ROBERT BOSCH ESPAÑA
XXXXXX XXXXX ESPAÑA
Condiciones Generales de Compra
Aplicables en las operaciones comerciales con empresas públicas o privadas.
1. En general
Las presentes condiciones de compra son de aplicación a las compras de bienes y servicios realizadas por las empresas del grupo Bosch relacionadas al pie de este documento. Estas condiciones excluyen la aplicación de cualesquiera otras. Las condiciones generales de contratación del proveedor que difieran de estas sólo se considerarán aceptadas cuando Bosch las haya confirmado por escrito. La aceptación de mercancías o prestaciones del proveedor (en adelante, Productos) e incluso su pago no implicarán la aprobación de las condiciones de venta del proveedor, incluso si dicho pago o aceptación han sido realizados con el debido conocimiento de las condiciones contractuales del proveedor. Cualquier tipo de cláusula contractual previamente acordada con Bosch y que entre en conflicto con las presentes condiciones de compra será ineficaz a partir de esta misma fecha.
2. Cierre y modificaciones del contrato
2.1 Los pedidos, contratos y programas, así como sus modificaciones y ampliaciones, deberán formalizarse por escrito.
2.2 Los acuerdos verbales de todo tipo alcanzados después de la celebración del correspondiente contrato, especialmente las modificaciones y complementos posteriores a las presentes condiciones de compra, necesitan la confirmación escrita xx Xxxxx para adquirir validez. Las condiciones de compra de un acuerdo o pedido se mantienen en vigor hasta la renovación de los mismos.
2.3 El requisito de forma escrita también se considerará cumplido con el envío telemático o por fax.
2.4 Los presupuestos de costes son vinculantes y no se deberán remunerar, a no ser que se haya acordado expresamente otra cosa.
2.5 Bosch podrá revocar y dejar sin efecto un pedido en el caso de que el proveedor no lo acepte dentro del plazo de 2 semanas desde su recepción.
2.6 Las órdenes de entrega cursadas en el marco de un programa o pedido más amplio serán vinculantes si el proveedor no las rechaza dentro de un plazo de 2 días laborables desde su recepción.
2.7 El acuerdo de calidad, seguridad laboral, protección del medio ambiente y responsabilidad social para proveedores (Acuerdo de Aseguramiento de Calidad), el manual de logística y las normas de entrega y embalaje xx Xxxxx son parte integrante de estas condiciones generales de compra. Serán de aplicación a los contratos para materiales directos. El proveedor manifiesta haber tenido acceso a tales documentos.
2.8 El acuerdo de calidad, seguridad laboral, protección del medio ambiente y responsabilidad social para proveedores (Acuerdo de Aseguramiento de Calidad será parte integrante de estas condiciones generales de compra en cuanto afecte al suministro de materiales indirectos. El proveedor manifiesta haber tenido acceso a tales documentos.
3. Suministro
3.1 Las desviaciones respecto del contenido de los contratos y pedidos emitidos por Bosch sólo son admisibles si Bosch ha dado antes su autorización por escrito.
3.2 Las fechas y los plazos acordados tendrán carácter vinculante. La fecha determinante para el cumplimiento del suministro o plazo de entrega es la fecha de recepción de la mercancía por parte xx Xxxxx. Salvo que se acuerde otra cosa, el suministro se realizará DAP según Incoterms 2010. El proveedor deberá poner las mercancías a disposición xx Xxxxx a su debido tiempo, teniendo en cuenta el plazo que se acuerde con el transportista para la carga y el envío.
3.3 Si el proveedor se ha hecho cargo de la colocación o de la instalación, soportará todos los gastos necesarios tales como gastos de viaje, y puesta a disposición de herramientas, así como las dietas.
3.4 Si no se cumplen las fechas acordadas se aplicarán las disposiciones legales. Si el proveedor prevé dificultades en la fabricación, el suministro de materiales base o materia prima, o en el cumplimiento de la fecha de entrega o si se producen circunstancias que pueden mermar la capacidad del proveedor para hacer la entrega dentro del plazo o con las calidades acordadas, el proveedor deberá informar inmediatamente al departamento xx Xxxxx que haya efectuado el pedido.
3.5 La aceptación sin reservas de un suministro o servicio fuera del plazo convenido, no implicará ningún tipo de renuncia a las acciones para exigir la indemnización o el resarcimiento por daños y perjuicios al que tenga derecho Bosch. Esto será de aplicación hasta el pago íntegro de las cantidades adeudadas por Bosch por el suministro o prestación en cuestión.
3.6 El proveedor no podrá hacer entregas parciales, a no ser que Bosch lo haya autorizado expresamente o que se pueda esperar razonablemente que dicha autorización se va a dar.
3.7 Los valores que establezca Bosch durante la inspección de las mercancías que entren determinarán las cantidades, pesos y medidas, sin perjuicio de que se haga la reserva de la realización de pruebas con diferentes valores.
3.8 A menos que se estipule lo contrario en los términos y condiciones complementarios de compra de software xx Xxxxx, a su entrega, Bosch tendrá un derecho de uso ilimitado en términos de tiempo y territorio, para utilizar el software correspondiente al alcance del suministro. El uso comprende la copia, carga y ejecución del software. Asimismo incluye la autorización para sub licenciar, alquilar o, de cualquier otra forma, transmitir el software a las sociedades que forman el grupo Bosch conforme al sentido dado a tal término por el artículo 42 del Código de Comercio.
3.9 En el caso de software que forme parte del objeto de suministro del producto, Bosch tiene derecho a utilizar el software, inclusive su documentación, con las funcionalidades acordadas y en lo que sea necesario para el uso del producto de acuerdo con el contrato. Bosch también tendrá derecho a hacer un número razonable de copias de seguridad.
3.10 Los términos y condiciones complementarios de compra de software de Xxxxxx Xxxxx GmbH serán aplicables al software y están disponibles en el área de descargas de “Purchasing and Logistics” de xxx.xxxxx.xx.
4. Fuerza mayor
4.1. La existencia de fuerza mayor, las interrupciones de la actividad empresarial en las que no medie culpa xx Xxxxx, los disturbios, las medidas de carácter administrativo y demás acontecimientos inevitables eximen x Xxxxx, mientras persistan esas circunstancias, de la obligación de aceptar las entregas mientras persistan las mismas. Asimismo, mientras persistan esas circunstancias y durante las dos semanas siguientes a su finalización, Bosch, sin perjuicio de sus restantes derechos, estará facultada para anular total o parcialmente el contrato, siempre que la duración de esas circunstancias no sea irrelevante y sus necesidades de suministro se reduzcan considerablemente a causa del aprovisionamiento mediante otros proveedores que resulte necesario debido a dichas circunstancias.
4.2. Las disposiciones del apartado 4.1 también se aplican en el caso de conflictos laborales.
5. Aviso de expedición y factura
Tendrán validez las indicaciones hechas en los pedidos y programas de entrega emitidos por Bosch. La factura deberá enviarse a la dirección impresa en cada caso, indicando el número de factura y demás características. La factura no deberá adjuntarse al envío.
6. Fijación de precios y transmisión del riesgo
Salvo que se acuerde otra cosa, los precios se entenderán “Delivered at Place” (DAP Incoterms 2010) incluido el embalaje. El precio no incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido. El riesgo de pérdida o daño de las mercancías será soportado por cuenta del proveedor hasta el momento de su recepción por Bosch o por quien Bosch designe en el Punto de Entrega convenido en el contrato.
7. Condiciones de pago
Salvo que se acuerde otra cosa, el pago de las facturas se efectuará en un plazo de 60 días. El pago estará sujeto a la comprobación de la factura.
8. Vicios y defectos
8.1 La recepción de las mercancías por Xxxxx se efectuará con reserva del derecho a comprobar, en la medida y momento razonables para la marcha ordinaria de su actividad empresarial, que no presenta deficiencias, y especialmente que es correcta y completa. Los defectos encontrados serán objeto de inmediata reclamación por parte xx Xxxxx desde su descubrimiento. En este contexto el proveedor renuncia a rechazar las reclamaciones por defectos formuladas por Bosch fuera de los plazos habituales. Bosch podrá realizar un examen a la recepción de las mercancías para determinar si hubiere algún tipo de daño evidente en ellas, en particular daños ocasionados por el transporte y discrepancias en cuanto a la identidad o cantidad de las mercancías entregadas.
8.2 Se aplicarán las disposiciones legales en materia de evicción y vicios.
8.3 En casos de urgencia y especialmente cuando se actúe con la finalidad de evitar peligros graves o de evitar mayores daños, Bosch tendrá la facultad de eliminar, a cargo del proveedor, los defectos detectados.
8.6 En caso de evicción, el proveedor eximirá x Xxxxx de las posibles reclamaciones de terceros, salvo que la evicción no sea imputable al proveedor.
8.7 Si el proveedor cumple su obligación de saneamiento mediante sustitución de la cosa, el plazo de prescripción correspondiente a la mercancía entregada de forma sustitutiva comenzará a correr con la entrega de la misma, a no ser que, al realizar la sustitución, el proveedor haya hecho constar expresa y justificadamente que la realiza sólo por razones de cortesía, para evitar litigios o para mantener las relaciones comerciales de suministro.
8.8 Si Bosch incurre en gastos a consecuencia de la entrega defectuosa del objeto del contrato, especialmente gastos de desplazamiento, de transporte, de mano de obra, de montaje o desmontaje, costes de materiales y ampliaciones o de realización de un control de recepción de mercancías que exceda de lo habitual, esos gastos serán de cuenta del proveedor.
8.9 El proveedor se hará responsable de los errores o incumplimientos de sus sub proveedores (terceros) como si fueran los propios.
9. Responsabilidad de producto
9.1 En el supuesto de que se exijan responsabilidades x Xxxxx, el proveedor mantendrá indemne x Xxxxx frente a las reclamaciones de terceros por daños causados a consecuencia de un defecto en el Producto.
9.2 En los casos previstos en el apartado 9.1 el proveedor asumirá todos los costes y gastos, incluidos los que comporte el posible ejercicio de acciones legales.
9.3 Por lo demás se aplicarán las disposiciones legales.
9.4 Antes de una retirada de producto (recall) que sea total o parcialmente consecuencia de un defecto en un Producto entregado por el proveedor, Bosch informará al proveedor, le dará la posibilidad de colaborar y mantendrá contacto con él para tratar la eficiente realización de las medidas pertinentes, a no ser que por una especial urgencia no sea posible esa información y esa participación. Si la retirada es consecuencia de un defecto del Producto entregado por el proveedor, los costes de la retirada serán de cuenta del proveedor.
10. Resolución y desistimiento
10.1 Además del derecho que le asiste de resolver un contrato por incumplimiento grave de las obligaciones derivadas del mismo, Bosch podrá desistir o resolver el contrato con efecto inmediato si:
se produce o existe la amenaza de que se produzca un deterioro fundamental de las relaciones financieras del proveedor y como consecuencia de ello exista el riesgo de que el proveedor no cumpla con su obligación de suministro frente x Xxxxx;
el objeto de venta o suministro se perdiera total o parcialmente antes de su entrega, incluso por accidente imprevisto o sin culpa del proveedor, si bien, en caso de pérdida parcial, Bosch podrá optar por reclamar la parte existente abonando su precio en proporción al total convenido.
10.2. Si el proveedor se ha comprometido a la entrega de una cantidad determinada de productos o a la prestación de un servicio determinado, Xxxxx no estará obligada a recibir una parte. Si Bosch acepta la entrega parcial, podrá resolver el contrato por la parte pendiente o pedir por ella el cumplimiento del contrato.
10.3. Si el proveedor no entregare el objeto de compra o suministro o no realizara la prestación del servicio en el plazo estipulado, Bosch podrá pedir el cumplimiento o la resolución del contrato, con indemnización, en uno y otro caso, de los perjuicios que se le hayan provocado por la demora.
11. Realización de trabajos
Las personas que, en cumplimiento del contrato, realicen trabajos en instalaciones xx Xxxxx, deberán observar las disposiciones de régimen interno que rijan en la misma. No se responderá de los accidentes que pudieran sufrir dichas personas en el recinto del centro de trabajo, salvo que éstos hubieran sido originados por dolo o negligencia grave de los representantes legales o auxiliares ejecutivos xx Xxxxx.
12. Aportación de materiales y propiedad xx Xxxxx
Los materiales, piezas, contenedores y embalajes especiales facilitados por Bosch de forma onerosa o gratuita (en adelante, Entregas) seguirán siendo de su propiedad. Todos esos elementos sólo podrán ser empleados el uso que se les designe. El procesamiento y montaje de las Entregas se realizará para Bosch. En los casos en que se fabriquen productos mezclando materiales y piezas propiedad xx Xxxxx con otros propiedad del proveedor, se acuerda expresamente que ambos adquieren un derecho de copropiedad proporcional a la parte que corresponda a cada uno y ello atendiendo al valor que detenten sus respectivas aportaciones, frente a los productos finales. Dichos productos finales serán custodiados por el proveedor para Bosch. Bosch se reserva el derecho de copropiedad sobre los productos fabricados con las Entregas, hasta la completa liquidación del crédito acumulado a través de las Entregas. El proveedor podrá vender los productos fabricados utilizando nuestras Entregas en el curso ordinario de los negocios, sujeto a reserva de dominio. El proveedor cede en este acto, a favor xx Xxxxx, de forma plena, todos los derechos, principales y accesorios, derivados de dicha venta.
Los derechos cedidos sirven como garantía de los derechos que asisten x Xxxxx por las Entregas. El proveedor tiene derecho a cobrar los derechos cedidos. Bosch podrá revocar y dejar sin efecto los derechos del proveedor de conformidad con esta condición 12, si el proveedor no cumple debidamente sus obligaciones con Bosch, deja de efectuar sus pagos o si solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia o un procedimiento similar de liquidación de deudas mediante sus activos. Bosch puede revocar los derechos del proveedor en xxxxxx xx xxxx xxxxxxx 00 si la situación financiera del proveedor se deteriora sustancialmente o amenaza con hacerlo, o si el proveedor reúne los criterios de insolvencia o sobreendeudamiento. Si el valor de la garantía a favor xx Xxxxx excede el valor de sus derechos en más de un 10%, Bosch, a solicitud del proveedor, liberará la garantía en tal medida.
13. Documentación y secreto
13.1 El proveedor mantendrá la confidencialidad sobre cualquier tipo de información comercial o técnica que Bosch hubiera puesto a su disposición (incluidas características que se desprendan de objetos, documentos o software entregados, así como otros conocimientos o experiencias), en tanto no se muestre como de conocimiento público. Dicha información solo se pondrá a disposición de aquellas personas bajo el control del proveedor cuya intervención sea necesaria para la utilización de la información a fin de efectuar la entrega del Producto x Xxxxx y que asimismo se obliguen a la confidencialidad. La información permanecerá bajo la propiedad exclusiva xx Xxxxx. La información no podrá ser copiada ni explotada comercialmente sin la previa autorización por escrito xx Xxxxx, salvo para realizar las entregas contratadas. A solicitud xx Xxxxx, todas las informaciones que procedan xx Xxxxx (en su caso, incluidas también las copias o registros que se hayan realizado) y los objetos cedidos en préstamo deberán serle devueltos inmediata y completamente o se deberán destruir.
Bosch se reserva todos los derechos sobre la información (inclusive derechos de autor y el derecho a solicitar derechos de propiedad industrial, como son patentes, modelos de utilidad, protección de semiconductores, etc.). En caso de que el acceso a esa información hubiese sido concedido x Xxxxx por terceros, esta reserva legal es válida también a favor de dichos terceros.
13.2 Los productos que hayan sido fabricados con arreglo a documentos diseñados por Bosch, como dibujos, modelos y similares, o basándose en datos confidenciales xx Xxxxx o fabricados con herramientas originales xx Xxxxx o copias de las mismas, no podrán ser utilizados por el proveedor para su uso propio ni ser ofrecidos o suministrados a terceros. Todo lo anteriormente establecido será igualmente de aplicación a las órdenes de impresión xx Xxxxx.
14. Control de exportaciones y aduanas
14.1 El proveedor se obliga a informar x Xxxxx en sus documentos comerciales acerca de posibles obligaciones de solicitar autorizaciones para las (re)exportaciones de los Productos impuestas por disposiciones nacionales, europeas o estadounidenses en materia de exportación o aduanas, así como por las disposiciones en materia de exportación o aduanas del país de origen de los Productos. El proveedor, con suficiente antelación con respecto a la primera entrega, enviará a Xxxxxx-Xxxxxxx@xx.xxxxx.xxx la siguiente información sobre los Productos sujetos a autorización:
Número de material xx Xxxxx;
Descripción de los Productos;
Todos los números de lista de exportación pertinentes, incluido el Número de Clasificación para el Control de las Exportaciones (ECCN) conforme a la U.S. Commerce Control List (Lista de Control de Comercio de EE.UU.);
País de origen de los Productos bajo la política comercial;
Código HS de los Productos;
Persona de contacto en la organización del proveedor que responda a posibles consultas
14.2 El proveedor deberá informar x Xxxxx de manera inmediata de cualquier cambio sobre los requisitos de autorización aplicables a los Productos que le haya suministrado como resultado de modificaciones técnicas, legislativas o resoluciones gubernamentales.
15. Compliance
15.1 El proveedor se compromete, en el ámbito de sus relaciones comerciales con Bosch, a no ofrecer ni conceder, fomentar o aceptar beneficio alguno en sus relaciones comerciales o
cuando negocie con funcionarios públicos, que contravengan la normativa de anticorrupción.
15.2 El proveedor se compromete, en el ámbito de sus relaciones comerciales con Bosch, a no alcanzar acuerdos o seguir prácticas concertadas con otras compañías destinados a que produzcan un impedimento, limitación o falseamiento de la competencia conforme a la normativa de defensa de la competencia.
15.3 El proveedor garantiza que cumplirá con las leyes aplicables que rigen el salario mínimo general y comprometerá a los subcontratistas contratados por él en la misma medida. A petición xx Xxxxx, el proveedor demostrará el cumplimiento de la garantía anterior. En caso de incumplimiento de la garantía anterior, el proveedor mantendrá indemne x Xxxxx frente a todas las reclamaciones de terceros y está obligado a reembolsar las multas que se impongan x Xxxxx a este respecto.
15.4 El proveedor deberá cumplir con las disposiciones legales correspondientes que regulan las relaciones con los empleados, la protección del medio ambiente y la salud, seguridad en el trabajo y trabajar en la reducción de los efectos adversos de sus actividades sobre los seres humanos y el medio ambiente. A este respecto, el proveedor establecerá y desarrollará un sistema de gestión de conformidad con la norma ISO 14001 en el ámbito de sus posibilidades. Además, el proveedor deberá cumplir con los principios de la Iniciativa del Pacto Mundial de las Naciones Unidas que se refieren básicamente a la protección de los derechos humanos internacionales, la abolición del trabajo forzoso y del trabajo infantil, la eliminación de la discriminación cuando se emplea y emplea al personal y la responsabilidad ambiental (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx).
15.5 En caso de supuesta violación de las obligaciones de los apartados 15.1 a 15.4, el proveedor debe investigar cualquier violación sin dilaciones indebidas e informar x Xxxxx de las medidas de investigación adoptadas. Si se demuestra que la sospecha está justificada, el proveedor debe informar x Xxxxx dentro de un plazo razonable de las medidas que ha tomado internamente para prevenir otras violaciones en el futuro. Si el proveedor no cumple con estas obligaciones dentro de un periodo de tiempo razonable, Bosch podrá desistir de los contratos celebrados con el proveedor o resolver los mismos con efecto inmediato.
15.6 En caso de existir violaciones graves de la ley por parte del proveedor y en caso de infracción de lo dispuesto en los apartados 15.1 a 15.4, Bosch podrá desistir de los contratos en vigor o resolver los mismos sin previo aviso.
16. Lugar de cumplimiento
El lugar de cumplimiento será aquél en el que, con arreglo al pedido, las mercancías deban ser entregadas o la prestación deba ser efectuada.
17. Condiciones generales
Si una de las presentes condiciones y de los demás acuerdos que pudieran ser celebrados, fuese o llegase a ser ineficaz, ello no afectará a la validez del resto de las condiciones. Las partes contratantes están obligadas a sustituir la cláusula ineficaz por otra cuyo propósito económico sea lo más cercano posible al de la ineficaz.
18. Legislación aplicable
El presente contrato se encuentra sometido a la legislación española. Se excluye asimismo, la aplicación de las Leyes uniformes de La Haya sobre compraventa internacional, la de la normativa unitaria de las Naciones Unidas sobre compraventa, así como de las demás Convenciones existentes en materia de compraventa.
19. Conformidad del proveedor con las presentes condiciones
El envío de materiales por parte del proveedor tras haber recibido el correspondiente pedido en el que figuren las presentes condiciones de compras, se considerará a todos los efectos prueba de conformidad y aceptación de las mismas.
20. Materiales de uso restringido
Todos los materiales utilizados en la fabricación de piezas cumplirán con las limitaciones gubernamentales y de seguridad sobre materiales de uso restringido, tóxico o peligroso; así como las normas eléctricas y electromagnéticas aplicables en el país de fabricación y venta. Igualmente los materiales suministrados tienen que cumplir con las limitaciones establecidas en la norma interna del Xxxxx Xxxxx X0000 sobre “Exclusión de materiales”.
Empresas grupo Bosch | Dirección postal | Tel. – Fax | N.I.F. |
RBES (Xxxxxx Xxxxx España, S.L.U.) | Avda. de la Institución Libre de Enseñanza, 19 | 91 327 93 04 | B-82203704 |
– 00000 Xxxxxx | 91 327 98 82 | ||
RBEF (Xxxxxx Xxxxx España Fábrica Aranjuez, S.A.U.) | Xxxx xx xx Xxxxxxxx, x/x – 00000 Xxxxxxxx (Xxxxxx) | 91 809 97 00 | A-80974363 |
91 809 98 17 | |||
RBEC (Xxxxxx Xxxxx España Fábrica Castellet, S.A.U.) | Ctra. Castellet y Gornal a San Xxxxxx, km. 13 | 93 891 81 11 | A-80974389 |
43720 Castellet y Gornal (Barcelona) | 93 891 81 08 | ||
RBEM (Xxxxxx Xxxxx España Fábrica Madrid, S.A.U.) | Avda. de la Institución Libre de Enseñanza, 19 | 91 408 17 00 | A-80974405 |
– 00000 Xxxxxx | 91 408 60 70 | ||
CBES (Xxxxx Sistemas de Frenado, S.L.U.) | Xxxx. Xxxxxx-Xxxxxxxxxx, xx. 0,0 | 93 860 94 94 | B-81398810 |
08186 Lliça d’Amunt (Barcelona) | 93 864 23 00 | ||
DCES (Xxxxx Xxxxxxx, S.L.U.) | Centro Industrial Santiga – C/ Obradors, 14-16 | 93 747 94 00 | B-63184105 |
00000 Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx (Xxxxxxxxx) | 93 747 94 01 | ||
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, 2 | 943 31 84 00 | ||
Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxx-00000 Xxx Xxxxxxxxx | 943 31 84 49 | ||
STES (Xxxxx Service Solutions, S.A.U.) | Avda. de la Institución Libre de Enseñanza, 19 | 91 327 93 04 | A-82419748 |
– 00000 Xxxxxx | 91 327 98 82 | ||
Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, 00 - 0x | 00 000 00 00 | ||
00000 Xxxxxxxxxx (Xxxxxx) | 91 484 84 51 | ||
Xxxxxxx xx Xxxxxx, 000 - 0x | 000 000 000 | ||
00000 Xxxx (Xxxxxxxxxx) | 986 900 831 | ||
SXES (Bosch Automotive Service Solutions, S.A.U.) | Avda. de la Institución Libre de Enseñanza, 19 | 91 327 97 91 | A-28833994 |
– 00000 Xxxxxx | 91 410 20 93 | ||
PTEA (SIA Abrasives España, S.A.U.) | Avda. de la Institución Libre de Enseñanza, 19 | 91 410 21 88 | A-28185759 |
– 00000 Xxxxxx | 91 410 40 71 |