ARTICULO 1º) OBJETO
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES COMPLEMENTARIAS
ARTICULO 1º) OBJETO
El presente llamado a Licitación Pública tiene por objeto contratar los trabajos necesarios para la ejecución de dos alcantarillas sobre el terraplén lateral al Canal Línea Paraná – Tramo III – Primera Sección A.
Estas obras forman parte del proyecto de acondicionamiento hidráulico del camino lateral del Canal Línea Paraná - Tramo III - 1º Sección “A”, entre progresivas Km 27+600 (Ruta Provincial 30) a progresiva Km 10+200 (Paralelo 28, coincidente con el límite con la provincia del Chaco) en el extremo Norte de la provincia de Santa Fe. El total de las alcantarillas con descargas contempladas en el proyecto de readecuamiento hidráulico es de diecinueve (19). Mediante la presente licitación se construirán solo dos de ellas.
El tramo considerado tiene una longitud de 17.4 Km, ubicados al Oeste de la localidad de Los Amores, en el distrito homónimo del Departamento Vera, distante a unos 430 km aproximadamente de la ciudad capital de la provincia de Santa Fe.
La traza del camino a readecuar atraviesa el sistema laminar de escurrimiento de la Región de Bajos Submeridionales, que suma aportes en períodos de inundaciones proveniente de la provincia de Chaco. Dadas las características físicas del área, la obra vial está íntimamente ligada a la dinámica hídrica superficial, siendo un elemento de gran impacto sobre la misma.
En esta región ocurren reiteradas inundaciones ( a causa de que el área tiene la forma de un plano inclinado y la dirección predominante del flujo es de NO a SE, con pendientes de entre 5 y 30 cm/Km ) cubriéndose totalmente la superficie de agua y generándose un escurrimiento laminar hacia sistema de Cañada Ombú y el Xxxxxx El Rey.
La frecuencia de las inundaciones es de periodicidad de por lo menos una vez cada 2 años, con permanencias de 90 a 200 días. Por otra parte, la región sufre la alternancia de períodos de sequía invernal o estival. La concreción de estas obras atenuaría los problemas de anegamientos de larga data en el citado distrito.
Las alcantarillas se construirán en las progresivas Km 25+900 (próxima a la intersección con la Ruta Pcial Nº 30) y Km 25+000 (ubicada aguas arriba de la anterior), serán de hormigón armado, (elaborado con hormigón del tipo H-21 s/CIRSOC y cemento portland ARS) del tipo cajón Z-2915 s/ plano de la DNV, rectas a 90º con bordes de calzadas y muros de alas. Estarán conformadas por un solo tramo de sección; de luz libre (l): 3,70 m;AC: 8,30 m y altura libre (h): 2,02 m, con platea adicional de protección de fondo en el canal de acceso a las alcantarillas y carpeta de rodamiento de 4 cm de
espesor con hormigón del tipo H-17 s/ CIRSOC, con cemento portland normal. Para no interrumpir el tránsito vehicular está previsto la construcción de un desvío provisorio ejecutado junto con la banquina sur del camino con un AC: 6,00 m y señalización. Aguas abajo de las mismas, se construirá una obra de control de la erosión retrogradante delagua con hormigón tipo H-21 s/CIRSOC y cemento portland ARS y al final de esta, se realizará una protección de suelo cemento plástico a lo largo de 1,90 m y de 0,20 m de espesor.
Estas dos alcantarillas se vincularán con el canal Línea Paraná mediante un canal a construir, con una base de fondo de 3,79 m y taludes a 45º.
Los trabajos precedentes se realizarán conforme lo establecido en el Proyecto Ejecutivo de la obra y los Pliegos Único de Bases y Condiciones, de Bases y Condiciones Complementarias y los de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares de la Administración de la Provincia de Santa Fe.
ARTICULO 2º) XXXXX XXXXX
La Licitación, adjudicación, contratación y ejecución de los trabajos se ajustan en un todo al régimen de la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe Nº5.188, sus decretos reglamentarios y modificatorios, y/o el Decreto Ley de Contabilidad Provincial Nº 1757/56 y la Ley de Administración Financiera Nº12.510/06 y sus decretos reglamentarios, ampliatorios y modificatorios, o; las que las reemplacen, si correspondiere. Asimismo, será obligatorio para el contratista en lo atinente a su función específica el cumplimiento de las leyes y Decretos Nacionales, Provinciales, Ordenanzas Municipales, Comunales, su Reglamentación y todas aquellas otras leyes y disposiciones que sobre el particular se dicten en el futuro.
ARTICULO 3º) PRESUPUESTO OFICIAL:
El Presupuesto Oficial se ha previsto en: PESOS OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 36/100 ($ 826.487,36) de acuerdo a
la planilla de ítems y cantidades que forma parte de la presente documentación, calculado con valores al mes de Febrero /2011.
ARTICULO 4º) INSCRIPCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN
Los proponentes deberán estar inscriptos y habilitados en el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe en la especialidad 600 – OBRAS DE ARTE – subespecialidad 620 OBRAS DE ARTE MENOR
Deberán contar como mínimo con los siguientes montos:
CAPACIDAD DE CONTRATACION ANUAL: $ 2.479.462,08
CAPACIDAD TECNICA DE CONTRATACIÓN INDIVIDUAL
600 OBRAS ARTE-620 OBRAS DE ARTE MENOR : $ 826.487,36
En el caso de asociaciones transitorias serán de aplicación las Normas del Registro de Licitadores de Obras Públicas vigentes a la fecha de Licitación.
ARTICULO 5º) PRECIO DE ADQUISICIÓN DEL LEGAJO:
El precio de adquisición del presente legajo de licitación es de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA ($ 340,00).
ARTICULO 6º) SISTEMA DE CONTRATACIÓN:
Los trabajos se contratarán por el sistema de “ Unidad de Medida y
Precio Unitario”.
ARTICULO 7º) DE LA PROPUESTA:
Las propuestas se abrirán el día.......... del mes hasta
las……..horas en........................…………………..…...................................….... y serán
presentadas en Sobre cerrado sin membrete, siglas, sellos, o signos que hagan posible la identificación del proponente, quién deberá mantener las mismas por el término de SESENTA
(60) días a partir de la fecha de apertura de los Sobres de Presentación.
Las propuestas que no se presenten en la forma descripta anteriormente serán rechazadas y las que resulten mejores a criterio de la Administración quedarán prorrogadas por un plazo igual a la mitad de lo establecido precedentemente.
ARTICULO 8º) DE LA FORMA DE PRESENTAR LAS PROPUESTAS Y SU APERTURA:
“La documentación que acredite la representación invocada por el firmante de la propuesta, consistirá en:
1) Si se trata de personas de existencia visible:
1.a) Si la propuesta está firmada por la misma, no acompañará ninguna documentación. Deberá aclarar nombre y apellido completo, nacionalidad, fecha de nacimiento , número de documento de identidad, domicilio real y constituido, profesión, estado civil, Número de Clave Única de Identificación Tributaria y de inscripción en el Consejo o Colegio Profesional correspondiente.
1.b) Si la propuesta está firmada por mandatario, acompañará copia del poder especial o general de administración, debidamente certificado por Escribano Público, Autoridad Judicial, Policial o Entidad Bancaria.
2) Si se trata de personas de existencia ideal o jurídica
2.a) Si la propuesta está firmada por representante legal, acompañará copia del contrato social inscripto en el Registro Público de Comercio y la documentación que acredite que el mismo está facultado para contratar en nombre de la persona jurídica, salvo que ello surja del contrato social, debidamente certificado.
2.b) Tratándose de una sociedad de hecho, se presentará: Declaración Jurada, mencionando sus integrantes, firmada por los mismos y autorización escrita a favor del socio que ejercerá la representación ante el Ministerio en este llamado”.
8.1) PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
Las propuestas se presentarán en dos sobres distintos Número 1 y Número 2 cerrados y lacrados. El Sobre Número 2 deberá estar dentro del Sobre Número1. Ambos sobres llevarán un rótulo; el Sobre Número 1 según el Artículo Nº12 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones; el Sobre Número 2 según el inc.3) del presente Artículo.
Los documentos contenidos en los Sobres Números 1 y 2 deben ser presentados por original y una copia, estar foliados y firmados en todas sus hojas, por el Oferente y el Director Técnico.
Deberá ser identificado un ejemplar con la palabra ORIGINAL, el cuál será considerado a todos los efectos como OFERTA VALIDA. El otro ejemplar, debe ser idéntico al anterior, y será marcado con la palabra COPIA.
8.2) CONTENIDO DEL SOBRE NUMERO 1:
Los documentos que deben incluirse en el Sobre Presentación son los detallados a continuación, debiendo respetarse el orden indicado:
8.2.a) GARANTÍA DE LA PROPUESTA: Consistente en el 1 % del importe del Presupuesto oficial de la obra que se licita y que, en el caso de existir dos o más presupuestos oficiales, por haberse previsto alternativas, se tomará sobre aquel de mayor importe. Su no presentación, constituirá el formal rechazo de la propuesta, nos se abrirá el sobre N° 2 y se procederá a la devolución de la documentación al final del Acto. Cuando al hacer el estudio formal de presentación de las propuestas, la Comisión de Adjudicación, o el órgano competente observe que se cometió un error en su monto o plazo, como cuestión de previo y especial pronunciamiento, antes de analizar los otros aspectos, se intimará al proponente a que lo subsane, en un plazo perentorio de dos días hábiles administrativos, bajo apercibimiento de tener por desistida la oferta.
Deberá ser constituida, por algunas de las siguientes formas que se detallan a continuación:
• Dinero en efectivo, mediante depósito en garantía en el Nuevo Banco Provincial de Santa Fe S.A. a favor del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe, ó e cualquiera de las casas o sucursales del Nuevo Banco de
Santa Fe S.A.., con transferencia a casa central Santa Fe a favor del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente.
• Títulos de la Nación, Provincia o Municipalidad que tengan cotización oficial.
• Créditos no afectados, que el proponente tenga a su favor con la provincia.
• Fianza o aval bancario a satisfacción de la Superioridad. A tal efecto el proponente presentará una carta fianza por la cual una institución bancaria se constituye en fiadora xxxx y llanamente pagadora.
• Fianza mediante póliza de seguro de caución, extendida por compañía aprobada por la Superintendencia de seguros de la Nación y por la Provincia, la que deberá constar con la debida certificación de la firma responsable de la Empresa Aseguradora, y de tratarse de extraña Jurisdicción, con la legalización correspondiente.
8.2.b) EJEMPLAR DEL LEGAJO OFICIAL DE OBRA FIRMADO: La documentación a que se refiere el artículo primero xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones visada por el Proponente y Director Técnico. No se exige el duplicado de este requisito.
8.2.c) INSCRIPCIÓN Y CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN - ADMISIBILIDAD DE EMPRESAS OFERENTES:
8.2.c1.) Certificado habilitante para licitar, otorgado por el registro de licitadores de la provincia de santa fe, según lo indicado por el artículo N° 4 del presente pliego;
8.2.c2) Inexistencia de antecedentes de rescisión de contratos de obras públicas por culpa de la empresa, por el lapso de dos años anteriores a la fecha de publicación del llamado (Decreto N°195-23/01/06-Formulario Nº11 DGRL) y;
8.2.c3) CERTIFICADO NEGATIVO EXPEDIDO POR EL REGISTRO DE DEUDORES
ALIMENTARIOS MOROSOS –RDAM - conforme lo establece la Ley provincial Nº11.945; el Decreto Reglamentario Nº1005/06 y la Disposición Nº001/06-DGRL, de la Jurisdicción que corresponda al oferente ( en original o copia certificada por el Poder Judicial x Xxxxxxxxx Público), tanto para “Personas Físicas”, o “Personas Jurídicas”. Para el caso de “Personas Jurídicas”, deberá presentarse certificado de los miembros que integren los órganos de administración; para “Unión Transitoria de Empresa – U.T.E.”, de los miembros de los órganos de administración de las personas jurídicas que la componen.
8.2.d.) CERTIFICADO DEL PAGO DE LOS TRIBUTOS FISCALES: El Oferente deberá presentar por original, ó, en fotocopias debidamente legalizadas, los tres (3) últimos comprobantes de pago de:
8.2.d.1.) IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE emitidos
por la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.), adjuntando asimismo las
Declaraciones Juradas y acuse de recibo pertinentes. En caso de no ser contribuyente, constancia en tal sentido.
8.2.d.2.) IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ( A.F.I.P- D.G.I.), acompañado de las
Declaraciones Juradas y acuse de recibo pertinentes.
8.2.d.3.) S.U.S.S. ( A.F.I.P- D.G.I.), adjuntar además las Declaraciones Juradas y acuse de recibo pertinentes.
8.2.d.4.) ULTIMA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS.
8.2.d.5) DDJJ en la que manifiesta la eventual existencia o no de deudas u obligaciones pendientes de carácter previsional o impositiva, y cumplimiento de la legislación en materia, en los ámbitos nacional, provincial o municipal.
8.2.d.6) CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR, otorgado por la AFIP-DGI ( s/
Resolución General Nº1814 -13/01/05 -AFIP), o en su defecto, constancia de solicitud del mismo hasta el día y hora del acto de apertura, inclusive. Para este último caso, una vez transcurrido el lapso, que para su expedición fija la citada norma, la Comisión de Estudio de Ofertas quedará facultada automáticamente para proceder a la desestimación de la propuesta que no obtuviere su otorgamiento. Quedan exceptuadas de la obligatorierad de presentar el Certificado Fiscal para Contratar, aquellas oferentes cuyas propuestas sean por importes inferiores a pesos cincuenta mil ( $ 50.000).
8.2.e) ANTECEDENTES EMPRESARIOS: a los efectos de evaluar la capacidad empresarial, deberá adjuntarse:
8.2.e.1) Listado de obras ejecutadas o en ejecución, adjudicadas o próximas a ser adjudicadas, indicándose los montos de obras actualizados por el índice de costos de la construcción a la fecha de apertura de las ofertas, nivel general del INDEC, conforme a lo detallado en el ANEXO III – Primera Parte “ Antecedentes Empresarios”.
8.2.e.2) Certificado de Comitentes.
En caso de U.T.E., deberá presentarse un único listado que agrupe la totalidad de antecedentes empresariales de las firmas integrantes de la misma, acompañando a su presentación lo establecido precedentemente.
8.2.e.3) Capacidad de producción mensual: conforme al ANEXO III – SEGUNDA PARTE: “DATOS DE PRODUCCIÓN BÁSICA” y ARTÍCULO Nº9 – Inc. 3. Se deberá adjuntar los comprobantes que acrediten lo declarado (Fotocopias debidamente autenticadas de Certificados o Facturas de obras). Alternativamente se podrá presentar un informe emitido por un Contador Público independiente, que certifique que los montos facturados mensualmente correspondientes al período de mayor producción, se corresponden con los volcados en la planilla del Anexo III – SEGUNDA PARTE, avalado a su vez por el respectivo Colegio Profesional.
8.2.f) DECLARACIÓN JURADA: conforme a lo detallado en el ANEXO V.
8.2.g) SOBRE Nº2 - PROPUESTA ECONÓMICA: El Sobre propuesta debidamente cerrado, dentro del Sobre 1 o exterior o de presentación, conforme lo indicado en el Inciso 3) del presente artículo.
8.2.h) DETALLE DEL EQUIPO: que dispone o el que arrendará para realizar la Obra, conforme al Plan de Trabajo previsto, de acuerdo con lo exigido en el ARTÍCULO Nº 20 y a lo indicado en el ANEXO II del presente Xxxxxx.
8.2.i) RECIBO DE COMPRA DEL LEGAJO: El Oferente deberá presentar el Recibo Oficial emitido por la Repartición que acredite haber adquirido el Legajo de Obra, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo Nº4 xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones. En el mismo deberá constar, nombre del adquiriente, domicilio, fecha y hora de emisión.
El recibo será emitido por el área administrativa competente de la Repartición, hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de la hora prevista para la apertura de las ofertas y constituirá el único comprobante fehaciente de la adquisición. Fuera de dicho plazo, no se venderá el ejemplar del legajo de la licitación, aunque el ticket de pago del depósito obtenido por la institución bancaria, se haya efectuado con anterioridad a la hora de cierre de la venta.
El pago del ejemplar, cuyo monto se establece en el Artículo Nº 5 del presente pliego, podrá realizarse mediante depósito en la Cuenta Bancaria de la Repartición Nº 21803/07 - Xxxxxxxx 000 xxx Xxxxx Xxxxx xx Xxxxx Xx SA - CBU: 33005995 15990021803079, a la orden del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente - Tesorería.
8.2.j) CIRCULARES: Las aclaraciones y modificaciones de los documentos de la Licitación que la Repartición hubiere notificado a los interesados.
8.2.k) REPOSICIÓN DEL SELLADO XX XXX DE LA PROPUESTA: Conforme a lo
establecido en el Código Fiscal Nº 3456 - Título Tercero: Impuestos de Sellos, por el importe de $ 54,00.
Para el pago de la misma podrá optar por una de las siguientes formas:
a. En papel sellado o estampillado de la Provincia de Santa Fe efectuado en cualquiera de las sucursales del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. por el importe indicado.
b. A través del sitio de Internet xxx.xxxxxxx.xxx.xx bajo el título API, opción Impresión de Boletas, opción Liquidación Tasa Retributiva de Servicios donde obtendrá el formulario 720 para liquidar la Tasa Retributiva de Servicios, debiendo con dicho formulario realizar el pago en cualquiera de los siguientes bancos habilitados para el cobro: Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Suquía, Nación Argentina, Bisel, Municipal xx Xxxxxxx, Credicoop, Bersa (Suc. Santa Fe, Rosario, Paraná).
Para todos los casos, ya sea la hoja en blanco con el timbrado correspondiente, la boleta emitida por sistema y el ticket de pago obtenido, deberán acompañar la oferta al momento de
su presentación. En ninguno de los casos el pago podrá tener una antigüedad superior a cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de ofertas.
8.2.l) CONSTITUCIÓN DOMICILIO LEGAL: El Proponente deberá constituir domicilio especial en la Provincia de Santa Fe.
8.2.m) CONFORMACIÓN DE U.T.E : Si se presentaran dos o más Empresas Asociadas transitoriamente para el Concurso, las mismas deberán exponer una declaración jurada emanadas de los órganos sociales, o de aquellos que puedan comprometer la voluntad de cada una de las Empresas, manifestando que a todos los efectos del Concurso, cada Empresa es solidaria con la /s otra /s frente al comitente, por todas las responsabilidades que puedan surgir por el incumplimiento y sus consecuencias.
8.2.n) CONTRATO SOCIAL DE LA /S FIRMA /S OFERENTE /S
( Si la propuesta está firmada por representante legal, acompañará copia del contrato social inscripto en el Registro Público de Comercio y la documentación que acredite que el mismo está facultado para contratar en nombre de la persona jurídica, salvo que ello surja del contrato social, debidamente certificado. Tratándose de una sociedad de hecho, se presentará: Declaración Jurada, mencionando sus integrantes, firmada por los mismos y autorización escrita a favor del socio que ejercerá la representación ante el Ministerio en este llamado).
8.2.o) ANTECEDENTES TÉCNICOS EN OBRAS SIMILARES: La Oferente deberá
presentar un listado de Obras similares ejecutadas en los últimos diez años, y /o que esté en ejecución, conforme a lo exigido por el ANEXO IV, Primera Parte y Segunda Parte.
Se consideran obras similares, aquellas cuya magnitud, destino, complejidad técnica y características constructivas sean comparables a la obra que se licita ( a exclusivo criterio de la Repartición ). Estos antecedentes se evaluarán conforme a lo detallado en el ARTÍCULO Nº 9 del presente Xxxxxx. Si son obras contratadas en ejecución, agregar fotocopia – debidamente legalizada - del último certificado de obra.
En caso de U.T.E., deberá presentarse una planilla que agrupe las obras similares de las firmas integrantes de la misma.
8.2.p) PERSONAL: Deberá presentar un listado detallado del personal que será afectado a la obra (Director Técnico, Representante Técnico, Profesionales, Técnicos, Capataces y Personal de apoyo en relación de dependencia y los asesores, consultores y contratados).
Será obligatorio adjuntar el CURRICULUM VITAE del Director Técnico de la Empresa y del Representante Técnico de la Empresa conforme al ANEXO VI y a lo especificado en los ARTÍCULOS Nº 10 y Nº 11 del presente Pliego.
8.2.q) ANTECEDENTES ECONOMICO-FINANCIERO:
8.2.q.1) Los oferentes deberán adjuntar a su oferta, el último balance o estado contable, según corresponda, correspondiente al último ejercicio, aprobado y cerrado a la fecha anterior a la de la apertura de sobres- de la Empresa o de cada una de las integrantes del consorcio o uniones transitorias. El mismo se presentará conforme a las Resoluciones Nº8 y Nº9 de la Federación Argentina del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), debidamente certificado por el Consejo Profesional de Ciencias económicas de la jurisdicción correspondiente.
8.2.q.2) Disponibilidad Financiera, conforme a lo exigido en el Inciso 9.4.2).
8.3) CONTENIDO DEL SOBRE NUMERO 2:
El Sobre Número 2 sellado y lacrado deberá ir dentro del Sobre Número 1 e identificarse con la siguiente leyenda:
SOBRE NUMERO 2
LICITACION PÚBLICA: (Nombre de la obra) PROPUESTA DE:
El mismo contendrá:
8.3.a) Formulario Propuesta (adjunto al presente legajo - Anexo I) debidamente completado y conformado.
8.3.b) Presupuesto General Detallado según lo establecido por este Pliego en sus ARTÍCULO Nº12), Nº13), Nº14) y ANEXO I - Primera Parte.
8.3.c) Coeficiente Resumen conforme a lo exigido en el ARTÍCULO Nº14) y ANEXO I - Segunda Parte.
8.3.d) Los análisis de costos y precios de aplicación de cada uno de los rubros y/o ítems de la obra impresos en formato papel.
8.3.e) Plan de Trabajo y curva de Inversiones (en pesos) para toda la obra acorde a los distintos frentes de obras a adoptar; será como mínimo del tipo xx xxxxxx con períodos mensuales y con una discriminación de ítems idéntica a la del listado del cómputo oficial. Se consignarán las incidencias mensuales parciales y totales de cada ítem, y las inversiones consecuentes que generen.
8.3.f) Memoria descriptiva de la metodología constructiva lo mas detallada posible que justifique el plan presentado.
8.3.g) Los análisis de costos y precios de aplicación de cada uno de los rubros y/o ítems específicos de la obra en soporte digital, mediante CD ó DVD conteniendo los siguientes
archivos en formato exel (con visualización de fórmulas, que permitan efectuar las auditorias correspondientes) de : 1) Planilla de cotización presentada, de acuerdo a la Planilla de la Oferta o Cómputos oficiales; 2) Los análisis de precios de todos y cada uno de los ítems que conforman el presupuesto general de la obra; y 3) Cálculo del Coeficiente Resumen, donde deberá constar en forma detallada, el análisis de precio de la componente Gastos Generales. (Conforme Anexo I – Parte Segunda)
La Comisión de Evaluación de las Ofertas, se reserva el derecho de solicitar todas las aclaraciones que crea necesarias, si considera que los análisis de precios poseen errores u omisiones importantes.
Los análisis se requieren con el objeto del estudio de la propuesta recibida y a tal fin se aplicará el ARTÍCULO Nº13 y Nº 14 de este Pliego.
Se aclara que los incisos 8.3.e.) y 8.3.f.) y 8.3.g) podrán ser presentados de acuerdo a lo establecido por el Inciso 8.4).
8.4) APERTURA DE LOS SOBRES:
La apertura de los sobres se efectuará de acuerdo a lo establecido en los ARTÍCULOS Nº17 y Nº18 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones.
El incumplimiento de los requisitos exigidos en los Incisos 8.2.a), 8.2.g), 8.3.a), 8.3.b.), 8.3.c.) y 8.3.d.), será causa de rechazo de la Oferta en el mismo acto de apertura por las autoridades que lo presidan.
La omisión de lo solicitado en los restantes incisos del presente artículo y cualquier otra documentación exigida en el legajo podrá ser suplida dentro del término de cuarenta y ocho horas (48) de clausurado el acto. Si en el acta de apertura se deja constancia de la información faltante y el oferente o su representante se encuentran presente suscribiendo el acta, el plazo se cuenta desde allí. Si en el acta no se deja constancia de la información faltante o el oferente o su representante no se encuentra presente procede la notificación expresa al domicilio constituido, comenzando a correr el plazo desde la recepción de la misma. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido subsanada la propuesta, la misma será rechazada.
ARTICULO 9º) DE LA EVALUACIÓN, PRECALIFICACION E INFORME
9.1) PROCEDIMIENTO Y METODOLOGIA: La evaluación será efectuada por una Comisión nombrada al efecto, quien a su exclusivo juicio, propondrá al Xx. Xxxxxxxx xx Xxxxx, Servicios Públicos y Medio Ambiente la Oferta más conveniente, entendiéndose por ésta, la oferta que haya sido evaluada como la más baja que reúna todas las condiciones exigidas por los presentes pliegos. De no satisfacer dicha oferta, las exigencias de los pliegos, se procederá a analizar la presentación de la segunda oferta más baja, y así sucesivamente.
Los Oferentes estarán obligados a suministrar la información adicional, que a solicitud de dicha Comisión se considere necesaria, en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas de su notificación fehaciente, sin que ello implique modificación de las Ofertas originales.
El procedimiento de selección de la Oferta más conveniente se llevará a cabo sobre la base de la documentación presentada por el Oferente y comprende los siguientes pasos:
- Verificación del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos exigidos en el Sobre Presentación (Nº1) de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 8º) - Inc.Nº2 e Inc. Nº4 del presente Pliego.
- Evaluación de los Antecedentes Técnicos de acuerdo a lo establecido en el Inc. 2) del presente Artículo.
- Análisis de los Antecedentes Empresariales, de acuerdo a lo indicado en el Inc. 3) del presente Artículo.
- Evaluación de los Antecedentes Económicos - Financieros de acuerdo a lo indicado en el Inc.4) del presente Artículo.
Si se presentaran dos o más Empresas Asociadas transitoriamente a la Licitación, a los efectos de la calificación se evaluarán en forma conjunta únicamente los siguientes incisos:
8.2.c) Certificado del Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe- Requisitos de Admisibilidad.
8.2.e) Antecedentes Empresarios. 8.2.h) Detalle del equipo.
8.2.p) Personal.
8.2.o) Antecedentes técnicos en obras similares.
- Una vez finalizado el análisis de la documentación técnica, se procederá a evaluar la oferta económica, conforme lo establece el ARTÍCULO Nº8-Inc.3), luego de lo cual, la Comisión aconsejará sobre la adjudicación a la Superioridad.
9.2) SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LOS ANTECEDENTES TÉCNICOS: Para llevar a
cabo la evaluación de los antecedentes técnicos se tendrán en cuenta la documentación exigida en 8.2.c.), 8.2.h), 8.2.o.), 8.2.p.) .
- 8.2.c), 8.2.c1) Certificado del Registro: La capacidad técnica se obtendrá del certificado expedido por el Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe, y se verificará según el ARTÍCULO Nº4 del presente pliego y 8.2.c2) Conforme al Formulario Nº 11 - DGRL .
En caso de U.T.E. se sumarán las capacidades de contratación técnica individual y de contratación anual. Si no superan las capacidades establecidas para esta obra, queda descalificada.
- 8.2.h) Equipo mínimo ofrecido, se considerará conforme lo establecido por el ARTÍCULO Nº20 del presente Xxxxxx, XXXXX XX y ANEXO V.
- 8.2.o)Obras similares: Se evaluará, a partir de lo detallado en el ANEXO IV – Primera Parte y Segunda Parte, la capacidad técnica para ejecutar obras del tipo o similares a la licitada.
El no cumplimiento de éste requisito podrá ser causa de descalificación de la Oferta, quedando a criterio de la Comisión de evaluación la admisión de la propuesta.
En el caso de que en el ANEXO IV – Primera Parte, la Oferente detalle obras similares ejecutadas y/o en ejecución contratadas con la Repartición, no se exigirá el ANEXO IV – Segunda Parte.
Las firmas Oferentes deberán tener una idoneidad que resulte satisfactoria a juicio de la Comisión de Evaluación, la falta de antecedentes y/o de resultar los mismos insolventes o insatisfactorios, podrá ser causa de desestimación de la Oferta, quedando a criterio de dicha Comisión la admisión de la misma, y no dará lugar a reclamo alguno.
- 8.2.p) Antecedentes del Personal afectado a la propuesta: Se verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en los ARTÍCULOS Nº 10, Nº 11 y ANEXO VI del presente pliego en lo que respecta al Director y Representante Técnico de la Empresa. Deberán haber ejercido las funciones al menos dos años en una obra similar a la licitada y contar con una antigüedad en la profesión de cinco años como mínimo.
No se descalificará por el no cumplimiento de lo establecido en este punto, pero la Comisión de evaluación podrá requerir el reemplazo del personal que no reúna estas exigencias. Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de notificado fehacientemente al oferente deberá cumplir con lo solicitado, si en esta instancia no cumple, se descalifica.
9.3) SISTEMA DE EVALUACION DE LOS ANTECEDENTES EMPRESARIALES:
Para llevar a cabo la evaluación de los antecedentes empresariales se tendrán en cuenta la documentación exigida en los Incisos 8.2.e.).
- 8.2.e.1) ANEXO III – PRIMERA PARTE: Antecedentes Empresarios y 8.2.e.2) Certificado de Comitentes: Se analizarán aquellas obras, cuyos certificados emitidos por los Comitentes, se adjunten a la propuesta. De ellas se evaluará la calidad de los trabajos realizados; cumplimiento de plazos contractuales; montos actualizados de las obras ejecutadas, en ejecución, adjudicadas o próximas a su adjudicación.
- 8.2.e.3) La Capacidad de Producción mensual calculada, según el ANEXO III – SEGUNDA PARTE, como promedio del período de doce meses consecutivos de mejor producción, dentro de los últimos 8 años, deberá ser igual o mayor al cociente entre el monto del presupuesto oficial y el plazo de la obra en meses.
Capacidad de producción Mensual > Monto Presupuesto Oficial
Plazo de obra (meses)
En caso de que el Licitante sea una U.T.E., si las obras que denuncia como antecedentes los hubiera contratado como tal, con la misma integración, podrá acreditar la información como perteneciente a ella para esta Licitación. Para los antecedentes aportados por los miembros de la Asociación que hubieran sido ejecutados por otra Asociación en la que él fue miembro, se computará el valor de contrato ponderado por el porcentaje (%) de participación del miembro en la U.T.E. constructora de la obra declarada.
La capacidad de producción mensual resultante de una U.T.E., se obtendrá como suma de las capacidades de producción mensual de cada una de las Empresas integrante de la misma.
9.4) SISTEMA DE EVALUACION DE LOS ANTECEDENTES ECONOMICOS-
FINANCIEROS : Para llevar a cabo la evaluación de los antecedentes Económicos- Financieros se tendrá en cuenta la documentación solicitada en 8.2.q.) y el Informe Técnico - Económico emitido por la Dirección General del Registro de Licitadores, que requerirá oportunamente, la Comisión de Evaluación de Ofertas presentadas a la presente licitación.
El Estado Contable (8.2.q1) debe cumplimentar todos los requisitos legales, técnicos y profesionales vigentes, surgir de registros rubricados, deben estar auditados y el Dictamen del Auditor debe mencionar que se aplicaron Normas de auditoria generalmente aceptadas y contener opinión sobre razonabilidad. Asimismo el Dictamen del Auditor debe estar intervenido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción correspondiente.
Disponibilidad financiera (8.2.q.2):
El Oferente deberá disponer, como mínimo, de $ 145.000,00 en concepto de acceso a créditos libres y disponibles de otros compromisos contractuales. Tal requisito deberá acreditarse mediante certificaciones emitidas por entidades bancarias o financieras competentes con una antelación no mayor a diez (10) días de la fecha de apertura de la licitación.
ARTICULO 10º) DIRECTOR TECNICO DE LA EMPRESA:
Es el responsable técnico de la Empresa ante la Administración en todo lo que refiere a la Oferta, adjudicación y contratación de los trabajos.
La Empresa Oferente deberá contar con un profesional de nivel universitario, inscripto en el Colegio Profesional correspondiente de la Provincia de Santa Fe, cuyo título tenga incumbencia específica en el tipo de la obra que se concursa. Dicho profesional refrendará la propuesta y toda otra documentación de la misma acompañando la firma Oferente.
Es obligatorio completar y presentar lo establecido por el Anexo VI, adjunto al presente pliego.
Previo al inicio del replanteo de la obra y al momento de la designación del/los Directores Técnicos de la/s Contratista/s, se deberán elevar a la Inspección de Obras las Ordenes de Trabajo o los Comprobantes Legales establecidos por el Consejo ó Colegio Profesional que corresponda, mediante los cuales se formaliza la encomienda de los trabajos profesionales pertinentes; todo ello de conformidad con las Leyes Provinciales Nº2429 y 4114 y de toda otra disposición legal modificatoria o complementaria de las mismas.
Si dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producida la Recepción Provisoria de la Obra, el Contratista no presenta la/s constancia/s de cumplimiento a que se hace referencia en el párrafo anterior, el Organismo actuante informará a los Colegios Profesionales que correspondan tal incumplimiento.
El incumplimiento por parte del Contratista de lo antes citado, será causal del no otorgamiento de la Recepción Definitiva de la Obra.
ARTICULO 11º) REPRESENTANTE TÉCNICO DE LA EMPRESA
La Empresa Contratista deberá tener como Representante Técnico permanente en obra, un profesional de nivel universitario inscripto en el Colegio Profesional correspondiente de la Provincia de Santa Fe, con título habilitante de incumbencia específica en la especialidad de los trabajos a ejecutar y cuya designación será sujeta a la aprobación de la Repartición. La oferente deberá completar y presentar lo indicado por el Anexo VI, adjunto al presente pliego.
Será el encargado de la conducción técnica de los trabajos, responsable principal de recibir y cumplimentar las Ordenes de Servicio y demás directivas emanadas de la Inspección de la Obra, siendo obligatoria su presencia permanente en el lugar de los trabajos
, en especial al efectuarse los replanteos y mediciones para la certificación de los trabajos.
Previo al inicio del replanteo de la obra y al momento de la designación del/los Representantes Técnicos de la/s Contratista/s, se deberán elevar a la Inspección de Obras las Ordenes de Trabajo o los Comprobantes Legales establecidos por el Consejo ó Colegio Profesional que corresponda, mediante los cuales se formaliza la encomienda de los trabajos profesionales pertinentes; todo ello de conformidad con las Leyes Provinciales Nº2429 y 4114 y de toda otra disposición legal modificatoria o complementaria de las mismas.
Si dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producida la Recepción Provisoria de la Obra, el Contratista no presenta la/s constancia/s de cumplimiento a que se hace referencia en el párrafo anterior, el Organismo actuante informará a los Colegios Profesionales que correspondan tal incumplimiento.
El incumplimiento por parte del Contratista de lo antes citado, será causal del no otorgamiento de la Recepción Definitiva de la Obra.
ARTICULO 12º) FORMA DE COTIZAR:
La cotización se efectuará a valores de la fecha de apertura de las
ofertas, en pesos.
El Oferente deberá presentarse toda la documentación indicada en el Artículo Nº8- Inc.3) del presente pliego.
ARTICULO 13º) ANÁLISIS DE COSTOS NETOS:
El Oferente está obligado a la presentación de todos los análisis de los costos netos específicos de la obra.
Se adjuntan a modo de sugerencia, planillas modelo para el desarrollo de los análisis de precios (ANEXO I – Parte primera). Tal requerimiento es solicitado a los fines del estudio de las propuestas recibidas y podrá ser causal de rechazo de las mismas, a exclusivo juicio de la Repartición, si de la consideración de dichos análisis, surgiera la imposibilidad de ejecutar la obra sobre la base de tales costos.
Además, la Oferente deberá presentar una planilla donde figuren los valores de mano de obra de cada categoría, cargas sociales, seguros (A.R.T) aportes, presentismo, producción, etc.; materiales, equipos, combustibles y cualquier otro insumo que integre el costo neto y precio unitario propuesto por el Oferente. Estos valores deberán ser coincidentes con los indicados en cada uno de los rubros y/o ítems intervinientes del análisis de precio.
ARTICULO 14º) PRECIOS UNITARIOS:
El Oferente deberá acompañar a la propuesta, como parte de la misma y en el mismo sobre, el análisis del coeficiente resumen que integra cada precio unitario de aplicación. A tal fin deberá ajustarse "obligatoriamente" a la metodología de cálculo que obra en el ANEXO I - Parte segunda.
El precio unitario o de aplicación surge del producto entre el costo neto del rubro y/o ítem y el coeficiente resumen.
El precio unitario o de aplicación de cada uno de los rubros y/o ítems que conforman el presupuesto de obra, deberá incluir explícito o implícito todo tipo de conceptos: materiales, insumos, mano de obra, equipos, reparaciones, repuestos, combustibles, lubricantes, estadía, gastos generales, beneficios, traslado de los equipos a los lugares de trabajo, carga y descarga de los mismos, seguros, impuestos, imprevistos, trámites o permisos ante Reparticiones u Organismos Nacionales o Provinciales, cánones, etc., y toda otra tarea o gasto aunque ellos no estén detallados o referidos en los documentos del legajo, y que resulte necesario para la correcta ejecución de la obra, en un todo de acuerdo con las
especificaciones técnicas generales y particulares del presente pliego, las reglas del arte consagradas para el buen construir, planos generales, de detalles y cómputos métricos que se adjuntan.
ARTICULO 15º) PERMISOS PREVIOS Y CORRIMIENTO DE SERVICIOS:
El Contratista tendrá presente que los permisos ante Reparticiones o Empresas Nacionales, Provinciales, Municipales o Comunales y/o empresas concesionarias de servicios públicos que afecten terrenos, estructuras, instalaciones, etc. ya existentes, serán gestionados por su cuenta y cargo, en nombre del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio ambiente. Los gastos de su gestión incluyen: elaboración de toda la documentación conforme a las exigencias del organismo concedente, honorarios de gestión y aprobación, aranceles y/o cánones y demás gastos inherentes y consecuentes del otorgamiento del permiso. Estas erogaciones se consideran incluidas en el Presupuesto de Oferta y no darán lugar a compensación extra de ninguna especie, pudiendo ser explicitadas como gastos directos dentro del costo neto de los rubros y/o ítem involucrados ó el específico si correspondiere.
La Contratista deberá iniciar los trámites de los permisos a que se refiere el presente artículo y no podrá dar comienzo a las tareas sin la autorización fehaciente del organismo competente. A tales efectos, dichos trámites deberán gestionarse con la antelación suficiente para no afectar la marcha de los trabajos.
También, con conocimiento previo de la Inspección, gestionará ante las Empresas u Organismos prestadores de servicios públicos o privados, la remoción y/o reubicación de aquellas instalaciones que imposibiliten u obstaculicen los trabajos.
En ningún caso podrá remover o trasladar instalación alguna sin el conocimiento previo de la Inspección de la obra.
La Contratista, también tendrá a su exclusivo cargo y costo todos los trámites y trabajos necesarios para efectuar el corrimiento de las infraestructuras de servicios y/o instalaciones que deban realizarse para la ejecución de la obra, la adecuación de los niveles de marco y tapas de cámaras o bocas de inspección, la reconstrucción de éstas en caso de ser necesario; debiendo solicitar a tal efecto los reglamentos vigentes y planos correspondientes de las instalaciones existentes y/o a instalar, a las correspondientes Empresas: AGUAS PROVINCIALES DE SANTA FE, TELECOM, TELEFÓNICA, LITORAL GAS, EMPRESA
PROVINCIAL DE LA ENERGÍA, Y/O CUALQUIER OTRO ENTE PÚBLICO O PRIVADO QUE OCUPE EL ESPACIO PÚBLICO, AÉREO, DE SUPERFICIE Y/O SUBTERRÁNEO.
El costo de estos trabajos se deberá tener en cuenta dentro de los ítems correspondientes, no generando pago adicional alguno ni reclamo posterior por parte de la Contratista.
El Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, tramitará los eventuales permisos ante particulares.
ARTICULO 16º) FORMAS DE EJECUCION:
La ejecución de las obras incluidas en el presente pliego en sus distintas partes constitutivas se ajustará estrictamente a las especificaciones técnicas y reglas del arte, a los planos generales y particulares que lo integran y a la propuesta del Oferente la cual se conceptúa que cubre los costos de todas y cada una de las circunstancias hasta la total concreción del contrato a satisfacción de la Administración.
ARTICULO 17º) PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS:
El Contratista deberá entregar las obras definitivamente terminadas, a entera satisfacción de El Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio ambiente, dentro del plazo de CUATRO (4) MESES calendarios a partir de la primer Acta de Replanteo (parcial o total) o del Acta de Iniciación de los trabajos, según corresponda, labrada entre la Contratista y los integrantes de la Inspección a designar por la Superioridad.
ARTICULO 18º) PLAZO DE CONSERVACIÓN Y GARANTÍA:
Entre la Recepción Provisoria y Definitiva se establece como plazo de conservación y garantía el término de DOCE (12) MESES calendarios como mínimo.
Durante este lapso la Contratista estará obligada a conservar y mantener los trabajos en perfectas condiciones de uso y funcionamiento, efectuar las correcciones o reparaciones, que sean necesarias, taludes, asentamientos en los rellenos, etc. En general, conservar y corregir los defectos que se produzcan por el uso o funcionamiento normal en canales y obras de arte, manteniendo las formas y dimensiones expresadas en el Proyecto Definitivo de la obra.
Si la Contratista no cumpliera estas obligaciones, exigidas por Orden de Servicios perentoria de la Inspección, los trabajos de reparación que fueran necesarios serán ejecutados por la Administración con cargo al fondo de Conservación y Garantía constituido por la Empresa o a cualquier otro crédito que ésta tuviera a su favor en la Administración, más las multas y penalidades que correspondieren según la legislación vigente.
ARTICULO 19º) PRORROGA DEL PLAZO DE EJECUCION:
La Contratista deberá trabajar como mínimo, veinte (20) días laborables por mes, entendiéndose por tales los correspondientes a la jornada legal de trabajo (Lunes a Viernes y medio día xxx Xxxxxx).
En caso de que por causales de lluvias y sus consecuencias, trabaje menos días, podrá tener derecho al reclamo de prórroga del plazo contractual. A tales fines, la cantidad de días no trabajados por tales causas, serán registrados y computados por la Inspección de la obra, quien deberá llevar un registro diario. El mismo será elevado mensualmente a la Superioridad a los fines del reconocimiento de ampliación del plazo contractual, en el caso que correspondiere y fuera necesario.
La prórroga que pueda acordarse no dará derecho al reconocimiento de ningún tipo de indemnización y /o gastos improductivos.
ARTICULO 20º) EQUIPOS MÍNIMOS:
El Oferente, para que su Oferta sea considerada, deberá contar con el equipo mínimo, de su propiedad, especificado por las Normas correspondientes del Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia.
Además de lo indicado anteriormente, a los fines de la presente contratación, deberá presentar un listado completo de los equipos a afectar y disponer en obra y sus características técnicas conforme lo establecido por el ANEXO II adjunto al presente Xxxxxx. En el mismo se indicará correctamente: potencia, capacidad, alcance, rendimientos, disponibilidad, etc. Los equipos a proponer deberán estar agrupados por tareas y por frentes de obra, y ser acorde a la metodología constructiva y plan de trabajo a formular por el oferente, debiendo prever condicionantes de obra tales como: anegamiento, accesibilidad dificultosa, etc.
Los equipos a proponer (tales como excavadoras, retroexcavadoras, topadores, motoniveladoras, camiones, etc) deberán estar agrupados por tareas y por frentes de obra, acorde a la metodología constructiva y plan de trabajo a formular por el oferente (el que deberá ser compatible con la obra en ejecución) y previendo las condiciones en que se ejecutará la presente obra, teniendo en cuenta el tiempo total de ejecución, que debe superar el plazo de obra establecido por el Artículo N°17.
La repartición se reserva el derecho de rechazar la Oferta en caso de considerar inapropiado el equipo propuesto o resultar insuficientes los frentes de obra.
Conjuntamente con la oferta deberá presentar, la documentación que acredite el compromiso de arriendo de aquellos equipos propuestos que no sean de su patrimonio, por el tiempo establecido para realizar la obra, a los que se deberán anexar obligatoriamente los dominios de pertenencias correspondientes a los equipos alquilados. De ser contratista y si los equipos presentados no satisfacen los rendimientos normales, la Dirección podrá solicitar su reemplazo, sin derecho a reclamo de costo adicional alguno.
Al momento de la contratación la disponibilidad de los equipos propuestos, deberá ser inmediata.
ARTICULO 21º) SEGURO DEL PERSONAL - NORMAS DE SEGURIDAD:
El adjudicatario estará obligado a presentar dentro de los cinco (5) días de iniciada la obra, la póliza de seguro completa de todo su personal, asociado o en relación de dependencia, tanto administrativo, como obrero a emplearse en la obra, extendida por una Compañía de Seguros controlada por la Superintendencia de Seguros de la Nación. La casa matriz o sucursales habilitadas de la Compañía aseguradora deberán estar domiciliadas en ciudades de primera categoría de la Provincia de Santa Fe.
Será responsabilidad del Contratista la seguridad en obra y en traslados sobre personas, equipos y bienes propios y de terceros, en un todo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nacional de Higiene y seguridad en el trabajo Nº19.587 y su Decreto Reglamentario Nº351/79.
El Contratista deberá presentar antes de la iniciación de los trabajos, el listado del personal asociado y/o en relación de dependencia con constancias de exigencias laborales y previsionales de acuerdo con la ley, como asimismo los correspondientes seguros contra riesgos del trabajo.
Los equipos, personal operativo y/o artefactos navales que sean afectados al cumplimiento de las tareas adjudicadas deberán cumplimentar todas las normas de seguridad para la navegación y fondeo establecidas por la Prefectura Naval Argentina.
ARTICULO 22º) HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO:
Además de lo establecido por el ARTÍCULO Nº42 xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones, la contratista deberá presentar, previo a la emisión de la certificación mensual, una constancia de cumplimiento de las normas vigentes correspondiente al mes inmediato anterior. La misma deberá estar debidamente rubricada por el Representante Técnico de la Contratista y por el Responsable habilitado para el servicio de Prestación de Higiene y Seguridad en el Trabajo y aprobada por la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) contratada por la Empresa. Dicho Profesional Habilitado deberá velar por la seguridad e higiene tanto de los trabajadores de la obra, como de terceros y/o sus bienes y por el cumplimiento de las disposiciones Municipales y Provinciales vigentes para la ejecución de trabajos y elevar a la Inspección (mediante el representante Técnico) un informe semanal sobre su cumplimiento u observaciones y copias de las actuaciones que realizare.
En caso de no presentación de dicha constancia o que la misma ponga de manifiesto incumplimiento por parte de la Contratista, la Comitente retendrá en forma automática un 3% de la certificación mensual correspondiente, la que será reintegrada en la certificación posterior a la normalización de la situación debidamente acreditada. Si la contratista
incurriere en esta falta en tres certificaciones, sean estas consecutivas o no, el Comitente no reintegrará las retenciones vigentes hasta ese momento.
SEGURO DE LA INSPECCION: El personal de la inspección deberá ser asegurado mediante pólizas individuales y transferibles que deberán cubrir los riesgos de incapacidad permanente o muerte.
ARTICULO 23º) SEGURO DE OBRA:
La adjudicataria deberá contratar un seguro de responsabilidad civil a personas y bienes, que cubra todos los efectos de accidentes o daños que se produzcan como consecuencia de la ejecución de la obra.
Las pólizas, tanto propias como de Subcontratistas aceptados por la Repartición deberán ser endosadas a nombre del Ministerio de Agua, Servicios públicos y Medioambiente y ser exhibidas antes de iniciar los trabajos y cada vez que se exijan. Bajo ningún concepto se permitirá el autoseguro. La compañía aseguradora deberá estar autorizada por la Superintendencia de la Nación, con domicilio legal en la ciudad de Santa Fe.
El Contratista deberá presentar al Comitente, dentro de los diez (10) días hábiles de la suscripción del Contrato de Obra Pública, los modelos de pólizas correspondientes a los seguros, así como del Contrato respectivo y una lista de compañías de seguros propuestas.
.
El comitente podrá objetarlas dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles. Si no formulara objeciones dentro de dicho plazo, los modelos se tendrán por aprobados y el Contratista podrá contratarlo con cualquier compañía aseguradora de dicha lista.
Si los observase, el Contratista tendrá cinco (5) días hábiles para presentar nuevos modelos de póliza o nuevas compañías aseguradoras a satisfacción del comitente.
Las pólizas que se contraten deben establecer en forma expresa la obligación del asegurador de notificar al Comitente las omisiones o incumplimientos de cualquier naturaleza en que incurriese el Contratista.
La contratación de seguros por parte del Contratista no limitará ni disminuirá su responsabilidad cualquiera sea la contingencia que ocurra y le sea atribuible.
ARTICULO 24º) PLAN GENERAL DE PREVENCIÓN DE DAÑOS
Dentro de los cinco (5) días de firmado el contrato y antes de realizarse la primera acta de replanteo, la Contratista deberá presentar para su aprobación, un Plan General de prevención de daños, a fin de evitar perjuicios a terceros, bienes de personas e instalaciones o servicios públicos existe en zonas aledañas a la obra.
Este Plan General de Prevención, deberá identificar los daños potenciales a personas y bienes, y proponer acciones a fin de mitigar o eliminar tales situaciones.
Las diferentes etapas de la obra, provocará la revisión periódica del Plan General de Prevención, por lo que la Contratista deberá presentar para su aprobación el nuevo plan, previo al inicio de las tareas.
La aprobación del Plan General de Prevención de daños por parte de la Inspección de obra, no libera a la Contratista de la responsabilidad directa que le corresponde. Esta responsabilidad subsistirá hasta que se verifique la finalización de la obligación contractual.
Los gastos que se originen por este concepto son por cuenta del Contratista y se consideran incluidos en el ítem Movilización de obra”.
ARTICULO 25º) OCUPACIÓN DE TERRENOS:
Los gastos que provoquen la ocupación y conservación de los terrenos para ser utilizados como depósitos, campamentos o cualquier otro destino de uso exclusivo del Contratista, lo mismo que ataguías o drenajes necesarios para la ejecución de las obras, como los gastos derivados de la construcción de pasos provisorios y accesos a propiedades, evitando daños y perjuicios a vecinos colindantes o al tránsito local; como así también los traslados provisorios y reposición posterior "in situ" de alambrados existentes que fuere necesario remover para el desplazamiento de las máquinas, se considerarán incluidos dentro de los gastos inherentes a la movilización de la obra.
ARTICULO 26º) PRECIO DE ÍTEM POR ALTERACIONES EN LAS CONDICIONES DE CONTRATO:
Cuando deban realizarse modificaciones al Proyecto Ejecutivo aprobado por el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio ambiente que signifiquen un aumento o disminución superior al veinte por ciento (20 %) de los rubros o ítems de contrato, ó la creación de nuevos rubros o ítems, y no se llegaré a un acuerdo sobre nuevos precios, la Repartición o el Contratista tendrán derecho a que se fijen por análisis un nuevo precio de común acuerdo. En caso de disminución, el nuevo precio se aplicaría a la totalidad del trabajo a realizar en el rubro o ítem, pero en caso de aumento, el nuevo precio se aplicaría a la cantidad de trabajo que exceda del 120 % de la que para este ítem figure en el presupuesto oficial de la obra.
ARTICULO 27º) PLAN DE TRABAJO Y CURVA DE INVERSIONES:
Dentro de lo cinco ( 5 ) días de firmado el contrato y antes de realizarse la primera acta de replanteo, sin perjuicio de lo establecido en el ARTÍCULO Nº13-Inc. 8 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones, el Contratista deberá someter a la aprobación del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio ambiente los planes definitivos de trabajo, e inversiones que se hayan proyectado para cumplimentar las exigencias contractuales.
El Contratista deberá presentar a consideración del Comitente el Plan de Trabajos - contemplando en el mismo los frentes de trabajos simultáneos - ajustado a la fecha de iniciación de los trabajos.
La aprobación no libera al Contratista de su responsabilidad directa con respecto a la terminación de las obras en el plazo contractual fijado en el ARTÍCULO Nº17 del presente Xxxxxx. Toda modificación del plazo contractual provocará la revisión inmediata de los planes de trabajo e inversión, los cuales deberán ser presentados a aprobación de la Repartición dentro de los cinco (5) días de notificada la concesión del nuevo plazo. La aprobación será comunicada mediante Orden de Servicio dictada al efecto.
El Plan de Trabajo definitivo, a presentar por la Contratista deberá ser acorde a los niveles de agua alcanzados en la zona de emplazamiento de la obra. Las tareas inherentes a la construcción de la cortina de tablestacas serán programadas de manera tal de asegurar en todo momento la ausencia de agua y el libre desplazamiento de los equipos utilizados
ARTICULO Nº28) PROLONGACIÓN DE JORNADA LABORAL NORMAL, TRABAJOS NOCTURNOS:
Las obras podrán ser ejecutadas tanto de día como de noche, de acuerdo con los horarios que establecen las leyes sobre trabajo, pero ningún trabajo nocturno podrá ser realizado sin el previo conocimiento de la Inspección.
En el caso de realizarse trabajos nocturnos, el lugar de la obra deberá estar suficientemente iluminado para seguridad del personal y buena ejecución de los trabajos. En cualquier caso se considerará que los gastos inherentes a costo de los trabajos efectuados durante la noche, están incluidos en los precios unitarios contratados.
Toda excepción al régimen común de trabajo (prolongación de jornada normal, trabajos nocturnos, en días domingos o festivos, trabajo continuado realizado por el personal, equipos, etc.) deberá ser solicitado por la Contratista con 48 hs. de anticipación y en todos los casos contar con la previa autorización de la Superioridad, la que será transmitida por la Inspección a la Contratista. Correrá por cuenta del Contratista los problemas laborales pertinentes y la mayor erogación en jornales, si correspondiere, tanto para su personal cuanto para el personal de la Inspección afectado al contralor de tales trabajos.
ARTICULO 29º) COLOCACIÓN DE LETREROS:
La Empresa contratista queda obligada - desde el inicio de la obra hasta su recepción definitiva - a proveer, colocar y mantener en un lugar visible al frente de la misma (y/o en aquel/los que indique/n la inspección) , un (1) cartel como mínimo, de las dimensiones y características exigidas por la Subsecretaria de Comunicación Visual y Gestión de Imagen de la Provincia de Santa Fe; los términos del manual y CD de Identidad Institucional, donde se establecen las especificaciones que normalizan el diseño y características morfológicas de los carteles de obras públicas relacionado con la tipografía, colores, ubicación de isologo, tamaños y proporciones, identificación de región, entre otros elementos fundamentales y; el plano tipo adjunto al presente pliego.
DISEÑO Y MATERIALES: El diseño del cartel, en todos los casos y sin excepción, será provisto por la Secretaría de Comunicación Social del Gobierno de Santa Fe. La unidad de enlace entre la Secretaría de Comunicación Social y la/s empresa/s ejecutora/s de la/s obra/s está a cargo del Coordinador de Comunicación Social del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente. El material, en todos los casos, será Lona Impresa. El soporte recomendado es el metálico. En el caso de utilizar postes xx xxxxxx, los mismos deberán estar pintados de negro y no sobrepasar el marco del cartel.
UBICACIÓN Y TAMAÑOS: El tamaño exigido es de 8,00 m por 4,20 m. Si la magnitud de la obra justifica la instalación de carteles más pequeños, nunca deberán ser de un tamaño inferior a 4 m por 2,10 m. La ubicación del cartel deberá ser consensuada con el Coordinador de Comunicación Social, quien determinará junto con el inspector de la obra el lugar de instalación del cartel, en espacios de óptima visibilidad para la comunidad."
La Contratista presentará ante la Inspección de la Obra, la memoria de cálculo y detalles constructivos de la estructura de sostenimiento del mismo, que deberá estar acorde al tamaño y materiales del cartel, los cuales serán sometidos a consideración de la Repartición, para su aprobación. Los carteles deberán estar iluminados.
El cartel deberá colocarse dentro del plazo de 30 días de iniciada la obra y se acreditará el cumplimiento de tal obligación en forma fehaciente y tempestiva ante la Repartición y se considerará la misma como parte del avance de obra. Al finalizar la obra se deberá actualizar inmediatamente el diseño conforme las directivas que imparta la Subsecretaria de Comunicación Visual y Gestión de Imagen. Los mismos serán considerados parte de la obra y de propiedad de la Repartición.
Los gastos que se originen por este concepto son por cuenta del Contratista y se consideran incluidos en gastos generales de los ítems de la obra.
ARTICULO 30º) PLANOS CONFORME A OBRA:
Quince ( 15 ) días antes de efectuar la Recepción Provisoria de las obras, la Empresa Contratista deberá entregar a la Inspección, mediante soporte magnético ( versión AutoCad 2007 o superior) los correspondientes PLANOS CONFORME A OBRA y
cuatro (4) juegos completos de los mismos ploteados en papel. Los mismos serán confeccionados durante el transcurso de la obra bajo la supervisión de la Inspección. Su costo se incluye en gastos generales.
ARTICULO 31º) FILMACIONES Y FOTOGRAFÍAS:
Durante el transcurso de la obra, el Contratista deberá realizar una filmación en video (de al menos 15 minutos de duración por mes) de los aspectos principales de la misma - a criterio de la Inspección de Obra - y entregará en la instancia de la recepción provisoria, dos copias (2) debidamente compaginadas de los registros fílmicos y tendrá como mínimo una hora de duración, debiendo incluir voz en “of” que ilustre la filmación.
Por otra parte, sacará fotografías indicativas de cada una de las partes constitutivas de la obra -a criterio de la Inspección- entregando sin cargo alguno, dos (2) copias fotocolor de 13 x 18 cm.
Tanto las fotografías como las filmaciones parciales mensuales, serán elevadas por la Inspección de Obra a la Superioridad conjuntamente con lo cómputos correspondientes a cada certificado de obra. Estos últimos no serán tramitados, en caso de no cumplimentarse con dichos requerimientos.
Los costos que demanden estas tareas, se incluirán en gastos generales.
ARTICULO 32º) INSPECCION DE LOS TRABAJOS - MANTENIMIENTO DEL EQUIPO - HORARIO DE TRABAJO:
El cumplimiento de la relación contractual se verificará únicamente por personal técnico debidamente autorizado por la Comitente.
El contratista estará obligado a mantener el servicio en forma permanente. En caso de avería de los equipos deberá ser comunicado en forma inmediata al Inspector de los trabajos, el cual constatará y justificará el hecho. La Comitente se reserva el derecho de solicitar el reemplazo de las unidades originalmente contratadas ó en su defecto la rescisión del contrato si se detectaran deficiencias en la que pusieran en riesgo la seguridad de terceros, la imposibilidad de cumplimentar con lo contratado por reiterados desperfectos o por incumplimiento de las órdenes dadas por la Inspección.
El horario de trabajo se fijará de acuerdo a pautas establecidas por el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio ambiente.
ARTICULO 33º) INCOMPETENCIA O INCONDUCTA DEL PERSONAL DE LA OBRA
Cuando la Inspección así lo exija, la Contratista deberá desvincular inmediatamente de la obra a todo empleado de él o de una Subcontratista, que a juicio de
aquella fuera incompetente o no se comportase con la corrección debida, así se refiera a obreros, operarios, capataces o personal superior.
Si la Contratista no estuviera de acuerdo con lo dispuesto, tendrá derecho a solicitar de la Repartición, por escrito y el primer día hábil administrativo siguiente, la revisión de la medida.
De no hacerlo en el plazo indicado, la medida tomada será irrevocable, como así también en el caso de confirmar la Repartición la disposición de la Inspección.
ARTICULO 34º) JORNALES MÍNIMOS DEL PERSONAL OBRERO:
La Contratista deberá abonar a los obreros, por lo menos los valores mínimos establecidos por las autoridades competentes y aplicar todos los beneficios acordados, debiendo entenderse que los salarios se liquidarán por la jornada legal de trabajo. Se colocará copia de planilla de jornales en un lugar visible xxx xxxxxxx de las obras.
En base a estos salarios la Contratista llevará en obra las planillas correspondientes, autenticadas por el organismo oficial pertinente, libreta y/o tarjeta de jornales, en forma prolija y ordenada, elementos que exhibirá a la Inspección toda vez que se lo exija. Igual formalidad cumplirán las Subcontratistas aceptados por la Repartición.
La Contratista deberá mantener al día el pago del personal empleado en la obra, abonar íntegramente los salarios estipulados y dar cumplimiento estricto a las disposiciones que determinan la jornada legal de trabajo.
A requerimiento del MASPYMA, deberá además proveer chalecos identificatorios al personal en obra.
ARTICULO 35º) PASOS PROVISORIOS Y SEÑALIZACIÓN:
Durante el período que dure la realización de los trabajos, el Contratista estará obligado a la ejecución y conservación de pasos provisorios ó adoptará formas constructivas que permitan la continuidad del tránsito por las vías de comunicación afectadas por las nuevas obras, satisfaciendo los requisitos exigidos por Organismos competentes o Empresas Concesionaria en lo que se refiere a anchos, pendientes, señalizaciones, etc.
El Contratista, una vez habilitada la obra, está obligado al retiro de los pasos provisorios, debiendo quedar el sitio en las condiciones originales.
Asimismo, deberá asegurar, durante todo el proceso constructivo, y hasta la habilitación de la obra, el acceso a las propiedades privadas.
La señalización se realizará de acuerdo a las normas de la D.P.V., D.N.V., Ordenanzas Municipales, Comunales o el concesionario que correspondiere, debiendo recurrir a tales organismos para su autorización e implementación.
La Inspección no autorizará el inicio de las tareas hasta tanto las señales no estuvieran colocadas. Una vez colocadas las mismas y a los efectos de su materialización, se deberá labrar un Acta ante Escribano Público, quien certificará en presencia del Inspector de la obra y Representante Técnico de la Empresa.
La Contratista será la responsable de mantener en óptimas condiciones hasta la habilitación de la obra las señales de tránsito, para su visualización diurna y nocturna, incluso deberá disponer de señalización luminosa para indicar cualquier peligro o dificultad en el tránsito. Estas señales deberán responder a medidas especificadas, ser claras y estar ubicada a una distancia adecuada, de manera que los conductores de vehículos las perciban con la debida antelación. Además deberá disponer en el caso de ser necesario de “hombres - bandera” para permitir la normal circulación de los vehículos.
De existir esporádicas afluencias de agua que comprometan la seguridad y continuidad del tránsito, se adoptarán las medidas precautorias necesarias mientras dure la situación que las motiva, siendo el Contratista el único responsable por las contingencias que deriven de la falta de adopción de aquéllas. A tal efecto, dispondrá de personal que alertará al tránsito de la situación existente pudiendo llegar, si las circunstancias lo aconsejan, a interrumpir el mismo hasta que desaparezcan los motivos que dieran lugar a la emergencia.
En el caso de clausurar transitoriamente y durante la ejecución de la nueva obra, la circulación de vehículos, la Contratista deberá gestionar ante el Organismo o dependencia competente sobre la vía a interrumpir (Municipalidad, Comuna, D.P.V., D.N.V. u organismo Concesionario), la autorización expresa del mismo por escrito.
Los gastos por estos conceptos se consideran incluidos dentro de los costos netos involucrados en la ejecución de los trabajos o cuando su magnitud no sea significativa, dentro de los gastos generales de la obra.
DE LOS LETREROS PARA LA SEÑALIZACION DE LOS TRABAJOS EN EL EJIDO DE LA MUNICIPALIDAD Y/ COMUNA:
La señalización de los trabajos será ejecutada de acuerdo con las previsiones de las Ordenanzas Municipales correspondientes
Los xxxxxx xx xxxxxxxx deberán prever pasos alternativos y responderán a una programación que la Contratista elaborará y que deberá ser aprobada por la Inspección de la obra y la Municipalidad.
La Contratista deberá contar con no menos de 20 (veinte) carteles móviles, cuyo diseño será aprobado previamente por la Inspección y su construcción será en xxxx, con estructura reforzada a la que será convenientemente soldada la chapa.
Los carteles serán colocados en los lugares que indique la Inspección y se consideraran parte de la obra y la Contratista deberá mantenerlos (a su costo y cargo) en perfecto estado de conservación hasta la Recepción Provisoria de la obra.
La señalización para los xxxxxx xx xxxxxxxx será por exclusiva cuenta de la contratista, para este fin proveerá en la zona de trabajo de los carteles metálicos móviles. Todo bache, desde la apertura, hasta ser liberado al tránsito, llevará un vallado perimetral completo debidamente identificado, también se indicará otros tales como; PELIGRO, XXXXX XXXXXXX X 000 XXXXXX X 000 XXXXXX, DESVÍO, etc., Por cada vez que se verifique la ausencia de la señalización que corresponda se aplicarán las sanciones que correspondan.
En todo los casos se utilizaran balizas y flechas indicatorias lumínicas, cuyo mantenimiento será a cargo de la contratista durante el tiempo que sea necesario el balizamiento.
ARTICULO 36º) SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS
La Repartición podrá, a su exclusivo juicio, suspender la marcha de los trabajos ante precipitaciones extraordinarias y/o cuando los excedentes hídricos o niveles de agua alcanzados en la/s subcuencas x xxxxxx/s de aporte al Sistema Hídrico Línea Paraná
- no permitan desarrollar normalmente los mismos. Dicha suspensión dará lugar a la neutralización del plazo de obra, suscribiendo la respectiva acta acuerdo, no reconociéndose a la contratista ningún tipo de contraprestaciones o indemnizaciones a cargo del Estado, ni gastos improductivos, etc., por tal motivo”.
ARTICULO 37º) COORDINACION DE LAS OBRAS A EJECUTAR EN LA VIA PÚBLICA:
Una vez notificado el Contratista de la orden de iniciación de la obra, deberá coordinar la realización de las mismas con la autoridad municipal local y la Inspección de la Obra, a los efectos de un ajuste con obras o tareas proyectadas o su ejecución por otros organismos nacionales, provinciales o municipales, con el objeto de reducir al mínimo posible los inconvenientes a causar a la población que utilice la vía pública en la que se efectúan los trabajos.
Se arbitrarán las medidas necesarias con el fin de causarle menor cantidad de molestias posibles a la comunidad, sobre todo en lo referido a excavaciones, colocaciones y/o reparación de veredas. Las mismas tendrán las medidas de seguridad necesarias, la falta de tales requerimientos constituirán al Contratista en infracción, debiendo aplicarse lo establecido por la Ley de Obras Públicas Nº 5188.
ARTICULO 38º) VIGILANCIA Y ALUMBRADO DE LA OBRA:
El Contratista será responsable respecto a la vigilancia continua de la obra, para prevenir delitos o deterioros de los materiales u otros bienes propios o ajenos, así como lo relativo al servicio de prevención de accidentes que pudieran afectar a personas o bienes, tanto de la Repartición como de terceros, a cuyo fin dispondrá de un servicio continuo de guardianes diurnos y nocturnos.
Además deberá iluminar y adoptar las medidas de precaución necesarias a juicio de la Inspección, en aquellos lugares donde en el transcurso de la obra se pudieran ocasionar accidentes a personas, vehículos o bienes del Contratista, de la Repartición o de terceros.
En caso de incumplimiento, la Inspección podrá aplicar una multa conforme a lo establecido en el ARTÍCULO Nº80 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
ARTICULO 39º) CIERRE DE LAS OBRAS:
El obrador u obradores, si se establecen en zonas urbanas, deberán ser cercados, las zanjas para cañerías y excavaciones en general, deberán tener como mínimo defensas aprobadas por la Inspección. El Contratista cumplirá además, estrictamente, las disposiciones que reglamenten el cierre, alumbrado y señalización de los lugares de trabajo, como así también el ordenamiento del tránsito con la correspondiente señalización diurna y nocturna.
En caso de incumplimiento, constituirán al contratista en infracción debiendo aplicarse el ARTÍCULO Nº 80, xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones.
Las entradas a los obradores deberán ser cerradas por la noche y custodiadas por el
día.
ARTICULO 40º) LIMPIEZA DE LA OBRA:
El lugar de las obras se deberá mantener permanentemente limpio. La Inspección pondrá términos para efectuar la limpieza; si así no ocurriera y si el Contratista no cumpliera con las órdenes recibidas, este se constituirá en infracción debiendo aplicarse el ARTÍCULO Nº 80 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones.
Al finalizar la obra, el Contratista hará limpiar por su cuenta los lugares donde se ejecutaron los trabajos y sus alrededores, extrayendo todas las estructuras, restos de materiales, piedras, hierros, construcciones provisorias, etc., y también la reconstrucción de instalaciones existentes antes de iniciar la obra, como alambrados, señales, tec., cumpliendo así las órdenes que en éste sentido le imparta la Inspección. Sin este requisito no se dará por terminada la obra.
ARTICULO 41º) MEDICIONES Y ENSAYOS:
Desde el comienzo del replanteo hasta la recepción definitiva de la obra, el Contratista pondrá a disposición de la Inspección, a su exclusivo cargo: personal, material, combustibles, herramientas y todos los elementos necesarios para poder efectuar los replanteos, mediciones, verificaciones, tomas de muestras de material, ensayos, certificación, controles hidrometeorológicos, etc. El costo que demande el cumplimiento del presente artículo se considera incluido en ítem movilización de obra.
ARTICULO 42º) CONSULTAS:
Antes de comenzar con las tareas inherentes a las obras, el contratista tendrá la obligación de consultar a los reparticiones públicas, empresas estatales o privadas que pudieran tener instalaciones subterráneas en el terreno de la obra. En el caso que la información sea insuficiente, deberá realizar los sondeos previos para poder realizar el trabajo correspondiente. El Contratista será el único y total responsable, comprometiéndose ante quien corresponda a abonar los gastos que resulten de los daños materiales y/ o personales ocasionados.
ARTICULO 43º) APLICACIÓN DE MULTAS POR XXXX EN EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE TRABAJO:
Cuando el Contratista no diera cumplimiento al plan de trabajo, se hará pasible de una multa diaria del uno por mil (1,00o/oo) del monto de los trabajos que debieron realizarse durante ese lapso, hasta la regularización de las tareas. Se considerará incumplimiento del Plan de Trabajos, cuando la diferencia entre el avance físico acumulado propuesto y el real sea superior al quince por ciento (15%). Cuando se hubiera aplicado multa por incumplimiento, la que corresponda por terminación, será deducida de los montos de aquella, que tendrá siempre carácter preventivo. Si el importe de la multa por incumplimiento fuese superior al de la terminación se devolverá al Contratista la diferencia entre los importes.
Cuando el total de la multa aplicada alcance el 15 % del monto del contrato, la Comitente tendrá derecho a rescindir el Contrato por culpa de la Contratista.
ARTICULO 44º) REDETERMINACION DE PRECIOS – METODOLOGIA:
Los precios de los rubros e Items del Contrato, se redeterminarán conforme a la normativa vigente dispuesta por la Ley Nº 12.046, sus decretos reglamentarios 3599/02 y 3873/02 modificatorios..y los que en el futuro se le anexen o corrijan. Asimismo se tendrá en cuenta la Resolución Nº 20/2003 del Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda de la provincia respecto al cumplimiento de los Extremos exigidos por la Ley Nacional Nº 24.283. Los cálculos de las redeterminaciones se ejecutarán exclusivamente con las formulas polinómicas establecidas por la normativa vigente. Para su aplicación se tomarán los parámetros de ponderación indicados en el Anexo VII y se utilizarán los indices publicados por el INDEC y en los que no sean contemplados por el mencionado organismo, los de la Dirección Nacional de Vialidad, publicados por la Dirección General de Variaciones de Costos (MOSPV) de la Provincia de Santa Fe.
Cuando surjan nuevos ítems por adicionales o imprevistos, los parámetros e índices a considerar, los establecerá la Repartición licitante.
En el Anexo mencionado más arriba se indican los parámetros de cada rubro en cada ítem/subítem y en la continuación del mismo el listado de índices base a considerar para cada uno de dichos rubros (materiales, mano de obra, equipos y transporte). En el caso de que la columna de “equipos y transporte” posea un solo valor es porque el rubro transporte no se considera y el parámetro se aplica sólo para el rubro “equipos”.
ARTICULO Nº45 ) : COMPRAS Y SUBCONTRATOS
El Contratista siempre que se configuren similares condiciones en cuanto a precios y calidad respecto de productos bienes y servicios producidos o elaborados fuera del territorio de la provincia de Santa Fe, deberá adquirir materiales, mercaderías y productos de origen provincial en los términos de la Ley Nº 12.105. Asimismo deberá considerar la posibilidad de contratar personal afectado por las inundaciones- Río Salado/03 (expte.Nº00601-0018130-0).
El Contratista no podrá subcontratar la totalidad de las obras y sólo podrá hacerlo parcialmente, previa autorización expresa del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio ambiente. A ese efecto el contratista solicitará por nota de pedido dicha autorización, consiguiendo el nombre del subcontratista, sus referencias, las modalidad y alcance de la subcontratación, debiendo el propuesto encuadrarse en las disposiciones de la Ley Nº12.105 y ser de probada capacidad a juicio exclusivo de la Repartición, de acuerdo a la naturaleza de los trabajos a subcontratar. La autorización de la Repartición para subcontratar obras no exime al contratista de ninguna de las obligaciones y responsabilidades emanadas de su contrato, ni crea para la Repartición obligación alguna para con el subcontratista, el que estará sometido al régimen de la inspección de obra previsto en el contrato. La responsabilidad de las obras subcontratas le corresponderá al contratista como si las hubiera ejecutado directamente.
El contratista deberá ceder al subcontratista, de los certificados de obra que se emitan, los montos correspondientes a los trabajos subcontratados. El Ministerio no autorizará la subcontratación sin la presentación del contrato de cesión”.
ARTICULO 46º) FORMA DE PAGO:
En un todo de acuerdo a la ley Nº5188 de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe.
ARTICULO 47º) DOMICILIO LEGAL:
El Ministerio de Aguas Servicios Públicos y Medio Ambiente posee domicilio legal en calle Xx. Xxxxxxxxx Xxxxx 0000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxx Xx - Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx (3.000) - T.E. Nº: (0342) –4573733 – Internos 227-116. La Contratista deberá constituir domicilio legal en la Provincia de Santa Fe, debiendo mantenerlo durante la vigencia del contrato.
LISTADO DE ANEXOS DEL PBCC
• ANEXO I : - Planilla para la cotización de precios
- Cálculo del Coeficiente de Resumen
- Coeficiente Resumen Oficial
- Formulario de la Propuesta
- Planilla de la Oferta
• ANEXO II : Equipos propuestos
• ANEXO III – PRIMERA PARTE: Antecedentes Empresarios
• XXXXX XXX – SEGUNDA PARTE: Datos de Producción Básica
• ANEXO IV - Primera Parte: Experiencia de la Empresa en Trabajos Similares
• ANEXO IV - Segunda Parte: Certificado de Comitentes de Obras Similares
Ejecutadas y/ o en Ejecución
• ANEXO V : Declaración Jurada
• ANEXO VI : Curriculum Vitae del Personal Clave
• ANEXO VII: Parámetros de Ponderación para la redeterminación de precios. Ley N°12.046
FORMULARIO 11-DGRL Declaración Jurada de Obras en Ejecución Contratadas y
Adjudicadas en todo el país
PLANO DE CARTEL DE OBRA PLANO DE PUNTO FIJO
ANEXO I - CALCULO DEL COEFICIENTE DE RESUMEN OFICIAL
Xxxxx Xxxx: | 1,000 | ||
Gastos Generales: 20,0 % de 1,000 | 0,200 | ||
Beneficios: 10 % de 1,0000 | 0,100 | ||
1,300 | (a) | ||
A.P.I.- I.I.B.: 0,00 % (a) | 0,000 | (b) | |
D.G.I - I.V.A.: 21 % de (a) | 0,273 | (c) | |
Coeficiente Resumen: ((a) + (b) + (c)) | 1,573 |
Coeficiente Adoptado: 1,573
Nota aclaratoria: La alícuota del impuesto al valor agregado (IVA), será la que esté en vigencia al mes de la apertura de los sobres.
ORIGINAL
FORMULARIO DE PROPUESTA
SANTA FE..........DE. DE 2010
Señor
Ministro de Aguas, Servicios Públicos y medio Ambiente Arquitecto XXXXXXX XXXXXXX
Su Despacho
Ref.:
De nuestra consideración:
Los que suscriben, Director Técnico y Proponente respectivamente de la Empresa
............................................................................………... inscripta en el Registro de
Licitadores de Obras Públicas, Sección ...................................................................................
se presentan a ..…………….......................................................................................... de la
referencia, cuyo Presupuesto Oficial asciende a: ...........................................................…..
....................................................................................................................................................
y presentan propuesta de efectuar la obra y conservarla de acuerdo a los Planos y Pliegos de Bases y Condiciones insertos en el legajo correspondiente, a los precios unitarios que se consignan en el presupuesto detallado anexado al presente formulario.
El monto de la propuesta, en un todo de acuerdo al proyecto ejecutivo, especificaciones técnicas, presupuesto oficial, pliego de bases y condiciones, etc., asciende a la suma de: .....................................………......................................................................
…………………………......................................................................................................……..
Además, declaramos conocer, comprender, interpretar y aceptar la Ley de Obras Públicas Nº 5188, su Decreto Reglamentario, los planos generales y de detalle, los pliegos de obra, el lugar, las condiciones de ejecución y en general, todos los antecedentes indicados en el Artículo Nº3 xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones.
En caso de contienda Judicial, acepto la Jurisdicción de la Justicia Ordinaria de la Capital de la Provincia.
En cumplimiento del ARTÍCULO Nº 15 xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones, dejamos expresa constancia del mantenimiento de la presente oferta por el plazo exigido por el ARTÍCULO Nº7 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Complementarias.
Saludamos al Sr. Ministro con atenta consideración.
.................................................................... ..................................................
DIRECTOR TÉCNICO PROPONENTE INSCRIPCIÓN COLEGIO PROFESIONAL INSCRIPCIÓN REGISTRO DE
Nº..............Ley Nº................ LICITADORES Nº.........
(SELLO DE LA EMPRESA)
DUPLICADO
FORMULARIO DE PROPUESTA
SANTA FE..........DE. DE 2010
Señor
Ministro de Aguas, Servicios Públicos y medio Ambiente Arquitecto XXXXXXX XXXXXXX
Su Despacho
Ref.:
De nuestra consideración:
Los que suscriben, Director Técnico y Proponente respectivamente de la Empresa
............................................................................………... inscripta en el Registro de
Licitadores de Obras Públicas, Sección ...................................................................................
se presentan a ..…………….......................................................................................... de la
referencia, cuyo Presupuesto Oficial asciende a: ...........................................................…..
....................................................................................................................................................
y presentan propuesta de efectuar la obra y conservarla de acuerdo a los Planos y Pliegos de Bases y Condiciones insertos en el legajo correspondiente, a los precios unitarios que se consignan en el presupuesto detallado anexado al presente formulario.
El monto de la propuesta, en un todo de acuerdo al proyecto ejecutivo, especificaciones técnicas, presupuesto oficial, pliego de bases y condiciones, etc., asciende a la suma de: .......................................................................................................................
....................................................................................................................................................
Además, declaramos conocer, comprender, interpretar y aceptar la Ley de Obras Públicas Nº 5188, su Decreto Reglamentario, los planos generales y de detalle, los pliegos de obra, el lugar, las condiciones de ejecución y en general, todos los antecedentes indicados en el Artículo Nº3 xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones.
En caso de contienda Judicial, acepto la Jurisdicción de la Justicia Ordinaria de la Capital de la Provincia.
En cumplimiento del ARTÍCULO Nº 15 xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones, dejamos expresa constancia del mantenimiento de la presente oferta por el plazo exigido por el ARTÍCULO Nº7 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Complementarias.
Saludamos al Sr. Ministro con atenta consideración.
.................................................................... .................................................
DIRECTOR TÉCNICO PROPONENTE INSCRIPCIÓN COLEGIO PROFESIONAL INSCRIPCIÓN REGISTRO DE
Nº..............Ley Nº................ LICITADORES Nº.........
(SELLO DE LA EMPRESA)