CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. S-001-2021 CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO PARA LA “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA UNIVERSIDAD DE CUENCA”
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. S-001-2021
CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO PARA LA “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX”
PROCESO EMER-UC-001-2021
Comparecen en la celebración del presente contrato, por una parte, la
UNIVERSIDAD XX XXXXXX, con R.U.C. No. 0160001240001, legalmente
representada por la Arq. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx PhD, con cédula de ciudadanía No. 0000000000, a quien en adelante se le denominará LA UNIVERSIDAD o LA CONTRATANTE; y, por otra la Compañía de Seguridad CASTVISE Cía. Ltda., con numero de RUC 0190329461001, debidamente representada por el señor Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, con número de identificación 0000000000, en calidad representante legal, de acuerdo al documento habilitante, a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera. - ANTECEDENTES
1.1.- Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de LA CONTRATANTE resolvió declarar la emergencia de la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA UNIVERSITARIOS
UNIVERSIDAD XX XXXXXX, proceso signado con No. EMER-UC-001-2021, mediante Resolución de Declaratoria de Emergencia No. 001-2021, de fecha 12 de febrero de 2021.
1.2.- Se cuenta con la respectiva disponibilidad presupuestaria suficiente para cubrir las obligaciones derivadas de la contratación, de conformidad con las Certificaciones Xxxxxxxxxxxxxxx Xx. 00000, con la descripción “certificación presupuestaria para el servicio de seguridad y vigilancia”, por el valor total de USD.
$ 251.550,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 00/100 DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), más IVA, suscrita
por el Mgs. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Director Administrativo Financiero de la Universidad xx Xxxxxx.
1.3.- Luego del procedimiento correspondiente, el Arq. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. PhD, Rectora de la Universidad xx Xxxxxx, en su calidad de máxima autoridad de LA CONTRATANTE, mediante Resolución No. 002-2021 del 12 de febrero de 2021, adjudicó el contrato para la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX”, al oferente
Compañía de Seguridad CASTVISE Cía. Ltda., con numero de RUC 0190329461001.
Cláusula Segunda. - DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) Los Términos de Referencia del objeto de la contratación.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos de adquisición de bienes o prestación de servicios (CGC) publicados y vigentes a la fecha de la convocatoria en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
c) La oferta presentada por EL CONTRATISTA, con todos sus documentos que la conforman.
d) La Resolución de Adjudicación No. 002-2021 de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000.
x) Xxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx Xx. 00000, de fechas 12 de febrero de 2021, emitidas por la Dirección Administrativa Financiera de la Universidad xx Xxxxxx.
f) Las Garantías entregadas por EL CONTRATISTA.
g) Los documentos que acrediten la calidad con la que comparecen las partes.
Cláusula Tercera. - OBJETO DEL CONTRATO
3.1.- LA CONTRATISTA se obliga con LA CONTRATANTE a ejecutar el SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX según las
características de los Términos de Referencia, la oferta presentada por el contratista, que se agregan y forman parte integrante de este contrato, y de acuerdo al siguiente detalle:
OBJETIVOS
Objetivos Generales:
• Brindar protección permanente tanto a los bienes propiedad de la Universidad xx Xxxxxx como a las personas que hacen uso de sus instalaciones.
Objetivos Específicos:
• Generar un nivel de seguridad adecuado para estudiantes, docentes, trabajadores y servidores de la Universidad xx Xxxxxx, que les permita desarrollar con normalidad sus actividades académicas, operativas y administrativas.
ALCANCE
El alcance del servicio de seguridad y vigilancia corresponde a todas las instalaciones que mantiene la Universidad xx Xxxxxx en sus diferentes Campus, conforme el siguiente detalle:
Predios de la Universidad xx Xxxxxx | |
1 Campus Central.- Av. 12 xx Xxxxx entre Av. Xxxx y Xxxxxxx Xxxxx AREA TOTAL DEL PREDIO: 127.678,90 m2 | 2 Campus Paraíso.- Av. 12 xx Xxxxx y El Paraíso 3-52 junto al Hospital Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. AREA TOTAL DEL PREDIO: 28.886,00 m2 |
3 Campus Yanuncay.- Av. 12 de Octubre y Xxxxxx Xxxxxxx | 4 Campus Balzay.- Xxxxxx Xxxxxxxx y Av. De los Cerezos |
AREA TOTAL DEL PREDIO: 36.335,72 m2 | |||||
AREA TOTAL DEL PREDIO: 128.000,00 m2 | |||||
5 Campus Centro Histórico.- Ubicado en las calles Tarqui 13-46 entre Xxxx Xxxxx y Xxx Xxxxx. AREA TOTAL DEL PREDIO: 1,698.70 m2 | 0 Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx ubicado en la Xx. Xxxxxx Xxxxx x xx xxxxx xx xx Xxxxxxxxx. XXXX XXXXX XXX XXXXXX: 13,391.00 m2 | ||||
7 Unidad de Cultura.- Ubicado en las calles Av. 12 xx xxxxx y Xx. Xxxxxx | 0 Xxxxxx Xxxxxx.- Ubicado en las calles Victoria del Portete (vía x Xxxxx) |
AREA TOTAL DEL PREDIO: 5.533,00 m2 | AREA TOTAL DEL PREDIO: 4.995.225,26 m2 |
9 Granja Nero.- Camino a Nero AREA TOTAL DEL PREDIO: 2.960.000,00 m2 | 00 Xxxxxx Xx Xxxxxxx.- Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx (Xxxxxxxxxx) XXXX TOTAL DEL PREDIO: 310.000,00 m2 |
11 Casa Pintado en la calle La Condamine | 12 Casa de los Arcos en la calle La |
12-70. | Condamine 12-25. |
AREA TOTAL DEL PREDIO:.320,40 m2 | AREA TOTAL DEL PREDIO: 329,70 m2 |
13 Casa Goerky en la calle La Condamine 12-135. | 14 Casa Xxxxxx en la calle La Condamine 12- 109. |
AREA TOTAL DEL PREDIO:.147,50 m2 | |||
AREA TOTAL DEL PREDIO: 203,00 m2 | |||
15 Casa Xxxxx en la calle La Condamine 12- | 16 Tecnológico de la Facultad de Ciencias | ||
103. | Químicas.- Xxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxxx | ||
Xxxxxx. | |||
AREA TOTAL DEL PREDIO:.96,10 m2 | AREA TOTAL DEL PREDIO:.3.483,00 m2 | ||
17 Consultorio Jurídico.- en la calle Larga 7- 47. | 18 Campus Xxxxx Xxxxxxx.- en la calle Xxxxx Xxxxxxx 5-47. AREA TOTAL DEL PREDIO:.639,10 m2 |
AREA TOTAL DEL PREDIO:.772,80 m2 |
METODOLOGIA DE TRABAJO
Los servicios de vigilancia y seguridad requeridos por la Universidad xx Xxxxxx, se ajustarán a las condiciones funcionales y condiciones laborales establecidas en la Legislación vigente que se han considerado para elaborar este documento, dadas las particularidades que deben tener para atender las necesidades de la Universidad, que en la parte operativa empleará un sistema de video vigilancia, para la ejecución de acciones de protección en base de la situación que se detecte en cada puesto de servicio. Las labores de las personas que se desempeñen como guardias, en los puestos de vigilancia fijos y móviles se ajustarán a las políticas de Seguridad de la Universidad xx Xxxxxx, los instructivos y procedimientos vigentes, información que se entregará al Representante Legal del Contratista bajo declaración de confidencialidad con el fin de asegurar su correcto uso. Para el efecto, la contratista estructurará jornadas rotativas de no más de 12 horas para los guardias, de forma que por ningún motivo un mismo guardia podrá realizar más de tres jornadas consecutivas de trabajo, consecuentemente la Contratista, deberá disponer del número de personas necesarias más sus relevos por puesto de trabajo; considerando además el correspondiente pago de horas suplementarias, extraordinarias y período de vacaciones que estas jornadas de trabajo generan y que este personal tiene derecho. Durante los diferentes turnos de servicios, los guardias de seguridad, exclusivamente en el sitio resguardado por ellos, utilizarán los implementos, uniformes, equipos y armamento dotados por la Contratista. En ese mismo sentido se procederá con las personas que cumplan las funciones de operadores de consola, considerando que estos laborarán en jornadas rotativas horas, conforme establece la Ley para este tipo de servicios.
INFORMACION QUE DISPONE LA ENTIDAD
Xx. | Xxxxxx | Xxxxxxxxx |
0 | Xxxxxx Xxxxxxx.- | Av. 12 xx Xxxxx entre Av. Xxxx y Xxxxxxx Xxxxx |
2 | Campus Paraíso.- | Av. 12 xx Xxxxx y El Paraíso 3-52 junto al Hospital Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx |
3 | Campus Yanuncay.- | Av. 12 de Octubre y Xxxxxx Xxxxxxx |
4 | Campus Balzay.- | Xxxxxx Xxxxxxxx y Av. De los Cerezos |
5 | Campus Centro Histórico.- | Ubicado en las calles Tarqui 13-46 entre Xxxx Xxxxx y Xxx Xxxxx. |
0 | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx | Ubicado en la Xx. Xxxxxx Xxxxx x xx xxxxx xx xx Xxxxxxxxx. |
7 | Unidad de Cultura.- | Ubicado en las calles Av. 12 xx xxxxx y Xx. Xxxxxx |
0 | Xxxxxx Xxxxxx.- | Ubicado en las calles Victoria del Portete (vía x Xxxxx) |
9 | Granja Nero.- | Xxxxxx x Xxxx |
00 | Xxxxxx Xx Xxxxxxx.- | Transversal Austral (Guachapala) |
11 | Casa Pintado | En la calle La Condamine 12-70. |
12 | Casa de los Arcos | En la calle La Condamine 12-25. |
13 | Casa Goerky | En la calle La Condamine 12-135. |
14 | Casa Xxxxxx | En la calle La Condamine 12-109. |
15 | Casa Xxxxx | En la calle La Condamine 12-103. |
16 | Tecnológico de la Facultad de Ciencias Químicas.- | Xxxxxxx Xxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxx. |
17 | Consultorio Jurídico.- | En la xxxxx Xxxxx 0-00. |
18 | Campus Xxxxx Xxxxxxx.- | En la calle Xxxxx Xxxxxxx 5-47. |
Los campus de la Universidad xx Xxxxxx para los cuales se requiere el servicio de seguridad y vigilancia son los siguientes:
7.-
DETALLE DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
La Universidad xx Xxxxxx requiere que el servicio de seguridad a contratar, cuente con las siguientes características:
PUESTOS DE SEGURIDAD REQUERIDOS | ||||||||
No . | Tipo de puesto | Código CPC | Cantidad de puestos para guardias | Cantidad de puestos para Supervisión | Jornada | Horario | No. Horas | Distribución |
06 PUESTOS EN GARITA - | ||||||||
1 | PUNTO DE SERVICIO INSTITUCIONAL DE 12 HORAS - LUNES A XXXXXXX XXXXXX CON ARMA LETAL | 852500022 | 12 | 2 | Diurno Lunes x Xxxxxxx | 07:00 - 19:00 | 12 | 06 PUESTOS EN RONDA 2 PUESTOS DE SUPERVISIÓN EN RONDA |
2 | PUNTO DE SERVICIO INSTITUCIONAL DE 12 HORAS - LUNES A XXXXXXX XXXXXX CON ARMA NO LETAL | 852500042 | 20 | Diurno Lunes x Xxxxxxx | 07:00 - 19:00 | 12 | 10 PUESTOS EN GARITA - 10 PUESTOS EN RONDA | |
3 | PUNTO DE SERVICIO INSTITUCIONAL DE 12 HORAS - LUNES A XXXXXXX XXXXXX SIN ARMA | 852500062 | 11 | Diurno Lunes x Xxxxxxx | 07:00 - 19:00 | 12 | 11 PUESTOS EN RONDA | |
06 PUESTOS EN GARITA - | ||||||||
4 | PUNTO DE SERVICIO INSTITUCIONAL DE 12 HORAS - LUNES X XXXXXXX NOCTURNO CON ARMA LETAL | 852500023 | 12 | 2 | Nocturno Lunes x Xxxxxxx | 19:00 - 07:00 | 12 | 06 PUESTOS EN RONDA 2 PUESTOS DE SUPERVISIÓN EN RONDA |
5 | PUNTO DE SERVICIO INSTITUCIONAL DE 12 HORAS - LUNES X XXXXXXX NOCTURNO CON ARMA NO LETAL | 852500043 | 20 | Nocturno Lunes x Xxxxxxx | 19:00 - 07:00 | 12 | 10 PUESTOS EN GARITA 10 PUESTOS EN RONDA | |
6 | PUNTO DE SERVICIO INSTITUCIONAL DE 12 HORAS - LUNES X XXXXXXX NOCTURNO SIN ARMA | 852500063 | 10 | Nocturno Lunes x Xxxxxxx | 19:00 - 07:00 | 12 | 10 PUESTOS EN RONDA | |
7 | PUNTO DE SERVICIO INSTITUCIONAL DE 12 HORAS - LUNES A SÁBADO DIURNO SIN ARMA | 852500062 | 10 | Diurno Lunes a Sábado | 07:00 - 19:00 | 12 | 10 PUESTOS EN GARITA |
Observación: Los señores supervisores se consideran como puestos de trabajo en virtud que siempre pasan en constante monitoreo de los puestos de los guardias y los predios universitarios.
DISTRIBUCIÓN DE PUESTOS:
El área total de los predios universitarios 8.612.740,18 metros cuadrados, sin embargo, las áreas que demandan mayor monitoreo del servicio de seguridad y vigilancia en virtud a su volumen de bienes, ascienden a 347.514,92 metros cuadrados, esto es la diferencia del área total menos el área de las granjas “Irquis”, “Nero” y “El romeral”.
Los 99 puestos de trabajo se han distribuido de la siguiente manera:
• 50 puestos diurnos que monitoreen en promedio de 6.950,30 metros cuadrados
• 39 puestos nocturnos que monitoreen en promedio de 8.910,64 metros cuadrados de los predios universitarios.
• Respeto a la granja “Irquis”, se han asignado 2 puestos de 12 horas diurnos de lunes x xxxxxxx y 2 puestos de 12 horas nocturnos de lunes x xxxxxxx.
• Respeto a la granja “El Romeral”, se han asignado 2 puestos de 12 horas diurnos de lunes x xxxxxxx y 2 puestos de 12 horas nocturnos de lunes x xxxxxxx.
• Para el caso de la granja “Nero” se han asignado 1 puesto de 12 horas diurnos de lunes x xxxxxxx y 1 puesto de 12 horas nocturnos de lunes x xxxxxxx. Cabe mencionar que en cada granja se realizan rondas con motocicleta de manera frecuente por el predio universitario en virtud a la extensión y situación geográfica.
DETALLE DEL EQUIPO MÍNIMO:
EQUIPO | CANTIDAD |
Motocicletas para la supervisión de los predios universitarios. Para el caso de las granjas las motocicletas se utilizan para supervisión y vigilancia. | 5 |
DETALLE DEL EQUIPAMIENTO DE PUESTOS (GUARDIAS Y SUPERVISORES):
EQUIPO | DESCRIPCIÓN |
Uniforme | Cuenta con los logos de la compañía y modelos de acuerdo al permiso de uniformes otorgado por COSP credenciales de identificación pantalón, camisa, corbata, botas y gorra. |
Equipamiento | Cuenta con los logos de la compañía, Chaleco antibalas, cinto tipo militar, Tolete y porta tolete, Radio, Celular, Silbato, bitácoras y linterna de corto y largo alcance. |
Armamento | Para todo el proyecto se requiere 14 armas letales y 20 armas de fogueo (cada arma como mínimo con 6 municiones) con su respectiva porta armas, Municiones para carga completa, todos los días del año para distribución en todos los predios universitarios. |
CONSIGNAS GENERALES
• Respuesta inmediata en caso de llamadas de emergencia dentro del turno a cargo.
• Controlar el ingreso de visitantes a cualquiera de las dependencias y exigirá su identificación en los campus que así lo requieran, así como el ingreso y egreso de materiales y equipos.
• Custodiar las instalaciones y bienes muebles existentes; precautelar la seguridad del personal, usuarios de la entidad y público en general que acuden diariamente a la institución.
• La empresa adjudicada deberá planificar con la Unidad de Servicios Administrativos y el Administrador del contrato para establecer las consignas y obligaciones adicionales a cumplir en la prestación del servicio.
• La empresa adjudicada deberá llevar diariamente el registro de ingreso y salida de vehículos de propiedad de la Universidad xx Xxxxxx, así como la permanencia de éstos dentro y fuera de las horas y días no laborables, en los sitios de parqueo y custodia designados.
• El personal de guardias no podrá abandonar su puesto de trabajo asignado por ningún concepto.
• La empresa adjudicada coordinará el lunch de su personal, pues no podrá abandonar su puesto por este motivo.
• Revisión de bultos, paquetes, carteras, entre otros, en caso de evidenciar situaciones sospechosas.
• Asignar guardias y supervisores correctamente seleccionados, capacitados, uniformados y con sus respectivas credenciales que los identifiquen; tal como lo establece el Reglamento de la Ley de Vigilancia y Seguridad Privada.
• Entregar en 30 días plazo posteriores a la firma del Contrato, en carpetas personales, el récord policial actualizado, copia del carnet que acredite la capacitación de los agentes de Seguridad, la hoja de vida profesional de cada guardia y supervisor, así como sus contratos debidamente inscritos en el Ministerio de Trabajo.
• Disponer del número de agentes de seguridad (guardias) suficiente, de tal manera que el mismo personal no tenga que cumplir con más de tres turnos de servicio seguidos y con autorización del supervisor de turno.
• Elaborar un cronograma de turnos rotativos incluyendo los saca francos y saca vacaciones a fin de que se cumpla con la normativa del Código de Trabajo y legislación aplicable.
• Supervisar diariamente los puestos; esta supervisión deberá ser capaz, eficiente y bajo responsabilidad de la contratista, a fin de controlar el trabajo del personal de guardias, sin perjuicio de la supervisión que pudieran efectuar los funcionarios o el Administrador del Contrato de la Universidad xx Xxxxxx.
• Realizar la inducción de seguridad al personal de guardias de manera inmediata en cada puesto de servicio.
• Contar con el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional.
• Contrato para uso de frecuencia el mismo que dispondrá de una Central de Radio que operará 24 horas - 7 días a la semana con enlace probado a los puestos de servicio de vigilancia de la Universidad xx Xxxxxx.
• Proveer a cada supervisor de turno de una motocicleta para realizar la ronda designada por el administrador.
• Que la empresa proveedora del servicio seguridad tiene la obligación de cubrir los días libres y vacaciones de los puestos se seguridad de ronda, garita y supervisión según Código del Trabajo.
• Contar con el certificado de autorización de uniformes emitido por el ente regulador.
• Contar con el Permiso de funcionamiento vigente otorgado por el Ministerio del Interior.
• Contar con el certificado extendida por el IESS de que el Oferente no adeuda Aportaciones ni Fondos de Reserva vigente.
• Contar con el Reglamento Interno de Trabajo aprobado por el Ministerio de Trabajo.
• Contar con el permiso apertura del establecimiento autorizados a Nivel de las Fuerzas Armadas.
• Contar con la Póliza de responsabilidad civil y contra daños a terceros.
• El contratista velara por el cumplimiento de sus obligaciones patronales y demás, del personal a su cargo. La Universidad xx Xxxxxx deslinda responsabilidad en caso de existir inconvenientes con las demás instituciones públicas como (IESS, MINISTERIO DEL TRABAJO Y DEMAS).
• Presentar el listado del personal que va a realizar el servicio de seguridad en cada mes incluyendo nombres completos, numero de cedula, número de teléfono (casa y celular), dirección domiciliaria; así como el Record Policial de cada trabajador.
• Durante la Ejecución del Contrato, los sistemas de telefonía celular se considerarán como medios opcionales de comunicación para los sitios donde no exista cobertura de señal de radio.
• Capacitar al personal que preste el servicio de seguridad y vigilancia, por lo menos una vez al año en temas relacionados. La duración mínima de dicho curso será de 48 horas.
• Los puestos podrán ser reubicados conforme necesidad institucional.
• La ubicación de los puestos se coordinará previamente con el contratista y administrador del contrato.
CONSIGNAS DE LOS GUARDIAS
• Vigilar y Controlar el acceso de vehículos autorizados.
• Intervenir y neutralizar la acción de personas que atenten contra el patrimonio de la UNIVERSIDAD XX XXXXXX para ser entregados a las autoridades policiales, cuando las circunstancias así lo exijan.
• Vigilar y controlar permanentemente todas las áreas externas hasta el cerramiento e internas de las instalaciones, mediante rondas programadas.
• Resguardo de funcionarios y seguridad de personal en general que ingresa a los predios universitarios.
• Control de ingreso y salida de materiales (bienes patrimoniales, enseres, maquinaria, equipos, etc.) previa presentación del documento de autorización xxx xxxxxxxx.
• Impedir la salida de bienes institucionales sin la debida autorización.
• Conocimiento y operación de los sistemas de emergencia y contra incendio.
• Auxilio o apoyo en cualquier otro tipo de siniestros y/o emergencias.
• Poner en conocimiento de inmediato al Administrador del Contrato, cualquier novedad o emergencia que se suscite tanto con funcionarios, profesores, estudiantes dentro de los predios universitarios.
• Cumplimiento de los procedimientos y consignas especiales emitidas por el administrador del contrato.
• Cumplir con actividades netamente de seguridad.
• Suministrar el servicio de investigaciones, a fin de establecer responsabilidades en eventos que hayan afectado al sistema de seguridad de la UNIVERSIDAD XX XXXXXX, o se presuma la existencia de una irregularidad.
• Detectar a personas y vehículos sospechosos que merodean por los predios universitarios.
• Disuadir a potenciales agresores (delincuentes, terroristas, etc.) de cometer acciones en contra de las personas, bienes, equipos e instalaciones de la institución.
• Neutralizar al agresor por medio de fuego (solo en caso de extrema necesidad) y maniobra a fin de repelerlo y capturarlo, en caso de delito flagrante. Aplicando las normas y procedimientos vigentes respecto al uso xx xxxxx de fuego.
• Proporcionar una fuerza de acción y reacción.
• Resguardar las instalaciones en contra de atentados y toma de las mismas.
• Maniobrar en todo momento y condición climática.
• Aprovechar todas las formas de movilidad y planificación.
• Controlar y manejar la seguridad en las áreas de mayor riesgo.
• Coordinar sistemas de control y planes de acción con el área de seguridad de la Universidad xx Xxxxxx.
• Manejo y monitoreo del sistema interconectado de cámaras de vigilancia, debido a que la Universidad Cuenca, cuenta con el Sistema “SSM Console Studio” que tiene más de 300 cámaras en todos sus campus, que requieren el monitoreo constante.
• Manejo y monitoreo de alertas “botones xx xxxxxx” debido a que la Universidad Cuenca, cuenta con tres dispositivos en su campus Central con la finalidad de precautelar la seguridad de docentes, estudiantes, personal administrativo y público en general dentro de los predios universitarios.
• Estar atentos con la detección de paquetes sospechosos en el interior e inmediaciones de las instalaciones, informar y coordinar con el Área de Seguridad de la Universidad xx Xxxxxx.
• Impedir el comercio ambulatorio dentro de los predios universitarios y lugares de acceso a otras áreas internas donde se cumpla el servicio de vigilancia de la Universidad xx Xxxxxx.
• Realizar operativos de control a los bares y charoles para informar sobre la venta de posibles productos como (alcohol, tabacos y sustancias psicotrópicas y estupefacientes entre otros).
• Contar con Jefes de Grupo de entre los designados en el cuadro “CARACTERISTICAS DEL SERVICIO” de este documento para el control y administración de los puestos para cada Facultad, Dependencia, Unidad y/o granja los mismos que deberán tener capacitación en administración xx xxxxxxx humano.
• Los puestos de seguridad xx xxxxxx tienen que estar a cargo del acceso vehicular, manejo y monitoreo del sistema interconectado de cámaras de vigilancia, alertas “botones xx xxxxxx”, recepción y entrega de objetos olvidados y/o perdidos y prestar el servicio de seguridad dentro del perímetro de 100 metros a la redonda.
• Los puestos de seguridad de ronda tienen que estar a cargo de los edificios, áreas administrativas, áreas verdes, áreas deportivas, parqueaderos vehiculares, de motocicletas y de bicicletas y demás áreas que requieren del servicio de seguridad, el mismo que deberán realizar rondas con una frecuencia de cada 5 minutos.
CONSIGNAS DE LOS SUPERVISORES
• Precautelar los bienes muebles e inmuebles de la Universidad xx Xxxxxx capacitados para el manejo y monitoreo del sistema interconectado de cámaras de vigilancia, alertas “botones xx xxxxxx”, patrullaje motorizado y actividades como:
• Coordinar operativos de seguridad con los equipos de avanzada de las autoridades, sean locales, provinciales y/o nacionales para el desarrollo de eventos educativos, sociales y culturales.
• Verificación mediante el reporte de firmas de asistencia de los guardias designados.
• Coordinación semanal y mensual con la Unidad de Servicios Administrativos sobre las necesidades de la seguridad de las diferentes facultades y/o dependencias.
• Evaluar el desarrollo laboral de cada guardia de seguridad conjuntamente con el administrador del contrato.
• Coordinar operativos de seguridad para los procesos electorales de autoridades y estudiantes de la Universidad.
• Coordinar operativos de seguridad para los procesos electorales a nivel local y nacional.
• Coordinar la salida temporal de los bienes de la Universidad con su debida autorización.
• Coordinar operativos de emergencia con el administrador del contrato y la Unidad correspondiente de ser el caso.
• Coordinar operativos anti delincuenciales.
• Coordinar operativos para evitar el consumo de sustancias sujetas a fiscalización.
• Coordinar el ingreso de personas externas a eventos académicos, culturales y sociales.
• Reporte constante sobre la visualización de las cámaras.
• Coordinar ingresos del personal administrativo, trabajadores, docentes y estudiantes, los feriados, vacaciones y fines de semana.
• Los puestos de supervisión deberán tener capacitación en normativa y procedimientos de seguridad.
3.2.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
3.2.1- Obligaciones del Contratista
- El contratista deberá dar estricto cumplimiento a términos de referencia establecidas en el presente proceso.
- El contratista velara por el cumplimiento de sus obligaciones patronales y demás, del personal a su cargo. La Universidad xx Xxxxxx deslinda responsabilidad en caso de existir inconvenientes con las demás instituciones públicas como (IESS, MINISTERIO DEL TRABAJO Y DEMAS).
- Únicamente en el caso de no disponer, abrirá una oficina administrativa en la Ciudad xx Xxxxxx, con todos los permisos requeridos.
- Capacitar al personal que preste el servicio de seguridad y vigilancia, por lo menos una vez al año en temas relacionados. La duración mínima de dicho curso será de 48 horas.
- Presentar el listado del personal que va a realizar el servicio de seguridad en cada mes incluyendo nombres completos, numero de cedula, número de teléfono (casa y celular), dirección domiciliaria; así como el Record Policial de cada trabajador.
- Durante la Ejecución del Contrato, los sistemas de telefonía celular se considerarán como medios opcionales de comunicación para los sitios donde no exista cobertura de señal de radio.
- Es obligación del contratista cubrir los días libres y vacaciones de cada uno de los guardias y supervisores según Código del Trabajo sin que esto genere costo adicional a la Universidad xx Xxxxxx.
3.2.2- Obligaciones de la Contratante
- Realizar los pagos mensuales de manera oportuna, por el servicio efectivamente brindado con estricto cumplimiento a lo establecido en el contrato.
Cláusula Cuarta. - PRECIO DEL CONTRATO
4.1. - El valor del presente contrato, que LA CONTRATANTE pagará a LA CONTRATISTA, es el de USD. $ 251.550,00(DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 00/100 DÓLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), sin incluir IVA, de conformidad con la oferta presentada por EL CONTRATISTA.
4.2.- Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación a la CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato.
Cláusula Quinta. - FORMA DE PAGO
5.1.- El pago se efectuará en forma mensual de acuerdo a la presentación de planillas mensuales, contra la prestación del servicio efectivamente recibido a entera satisfacción de la contratante y una vez se cuente con los documentos habilitantes para el pago.
5.2.- Documentos habilitantes para el pago:
a. Factura
b. Informe mensual sobre el servicio debidamente suscrito por el administrador del contrato.
c. Consolidado de la planilla de pagos y aportes al IESS del mes inmediato anterior.
d. Comprobante de pago al IESS del mes inmediato anterior.
e. Copia de las transferencias xx xxxxxx a cada una de las cuentas de los guardias y supervisores que laboran en la Universidad xx Xxxxxx.
f. Para el último pago: Acta entrega recepción definitiva suscrita de conformidad por el art. 124 y 125 del Reglamento a la Ley Orgánica del sistema Nacional de Contratación Pública; e impresión del portal del SERCOP de encontrarse en estado finalizado el presente proceso de contratación.
5.3.- El pago por la presente contratación se realizará mediante transferencia en la Xxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 0000000, xxx Xxxxx xx Xxxxxxxxx, cuyo titular de la cuenta es Compañía de Seguridad CASTVISE Cía. Ltda., con número de RUC 0190329461001.
Cláusula Sexta. – PLAZO
6.1.- El plazo para la prestación de los servicios contratados, a entera satisfacción de LA CONTRATANTE es de noventa (90) días, contados a partir de las 00h00 del 16 de febrero de 2021.
Cláusula Séptima. – GARANTÍAS
7.1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LA CONTRATISTA está obligado a rendir la siguiente garantía:
a) De fiel cumplimiento: Se rendirá una garantía por un valor igual a CINCO POR CIENTO (5%) del monto total del contrato en una de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP.
7.2. Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y 118 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la contratante.
Cláusula Octava. - MULTAS
Por cada día de retardo en el cumplimiento de la ejecución de las obligaciones contractuales, se aplicará la multa del 1 por 1000 del sobre el porcentaje de las obligaciones que se encuentren pendientes, de conformidad con el Art. 71 de la LOSNCP en los siguientes casos:
• No cumplir con los procedimientos de control y seguridad en el puesto
• Disponer en los puestos de trabajo elementos que distraigan el cumplimiento de sus tareas (televisión, radio, equipos electrónicos con accesos a multimedia).
• Dormir mientras se encuentra en servicio
• Exceder la jornada de trabajo del personal de seguridad.
• Cuando los guardias no utilicen el equipo de protección personal durante el desarrollo de sus funciones, en la que su uso sea considerado como el único medio para controlar los riesgos ocupacionales inherentes a sus necesidades mientras presten sus servicios para la Universidad xx Xxxxxx, ya sea dentro o fuera de las instalaciones.
• Por no notificar al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO los accidentes de trabajo que le ocurren al personal del contratista, dentro de las 48 horas posterior a la ocurrencia de dicho accidente ya sea dentro o fuera de las instalaciones.
• No cubrir los puestos de trabajo con el número de personal y medios requeridos por la Universidad xx Xxxxxx.
• En los casos de los puestos no cubiertos se aplicará el descuento por el servicio no brindado del correspondiente periodo de la falta, ello sin perjuicio del respectivo cobro de la multa por cada día de incumplimiento.
• El cobro de las multas se lo hará sin perjuicio del pago de la indemnización por los daños y perjuicios que se pudiere ocasionar a la Universidad xx Xxxxxx.
• Abandonar o alejarse del puesto de servicio sin el reemplazo correspondiente.
• Retiro no autorizado de controles de asistencia que sustentan el cumplimiento diario del servicio
• Adulterar registros de control con información falsa como puede ser que un guardia haya suscrito la prestación de sus servicios en, más de un registro de asistencia dentro del mismo horario o en caso de que se detecte información falsa consignada dentro de las bitácoras versus el control de asistencias.
• Incumplimiento de las normas de Salud, Higiene, Seguridad y Salud ocupacional vigente de la Universidad xx Xxxxxx.
• No destinar los supervisores con carácter de exclusivos para el control de los puestos de la Universidad xx Xxxxxx.
• No atender o gestionar una alerta de los sistemas de seguridad electrónica.
Cláusula Novena. - DEL REAJUSTE DE PRECIOS
En el presente contrato no existe reajuste de precios. EL CONTRATISTA libre y voluntariamente renuncia al reajuste de precios en el presente contrato, de conformidad a lo que dispone el segundo inciso del artículo 131 del Reglamento General de la LOSNCP.
Xxxxxxxx Xxxxxx. - DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
10.1.- LA CONTRATANTE designa al X.XX. Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx, en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares del contrato, términos de referencia y oferta presentada por el contratista que forman parte del presente contrato, y velará por el cabal cumplimiento del mismo en base a lo dispuesto en el artículo 121 de Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, Resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública – SERCOP y las normas de control interno de la Contraloría General del Estado.
10.2.- LA CONTRATANTE podrá cambiar de Administrador del contrato, para lo cual bastará cursar AL CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
10.3.- El Administrador del contrato, deberá publicar en el portal institucional xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx la información relevante correspondiente al ejercicio de sus funciones, atribuciones y competencias.
Cláusula Undécima. - TERMINACIÓN DEL CONTRATO
11.1.- Terminación del contrato. - El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
11.2.- Causales de Terminación unilateral del contrato. - Tratándose de incumplimiento de EL CONTRATISTA, procederá la declaración anticipada y unilateral de la contratante, en los casos establecidos en el artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Además, se considerarán las siguientes causales:
a) Si EL CONTRATISTA no notificare a LA CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
b) Si LA CONTRATANTE, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social de el contratista;
c) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada;
d) Si EL CONTRATISTA incumple con las declaraciones que ha realizado en el formulario de la oferta - Presentación y compromiso;
e) El caso de que la entidad contratante encontrare que existe inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por contratista, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato, dicha inconsistencia, simulación y/o inexactitud serán causales de terminación unilateral del contrato por lo que, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio además, de las acciones judiciales a que hubiera lugar.
11.3.- Procedimiento de terminación unilateral. - El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Duodécima. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
12.1.- Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento contencioso administrativo contemplado en el Código Orgánico General de Procesos; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la entidad contratante.
12.2.- La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, EL CONTRATISTA declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y, por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
Cláusula Décima Tercera. - COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito o por medios electrónicos y en idioma español. Las comunicaciones entre el Administrador del contrato y EL CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos o por medios electrónicos.
Cláusula Décima Cuarta. - DOMICILIO
14.1.- Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad xx Xxxxxx.
14.2.- Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
LA CONTRATANTE: UNIVERSIDAD XX XXXXXX
Dirección: Xx. 00 xx Xxxxx x/x x Xx. Xxxxxxx Xxxxx
Teléfono: (00) 0000000
Ciudad/ País: Cuenca - Ecuador
EL CONTRATISTA: Compañía de Seguridad CASTVISE Cía. Ltda.,
Dirección: Xxxxxx Xxxx y Cacique Duma S/N
Teléfono: (00) 0000000 - 0983400405
Correo Electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Ciudad: Cuenca
Cláusula Décima Quinta. - ACEPTACIÓN DE LAS PARTES
15.1.- Declaración. - Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de Régimen Especial, publicado en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, vigente a la fecha de la convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de este Contrato que están suscribiendo.
15.2.- Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la ciudad xx Xxxxxx, a 13 de febrero de 2021
Arq. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx. PhD. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx
UNIVERSIDAD XX XXXXXX CASTVISE Cía. Ltda
LA CONTRATANTE EL CONTRATISTA
Elaborado por: | Revisado por: | Fecha: |
Abg. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx ABOGADO DAF | Abg. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx SECRETARIO GENERAL PROCURADO | 13-02-2021 |
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO PARA LA “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX
PROCESO EMER-UC-001-2021
Cláusula Primera.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
1.1 Los términos del contrato se interpretarán en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
a. Cuando los términos están definidos en la normativa del Sistema Nacional de Contratación Pública o en este contrato, se atenderá su tenor literal.
b. Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del contrato.
c. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
d. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la Codificación del Código Civil, “De la Interpretación de los Contratos”.
1.2 Definiciones: En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
a. “Adjudicatario”, es el oferente a quien la entidad contratante le adjudica el contrato.
b. “Comisión Técnica", es la responsable de llevar adelante el procedimiento de contratación, a la que le corresponde actuar de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General, la normativa expedida por el Servicio Nacional de Contratación Pública, el pliego, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.
c. “Contratista”, es el oferente adjudicado.
d. “Contratante” “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.
e. “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
f. “RGLOSNCP”, Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Púbica.
g. “Oferente”, es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta", en atención al llamado a participar.
h. “Oferta”, es la propuesta para contratar, ceñida al pliego, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la provisión de bienes o prestación de servicios.
i. “SERCOP”, Servicio Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Segunda.- FORMA DE PAGO
Serán de obligatorio cumplimiento las condiciones de la forma de pago previstas en
las condiciones particulares del contrato, y además:
2.1 El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el contratista aperture en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El contratista autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la contratante verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.
El anticipo que la contratante haya otorgado al contratista para la ejecución del contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
2.2 La amortización del anticipo entregado en el caso de la prestación de servicios se realizará conforme lo establecido en el art 139 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
2.3 Todos los pagos que se hagan al contratista por cuenta de este contrato, se efectuarán con sujeción al precio convenido, a satisfacción de la contratante, previa la aprobación del administrador del contrato.
2.4 De los pagos que deba hacer, la contratante retendrá igualmente las multas que procedan, de acuerdo con el contrato.
2.5 Pagos indebidos: La contratante se reserva el derecho de reclamar al contratista, en cualquier tiempo, antes o después de la prestación del servicio, sobre cualquier pago indebido por error de cálculo o por cualquier otra razón, debidamente justificada, obligándose el contratista a satisfacer las reclamaciones que por este motivo llegare a plantear la contratante, reconociéndose el interés calculado a la tasa máxima del interés convencional, establecido por el Banco Central del Ecuador.
Cláusula Tercera.- GARANTÍAS
3.1 Se estará a lo contemplado en las condiciones particulares del contrato y la Ley.
3.2 Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la contratante en los siguientes casos:
3.2.1 La de fiel cumplimiento del contrato:
a) Cuando la contratante declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al contratista.
b) Si la contratista no la renovare cinco (5) días antes de su vencimiento.
3.2.2 La del anticipo:
a) Si el contratista no la renovare cinco (5) días antes de su vencimiento.
b) En caso de terminación unilateral del contrato y que el contratista no pague a la contratante el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx (10) días de notificado con la liquidación del contrato.
3.2.3 La técnica:
a) Cuando se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo establecido en el pliego y este contrato.
Cláusula Cuarta.- PRÓRROGAS DE PLAZO
4.1 La contratante prorrogará el plazo total o los plazos parciales en los siguientes casos:
a) Cuando el contratista así lo solicitare, por escrito, justificando los fundamentos de la solicitud, dentro del plazo de quince (15) días siguientes a la fecha de producido el hecho, siempre que este se haya producido por motivos de fuerza mayor o caso fortuito aceptado como tal por la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, previo informe del administrador del contrato. Tan pronto desaparezca la causa de fuerza mayor o caso fortuito, el contratista está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad de que medie notificación por parte del administrador del contrato para reanudarlo.
b) Por suspensiones en la ejecución del contrato, motivadas por la contratante u ordenadas por ella y que no se deban a causas imputables al contratista.
c) Si la contratante no hubiera solucionado los problemas administrativos- contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del trabajo.
4.2 En casos de prórroga de plazo, las partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. Y en tal caso se requerirá la autorización de la máxima autoridad de la contratante, previo informe del administrador del contrato.
Cláusula Quinta.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
A más de las obligaciones señaladas en las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato, las siguientes:
5.1 El contratista se compromete a ejecutar el contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la entidad contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por el administrador del contrato.
5.2 El contratista se compromete durante la ejecución del contrato, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la ejecución del contrato, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.
Los delegados o responsables técnicos de la entidad contratante, como el administrador del contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución del contrato, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el contratista se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitar a las personas designadas por la entidad contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato.
5.3 Queda expresamente establecido que constituye obligación del contratista ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas o términos de referencia establecidos en el pliego, y cumplir con el porcentaje mínimo de Valor Agregado Ecuatoriano ofertado.
5.4 El contratista está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y legalmente del objeto del contrato y sea exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable.
5.5 El contratista se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley de Seguridad Social obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que la contratante tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución del contrato, ni con el personal de la subcontratista.
5.6 El contratista se obliga al cumplimiento de lo exigido en el pliego, a lo previsto en su oferta y a lo establecido en la legislación ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc.
Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
6.1 Son obligaciones de la contratante las establecidas en las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del contrato.
Cláusula Séptima.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
7.1 Por causas justificadas, las partes podrán firmar contratos complementarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 85 y 87 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y en el artículo 144 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Octava.- RECEPCIÓN DEL CONTRATO
8.1 El acta de entrega-recepción, sea parcial, provisional o definitiva, según la naturaleza del contrato, será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes y el administrador del contrato haya emitido el informe de conformidad a lo previsto en los artículos 123 y
124 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
8.2 Si la contratante no hiciere ningún pronunciamiento respecto de la solicitud de recepción definitiva, ni la iniciare, una vez expirado el término de quince (15) días, se considerará que tal recepción se ha efectuado de pleno derecho, para cuyo efecto un Juez de lo Civil o un Notario Público, a solicitud del contratista notificará que dicha recepción se produjo, de acuerdo con el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
8.3 Operada la recepción definitiva presunta, a solicitud del contratista o declarada por la contratante, producirá como único efecto la terminación del contrato, dejando a salvo de los derechos de las partes a la liquidación técnico- económica correspondiente.
Las partes buscarán en el plazo de treinta (30) días posteriores a la recepción definitiva presunta suscribir el acta de la liquidación técnico-económica del contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales de las que se crean asistidas.
8.4 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el artículo 125 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS
9.1 La contratante efectuará al contratista las retenciones que dispongan las leyes tributarias, conforme la legislación tributaria vigente.
La contratante retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenare y que corresponda x xxxx patronal, por obligaciones con el seguro social provenientes de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo a la Ley de Seguridad Social.
9.2 Es de cuenta del contratista el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados en caso de que sea necesario. En dicho caso, el contratista entregará a la contratante hasta dos copias del contrato, debidamente protocolizadas. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta
del contratista.
Cláusula Décima.- TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
10.1 La declaratoria de terminación unilateral y anticipada del contrato no se suspenderá por la interposición de reclamos o recursos administrativos, demandas contencioso administrativas, arbitrales o de cualquier tipo de parte del contratista.
10.2 Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensa, adecuado y eficaz para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley.
NOTA.- Las Condiciones Generales de los Contratos de Régimen Especial, no requieren de firma por parte de los representantes de la entidad contratante ni del contratista, puesto que están incorporados como parte integrante del contrato de conforme la cláusula segunda “DOCUMENTOS DEL CONTRATO” de la Condiciones Particulares del Contrato de Régimen Especial.