honorarios directamente al abogado designado para el caso según lo solicite el asegurado en cualquier tipo de proceso. | ||||
LIBRE ESCOGENCIA DE ABOGADO PARA LA DEFENSA | Queda entendido, convenido y aceptado que la aseguradora acepta que la escogencia del abogado para la defensa, se efectué libremente por parte del asegurado | ||||
MODIFICACIONES A FAVOR DEL ASEGURADO | Si durante la vigencia de la póliza se presentan modificaciones a las condiciones de la póliza que representen un beneficio a favor del asegurado, sin que impliquen un aumento a la prima originalmente pactada, tales modificaciones se consideran automáticamente incorporadas a la póliza. | ||||
RETROACTIVIDAD AL 01 DE ENERO DE 2007 | Se cubren hechos ocurridos desde esa fecha y reclamados en la vigencia de la póliza a contratar que no hayan sido conocidos por la Entidad antes de la presente contratación. | ||||
PERIODO DE RETROACTIVIDAD SIN LIMITE | Por medio de la presente cláusula, el periodo de retroactividad de la póliza se otorga sin límite en el tiempo. No existirá responsabilidad con respecto a cualquier reclamación: a.- que sea ocasionada o está conectada a cualquier circunstancia o hecho que se haya notificado a la aseguradora en cualquier otra póliza de seguro realizada previamente al inicio de esta póliza y b.- que surja o esté en conexión con cualquier circunstancia o hecho |
conocido por el asegurado anteriormente al inicio de esta póliza. | |||||
SISTEMA DE COBERTURA | Se amparan las reclamaciones iniciadas por primera vez durante la vigencia de la póliza, por todo acto u omisión, por actos incorrectos, culposos, reales o presuntos, cometidos por cualquier persona que desempeñe o haya desempeñado cualquiera de los cargos asegurados, en el desempeño de sus respectivas funciones como Servidores Públicos. Igualmente se amparan las reclamaciones iniciadas durante la extensión automática de dos años contados a partir de la finalización de vigencia de la póliza, cuando esta sea cancelada o no renovada con la compañía. | ||||
4. CONDICIONES ESPECIALES | |||||
DESCRIPCION DE LA CONDICION SOLICITADA | PUNTAJE MAXIMO | OFRECIMIENTO REALIZADO POR EL PROPONENTE | |||
MAYOR EXCESO EN LA COBERTURA DE GASTOS Y COSTAS JUDICIALES POR HONORARIOS PROFESIONALES EN QUE INCURRAN LOS FUNCIONARIOS PARA EJERCER SU DEFENSA | Se otorgará 100 puntos al proponente que ofrezca el mayor límite de cobertura en exceso del mínimo requerido. Los demás excesos puntuaran de manera proporcional. | SE OTORGA UN LIMITE ADICIONAL AL BASICO OFRECIDO DE $ 2.000.000 POR EVENTO Y $ 10.000.000 POR VIGENCIA. | |||
5. DEDUCIBLES | |||||
DESCRIPCION | DEUCIBLE OFRECIDO | ||||
GASTOS JUDICIALES | SIN DEDUCIBLE | ||||
DEMAS AMPAROS | SIN DEDUCIBLE |
VALOR ASEGURADO | 1,000,000,000 |
Información suministrada por la entidad:
CARGOS A AMPARAR:
• Rector
• Vicerrector Académico
• Director Administrativo y Financiero
• Director de Investigaciones
• Jefe Oficina Jurídica
• Coordinador de Bienes y Suministros
• Decanos (3)
• Miembros del Consejo Superior (10)
• Jefe Oficina Planeación
• Jefe Oficina de Control y Evaluación de la Gestión Universitaria
• Jefe Oficina Control Disciplinario
• Coordinadora Grupo de Tesorería
• Coordinadora Grupo de Presupuesto
• Coordinadora Grupo de Contabilidad
VALOR ASEGURADO TOTAL: $1.000.000.000,00 ESPECIFICACIONES DE ESTA PÓLIZA
Suma Asegurada Perdida fiscal y/o detrimento patrimonial: $1.000.000.000 por evento y en el agregado anual. Deducible: 10% mínimo $2.000.000.00. Gastos de Defensa: Sublimite de gastos judiciales el cual se encuentra dentro de la suma asegurada anual por: $500.000.000 por vigencia. Se incluye un sublimite para investigaciones preliminares de $5.000.000 por evento y $50.000.000 vigencia, los cuales hacen parte del sublímite de gastos de defensa.
Los sublimites por cargo son:
Rector: $70.000.000 por evento Vicerrector: $50.000.000 por evento Demás cargos: $40.000.000 por evento Deducible: 5% de los gastos incurridos Retroactividad: 1 años
Vigencia: doce (12) meses.
4.7. RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL CON COBERTURA PARA LOS PASAJEROS DE BUSES Y BUSETAS:
RAMO BASICOS
Buses y busetas. 20 y más pasajeros. | Muerte Accidental. Incapacidad total y permanente. Incapacidad parcial. Gastos médicos por accidente. | 60 SMMLV. 60 SMMLV 60 SMMLV 60 SMMLV | 100 SMMLV. 100 SMMLV 100 SMMLV 100 SMMLV |
INFORMACIÓN PRESENTADA POR LA ENTIDAD LISTADO VEHÍCULOS AMPARAR
DESCRIPCIÓN | PLACA | FECHA VENCIMIENTO | |
VICERRECTORIA ACADÉMICA | |||
1 | BUS CHEVROLET TIPO B-60-218 MODELO 1992 MOTOR MB-11619L- 86 CHASIS SERIAL BMB11619. No. PASAJEROS 37 | OXE 434 | 01/04/2011 AL 31/12/2011 |
2 | BUSETA NPR, TURBO, CHEVROLET MOD. 1996, MOTOR ISUZU 4BD1, 3.800 c.c. CON XXXXXXXXXX XX XXXX, Xx. XXXXX 000000 Xx. XXXXXXXXX 00 | OQF 073 | 01/04/2011 AL 31/12/2011 |
3 | BUS XXXXXXXX XXXX, CLASE: OH1420, TIPO: CHASIS PARA BUS, ESTILO: XXXXXXXXXX Xx. XXXXXXXXX 00, XXX.0000, XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, chasis 0XX0000000X000000 MOTOR 377985U0763588, bus color blanco, amarillo y negro | OQF 289 | 01/04/2011 AL 31/12/2011 |
4 | BUS XXXXXXXX XXXX, CLASE: OH1420, TIPO: CHASIS PARA BUS, ESTILO: CARROCERIA PARA 41 PASAJEROS, MOD.2008, DIRECCION HIDRAULICA BUS XXXXXXXX XXXX, CLASE: OH1420, TIPO: CHASIS PARA BUS, ESTILO: XXXXXXXXXX, Xx XXXXXXXXX 00 XXX.0000, XXXXXXXXX XXXXXX | OQF 290 | 01/04/2011 AL 31/12/2011 |
FACULTAD SECCIONAL SOGAMOSO | |||
5 | BUS MARCA CHEVROLET B70. Tipo B70 Diesel. Modelo 1.999 N. 0XXX0X0X0XX000000. N Motor 2FR07240 Carroceria de Lujo, Silleteria Reclinable No. PASAJEROS 37 Servicio Nacional INVICTA. | OQF 179 | 01/04/2011 AL 31/12/2011 |
6 | BUSETA , MARCA CHEVROLET, MODELO 2011, No CHASIS 0XXXXX000XX000000, CILINDRAJE 4,570. | OCJ 722 | 01/04/2011 AL 31/12/2011 |
FACULTAD SECCIONAL DUITAMA | |||
7 | XXXXXX XXXXXXX, LINEA HD72 MODELO 2010, COLOR BLANCO, CILINDRAJE 4.581, MOTOR D4DB9389170, XXXXXX XX XXXXXX XXXXX00XXXX000000, XXXXXX XX XXXXXXXXX 00. | OEO 313 | 01/04/2011 AL 31/12/2011 |
5. PRESUPUESTO OFICIAL
La Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia contratará con cargo a la AUTORIZACIÓN DE VIGENCIAS FUTURAS de la vigencia presupuestal 2012, EXPEDIDA POR EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD, y el Certificado de
Disponibilidad Presupuestal No. 1494 de 2011, los cuales tendrá como presupuesto oficial la suma de CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS, ($443.600.000,00) M/LEGAL.
En cumplimiento de la Ley 30 de 1992 y el Acuerdo 074 de 2010, la Universidad descartará toda propuesta cuyo valor incluido IVA, esté por encima del Presupuesto Oficial.
En caso de Adjudicaciones Parciales, cada uno de los seguros no puede sobrepasar los siguientes montos, so pena de rechazo de las propuestas:
No. | OBJETO | VALOR |
1 | SEGURO DAÑOS MATERIALES | 250.000.000,00 |
2 | SEGURO DE VIDA GRUPO PARA FUNCIONARIOS UPTC | 58.000.000,00 |
3 | SEGURO DE AUTOMOVILES | 32.000.000,00 |
4 | SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO (SOAT) | 10.500.000,00 |
5 | SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL | 2.500.000,00 |
6 | POLIZA DE MANEJO COLECTIVO | 38.000.000,00 |
7 | POLIZA RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL DOCENTES Y ESTUDIANTES FCS | 13.000.000,00 |
8 | RESPONSABILIDAD CIVIL PARA SERVIDORES PÚBLICOS | 37.000.000,00 |
9 | RESPONSABILIDAD CIVIL PARA PASAJEROS DE BUSES | 2.600.000,00 |
TOTAL | $443.600.000,00 |
6. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
No podrán participar en el procedimiento de selección ni ser adjudicatarias del contrato las personas que se encuentren incursas en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución, la Ley y en Acuerdo 074 de 2010.
Con la presentación de la propuesta se entiende que EL PROPONENTE manifiesta, bajo la gravedad de juramento, que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la Constitución y en la Ley.
7. PLIEGO DE CONDICIONES
El pliego de condiciones definitivo se publicará según el cronograma en la página web: xxx.xxxx.xxx.xx
7.1 ACLARACIONES AL PREPLIEGO Y ADENDAS AL PLIEGO DE CONDICIONES
Si algún proponente encuentra inconsistencias, errores u omisiones en el presente proyecto xx xxxxxx de Condiciones, o si requiere aclaración, modificación o complementación de alguna estipulación contenida en él, podrán en cumplimiento de los principios señalados en la normatividad vigente sobre la materia, solicitar aclaraciones y/o modificaciones a dichos pliegos de condiciones. A tales efectos, se tiene prevista la presentación de observaciones por parte de los proponentes, según cronograma radicadas en la Dirección Administrativa y Financiera, 3er piso Edificio
Administrativo o en el correo electrónico xxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, en formato PDF y debidamente firmadas.
La UNIVERSIDAD responderá dentro del término legal y en cumplimiento del principio de economía y celeridad previsto en el artículo 209 de la Constitución Política, las solicitudes de aclaración que cumplan con los siguientes requisitos:
-Hayan sido radicadas ante la UNIVERSIDAD, en las fechas y horario establecido para el efecto.
-Se haya indicado claramente el numeral de las Condiciones Específicas de Contratación, que se pretende sea aclarado y la fundamentación de la solicitud de aclaración.
-Indicar claramente el nombre y cédula de ciudadanía de la persona que las envía, en qué condiciones actúa frente al interesado y su dirección física, electrónica y número de fax.
La Universidad podrá aclarar, modificar o adicionar los pliegos de condiciones y especificaciones hasta tres (03) días hábiles antes de la fecha de entrega de propuestas.
En el evento en que se efectúen cambios al presente pliego de condiciones, éstos serán realizados oficialmente mediante adendas, los cuales pasarán a formar parte de los mismos.
8. ENTREGA DE PROPUESTAS Y APERTURA
El oferente deberá anexar a la propuesta los siguientes documentos, los cuales deberán presentarse como se indican a continuación:
El Proponente presentará un (1) sobres sellado, que contenga los requisitos habilitantes y de ponderación.
Todos los documentos deben estar debidamente foliados desde la primera hoja hasta la última (en números enteros consecutivos), así:
• Identificación: Invitación Pública No.
• Forma de Presentación: Original
• Nombre del Proponente:
• Dirección del Proponente:
• Dirección electrónica del Proponente:
8.1 LUGAR, FECHA Y HORA DE ENTREGA:
Las propuestas deben entregarse personalmente en la Oficina de la Dirección Administrativa de la UPTC - Tunja, ubicada en el tercer piso del Edificio Administrativo, escritas a máquina o computadora, en idioma español, salvo los términos técnicos que usualmente se utilicen en idioma distinto, en original, debidamente cerrado y sellado con el número de la INVITACIÓN PÚBLICA, el nombre o razón social del proponente y su Dirección, hasta la fecha y hora señaladas en el cronograma.
El valor de la propuesta será en pesos colombianos, incluyendo todos los gastos y discriminando los impuestos a que haya lugar.
Las propuestas deberán ser depositadas en una urna diseñada especialmente por la Universidad, ubicada en la Dirección Administrativa, Edificio Administrativo, 3er. xxxx, Xxxxx.
(NO SE HACE NECESARIO COPIAS DE LA PROPUESTA, SOLAMENTE LA ORIGINAL)
9. DOCUMENTOS:
9.1 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
Cada Sobre deberá contener un Índice General (donde se relacionen en forma clara los documentos) y encontrarse debidamente foliada desde la primera hoja.
La propuesta económica y demás anexos deberán entregarse en membrete del proponente y contar con su firma.
La propuesta deberá presentarse en original, en paquete cerrado y sellado, el cual deberá estar rotulado con el nombre del proponente, y acompañado con los documentos indicados a continuación, en el mismo orden, cualquier inconsistencia será causal para declarar no admisible la propuesta, sin perjuicio de la subsanación.
9.1.1 DOCUMENTOS JURÍDICOS
a. ORIGINAL ANEXO 1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. Para ser tenida en cuenta la propuesta, deberá utilizarse el modelo suministrado en este pliego y ser suscrita por el representante legal o por la persona legalmente autorizada para ello.
b. FOTOCOPIA del Certificado de inscripción en la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no mayor de 3 meses anteriores a la fecha de cierre de la INVITACIÓN. (APLICA PARA PERSONAS NATURALES).
c. FOTOCOPIA del Certificado de la Existencia y de Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no mayor de 3 meses anteriores a la fecha de cierre de la INVITACIÓN. (APLICA PARA PERSONAS JURIDICAS).
d. ORIGINAL de la Póliza de Seriedad de la Propuesta a favor de Entidades Estatales, suscrita y firmada por el proponente y con el lleno de los siguientes requisitos:
BENEFICIARIO: UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA, NIT. 000000000-1
AFIANZADO: El proponente
VIGENCIA: Hasta la fecha señalada para la adjudicación y dos (02)
meses más.
VALOR ASEGURADO: Diez por ciento (10%) del valor del presupuesto asignado
para esta contratación.
Esta Garantía en caso de tratarse de pólizas, debe ser expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia y el proponente deberá adjuntar el original de la garantía y el original del recibo de pago correspondiente o certificación en la que se exprese que la póliza no expira por falta de pago o revocación unilateral.
La garantía se hará exigible si el proponente que resultare seleccionado no suscribe el contrato dentro del término establecido en la presente INVITACIÓN.
e. ORIGINAL de la Certificación con la cual acredite el cumplimiento de las obligaciones señaladas en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás disposiciones sobre la materia (APORTES PARAFISCALES); suscrita por el Revisor Fiscal si se trata de una persona jurídica que debe tener revisoría fiscal conforme a la ley o por el representante legal del proponente, si no requiere revisor fiscal.
Ahora bien, si la persona natural no tiene empleados a su cargo, deberá manifestar dicha circunstancia bajo la gravedad del juramento, y declarar que se encuentra personalmente x xxx y salvo por concepto de sus aportes a la seguridad social en salud y pensiones y que ha cumplido con dichas obligaciones.
Con relación a este ítem la Universidad evaluara el cumplimiento formal de las declaraciones de acuerdo al art.50 de la ley 789 de 2002, cuya responsabilidad recae en los oferentes; en la eventualidad de presentarse inconsistencias se correrá traslado a la entidad competente y se seguirá adelante con el proceso sin que lo anterior implique rechazo de la misma.
Dentro de dicha certificación, se debe establecer textualmente, que el paz y salvo cobija “los últimos seis (6) meses” anteriores a la fecha del cierre.
f. FOTOCOPIA del Certificado de la Contraloría General de la República de Antecedentes fiscales el cual debe estar vigente a la fecha de la presentación de la propuesta.
g. FOTOCOPIA del Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación el cual debe estar vigente a la fecha de la presentación de la propuesta. (APLICA SOLO PARA PERSONAS NATURALES y JURIDICAS).
h. FOTOCOPIA del Certificado de antecedentes penales. (APLICA SOLO PARA PERSONAS NATURALES).
i. FOTOCOPIA del formulario Registro Único Tributario (RUT), donde se establece el régimen al cual pertenece.
j. CERTIFICACION DE EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR DE LA UPTC: Presentación del certificado de evaluación interna si ha sido proveedor de la UPTC, si esta evaluación es menor al 70% de acuerdo a la guía A-AB-P01-G02 donde indique que el proponente no garantiza la oportunidad y confiabilidad en la prestación del servicio a proponer se considerará el proponente como no admisible para prestación del servicio a cotizar.
Si el proponente no ha contratado con la Universidad deberá declararlo así bajo la gravedad del Juramento en la propuesta.
k. Documento de Conformación del Consorcio o Unión Temporal. Si es el caso, donde indiquen los integrantes, los porcentajes de participación de cada uno de sus integrantes, en la propuesta y en la ejecución del contrato, y el monto de la responsabilidad de cada uno.
La vigencia del Consorcio y la Unión Temporal no podrá ser inferior al término previsto para la ejecución del contrato y tres (03) años más. De igual manera aplica para el COASEGURO.
Para éstos eventos, y para considerar admisible al Consorcio o Unión Temporal, al menos uno de sus integrantes deberá acreditar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos habilitantes.
9.1.2 DOCUMENTOS FINANCIEROS
a. FOTOCOPIA del certificado de inscripción, clasificación y calificación con fecha de expedición no mayor de 3 meses anteriores a la fecha de cierre de la Invitación en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, en la Actividad 3, Especialidad 23, Grupo 10 y 11 (Decreto 1464 de 2010)
La Capacidad Máxima de Contratación debe ser igual o superior a 1380 SMLMV.
EL k residual de contratación: el proponente deberá tener un K residual de contratación IGUAL O SUPERIOR a 690 SMLMV. (Xxxx acreditar éste numeral solamente se considerará los contratos relevantes que se encuentren en ejecución al momento de presentar la oferta).
El registro único de proponentes debe haberse expedido en un plazo no mayor a 3 meses de antelación a la fecha del cierre de la presente invitación.
Si el proponente realiza propuestas parciales deberá acreditar la actividad y grupo correspondiente a lo cotizado, o de lo contrario será declarado inadmisible por éste concepto.
Para el caso de consorcios o uniones temporales, éste ítem se calificará mediante la sumatoria de los k de contratación de cada uno de sus integrantes, para tales efectos cada integrante deberá aportar el respectivo registro único de proponentes. De igual manera aplica para el COASEGURO.
De la información financiera del registro único de proponentes (RUP) se verificara los correspondientes estados financieros a corte de 31 de diciembre de 2010.
Solamente se verificará ésta información en el RUP, por lo tanto NO SE ACEPTA el Balance General y Estado de Resultados con corte a DICIEMBRE de 2010.
Todos los documentos anteriormente enumerados son SUBSANABLES, salvo que con ello tratan de acreditar situaciones ocurridas con posterioridad al cierre o que se realicen para mejorar la oferta. Para tal efecto, la Universidad ha establecido como plazo máximo el día señalado en el cronograma.
9.1.3 DOCUMENTOS TÉCNICOS
a. Propuesta Económica. La propuesta económica, debe allegarse según formato Anexo 2, en medio magnético y físico, éste último debe encontrarse en papel membretado del oferente y con la respectiva firma.
En ésta se encuentran descritas las especificaciones y cantidades de los elementos requeridos y que deberá ser diligenciado especificando: Marca de cada elemento, el valor global de la oferta, determinando expresamente el valor individual de cada elemento y el IVA que corresponda al valor total de la oferta.
b. Oferta Técnica. Ajustada a los requerimientos técnicos exigidos para él ítem o ítems que presenta propuesta. Favor diligenciar (ANEXO 3 Y 4).
c. Certificación(es), Actas de Liquidación, actas de recibo final, acompañadas de las respectivas copias de los contratos u órdenes de compra, sobre suministro de pólizas de seguro. Dichos documentos deben contener lo siguiente:
Las certificaciones deberán contener mínimo los siguientes datos:
- Razón social o nombre de la empresa contratante.
- Objeto del contrato
- Valor de contrato (incluye adicionales si los hay)
- Duración del Contrato (fecha de iniciación y terminación)
Se omitirá los presentes requerimientos en caso de presentar la copia de las respectivas pólizas
NOTA: LAS ACTAS DE LIQUIDACIÓN NO SERÁN EXIGIBLES A AQUELLOS PROPONENTES QUE HAYAN CELEBRADO CONTRATOS CON LA UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA. LA UNIVERSIDAD SE RESERVA EL DERECHO DE VERIFICAR LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA.
Las certificaciones que no cumplan con los anteriores requisitos, serán rechazadas.
El proponente deberá presentar el ORIGINAL ANEXO 5. Con sus respectivos soportes
10. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación se hará al proponente cuya propuesta se determina más favorable de conformidad con los criterios de habilitación y ponderación y está ajustada al pliego de condiciones, previa realización de los estudios y análisis comparativo del caso.
Las propuestas deberán ser analizadas por el COMITÉ DE CONTRATACIÓN de la Universidad, quién se asesorará de la comisión técnica designada por el Señor Rector.
10.1 FACTORES Y PUNTAJES
CAPACIDAD JURIDICA | ADMISIBLE/NO ADMISIBLE |
CAPACIDAD FINANCIERA | ADMISIBLE/NO ADMISIBLE |
ASPECTOS TÉCNICOS MINIMOS | ADMISIBLE/NO ADMISIBLE |
EXPERIENCIA | ADMISIBLE/NO ADMISIBLE |
PUNTAJE | 100 PUNTOS |
TOTAL ESTUDIO TECNICO- ECONOMICO | 100 PUNTOS |
10.1.1 Capacidad jurídica: Se estudiarán y analizarán los requisitos de orden legal exigidos en los pliegos de condiciones, verificando su estricto cumplimiento. Serán declaradas NO ADMISIBLES JURÍDICAMENTE las propuestas que no cumplan los citados requisitos legales.
10.1.2 Aspectos técnicos Mínimos (Admisible y No admisible):
Serán admisibles aquellas propuestas que presenten la totalidad de requisitos mínimos y que no se excedan en el presupuesto oficial establecido por la UPTC, de lo contrario la propuesta será no Admisible Técnicamente. .
10.1.3. Capacidad Financiera: Se evaluará la información contable correspondiente a los Estados Financieros y Balances con corte al Treinta y uno (31) de Diciembre de 2010. que reposa en el Registro Único de Proponentes, si éste no estuviere actualizado se analizarán dichos ítems, en Balance General y Estado de Resultados con corte a DICIEMBRE de 2010. Se evaluará lo siguiente:
a. Índice de Liquidez
Índice de liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente
MENOR O IGUAL A | 1.5 | No admisible |
MAYOR DE | 1.5 | Admisible |
b. Índice de Endeudamiento
Índice de Endeudamiento = (Total Pasivo-Reservas) / Total Activos
MAYOR DE | 50 % | No admisible |
MENOR O IGUAL | 50 % | Admisible |
NOTA: Solamente para efectos de calificación de éste ítem se analizarán los Estados Financieros de la Empresa con corte 31 de Diciembre de 2010, debidamente firmados y allegando la copia de la Tarjeta Profesional del Contador.
c. Capital de trabajo
El índice se determinará de acuerdo con la fórmula:
Capital de Trabajo = Activo Corriente - Pasivo Corriente
MENOR O IGUAL A | 50% DEL PRESUPUESTO OFICIAL | No admisible |
MAS DE | 50% DEL PRESUPUESTO OFICIAL | Admisible |
Serán declaradas NO ADMISIBLES Financieramente las propuestas que no cumplan con los porcentajes o niveles mínimos de los indicadores mencionados anteriormente.
10.1.4. EXPERIENCIA
Esta evaluación se realizará con base en la Experiencia Específica del proponente que acredite el proponente en celebración y ejecución de contratos ejecutados a partir del primero (1) de Enero de 2005. Se considerará admisible el Oferente que acredite una experiencia igual o superior al 50% del Presupuesto oficial, acreditada mediante mínimo (1) y máximo tres (3) contratos relacionados con el objeto contracual.
En los casos que el proponente presente documentación de experiencia de consorcios o uniones de los cuales hizo parte, la experiencia se evaluará de acuerdo al porcentaje de participación que tuvo en el mismo (consorcio o unión Temporal), para tales efectos deberá adjuntar en las respectivas certificaciones, fotocopia autenticada de la constitución de consorcio o unión temporal en mención (Salvo que dentro de la certificación firmada por el contratante se especifique el porcentaje de participación del oferente).
10.5. EVALUACIÓN PUNTAJE (100 PUNTOS):
La Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia efectuara los estudios del caso y el análisis Comparativo para adjudicar el programa de seguros al oferente cuya propuesta, previo al cumplimento de los requisitos de experiencia y la capacidad jurídica, administrativa, operacional y financiera, sea la más favorable para la Institución.
La UPTC se reserva el derecho de realizar la adjudicación total o parcial a uno o varios oferentes, de acuerdo con su criterio o conveniencia.
No obstante lo anterior la propuesta que obtenga el máximo puntaje (100) por ramo se le podrá adjudicar parcialmente.
La evaluación se realizara sobre la base de las ofertas básicas que presenten los oferentes, las cuales deberán ajustarse a todas las exigencias y requerimientos mínimos establecidos para cada ramo en el presente Pliego de Condiciones. Las ofertas que presenten alternativas técnicas y económicas, superiores a las que se exigen en el pliego, no exime a los oferentes de la obligación de presentar la oferta básica.
En el evento de que los proponentes ofrezcan alternativas, las mismas no serán objeto de asignación de puntaje, sin embargo el informe técnico recomendara, previo estudio de las mismas su adjudicación, si fueren favorables para la Universidad, siempre y cuando el proponente hubiere presentado una propuesta básica que cumpla con lo requerido en el presente Pliego de Condiciones y la misma obtenga el mayor puntaje en el ramo.
Los proponentes que superen la etapa de calificación jurídica, financiera, técnica (mínima) y de Experiancia, podrán ser evaluados técnicamente sobre un puntaje total de 100 puntos por póliza o ramo (Total 8 Pólizas 800 puntos otorgados para esta última etapa de evaluación.)
PUNTAJE APLICABLE.
TECNICA 40 Puntos Desagregados así:
- Coberturas o Amparos Básicas 15 puntos
- Cláusulas o Amparos Adicionales 15 puntos
- Celeridad en el pago de Siniestros 10 puntos
ECONOMICA 50 Puntos Desagregados así:
- Primas 20 puntos
- Deducibles 30 puntos
SERVICIOS ADICIONALES 9 PUNTOS
- Personal dispuesto por la aseguradora
para atender la cuenta UPTC 5 puntos
- Capacitación en el ramo 2.5 puntos
- Estudios de riesgos 1.5 puntos
APOYO EN LA IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS 1 Puntos
TOTAL 100 Puntos por póliza o ramo EVALUACIÓN TÉCNICA 40 puntos
Para el estudio de las propuestas presentadas, se efectuara una evaluación y ponderación técnica, basada en los siguientes criterios:
Si un ramo no cumple con las especificaciones exigidas básicas, de conformidad con lo antes señalado, el mismo será objeto de rechazo, y en consecuencia no será tenido en cuenta para la evaluación.
Se consideran condiciones básicas obligatorias, de Acuerdo con los parámetros establecidos en las condiciones de cada póliza o ramo. Si el oferente excluye cualquiera de las coberturas o amparos básicos definidos por la UPTC como obligatorias, la propuesta de tal ramo será objeto de rechazo.
- Coberturas o amparos Básicos. 15 puntos
Las coberturas o amparos Básicos, son de obligatorio ofrecimiento y se le otorgara al proponente un puntaje de 15 Puntos, al proponente que no cumpla se calificara son cero.
- Cláusulas Complementarias o Adicionales 15 puntos
Las cláusulas complementarias o Adicionales que se detallan en las especificaciones técnicas de los seguros x xxxxx a contratar no son de obligatorio ofrecimiento por los proponentes y se otorgara el máximo puntaje asignado al oferente que las ofrezca y a los que ofrezcan menor número se les asignará el puntaje correspondiente a prorrata de este.
-Celeridad en el pago de Siniestros 10 puntos
a. Se otorgaran 5 puntos al oferente que ofrezca el menor tiempo para el pago de las reclamaciones una vez presentados la totalidad de los documentos que sustenten debidamente la reclamación, y proporcionalmente a los demás.
b. Se otorgaran 5 puntos al oferente que solicite el menor número de documentos únicos para el pago de las reclamaciones, y proporcionalmente a los demás, el número máximo de documentos no pueden ser superior a ocho ya que de ser así la oferta será rechazada.
EVALUACIÓN ECONÓMICA 50 puntos
- Primas 20 puntos.
El precio más bajo tendrá el máximo puntaje (20 puntos), definiendo como tal la sumatoria de las primas por cada uno de los xxxxx solicitados, expresadas en la propuesta, a los demás se les aplicara la siguiente formula:
M.O.V X 20 = PUNTAJE V.P.E.
Donde:
M.V.O. = Menor valor oferta económica presentada
V.P.E. = Valor de la propuesta evaluada
Nota: El valor que resulte después de aplicar la ecuación anterior, no será objeto de ninguna aproximación.
-Deducible 30 puntos:
1. Porcentaje de Deducibles
Se otorgará un máximo de 30 puntos, y se evaluara de acuerdo con la siguiente tabla, asignando el máximo al proponente que presente su oferta acogiéndose a los rangos.
APLICABLES SOBRE EL VALOR DE LA PÉRDIDA.
RANGO DE PORCENTAJES
30 PUNTOS
Sin deducible
30 Puntos
Entre el 1% y hasta 5%
25 puntos
Superior a 5% y hasta 7%
20 puntos
Superior a 7% y hasta 10%
15 puntos
Superior a 10%
0 puntos
2 Mínimos de deducibles
Se otorgará un máximo de 30 puntos, y se evaluara de acuerdo con la siguiente tabla, asignando el máximo al proponente que presente su oferta acogiéndose a los rangos.
RANGO DE S.M.M.L.V.
30 PUNTOS.
0 S.M.M.L.V.
30 Puntos
hasta 1 SMMLV
25 Puntos
superior a 1 y hasta 2 SMMLV
20 Puntos
superior a 2 y hasta 3 SMMLV
15 Puntos
superior a 3 y hasta 5 SMMLV
10 Puntos
Superior a 5 SMMLV
0 Puntos
NOTA 1: no se acepta la presentación de los mínimos en una denominación distinta a SMMLV (SALARIOS MINIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES), en caso de presentar
los mínimos en otra denominación, no será tenido en cuenta dicho mínimo, por lo tanto su calificación será 0.
No se aceptará deducible alguno en el ramo de automóviles, y deducibles para cajas menores en el ramo de manejo global, por lo tanto el proponente que aplique algún porcentaje o un mínimo de deducible para estos xxxxx no se evaluará dicho ramo.
Para las ofertas que presenten deducibles aplicables sobre valor asegurado o valor asegurable, se aceptará únicamente para los amparos de XXXX, incluyendo Actos Terroristas y para Xxxxxxxxx Xxxxxxx y/o Erupción Volcánica y su evaluación se efectuará de la siguiente manera:
- Cuando se proponga la aplicación sobre el valor asegurado, el puntaje a asignar será el 70% del que figura en las tablas citadas en los numerales 1. y 2.
- Cuando se proponga la aplicación sobre el valor asegurable, el puntaje a asignar será el 50% del que figura las tablas citadas en los numerales 1. y 2.
Para acceder a calificación, los deducibles propuestos deben ser calificados dentro de los rangos que otorgan puntaje de calificación, tanto porcentualmente como en salarios mínimos mensuales legales vigentes y se deberá diligencias en el formulario anexo numero 3 tal y como lo exige el respectivo cuadro.
A las propuestas que no se ajusten a este requerimiento o no diligencien el respectivo cuadro, tal y como lo exigen los términos, no les será evaluado el factor de deducible en el respectivo ramo.
Los proponentes deben presentar oferta sin aplicación de deducible, para el ramo de Automóviles, en caso contrario se rechazará la propuesta para este ramo.
SERVICIOS ADICIONALES (9 puntos)
El oferente debe manifestar en su propuesta que se compromete a prestar los servicios que se indiquen en coberturas adicionales o según las siguientes características:
- Personal dispuesto por la aseguradora para atender la cuenta UPTC (5 puntos) El proponente debe contar con sucursal y/o oficina de representación en la ciudad de Tunja, pagina web así como línea de atención telefónica.
-Capacitación en los diferentes xxxxx (2.5 puntos)
El oferente debe ofrecer en su oferta un programa completo de capacitación acompañado del respectivo cronograma de actividades, orientado principalmente a disminuir la siniestralidad en este ramo. El máximo puntaje se asignara únicamente a la oferta que presente el programa de capacitación más completo.
-Estudios de riesgos (1.5 puntos)
Los proponentes deben incluir programas completos con actividades a desarrollar, intensidad, Personal capacitador, sobre gerencia de riesgos, prevención de riesgos y control de pérdidas.
El programa más completo ofrecido se calificara con 1.5 puntos, los demás se les asignaran puntajes que oscilaran entre los cinco menos así: a la segunda 1.0 puntos y a la tercera 0.5 puntos.
Apoyo en la Identificación de Riesgos (1 PUNTO).
Los proponentes deben incluir programas completos con actividades a desarrollar, intensidad, Personal capacitador, sobre gerencia de riesgos, prevención de riesgos y control de pérdidas.
El programa más completo ofrecido se calificara con 1.0 puntos, los demás se les asignaran
Puntajes que oscilaran entre los dos menos así: a la segunda 0.8 puntos y a la tercera
0.6 puntos.
11. FACTORES DE DESEMPATE
En caso de empate, se procederá de la siguiente manera:
Se preferirá al proponente que ostente el menor precio.
En caso de igualdad de condiciones en el precio, se preferirá al proponente que pertenezca al régimen común sobre el simplificado.
Si persiste el empate, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
Si se presenta empate o este persiste y entre los empatados se encuentren Xxxxxxx, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales.
Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, este se preferirá.
Si el empate se mantiene, se procederá como dispongan los pliegos, pudiendo utilizar métodos aleatorios.
Si el empate continúa como última opción se acudirá a un sorteo el cual será reglamentado de la siguiente manera:
El sorteo se resolverá mediante balotas.
• Se dispondrá de una bolsa oscura, la cual será exhibida a todos los asistentes a la audiencia pública de adjudicación, para que verifiquen que ésta se encuentre en perfectas condiciones y totalmente vacía y habrá tantas balotas como oferentes empatados hayan, las cuales se mostrarán a los asistentes a la audiencia.
• Se numerarán consecutivamente y los oferentes empatados, de común acuerdo establecerán las condiciones para escoger el número ganador.
En el evento de que no asista alguno de los oferentes que presentó empate o ninguno de éstos, se seguirá la siguiente metodología:
• Se designará por sorteo entre los asistentes la persona o personas que sacarán las balotas por ellos y se procederá de acuerdo con lo anotado anteriormente.
De esta audiencia se levantará acta suscrita por los funcionarios de la Universidad que intervinieron y oferentes participantes.
12. VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El plazo de ejecución, es decir, el tiempo durante el cual El CONTRATISTA se compromete a entregar a ejecutar a entera satisfacción de la UNIVERSIDAD, las pólizas requeridas, en las vigencias de las mismas será de la siguiente manera
NOMBRE POLIZA | FECHA INICIAL | FECHA FINAL |
1. Póliza de Todo Riesgo Daños Materiales Combinados | 18/12/2011 | 17/12/2012 |
2. Seguro de Vida Grupo para el Personal Docente y Administrativo | 1/1/2012 | 31/12/2012 |
3. Seguro contra Todo Riesgo para los Vehículos del Parque Automotor. | 1/1/2012 | 31/12/2012 |
4. Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) | 17/05/2012 | 16/05/2013 |
5. Seguro Responsabilidad Civil Extracontractual | 09/01/2012 | 08/01/2013 |
6. Seguro Manejo Colectivo | 03/01/2012 | 02/01/2013 |
7. Seguro Responsabilidad Civil Profesional para Docentes y Estudiantes de la Facultad de Ciencias de la Salud y Facultad de Estudios y a Distancia | 01/01/2012 | 31/12/2012 |
8. Seguro Responsabilidad Civil para Servidores Públicos | 03/01/2012 | 02/01/2013 |
9. Seguro de responsabilidad contractual para pasajeros de buses y busetas de la UPTC. | 01/01/2012 | 31/12/2012 |
13. DECLARATORIA DESIERTA DE LA INVITACIÓN
Se procederá exclusivamente por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de la propuesta más favorable a la Universidad, en los términos del artículo 23 del Acuerdo 074 de 2010.
14. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.
“Art. 1046. Prueba del contrato de seguro. Póliza. Subrogado por la Ley 389 de 1997 Art. 3º. El contrato de seguro se probará por escrito o por confesión.
Con fines exclusivamente probatorios, el asegurador está obligado a entregar en su original, al tomador, dentro de los quince días siguientes a la fecha de su celebración el documento contentivo del contrato de seguro, el cual se denomina póliza, el que deberá redactarse en castellano y firmarse por el asegurador.
La Superintendencia Bancaria señalará los xxxxx y la clase de contratos que se redacten en idioma extranjero.
Parágrafo. El asegurador está también obligado a librar a petición y a xxxxx del tomador, del asegurado o del beneficiario, duplicados o copias de la póliza”.
Para su legalización y posterior ejecución se requerirá además del cumplimiento de los requisitos precontractuales del artículo 16 del Acuerdo 074 de 2010, los siguientes:
• La publicación en el diario único de contratación.
• La existencia del Registro Presupuestal de Compromisos
Los contratos de la Universidad son intuito personae, y en consecuencia, una vez celebrados no pueden cederse sin previa autorización escrita de la Universidad.
15. TIPO DE CONTRATO
El contrato es de otorgamiento de cobertura mediante la expedición de pólizas de seguros, en pesos colombianos. Los precios de la propuesta deben mantenerse en firme a partir de la presentación de ésta y durante todo el tiempo de ejecución del contrato o de la poliza.
El presente pliego de condiciones forma parte integrante del contrato y/o de cada una de las pólizas que se expidan como consecuencia de este proceso de Invitación Pública.
16. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La Universidad decidirá sobre la INVITACIÓN PÚBLICA dentro de las fechas establecidas en el cronograma. La adjudicación será competencia del señor Xxxxxx, teniendo en cuenta la cuantía del contrato a suscribir, previo concepto y recomendación de la COMITÉ DE CONTRATACIÓN.
El nombre del proponente favorecido se publicará en la página Web de la Universidad xxx.xxxx.xxx.xx así como los resultados de la INVITACIÓN PÚBLICA.
El proponente favorecido con la adjudicación quedará obligado a suscribir el contrato respectivo el día señalado en el cronograma.
El contrato deberá ser firmado por la persona competente que hizo la propuesta o por el representante legal, cuando se trate de personas jurídicas. Si el proponente favorecido no firmare el contrato dentro de los plazos señalados, la Universidad queda facultada para adjudicar al proponente que haya obtenido el segundo mejor puntaje y así sucesivamente.
17. GARANTIAS
Tomando en cuenta lo previsto en el Artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, cuya aplicación se deriva de la estipulación impuesta en el artículo 25 del Acuerdo 074 de 2008, para éste tipo de contratos no es obligatoria la existencia de garantías.
“ARTÍCULO 8o. EXCEPCIONES AL OTORGAMIENTO DEL MECANISMO DE COBERTURA
DEL RIESGO. Las garantías no serán obligatorias en los contratos de empréstito, en los interadministrativos, en los de seguro, y en los contratos cuyo valor sea inferior al diez por ciento (10%) de la menor cuantía prevista para cada entidad, caso en el cual corresponderá a la entidad contratante determinar la necesidad de exigirla, atendiendo a la naturaleza del objeto del contrato y a la forma de pago”.
(Subrayado y Negrilla Fuera de Texto)
NOTA: AL PROPONENTE QUE RESULTE FAVORECIDO CON LA ADJUDICACION DEL CONTRATO, EN EL MOMENTO DE REALIZARSE LA ORDEN DE PAGO DE LA RESPECTIVA CUENTA DE COBRO, SE LE DEDUCIRÁ EL VALOR DE LA ESTAMPILLA
AUTORIZADA MEDIANTE ORDENANZA 030 DE 2005 Y QUE CORREPONDE AL 1% DEL VALOR NETO DEL CONTRATO.
18. EL CONTRATO
18.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
a. Atender las solicitudes y recomendaciones que realice la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), por intermedio del funcionario encargado de ejercer la Supervisión del Contrato, (Profesional xxx Xxxxxxx Sede Central Tunja).
b. Presentar al momento de la liquidación del contrato las certificaciones en que conste que se encuentra x XXX Y SALVO en el pago de los aportes de las obligaciones al sistema de salud (EPS), Fondo de Pensiones y Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).
c. El contratista debe suplir la demanda requerida por la universidad, previa información del supervisor del contrato.
d. Las demás que le sean asignadas por parte de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, en relación con el objeto contractual.
19. UTILIZACIÓN DE MECANISMOS DE SOLUCIÓN DIRECTA EN LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
La Universidad y los contratistas buscarán solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual; para tal efecto al surgir las diferencias acudirán al empleo de los mecanismos de solución de controversias contractuales previstas en el Artículo 36 del Acuerdo 074 de 2010, y a la conciliación, a la amigable composición y a la transacción.
20. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato resultante de la presente INVITACIÓN PÚBLICA, será objeto de liquidación, de común acuerdo por las partes contratantes, dentro de los cuatro (04) meses siguientes al vencimiento del plazo de cumplimiento o a la expedición de la resolución que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que así lo disponga, según lo dispuesto en los Artículos 33 y 34 del Acuerdo 074 de 2010.
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Rector de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia
Avenida Central del Norte Kilómetro 1 Edificio Administrativo 5 Piso
Xx.Xx.: OFICINA JURIDICA/XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX REVISO: XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXXX
PROYECTO: XXXXXX XXXXXXX
ANEXO 01
CARTA DE PRESENTACIÓN
Tunja,
Señores
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA Y TECNOLÓGICA DE COLOMBIA
Tunja
El suscrito , en nombre y representación de
de acuerdo con las reglas que se estipulan en el pliego de condiciones y demás documentos de la INVITACIÓN PÚBLICA, de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, hago la siguiente propuesta
la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC). En caso que me sea adjudicada me comprometo a firmar el contrato correspondiente y cumplir con todas las obligaciones señaladas en el pliego de condiciones.
Declaro así mismo bajo la gravedad del juramento:
• Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse, sólo compromete a los firmantes de esta carta.
• Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato que de ella se derive.
• Que he tomado cuidadosa nota de las especificaciones y condiciones de La INVITACIÓN PÚBLICA y acepto todos los requisitos contenidos en el pliego de condiciones.
• Que ni el suscrito ni la sociedad que represento se hallan incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en el artículo 27 de la Constitución Política y el Acuerdo 074 de 2010, manifestación que hago bajo la gravedad de juramento con la firma de la presente propuesta.
• Que el suscrito y la sociedad que represento se comprometen a entregar todos los servicios en la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, a partir del 17
de Diciembre- de 2011 (De acuerdo al Cuadro de Vigencias), sin perjuicio de lo indicado en el pliego.
• Que conocemos las leyes de la República de Colombia por las cuales se rige la INVITACIÓN PÚBLICA.
• Que los precios de la propuesta son válidos y vigentes durante el año 2011 y 2012, contados a partir de la fecha y hora del cierre de la INVITACIÓN PÚBLICA.
• Que el valor total de la propuesta es la suma de $ y mi propuesta consta de folios.
PROPONENTE: DIRECCIÓN: TEL. REPRESENTANTE LEGAL DEL PROPONENTE: DIRECCIÓN: TEL. FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL: NOMBRE: DOCUMENTO DE IDENTIDAD:
ANEXO 02
No. | OBJETO | VALOR ANTES DE IVA |
1 | SEGURO DAÑOS MATERIALES | |
2 | SEGURO DE VIDA GRUPO PARA FUNCIONARIOS UPTC | |
3 | SEGURO DE AUTOMOVILES | |
4 | SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRANSITO (SOAT) | |
5 | SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL | |
6 | POLIZA DE MANEJO COLECTIVO | |
7 | POLIZA RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL DOCENTES Y ESTUDIANTES FCS | |
8 | RESPONSABILIDAD CIVIL PARA SERVIDORES PÚBLICOS |
9 | RESPONSABILIDAD CIVIL PARA PASAJEROS DE BUSES | |
VALOR TOTAL ANTES DE IVA | ||
IVA | ||
COSTO TOTAL DE LA PROPUESTA |
NOTA: Si el proponente no presenta propuesta para todos los ítems, en el respectivo recuadro, expresar “NO SE COTIZA”.
ANEXO 3
CUADRO RESUMEN DE LA PROPUESTA. | |||||||
RAMO | VALOR ASEGURADO | AMPAROS | DEDUCIBLE S | TASA | PRIMA NETA | IVA | TOTAL |
ANEXO 4.
DEDUCIBLES MINIMOS
RAMO | PORCENTAJES | VLR PERDIDA VLR ASEGURADO VLR ASEGURABLE | SMLMV |
ANEXO 5
INFORMACIÓN SOBRE LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
EMPRESA O ENTIDAD CONTRATANTE | OBJETO DEL CONTRATO | VALOR DEL CONTRATO | FECHA DE TERMINACIÓN (INCLUIDAS ADICIONES) | OBSERVACIONES |
NOTA: ADJUNTAR LAS RESPECTIVAS CONSTANCIAS DE CUMPLIMIENTO EXPEDIDAS POR LOS CONTRATANTES