ANUNCIO
PERSONAL
Expte. 5/2015 Personal
Objeto: Contratación de 133 trabajadores en el marco del “Plan Provincial de Dinamización Económica Local 2015”.
Asunto: Anuncio relativo a la RECTIFICACIÓN de las Bases del proceso selectivo.
ANUNCIO
Con fecha 3 xx xxxxx el Sr. Alcalde Presidente dictó una Resolución relativa a la CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE 133 TRABAJADORES POR EL AYUNTAMIENTO DE FUENSALIDA, EN EL MARCO DEL “PLAN PROVINCIAL DE
DINAMIZACIÓN ECONÓMICA LOCAL 2015, cuyo anuncio se publicó en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Fuensalida.
Habiéndose procedido a rectificar los errores materiales detectados en el texto de dichas Bases mediante Decreto de Alcaldía de fecha 4 xx xxxxx de 2015, por la presente se procede a publicar el TEXTO DEFINITIVO de las mismas, con las rectificaciones efectuadas señaladas en negrita, las cuales quedarían del siguiente tenor literal:
BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE FUENSALIDA DE 133 TRABAJADORES EN EL MARCO DEL PLAN PROVINCIAL DE DINAMIZACIÓN ECONÓMICA LCOAL A DESARROLLAR EN LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA XX XXXXXX DURANTE EL EJERCICIO 2015 Y CREACIÓN DE BOLSA DETRABAJO.
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de las presentes Bases regular la contratación de 133 trabajadores desempleados mediante concurso de valoración de méritos, en régimen laboral de duración determinada, proceder a la realización de obras y prestación de servicios de competencia municipal que contribuyan al desarrollo económico y social del Municipio de Fuensalida y, en especial, de sus habitantes. Todo ello en el marco del Plan Provincial de Dinamización Económica Local a desarrollar en los municipios de la provincia xx Xxxxxx durante el ejercicio 2015 (BOP nº 20 de 27 de enero de 2015).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en el 41 de la Xxx xxx Xxxxxx Público de Castilla La Mancha, se destinan 9 plazas para discapacitados. Las plazas del cupo reservado que queden vacantes se acumularán a las libres.
Igualmente se creará una bolsa de trabajo para cada proyecto con aquellos aspirantes que hayan participado en esta convocatoria y no resulten contratadas, siempre que reúnan los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases, siguiendo el orden de puntuación obtenido en las pruebas, de mayor a menor. Se hará uso de la bolsa cuando el Ayuntamiento lo considere conveniente, en citaciones de baja o renuncia de los seleccionados y/o cualquier otra circunstancia que pueda acaecer debidamente motivada y justificada, a fin de cubrir de manera rápida y ágil el puesto cuando éste pudiera quedar vacante temporalmente.
SEGUNDA: COLECTIVOS DESTINATARIOS FINALES DE LAS AYUDAS.
Podrán participar en la presente convocatoria las personas desempleadas inscritas en la Oficina de Xxxxxx xx Xxxxxxxx, que se encuentren en citación de desempleo a fecha de 27 de enero de 2015 en el Municipio y al menos hayan estado en esta situación tres meses durante los últimos seis anteriores al 27 de enero de 2015. Xxxxxxx continuar inscritas en la Oficina de Empleo, tanto en el momento de la presente convocatoria, y seguir inscritos durante la selección como en el momento de la contratación.
Se presumirá que ha tenido contrato laboral durante el tiempo que no haya estado inscrito como desempleado.
Igualmente deberán estar empadronados en el municipio de Fuensalida a fecha 27 de enero de 2015 o anterior, y seguir empadronados en el momento de la solicitud y/o posterior posible fecha de contratación.
TERCERA: PUESTOS Y TIPOS DE CONTRATACIÓN.
A.- Características de la contratación:
La contratación será en régimen laboral de duración determinada y al amparo de lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
La contratación laboral de cada uno de los trabajadores tendrá una duración de TRES MESES a tiempo parcial, con una jornada de trabajo equivalente a 25 horas semanales, distribuidas según las necesidades municipales.
Contratos de lunes x xxxxxxx. Horarios de mañana y tarde o jornada partida, a disponer en turnos de un máximo de cinco horas diarias por la jefatura de servicio. El horario, jornada y turno se aplicará en función del departamento en el que presten servicios los trabajadores contratados o de la obra a la que se adscriban, distribuida de forma análoga a la del personal de Ayuntamiento y a las necesidades particulares del servicio. Todos los puestos se encuentran sometidos a posibles variaciones puntuales atendiendo a las necesidades del servicio (ferias, eventos…).
Con el fin de integrar las contrataciones a realizar en el normal funcionamiento de la Administración y con el fin de optimizar la efectividad en la ejecución de las obras y servicios de competencia municipal.
- Período de Prueba: Los trabajadores tendrán un período de prueba de 15 días. En caso de que un trabajador no supere el período de prueba, será sustituido por el que se sitúe en primer lugar de la lista de reservas. Para dicho efecto, por parte del responsable del Servicio, se emitirá informe de evaluación de desempeño del trabajo realizado por el citado trabajador contratado, y en caso de ser desfavorable, será la Alcaldía la que dicte resolución en la que se ponga de manifiesto que el aspirante no ha superado el período de prueba.
- Formación: Se impartirá formación a todos los contratados de al menos el 5% del tiempo contratado. Dicha formación tendrá por objeto la formación básica de aquellos que accedan a su primer puesto de trabajo o a puesto distinto al de su profesión habitual y al reciclaje de los conocimientos prácticos del resto de trabajadores
contratados. Será impartida por personal perteneciente al servicio en el que preste sus servicios el trabajador.
- Los contratos se iniciarán cuando así lo determine la Concejalía competente, en base a los plazos y fechas de inicio de los proyectos y/o servicios en los que el trabajador contratado prestará sus servicios.
Con independencia de lo anterior al menos el 50% de las contrataciones deberán estar realizadas y formalizadas en los dos meses siguientes a la notificación de la resolución de la concesión de la subvención por la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxx, y el resto antes del 31 xx xxxxxx de 2015.
- En el caso de aquellos servicios en los que no haya candidatos suficientes en relación con los puestos a cubrir, se podrán utilizar las bolsas de espera de los otros programas para cubrir las necesidades del programa que sufra un déficit de efectivos, siempre que ostenten la titulación mínima requerida y atendiendo al orden de puntuación de la bolsa de trabajo. En el supuesto de que aún de esta forma se continúe sin candidatos suficientes, se podrá realizar una oferta genérica de los citados puestos a la Oficina de Xxxxxx xx Xxxxxxxx. Si tampoco se pudieran cubrir de esta forma, se procedería a disminuir el número de puestos que queden vacantes en ese servicio y simultáneamente se procederá a la ampliación del mismo número de puestos en el resto de servicios a cubrir, no pudiendo superar dicha reasignación de contratos en ningún caso los 133 totales.
B.- Se convocan plazas para la ejecución de los siguientes programas, distribuidos en los siguientes puestos de trabajo por servicios y especialidades.
1º.- PROYECTO OFICINAS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
- Número de trabajadores a contratar: 18 administrativos.
- Titulación mínima: Título xx Xxxxxxxxx, FP II grado superior o titulación equivalente.
- Funciones: Atención al público, digitalización, así como aquellas tareas propias de los servicios administrativos generales.
2º.- PROYECTO AUXILIAR AYUDA A DOMICILIO
- Número de trabajadores a contratar: 8 auxiliares de ayuda a domicilio.
- Titulación mínima: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente.
Asimismo, deberán tener alguna de las siguientes titulaciones: Título de formación profesional de grado medio de técnico de atención a personas en situación de dependencia, de atención socio-sanitaria, o de cuidados auxiliares de enfermería o Certificado de profesionalidad de atención socio-sanitaria a personas en el domicilio o en instituciones o de auxiliar de ayuda a domicilio o acreditación de competencia profesional por parte de alguna Administración Pública.
- Funciones: Apoyando la realización de tareas cotidianas del hogar y de atención personal cuando la familia no existe o bien cuando por diversos motivos (laborales, formativos, culturales) no puede estar presente o bien ejercitar adecuadamente sus funciones. Entre estas labores se encuentran: higiene personal, ayuda personal, limpieza de hogar y ropa y compra. Apoyo organización familiar.
3º.- PROYECTO APOYO AL EQUIPO DE SERVICIOS SOCIALES
3.1 TÉCNICOS DE APOYO
- Número de trabajadores a contratar: 2 técnicos de apoyo.
- Titulación mínima: Técnico Superior en Integración Social, Diplomado en Educación Social o Diplomado en Trabajo Social.
- Funciones: Dar apoyo técnico a los Servicios sociales municipales y colaborar con estos en materias que sean de su competencia.
3.2 PSICÓLOGO
- Número de trabajadores a contratar: 1 Psicólogo.
- Titulación mínima: Licenciado en Psicología.
- Funciones: las propias del Área de Psicología en servicios sociales.
4º.- PROYECTO MONITOR DE ACTIVIDADES.
- Número de trabajadores a contratar: 6 monitores.
- Titulación mínima: Monitor de Tiempo Libre.
- Funciones: Colaboración con todo el equipo de profesionales en las actividades comunes: ocio, fiestas, excursiones, campamentos.
5º.- PROYECTO OBRAS Y SERVICIOS MÚLTIPLES
- Número de trabajadores a contratar: 98 peones.
- Titulación mínima: No se requiere.
- Funciones: Desarrollo de tareas propias del área, tales como limpieza de edificios, limpieza viaria y demás tareas de apoyo propias del personal de oficios, así como el resto de tareas relacionadas con el mantenimiento del patrimonio municipal y de prestación de servicios de la competencia municipal.
CUARTA. RETRIBUCIONES.
La cuantía global de cada contrato de tres meses será de 2076,72 € brutos, incluido salario, prorrateo de las pagas extras y Seguridad Social.
Estos puestos de trabajo serán cofinanciados por la Diputación Provincial xx Xxxxxx en un porcentaje del 80%, a través del Plan de Dinamización Económica Local 2015 y el Ayuntamiento de Fuensalida en un porcentaje del 20% del coste de dichas contrataciones.
La retribución bruta mensual será de 513,91 euros/mes trabajador incluido salario y prorrateo de las pagas extras.
QUINTA. CONDICIONES DE ADMINISIÓN DE ASPIRANTES.
Para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario:
a) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.
b) Encontrarse en situación de desempleo en el municipio e inscritas en la Oficina de Xxxxxx xx Xxxxxxxx a fecha 27 de enero de 2015 en el Municipio y al menos haber
estado en esta situación tres meses durante los últimos seis anteriores al 27 de enero de 2015. Xxxxxxx continuar inscritas en la Oficina de Empleo en el momento de la presente convocatoria, y seguir inscritos durante la selección como en el momento de la contratación.
c) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 4/2011, de 10 xx xxxxx, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. También podrán participar quienes no siendo españoles o nacionales de un estado miembro de la Unión Europea, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titular de un documento que les habilite para residir y poder acceder sin limitaciones al mercado laboral, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificado por L.O. 8/2000 de 22 de diciembre y en el Reglamento de ejecución de la L.O. 4/2000.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas. No hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1 b) de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Poseer la titulación exigida para cada contrato del programa o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
g) Estar empadronado en Fuensalida antes del 27 de enero de 2015 y seguir empadronados en el momento de la solicitud y/o posterior posible fecha de contratación.
h) Que habiendo trabajado para el Ayuntamiento de Fuensalida, no se haya emitido informe negativo de evaluación de desempeño en contrataciones anteriores.
En ningún caso, podrá trabajar para este plan más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros/as demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir.
Estarán excluidos de la participación aquellos que no cumplan los mencionados requisitos quedando facultado el Tribunal de selección para resolver las dudas que se presenten y proponer los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria.
SEXTA: FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.
Se presentarán las instancias (ajustadas al modelo que se adjunta a las presentes bases Anexo I), dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento en el Registro del Ayuntamiento en horario de atención al público (de 9 a 14 horas) de lunes a viernes, solicitando tomar parte en la citada convocatoria, en la que los aspirantes deben manifestar que reúnen las condiciones exigidas en las bases generales, las cuales estarán a disposición de los
solicitantes, en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx y en las dependencias municipales del Ayuntamiento de esta localidad.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 4 xx xxxxx (miércoles) al día 17 xx xxxxx (martes) inclusive. Las bases y la convocatoria se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Fuensalida, xxx.xxxxxxxxxx.xxx, y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
La solicitud deberá ir acompañada por:
- Copia del DNI/NIE del solicitante
- En caso de pretender que se valore la experiencia profesional:
o Vida laboral actualizada, emitida por el organismo que corresponda del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
o Y, además, contratos o certificados compulsados que acrediten la experiencia profesional en igual puesto y categoría al que se solicita.
- Fotocopia compulsada del título académico exigido, en su caso, según el programa al que se presente.
- Volante de empadronamiento según las bases o autorización para que se consulte la circunstancia del empadronamiento por funcionarios municipales.
- Certificado de la Oficina de Empleo y Emprendedores que acredite la situación de desempleo.
- Certificado emitido por el XXXX (Servicio Público de Empleo Estatal), que acredite la percepción, o no, de prestaciones o subsidios y, en su caso, la fecha de finalización de las mismas.
- Documento que acredite el grado de minusvalía, si procede. A efectos de esta convocatoria, se considerarán personas con discapacidad, aquellas a quienes se haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al ciento por ciento.
Las personas con discapacidad deberán presentar copia completa de la resolución de la valoración de discapacidad en la que figure porcentaje de discapacidad y dictamen médico.
- Méritos que reúnen de aquellos que puntuarán según el baremo del Concurso propuesto, acompañando la documentación que los justifiquen (fotocopias compulsadas de los títulos académicos, méritos alegados, contratos de trabajo en puestos de la misma categoria a desarrollar en el proyecto seleccionado), en su caso, fotocopia compulsada de los títulos o certificados acreditativos de los méritos por la entidad contratante o Diplomas o certificados expedidos por los Centros Oficiales impartidotes de los cursos de formación que se aleguen según proyecto seleccionados, susceptibles de valoración.
- Acreditación de la situación familiar:
a) Copia del libro de familia que acredite la identidad y pertenencia de los miembros de la unidad familiar.
b) Copia del DNI/NIE de los hijos menores de 26 años que convivan con el/la solicitante o que tengan la consideración de carga familiar conforme a lo establecido en estas bases.
c) En caso de miembros de la unidad familiar menores de 26 años, no inscritos en la Oficina de Empleo correspondiente por estar cursando estudios en centros oficiales, matrícula o certificado expedido por el centro, en el que conste dicha circunstancia.
d) Certificado que acredite la situación de percepción, o no, de prestación, subsidio o ayudas, del cónyuge o análogo y/o de los hijos mayores de 16 años y menores de 26 años que convivan con el solicitante.
Sólo se admitirá una solicitud por aspirante y proyecto, indicando en la misma el proyecto seleccionado.
En caso de que los datos suscritos o documentos aportados, se falseen o sean incorrectos, el solicitante será excluido del procedimiento, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidades en que haya podido incurrir, y pudiendo ser excluido de futuras convocatorias similares.
No serán tenidas en cuenta aquellas circunstancias que no sean acreditadas documentalmente.
SÉPTIMA: TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
La Comisión de Selección estará formada por:
- Presidente/a: Un/a funcionario/x xx xxxxxxx o personal laboral fijo.
- Secretario/a: Un/a funcionario/x xx xxxxxxx o personal laboral fijo con voz, pero sin voto.
- Vocales: Tres funcionarios/as xx xxxxxxx o personal laboral fijo.
Se designará el mismo número de miembros suplentes.
La Abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Selección será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los miembros de la Comisión de Selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las Bases de la Convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a titulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Todos los miembros del Tribunal en cuanto tales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a la exigida para el acceso a la plaza que se convoca.
Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las Bases de la presente Convocatoria, así como adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso en los casos no previstos por estas bases, serán resueltas por la Comisión de Selección, por la mayoría. La Comisión de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de menos de tres de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente y estará facultado para resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgir durante la selección, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de la misma. La Comisión de Selección podrá contar con asesores especialistas, para todas o algunas de las partes de la selección. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con la Comisión de Selección y tendrán voz pero no voto.
OCTAVA: SELECCIÓN DE CANDIDATOS, CRITERIOS DE VALORACIÓN.
El sistema selectivo será el de concurso de méritos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
48.5 xx Xxx 4/2011, de 10 xx xxxxx, del Empleo Público de Castilla-La Mancha,
considerándose el concurso el mejor sistema para la selección de estos puestos, con los siguientes criterios de valoración.
A.- VALORACIÓN DE EXPERIENCIA PROFESIONAL. (Máximo 2 puntos en todos los programas).
- Por experiencia profesional acreditada en la Administración Pública en la misma categoría del puesto al que se opta: 0,10 puntos por cada mes trabajado (máximo 1 punto).
- Por experiencia profesional acreditada en empresas o instituciones privadas en la misma categoría del puesto al que se opta: 0,10 puntos por mes trabajado (máximo 1 punto).
Se considerará acreditado una vez se aporte la vida laboral actualizada, así como copia compulsada de los contratos o certificados que acrediten la experiencia profesional en igual puesto y categoría al que se opta.
En el caso de trabajadores autónomos (personas físicas) por cuenta propia, deberán aportar documentos que acrediten de forma efectiva la experiencia profesional en el proyecto seleccionado, como contratos de obra y servicio, facturas cobradas, certificaciones de obras, etc., o documentación que acredite la relación del solicitante con la empresa de la que es socio o dueño.
B.- VALORACIÓN DE FORMACIÓN (Máximo 2 puntos).
Por formación profesional, cursos de formación y perfeccionamiento realizado por organismos o centros públicos o privados homologados oficialmente y en materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo convocado, hasta un máximo de 2 puntos:
- 0,01 puntos por cursos sin número de horas
- Por cursos de 0,05 a 20 horas: 0,10 puntos
- Por cursos de 20 a 100 horas: 0,25 puntos
- De 101 horas en adelante: 0,40 puntos
Solo se valorarán aquellos méritos que estén acreditados documentalmente, debiendo acreditarse mediante fotocopia compulsada de los diplomas o títulos de que se trate.
C.- TITULACIÓN SUPERIOR A LA REQUERIDA (Máximo 1 punto)
Por estar en posesión de titulación superior a la exigida en cada puesto:
- Educación Secundaria Obligatoria y la Formación profesional (FP) de grado medio o FP 1: 0,20 puntos.
- Bachillerato y Formación Profesional de Grado Superior: 0,50 puntos.
- Titulado Universitario: 1 punto
D.- DESEMPLEO Y CARGAS FAMILIARES (Máximo 4 puntos).
- Por ser beneficiario de prestación de nivel contributivo: 1,0 puntos.
- Por ser beneficiario de subsidio de desempleo: 1,5 puntos.
- Por ser beneficiario de la ayuda del Plan Prepara o Plan RAI: 2,0 puntos.
- Desempleados/as que no perciban o hayan agotado las prestaciones o subsidios por desempleo y ayudas xxx XXXX: 3 puntos.
Cualquiera de estas situaciones se deberá acreditar mediante certificado expedido por el XXXX (Servicio Público de Empleo Estatal) (original o fotocopia compulsada).
- Cargas familiares (se entenderá por cargas familiares tener a cargo del solicitante hijos menores de 26 años que no trabajen ni perciban prestación o subsidio por desempleo, hijos con discapacidad desempleados o menores acogidos): 1 punto.
- Cónyuge o persona con análoga relación afectiva que se encuentre en situación de desempleo e inscrito en la correspondiente Oficina de Empleo que NO perciba prestación/ayudas por desempleo: 1 punto.
Las letras d) y e) se acreditarán mediante fotocopia del Libro de Familia o documento probatorio de la situación que aporte el solicitante y sea admitido por la Comisión Local de Selección.
E.- ARRAIGO
- Estar empadronado con una antigüedad de más de cinco y menos de seis años en el municipio de Fuensalida, contados desde el 27 de enero de 2015 0,5 puntos.
- Estar empadronado con una antigüedad de más de seis y menos xx xxxx años en el municipio de Fuensalida, contados desde el 27 de enero de 2015 1,0 puntos.
- Estar empadronado con una antigüedad de más xx xxxx y menos de quince años en el municipio de Fuensalida, contados desde el 27 de enero de 2015 1,5 puntos.
- Estar empadronado con una antigüedad de más de quince años en el municipio de Fuensalida, contados desde el 27 de enero de 2015 2,0 puntos.
F.- FOMENTO DE EMPLEO JUVENIL
- Por ser menor de 25 años, a fecha 27 de enero de 2015 0,5 puntos.
Además de aplicar los criterios anteriores, para la selección se tendrá en cuenta las siguientes normas generales:
a) No serán tenidas en cuenta aquellas circunstancias que no sean alegadas documentalmente. En relación con la experiencia acreditada únicamente se puntuará aquella que conste en la vida laboral del solicitante y, en su caso, se acredite mediante la presentación de copia del contrato o de nómina en la que conste la categoría.
b) La calificación final del proceso selectivo será el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas.
c) Los casos de desempate se dirimirán otorgando preferencia a aquel solicitante que tenga una mayor antigüedad en su inscripción como desempleado, y al de más edad frente al de menos.
d) A efectos de puntuación, se asimilarán los trabajadores autónomos a los asalariados, con la categoría que expresamente conste en el alta del régimen correspondiente.
e) Se entenderán asimilados a los miembros de la unidad familiar inscritos y que no perciben prestación los menores de 26 y mayores de 16 años, no inscritos en la Oficina de empleo correspondiente por estar cursando estudios en centros oficiales, así como los mayores con discapacidad reconocida y superior al 33%. También se entenderá que se encuentran en la situación anterior los menores de ….
Los menores acogidos tendrán la consideración de miembros de la unidad familiar, conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
f) Se entenderá que pertenecen a la unidad familiar, el solicitante, el cónyuge o persona con análoga relación afectiva y los hijos menores de 26 años que convivan con el solicitante, conforme a los datos que obran en padrón de habitantes.
g) Corresponderá al Tribunal de Selección valorar si las situaciones están relacionadas con el puesto a cubrir, así como la equivalencia con la titulación de referencia, así como estimar acreditada o excluida la experiencia en base a la documentación aportada.
h) La inscripción como desempleado demandante de empleo, así como de la percepción de subsidio o prestaciones por desempleo y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos en las presentes Bases podrá ser verificada por el Ayuntamiento ante la Oficina de Empleo y resto de Organismos competentes.
i) No podrá contratarse a ningún trabajador en más de un proyecto de Plan de Dinamización, pese a que una misma persona podrá presentar instancias para varios proyectos. En caso de que el aspirante resulte seleccionado en más de un proyecto, la contratación para uno de ellos la decidirá el Tribunal calificador, atendiendo a las necesidades de los servicios y circunstancias concurrentes en cada caso.
NOVENA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuensalida, dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas, el Alcalde, en función de si cumplen o no los requisitos exigidos en las bases, publicándose el nombramiento de los miembros que formarán parte del Tribunal calificador.
Dicha resolución se publicará en el tablón de edictos y en la web del Ayuntamiento, contendrá la relación nominal de admitidos y excluidos, causas de exclusiones, plazo de subsanación de defectos concediendo a los aspirantes excluidos así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos un plazo de 4 días naturales para reclamar y, en su caso, subsanar las faltas u omisiones que hayan causado la exclusión.
Las reclamaciones que puedan producirse serán aceptadas o rechazadas por la Alcaldía mediante resolución motivada. La lista definitiva se publicará en la misma forma que la provisional. Si no hubiera ninguna reclamación, se entenderá elevada a definitiva la lista provisional sin necesidad de resolución expresa ni nueva publicación.
Los errores materiales, de hecho o aritméticos, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia del interesado.
No obstante, si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista definitiva, se advierte que las solicitudes y documentación aportada por los/as aspirantes incurren en inexactitud o falsedad que fuera causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable y se resolverá dicha exclusión.
Se entenderá como causa de exclusión no subsanable, la presentación de la instancia fuera de plazo.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo máximo de 3 días hábiles desde la finalización del plazo para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, la alegaciones se entenderán desestimadas.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes por el Tribunal de Selección, el secretario levantará acta de la reunión, con los/as aspirantes propuestos para la selección y la calificación otorgada a cada uno de ellos por orden de puntuación, así como la formación de la bolsa de
trabajo que se constituya al efecto. Se hará pública la relación de seleccionados en el tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento.
Cuando los aspirantes no hubieran sido seleccionados, como consecuencia del número de plazas convocadas, serán tenidos en cuenta y llamados según el orden de puntuación en el caso de producirse bajas.
La propuesta de selección se elevará por Tribunal a la Alcaldía-Presidencia para que proceda al nombramiento de los candidatos propuestos para cada proyecto y a la formalización de los correspondientes contratos cuando sea necesario y conveniente. Igualmente se elevará la propuesta de constitución de la bolsa de trabajo, que tendrá también la consideración de propuesta de contratación a favor de los/as incluidos/as en aquella por orden decreciente de puntuación, el cual determinará el orden de llamamiento.
En caso de renuncia por parte de algún aspirante a ocupar inicialmente el puesto de trabajo o durante la vigencia del contrato se le considerará decaído en sus derechos, y se llamará al siguiente aspirante que mayor puntuación hubiese alcanzado en el proceso selectivo.
Si la renuncia al puesto de trabajo es por causa no justificada, dicho trabajador non podrá volver a participar en otro proceso selectivo de contratación hasta que transcurran 12 meses desde el momento de la renuncia.
Aquellos que carecieren de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Los aspirantes que formalicen contrato laboral temporal quedarán sujetos a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de septiembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración pública.
UNDÉCIMA. BOLSA DE EMPLEO.
Con aquellos aspirantes que hayan participado en esta convocatoria y no resulten contratadas y siempre que reúnan los requisitos mínimos exigidos en las bases, se confeccionará una bolsa de trabajo para cada proyecto siguiendo el orden de puntuación obtenido en las pruebas, de mayor a menor, de la que se hará uso cuando el Ayuntamiento lo considere conveniente, en situaciones de baja, renuncia y/o cualquier otra circunstancia que pueda acaecer debidamente motivada y justificada, contrataciones que se formalizarán en el momento en que sea necesario y de acuerdo con los condicionamientos que imponga la concesión de la subvención en el marco del “Plan Provincial de Dinamización Económica Local 2015” (BOP nº 20 de 27 de enero de 2015).
a) Se procederá al llamamiento según el orden establecido en la propia bolsa en función de las puntuaciones obtenidas. Comenzando para cada contratación o sustitución que proceda por el siguiente a la última contratación efectuada, independiente de si la contratación sigue o no vigente y del tiempo transcurrido.
b) En el caso de aquellos servicios en los que no haya candidatos suficientes en relación con los puestos a cubrir, se podrán utilizar las bolsas de espera de los otros programas para cubrir las necesidades del programa que sufra un déficit de efectivos, siempre que ostenten la titulación mínima requerida y atendiendo al orden de puntuación de la bolsa de trabajo. En el supuesto de que aún de esta forma se continúe sin candidatos suficientes, se podrá realizar una oferta genérica de los citados puestos a la Oficina de
Xxxxxx xx Xxxxxxxx. Si tampoco se pudiera cubrir de esta forma se procederá a disminuir el número de puestos que queden vacantes en ese servicio y simultáneamente se procederá a la ampliación del mismo número de puestos en el resto de servicios a cubrir, no pudiendo superar dicha reasignación de contratos en ningún caso los 133 totales.
c) Si el/la aspirante rechazase (por primera vez) o no se incorporase al puesto de trabajo ofertado (por primera vez), pasará automáticamente al último lugar de la lista, salvo que concurra una de las siguientes causas justificadas:
- Parto, por maternidad o situaciones asimiladas.
- Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acredite debidamente.
- Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Toda persona incluida en la Bolsa de Trabajo a la que de acuerdo con el número de orden que ocupe en ésta, le sea ofertado el correspondiente trabajo y renuncie expresamente dos veces al mismo, será dada de baja en la citada bolsa.
d) La renuncia por causa justificada supondrá el mantenimiento del candidato en el lugar de la bolsa que le corresponde por orden de puntuación. Dichas causas deben ser acreditadas por cualquier medio permitido en derecho (parte de baja médica).
La bolsa de trabajo finalizará con el agotamiento de las contrataciones subvencionadas por el Plan Provincial de Dinamización Económica Local.
DÉDIMOSEGUNDA. NORMATIVA APLICABLE.
En lo no previsto en las bases y convocatoria, se regirá por la Ley 4/2011, de 10 xx xxxxx, del Empleo Público de Castilla-la Mancha, la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el proceso de selección de los funcionarios de la Administración Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, así como en las Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones en el marco del “Plan Provincial de Dinamización Económica Local 2015”, a desarrollar en los municipios de la provincia xx Xxxxxx durante el ejercicio 2015 (BOP Toledo de 27 de enero de 2015) y resto de normativa legal que resulte de aplicación.
Las presentes Bases y Convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la jurisdicción contencioso-administrativa. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento (Artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa).
XXXXX X (MODELO DE INSTANCIA)
SOLICITUD DE ADMISIÓN PARA LA SELECCIÓN DE 133 TRABAJADORES DESEMPLEADOS, ENCUADRADOS EN EL PLAN PROVINCIAL DE DINAMIZACIÓN ECONÓMICA LOCAL 2015 DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXX. AYUNTAMIENTO DE FUENSALIDA
D./Xx. ………………………………………………………………………………………………….., natural de
…………………………….……., vecino/a de …………………………………………, provincia de
…………………………… con domicilio en calle ……………………………………………., nº , DNI o
equivalente ……………………… y teléfono ………………………., ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuensalida, comparece y, como mejor proceda,
EXPONE:
Que enterado/a de la convocatoria pública efectuada por el Ayuntamiento de Fuensalida, relativa al proceso selectivo para la contratación de 133 trabajadores desempleados, mediante concurso de valoración de méritos, para los proyectos encuadrados en el “Plan Provincial de Dinamización Económica Local 2015” y estimando reunir todos y cada uno de los requisitos fijados por la misma, manifiesta que desea participar en dicho concurso, aceptando íntegramente el contenido de dichas bases y comprometiéndose al cumplimiento estricto de las mismas.
PROYECTO QUE SE SOLICITA (MARCAR SOLO UNA OPCIÓN, SOLO SE ADMITE UNA SOLICITUD POR PERSONA Y PROYECTO)
1º.- Proyecto oficinas y servicios administrativos
- Administrativo (18 puestos).
2º. Proyecto auxiliar ayuda a domicilio
- Auxiliar de ayuda a domicilio (8 puestos)
3º. Proyecto apoyo al equipo de servicios sociales
- Técnicos de apoyo (2 puestos)
- Psicólogo (1 puesto)
4º.- Proyecto monitor de actividades.
- Monitores (6 puestos)
5º.- Proyecto obras y servicios múltiples.
- Peones (98 puestos)
MANIFIESTA:
- Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases para poder participar en el proceso selectivo, referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia, lo que se acredita con la documentación que se acompaña.
- Que declara conocer las bases generales de la convocatoria relativas a las preubas de selección de personal laboral temporal del Ayuntamiento de Fuensalida.
- Que adjunta documentación acreditativa con los méritos exigidos en las bases de la convocatoria.
Asimismo, por la presente declaro bajo juramento o promesa cierta:
Primero.- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las correspondientes funciones (Sin perjuicio de que después ha de acreditar tal circunstancia con certificado médico expedido a tal efecto).
Segundo.- No haber sido separado del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia firme.
Tercero.- No estar incurso en causas de incompatibilidad de conformidad con la legislación vigente.
En base a cuanto antecede, SOLICITA ser admitido a las pruebas selectivas a que hace referencia esta instancia y declaro que son ciertos los datos que se consignan y se compromete a acreditar documentalmente los datos que se indican en la solicitud.
□Autorizo expresamente la consulta y comprobación de los datos relativos a mi empadronamiento en el municipio de Fuensalida por parte de los funcionarios municipales.
□Autorizo expresamente la consulta de mis datos existentes en el Servicio Público de Empleo del Instituto Nacional de Empleo.
Se acompaña junto a la presente solicitud la siguiente documentación requerida en el punto Sexto de las Bases (marque lo que proceda)
- Copia del DNI/NIE del solicitante.
- Vida laboral actualizada emitida por el organismo que corresponda del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así como contratos o certificados compulsados que acrediten la experiencia profesional en igual puesto o categoría al que se solicita.
- Fotocopia compulsada del título académico exigido según el proyecto al que se presenta.
- Volante de empadronamiento según las bases (podrá sustituirse por la autorización referida anteriormente).
- Certificado de la Oficina de Empleo y Emprendedores que acredite la situación de desempleo.
- Certificado emitido por el XXXX (Servicio Público de Empleo Estatal) que acredite la percepción, o no, de prestaciones o subsidios y, en su caso, la fecha de finalización de las mismas.
- Documento que acredite el grado de minusvalía, si procede, conforme a lo establecido en la Base Sexta.
- Méritos que reúnen según lo exigido para cada proyecto, acompañado de la documentación que los justifiquen (fotocopias compulsadas de los títulos académicos, méritos alegados, contratos de trabajo en puestos iguales o similares a desarrollar en el proyecto seleccionado), en su caso, fotocopia compulsada de los títulos o certificados acreditativos de los méritos por la entidad contratante o Diplomas o certificados expedidos por los Centros Oficiales impartidores de los cursos de formación que se aleguen según proyecto seleccionado, susceptibles de valoración.
Acreditación de la situación familiar:
Copia del Libro de familia que acredite la identidad y pertenencia de los miembros de la unidad familiar.
Copia del DNI/NIE de los hijos menores de 26 años que convivan con el/la solicitante o que tengan la consideración de carga familiar conforme a lo establecido en estas bases.
En caso de miembros de la unidad familiar menores de 26 años, no inscritos en la Oficina de Empleo correspondiente por estar cursando estudios en centros oficiales, matrícula o certificado expedido por el centro, en el que conste dicha circunstancia.
Certificado que acredite la situación de percepción, o no, de prestación, subsidio o ayudas, del cónyuge o análogo y/o de los hijos mayores de 16 años y menores de 26 años que convivan con el solicitante.
En ……………………………………………… a ………….. de ………….. de ……………..
El solicitante,
Fdo: ……………………………
SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE FUENSALIDA (TOLEDO)
En Fuensalida, a 4 xx xxxxx de 2015.
LA SECRETARIA ACCTAL.
Fdo: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxx