ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD DE ELECTRICA DE PUERTO RICO SAN JUAN, PUERTO RICO
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO AUTORIDAD DE ELECTRICA DE PUERTO RICO SAN XXXX, PUERTO RICO
SEGUNDA ENMIENDA CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES
--DE UNA PARTE: La Autoridad de Electrica de Puerto Rico (la Autoridad), una corporacion publica y entidad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, creada por la Ley 83 del 2 xx xxxx de segun enmendada, representada en este acto por su Director Ejecutivo, ingeniero Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx mayor de edad, casado y vecino de Guaynabo, Puerto
LA OTRA PARTE: Xxxxxx, Xxxxxx & PSC, en adelante el "Consultor", una corporacion profesional creada y existente bajo las del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, representada en este acto por su socio, Xxxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, casado, abogado y vecino de Guaynabo, Puerto Rico, quien esta debidamente autorizado para actuar en nombre del Consultor mediante Certificado de Resolucion del xx xxxxxx de
POR CUANTO
La Autoridad y el Consultor otorgaron un Contrato de Servicios Profesionales el 27 xx xxxxxx de 2015 (Contrato). Mediante el el Consultor prestara a la Autoridad servicios legales de legal general y litigacion ante los Tribunales de Justicia de Puerto Rico y Estados Unidos, relacionados con laborales y de incluyendo reclamaciones de despido, salarios, de
contrato de empleo, e incluyendo aquellas gestiones judiciales y cuasijudiciales, en todos aquellos casos y asuntos que la Autoridad y su Director Ejecutivo
Contrato se firmo con una vigencia de un (1) ano contado a partir de su y una cuantfa maxima de La fecha de del Contrato es
el 26 xx xxxxxx de 2016. 28 de de 2015 las partes otorgaron una Contrato mediante la se la clausula Tercera para la
cuantfa del mismo de cien mil dolares por una cantidad adicional de $250,000. Esto, para un de trescientos cincuenta mil dolares ($350,000), durante su
No obstante, dado el de trabajo requerido por los diversos casos de naturaleza que se refirieron al Consultor, dicha cantidad resulta insuficiente para cubrir los costos por los servicios prestados la del
Enmienda Contrato Servicios Profesionales - Xxxxxx, Xxxxxx &
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Dado anterior, las partes acuerdan a la cuantfa a pagarse bajo el Contrato la cantidad adicional de cien mil dolares Esto, para un total a pagarse bajo el Contrato de cuatrocientos cincuenta mil dolares
POR TANTO
—UNO: La Autoridad y el Consultor acuerdan la Clausula Tercera del Contrato para que lea de la siguiente
TERCERA: De acuerdo con los terminos y condiciones contenidos, la facturacion total en este Contrato no excedera de cuatrocientos cincuenta mil dolares ($450,000) durante la vigencia del mismo. La Autoridad pagara al Consultor por sus servicios, por hora, a razon de ciento veinticinco dolares ($125) por abogados diez (10) anos o mas de experiencia, cien ($100) dolares para abogados con cinco (5), pero xx xxxx (10) de experiencia, setenta y cinco ($75) dolares para abogados con cinco (5) anos o menos de experiencia y cuarenta ($40) dolares para oficiales y paralegales. Todos los desembolsos efectuados por la Autoridad a base de las disposiciones de este Contrato se pagaran de la cuenta
—DOS: La Autoridad y el Consultor acuerdan que, excepto la enmienda antes indicada, todos los terminos y condiciones del Contrato iguales y
—POR TODO LO CUAL, los en este acto manifiestan estar de acuerdo con todo lo expuesto y, por encontrarlo conforme con sus deseos, lo aceptan en todas sus
—En San Xxxx, Puerto Rico, hoy de de
£
Xxxxxxxx Xxxxxx Ejecutivo
Autoridad de Electrics Seguro Social patronal 000-00-0000
Socio
Xxxxxx, Xxxxx, PSC Seguro Social 000-00-0000