CONTRATO DE CUENTA BASICA DE LA BILLETERA DIGITAL
CONTRATO DE CUENTA BASICA DE LA BILLETERA DIGITAL
ELECT RÓNICA - FPAY
Términos y condiciones del Contrato de Cuenta Básica
En este documento (en adelante, el “CONTRATO”) se establecen los términos y condiciones de la Cuenta Básica (en adelante, “CUENTA BASICA”) que el BANCO XXXXXXXXX PERU pone a disposición de los afiliados a la billetera digital del Grupo Xxxxxxxxx, denominada FPAY; y cuyos datos se incluyen al momento de la remisión del mismo.
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
1. ¿QUÉ ES UNA CUENTA BASICA?
La CUENTA BASICA es una cuenta de ahorros deposito administrada por EL BANCO, en la que se registran todas las transacciones de dinero que realicen los afiliados a la billetera digital FPAY; y que está sujeta a las siguientes condiciones y límites establecidos en el numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución
S.B.S. N° 2891-2018; Reglamento de Cuentas Básicas; y que en este caso permitirá participar o realizar operaciones en FPAY:
a) Es abierta por personas naturales nacionales o extranjeras residentes
b) Cada transacción se encuentra sujeta al límite de tres mil soles (S/ 3,000).
c) Es expresada en moneda nacional y el saldo consolidado de cuentas básicas de un mismo titular, en una misma empresa, no puede ser superior a diez mil soles (S/ 10,000).
d) Las transacciones mensuales acumuladas de un mismo titular en una misma empresa no pueden exceder los quince mil soles (S/ 15,000).
e) La apertura de cuentas básicas y las operaciones mediante las cuales se incremente el saldo de dichas cuentas solo pueden ser realizadas en el territorio nacional.
f) No se solicita un monto mínimo de apertura ni un saldo mínimo mensual.
g) Son creadas bajo la denominación "cuenta básica" y deben permanecer bajo dicha denominación, cumpliendo los requisitos establecidos, durante su vigencia.
La CUENTA BASICA está bajo el Régimen Simplificado de debida diligencia en el conocimiento del cliente descrito en el artículo 31 del Reglamento de Gestión de Riesgos xx Xxxxxx de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, aprobado por Resolución SBS N° 2660-2015 y su modificatoria.
EL BANCO a través de su tarifario establece los intereses, comisiones y gastos que corresponden a la presente cuenta.
Aprobada por Res. SBS 02400 - 2020
2. ¿QUIÉN PUEDE UTILIZAR LA CUENTA BÁSICA?
LA CUENTA BÁSICA está dirigida a las personas que se afilien a la Billetera Digital FPAY, quienes a través de un mandato recogido en el documento de “Términos y Condiciones” que acepta al afiliarse a la Billetera Digital FPAY, autorizan a este último a contratar LA CUENTA BASICA en su nombre y representación; convirtiéndose inmediatamente en clientes de EL BANCO, en adelante EL CLIENTE pudiendo ser:
I. Persona natural nacional mayor de edad con DNI, que se haya registrado previamente en la Billetera Digital FPAY.
II.Persona natural extranjera mayor de edad con carnet de extranjería, que se haya registrado previamente en la Billetera Digital FPAY.
3. ¿QUÉ OPERACIONES SE PUEDEN REALIZAR?
Las operaciones que EL CLIENTE puede realizar son aquellas permitidas en FPAY; entre las cuales se tienen: recibir abono de dinero, realizar pagos y compras y realizar retiros de dinero efectivo; en los canales que disponga EL BANCO.
Estas operaciones están sujetas a los límites y condiciones señalados en la cláusula 1 de este Contrario. En caso la operación exceda los límites antes mencionados, a través del Aplicativo Móvil (APP) de la Billetera Digital de FPAY se informará a EL CLIENTE sobre el impedimento de continuar con dicha operación.
4. ¿CÓMO PUEDE EL CLIENTE CONOCER LOS MOVIMIENTOS DE SU CUENTA BASICA?
Luego de cada transacción, EL CLIENTE puede revisar en el APP de FPAY los movimientos realizados desde su CUENTA BÁSICA. Adicionalmente, recibirá una notificación al celular proveniente de dicho APP, confirmando la operación realizada desde la CUENTA BÁSICA.
Adicionalmente podrá solicitar los movimientos de su cuenta a través de los canales de servicio de FPAY: correo (xxxxxxxx@xxxx.xx) y Whatsapp de FPAY que podrá encontrar en su web xxx.xxxx.xxx.xx, durante las 24 horas de los 7 días de la semana.
5. ¿EL SERVICIO ESTA SUJETO AL PAGO DE COMISIONES Y/O GASTOS?
SÍ. EL CLIENTE puede conocer el detalle de comisiones y gastos aplicables a las operaciones que realice con su CUENTA BÁSICA, revisando la Cartilla de Información que se anexa al presente Contrato o el Tarifario de EL BANCO, publicado en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx .
6. ¿CUÁLES SON LOS CANALES PARA REALIZAR OPERACIONES O CONSULTAS REFERENTES AL SERVICIO?
EL CLIENTE solo podrá realizar operaciones con la CUENTA BÁSICA a través de FPAY y solicitar cualquier consulta por los canales de atención de FPAY: correo (xxxxxxxx@xxxx.xx) y whatsapp que podrá revisar en la web de FPAY xxx.xxxx.xxx.xx. La recepción de consultas es permanente; sin embargo, la ejecución de las mismas se realizará Lunes a Viernes de 10:00 a 21:00 h.
7. ¿QUÉ MEDIDAS DE SEGURIDAD DEBE TENER EL CLIENTE PARA EL USO DE LA CUENTA BÁSICA?
EL CLIENTE asume plena responsabilidad por el cuidado, el mal uso de su celular o cualquier otro soporte en el cual FPAY permita el acceso a la CUENTA BÁSICA, así como de la pérdida, hurto o robo del celular y/o clave secreta. EL CLIENTE debe comunicar de inmediato la pérdida, hurto o robo de su celular al correo (xxxxxxxx@xxxx.xx), vía whatsapp al número publicado en la Web de FPAY www.fpay.com.pey demás medios establecidos en el APP de FPAY.
Luego de la comunicación con FPAY, se bloqueará la CUENTA BÁSICA por lo que EL CLIENTE no será responsable por operaciones realizadas con posterioridad a dicha comunicación. EL CLIENTE asumirátotal responsabilidad por todas las operaciones anteriores a la comunicación del robo, hurto o pérdida.
Sin perjuicio de lo anterior, EL CLIENTE no será responsable de las operaciones realizadas en los siguientes casos:
I. Cuando EL BANCO o FPAY no ponga a disposición de EL CLIENTE la infraestructura y sistemas deatención que permitan comunicar la pérdida o robo del celular o de su información, o su uso no autorizado. El registro de dicha comunicación debe acreditar la fecha, hora, contenido y código de registro, este último debe comunicársele a EL CLIENTE.
II. Por el funcionamiento defectuoso de los canales o sistemas puestos a disposición a favor de
EL CLIENTE.
EL CLIENTE debe reportar cualquier operación inusual, en caso reciba dinero en su CUENTA BASICA y desconozca el motivo y/o persona que se lo envió, comunicando dicha situación de manera inmediata al correo (xxxxxxxx@xxxx.xx), vía whatsapp, o demás medios establecidos en el App de FPAY. De lo contrario, EL CLIENTE podría ser vinculado con algún posible caso de fraude.
8. ¿CUÁL ES LA FORMA DE SUSCRIBIR EL CONTRATO?
La contratación de LA CUENTA BÁSICA se da únicamente a través de un mandato otorgado a FPAY (detallado en la cláusula 18 del presente contrato), el mismo que se incluye en los Términos y Condiciones de la Billetera Digital FPAY al momento de su suscripción. Este contrato no podrá ser suscrito fuera dedicha billetera.
9. ¿CUÁL ES EL PLAZO DEL CONTRATO?
El plazo del CONTRATO es indefinido. EL CLIENTE podrá resolver el CONTRATO en cualquier momento, previo cumplimiento de lo establecido en la cláusula 15 del presente Contrato, lo cual generará la resolución del contrato con FPAY.
Cerrada la CUENTA BASICA no podrá ser reactivada, debiendo realizar una nueva afiliación a FPAY.
10. ¿EL BANCO PUEDE MODIFICAR LOS TERMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO?
Sí. EL BANCO podrá variar las comisiones, gastos y cualquier otra estipulación contractual, referida a laresolución del CONTRATO, la limitación o exoneración de responsabilidad en los siguientes casos, siempre que generen un impacto materialmente adverso: : (i) modificación de la política comercial;
(ii) cambios en condiciones de la economía nacional o internacional; (iii) cambios en el funcionamiento o tendencias de los mercados o la competencia; (iv) adopción de políticas de gobierno o de Estado que afecten las condiciones xxx xxxxxxx; (v) impacto de disposiciones legales sobre costos, características,definición o condiciones de los productos y servicios bancarios; (vi) inflación o deflación; devaluación orevaluación de la moneda; (vii) encarecimiento de los servicios prestados por terceros cuyos costos sontrasladados a EL CLIENTE o de los costos de prestación de los productos y servicios ofrecidos por EL BANCO; (viii) crisis financiera; (ix) hechos ajenos a la voluntad de las partes; conmoción social; desastres naturales; terrorismo; guerra; caso fortuito o fuerza mayor.
EL BANCO debe comunicar a EL CLIENTE las modificaciones antes señaladas con una anticipación nomenor de cuarenta y cinco (45) días, estableciendo la fecha o momento a partir del cual, la modificación entrará en vigencia. Se utilizarán los siguientes medios de comunicación directa (i) mensajes a través de la Xxxx Xxxxxx de la Banca por Internet de EL BANCO, (ii) mensaje de texto (SMS), (iii) mensajes del App FPAY, (iv) correos electrónicos o (v) comunicaciones telefónicas.
Para modificaciones contractuales distintas a las señaladas, EL BANCO podrá emplear otros medios decomunicación, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 11 del presente contrato.
Cabe indicar que la exigencia de cumplir con un preaviso mencionada anteriormente no resulta aplicable cuando se trate de modificaciones contractuales que impliquen condiciones más favorables para EL CLIENTE, las cuales se aplicarán de manera inmediata sin previo aviso, sin perjuicio de la comunicación posterior en un plazo no mayor a 15 (quince) días, a través de (i) página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, (ii) mensaje de texto (SMS), (iii) mensajes del APP FPAY, (iv) correos electrónicos.
11. ¿CUÁLES SON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN CON EL CLIENTE?
EL BANCO podrá comunicarse con EL CLIENTE de la siguiente manera:
A través de medios de comunicación directos, tales como comunicaciones escritas mediante correo electrónico, mensajes a través de la Xxxx Xxxxxx de la Banca por Internet de EL BANCO, red de mensajería virtual SMS, mensajes a través de la app de FPAY y comunicaciones telefónicas, cuando se comuniquen modificaciones contractuales referidas a:
I. Comisiones y gastos cuando dichas modificaciones generen un perjuicio a los usuarios.
II. La resolución del contrato por causal distinta al incumplimiento.
III. La limitación o exoneración de responsabilidad por parte del BANCO.
Asimismo, EL BANCO podrá emplear los siguientes medios de comunicación indirectos para comunicar modificaciones distintas a las señaladas en el párrafo anterior y/o informarle a EL CLIENTE sobre campañas comerciales, así como modificaciones que sean beneficiosas: i) avisos en cualquiera de las oficinas de EL BANCO, ii) mensajes en redes sociales de EL BANCO y FPAY,
iii) avisos en diarios, periódicos o revistas de circulación nacional, a elección de EL BANCO.
12. ¿CUÁL ES EL MECANISMO DE ATENCIÓN DE RECLAMOS?
EL BANCO pone a disposición banca telefónica, o las agencias para recibir cualquier reclamo. Asimismo, a través del APP de FPAY se podrán recibir consultas, pedidos de información y reclamos
13. ¿USTED TIENE LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR A EL BANCO EL CAMBIO DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA EN LA CONTRATACIÓN DE LA CUENTA BÁSICA?
Sí. En caso EL CLIENTE cambie cualquiera de los datos brindados, incluyendo el cambio de número deteléfono u operador, debe comunicar la actualización de dichos datos a través del correo (xxxxxxxx@xxxx.xx), vía whatsapp al número que figura en la web de FPAY xxx.xxxx.xxx.xx, o demásmedios establecidos en el App de FPAY o cualquier otro canal de soporte que se habilite y que sea debidamente informado a EL CLIENTE de manera previa por los medios directos señalados en la cláusula 11 del presente Contrato. De lo contrario, EL BANCO seguirá tomando en consideración la información proporcionada por EL CLIENTE, entendiéndose que toda comunicación ha sido válidamente notificada.
14. ¿EL BANCO PUEDE RESOLVER UNILATERALMENTE LA CUENTA BASICA DEL CLIENTE?
EL BANCO podrá resolver unilateralmente la cuenta, en los siguientes casos:
I. En caso de incumplimiento de alguna de las condiciones u obligaciones establecidas en este CONTRATO.
II. A fin de resguardar sus intereses económicos y de terceros o cuando se advierta indicios de operaciones inusuales, irregulares o sospechosas.
III. Cuando se advierta indicios de operaciones inusuales, irregulares o sospechosas.
IV. Cuando a criterio de EL BANCO sospeche que EL CLIENTE podría estar utilizando la CUENTA BASICA con fines ilícitos.
V. En caso EL CLIENTE deje de ser cliente de FPAY.
VI. Como consecuencia de la aplicación de las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (en adelante, “SBS”), por consideraciones del perfil del cliente vinculadas al sistema de prevención xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo, por falta de transparencia de los usuarios, entre otros supuestos que determine la SBS.
En estos casos, EL BANCO podrá resolver el Contrato e informará a EL CLIENTE sobre ello con una anticipación no menor a setenta y dos (72) horas, salvo en los supuestos previstos en los literales c)
d) o f) antes mencionados, cuya comunicación será efectuada dentro de los siete (07) días posteriores al cierre de la cuenta. La resolución le será informada, dentro de los siete (7) días calendarios posteriores a la misma.
En caso de existir saldos a favor, EL CLIENTE deberá cumplir con lo establecido en la cláusula 15 delpresente Contrato, dentro del plazo señalado en la comunicación; en los casos previstos en los literales c)
d) o f), los saldos serán puestos a disposición de EL CLIENTE conforme a lo establecido en la cláusula
15.3 del presente Contrato.
En aplicación de las normas prudenciales mencionadas, EL BANCO podrá decidir no contratar posteriormente con EL CLIENTE
15. ¿SE PUEDE CERRAR LA CUENTA BASICA SI ESTA TIENE SALDO?
Para proceder con el cierre de LA CUENTA BASICA, a solicitud de EL CLIENTE o unilateralmente por EL BANCO, no puede existir dinero en la cuenta. EL CLIENTE deberá retirar todo el dinero de su CUENTA BÁSICA, a través de los siguientes mecanismos:
1. Transferencia de dinero a una cuenta bancaria de EL CLIENTE.
2. Transferencia a otro CLIENTE y afiliado a FPAY.
16. LEGISLACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
El presente contrato queda sometido a las leyes peruanas. Toda controversia derivada de la interpretación y/o ejecución del presente contrato será sometida a la decisión de los jueces y tribunales del Cercado de Lima.
17. GESTIÓN DE CONDUCTA XX XXXXXXX
Mediante la presente se le informa que EL BANCO regirá su conducta xx xxxxxxx con arreglo a lo establecido en el Reglamento de Gestión de Conducta xx Xxxxxxx del Sistema Financiero aprobado por Resolución SBS N°3274-2017, así como en las normas que lo modifiquen o lo sustituyan.. En ese sentido se tendrá en cuenta lo establecido sobre el cálculo, aplicación y modificación de comisiones y gastos. Asimismo, lo establecido respecto de la resolución contractual, condiciones contractuales, transferencia de la información, entre otros aspectos regulados por dicho Reglamento.
18. CONTRATACIÓN DE LA CUENTA BASICA A TRAVÉS DE MANDATO CON REPRESENTACIÓN.
La contratación de la Cuenta Básica en EL BANCO, se realiza mediante un mandato por representación que EL CLIENTE otorga a FPAY, conforme se señala en los Términos y Condiciones de Uso de la Plataforma FPAY, cuyo extracto es el siguiente:
“IV. CONTRATACIÓN DE LA CUENTA BASICA A TRAVÉS DE MANDATO CON REPRESENTACIÓN.
TAL COMO SE ESTABLECE EN EL PUNTO I DE ESTE DOCUMENTO, ES REQUISITO INDISPENSABLE PARA EL REGISTRO Y USO DE ESTA PLATAFORMA, LA CONTRATACIÓN DE UNA CUENTA BÁSICA EN BANCO XXXXXXXXX PERÚ. PARA ELLO AL ACEPTAR ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES, AUTORIZAS A FPAY PARA QUE, EN TU NOMBRE Y REPRESENTACIÓN, CONTRATE UNA CUENTA BÁSICA CON BANCO XXXXXXXXX PERÚ, (EN ADELANTE, “EL BANCO”) BAJO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE CUENTA BÁSICA, APROBADO POR LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP (SBS) Y QUE SE ENCUENTRA PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB DEL BANCO
xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx EL CONTRATO SERÁ ENVIADO POR EL BANCO AL CORREO ELECTRÓNICO QUE HAYAS REGISTRADO AL MOMENTO DE TU INSCRIPCIÓN EN ESTA PLATAFORMA”