CONVENIO DE TRANSFERENCIA Y OPERACIÓN INSTRUMENTO DIGITALIZA TU ALMACÉN
CONVENIO DE TRANSFERENCIA Y OPERACIÓN INSTRUMENTO DIGITALIZA TU ALMACÉN
SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA DIRECCIÓN REGIONAL DE COQUIMBO Y
SOCIEDAD COMERCIALIZADORA DE SERVICIOS, ASESORÍAS Y CAPACITACIONES CREA LTDA
En Santiago, Chile, entre el Servicio de Cooperación Técnica, Corporación de Derecho Privado, RUT N° 00.000.000-X, en adelante, e indistintamente, “Sercotec” o “el Servicio”, representado por doña Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, cédula nacional de identidad Nº 00.000.000-0, en su calidad de Gerenta de Administración y Finanzas, ambos domiciliados en xxxxx Xxxxxxxxx Xx 0000, xxxx 0, xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx; y Sociedad Comercializadora de Servicios, Asesorías y Capacitaciones Crea Ltda, RUT N°00.000.000-0, representado, según se acreditará, por Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, cédula de identidad N° 00.000.000-0, ambos domiciliados en Xxxxxxx Xxxxx N°694, comuna de La Xxxxxx, Región Coquimbo, en adelante, “el Agente”, se ha convenido lo siguiente:
ANTECEDENTES
En virtud de lo establecido en la Resolución N° 10.317, de 15 de febrero de 2023, de la Gerenta General de Sercotec, que aprueba el Reglamento para Agentes Operadores de Sercotec, éstos deben celebrar un Convenio de Agenciamiento para su habilitación y un Acuerdo de Desempeño, en el cual se establecerán las condiciones mínimas que deben cumplir para operar en una región, definiendo su equipo profesional, más un conjunto organizado de objetivos, y sus respectivas metas, indicadores y medios de verificación, que orienten y ayuden al Agente en el cumplimiento de su misión, promuevan un uso eficiente y eficaz de los recursos, y permitan la correcta y transparente rendición de cuentas.
Al efecto, el Servicio de Cooperación Técnica, Sercotec, realizó un concurso denominado “Convocatoria para Agentes Operadores Región Coquimbo de Sercotec”, cuyas bases fueron aprobadas mediante la Resolución N°10.318 , de 2023, de la Gerenta General de Sercotec.
El Agente fue seleccionado a través del proceso evaluación de ofertas realizado por Sercotec y ratificado por el Comité de Gerentes, según consta en Acta de fecha 10 xx xxxxx de 2023, para la Región de Coquimbo, lo cual se notificó vía correo electrónico, formalizándose mediante Convenio de Agenciamiento suscrito entre las partes con fecha 24 xx xxxxx de 2023, el cual se encuentra vigente y surtiendo sus efectos.
En consideración de requerimientos establecidos en la Ley N° 21.640, de presupuestos del sector público correspondiente al año 2024, se reemplaza el documento “Acuerdo de Desempeño Anual” por el presente “Convenio de Transferencia y Operación”, que es firmado entre el Agente Operador y la Dirección Regional para la operación del instrumento Digitaliza tu Almacén.
De conformidad a lo que establecen los estatutos del Agente Operador, el objeto social o fines del Agente son: La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter administrativo, económicas, financieras, contables, tributarias, legales, auditorias operativas, de gestión y de estados financieros, organizaciones, de recursos humanos, comerciales, en marketing, investigación xx xxxxxxx, de gestión de calidad, capacitación, y en general cualquier tipo de asesoría a empresas públicas y privadas, lo que resulta pertinente a las actividades encomendadas por Sercotec, así como también se acreditó que el Agente Operador cumple con el requisito de tener una antigüedad mayor a dos años y experiencia en la prestación de servicios similares.
A la fecha de la suscripción del presente convenio, el Agente Operador y la Dirección Regional de Sercotec no registran convenios de transferencia y operación vigentes
En mérito de lo anteriormente señalado, las partes convienen:
PRIMERO: Condiciones que debe cumplir el Agente Operador.
Las condiciones mínimas que deberá cumplir el Agente, para operar en la Región de Coquimbo, el respectivo instrumento asignado, son las siguientes:
1. Contar con la infraestructura física y tecnológica ofertada, que se pondrá a disposición para el desarrollo de las actividades del Agente, en los distintos territorios, de modo de asegurar la mantención de archivos y documentación de los proyectos que administre.
2. Contar con espacio físico según lo ofertado, destinado a la recepción y atención de clientes, que deberá señalar claramente la condición de Agente Operador de Sercotec.
3. Contar con la estructura organizacional y de recursos humanos acorde a las funciones del Agente Operador y a la propuesta realizada a Sercotec. El Director Ejecutivo del Agente Operador actuará como la contraparte de la Dirección Regional y tendrá disponibilidad para poder atender sus requerimientos, en forma personal si la situación lo amerita, en plazo no superior a 48 horas.
4. Contar con internet y equipos computacionales, telefonía, correo electrónico institucional, proyector, escáner y disponibilidad de vehículos, todos ellos adecuados para el desarrollo de sus labores como Agente Operador.
5. Contar con al menos 2 (dos) años de antigüedad, contados desde su constitución, y experiencia demostrable en el área de ejecución del convenio.
7. Dar cumplimiento a las obligaciones que le impone la Ley N° 19.862, que establece registros de las personas jurídicas receptoras de fondos públicos.
8. Publicar en su sitio electrónico el proyecto y presupuesto adjudicado, así como este convenio, junto a estados financieros, balance y memoria anual de actividades, la nómina de su directorio en ejercicio o de su órgano superior de administración, administradores principales, los recursos recibidos por fecha, monto y organismo otorgante, si el convenio supera las 2.000 UTM, dentro de 15 días corridos, contados desde la suscripción del mismo.
El cumplimiento de todas estas condiciones mínimas podrá ser verificado en cualquier momento por la Dirección Regional del Servicio de Cooperación Técnica, Sercotec.
En caso de incumplimiento en las condiciones señaladas precedentemente, por causas ajenas al Agente, caso fortuito o fuerza mayor, el Agente debe dar aviso por escrito de dicha situación en un plazo máximo de tres días al Director Regional de Sercotec, dando cuenta de las causas que lo ocasionan, así como las medidas que se han adoptado para su solución y plazos comprometidos.
Sercotec tendrá la facultad de aprobar o rechazar las medidas propuestas por el Agente.
El Agente, para uso y administración de recursos transferidos, debe cumplir con la normativa, reglamento, procedimientos de Sercotec y manuales operativos, los que forman parte integrante de este convenio, y el Agente Operador declara expresamente conocer y aceptar en todas y cada una de sus partes, así como los nuevos instrumentos que se incorporen. En tal caso, dichas normas se entenderán parte integrante del presente convenio a contar de la fecha de su entrega, notificación o publicación.
El Agente acepta las labores encomendadas y se obliga a ejecutarlas dando estricto cumplimiento a las disposiciones del presente convenio y de conformidad a Bases del Concurso denominado “Convocatoria para Agentes Operadores Región de Coquimbo de Sercotec”, el proceso de selección para el instrumento que se le asigna, a las preguntas y aclaraciones de ambos procesos, a la propuesta técnica presentada por el Agente Operador, el convenio de agenciamiento y toda la normativa señalada en el párrafo anterior.
SEGUNDO: Vigencia.
La vigencia del presente convenio se extenderá desde su suscripción hasta el día 30 xx xxxxx de 2025.
En caso de haberse aplicado medidas de suspensión, en conformidad a lo establecido en el punto
8 del Reglamento de Agentes Operadores Sercotec, y del respectivo procedimiento sancionatorio, el Agente deberá continuar con sus acciones respecto de todos los instrumentos y proyectos de fomento que esté administrando, salvo disposición en contrario del Servicio.
Por su parte, cualquier devolución que deba realizarse por concepto de recursos no ejecutados, gastos rechazados u otros, deberá ser realizada por parte del Agente Operador hasta el día 30 xx xxxxx de 2025.
TERCERO: Informe de Cierre
El Agente deberá presentar un Informe de Cierre de la presente asignación, en un plazo no superior a 30 días corridos previos al término de la vigencia del presente convenio, que contenga toda la información necesaria para acreditar el cumplimiento de condiciones mínimas y su desempeño general en términos de resultados alcanzados, el estado de administración financiera de recursos y problemas en el desarrollo de sus actividades, entre otros.
CUARTO: Modificación.
Sercotec podrá requerir prestaciones adicionales a la originalmente contratada, disminuirla o modificarla siempre que estén debidamente justificadas; o bien, aumentar el plazo de vigencia del presente convenio, debiendo complementar o entregar nuevas garantías, si corresponde.
En el caso de existir modificaciones de los recursos asignados, ésta/s deberá/n ser aprobada/s por el CER.
Además, toda modificación al presente convenio se hará efectiva mediante un acuerdo común por escrito, suscrito por los representantes autorizados de cada parte, en los mismos términos del presente convenio.
QUINTO: Supervisión y contraparte.
Sercotec, durante la ejecución del presente Xxxxxxxx, podrá ejercer las facultades de dirección y control sobre la forma y modo de cumplimiento de las actividades por parte del Agente, en lo material, técnico, jurídico y/o económico. Asimismo, podrá modificar unilateralmente este convenio, ya sea en lo referido a plazos, evaluaciones, formas de ejecución y seguimiento y pagos, siempre que no se altere de manera sustantiva el mismo.
Para efectos de este convenio, actuará como contraparte doña Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxx Ejecutivo de Fomento asignado por el Director Regional para estos efectos, o quien lo reemplace.
Las funciones de la contraparte incluyen, entre otras:
a) Supervisar y controlar el desarrollo de las actividades definidas en el presente convenio.
b) Verificar, durante la vigencia del convenio, que el Agente Operador entregue acreditación de cumplimiento de normativa laboral, mediante certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo (F30-1).
d) Verificar, previo a la suscripción del presente convenio, que el Agente Operador se encuentre en cumplimiento de las obligaciones que le impone la Ley N° 19.862, a través del certificado de inscripción en el registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos.
e) Verificar de manera previa a la suscripción del presente convenio y transferencia de recursos, que el Agente Operador se encuentre al día en sus rendiciones, respecto de cualquier otro convenio suscrito con Sercotec.
f) Verificar que el Agente Operador cuente con al menos 2 (dos) años de antigüedad, contados desde su constitución, y con experiencia demostrable en el área de ejecución del convenio.
g) Solicitar custodia y mantención de las garantías de fiel cumplimiento y anticipo requeridas, así como velar por la vigencia de las mismas.
h) Verificar la publicación del presente convenio en sitio electrónico institucional de Sercotec, en un plazo no mayor de quince días corridos una vez que éste se encuentre firmado.
i) Verificar que el Agente Operador publique en su sitio electrónico el proyecto y presupuesto adjudicado y el presente convenio, junto a los estados financieros, balance y memoria anual de actividades, nómina de su directorio en ejercicio o su órgano superior de administración, administradores principales, los recursos recibidos por fecha, monto y organismo otorgante, si el convenio supera las 2.000 UTM.
SEXTO: Término anticipado.
El Convenio Operativo podrá modificarse o terminarse anticipadamente, si se incurriere en alguna de las causales mencionadas en el Reglamento de Agentes Operadores Sercotec, así como en el procedimiento sancionatorio correspondiente.
SÉPTIMO: Cesión de derechos.
Atendida la necesidad de Sercotec, y a fin de dar cabal cumplimiento a las prestaciones de este convenio, las partes aceptan que el Servicio de Cooperación Técnica pueda transferir sus derechos y obligaciones, en caso de cualquier modificación normativa.
OCTAVO: Propiedad intelectual.
El producto del trabajo que eventualmente desarrolle el Agente o sus dependientes, con ocasión del presente convenio, tales como obras audiovisuales, videogramas, informes u otros, serán sus respectivas propiedades objeto de cesión en favor de Xxxxxxxx, quien se reservará el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitación de ninguna especie, no pudiendo, por tanto, el Agente realizar ningún acto al respecto, ajeno al convenio, sin autorización previa y expresa de Sercotec.
Toda información, indistintamente del medio en que se encuentre, digital o físico, relativa a Sercotec o a terceros, a la que el Agente tenga acceso con motivo del convenio, tendrá el carácter de confidencial. En consecuencia, dicha información debe mantenerse en carácter de reservada, respondiendo el Agente de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.
NOVENO: Confidencialidad.
El Agente se obliga a mantener la confidencialidad de la información de los beneficiarios, de los proyectos y de todas las bases de datos relativas a la operación de los instrumentos de Sercotec, dando estricto cumplimiento a lo previsto en la Ley 19.628 sobre Protección de Datos Personales, debiendo requerir, en cada uno de los programas, instrumentos y proyectos, la autorización de los usuarios para incorporar sus antecedentes personales a base de datos para uso y tratamiento en acciones de apoyo, con organismos públicos o privados, así como también para la confirmación de antecedentes con fuentes oficiales, tales como Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Registro Civil, Dirección del Trabajo, Tesorería General de la República, entre otros, base de datos que solo podrán ser operadas por Sercotec. En todo evento, esta obligación no será obstáculo para las acciones de supervisión y seguimiento que desarrolle Sercotec o quien éste designe.
DÉCIMO: Relación entre el Agente Operador y sus dependientes.
El personal del Agente dependerá exclusivamente de éste y no tiene relación laboral directa y/o indirecta con Sercotec, ni con ninguna de sus oficinas o dependencias.
Todas las obligaciones de carácter laboral, previsional o de cualquier otra naturaleza que puedan existir entre dichos dependientes y el Operador como empleador de los mismos, no empecerán ni afectarán en modo alguno al Servicio de Cooperación Técnica, Sercotec.
El cumplimiento del pago de obligaciones previsionales debe ser acreditado mensualmente y con cada una de las rendiciones de los fondos transferidos por Sercotec.
El Agente Operador deberá prestar los servicios con su personal propio. No obstante, y siempre que una situación puntual lo amerite, se podrán subcontratar actividades que no constituyan el objeto principal del convenio (las actividades que realizará el Agente Operador en el marco de este convenio, se detallan en la cláusula décimo sexta del presente convenio). Lo anterior, previa autorización expresa de Sercotec.
En ningún caso, dicha subcontratación se podrá realizar con personas relacionadas, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley N° 18.045.
UNDÉCIMO: Transferencias al Agente Operador
El Agente, para uso y administración de recursos transferidos, debe cumplir con la normativa, reglamento, procedimientos de Sercotec y documentos vigentes vinculados a operación de instrumentos agenciados, los que forman parte integrante de este convenio y el Agente Operador declara expresamente conocer y aceptar en todas y cada una de sus partes.
En el marco del presente convenio, se le asignarán recursos al Agente, para la operación del instrumento Digitaliza tu Almacén de la Región Coquimbo, por un total de $110.823.090., según el siguiente desglose:
Gasto Operativo | $103.206.000 |
Gasto Administrativo | $7.617.090 |
Xxxxx xxxxx será transferido al Agente Operador en 2 (dos) cuotas, por los siguientes conceptos:
a) Primera cuota: 50% del total, contra verificación de publicación de convocatoria respectiva.
b) Segunda cuota: 50% del total, contra Acta CER que sanciona la lista de seleccionados/as y espera.
Para efectos de la ejecución, ésta no podrá exceder el 31 de diciembre de 2024.
El Agente deberá poner a disposición de Sercotec al menos una cuenta corriente bancaria que garantice correcta operación del instrumento. Estas cuentas no podrán generar intereses. Sercotec proporcionará un plan de cuentas para el control y registro de estos recursos.
Los recursos transferidos, sólo podrán ser utilizados para la ejecución de los instrumentos de Sercotec, quedando expresamente prohibido que éstos sean utilizados indebidamente o destinarse a un fin distinto de aquel para el que fueron entregados.
Se deberá considerar para la operación del año 2024, los lineamientos establecidos por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, en relación a que los costos administrativos, no pueden superar el 6,9% de los recursos asignados a este instrumento.
DUODÉCIMO: Rendiciones del Agente Operador
Los recursos deberán rendirse conforme a lo establecido en la Resolución N° 30 de 2015, de la Contraloría General de la República, al punto 18 de las Bases de Convocatoria para Agentes Operadores, los manuales, al Procedimiento de Rendiciones vigente de Sercotec y sus respectivos instructivos.
El proceso de rendición está comprendido por:
a) La normativa vigente que rige a los recursos transferidos por Ley de Presupuestos. Los Agentes Operadores tienen la obligación de rendir cuenta mediante la presentación de informes y las rendiciones de gastos de fondos transferidos a cada instrumento y proyecto. Todos los informes y rendiciones de cuentas deberán presentarse en la Dirección Regional correspondiente.
b) Revisiones mensuales: El Agente Operador deberá enviar mensualmente a la Dirección Regional, en formato digital, el Auxiliar de Beneficiarios, dentro de los cinco (5) días del mes siguiente.
c) Rendiciones trimestrales: El Agente Operador deberá presentar a Sercotec la rendición de gastos de acuerdo a los hitos de avance técnico y financiero del proyecto, con la documentación que indica el Procedimiento de Rendiciones vigente.
DÉCIMO TERCERO: Garantías.
Las garantías solicitadas, ya sean de fiel cumplimiento o por la transferencia de recursos, deberán ser del tipo vales vista, boletas de garantía, pólizas de seguro, depósitos a plazo, certificados de fianza u otros instrumentos que permitan su cobro inmediato, debiendo ser pagadero a la vista, nominativo, irrevocable y no endosable, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. En
El plazo de vigencia de garantías no podrá ser inferior a 60 (sesenta) días hábiles administrativos contado desde el término del plazo de vigencia de este convenio.
La Dirección Regional de Sercotec será responsable de la custodia, mantención y vigencia de las garantías solicitadas.
El Agente Operador deberá hacer entrega de dos tipos de garantías:
1. Garantía de fiel cumplimento:
Para responder al fiel y oportuno cumplimiento del convenio y las obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores, el Agente hace entrega a Sercotec de póliza de seguro N° 008267, de fecha 22 de enero de 2024, y los endosos números 2 y 3, ambos de fecha 13 de febrero de 2024 con vigencia hasta el día 31 de julio de 2025, nominativa, equivalente al 5% del valor total de este convenio, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva sin más trámite, en cualquiera de los casos de incumplimiento previstos en este instrumento, en las Bases o en cualquier otro en que pueda incurrir el Agento Operador. Glosa: “Para garantizar el fiel, cabal y oportuno cumplimiento del convenio de transferencia y operación Digitaliza tu Almacén, Región de Coquimbo, y de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores”.
Dicha garantía debe ser entregada previo a la firma del presente convenio y prorrogarse por el Operador antes de su vencimiento, si Sercotec estima necesario, siendo devuelta después de finalizada la ejecución del instrumento encomendado y rendidos los recursos correspondientes, sólo una vez vencido el plazo de vigencia de la misma, salvo que el Agente no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente, Reglamento de Agentes Operadores de Sercotec, procedimiento sancionatorio, el convenio de agenciamiento, el presente convenio y eventuales modificaciones, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.
2. Garantía de anticipo, por transferencia de recursos:
Sercotec podrá realizar transferencias de los recursos al Agente Operador previa recepción de la garantía equivalente al 100% del valor anticipado, por el monto total de transferencia establecida en el convenio, a fin de garantizar el correcto uso de los fondos transferidos, garantía que Sercotec podrá hacer efectiva, sin más trámite, en el caso que el Agente Operador destine los recursos a un fin distinto al acordado, sin perjuicio de las acciones que en derecho correspondan.
En lo sucesivo, el Agente Operador deberá prorrogar dicha garantía antes de su vencimiento, o bien, emitir una nueva, en el caso de existir nuevos anticipos, cumpliendo con las condiciones de emisión establecidas en el presente convenio.
Dicha garantía será devuelta dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, después de aprobadas las rendiciones, salvo que el Agente Operador destine los recursos a un fin diverso al acordado, en cuyo caso Sercotec queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.
Sercotec pagará al Agente, por concepto de costo de las garantías antes señaladas (fiel cumplimiento y anticipo), hasta el monto señalado en la normativa reglamentaria de cada instrumento.
DÉCIMO CUARTO: Disponibilidad de la información.
El Agente Operador deberá dar todas las facilidades necesarias tanto para que Sercotec, como quién éste designe y/o Contraloría General de la República, revisen la documentación de respaldo de antecedentes de proyectos, clientes y/o rendiciones de cuentas presentadas, como también entregar en los plazos requeridos los antecedentes que le sean solicitados, así como también:
• Levantar líneas base de acuerdo a los cuestionarios y criterios que serán proporcionados por el Servicio de Cooperación Técnica, Sercotec.
• Realizar mantención y actualización de las bases de datos que contengan la información relativa a las líneas de base de los postulantes y los registros de los proyectos.
• Registrar y mantener actualizada periódicamente información sobre ejecución del instrumento y los beneficiarios en las plataformas proporcionadas por Sercotec para este propósito
DÉCIMO QUINTO: Plan de trabajo Agente Operador.
1. Objetivo Plan de Trabajo
El Plan tiene por objetivo estructurar, organizar y coordinar la relación de trabajo entre el Agente Operador Sercotec – AGENTE OPERADOR, con la Dirección Regional de Coquimbo, a través de un plan que contribuya a la correcta implementación y ejecución del instrumento Digitaliza tu Almacén; de conformidad al Reglamento aprobado por Resolución N°10.428 de fecha 28 de diciembre de 2023 y su posterior modificación de Resolución N°10.434 de fecha 8 de enero de 2024 y a la documentación operativa correspondiente, incluyendo sus posteriores modificaciones si las hubiere.
2. Focalización Regional
El proyecto postulado considera la inversión en activos con foco sustentable, tales como eficiencia y gestión de la energía, reciclaje y reutilización de residuos.
El proyecto postulado pertenece a una comuna con bajo número de beneficiarios/as en la convocatoria Digitaliza tu Almacén 2023.
3. Carta Xxxxx Actividades a Implementar
Para cada etapa del instrumento, se definirán las actividades, las fechas de ejecución del seguimiento y entrega de los productos comprometidos por el Agente Operador de Sercotec, las que serán informadas por las contrapartes de Sercotec de acuerdo a los plazos establecidos para cada etapa.
Nº | Etapa | Fecha de Inicio | Fecha de Término |
1 | Preparación | 21-12-2023 | 22-01-2024 |
2 | Postulación | 23-01-2024 | 09-02-2024 |
3 | Evaluación | 09-02-2024 | 15-03-2024 |
4 | Ejecución | 15-04-2024 | 15-08-2024 |
5 | Cierre | 16-08-2024 | 15-12-2024 |
PROGRAMA DIGITALIZA TU ALMACÉN | |||
OBJETIVOS ESPECÍFICOS | RESULTADOS ESPERADOS | PRODUCTOS ESPERADOS | DEFINICIÓN DE METAS |
Ejecutar el programa DIGITALIZA TU ALMACEN de acuerdo a las directrices entregadas por Xxxxxxxx, a través de la Dirección Regional correspondiente. | Disponer de un equipo de profesionales para el soporte del Programa que incluya: 1 jefe/a de proyecto, 1 profesional para el servicio administrativo, financiero y contable hasta el cierre del programa. Administrar los recursos de operación del programa y constituir las garantías correspondientes, en plazos y formas solicitadas. -Ejecución Presupuesto asignado -Cumplimiento de la cobertura estimada (XX empresas). | Verificación de cada una de las empresas seleccionadas que acceden al programa de acuerdo a la resolución N°XXXX que aprueba el Reglamento y sus modificaciones, así como también y las bases de convocatoria Regional Asegurar la ejecución de todos los servicios necesarios para el correcto cumplimiento del Programa, especificados en este Plan de Trabajo. | 100% de cumplimiento respecto a los requisitos, cobertura, plazos, actividades y presupuesto asignado, garantías de acuerdo al reglamento e instrucciones entregadas por Sercotec. |
Implementar el proceso de admisibilidad, evaluación técnica de proyectos y evaluación técnica en terreno. | Realizar revisión de Carpetas Tributarias y suscripción al curso de capacitación para notificación de subsanación (plazo definido por Sercotec). Realizar paralelamente la Evaluación de Admisibilidad manual, validando el complimiento de requisitos y ejecutar la evaluación técnica del proyecto en un periodo de hasta XX días o periodo definida por Sercotec | Evaluación de admisibilidad manual de requisitos, del proyecto y evaluación técnica en terreno, además de información de variables para la construcción de la línea base, de acuerdo a lo solicitado por Sercotec a través de la Dirección Regional. AOS notifica a postulantes para suscripción cursos Almacenes de Chile y solicitud de F29 faltantes. | 100% postulantes que corresponden, son notificados. El 100% postulantes admisibles cumplen requisitos de bases. 100% de postulantes cuenta con Informe de evaluación e ingreso de información en Siseval. El 100% de los empresarios que pasan a |
AOS realiza la evaluación de todos los proyectos postulados que resultaron admisibles. -Ejecutar proceso de evaluación técnica en terreno en un plazo máximo de hasta XX días hábiles o periodo definido por Sercotec, para todas las postulaciones que pasan Nota xx Xxxxx. | AOS ingresa información a XXXXXXX para proceder a nota xx xxxxx. Evaluación Técnica en terreno (de acuerdo a las directrices entregadas por Sercotec). AOS notifica a postulantes que pasan a evaluación de terreno e informa fecha de visita. De igual forma notifica a quienes no pasan a la siguiente etapa. AOS ingresa información de evaluación a SISEVAL. AOS presenta resultados de la Evaluación Técnica a contraparte de Sercotec y apoya la presentación al CER. | evaluación en terreno, cuenta con acta de visita. El 100% de los empresarios a los que se le aplicó la evaluación técnica, cuenta con su informe de resultados e ingreso información a Xxxxxxx. | |
Etapa de formalización seleccionados. | AOS procede a organizar la atención para formalizar los seleccionados por el Comité CER. AOS revisa chequeo digital de postulantes en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx Revisar a seleccionados en registro de Deudores de Pensiones de Alimentos, Ley 21.389, AOS recibe los aportes empresariales. | AOS organiza el proceso de firma de contratos. AOS abre carpeta por cada beneficiario, recepciona aporte empresarial. AOS revisa que postulante haya realizado chequeo digital. Realiza proceso de inducción a los seleccionados, sobre el Programa, ejecución de recursos y sistema de pago. | El 100% de los empresarios formalizados cumplen con los requisitos de admisibilidad y de bases. 100% de los formalizados realizan chequeo digital. 100% formalizados cuentan contrato firmado. |
Implementar etapa de ejecución del programa. | Ejecutar y hacer seguimiento a todos los proyectos formalizados. Reforzar los contenidos y conocimientos adquiridos por los beneficiarios en el | Ejecución, seguimiento y asesoría a la ejecución de los proyectos de acuerdo a los lineamientos generales entregados por Sercotec, a través de la Dirección Regional. | -100% beneficiarios realizan Capacitación Almacenes de Chile, cuenta con el diploma. 100% beneficiarios cuentan con Actas(3) de seguimiento firmadas. |
curso de capacitación en línea Almacenes de Chile. Acompañar a las empresas seleccionadas en la realización de la Calculadora de Circularidad antes de la ejecución de recursos. Asesorar y acompañar a los beneficiarios para la correcta implementación de los proyectos adjudicados por el CER. | AOS verifica antes del uso de recursos el término del curso “Capacitación virtual Almacenes de Chile” y realización de la “Calculadora de Circularidad”. AOS verifica finalización de los cursos de Boleta electrónica y Sustentabilidad en el plazo de los 4 meses de ejecución. | 100% de las empresas beneficiarias realizan el curso de Sustentabilidad y Boleta electrónica dentro del periodo de ejecución además de la implementación de buenas prácticas de sustentabilidad. 100% de las empresas beneficiarias realiza su “Calculadora de Circularidad” | ||
Acompañamiento en la realización de los cursos de Sustentabilidad y Boleta Electrónica. Además de lo respectivo a buenas prácticas en sustentabilidad y Digitalización. Lo anterior dentro de los 4 meses de ejecución. | Realizar al menos 3 visitas a los beneficiarios en sus empresas para hacer seguimiento durante la ejecución del proyecto, la primera debe realizarse antes del inicio del Plan de inversiones. | 100% de los reembolsos realizados en un plazo máximo de 10 días hábiles. 100% de las compras realizadas en los tiempos establecidos en el proyecto. | ||
Entrega a la Dirección Regional, reportes semanales de avance para las distintas etapas de implementación. | 100% de empresarios satisfechos producto de los servicios prestados por el Agente Operador. | |||
Orientación y supervisión a los beneficiarios/as para la correcta ejecución del proyecto, asistirlos en los procesos de compra por formato: asistido o reembolso. | ||||
Medición de línea base de indicadores del Programa, de acuerdo a lineamientos para la medición. | ||||
Facilitar las visitas a realizar por la Ejecutiva/o de Fomento a cargo programa. | ||||
Rendiciones del programa a Sercotec | AOS entrega mensuales y | rendiciones trimestrales | El AOS entrega a Sercotec la rendición de los recursos | 100% de las rendiciones aprobadas |
ajustadas a reglamento vigente en Sercotec. AOS mantiene garantías vigentes hasta la aprobación de las rendiciones financieras y operativas. | asociados a las asesorías dictadas, de acuerdo a lo establecido por el programa y reglamentos vigentes. AOS ingresa auxiliares mensuales en tiempo y forma. | por SERCOTEC. Observaciones no superan el 2% de las líneas totales rendidas en auxiliares mensuales. | |
Cierre del programa | Realizar informe de Xxxxxx por convocatoria de acuerdo a proyectos ejecutados. AOS emite informe operativo de cierre del Programa. AOS levanta información y verificadores para los incumplimientos detectados y son informados a su contraparte Sercotec en tiempo y forma. | Informe de cierre de programa en formatos entregados por Sercotec. Ingresar información a los sistemas que defina Sercotec en forma mensual y de cierre del programa. AOS emite informes de incumplimientos de beneficiarios, de acuerdo a lo establecido en Bases y contrato. | Rendiciones e Informes de Cierre: 100% de las rendiciones aprobadas por SERCOTEC. 100% informes de cierre de proyectos aprobados por Sercotec. 100% de los comprobantes de compras cargados en Siseval. 100% de incumplimientos informados. 100% de empresas beneficiarias con seguimiento y registro de ventas durante los meses 9 y 12 del año en curso. |
DÉCIMO SEXTO: Restitución de los recursos.
El Agente Operador deberá restituir a Sercotec los recursos transferidos en el evento de que éstos sean destinados a una finalidad distinta para la que fueron asignados, o bien, no hayan sido utilizados, rendidos u observados en el proceso de revisión de la rendición de cuentas.
DÉCIMO SÉPTIMO: Domicilio y prórroga de competencia.
Para todos los efectos del presente Convenio, ambas partes fijan su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago, y se someten a la competencia de sus tribunales de justicia.
DÉCIMO OCTAVO: Personerías y ejemplares.
La personería de doña Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, para actuar en representación del Servicio de Cooperación Técnica, consta en Escritura Pública de Delegación de Poder General de Administración, de fecha 26 xx xxxx de 2022, otorgada ante el Notario Público, don Xxxx Xxxxxxx
La personería de xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, para comparecer en la representación de Sociedad Comercializadora de Servicios, Asesorías y Capacitaciones Crea Ltda. consta en Certificado de estatuto actualizado con fecha 05 de febrero de 2024, del Registro de Empresas y Sociedades, de la Subsecretaría de Empresas de Menor Tamaño del Ministerio de Economía Fomento y Turismo, y certificado de vigencia de fecha 05 de febrero de 2024 .
El presente convenio se extiende en cuatro ejemplares del mismo tenor, quedando dos en poder de cada parte.
Firma electrónica avanzada XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
2024.02.20 16:48:30 -0300
XXX XXXXX XXXXXXX XXXXX | XXXX XXXXXX XXXXXX | |
GERENTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS SERVICIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA | REPRESENTANTE AGENTE OPERADOR CREA |
JSQ.
JS