EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A.
EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A.
PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA TMSA-SAS-03-2019
OBJETO:
CONTRATAR EL SERVICIO DE PRODUCCIÓN E INSTALACIÓN DE MATERIAL IMPRESO Y PROMOCIONAL DE GRAN FORMATO, REQUERIDO POR TRANSMILENIO S.A. EN PRO DE LA REALIZACIÓN DE PIEZAS DE COMUNICACIÓN EXTERNA E INTERNA SOBRE EL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE BOGOTÁ EN SUS DIVERSOS MODOS Y COMPONENTES.
Este proyecto xx xxxxxx de condiciones se publica de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.1.4 del Decreto 1082 de 2015
LAS SOLICITUDES DE ACLARACIÓN y/o OBSERVACIONES, DEBERÁN FORMULARSE A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA SECOP II
xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxx0@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
NUEVA SEDE TRANSMILENIO
XXXXXXX XX XXXXXX Xx. 00-00 XXXX 0x DIRECCION CORPORATIVA- AREA CONTRACTUAL EDIFICIO AIRE COMPLEJO EMPRESARIAL ELEMENTO XXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXXXXX
Xxxxxx X.X., Abril de 2019
Tabla de contenido
1. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL PROCESO 4
1.3. NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX 4
1.7. CRONOGRAMA Y TRÁMITE DE LA SELECCIÓN ABREVIADA DE SUBASTA INVERSA 6
1.8. PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACION. 8
1.9. DEBIDA DILIGENCIA E INFORMACIÓN 11
1.10. COMUNICACIÓN INTERACTIVA 12
1.11. PARTICIPACIÓN CIUDADANA- CONVOCATORIA VEEDURIAS CIUDADANAS 12
1.12. PROPUESTAS PARCIALES O ALTERNATIVAS 12
1.13. VALIDÉZ DE LAS PROPUESTAS 12
1.15. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ENTREGA DE CORRESPONDENCIA 13
2. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 15
2.1. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO SIMPLES Y HABILITANTES 15
3. CRITERIOS DE PONDERACIÓN 35
3.1. CRITERIO DE EVALUACIÓN ECONÓMICA 35
3.3. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 36
3.4. REGLAS DE LA SUBASTA INVERSA 36
3.4.1. ADVERTENCIAS PRELIMINARES 36
4. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO, FACTORES DE DESEMPATE Y CAUSALES DE RECHAZO PARA PROPUESTAS 40
4.1. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO 40
4.3. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS 41
5.1. RIESGOS EN LA CONTRATACION ESTATAL 43
ANEXO 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 45
ANEXO 2 - CERTIFICACIÓN DE APORTES SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES 00
XXXXX 0 - PACTO DE PROPONENTES 48
ANEXO 4 - COMPROMISO DE ORIGEN DE FONDOS, LEGALIDAD Y ANTICORRUPCIÓN 00
XXXXX 0 - INFORMACIÓN TRIBUTARIA 00
XXXXX 0 - EXPERIENCIA DEL PROPONENTE 00
XXXXX 0 - PROPUESTA ECONÓMICA 00
XXXXX 0 - MINUTA DEL CONTRATO 00
XXXXX 0 - CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL 00
XXXXX 00 - CARTA DE COMPROMISO EQUIPO DE TRABAJO MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN 63
CAPÍTULO I
1. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL PROCESO
1.1. OBJETO DEL PROCESO:
CONTRATAR EL SERVICIO DE PRODUCCIÓN E INSTALACIÓN DE MATERIAL IMPRESO Y PROMOCIONAL DE GRAN FORMATO, REQUERIDO POR TRANSMILENIO S.A. EN PRO DE LA REALIZACIÓN DE PIEZAS DE COMUNICACIÓN EXTERNA E INTERNA SOBRE EL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE BOGOTÁ EN SUS DIVERSOS MODOS Y COMPONENTES.
1.1.1.Alcance Del Objeto
Es importante señalar que el presente proceso tiene como finalidad contratar el servicio de producción e instalación de material promocional obtenido mediante impresión digital en gran formato que “se refiere a imprimir con impresoras láser o de inyección de tinta sobre diversos materiales en tamaños mayores a los que se pueden imprimir en imprentas comerciales” y producción y entrega de material impreso obtenido mediante impresión litográfica offset que “se refiere al procedimiento de impresión en el que se aplica una tinta (generalmente oleosa) sobre una plancha metálica, compuesta comúnmente de una aleación de aluminio y que permite reproducir, sobre papel, documentos e imágenes con mayor calidad y cantidad”.
1.2. ENTIDAD CONTRATANTE
La entidad pública contratante será la EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A., constituida mediante Escritura Pública No 1528 del 13 de octubre de 1999, con el objetivo de gestionar, organizar y planear el servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor, para lo cual deberá procurar contribuir al mejoramiento de la infraestructura física de la ciudad, mejorar la capacidad competitiva en materia turística, comercial y de servicios e inducir a una nueva cultura en los usuarios frente al servicio público de transporte.
La EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A. es una sociedad
por acciones del orden distrital, constituida con la participación exclusiva de entidades públicas, sujeta al régimen jurídico de las empresas industriales y comerciales del Estado.
1.3. NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX
El presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx debe ser interpretado como un todo, sin que ninguna de sus disposiciones pueda aplicarse sin consultar su contexto general; por lo tanto, se entienden integrados a él los FORMATOS y los ANEXOS que lo acompañan y las ADENDAS que se expidan durante el proceso de selección. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx Xxxxxx de Condiciones:
1.3.1.El presente pliego se interpretará de manera textual, en el sentido del uso común de las palabras, y de manera subsidiaria se aplicarán los principios generales del derecho.
1.3.2.En caso de cualquier discrepancia entre el sentido literal de las palabras y cualquier otro, se utilizará como criterio principal de interpretación el contenido de los documentos previos.
1.3.3.El orden de los numerales de este Pliego de Condiciones no implicará un grado de prelación entre los mismos.
1.3.4.Los títulos de los capítulos y cláusulas utilizados en este Pliego de Condiciones sirven sólo como referencia, razón por la cual no podrán utilizarse para efectos de interpretación judicial.
1.3.5.Salvo que se indique lo contrario de manera expresa, los plazos establecidos en el presente Pliego de Condiciones se entenderán con días hábiles y mes calendario. Para estos efectos los días sábados no se considerarán como días hábiles.
1.3.6.Cuando el día de vencimiento no fuese un día hábil para TRANSMILENIO S.A., o cuando ésta no preste atención al público, por cualquier razón ese día, dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente.
Señor Proponente lea cuidadosamente los requisitos exigidos en el presente Pliego de Condiciones.
1.4. PRESUPUESTO
El presupuesto oficial es la suma de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($1.253.000.000), incluido IVA y demás impuestos xx xxx, así mismo estarán incluidos todos los gastos asociados a la ejecución del contrato.
Este valor se encuentra soportado con los Certificados de Disponibilidad Presupuestales, que se relaciona a continuación:
No de CDP | Fecha de CDP | Posición Catálogo de Gasto | Valor en Letras | Valor en Números |
201903 2218 | 28-03-2019 | 33401150218014600008601 Gestión De La Seguridad Del Sistema De Transporte Público Gestionado Por Transmilenio S.A. | TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS | $300.000.000 |
201903 2219 | 28-03-2019 | 33401150218014600008601 Gestión De La Seguridad Del Sistema De Transporte Público Gestionado Por Transmilenio S.A. | CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES DE PESOS | $173.000.000 |
201903 2220 | 28-03-2019 | 33401150742018800007101 Comunicación, Capacitación Y Atención Al Usuario En El Sistema De Transporte Público Gestionado Transmilenio S.A. | SETECIENTOS OCHENTA MILLONES DE PESOS | $780.000.000 |
VALOR TOTAL DE LOS CDP AFECTADOS | $1.253.000.000 |
1.5. VALOR DEL CONTRATO
El valor del contrato será hasta por el valor del presupuesto oficial esto es por MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL COLOMBIANA ($1.253.000.000),
incluido IVA y demás impuestos a que haya lugar, así como los demás costos directos e indirectos, este valor se ejecutara como una bolsa de recursos, de la cual se descontaran los valores facturados de conformidad con los valores unitarios ofertados por el proponente que resulte adjudicatario.
1.6. FORMA DE PAGO:
El valor del contrato será pagado por mensualidades, de conformidad con los servicios efectivamente prestados, dentro de los treinta (30) hábiles días siguientes a la presentación de la factura, y entrega del informe que con ocasión del contrato se requiere, la certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor designado para la supervisión del contrato y la certificación de encontrarse al día en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales.
PARÁGRAFO PRIMERO. El Contratista está en la obligación de entregar al Supervisor del contrato, el original y una copia de la factura correspondiente a los servicios prestados; junto con el paz y salvo de aportes a seguridad social y parafiscales, establecidos en el Artículo 50 de la ley 789 de 2002 y demás normas que lo modifiquen, reglamentan o complementen, lo cual se hará mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal sino tiene Revisor Fiscal (Cuando aplique).
PARÁGRAFO SEGUNDO: el Supervisor del contrato expedirá el certificado para el pago y realizará el trámite ante el Área Financiera de la Entidad
PARÁGRAFO TERCERO: El valor de la presente contratación será cancelado por TRANSMILENIO S.A., mediante transferencia electrónica en la CUENTA BANCARIA de la Red ACH designada por el CONTRATISTA. La modificación a la cuenta bancaria referenciada en el presente parágrafo no requerirá la expedición de contrato adicional, modificatorio u otro sí, sino la simple manifestación de ello por parte del contratista al supervisor y la Dirección Corporativa.
PARÁGRAFO CUARTO: El Contratista debe tener en cuenta que la Supervisión cuenta con al menos cinco días para realizar la revisión y aprobación del producto entregado, por lo que debe prever este tiempo en su programación presupuestal.
1.7. PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución para la presente contratación será de DOCE (12) MESES o hasta agotar el presupuesto oficial, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previa aprobación de la garantía y cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.
1.8. CRONOGRAMA Y TRÁMITE DE LA SELECCIÓN ABREVIADA DE SUBASTA INVERSA.
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
PUBLICACIÓN DEL AVISO DE CONVOCATORIA PUBLICA | 05/04/2019 | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
PUBLICACIÓN DE LOS ESTUDIOS PREVIOS Y PROYECTO PLIEGOS DE CONDICIONES | 05/04/2019 | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES Y A LOS ESTUDIOS PREVIOS | Hasta el 12/04/2019 | En la plataforma del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
RESPUESTAS OBSERVACIONES AL PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES | 23/04/2019 | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
ACTO ADMINISTRATIVO DE APERTURA DEL PROCESO | 23/04/2019 | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
PUBLICACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO | 23/04/2019 | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
PLAZO PARA PRESENTAR OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO | 26/04/2019 | En la plataforma del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
RESPUESTA OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES | 30/04/2019 | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
PLAZO PARA EXPEDIR ADENDAS | 02/05/2019 | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
DILIGENCIA DE CIERRE Y ENTREGA DE PROPUESTAS | 03/05/2019 A las 11:00 A.M. | Las ofertas UNICAMENTE se recibirán mediante la plataforma del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES, EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS | Hasta el 09/05/2019 | NUEVA Sede administrativa de TRANSMILENIO S.A. Xxxxxxx Xx Xxxxxx Xx 00-00, Xxxxx 0 Xxxx 0x Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx X.X. por el Comité Asesor y Evaluador |
PUBLICACIÓN INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR | 10/05/2019 | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
TRASLADO DEL INFORME DE VERIFICACIÓN PRELIMINAR Y PLAZO PARA SUBSANAR LA AUSENCIA DE REQUISITOS O LA FALTA DE DOCUMENTOS HABILITANTES REQUERIDOS POR LA ENTIDAD | Hasta el 15/05/2019 | En la plataforma del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO, RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES Y SUS RESPECTIVAS REPLICAS. | 17/05/2019 | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xx |
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE PARTICIPANTES DE LA SUBASTA | 17/05/2019 | En la plataforma del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
FECHA MÁXIMA PARA SUBSANACIONES DE REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO Y HABILITANTES (SO PENA DE RECHAZO DE OFERTA) – NO SE ACEPTARÁN SUBSANACIONES O ACLARACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE LA SUBASTA ELECTRÓNICA | 17/05/2019 Hasta las 9:00 a.m. | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xx |
SUBASTA ELECTRÓNICA EN LA PLATAFORMA DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA: SECOP II | 17/05/2019 Inicio a las 11:00 a.m. | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xx |
AJUSTE DE LA PROPUESTA ECONÓMICA AL PORCENTAJE DE DESCUENTO POR ÍTEMS DE QUIEN PRESENTE O EL MAYOR PORCENTAJE DE DESCUENTO | 18/05/2019 A las 3:00 p.m. | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xx |
PUBLICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE ADJUDICACIÓN. | Dentro de los tres (3) días siguientes a la audiencia subasta inversa electrónica | Portal del Sistema Electrónico de Contratación Pública: SECOP II |
PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO | Dentro de los cinco (5) días siguientes a la publicación del acto administrativo de adjudicación | NUEVA Sede administrativa de TRANSMILENIO S.A. Xxxxxxx Xx Xxxxxx Xx 00-00, Xxxxx 0 Xxxx 0x Xxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx X.X. |
PARÁGRAFO 1: TRANSMILENIO S.A. podrá modificar el Pliego de Condiciones mediante adendas que se publicarán en PLATAFORMA SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx. Los demás documentos que se expidan con anterioridad a la fecha de entrega de propuestas bajo una modalidad diferente a la de adenda, no modificarán el Pliego de Condiciones, ni serán de obligatorio cumplimiento para las partes.
PARÁGRAFO 2: Las observaciones presentadas extemporáneamente (dependiendo de la etapa procesal) serán contestadas como derecho de petición.
PARÁGRAFO 3: Únicamente se da por recibida la oferta a través de la plataforma transaccional SECOP II, diligenciando los cuestionarios respectivos y adjuntados los soportes requeridos en el pliego de condiciones electrónico y sus anexos.
PARÁGRAFO 4: En caso de indisponibilidad de la plataforma para el plazo de recepción de ofertas, deberá aplicarse lo estipulado en el Protocolo para actuar ante una indisponibilidad del SECOP II, de Colombia Compra Eficiente para lo respectivo.
1.9. PLAZOS DEL PROCESO DE CONTRATACION.
1.9.1. PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
TRANSMILENIO S.A., publica el proyecto xx xxxxxx de condiciones en la PLATAFORMA SECOP II, a fin de informar a los interesados en el proceso, las condiciones de participación y las especificaciones técnicas del objeto.
Dentro del término de publicación del proyecto xx xxxxxx de condiciones, los interesados podrán formular observaciones al mismo a través de la PLATAFORMA SECOP II, las cuales podrán ser o no tenidas en cuenta para la elaboración xxx xxxxxx de condiciones definitivo.
1.9.2. PARTICIPANTES
Bajo los parámetros establecidos en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, podrán participar en el presente proceso licitatorio, todas las personas naturales o jurídicas, en forma individual o conjunta (consorcio o unión temporal, promesa de sociedad futura), cuyo objeto social o actividad comercial comprenda el objeto de la presente licitación y cumplan con todos los requisitos exigidos en el pliego de condiciones.
1.9.3. PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
En la fecha establecida en el acto de apertura suscrito por el ordenador del gasto del presente proceso, TRANSMILENIO S.A., publicará el pliego de condiciones definitivo, el cual contendrá, entre otras cosas, la descripción técnica detallada y completa del objeto a contratar, la modalidad de selección, los requisitos de participación, la evaluación y ponderación de las propuestas, la adjudicación del contrato, causales de rechazo o la declaratoria de desierto del proceso y las cláusulas del contrato.
1.9.4.OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
Cualquier interesado podrá solicitar aclaraciones al presente Pliego de Condiciones a través de la PLATAFORMA SECOP II. Luego de las fechas y tiempos señalados, todas las observaciones se entenderán como EXTEMPORÁNEAS, y por lo tanto, se contestaran dentro de los términos del derecho de petición, publicadas las respuestas en el SECOP.
Las inquietudes deberán sujetarse a los plazos establecidos en el cronograma del presente proceso de selección.
Parágrafo: No se absolverán consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal. Sólo será tenida en cuenta en este proceso, la información que TRANSMILENIO S.A. suministre a través de la PLATAFORMA SECOP II.
1.9.5.ADENDAS Y ACLARACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES
TRANSMILENIO S.A. dará respuesta a las solicitudes de aclaración, o de oficio podrá aclarar o modificar los presentes Pliegos de Condiciones hasta la fecha establecida en el mismo.
Las aclaraciones dadas por TRANSMILENIO S.A., a las preguntas y respuestas son de carácter meramente ilustrativo e informativo. La modificación xxx xxxxxx de condiciones se realizará
únicamente a través de adendas. En consecuencia, si se presenta cualquier diferencia entre aclaraciones o manifestaciones de la administración y los pliegos de condiciones o sus adendas, primará lo dispuesto en estos dos últimos.
Lo anterior conforme a lo expuesto en el artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015.
1.9.6.MANIFESTACIÓN DE INTERÉS Y LISTA DE OFERENTES
N/A
1.9.7.CONSOLIDACIÓN DE OFERENTES
N/A.
1.9.8.TÉRMINO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN
TRANSMILENIO S.A., efectuará los estudios jurídicos, financieros, y técnicos de las propuestas indicando los términos del proceso de evaluación.
Cuando el anterior plazo, a juicio de TRANSMILENIO S.A., no garantice el deber de selección objetiva, podrá prorrogarlo conforme la normatividad legal.
Durante este período de evaluación TRANSMILENIO S.A., podrá solicitar a los proponentes las aclaraciones o explicaciones que estime indispensables; adicionalmente, podrá solicitar documentos expresamente indicados en el presente documento que puedan facilitar cualquiera de las evaluaciones.
La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente se harán por conducto de la Dirección Corporativa y no se pedirán, ofrecerán, ni permitirán cambios en ningún aspecto de la propuesta que implique completarla, adicionarla, mejorarla o modificarla.
La información relativa al análisis, aclaración, evaluación y comparación de las propuestas y las recomendaciones para la adjudicación del contrato no podrá ser reveladas a los proponentes ni a terceros, hasta tanto se consolide el informe de evaluación. La anterior reserva comprende el período de respuesta a las observaciones de los proponentes a la evaluación.
1.9.9.PERÍODO PARA PRESENTAR OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN A LAS PROPUESTAS Y SUBSANACIÓN DE LAS MISMA
El informe de evaluación de las propuestas estará a disposición de los proponentes por el término establecido en el cronograma, con el fin de que se presenten las observaciones que estimen pertinentes.
Durante el período de traslado de la evaluación se podrán realizar las observaciones a través de la PLATAFORMA SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx e igualmente subsanar los requisitos de cumplimiento (simples y habilitantes), de conformidad con lo establecido
en el artículo 5º de la Ley 1882 del 15 de enero de 2018, es decir, que ÚNICAMENTE, se recibirán las subsanaciones en dicho período.
TRANSMILENIO S.A. xxxx traslado de las observaciones presentadas al informe de evaluación y a las propuestas, con el fin de que los proponentes e interesados puedan ejercer el derecho de contradicción.
En ejercicio de estas facultades, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
1.9.10. ADJUDICACIÓN
Una vez vencido el término para la presentación de observaciones y contra observaciones, TRANSMILENIO S.A. procederá a adjudicar el presente proceso de selección. En el presente proceso por tratarse de una subasta inversa la adjudicación se realizará a quien presente el mayor descuento para la entidad, una vez se surta la respectiva subasta.
1.9.11. TÉRMINO DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El proponente, cuya propuesta haya sido adjudicada dentro del presente proceso de selección, deberá suscribir el contrato respectivo a través de la PLATAFORMA SECOP II, en el plazo establecido por la Entidad. Se informa al proponente que, en caso de no suscribirse el contrato dentro del plazo estipulado, la entidad procederá a hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Propuesta y se podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar del orden de elegibilidad.
1.10. DEBIDA DILIGENCIA E INFORMACIÓN
Los interesados deberán realizar todas las evaluaciones que sean necesarias para presentar su propuesta, dentro de las cuales deberán observar las implicaciones legales, tributarias, técnicas, fiscales y financieras que representan las condiciones jurídicas y la distribución de riesgos planteada en el contrato correspondiente, y en general, todos los aspectos que pueden incidir en la determinación de la oferta.
En el evento en que el proponente que resulte favorecido con la adjudicación no haya hecho las gestiones pertinentes para reunir toda la información que pueda incidir en la elaboración de su oferta, ello no lo eximirá de la obligación de asumir las responsabilidades que le correspondan, ni le dará derecho a reclamaciones, reembolsos o ajustes de ninguna naturaleza.
TRANSMILENIO S.A., sólo asume responsabilidad sobre la veracidad e integridad de los documentos e información que entrega con el presente pliego de condiciones; no se compromete en relación con la información contenida en documentos diferentes al pliego, sus adendas, sus formatos y anexos.
Es responsabilidad del proponente la consulta del proceso por intermedio de la PLATAFORMA SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx, la cual es el único medio oficial de publicidad de todas las actuaciones que realicen la entidad y los proponentes en desarrollo del presente proceso.
1.11. COMUNICACIÓN INTERACTIVA
TRANSMILENIO S.A., en cumplimiento de lo señalado en el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, el numeral 2º del artículo 21 y el numeral 4° del artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015, y con el fin de facilitar y agilizar la comunicación interactiva con los proponentes durante el proceso de selección, ha puesto a disposición el proceso en la PLATAFORMA SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx.
A través de la PLATAFORMA SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx, los proponentes podrán formular consultas, aclaraciones, sugerencias, observaciones y cualquier inquietud adicional al pliego de condiciones.
Igualmente, en esta PLATAFORMA electrónica se podrán consultar los documentos y demás actuaciones que se generen durante el presente proceso de selección.
1.12. PARTICIPACIÓN CIUDADANA- CONVOCATORIA VEEDURIAS CIUDADANAS
Se realiza la convocatoria a las diferentes veedurías ciudadanas, asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigación, para que realicen control social al presente proceso de selección.
El proceso podrá contar con el acompañamiento de la VEEDURÍA DISTRITAL, de conformidad con la facultad de control que le corresponde realizar a esa Entidad en los términos xx Xxx. La Veeduría Distrital se encuentra ubicada en la Avenida El Dorado (Calle 26) No. 69-76, Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx 0, xxxx 0, teléfono 0000000, correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Para este fin, TRANSMILENIO S.A. facilitará la participación de los servidores de la VEEDURÍA DISTRITAL en el presente proceso de selección.
En el evento de conocerse casos de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, vía fax al número telefónico: (0) 000 00 00; la línea
transparente del programa, a los números telefónicos: 01 8000 913 040 o (0) 000 00 00; en el correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del programa, en el portal de internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0 Xx 0-00, Xxxxxx X.X.
1.13. PROPUESTAS PARCIALES O ALTERNATIVAS
Los proponentes NO podrán presentar propuestas parciales ni alternativas.
1.14. VALIDÉZ DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas deberán tener una validez de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha y hora establecida para la entrega de propuestas o del vencimiento de sus prórrogas, si las hubiere, en la PLATAFORMA SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx. Por solicitud de TRANSMILENIO S.A., el proponente prorrogará el término de validez de su propuesta.
1.15. IDIOMA
Todos los documentos constitutivos de las Propuestas deberán presentarse en IDIOMA CASTELLANO, ORGANIZADOS en orden consecutivo y con su respectivo índice con excepción de otros documentos pre impresos que podrán presentarse en otro idioma con su correspondiente traducción al castellano.
NOTA: El proponente puede presentar con la oferta una traducción simple al castellano. Si el proponente resulta adjudicatario, debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser presentada a más tardar hasta el último día del término de traslado del informe de evaluación preliminar, la traducción oficial debe ser el mismo texto presentado.
1.16. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ENTREGA DE CORRESPONDENCIA
El proponente presentará su propuesta ÚNICAMENTE en la PLATAFORMA SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx, antes de la fecha y hora señaladas para el cierre del proceso de selección, de acuerdo con las reglas que la plataforma exige y los presentes pliegos de condiciones.
Las propuestas que sean remitidas vía correo certificado, nacional o internacional, no serán tenidas en cuenta, por cuanto todo se deberá cargar a través de la PLATAFORMA SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx, antes de la fecha y hora establecidas para el cierre del proceso. Para todos los efectos, la fecha de recepción de la propuesta será aquella que certifique a través de la PLATAFORMA SECOP II.
La entidad no asumirá ningún tipo de responsabilidad derivada de las demoras, entregas parciales, o en general cualquier hecho atribuible a la PLATAFORMA SECOP II xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxx-xx, cuya administración está a cargo de Colombia Compra Eficiente. Para ello el proponente deberá consultar las siguientes guías:
Guía rápida para presentación de ofertas en el SECOP II.
xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxx0@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
TRANSMILENIO S.A. no aceptará propuestas modificatorias o complementarias, ni solicitudes de aclaración presentadas luego de la diligencia de cierre del proceso de selección.
El control de la hora, para efectos de la actuación oportuna de los proponentes dentro del presente proceso de selección, será llevado con fundamento en la PLATAFORMA SECOP II. Allí los
proponentes DEBERAN radicar las propuestas, antes de la fecha y hora programada para el cierre del proceso de selección.
CAPÍTULO II
2. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
TRANSMILENIO S.A., por medio del comité de evaluación conformado para tal efecto, hará los estudios del caso y el análisis comparativo de las propuestas, teniendo en cuenta para ello los criterios de selección objetiva establecidos en este pliego de condiciones.
2.1. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE CUMPLIMIENTO SIMPLES Y HABILITANTES
2.1.1. VERIFICACIÓN DE ASPECTOS JURÍDICOS
El estudio jurídico se califica como cumple o no cumple; tiene por objeto determinar si las propuestas se ajustan a los requerimientos legales y normativos xxx xxxxxx de condiciones, para el efecto se verificarán los siguientes documentos:
2.1.1.1. Carta de presentación de la propuesta (ANEXO No. 1)
La carta de presentación de la propuesta deberá ser diligenciada por el proponente en forma completa y siguiendo el modelo que se presenta en el pliego de condiciones (ANEXO No. 1), la cual debe venir firmada por el proponente o su representante legal o por un apoderado debidamente facultado. En el evento que la propuesta sea presentada y suscrita por un apoderado se deberá adjuntar el poder que así lo faculte.
En caso de presentación de la propuesta en Consorcio o Unión Temporal, la carta de presentación debe estar firmada por el representante del Consorcio o Unión Temporal, designado conforme a lo establecido en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
El proponente no deberá estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con el Estado, dicha declaración deberá estar expresa en la carta de presentación de la propuesta y deberá involucrar no sólo la persona Jurídica o Natural sino a su representante legal, socios y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal o Consorcio.
En el caso de las Uniones Temporales o Consorcios, ninguno de los integrantes podrá estar incurso en las inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado.
2.1.1.2. Garantía de seriedad de la propuesta
Cada proponente deberá constituir a favor de TRANSMILENIO S.A., una garantía de seriedad de la propuesta expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia cuya póliza matriz haya sido aprobada debidamente por la Superintendencia Financiera. La garantía de seriedad debe ser allegada con la propuesta en la fecha establecida para el cierre, so pena de generar rechazo de la misma, de conformidad con lo consagrado en el parágrafo 3º del artículo 5º de la Ley 1882 del 15 de enero de 2018.
El costo de la prima de la garantía será por cuenta del proponente. La garantía de seriedad a favor de Entidades Estatales se constituirá por un valor igual al diez por ciento (10%) del valor de la
oferta y por un término igual al de validez de la oferta señalado como mínimo dentro de los presentes pliegos de condiciones (noventa (90) días calendario), contados a partir del día y hora fijados para el cierre del presente proceso de selección, de conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.9
No obstante, conforme a lo expuesto en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015, la vigencia de la garantía se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual.
La suficiencia de esta garantía será verificada por la Entidad al momento de la evaluación de las propuestas.
La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última.
De igual manera el proponente deberá garantizar la suficiencia de la garantía cuando los términos previstos en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorroguen o cuando el término previsto para la suscripción de los contratos se prorrogue.
El objeto de la garantía de seriedad debe indicar: “Garantizar la seriedad de la oferta presentada en el proceso de SELECCIÓN ABREVIADA DE SUBASTA INVERSA ELECTRONICA TMSA-SAS-03- 2019”
Esta garantía la hará efectiva TRANSMILENIO S.A., en cualquiera de los eventos contemplados en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015, por tanto, deberá amparar los perjuicios o sanciones que se estipulan en dicho numeral.
En caso de prorrogarse cualquiera de los plazos señalados en el presente pliego de condiciones, el proponente deberá enviar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la comunicación de modificación xxx xxxxxx de condiciones, el certificado de ampliación de la garantía por un término igual al ampliado, a través de la PLATAFORMA SECOP II.
En el evento que la oferta la presente un consorcio o unión temporal, la garantía de seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes, especificando el nombre del consorcio o de la unión temporal, sus números de identificación y el porcentaje de participación en la propuesta, los cuales deben ser los mismos que constituyen el consorcio o unión temporal.
Sí los proponentes lo solicitan, se les devolverá la garantía de seriedad de la propuesta cuando esté perfeccionado el contrato.
De conformidad con el Título III “Garantías” del Decreto 1082 de 2015, TRANSMILENIO S.A., sólo aceptará las garantías que cumplan con los requisitos señalados en las normas correspondientes.
2.1.1.3. Certificado de registro mercantil o existencia y representación legal Personas Jurídicas
Las personas jurídicas deben acreditar su existencia legal mediante los siguientes documentos:
Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por la Cámara de Comercio respectiva o su equivalente, con no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha de apertura del presente proceso de contratación, en el cual conste que la sociedad está registrada o tiene sucursal domiciliada en Colombia y que el término de duración de ésta no es inferior a la duración del contrato y tres (3) años más. Así mismo, su objeto social esté relacionado con el objeto de la presente contratación.
Los consorcios y las uniones temporales deberán adjuntar el certificado de existencia y representación legal de cada uno de sus miembros, en el que al menos todos sus integrantes incluyan actividades relacionadas con el objeto del contrato.
No se aceptarán objetos sociales que hayan sido modificados para la aplicación al presente proceso, razón por la cual no se aceptarán modificaciones al certificado de existencia y representación legal en los que hayan sido incluidas las actividades descritas, dentro de los dos (2) meses anteriores a la apertura del presente proceso.
Extranjeros
Cuando el proponente sea una persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia, debe presentar el documento que acredite la inscripción de la personería jurídica en el registro correspondiente del país donde tenga su domicilio principal, así como los documentos que acrediten su existencia y representación legal debidamente autenticados ante el consulado en la forma como lo establece el artículo 480 del Código de Comercio.
En caso de que en el país de origen del proponente extranjero no exista autoridad competente para la expedición del certificado de existencia y representación legal o del registro mercantil, o su equivalente, el proponente deberá presentar una declaración juramentada sobre el particular y anexar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la persona jurídica.
Adicionalmente, deberá acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla judicial o extrajudicialmente, en el evento que la sociedad no tenga sucursal en el país.
En el evento de resultar favorecido un proponente extranjero sin sucursal en Colombia, para poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia.
Las personas jurídicas extranjeras deberán acreditar que la vigencia de la sociedad no será inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos de carácter privado deberán ser autenticados por los funcionarios que en el país de origen del documento sean competentes para ello. Adicionalmente, la firma de estos funcionarios deberá ser autenticada por el cónsul colombiano que se encuentre en el país de origen del documento, o a falta de éste, por el cónsul de una nación amiga, de acuerdo con el mencionado artículo.
Las autenticaciones deberán escanearse y adjuntarse en la Plataforma y deberán radicarse en original en TRANSMILENIO S.A. en la Xxxxxxx Xx xxxxxx Xx. 00-00 Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 0 Xxxx
0. El día del cierre.
Respecto de los documentos públicos otorgados en país extranjero, por funcionario de éste o con su intervención, deberán presentarse debidamente autenticados por el cónsul o agente diplomático del país que corresponda, o, en su defecto, por el de una nación amiga. La firma de agentes consulares de un país amigo, se autenticará previamente por el funcionario competente de dicho país y, a su vez, la firma de éste por el cónsul colombiano, de acuerdo con el Artículo 259 del Código de Procedimiento Civil.
Si el documento proviene de países signatarios de la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros”, el proponente que pretenda hacer valer el documento podrá elegir si realiza el trámite descrito en el inciso anterior o si lo apostilla, de acuerdo con lo previsto en la Ley 455 de 1998. Si la apostilla está en un idioma distinto xxx xxxxxxxxxx, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a nuestro idioma en la cual tendrá que constar la firma y sello del traductor oficial, de conformidad con las normas vigentes.
La legalización de documentos o apostilla deberán escanearse y adjuntarse en la Plataforma y deberán radicarse en original en TRANSMILENIO S.A. en la Xxxxxxx Xx xxxxxx Xx. 00-00 Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx 0 Xxxx 0. El día del cierre.
Lo establecido en el presente numeral para el caso de los documentos provenientes del extranjero, se aplicará a todos los documentos que tengan ese carácter y que pretendan acreditarse en este proceso.
Personas naturales
Si el oferente es persona natural deberá presentar el certificado de matrícula mercantil expedido por la Cámara de Comercio en caso de estar obligado, máximo treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de apertura del presente proceso, en el que consten las actividades o servicios que correspondan al objeto del presente proceso de selección.
2.1.1.4. Autorización
Si el representante legal del oferente o de algunos de los integrantes del consorcio o unión temporal requiere de autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y/o para suscribir el contrato en caso de ser adjudicado, deberá anexar los documentos que acrediten la existencia de dicha autorización, de conformidad con lo establecido por los estatutos respectivos de la sociedad. La autorización debe ser anterior a la presentación de la propuesta.
Si se trata de apoderado, el proponente deberá anexar el poder respectivo en el cual cuente con amplias facultades para presentar oferta y suscribir el contrato.
En el caso de las personas jurídicas extranjeras, los representantes legales con limitaciones deben presentar el documento que conforme a la Ley de su país de origen sea idóneo para presentar la propuesta y el cual debe ser allegado de acuerdo con lo establecido en la Ley colombiana.
En caso de representación conjunta, cada uno de los miembros de la estructura plural deberá estar expresamente autorizado para conformar dicha asociación.
2.1.1.5. Documento que acredite la conformación del consorcio o unión temporal
Todos los integrantes del consorcio o unión temporal deberán presentar, según sea el caso, los documentos que correspondan a su naturaleza, y el documento de constitución en el cual debe constar por lo menos:
a) Si la participación de los proponentes es a título de Consorcio o Unión Temporal, estos señalarán los términos y extensión de la participación de cada uno de los integrantes en la propuesta y en la ejecución del contrato, términos que no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de TRANSMILENIO S.A.
b) Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deben cumplir los requisitos legales y acompañar los documentos requeridos en el presente Pliego de Condiciones, para efectos legales, como si fueran a participar en forma independiente.
c) El objeto del Consorcio o Unión Temporal deberá ser el mismo del objeto a contratar.
d) Designar un representante, quien por tal motivo se entenderá revestido de las facultades suficientes para actuar en nombre y representación del Consorcio o Unión Temporal, según el caso.
e) La duración del consorcio o unión temporal, la cual no podrá ser inferior al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, así mismo en caso que esté integrado por personas jurídicas estas deberán acreditar una vigencia
f) El objeto social de todos los integrantes del consorcio o unión temporal debe comprender la realización de actividades relacionadas al objeto de este proceso de selección.
g) En caso de resultar adjudicatarios del proceso de licitación, para la suscripción del contrato deberán presentar el respectivo Número de Identificación Tributaria – NIT, como consorcio o unión temporal.
h) Los representantes legales de las personas jurídicas que conformen o hagan parte de un Consorcio o Unión Temporal, aportarán con la propuesta la autorización o poder de la Junta de Socios, que los faculte para ofrecer, contratar y conformar Consorcios o Uniones Temporales. Este requisito se exigirá en los casos en que esta facultad se encuentre restringida.
i) Los Consorcios o Uniones Temporales deberán presentar los documentos de existencia y representación legal que, para cada uno de los integrantes, expida la Cámara de Comercio ó la autoridad competente, ya sean personas Naturales o Jurídicas, así como el certificado de Inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes.
j) Los integrantes del consorcio o unión temporal no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la autorización previa y expresa de TRANSMILENIO S.A. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el Consorcio o Unión Temporal.
Para acreditar los requisitos anteriores los Consorcios o Uniones Temporales deberán anexar el original o copia del documento de su constitución en el que consten los acuerdos que regulan las relaciones de sus integrantes y el término de duración del Consorcio o Unión Temporal.
Parágrafo: En caso de presentarse propuestas por consorcios o uniones temporales conformadas por una cooperativa y una empresa comercial con capacidad para cumplir con el objeto de la presente contratación, no operarán las prerrogativas de la cooperativa, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 79 de 1988.
2.1.1.6. Documento de conformación de la promesa de sociedad futura
Se entenderá presentada una propuesta por una Promesa de Sociedad Futura, cuando de manera conjunta dos o más personas, nacionales y/o extranjeras, presenten una sola propuesta al proceso bajo la figura de promesa de sociedad futura.
En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos dentro del presente proceso, el grupo conformado por la pluralidad de personas y no las personas que lo conforman individualmente consideradas.
Cuando el proponente se presente como promesa de sociedad futura deberá cumplir con los siguientes requisitos y acreditarlos con la propuesta:
a) Aportar un contrato de promesa de sociedad suscrito por todos los integrantes del grupo, con el lleno de los requisitos previstos en los artículos 110° y 119° del Código de Comercio.
b) Acreditar la suscripción de la promesa de contrato de sociedad, con el lleno de los requisitos y contenido mínimo exigidos por el artículo 119° del Código de Comercio para la validez de la promesa de sociedad, en la cual se prevea la constitución de una sociedad mercantil que tenga como objeto la suscripción y ejecución del contrato de prestación de servicios ofrecido en la presente proceso; y un término mínimo de duración para la sociedad futura igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de su constitución.
c) La subordinación de la suscripción del contrato de sociedad, única y exclusivamente a la adjudicación del presente contrato; la promesa de sociedad futura deberá abstenerse de incorporar condicionamientos, plazos o modos adicionales a la mencionada condición, directos o indirectos, de cualquier naturaleza. En caso de incorporar condicionamientos, estos se entenderán por no escritos.
d) El contenido completo y específico establecido por el artículo 110° del Código de Comercio para el acto de constitución de las sociedades mercantiles.
e) Acreditar el nombramiento de un apoderado único para todas las personas nacionales o extranjeras, que conformen la promesa de sociedad futura, mediante el otorgamiento de un mandato irrevocable suscrito por todos los integrantes de la promesa de sociedad futura, que le conceda al apoderado facultades suficientes para la representación sin limitaciones de los asociados en todos los aspectos que se requieran para su participación bajo la promesa de sociedad futura, tales como presentar la propuesta bajo tal forma de asociación, y comprometer a través de ella a las personas asociadas, recibir notificaciones, recibir y responder requerimientos en nombre del grupo proponente.
f) Acreditar la existencia, representación legal y capacidad jurídica de cada una de las personas jurídicas asociadas y específicamente la capacidad de sus representantes para:
La constitución de la promesa de sociedad futura para la suscripción y ejecución del contrato.
La presentación de la propuesta a la presente contratación bajo la conformación de una sociedad futura con el objeto de ejecutar el contrato.
La constitución de la sociedad prometida a fin de celebrar y ejecutar el contrato a través de la forma de asociación escogida.
Los requisitos relacionados con la existencia, representación y duración jurídica de cada una de las personas jurídicas nacionales o extranjeras, que se comprometan a la constitución de la sociedad futura, deberán acreditarse conforme se indica en el presente capítulo de este pliego de condiciones.
2.1.1.7. Certificación de pago de aportes a seguridad social y parafiscales (ANEXO No. 2)
El proponente debe adjuntar con su propuesta el ANEXO No. 2, con el cual acredita el pago de los aportes realizados durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de entrega de propuestas del presente proceso de selección, a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, ICBF y SENA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Dicha certificación debe venir suscrita por la proponente persona natural o por el representante legal de la sociedad proponente. En caso de que la sociedad proponente cuente con revisor fiscal, el ANEXO No. 2 será suscrito por éste.
En el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de sus integrantes cuando los mismos sean personas naturales o jurídicas constituidas en Colombia, deberán presentar en forma individual dicha certificación expedida por el revisor fiscal o por la persona natural y el respectivo Representante Legal, según corresponda.
2.1.1.8. Certificado De Inscripción, Calificación Y Clasificación Del Proponente (RUP)
PERSONAS NACIONALES
Todas las personas naturales o jurídicas, nacionales, o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a presentar propuestas dentro del presente proceso de selección, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes- RUP de la respectiva Cámara de Comercio, de acuerdo con lo dispuesto por la ley 1150 de 2007, modificada por el Decreto 019 de 2012. Para el efecto deberán remitir el correspondiente certificado emitido por la Cámara de Comercio respectiva, expedido dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del presente proceso. En dicho certificado se constatará:
Nombre o razón social según el caso, identificando su duración, que no deberá ser inferior al término de ejecución del contrato y un año más.
Nombre y facultades del representante legal, las cuales deberán ser suficientes para la presentación de la oferta y la suscripción del contrato. En el caso en que las facultades otorgadas al representante legal no sean suficientes, deberá anexarse el acta de junta de socios en la cual se le autorice para presentar la oferta y suscribir el contrato que resulte de ella.
Número de registro del proponente.
Objeto social en el caso de personas jurídicas, el cual debe estar relacionado con el objeto de la presente licitación.
Actividad comercial, la cual debe corresponder al objeto de la presente contratación.
Para las personas individuales o miembros de propuestas conjuntas que estén regidos por el Decreto 1082 de 2015, tendrá que presentar el documento en donde conste que se encuentra inscrito en cualquiera de las codificaciones UNSPSC que a continuación se enuncia:
CODIGO | SEGMENTO | FAMILIA | CLASES |
80141600 | Servicios de gestión, Servicios profesionales de empresa y Servicios administrativos | Comercialización y distribución | Actividades de ventas y promoción de negocios |
82121500 | Servicios editoriales de diseño, de artes gráficas, y bellas artes | Servicios de reproducción | Impresión |
14111500 | Materiales y productos de papel | Productos de papel | Papel de la imprenta y papel escribir |
14121700 | Materiales y productos de papel | Papel para uso industrial | Papeles laminados |
14121900 | Materiales y productos de papel | Papel para uso industrial | Papel prensa y de offset |
55101500 | Publicaciones impresas, Publicaciones electrónicas y Accesorios | Medios impresos | Publicaciones impresas |
55121700 | Publicaciones impresas, Publicaciones electrónicas y Accesorios | Etiquetado y accesorios | Señalización |
En el caso de uniones temporales o consorcios, sus miembros deberán acreditar que dentro de su objeto social se encuentra comprendida alguna de las clasificaciones mencionadas. En todo caso el consorcio o la unión temporal deberá en conjunto, acreditar que sus objetos sociales comprenden algunas de las actividades señaladas en el objeto del proceso de selección.
Por lo expuesto, tanto en el evento de presentación de la oferta en forma individual como conjunta (consorcios o uniones temporales), el oferente y cada uno de los integrantes de dicha persona, deben cumplir con alguna de las clasificaciones antes mencionadas.
Al momento de la verificación de este requisito, el mismo deberá encontrarse vigente y en firme.
El oferente debe tener en cuenta que en virtud de la renovación que por el Ministerio de la Ley debe realizarse anualmente, este certificado debe encontrarse vigente todo el tiempo de ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo.
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentra en firme. Lo mismo ocurre en relación con la información que proviene del registro mercantil o del registro de entidades sin ánimo de lucro.
PERSONAS EXTRANJERAS
Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sin sucursal en Colombia, no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes. Sus condiciones, junto con las de los proponentes que de acuerdo con la Ley 1150 de 2007 no requieren inscripción, deberán acreditar los requisitos habilitantes, lo que será verificada por la entidad, de conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015.
No obstante, lo anterior, las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sin sucursal en Colombia, deben acreditar la clasificación UNSPSC (Código de Bienes y Servicios) de conformidad con la clasificación establecida en el pliego de condiciones o el documento equivalente en el país de origen.
Este certificado deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de CIERRE del presente proceso de selección.
Cuando se requiera subsanar la fecha de expedición del certificado, no se tendrán en cuenta las modificaciones realizadas sobre el mismo, con posterioridad a la fecha del cierre. Tampoco se podrá modificar la actividad, especialidad y grupo requerida en el presente proceso de selección y que xxxx acreditadas por el proponente.
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentra en firme. Lo mismo ocurre en relación con la información que proviene del registro mercantil o del registro de entidades sin ánimo de lucro.
Las propuestas cuyo Certificado de Registro Único de Proponentes aportado no se encuentre vigente y su información en firme a la fecha del cierre del proceso, NO será objeto de evaluación.
PARÁGRAFOS:
a) El proponente, de manera individual o cuando se trate de consorcio o unión temporal, deberá acreditar estar inscritos en el RUP, en las clasificaciones antes mencionadas, si no lo acredita su propuesta será evaluada como NO HABILITADA JURÍDICAMENTE.
b) De conformidad con el artículo 221 del Decreto 19 de 2012, el Certificado de Registro Único de Proponentes que adjunte el proponente con su propuesta, deberá estar vigente y en
firme a la fecha de cierre del presente proceso, es decir que se hayan cumplido los DIEZ
(10) días hábiles para su firmeza, salvo lo establecido en el cronograma del proceso de selección.
c) El proponente y todos los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, que vayan a prestar el servicio y/o proveer los bienes objeto del presente proceso de selección, trátese de personas naturales o jurídicas, deben encontrarse registrados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, de acuerdo con el artículo 22, numerales 22.1, 22.2 y 22.3 de la Ley 80 de 1993, y el Decreto 1082 de 2015.
De conformidad con lo anterior, cuando se renueve o actualice el Registro Único de Proponentes, la información que se modifica estará vigente hasta que el acto de inscripción correspondiente de la nueva información quede en firme.
2.1.1.9. Compromiso Anticorrupción – Pacto de Proponentes (ANEXO 3-4)
La propuesta debe estar acompañada del PACTO DE PROPONENTES firmado por el proponente o por el representante legal o apoderado, constituido en debida forma para el efecto, con la correspondiente prueba de ello, el cual debe ser diligenciado según el ANEXO No. 3, y el ANEXO No. 4 sobre COMPROMISO DE ORIGEN DE FONDOS, LEGALIDAD Y ANTICORRUPCIÓN
indicados en el presente pliego de condiciones.
Con el fin de apoyar la acción del Estado Colombiano en la lucha contra la corrupción, los proponentes presentarán con su propuesta los ANEXOS No. 3 y 4, que contienen el compromiso de origen de fondos, legalidad y anticorrupción, mediante el cual, cada proponente confirma, para efectos del presente proceso de selección, que el origen de los fondos, empréstitos, inversiones, aportes y participaciones económicas a cualquier nivel y concernientes al presente proceso licitatorio, no provienen de actividades ilícitas ni de actividades relacionadas en cualquier forma con el tráfico de estupefacientes, lavado de activos y/o cualquier otra actividad proscrita por la legislación nacional y/o internacional.
Si se comprobare el incumplimiento del proponente, sus representantes o sus empleados, asesores o agentes respecto de alguno o algunos de los compromisos antes enunciados durante el presente proceso de selección, se rechazará la propuesta presentada.
Si se comprobare el incumplimiento de dichos compromisos con posterioridad a la adjudicación de la selección, dicha situación conferirá a TRANSMILENIO S.A., la potestad de dar terminación anticipada al contrato por causa imputable al contratista, haciendo plenamente aplicables al caso las consecuencias previstas para esta situación en el contrato.
Las consecuencias contractuales por el incumplimiento del compromiso anticorrupción, serán aplicadas frente al hecho que configure el incumplimiento según la comprobación que del mismo haga TRANSMILENIO S.A., sin subordinación alguna a la suerte de las acciones que se llegaren a impulsar para la determinación de la responsabilidad de naturaleza penal que del hecho pudieran llegarse a desprender, si las hubiere, sin perjuicio de lo cual TRANSMILENIO S.A., procederá a denunciar el hecho ante las autoridades judiciales competentes para su investigación y sanción
penal, en el caso de que el incumplimiento identificado constituya delito sancionado por la Ley penal colombiana.
2.1.1.10. Certificación de Mipyme NO APLICA EN EL PRESENTE PROCESO
Cuando el oferente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal sea Mipyme, deberá remitir certificación suscrita por el Representante Legal y el Contador en la cual se acredite el valor de los activos y número de empleados a la fecha de apertura del presente proceso.
2.1.1.11. Documento de Identificación del Proponente
Debe adjuntarse a la propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía del proponente persona natural o de su representante legal, cuando se trate de persona jurídica o consorcio o unión temporal o promesa de sociedad futura.
2.1.1.12. Paz y salvo fiscal expedido por la Contraloría General de la República
De acuerdo con lo establecido en el inciso 3 del artículo 60 de la Ley 610 de 2000 y en la Circular No. 005 del 25 de febrero de 2008 emitida por la Contraloría General de la República, es obligación de los servidores públicos consultar en la página Web de la Contraloría General de la República acerca de la inclusión de nuevos funcionarios o contratistas en el Boletín de Responsables Fiscales que expide dicha entidad.
Por lo anotado, los oferentes podrán presentar el citado certificado vigente expedido por la Contraloría General de la República dentro de los documentos anexos a su oferta, en caso de no adjuntarse el mismo será verificado en la página Web de la Contraloría General de la República por el funcionario encargado de la verificación jurídica.
2.1.1.13. Certificación de antecedentes disciplinarios xxx XXXX- Procuraduría
TransMilenio verificará que el oferente (persona natural o jurídica), las personas que hacen parte de su sociedad (personas jurídicas), y quienes hagan parte de la propuesta conjunta (consorcio o unión temporal), no se encuentren reportados en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad-SIRI, expedido por la Procuraduría General de la Nación que reporta las posibles sanciones, incompatibilidades e inhabilidades de los proponentes y sus representantes legales.
El oferente podrá allegar esta(s) constancias en su propuesta y el jurídico evaluador realizará la consulta en la página respectiva.
2.1.1.14. Certificado de Antecedentes Judiciales.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 019 de 2012, el proponente y el representante legal del proponente (individual o plural), deberán presentar el citado certificado vigente expedido por la Policía Nacional de Colombia dentro de los documentos anexos a su oferta. En caso de no adjuntarse el mismo será verificado en la página Web de la Policía Nacional por el funcionario encargado de la verificación jurídica.
Si este documento no lo allegare el oferente correspondiente, la administración no requerirá, sino que verificará la información por sí mismo.
2.1.1.15. Certificado o Documento de Consulta en el Registro Nacional de Medidas Correctivas del MDN-POLICIA NACIONAL.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 183 de la Ley 1801 de 2016 “Código Nacional de Policía y Convivencia”, el proponente y el representante legal del proponente (individual o plural), deberán presentar el citado certificado o documento de consulta expedido por la Policía Nacional de Colombia dentro de los documentos anexos a su oferta. En caso de no adjuntarse el mismo será verificado en la página Web de la Policía Nacional por el funcionario encargado de la verificación jurídica.
Para ello, los proponentes consultaran la siguiente dirección: xxxxx://xxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/XXX/xxx_xxx_xxxxxxxx.xxxx
0.0.0.XX ORDEN FINANCIERO Y DOCUMENTOS QUE LOS ACREDITAN
2.1.2.1. Obligaciones tributarias (ANEXO No. 5)
Para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el proponente, deberá informar en qué régimen se encuentra clasificado, a través del diligenciamiento del ANEXO No. 5, el cual deberá estar firmado por el proponente o apoderado debidamente constituido. En caso de ser una persona jurídica, Unión Temporal, Consorcio o Promesa de Sociedad, deberá venir firmado por el representante legal, debidamente facultado en los términos xx xxx.
Adicionalmente a lo anterior, las Personas Naturales deberán anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía y del RUT.
Las Personas Jurídicas deberán anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal y fotocopia del RUT.
De igual manera, si se trata de Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad formados por personas naturales cada una de ellas deberá anexar los documentos antes mencionados.
1.1.1.1. Verificación de requisitos habilitantes financieros
Indicadores de capacidad financiera
INDICADOR | FORMULA | MARGEN SOLICITADO |
Liquidez | Activo corriente sobre pasivo corriente | Mayor o igual a 1,2 veces |
Nivel de endeudamiento | Pasivo total sobre activo total | Menor o igual al 70% |
INDICADOR | FORMULA | MARGEN SOLICITADO |
Razón de Cobertura de intereses. | Utilidad operacional dividida por los gastos de intereses | Mayor o Igual a 1,5 veces |
Capital de Trabajo | Activo Corriente – Pasivo Corriente | Mayor o igual al 20% del presupuesto oficial |
Cuando la cuenta de gastos de intereses sea igual a cero ($0), debido a que el proponente no tiene obligaciones financieras, ocasionando que la razón de cobertura de intereses resulte en indefinido o indeterminado, se considera que el proponente cumple con el indicador de Razón de Cobertura de Intereses.
Cuando la cuenta de gastos de intereses sea igual a cero ($0), debido a que el proponente no tiene obligaciones financieras, ocasionando que la razón de cobertura de intereses resulte en indefinido o indeterminado, se considera que el proponente cumple con el indicador de Razón de Cobertura de Intereses.
Interpretación
Indicador de liquidez: Es la capacidad financiera que tiene el proponente para cubrir las obligaciones a corto plazo con terceros, mediante la conversión en efectivo de sus bienes o derechos que son a corto plazo (Activo Corriente).
Nivel de endeudamiento: Es el Porcentaje de obligaciones con terceros que tiene el proponente.
Razón de Cobertura de Intereses: Es el número de veces que el proponente cuenta para cumplir con los gastos intereses.
Capital de trabajo (solo para contratos que lo necesitan para los demás borrar): Representa la liquidez operativa del proponente, es decir, el remanente con el que cuenta el proponente luego de liquidar sus activos corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo.
Indicadores de capacidad organizacional
El proponente deberá acreditar una capacidad organizacional con el cumplimiento de los siguientes indicadores, los cuales miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado, acorde al numeral 4 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015:
INDICADOR | FORMULA | MARGEN SOLICITADO |
Rentabilidad del Patrimonio (RP) | Utilidad Operacional / Patrimonio | Mayor o igual a 4% |
Rentabilidad del Activo (RA) | Utilidad Operacional / Activo Total | Mayor o igual a 2% |
Interpretación
Rentabilidad del patrimonio: Es la capacidad de generación de utilidad por cada peso invertido en el patrimonio
Rentabilidad del Activo: Es la capacidad de generación de utilidad por cada peso invertido en el activo.
NOTA 2: Para calcular los indicadores de los consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura se multiplican los componentes de los indicadores (utilidad operacional, patrimonio y activo total) correspondientes a cada uno de sus integrantes por el porcentaje de participación en el consorcio, unión temporal o promesas de sociedad futura, del resultado de sumar los valores obtenidos se calculan los indicadores solicitados. Para el capital de trabajo se tomará la sumatoria simple de los componentes (activo corriente y pasivo corriente) y de su resultado se calculará el indicador.
Información financiera para proponentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia
Para garantizar la participación de las Personas Naturales o Jurídicas Extranjeras no inscritas en el Registro Único de Proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país (Decreto 1082 de 2015), a estas no se les podrá exigir el requisito de inscripción en el registro único de proponentes. Las personas Naturales o Jurídicas extranjeras deberán presentar los Estados Financieros con corte a su país de origen debidamente firmados por el representante legal y por el Contador Público, acompañada del dictamen y sus notas y con traducción simple al idioma español, con los valores re- expresados a la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un Contador(a) Público(a) con tarjeta profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia. La información debe ser presentada en español y moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad de medida por disposición legal, así mismo, diligenciar el Formato - Capacidad Financiera y Organizacional establecido en el pliego de condiciones debidamente firmado por el representante legal y contador público, en el cual especifique las cifras utilizadas para verificar la capacidad financiera y capacidad organizacional a título de requisito habilitante, es decir, si cumple o no cumple, la cual se evaluará teniendo en cuenta los indicadores financieros. El Contador(a) Público(a) que suscriba el Formato - Capacidad Financiera y Organizacional, debe indicar en forma clara el nombre y número de Tarjeta Profesional, quien debe anexar certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, este certificado debe estar vigente (no mayor a 3 meses de expedición) para la fecha de presentación de la propuesta y fotocopia de la tarjeta profesional.
NOTA: La información del Formato - Capacidad Financiera y Organizacional estará sujeta a revisión frente a los estados financieros allegados por el oferente a la entidad, en caso de existir diferencias prevalece la información de los estados financieros.
En caso de que la fecha de cierre fiscal sea diferente a 31 de diciembre, se debe anexar la normatividad que establezca la fecha de cierre en el correspondiente país.
Proponentes no obligados a inscribirse en el RUP de acuerdo con el artículo 6 de la ley 1150 de 2007 (modificado por el art. 221, decreto nacional 019 de 2012)
Para la verificación de la Capacidad Financiera y Organizacional de entidades que no están obligadas a inscribirse en el Registro Único de Proponentes, Articulo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el art. 221, Decreto Nacional 019 de 2012 deberá presentar el Estado de situación
financiera año 2017, Estado de resultado y otro resultado integral del periodo 1 de enero al 31 de diciembre de 2017 y deben estar refrendados por el representante legal, contador Público y Revisor Fiscal cuando el proponente se encuentre obligado a tenerlo o por el Auditor Independiente y las notas a los estados financieros. El Contador Público y Revisor Fiscal o Auditor Independiente deben anexar copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, este certificado debe estar vigente (no mayor a 3 meses de expedición) para la fecha de presentación de la propuesta.
Deberán allegar Formato - Capacidad Financiera y Organizacional en el cual conste de manera discriminada y detallada cada uno de los valores de los indicadores solicitados, señalando las cuentas del Catálogo General de Cuentas de los estados financieros de donde se toma la información para efectos de verificar la capacidad financiera de éstas entidades.
2.1.3.DOCUMENTOS DE VERIFICACION TECNICA.
2.1.3.1. Experiencia acreditada del proponente (habilitante) (ANEXO No. 6)
Teniendo en cuenta la complejidad del objeto a contratar y toda vez que dentro del RUP no es posible sustraer la totalidad de la información requerida para verificar la experiencia solicitada por la entidad, es necesario, solicitar certificaciones de contratos que estén inscritas en el RUP, bajo los siguientes parámetros:
El proponente deberá acreditar experiencia específica mediante la presentación de máximo cinco (5) certificaciones de contratos ejecutados y terminados en los últimos cinco (5) años, contado a partir de la fecha de publicación de este pliego de condiciones hacia atrás, con entidades públicas, o privadas, cuyo objeto del contrato esté relacionado o sea a fin a:
Producción y/o elaboración de material impreso y promocional en pro de la realización de piezas de comunicación.
La sumatoria de los contratos o certificaciones deberá ser igual o superior al cien por ciento (100%) del presupuesto oficial del presente proceso, expresado en salario mínimos legales mensuales vigentes, así:
SMMLV |
1513,07 |
La entidad verificará que el o los contrato(s) se encuentre(n) identificado(s) en cualquiera de los códigos del Clasificador de Bienes y Servicios hasta el tercer nivel, que se relacionan a continuación:
CODIGO | SEGMENTO | FAMILIA | CLASES |
80141600 | Servicios de gestión, Servicios profesionales de empresa y Servicios administrativos | Comercialización y distribución | Actividades de ventas y promoción de negocios |
82121500 | Servicios editoriales de diseño, de artes gráficas, y bellas artes | Servicios de reproducción | Impresión |
14111500 | Materiales y productos de papel | Productos de papel | Papel de la imprenta y papel escribir |
14121700 | Materiales y productos de papel | Papel para uso industrial | Papeles laminados |
14121900 | Materiales y productos de papel | Papel para uso industrial | Papel prensa y de offset |
55101500 | Publicaciones impresas, Publicaciones electrónicas y Accesorios | Medios impresos | Publicaciones impresas |
55121700 | Publicaciones impresas, Publicaciones electrónicas y Accesorios | Etiquetado y accesorios | Señalización |
Nota 1: Si las certificaciones allegadas no contienen toda la información requerida, podrá aportar: (i) actas de liquidación y/o acta terminación y/o documentos soporte que sea del caso expedido por el contratante, donde se acredite el recibo a satisfacción de los servicios y (ii) copia del contrato respectivo, siempre que de dichos documentos se pueda verificar todas las condiciones establecidas en el pliego de condiciones.
Nota 2: En caso de que la propuesta sea presentada bajo la figura de unión temporal o consorcio, se permitirá la sumatoria de la experiencia de los integrantes, sin embargo cada uno de los integrantes deberá aportar por lo menos una certificación de contratos en Producción y/o elaboración de material impreso y promocional en pro de la realización de piezas de comunicación.
A. CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA
1. La verificación de la experiencia se realizará con base en la información que reporten los proponentes en el ANEXO – EXPERIENCIA DEL PROPONENTE dispuesto para tal fin y en los respectivos soportes de la información consignada en el mismo.
2. En dicho anexo el proponente deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la información contenida en el mismo es veraz, al igual que la reportada en los documentos soporte.
3. En todo caso cuando se pretenda acreditar la experiencia exigida, el oferente deberá aportar la certificación expedida por la entidad contratante y suscrita por el funcionario competente en la que se reflejen como mínimo los siguientes requisitos:
a) Nombre de la empresa Contratante.
b) Nombre del Contratista.
c) Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
d) Número del contrato (si tiene).
e) Objeto del contrato.
f) Fecha de inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
g) Nombre y firma de quien expide la certificación. (La certificación deberá estar firmada por el funcionario competente para suscribirla).
h) Actividades o funciones desarrolladas.
4. Cuando se pretenda acreditar experiencia en certificaciones de cumplimiento de operaciones xxx Xxxxxxx de Compras Públicas de la BMC expedida por la firma comisionista, deberá contener como mínimo los siguientes requisitos:
a) Nombre de la firma comisionista.
b) Dirección
c) Teléfono
d) Nombre del proponente.
e) Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
f) Nombre de la negociación.
g) Objeto de la negociación.
h) Número de la operación.
i) Fecha de inicio y finalización de la negociación.
j) Número de operaciones por negociación.
k) Valor de la negociación
l) Estado de la negociación Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año).
m) Nombre y firma de quien expide la certificación. (La certificación deberá estar firmada por el funcionario competente para suscribirla).
n) Cuando exista diferencia entre la información relacionada y la consagrada en los soportes presentados, prevalecerá la información de los soportes.
5. Así mismo, en el evento que las certificaciones no contengan la información que permita su evaluación, el proponente deberá adjuntar a la propuesta copia del contrato o de los documentos soportes expedidos por los contratantes que sean del caso, que permita tomar la información que falte en la certificación.
6. Los contratos verbales no serán tenidos en cuenta para acreditar experiencia. No serán válidas las certificaciones expedidas por el mismo contratista (auto certificaciones).
7. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse documento de constitución del consorcio o Unión Temporal, en el cual conste dicho porcentaje de participación.
8. Si el contrato que se pretende hacer valer como experiencia fue cedido o recibido en cesión, la certificación deberá especificar la fecha de la cesión y discriminar el valor del contrato ejecutado por el cedente y el cesionario.
9. El valor que se contabilizará para los efectos de los valores requeridos en este numeral, será aquel que se certifique como ejecutado, es decir no se tendrá en cuenta el valor no ejecutado, por lo anterior no se aceptaran contratos en ejecución.
10. En caso que las certificaciones aportadas que acreditan experiencia sea expedida por una entidad privada con quien se haya prestado, junto con la respectiva certificación podrá anexarse copia del contrato correspondiente.
11. No se aceptarán las certificaciones que no se encuentren ejecutadas en su totalidad, conforme la información reportada en el RUP
12. Para el caso de proponentes no obligados a estar registrados en el RUP, (Proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia), las certificaciones de los contratos allegados deberán contener la siguiente información y la señalada anteriormente
a) Nombre de la empresa Contratante.
b) Dirección y Teléfono del contratante.
c) Nombre del Contratista.
d) Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
e) Número del contrato (si tiene).
f) Objeto del contrato.
g) Xxxxx ejecutado del contrato que se pretende acreditar.
h) lugar de ejecución
i) Actividades ejecutadas.
j) Estado del contrato (En caso que la certificación no indique que el estado del contrato es terminado, el proponente podrá adjuntar la correspondiente acta de terminación debidamente suscrita)
k) Fecha de inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
l) Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año).
m) Nombre y firma de quien expide la certificación. (La certificación deberá estar firmada por el funcionario competente para suscribirla).
B. REGLAS GENERALES PARA LA VALORACIÓN DE LA EXPERIENCIA
1. Regla de sumatoria: Para el caso de consorcios y uniones temporales: Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la experiencia será la sumatoria de las experiencias de los integrantes que la tengan. Así mismo cuando se trate de consorcios o uniones temporales todos los integrantes deberán aportar al menos una (1) certificación de experiencia.
2. La experiencia adquirida en consorcio o unión temporal será tenida en cuenta de acuerdo con el porcentaje de participación en la unión temporal o consorcio, en la cual fue adquirida.
3. Si el proponente adjunta con su propuesta certificaciones adicionales a las cinco (5) máximas requeridas por la Entidad, se tendrán en cuenta las cinco (5) de mayor valor que el oferente xxxxxxx conforme a las relacionadas en el Anexo - EXPERIENCIA DEL PROPONENTE, las cuales deberán estar inscritas y registradas en el RUP. Si con posterioridad a la presentación de la propuesta el proponente allega otra certificación adicional, la entidad procederá a efectuar la revisión, siempre que la misma se encuentre registrada e inscrita en el RUP y cumpla con las condiciones exigidas en este numeral “EXPERIENCIA MÍNIMA HABILITANTE DEL PROPONENTE”.
4. Las certificaciones aportadas por el proponente en las cuales se relacionen varias operaciones se tendrán en cuenta siempre y cuando estas hayan sido cerradas en el marco de una misma negociación.
5. En caso que se relacione más de un contrato en una sola certificación, para efectos de verificación se tomará la experiencia específica del proponente directamente relacionada con los servicios y/o actividades solicitados por la entidad, de cada contrato individualmente considerado, en orden de mayor a menor valor ejecutado siempre que cumplan con las especificaciones establecidas en el presente documento y en el pliego de condiciones.
6. Cuando el valor de los contratos y/o certificaciones con el cual se pretende acreditar la experiencia se encuentre expresado en moneda extranjera:
Para el caso de contratos en dólares americanos, se hará la conversión a pesos colombianos con la TRM publicada en las estadísticas del Banco de la Republica publicadas en su página oficial, para la fecha de terminación del contrato certificado.
Cuando la experiencia reportada se haya facturado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo a las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República en su página oficial teniendo en cuenta la fecha de terminación del contrato certificado, y seguidamente a pesos colombianos.
7. Cuando la experiencia a aportar haya sido obtenida de manera directa con Transmilenio, el proponente podrá acreditar la misma tal como está establecido en el presente pliego o aportando copia de los contratos suscritos, sin perjuicio que el Transmilenio verifique internamente la real ejecución de los mismos.
8. Transmilenio podrá en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección, verificar y solicitar ampliación de la información presentada por el oferente para la acreditación de la experiencia.
9. Cuando en las certificaciones mediante las cuales se pretende acreditar experiencia se encuentren también relacionados bienes y/o servicios y/o operaciones de características disímiles a las del objeto del presente proceso contractual, se tendrá en cuenta únicamente la experiencia correspondiente a la relacionada con el objeto del presente proceso de selección. Para el efecto, debe discriminarse claramente el(los) valor(es) parcial(es) de los diferentes bienes o servicios o operaciones incluidos en dicha certificación.
10. Se tomará el valor del contrato al momento de la terminación, incluidas las adiciones y/o modificaciones, se divide por el valor del SMMLV del año correspondiente a la terminación, incluidas sus modificaciones y/o adiciones.
AÑO | SMMLV |
2019 | $828.116 |
2018 | $781.242 |
2017 | $737.717 |
2016 | $689.455 |
2015 | $644.350 |
2014 | $616.000 |
NOTA 3: Transmilenio se reserva el derecho de comprobar la autenticidad de los documentos aportados, así como de verificar el cumplimiento a cabalidad de los contratos y/o certificaciones que el oferente aporte.
NOTA 4: El proponente cuya constitución sea inferior a tres (3) años, podrá acreditar la experiencia solicitada, aportando certificaciones de los socios, accionistas o constituyentes, conforme a lo establecido en el numeral 2.5 del artículo 2.2.1.1.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, siempre y cuando la experiencia se encuentre relacionada en el RUP del proponente.
NOTA 5: Si se trata de un oferente extranjero, deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en un país distinto a Colombia, para efectos de demostrarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma diferente al castellano, deberá adjuntar al documento en idioma extranjero la traducción simple del documento, tal y como lo establece el Artículo 251 y ss. del Código General del Proceso. Si el proponente resulta adjudicatario, debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado, dicha traducción debe ser presentada dentro de los tres (3) días siguientes a la adjudicación del proceso y antes de la suscripción del contrato.
NOTA 6: En el evento de resultar favorecido con la adjudicación un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos del Código de Comercio, de acuerdo con lo señalado en los Artículos 471 y 474 del citado Código.
NOTA 7: No se aceptarán auto certificaciones, ni certificaciones suscritas por supervisores externos a la Entidad contratante.
2.1.3.2. PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO Y REQUISITOS DEL MISMO
El contratista es libre de establecer el número de personas a emplear para ejecutar el objeto del contrato, de acuerdo con la organización que determine, la cual estará sujeta a la revisión por parte de TRANSMILENIO S.A. Sin embargo, deberá contar cómo mínimo con el siguiente personal:
PERSONAL | REQUISITOS MÍNIMOS |
Dos (2) operarios de instalación | Personal bachiller con curso de manejo de alturas y con experiencia mínima de un (1) año en instalación de material impreso de gran formato. |
El proponente debe allegar en la propuesta certificación de acuerdo con el ANEXO - CARTA DE COMPROMISO PERSONAL MÍNIMO REQUERIDO, mediante el cual certifique que pondrá a disposición el personal mínimo requerido.
Nota 1: En todo caso, la formación académica, la experiencia del recurso humano será verificada por el TRANSMILENIO en caso de salir favorecido el proponente con la adjudicación del contrato; para lo cual el adjudicatario deberá allegar dentro de los tres (3) días siguientes a la adjudicación, la hoja de vida con los respectivos soportes que acrediten los requisitos de formación académica, y experiencia mínimos requeridos, de acuerdo con el perfil requerido.
2.1.3.3. Cumplimiento de requisitos técnicos.
Se verificará que el proponente conoce y acepta las condiciones técnicas exigidas en el anexo técnico, con la suscripción del ANEXO - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA.
CAPÍTULO III
3. CRITERIOS DE PONDERACIÓN
Teniendo en cuenta que los bienes que se pretenden adquirir son bienes de características técnicas uniformes y de común utilización y conforme con lo expresado en el numeral 3 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, el único factor de evaluación para el presente proceso de contratación es el menor precio ofertado.
3.1. CRITERIO DE EVALUACIÓN ECONÓMICA. Selección Abreviada por subasta inversa Verificación valores unitarios
En el momento de la apertura de los sobres de oferta económica, se verificará en cada una de las
propuestas que el valor unitario de los ítems cotizados no supere el valor máximo indicado en el ANEXO ECONÓMICO, so pena de rechazar la propuesta. El valor unitario máximo es el reflejado en el documento análisis del sector que soporta la presente contratación.
El valor susceptible de modificación durante la subasta inversa corresponderá al precio unitario total de la oferta económica
Margen mínimo de mejora de lances para la subasta inversa
El margen mínimo aceptable para efectuar los lances de la subasta inversa será del 2% del precio Total de la propuesta que ocupe el primer lugar conforme a los lances efectuados en la ronda anterior y así sucesivamente.
Para verificar el cumplimiento de ésta condición se debe aplicar la siguiente fórmula:
Ofval Pb Pr/ Pb*100% 2%
Dónde:
Ofval : Oferta Válida.
Pb : Precio Base.
Pr : Precio Ofertado en la presente ronda.
Los lances por debajo de este ofrecimiento no serán aceptados.
Es importante aclarar que este porcentaje se aplicará y reducirá simultáneamente al precio unitario ofrecido para cada ítem. Dicha aplicación y reducción y ajuste de la propuesta económica deberá ser realizada por el proponente que presento el menor valor al finalizar el evento de subasta y remitida a TRANSMILENIO S.A. para su respectiva verificación; esto deberá realizarse a más tardar el día hábil siguiente a la finalización del evento de subasta y constituirá una condición indispensable para la adjudicación.
Los valores propuestos deberán contemplar todos los costos directos e indirectos para en los cuales incurra el proponente para la correcta ejecución del objeto de la presente contratación. Cualquier error u omisión no dará lugar a modificar el valor propuesto y el proponente favorecido deberá asumir los sobrecostos que esto le ocasione.
Los precios contenidos en la propuesta NO ESTÁN SUJETOS A REAJUSTE ALGUNO, por tal razón, el proponente deberá tener en cuenta en el momento de la elaboración de los mismos los posibles incrementos.
El presente proceso se adjudicará por el valor total del presupuesto oficial, el cual se ejecutara como una bolsa de recursos de conformidad con los valores unitarios ofertados por el proponente adjudicatario y conforme a la necesidad de TRANSMILENIO S.A.
3.2. CRITERIO DE CALIDAD
N/A
3.3. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
N/A
3.4. REGLAS DE LA SUBASTA INVERSA 3.4.1.ADVERTENCIAS PRELIMINARES
Esta contratación se realizará bajo la modalidad de subasta electrónica de conformidad con las habilitaciones legales desarrolladas en las Leyes 1150 de 2007, 962 de 2005 y 527 de 1999 así como por lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.2.5 del Decreto 1082 de 2015. En ese orden ideas y de conformidad con lo señalado en el artículo antes citado, LA ENTIDAD ha establecido que para adelantar la subasta electrónica utilizará como sistema la plataforma de SECOP II que garantiza mecanismos de seguridad jurídica y técnica para el intercambio de mensajes de datos, asegurando la autenticidad, integridad, disponibilidad y no repudio de los mismos.
En lo que se refiere a la disponibilidad y conservación de las actuaciones instrumentadas por medios electrónicos, los servicios de certificación digital: (i) Asegurar la consulta en el formato original en que se hayan transmitido; (ii) conservar los datos asociados; y (iii) conservar los mecanismos de verificación de firmas.
3.4.2.APERTURA DEL SOBRE ECONÓMICO - (PROPUESTA INICIAL DE PRECIO) Y PROCEDIMIENTO APLICABLE CUANDO NO SE PRESENTE PLURALIDAD DE OFERENTES HABILITADOS
Para apertura de la propuesta económica: TRANSMILENIO S.A. procederá a abrir las propuestas económicas conforme al procedimiento establecido en la Guía para participar en una subasta en el SECOP II de Colombia Compra Eficiente.
En la fecha y hora prevista por el cronograma de actividades de este proceso de selección, la Entidad dará apertura a través de la plataforma SECOP II, al sobre que contiene las ofertas económicas iniciales de los proponentes considerados HABILITADOS según el informe de evaluación de las
propuestas.
Una vez desencriptada la información contentiva de la(s) oferta(s) económica(s) iniciales de precio de las propuestas HABILITADAS, será(n) puesta(s) a disposición del comité evaluador designado para el proceso de selección, quien verificará el cumplimiento de las condiciones indicadas en anexo económico y pliego de condiciones.
Realizada esta verificación, se dará paso a la admisión o no, a través de la plataforma SECOP II, de las propuestas económicas iniciales de precio presentadas.
Si se dan los presupuestos xx Xxx para la realización de la subasta inversa, esto es, que existan mínimo dos (2) propuestas habilitadas para participar en la puja, -numeral 4º del artículo 2.2.1.2.1.2.2 del Decreto 1082 de 2015-, la Entidad estructurará el evento de Subasta Inversa Electrónica por medio de la plataforma SECOP II y procederá a su realización de conformidad con las características de dicha herramienta electrónica.
En caso de que exista solo una oferta habilitada, cuya oferta económica inicial de precio cumpla con las condiciones establecidas en este pliego, ésta será aceptada en virtud de lo indicado por el 2.2.1.1.2.2.6 del Decreto 1082 de 2015.
3.4.3.SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
En atención a lo señalado en el numeral 8 del artículo 2.2.1.2.1.2.2º del Decreto 1082 de 2015 y conforme al procedimiento establecido en la Guía para participar en una subasta en el SECOP II de Colombia Compra Eficiente y el comunicado “Módulo de Subasta del SECOP II”, emitidas por Colombia Compra Eficiente, LA ENTIDAD utilizará la plataforma electrónica de SECOP II con el fin de adelantar la Subasta Electrónica.
El acto de Subasta Electrónica para la adjudicación del Contrato, determinará al Proponente Adjudicatario con base a la Postura de menor valor enviada dentro del Evento a través de la plataforma. Por lo tanto, el dato del Proponente Adjudicatario y el valor de su Postura serán suministrados por la Entidad a través de la herramienta de manera electrónica. Lo anterior, con el objetivo de proceder a realizar la adjudicación y publicación de la misma.
Es importante indicar que la plataforma no informa el valor del menor lance realizado por los proponentes en el evento de subasta, solamente informa la posición en la que se encuentra cada de los participantes, por lo cual la entidad informara el menor valor mediante el chat, atendiendo el procedimiento informado en el siguiente numeral.
Por último es importante aclarar que el precio de inicio o de arranque de la subasta inversa electrónica, será el menor valor de las propuestas habilitadas, el cual se determinara con base en la sumatoria de los valores unitarios ofertados por los proponentes.
3.4.4.FORMA DE PRESENTACIÓN Y DINÁMICA DEL EVENTO DE SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
1. Se realizará de acuerdo a la configuración establecida en la plataforma transaccional de Colombia Compra Eficiente SECOP II y la guía “Guía para hacer un Proceso de Selección Abreviada con Subasta en el SECOP II”.
2. La subasta se efectuará en la fecha y hora señalada en el cronograma establecido en el pliego electrónico y su anexo complementario, tendrá una duración de aproximadamente dos (2) horas.
a. El evento de subasta inversa electrónica tendrá una duración de 1 hora cuando dentro del proceso se encuentren entre 2 o 6 proponentes habilitados.
b. El evento de subasta inversa electrónica tendrá una duración de 2 horas cuando dentro del proceso se encuentren entre 7 o más proponentes habilitados.
3. Llegado el día y hora señalada para llevar a cabo el evento de subasta solo podrán participar en el evento de subasta inversa electrónica las propuestas que resulten HABILITADAS en las condiciones jurídicas, financieras y técnicas.
4. Los Proponentes Habilitados que participarán en el evento subasta electrónica deberán acceder a la misma a través de sus propios recursos. LA ENTIDAD no provee conexiones desde sus instalaciones para este evento, por lo tanto, los Proponentes Habilitados deberá tener Conexión internet estable y usuario y clave en el SECOP II a fin de poder participar en el evento de subasta a través de la herramienta destinada para tal fin.
5. Los oferentes habilitados podrán acceder a la subasta desde su cuenta de proveedor de SECOP II.
6. Si el proveedor tiene problemas de conexión al momento del evento de subasta, se aplicará lo definido en el artículo 2.2.1.2.1.2.6. del Decreto 1082 de 2015 que señala: “si por causas imputables al oferente o a su proveedor de soluciones de tecnología de la información y telecomunicaciones, durante la subasta inversa electrónica la conexión con el sistema se pierde, la subasta continuará y la entidad estatal entiende que el proveedor que pierde su conexión ha desistido de participar en la misma” salvo que logre volver a conectarse antes de la terminación del evento, entendiendo que su propuesta está constituida por la presentación de oferta inicial de precio dentro del proceso de selección de conformidad con el Articulo 2.2.1.2.1.1.1 del Decreto 1082 de 2015, o por el último lance mientras estuviera conectado a la plataforma tecnológica de subasta
7. El precio de arranque de la subasta inversa electrónica será el menor de la sumatoria de los ítem ofrecidos por los oferentes que resulten habilitados para participar en el evento.
8. El primer lance tendrá que realizarse por una mejora de por lo menos el DOS PORCIENTO (2%)
al valor del precio base informado.
9. Para que sea válido, cada lance deberá reflejar el margen mínimo de mejora de oferta del DOS PORCIENTO (2%) respecto de su último lance anterior. Es importante tener en cuenta que el proponente deberá realizar sus lances estimando para ello dicho margen mínimo respecto de su último lance. Lo anterior sin perjuicio de que el Proponente establezca realizar un lance por un margen mayor. Si un proponente al realizar un lance no respeta el margen mínimo la plataforma inmediatamente le impedirá realizar el mismo, lo anterior en virtud de lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.
10. Teniendo en cuenta que la plataforma solamente informa la posición en la que se encuentra cada uno de los proponentes al realizar su respectivo lance, TRANSMILENIO S.A. informará a través del Chat el menor valor para ese momento, lo anterior con el fin de que los proponentes conozcan el mismo, para todos los efectos la información se remitirá en el minuto 45, minuto 30, minuto 15 y minuto 2 para concluir el evento de subasta cuando la subasta tenga una duración de 1 hora; y en el minuto 90, minuto 60, minuto 45, minuto 30, minuto 15 y minuto 2 para concluir el evento de subasta cuando la subasta tenga una duración de 2 horas.
11. Para que el oferente al momento de iniciar la subasta pueda tener conocimiento de su posición, necesariamente deberá hacer un lance el cual deberá respetar el margen mínimo de mejora establecido.
12. Si en el curso de la subasta electrónica dos o más proponentes presentan una postura del mismo valor, SECOP II tendrá la capacidad de establecer cuál proponente envió cronológicamente primero dicha postura.
13. De igual manera, si dos o más oferentes resultaran en la posición número uno (1) con lances exactamente iguales se aplicará el criterio de desempate a continuación: Se debe seleccionar al
oferente que presentó el menor precio inicial acorde con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 2.2.1.2.1.2.2. del Decreto 1082 de 2015. En caso de persistir el empate la Entidad Estatal debe aplicar las reglas del numeral 1 al 5 del artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, y los demás criterios de desempates establecidos en el presente documento.
14. Conforme avanza la subasta electrónica, al llevar a cabo un lance, los oferentes serán informados por parte del sistema de la recepción de su postura y la confirmación de su valor, así como de la ubicación en que se encuentra su propuesta.
15. Si en el curso de la subasta electrónica inversa se presentan fallas de la plataforma tecnológica como las previstas en el artículo 2.2.1.2.1.2.6 del Decreto 1082 de 2015, que impidan continuar con el curso normal de la misma, “…la subasta debe ser suspendida y cuando la falla técnica haya sido superada la entidad estatal debe reiniciar la subasta…”, se dará reinicio al evento de subasta en las condiciones y fechas que establezca la ENTIDAD y que serán comunicadas a los proponentes habilitados mediante mensaje público. Será importante tener en cuenta que si las fallas corresponden a los recursos propios de los proponentes se entenderá que los mismos desistieron de participar salvo que logren conectarse antes de la terminación del evento de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.2.6 del decreto 1082 de 2015.
16. En ningún caso la plataforma tecnológica determinará precios artificialmente bajos, este proceso lo determinará la entidad una vez culminado el evento subasta y aplicará lo dispuesto por el artículo 2.2.1.1.2.2.4. del Decreto 1082 de 2015 y los manuales y guías que para el efecto expida Colombia Compra Eficiente.
17. Una vez terminado el evento y antes de la adjudicación la entidad hará público el desarrollo y resultado de la subasta incluyendo la identidad de los oferentes habilitados a través de SECOP II.
18. El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. No obstante, lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, éste podrá ser revocado, caso en el cual, la Entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
3.4.5.PRECIOS ARTIFICIALMENTE BAJOS.
Si revisadas las posturas por parte de los proponentes habilitados y de conformidad con la información establecida por la ENTIDAD esta estima que la postura ganadora durante el evento de Subasta resulta artificialmente baja, el Comité Evaluador de la Entidad requerirá al Proponente para que explique las razones que avalan el valor ofertado. Oídas las explicaciones, el Comité Evaluador recomendará al ordenador del gasto la adjudicación o el rechazo de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015.
Una vez se de apertura al sobre No. 2, la plataforma del Secop II, determinara la oferta inicial más económica, precio que será con el que se inicie la subasta inversa electrónica.
CAPÍTULO IV
4. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO, FACTORES DE DESEMPATE Y CAUSALES DE RECHAZO PARA PROPUESTAS
4.1. CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTO EL PROCESO
TRANSMILENIO S.A., podrá declarar desierto el proceso de selección únicamente por motivos que impidan la escogencia objetiva, del contratista, tales como:
Ausencia de ofertas.
Cuando ninguna de las ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en el Pliego de Condiciones.
Cuando ninguna de las ofertas se adecue a los criterios establecidos en el presente documento, para la evaluación económica.
Existan causas o motivos que impidan la selección objetiva del Proponente.
El Ordenador del Gasto no acoja la recomendación del comité evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso (caso en el cual deberá motivar su decisión).
Esta decisión se tomará mediante resolución motivada y se notificará de conformidad con lo establecido en el Código Contencioso Administrativo y contra ella procede el recurso de reposición.
4.2. FACTORES DE DESEMPATE
Si al terminar la subasta inversa hay empate, la Entidad Estatal seleccionara al oferente que presentó el menor precio inicial. En caso de persistir el empate la Entidad Estatal dará aplicación a las reglas del numeral 1 al 5 del artículo 2.2.1.1.2.2.9 del Decreto 1082 de 2015, que son los siguientes:
1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
2. Como propuesta individual preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional. Esta en este mismo rango si las propuestas conjuntas están compuestas únicamente por Xxxxxxx.
3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura.
4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones esta¬blecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el
veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta.
5. Sorteo en audiencia pública mediante balotas en forma eliminatoria. Se identifican a los proponentes empatados con un número xx xxxxxx y luego se introducen las mismas en una bolsa. Se les pide a los asistentes que saquen una a una las balotas, las cuales se eliminaran, y la última que quede en la bosa es la favorecida con la adjudicación.
Solo se acreditarán los factores de desempate mediante los documentos allegados a más tardar el día del cierre. Esto quiere decir, que no se tomaran probatoriamente (en forma documental) como válidos factores de desempate allegados en forma posterior a la fecha de cierre.
4.3. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Será motivo para rechazar una propuesta la ocurrencia de cualquiera de los siguientes eventos:
1. Cuando NO se xxxxxxx la carta de presentación de la oferta y la misma sea requerida y el proponente no la subsane en el término legal.
2. Cuando los oferentes se encuentren incursos en causal de inhabilidad o incompatibilidad establecida en la Constitución Política y la Ley.
3. Cuando se presente una propuesta en lugar, fecha y hora diferentes a las señaladas en el Pliego de Condiciones.
4. Cuando se evidencie confabulación entre proponentes que tiendan o puedan alterar la selección objetiva del proceso de selección.
5. Cuando no se presente la oferta económica en la Plataforma SECOP II.
6. Cuando teniendo obligación de hacerlo no presente documento de conformación del consorcio o, unión temporal o empresa de sociedad futura en el SECOP II y la misma sea requerida y el proponente no la subsane en el término legal.
7. Cuando no subsane o aclare la información o documentación requerida por entidad dentro del término preclusivo y perentorio de traslado establecido en el cronograma.
8. Cuando el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución a que se refieren los artículos 218, 342, 351, 370 y 457 del Código de Comercio.
9. Cuando se evidencie interferencia, influencia o la obtención de correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones no enviados oficialmente a los proponentes, bien sea de oficio o a petición de parte.
10. Cuando se presenten varias ofertas por parte del mismo proponente (por sí o por interpuesta persona), o cuando el proponente tenga intereses en otra persona jurídica que también se presente, es decir, cuando se trate de propuestas que correspondan a sociedades que tengan socios comunes, excepto cuando se trate de sociedades anónimas abiertas, lo cual se acreditará mediante certificación del Revisor Fiscal de la respectiva sociedad, solamente se tendrá en cuenta la propuesta que se presentó primero en el tiempo y las demás serán rechazadas.
11. Cuando la propuesta se presente con condicionamientos para la adjudicación del presente proceso de selección.
12. Cuando el valor total de la propuesta supere el valor del presupuesto oficial establecido o cuando alguno de los ítem supere el valor establecido como techo en el estudio xx xxxxxxx y en el anexo económico.
13. Cuando el Proponente no aclare o lo haga incorrectamente, la información o documentación solicitada por TRANSMILENIO S.A., respecto de un requisito o documento cuya omisión o deficiencias generen, de acuerdo con la ley, el rechazo de la propuesta.
14. Cuando se omitan requisitos o contenidos que impidan la comparación objetiva de las propuestas.
15. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o que no cumplan los requisitos de cumplimiento simple o habilitantes para la participación, indicados en este pliego de condiciones.
16. Cuando para este mismo proceso de selección, un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad estén conformados por beneficiarios reales de otro proponente, por sí o por interpuesta persona, o por una empresa que haga parte del mismo grupo empresarial, según la definición legal contenida en el artículo 28 de la Ley 222 de 1995.
17. No allegar la garantía de seriedad de los ofrecimientos a más tardar al momento de cierre del proceso.
18. Cuando en el Certificado de Existencia y Representación Legal se verifique que el objeto del proponente (o de cualquiera de los integrantes cuando sea Consorcio o Unión Temporal) no se ajusta a lo exigido en la invitación.
19. Cuando de acuerdo con el dictamen del Revisor Fiscal el participante o alguno de sus miembros se encuentre en causal de disolución.
20. Cuando siendo la propuesta presentada por un proponente plural (consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura), no se inscriba y presente la oferta en la plataforma del SECOP II, como tal; o cuando la propuesta no sea cargada en la plataforma del SECOP II acorde con lo establecido en el Manual de uso del SECOP II para proveedores.
21. Las demás contempladas en la Constitución Nacional, la Ley y en este proceso de selección.
Se entiende para todos los efectos del presente proceso de selección que la única correspondencia oficial del proceso y por tanto susceptible de controvertirse será la enviada a través de la plataforma del SECOP II.
Parágrafo: La administración podrá solicitar a los proponentes los documentos referentes a la futura contratación que no constituyan los factores de escogencia establecidos en este Pliego de Condiciones hasta el término establecido por la entidad, igualmente para que subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, so pena del rechazo definitivo de sus propuestas.
CAPITULO V
5. MATRIZ DE RIESGOS
5.1. RIESGOS EN LA CONTRATACION ESTATAL
TABLA 1 - MATRIZ DE RIESGOS
Remítase a la matriz de riesgos establecida en los estudios previos, la cual hace parte integral del presente proceso de selección.
Las fórmulas que utilizará la entidad para la mitigación xx xxxxxx serán las siguientes:
No | Posibles fórmulas de mitigación | Marcar con una “x” | |
SI | NO | ||
1 | Previo análisis de la entidad, ampliación del plazo de ejecución | X | |
2 | Previo análisis de la entidad, ampliación del presupuesto oficial | X | |
3 | Previo análisis de la entidad, modificación a obligaciones específicas o especificaciones técnicas | X | |
4 | Previo proceso correspondiente, que la ejecución la asuma la compañía aseguradora que amparó el negocio. | X | |
5 | Previo análisis de la entidad, cesión de la ejecución contractual | X | |
6 | Previo procesos correspondiente, declaración de incumplimiento, caducidad, imposición de multas, etc. | X | |
7 | Previo análisis de la entidad, modificar aspectos contractuales como forma de pago, garantías técnicas, etc. | X | |
8 | Previo acuerdo de las partes, Introducir obligaciones contractuales nuevas. | X |
TITULO VI
6. RELACION DE ANEXOS
6.1. ANEXOS
Corresponden o documentos que obran como material informativo y los cuales servirán de base a los proponentes para lo elaboración de la propuesta:
a. Anexo técnico
b. Matriz de riesgos del proceso de selección
6.2. ANEXOS
Corresponden o documentos que deben diligenciar los proponentes paro la acreditación de los requisitos y condiciones a presentar con lo oferta, según las exigencias establecidas en el pliego y los cuales se relacionan o continuación:
Anexo No. 1 – Carta De Presentación De La Propuesta
Anexo No. 2 – Certificación Del Control De Los Recursos Parafiscales
Anexo No. 3 – Pacto De Proponentes
Anexo No. 4 – Compromiso De Origen De Fondos, Legalidad Y Anticorrupción
Anexo No. 5 – Información Tributaria
Anexo No. 6 – Experiencia Certificada Del Proponente
Anexo No. 7 – Propuesta Económica o propuesta inicial de precio (Corresponde al Formulario del SECOP II)
Anexo No. 8 – Minuta del contrato
Anexo No. 9 – Capacidad financiera y organizacional
Anexo No. 10 – Carta de compromiso equipo de trabajo mínimo requerido para la ejecución
ANEXO 1 - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Bogotá, D.C. - Colombia.
Doctor(a)
XXXX XXXX XXX
Director(a) Corporativa TRANSMILENIO S.A.
ASUNTO: Propuesta proceso de Selección Abreviada por Subasta Inversa No.TMSA-SAS-03 DE 2019
Por medio de los documentos adjuntos me permito presentar propuesta para participar en el proceso de selección tendiente a contratar “Contratar la prestación del servicio de transporte para personal administrativo y operativo de TRANSMILENIO S.A. Alcance del Objeto. El contratista debe suministrar vehículos en excelente condición técnico mecánica, para la prestación de un servicio acorde a las necesidades y expectativas de la Entidad.
El servicio se prestará desde la Sede Administrativa de TRANSMILENIO S.A., ubicada en la Xxxxxxx Xx Xxxxxx Xx. 00-00 xx Xxxxxx con el fin de distribuir al personal a diferentes puntos de la ciudad, poblaciones aledañas y viceversa.
Así mismo, en el evento de resultar favorecido con la adjudicación me comprometo a notificarme, perfeccionar el contrato, y a legalizarlo dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes a la suscripción del mismo y ejecutar el objeto contractual de acuerdo con los documentos que hacen parte del proceso de selección, así como los del contrato, los precios de esta oferta y las demás estipulaciones de la misma, en las partes aceptadas por TRANSMILENIO S.A.
En mi calidad de proponente declaro:
1. Que leí cuidadosamente los Pliegos de condiciones y elaboré mi propuesta ajustada a estos. Por tanto, conocí y tuve las oportunidades establecidas para solicitar aclaraciones, formular objeciones, efectuar preguntas y obtener respuestas a mis inquietudes.
2. Que acepto y acojo todas las especificaciones técnicas, normas técnicas, obligaciones generales, obligaciones específicas, lineamientos especiales y factores propios de ejecución establecidos, en los pliegos de condiciones definitivos, sus anexos, sus formatos, sus estudios previos y manifestaciones establecidas en la plataforma del SECOP II.
3. Que conozco los pliegos de condiciones del proceso de selección, informaciones sobre preguntas y respuestas, y adendas, así como los demás documentos relacionados con el objeto a desarrollar y acepto cumplir todos los requisitos en ellos exigidos.
4. De igual forma manifiesto que acepto las consecuencias que se deriven del incumplimiento de los requisitos a que se refiere el numeral anterior.
5. Que acepto que en el momento que haya discrepancia entre el pliego de condiciones definitivos (y sus adendas) y las contestaciones a la observaciones de proyectos de pliegos
y de pliegos definitivos prevalecerá lo señalado en los pliegos de condiciones definitivos (y sus adendas).
6. Bajo la gravedad del juramento que toda la información aportada y contenida en mi propuesta es veraz y susceptible de comprobación.
7. Que acepto las condiciones impuestas por la administración en el anexo técnico y demás exigencias para la ejecución del contrato.
8. Que en caso de que se me adjudique el contrato me comprometo a suscribir el acta de iniciación con TRANSMILENIO S.A. y el supervisor (y/o interventor) del contrato.
9. Que conozco y acepto en un todo las leyes generales y especiales aplicables a este proceso contractual.
10. Que daré cumplimiento a las obligaciones del contrato, entre ellas la de herramientas de inclusión (Directiva 001 de 2011).
11. Que en el evento de salir favorecido con la adjudicación mantendré durante la ejecución del contrato los precios ofertados en mi propuesta económica (unitarios o globales cuando a ello haya lugar salvaguardando la conveniencia y necesidad de la administración), sin formula de reajuste.
12. Que acepto y estoy en condiciones suministrar los materiales y recurso humano requerido por TRANSMILENIO para la ejecución contractual durante el plazo del contrato (cuando aplique).
13. Que cuento con el transporte suficiente para la óptima ejecución del contrato de acuerdo con lo establecido en estudio previo, anexo técnico y demás documentos del proceso (cuando aplique).
14. Que aceptó y estoy en condiciones de suministrar y distribuir los materiales, en los sitios indicados, o los que le informe el supervisor durante la ejecución del contrato (cuando aplique).
Me permito informar que acepto mis notificaciones electrónicas relativas a este proceso de selección, de conformidad con el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011 y las recibiré en la siguiente dirección:
Correo Electrónico (E-mail):
Nombre completo del proponente:
Cédula de ciudadanía o NIT:
Dirección:
Teléfonos:
País de origen del proponente
Nombre Representante Legal o Apoderado Cédula de Ciudadanía
Atentamente,
Firma:
ANEXO 2 - CERTIFICACIÓN DE APORTES SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
El SUSCRITO REPRESENTANTE LEGAL Y/O REVISOR FISCAL (Según sea el caso) DE
CERTIFICA QUE:
Se encuentra al día en el pago de salarios, pagos de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, (cuando a ello haya lugar) por concepto de los últimos seis (6) meses calendario (o por el tiempo de duración de la empresa en meses si su fecha de creación es inferior). Se expide la anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en Bogotá, D. C. a los
Nombre y Firma representante legal
C. C.
Nombre y Firma Revisor Fiscal
C. C.
PARÁGRAFO: La presente certificación tan solo debe ser diligenciada por personas jurídicas proponentes o miembros del proponente, o personas naturales en su calidad de empresa.
ANEXO 3 - PACTO DE PROPONENTES
PROCESO DE SELECCIÓN POR SUBASTA INVERSA TMSA-SAS-03-2019
Nosotros los abajo firmantes en representación de nuestras compañías, orgullosos de actuar como delegados de las firmas proponentes en el proceso de selección aquí referenciado.
CONSIDERANDO:
Que es importante que el Distrito Capital cuente con una Entidad efectiva dado su aporte al fortalecimiento del concepto de ciudad como espacio de vida en comunidad.
Que el aseguramiento de la transparencia en los procesos contractuales redunda en beneficio no sólo de la Entidad contratante, sino de los propios participantes, en cuanto garantiza que el único criterio de adjudicación será la excelencia de la propuesta.
Que la empresa que represento reconoce que la presentación de propuestas en el presente proceso, se efectúa en un entorno imparcial, competitivo y no sujeta a presiones o abusos indebidos.
Que conozco a cabalidad los pliegos de condiciones y adendas, sus reglas de juego establecidas y modificaciones que se han hecho a los mismos hasta el cierre del proceso de selección y reconozco que los mismos son equitativos y no conllevan al favorecimiento de un proponente en particular.
Que para participar en el proceso, he estructurado una propuesta seria, con información fidedigna y con una oferta económica ajustada a la realidad que asegura la posibilidad de ejecutar el contrato en las condiciones de calidad y oportunidad exigidas en los términos de referencia.
Que resulta conveniente la formulación de un pacto explícito en cuanto al acatamiento de las normas jurídicas y éticas que deben regir los procesos contractuales, y por lo tanto,
NOS COMPROMETEMOS A:
Actuar en el proceso de selección aquí referenciado, con estricto apego a las normas jurídicas y éticas propias de éste tipo de procedimientos y conforme al principio de buena fe, transparencia y equidad.
Abstenerme de realizar u ofrecer, directa o indirectamente, pagos de comisiones o dádivas, o de utilizar medios de presión a funcionarios de TRANSMILENIO S.A., con el fin de obtener favorecimientos en la decisión de adjudicación, lograr cambios en el contrato, evadir impuestos, derechos, licencias o cualquier otra obligación legal.
Abstenerme de coludir y establecer con otros interesados o participantes, cualquier tipo de acuerdos tendientes a distorsionar la decisión de la Entidad y limitar indebidamente la sana competencia en estos procesos, tales como el uso de empresas subordinadas o vinculadas para direccionar la aplicación de los criterios de evaluación.
Cumplir con rigor las exigencias que haga la entidad contratante en el curso del procedimiento de selección.
Utilizar las oportunidades y mecanismos jurídicos que la ley pone a disposición, con estricta sujeción al principio de la buena fe, evitando cualquier forma de abuso del derecho.
No utilizar, en la etapa de evaluación de las propuestas, argumentos sobre incumplimiento de requisitos diferentes a los establecidos en los términos de referencia, para efectos de buscar la descalificación de mis competidores o modificar el orden de elegibilidad de las propuestas.
Adoptar las medidas necesarias para que ningún miembro del personal de mi Empresa, incurra en conductas violatorias del presente pacto.
Denunciar con la debida justificación y de manera inmediata ante la Veeduría Distrital y demás órganos de control, cualquier actuación irregular ejecutada por funcionarios y/o los proponentes.
EN CASO DE INCUMPLIR LOS COMPROMISOS AQUÍ ENUNCIADOS ME COMPROMETO A ACATAR LO SIGUIENTE:
Reconocimiento público del comportamiento desarrollado dentro del proceso contractual, el cual autorizo a publicar en la página Web de TRANSMILENIO S.A.
Para constancia se firma de manera voluntaria, en Bogotá, D.C., el día XX de XXXXX de 20xx, dentro del proceso de selección referenciado,
Proponente:
En representación Firma como testigo
C.C. No. Veeduría Distrital-si lo requiere
Parágrafo: La firma del Testigo de Veeduría puede ser plasmada con posterioridad al cierre proceso, cuando el proceso se encuentre acompañado por dicho funcionario.
ANEXO 4 - COMPROMISO DE ORIGEN DE FONDOS, LEGALIDAD Y ANTICORRUPCIÓN
El suscrito a saber: (representante legal o apoderado), domiciliado en
, identificado con , quien obra en calidad de(representante legal o apoderado) en nombre y representación de (nombre del proponente), tal como consta en (Certificado de existencia y representación legal o documento de constitución), quien en adelante se denominará el Proponente, manifiesta su voluntad de asumir, de manera unilateral, el presente COMPROMISO DE ORIGEN DE FONDOS, LEGALIDAD Y ANTICORRUPCIÓN, teniendo
en cuenta las siguientes consideraciones:
1. La TRANSMILENIO S.A. convocó el proceso de selección de Abreviada por Subasta Inversa No.xx de 20xx.
2. Que es interés del Proponente apoyar la acción del Estado Colombiano, del Distrito de Bogotá y de TRANSMILENIO S.A. para fortalecer la transparencia en los procesos de contratación, la responsabilidad de rendir cuentas y luchar contra la corrupción.
3. Que el Proponente, se encuentra compuesto por los siguientes integrantes: (Integrantes del proponente en caso de presentarse como consorcio o unión temporal)
4. Que siendo del interés del Proponente participar en el proceso de selección referenciado, se encuentra dispuesto a suministrar la información propia que resulte necesaria para aportar transparencia al proceso y en tal sentido suscribe el presente documento unilateral, que se regirá por las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA. -COMPROMISOS
El Proponente mediante suscripción del presente documento, asume los siguientes compromisos:
Que declara apoyar la acción del Estado Colombiano y particularmente a TRANSMILENIO S.A. en propender por el fortalecimiento y el cumplimiento de los principios de legalidad, transparencia en todas sus actuaciones y al momento de rendir cuentas.
Que se compromete a no dar ni ofrecer dinero u otra utilidad de manera directa o indirecta a través de terceros, a ningún funcionario público, ni a sus parientes en cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad y/o primero civil, ni a persona alguna ya sea natural o jurídica que actúe como funcionario, servidor, empleado, asesor, consultor y/o contratista de TRANSMILENIO S.A. y/o de las entidades públicas o privadas participantes en el presente proceso licitatorio, con el fin de influir en la determinación de las condiciones del presente Pliego de Condiciones y/o del Contrato y/o en la evaluación de las propuestas y/o en la adjudicación del presente proceso de selección.
Que responderá de manera solidaria en caso que un tercero que actúe en su nombre, ya sea como empleado, representante legal, director y/o administrador, un agente comisionista independiente, como asesor y/o como consultor, dé u ofrezca dinero u otra utilidad con el fin de influir en la
determinación de las condiciones del presente Pliego de Condiciones y/o del Contrato y/o en la evaluación de las propuestas y/o en la adjudicación del presente proceso de selección.
Que revela de manera clara y en forma total a TRANSMILENIO S.A. mediante el diligenciamiento del presente anexo y revelará ante cualquier organismo de control que en el momento que así se le solicite, los nombres de todos los beneficiarios de los pagos suyos y/o efectuados en su nombre relacionados por cualquier concepto con el presente proceso de selección, incluyendo los pagos ordinarios ya realizados, aquellos por realizar, así como los que se propongan hacer en caso de resultar adjudicatarios de presente proceso licitatorio.
Se entenderá que esta obligación no operará cuando la suma de los pagos no revelados sea inferior a DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) o su equivalente en cualquier moneda.
Que revela los gastos y costos asociados a la etapa pre contractual mediante el diligenciamiento del presente anexo y revelará ante cualquier organismo de control que en el momento que así se le solicite, entendidos estos como los asociados a actividades tales como la preparación y presentación de la propuesta y a la preparación de las observaciones al informe de evaluación, si a ello hubiere lugar.
Se entenderá que esta obligación no operará cuando la suma de los pagos no revelados sea inferior a DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) o su equivalente en cualquier moneda.
Que conformará un centro de costos que refleje los gastos en los que se incurra o se prevea incurrir, cualquiera que sea las personas que asuman el costo, o cualquiera que sea su beneficiario. Dicha información deberá ser presentada ante TRANSMILENIO S.A. con la propuesta pertinente, a través del diligenciamiento de los cuadros incorporados en el presente documento, que deberá presentarse con la propuesta, y actualizarse mediante comunicaciones que se remitirán a TRANSMILENIO S.A., cuando se trate de gastos realizados con posterioridad a la presentación de la propuesta y anteriores a la legalización del Contrato , que no hayan sido revelados o previstos al momento de presentación de la propuesta.
CLÁUSULA SEGUNDA – CONSECUENCIAS DEL INCUMPLIMIENTO
El Proponente asume a través de la suscripción del presente compromiso las consecuencias previstas en el pliego de condiciones, si se comprobare el incumplimiento de cualquiera de los compromisos de origen de fondos, legalidad y anticorrupción.
CLÁUSULA TERCERA - PAGOS REALIZADOS
El Proponente declara que los siguientes son los pagos reales suyos y/o efectuados en su nombre relacionados por cualquier concepto con el presente proceso de selección, incluyendo los pagos ordinarios ya realizados, aquellos por realizar, así como los que se propongan hacer en caso de resultar adjudicatarios de presente proceso licitatorio.
BENEFICIARIO | MONTO ($) | CONCEPTO |
El Proponente declara que los siguientes son los gastos y costos asociados a la etapa pre contractual, entendidos estos como los asociados a actividades tales como la preparación y presentación de la propuesta y a la preparación de las observaciones al informe de evaluación, si a ello hubiere lugar
BENEFICIARIO | MONTO ($) | CONCEPTO |
CLÁUSULA CUARTA - DECLARACIÓN DE ORIGEN DE FONDOS
El proponente declara que el origen de los fondos, empréstitos, inversiones, aportes y participaciones económicas a cualquier nivel y concernientes al presente proceso licitatorio son producto de la realización de las siguientes actividades:
Descripción de las actividades
Y que los mismos, no provienen de actividades ilícitas ni de actividades relacionadas en cualquier forma con el tráfico de estupefacientes, lavado de activos y/o cualquier otra actividad proscrita por la legislación nacional e internacional.
PARÁGRAFO: Cuando el proponente sea Consorcio o Unión Temporal deberá presentar el contenido de este anexo por cada uno de los integrantes.
REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO 5 - INFORMACIÓN TRIBUTARIA OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, EN QUE REGIMEN SE ENCUENTRA CLASIFICADO COMO PROPONENTE, PROVEEDOR O CONTRATISTA | ||
SI | NO | |
GRAN CONTRUBUYENTE | ||
REGIMEN COMUN | ||
REGIMEN SIMPLIFICADO | ||
PROFESIONAL INDEPENDIENTE | ||
RENTA | ||
1. Es usted Sujeto Pasivo de Retención en la Fuente | ||
2. Tiene usted la calidad de Autorretenedor | ||
Si tiene la calidad de “Autorretenedor”, anexar fotocopia de la Resolución expedida por la DIAN. | ||
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO – IVA | ||
1. A que Régimen Impositivo pertenece usted como Contratista o Proveedor | ||
2. Es usted responsable del Impuesto al Valor agregado-IVA | ||
3. Como responsable del Régimen Simplificado, se encuentra inscrito en el RUT. | ||
Si usted es responsable del IVA y no se encuentra inscrito en el RUT, deberá presentar factura con los requisitos mínimos xx Xxx. | ||
IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO - ICA | ||
0.Xx acuerdo a las actividades sujetas al Impuesto, en cual se considera clasificado y cuál es el porcentaje: Industrial Comercial Servicios | ||
2. Cómo profesional Independiente, soy contribuyente del ICA? |
Nombre y Firma del Representante Legal
ANEXO 6 - EXPERIENCIA DEL PROPONENTE EXPERIENCIA ACREDITADA DEL PROPONENTE
No. Contra to | los códigos UNSPSC | Contrata nte | Direcció n y Teléfon o | Objeto del contrato | Fecha Suscripc ión | Fecha Inicio | Fecha Termin ación | % Participac ión (*) | Valor ejecutado del contrato en pesos (**) y en SMMLV | % Ejecuci ón (**) | Numero consecutivo del reporte en RUP |
(*) Cuando el proponente haya celebrado el contrato en consorcio o unión temporal
(**) A la fecha de la certificación. Para verificar este aspecto, se tendrá en cuenta la información registrada en las certificaciones o documentos expedidos por el contratante mediante los cuales se acredite esta experiencia y que cumplan con las condiciones expresadas en el presente documento.
Nombre y Firma del Representante Legal
ANEXO 7 - PROPUESTA ECONÓMICA
(Corresponde anexo en formato Excel que se será cargado en la plataforma del SECOP II en la pregunta de lista de precios)
REMITASE AL ANEXO DE LA PLATAFORMA SECOP II
ANEXO 8 - MINUTA DEL CONTRATO
CLÁUSULA PRIMERA: INTEGRALIDAD DEL PROCESO.- Hace parte integral del presente contrato, los estudios previos que el contratista manifiesta conocer, los pliegos de condiciones, sus formatos y sus anexos técnicos y la propuesta del contratista.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA -. Las obligaciones, lineamientos técnicos, especificaciones técnicas y compromisos especiales de ejecución del negocio a cargo del CONTRATISTA son las indicadas en los Pliegos de Condiciones de la Selección Abreviada De Subasta Inversa TMSA-SAS-03 DE 2019, los anexos que hacen parte de la misma, sus adendas y demás documentos que componen el proceso de selección. Igualmente, serán obligaciones del CONTRATISTA las demás que tengan relación directa con la ejecución del contrato, según la naturaleza del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1682 de 2013.
PARAGRAFO PRIMERO: El contratista tendrá que cumplir las especificaciones y lineamientos técnicos plasmados en los Pliegos de Condiciones Definitivos de la Selección Abreviada por Subasta Inversa TMSA-SAS-03 DE 2019.
PARAGRAFO SEGUNDO: En caso de discrepancia entre los estudios previos y los pliegos de condiciones de la Selección Abreviada por Subasta Inversa TMSA- SAS-03 DE 2019 prevalecerá en su orden los pliegos de condiciones de la Selección Abreviada De Subasta Inversa TMSA- SAS-03 DE 2019 sus formularios y sus anexos luego los estudios previos que lo originaron.
CLÁUSULA TERCERA: PACTO PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL.-
El CONTRATISTA se compromete a no contratar bajo cualquier modalidad, sin autorización expresa del ministerio de la protección social y en razón de la ejecución del presente contrato, a menores de edad. PARÁGRAFO: Esta cláusula se entiende pactada en cumplimiento de lo establecido en el artículo 93 de la Constitución Política, los tratados y convenios internacionales debidamente ratificados por Colombia y demás normas de derecho internacional público e interno que consagran la protección especial de los derechos de las niñas y los niños.
CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE TRANSMILENIO S.A.- Además de las obligaciones pecuniarias por concepto de pago de los servicios, TRANSMILENIO S.A. se compromete para con el CONTRATISTA a: 1. TRANSMILENIO S.A. se obliga con el CONTRATISTA a pagar el valor del contrato, de conformidad con lo establecido en el mismo. 2. Suministrar la información que este requiera para el desarrollo del objeto contratado. 3. Entregar de manera oportuna al CONTRATISTA la información requerida para el adecuado cumplimiento de sus obligaciones. 4. Demás que se requieran para el cumplimiento del objeto contratado y de acuerdo con la naturaleza del mismo.
CLÁUSULA QUINTA: INDEMNIDAD TRIBUTARIA.- De conformidad con los Pliegos de Condiciones, EL CONTRATISTA mantendrá en desarrollo de sus obligaciones indemne a TRANSMILENIO en todo lo relacionado con las obligaciones tributarias derivadas del mismo.
CLÁUSULA SEXTA: LIQUIDACIÓN.- El presente contrato será objeto de liquidación de conformidad con lo previsto en el Artículo 60 de la Ley 80 de 1993, el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, Artículo 217 del Decreto 019 de 2012 y las disposiciones xxx xxxxxx de condiciones, procedimiento que deberá efectuarse dentro de los seis (6) meses siguientes a su vencimiento o a
la expedición del acto administrativo que ordene su terminación o a la fecha del acuerdo que así lo disponga. Dentro de este plazo se entiende incluido un término de cuatro (4) meses para la liquidación de común acuerdo y dos (2) meses adicionales para la liquidación unilateral si es del caso.
PARÁGRAFO PRIMERO: El interventor para la liquidación exigirá al CONTRATISTA la ampliación de la garantía, si es del caso, a fin de avalar las obligaciones que éste deba cumplir con posterioridad a la extinción del presente contrato.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Si EL CONTRATISTA no se presentare para efectos de la liquidación del contrato o las partes no llegaren a ningún acuerdo, TRANSMILENIO S.A. procederá a su liquidación, por medio de resolución motivada susceptible del recurso de reposición. Así mismo y de conformidad con lo previsto por el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, si EL CONTRATISTA deja salvedades en la liquidación por mutuo acuerdo, la liquidación unilateral procederá en relación con los aspectos que no hayan sido objeto de acuerdo.
XXXXXXXX XXXXXXX: DECLARACIÓN DE HABILIDAD.-El CONTRATISTA manifiesta bajo la
gravedad de juramento, que se entiende prestado por la aprobación de este documento, no encontrarse incurso en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición legal para celebrar y ejecutar el mismo.
PARÁGRAFO: El CONTRATISTA responderá por haber ocultado al contratar inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones o por haber suministrado información falsa.
CLÁUSULA OCTAVA: CAPACIDAD E IDONEIDAD.-Para los efectos del presente contrato, el CONTRATISTA demuestra su idoneidad y capacidad para realizar este tipo de labor mediante presentación de los documentos anexos con su propuesta.
CLÁUSULA NOVENA: EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL.-El CONTRATISTA se obliga a
desarrollar el objeto contractual por su cuenta y riesgo bajo su exclusiva responsabilidad. Por lo tanto este contrato no genera vínculo laboral alguno entre el CONTRATISTA y TRANSMILENIO S.A. Adicionalmente, los requerimientos que realice TRANSMILENIO S.A. al personal del contratista en ningún caso implicarán relación de subordinación.
CLÁUSULA DÉCIMA: SEGUIMIENTO.- La supervisión y control de la debida ejecución del objeto contractual será ejercida por la persona designada en los estudios previos o quien designe el ordenador del gasto.
PARAGRAFO PRIMERO: La modificación de la supervisión no requerirá contrato adicional, modificatorio u otrosí, sino la simple manifestación mediante oficio del ordenador del gasto.
PARAGRAFO SEGUNDO: Cuando la persona que ejerce la supervisión entre en periodo de vacaciones, licencia o cualquier tipo de suspensión de funciones, antes de empezar dicho periodo, tendrá que personalmente hacer la gestión ante el ordenador del gasto, para que su labor sea asumida por otra persona. Será responsabilidad del titular (no del que la ejercerá temporalmente) remitir el oficio de designación temporal (el que ejerce la funciones en periodo de vacaciones, licencia, etc) al expediente del SECOP.
PARAGRAFO TERCERO: Es obligación del supervisor del presente contrato impulsar los procesos sancionatorios o conminatorios a que haya lugar.
PARAGRAFO CUATRO: El seguimiento del presente contrato se sujeta en forma principal al cargo designado y no a la persona y tendrá que conocer todos los documentos del expediente contractual.
PARAGRAFO QUINTO: Será responsabilidad del supervisor solicitar la ampliación de las pólizas cuando se amplié el plazo de ejecución por contrato adicional, suspensión o que queden recursos por ejecutan aun cuando expire el termino determinado inicialmente pactado.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: MULTAS: TRANSMILENIO S.A., podrá imponer multas al CONTRATISTA en los casos de incumplimiento o cumplimiento tardío o defectuoso de las obligaciones asumidas por el mismo, en razón de la celebración del contrato. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del CONTRATISTA, facultará a TRANSMILENIO S.A., para imponerle al CONTRATISTA multas sucesivas del (0.5%) del valor del contrato mensual sin que ellas excedan el diez por ciento (10%) del valor total del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento total o parcial de cualquiera de las obligaciones a cargo de las partes o declaratoria de caducidad, habrá lugar al pago de una sanción pecuniaria equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, suma que se tendrá como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios que sufra la otra parte por el incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y
CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Para la imposición de multas y cláusula penal se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.-El CONTRATISTA no podrá
ceder, ni subcontratar, total o parcialmente, la ejecución del objeto contractual sin el consentimiento y la aprobación previa y escrita de TRANSMILENIO S.A., quien podrá reservarse las razones que tenga para negarla autorización de la cesión; para el efecto, el cesionario deberá cumplir con el mínimo de los requisitos dispuestos en los pliegos de condiciones que fueron la base para la presente contratación.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.- El plazo de ejecución del contrato podrá suspenderse en los siguientes eventos: 1. Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito. 2. Por mutuo acuerdo, siempre que de ello no se deriven mayores costos para TRANSMILENIO S.A. ni se causen otros perjuicios.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.- El CONTRATISTA será
responsable ante las autoridades de los actos u omisiones en ejercicio de las actividades que desarrolle en virtud del presente contrato, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros, en los términos del artículo 52 de la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: SOBRE GARANTÍAS.- Se deberán constituir las garantías solicitadas en los documentos del proceso de selección. El CONTRATISTA se compromete a ampliar, modificar o prorrogar la garantía única de cumplimiento y la póliza de responsabilidad civil extracontractual, en el evento que se aumente el valor del contrato se prorrogue o suspenda su vigencia. El incumplimiento de esta obligación dentro del plazo que se señale para el efecto será causal de terminación del contrato en el estado en que se encuentre.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: GASTOS DEL CONTRATO-. Todos los gastos que se causen para el perfeccionamiento y ejecución del contrato, como el otorgamiento de las garantías, impuestos entre otros, corren por cuenta del CONTRATISTA.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: CAUSALES DE TERMINACIÓN.- Este contrato se dará por terminado en cualquiera de los siguientes eventos: 1. Por mutuo acuerdo de las partes, siempre que con ello no se causen perjuicios a la entidad. 2. Por declaración de incumplimiento total. 3. Por agotamiento del objeto o vencimiento del plazo. 4. Por fuerza mayor o caso fortuito que hagan imposible continuar su ejecución. 5. Por no prorrogar, sin justa causa, la garantía dentro del término que se le señale para el efecto. 6. Por terminación anticipada del contrato en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del CONTRATISTA, previa certificación expedida por el interventor del contrato.
PARÁGRAFO: En cualquiera de los eventos de terminación referidos en la presenta cláusula, se procederá a la liquidación del contrato.
CLÁUSULA VIGENCIA: CLÁUSULAS EXCEPCIONALES AL DERECHO COMÚN.- Se incorporan
al presente contrato las cláusulas excepcionales previstas en los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993.
CLÁUSULA VIGENCIA PRIMERA.- OBLIGACIÓN DE PAGO DE AFILIACIÓN AL SISTEMA
DE SEGURIDAD SOCIAL: El CONTRATISTA se obliga a acreditar mensualmente el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
XXXXXXXX XXXXXXXX SEGUNDA.- NOMBRAMIENTO DE PERSONAL: El CONTRATISTA
deberá presentar el personal indicado en su oferta, el cual nombrará directamente para cumplir las obligaciones que contrae. TRANSMILENIO S.A. no adquiere compromisos ni obligaciones con persona alguna, empleados u obreros del CONTRATISTA por ningún concepto, en razón a los servicios contratados. Puesto que el CONTRATISTA ejecutará el objeto de este contrato con total autonomía técnica y sin subordinación con respecto a TRANSMILENIO.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- GASTOS DEL CONTRATO: Todos los gastos que se causen para el perfeccionamiento y ejecución del contrato, como el otorgamiento de las garantías, impuestos entre otros, corren por cuenta del CONTRATISTA.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- RÉGIMEN LEGAL: El presente contrato se rige, entre otros, por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1682 de 2013 y el Decreto 1082 de 2015.
CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA.- DOMICILIO: Para todos los efectos legales, el domicilio es la ciudad de Bogotá D.C.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA.- TOTAL ENTENDIMIENTO: Se entiende que las partes conocen, comprenden y aceptan todas y cada una de las cláusulas y apartes del presente contrato. También se entiende que el eventual vicio declarado por autoridad competente de alguna o alguna de ellas, sólo afecta a aquellas declaradas como viciadas. Así mismo, se entiende que los títulos de cada cláusula son meramente enunciativos y no las afectan.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEPTIMA: DOCUMENTOS ANEXOS-.Forman parte integrante de este contrato los documentos y comprobantes básicos, antecedentes fundamentales de la misma que se enumeran a continuación: 1. El estudio previo y sus anexos. 2. Solicitud de disponibilidad presupuestal. 3. Certificado de disponibilidad presupuestal. 4. Pliego de condiciones, anexos y demás documentos previos. 5. Propuesta del CONTRATISTA. 6. Certificado de existencia y representación legal. 7. Certificado de cumplimiento de las obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales. 8. Los demás documentos que durante el perfeccionamiento y la ejecución se alleguen al mismo.
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA: REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN.- El
presente contrato se perfecciona con la firma de las partes. El CONTRATISTA sólo podrá iniciar la ejecución del presente negocio, una vez cumplidos los siguientes requisitos: 1. Expedición del registro presupuestal. 2. Constitución de las garantías por EL CONTRATISTA y aprobación por TRANSMILENIO S.A. 3. Suscripción del acta de inicio. 4. Los demás requisitos establecidos especialmente para el presente proceso de selección.
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA: INDEMNIDAD - El Contratista se obliga a indemnizar a TRANSMILENIO S.A. con ocasión de la violación o el incumplimiento de las obligaciones previstas en el presente contrato. El Contratista se obliga a mantener indemne a TRANSMILENIO S.A. de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que tengan como causa sus actuaciones hasta por el monto del daño o perjuicio causado y hasta por el valor del presente contrato. El Contratista mantendrá indemne a TRANSMILENIO S.A. por cualquier obligación de carácter laboral o relacionado que se originen en el incumplimiento de las obligaciones laborales que el Contratista asume frente al personal, subordinados o terceros que se vinculen a la ejecución de las obligaciones derivadas del presente Contrato.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA: CONFIDENCIALIDAD - EL CONTRATISTA se compromete a mantener con carácter confidencial toda la información de propiedad de TRANSMILENIO S.A, a la que tenga acceso en desarrollo del objeto del contrato y no podrá divulgarla a terceras personas. En caso de incumplimiento de lo aquí pactado por parte de EL CONTRATISTA, TRANSMILENIO S.A., ejercerá las acciones legales, que sean del caso. Igualmente EL CONTRATISTA se compromete a entregar debidamente organizada al supervisor del Contrato la documentación que haya producido durante la ejecución del contrato cuando así se le solicite o, en todo caso, cuando finalice el contrato.
CLÁUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA: Propiedad intelectual: De conformidad con la Ley 23 de 1982, modificada por la Ley 1450 de 2011 y Ley 1915 de 2018, toda creación, modificación, producción, innovación o desarrollo tecnológico, científico o susceptible de ser caracterizado como de propiedad intelectual o industrial que se obtenga como resultado de ejecución de las obligaciones contractuales del contratista, será de propiedad de TRANSMILENIO S.A. Para asegurar la autenticidad y seguridad de esta propiedad, el contratista se obliga a ceder dicha producción para que TRANSMILENIO S.A., la explote en el territorio nacional o en cualquier lugar otro lugar que lo requiera de manera indefinida, para lo cual el contratista se obliga a suscribir el respectivo documento de cesión en el que se identificará el objeto susceptible de ser caracterizado como de propiedad intelectual o industrial antes de la finalización del plazo contractual y en todo caso antes de su liquidación si ésta procede.
ANEXO 9 - CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL
Para personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia y proponentes no obligados a inscribirse en el RUP de acuerdo con el artículo 6 de la ley 1150 de 2007 (modificado por el art. 221, decreto nacional 019 de 2012)
OFERENTE:
INFORMACION FINANCIERA A de de 201 (Valor en pesos colombianos)
CUENTA | OFERENTE | OFERENTE PLURAL | ||
INDIVIDUAL | ||||
Participante | Participante N° 2 Porcentaje de participación % | Participante N° 3 Porcentaje de participación % | ||
N° 1 | ||||
Porcentaje de | ||||
participación % | ||||
Activo corriente | ||||
Activo Total | ||||
Pasivo Corriente | ||||
Pasivo Total | ||||
Utilidad Operacional | ||||
Gastos de intereses |
CAPACIDAD FINANCIERA
INDICADOR | OFERENTE INDIVIDUAL | OFERENTE PLURAL |
Índice de Liquidez | ||
Índice de Endeudamiento | ||
Razón de Cobertura de intereses |
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
INDICADOR | OFERENTE INDIVIDUAL | OFERENTE PLURAL |
Rentabilidad sobre activos | ||
Rentabilidad sobre patrimonio |
Firma Representante Legal Oferente Nombre Documento de identidad | Firma del Contador (a) Nombre Documento de identidad Tarjeta profesional |
ANEXO 10 - CARTA DE COMPROMISO EQUIPO DE TRABAJO MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN
Bogotá D.C. de de 2019.
Yo, , en calidad de represente legal de la empresa
identificada con NIT , me comprometo a suministrar a TRANSMILENIO el personal mínimo requerido en el NUMERAL - EQUIPO DE TRABAJO MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN, a saber:
• Dos (2) operarios de instalación, Personal bachiller con curso de manejo de alturas y con experiencia mínima de un (1) año en instalación de material impreso de gran formato, en caso de que resultare adjudicatario del presente proceso y cumplirán con los requisitos definidos en ANEXO TÉCNICO.
Para ello, me comprometo a presentar los soportes solicitados del personal, los cuales cumplen con los requisitos exigidos, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma del contrato.
Firma: Nombre Identificación:
Representante legal de la empresa