CONVENIO DE COLABORACIÓN
CONVENIO DE COLABORACIÓN
MÉDICOS DEL MUNDO y GRANDES VINOS Y VIÑEDOS S.A
En Cariñena, a 4 xx xxxx de 2020
REUNIDOS
De una parte,
Xx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, provisto de DNI número nº 00000000X, actuando en nombre y representación de la Asociación MEDICOS DEL MUNDO como Coordinadora General (en adelante, MÉDICOS DEL MUNDO), domiciliada en X/ Xxxxx xx Xxxxxxx, 00 00000 Xxxxxx, CIF G – 79408852.
Y de otra parte,
D. Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx provista de NIF número 25.143.743M actuando en nombre y representación de GRANDES VINOS Y VIÑEDOS S.A. ( en adelante GRANDES VINOS ) domiciliada en Xxxx. Xxxxxxxx xx 00,000 Xxxxxxxx 00000 Xxxxxxxx y con CIF X00000000.
EXPONEN
PRIMERO. Que MEDICOS DEL MUNDO es una asociación declarada de utilidad pública carente de toda filiación política o religiosa, que reivindica el derecho fundamental a la salud y a una vida digna para cualquier persona. Médicos del Mundo tiene, como finalidades fundamentales, actuar en el ámbito de la salud con las poblaciones en situaciones de pobreza y exclusión social, y en situaciones de crisis humanitarias; atender a toda persona en situación de sufrimiento físico o moral por violación de sus derechos humanos; realizar acciones de sensibilización como medio para el cambio social y superar las desigualdades y la injusticia; así como denunciar las causas que las ocasionan y contribuir a implantar una cultura de solidaridad, justicia y paz. Es una ONG reconocida oficialmente para todas estas actividades, para las que recibe la colaboración de particulares, de entidades públicas y privadas, así como de las Administraciones Públicas.
MEDICOS DEL MUNDO es una entidad sin ánimo de lucro, a la que es de aplicación el régimen fiscal establecido en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, por cumplir todos los requisitos establecidos en los artículos 2 y 3 de la citada Ley.
SEGUNDO. Que GRANDES VINOS es una empresa dedicada a la elaboración y comercialización de vino.
GRANDES VINOS se compromete a cumplir con la legislación nacional e internacional vigente, respetar los derechos humanos y el medio ambiente. Declara no realizar actividades nocivas para la salud de las personas o el medio ambiente, ni que su actividad fundamental esté relacionada con el comercio xx xxxxx o sea destinada para uso militar.
TERCERO. Que MEDICOS DEL MUNDO necesita la colaboración y ayuda de terceros para la consecución de las finalidades recogidas en sus estatutos.
CUARTO. Que GRANDES VINOS tiene la voluntad de colaborar con MEDICOS DEL MUNDO para la consecución de los fines de ambas especificados en el expositivo PRIMERO.
QUINTO. Que ambas partes, reconociéndose mutuamente la capacidad para obligarse, acuerdan formalizar el presente convenio de colaboración, que se regirá por lo establecido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, y que se ajustará a los siguientes
PACTOS
PRIMERO.- OBJETO
El presente convenio de colaboración regula las condiciones que deben regir la colaboración de GRANDES VINOS con Médicos del Mundo, en relación con la respuesta a la emergencia Covid-19 en España, con el foco principal en el colectivo de personas mayores, el más vulnerable y afectado.
SEGUNDO.- COMPROMISOS
GRANDES VINOS ha acordado colaborar conjuntamente con Médicos del Mundo para la realización de la campaña “Over the Rainbow” indicada en la cláusula anterior.
La colaboración va a consistir en la puesta en el mercado de GRANDES VINOS de
20.000 botellas (2.400 botellas de ANAYÓN, su gama premium y 17.600 botellas xxx
XXXXXXXXXX DE LAS XXXXX RAINBOW ROSADO, vino diseñado para este Proyecto).
1- 2.400 botellas ANAYÓN Premium (800 Packs de 3 botellas: ANAYÓN CARIÑENA TERRACOTA + ANAYÓN PARCELA 15 + ANAYÓN PARCELA 81)
de VENTA EXCLUSIVA en la tienda online de xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx y en la web de xxx.xxxxxxxxxxx.xxx Partner Comercial PVP online 1 Pack: 200€ (iva y tpte incluido en península). Total: 160.000€
2- 17.600 botellas MONASTERIO DE LAS XXXXX RAINBOW ROSADO de VENTA
EXCLUSIVA en la tienda online de xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx y en la web de xxx.xxxxxxxxxxx.xxx Partner Comercial PVP online 1 botella: 6€ (iva y tpte incluido en península). Total: 105.600€
3- El valor en el mercado de las 20.000 botellas es 265.600€
4- La recaudación íntegra de las ventas se donará por parte de GRANDES VINOS a partes iguales a MEDICOS DEL MUNDO y a la investigación a través del movimiento #YoMeCorono, mediante convenio como este.
5- Con independencia de las ventas GRANDES VINOS realizará una primera donación de 50.000€ por la “autocompra” y envío sin cargo de los primeros 250 Packs de ANAYÓN a una selección de Grandes WineLovers que actúen a su vez de Embajadores y Prescritores del Proyecto. (esta donación se hará igualmente a medias entre las dos Organizaciones MEDICOS DEL MUNDO y #YoMeCorono).
6- Mensualmente irá realizando sucesivas donaciones de la recaudación íntegra de lo que se vaya vendiendo hasta llegar al tope posible, que se vendieran las
20.000 botellas de la cantidad de 265.600€, siempre a medias entre las dos Organizaciones MEDICOS DEL MUNDO y #YoMeCorono.
GRANDES VINOS se compromete a hacer efectiva la aportación económica correspondiente a dicha acción en la cuenta:
XX00 0000 0000 00 0000000000, cuya titularidad es de Médicos del Mundo. Los primeros 25.000€ de forma inmediata y las siguientes aportaciones, en caso de producirse la venta, de forma mensual.
TERCERO.- TÉRMINOS DE LA COLABORACIÓN
Con respecto a GRANDES VINOS
• Podrá presentarse como colaboradora de MEDICOS DEL MUNDO en toda su comunicación relacionada exclusivamente con esta colaboración, previa información y acuerdo con MEDICOS DEL MUNDO.
• Podrá hacer uso del logotipo de MÉDICOS DEL MUNDO en los elementos de comunicación de esta campaña, previa autorización expresa por MÉDICOS DEL MUNDO, tras la revisión de cada uno de tales elementos de comunicación que serán facilitados por GRANDES VINOS Y VIÑEDOS.
Con respecto a MÉDICOS DEL MUNDO:
• MEDICOS DEL MUNDO, por medio de sus elementos de comunicación, podrá realizar las acciones de promoción de la colaboración que considere oportunas para la difusión de la campaña entre sus socios, donantes y colaboradores, siempre previa información y acuerdo con GRANDES VINOS.
• MEDICOS DEL MUNDO se compromete a realizar una Certificado de la donación correspondiente a los efectos oportunos.
CUARTO.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente acuerdo se aplicará a todo el territorio español, y se regirá por su contenido y por el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato ambas partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, acuerdan someterse a la jurisdicción de los juzgados y Tribunales de Madrid Capital.
QUINTO.- IVA
De conformidad con la Ley 49/2002, la difusión de la participación de colaborador en el marco de los convenios de colaboración definidos en el mismo no constituye una prestación de servicios, por lo que el presente convenio de colaboración no está sujeto al impuesto sobre el valor añadido (IVA).
SEXTO.- VIGENCIA Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato tendrá vigencia durante el año 2020 o hasta la venta de las 20.000 botellas.lo que primero acontezca a partir de la fecha de la firma de este convenio, con
independencia de nuevas acciones que se puedan acordar a partir de este primer proyecto.
El incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones establecidas en el presente acuerdo facultará para resolver el mismo unilateralmente, siempre que se hubiese requerido expresamente y por escrito el cumplimiento, y la falta no se subsanase en el plazo máximo de 10 días naturales, pudiendo la parte perjudicada exigir a la otra el pago de los daños y perjuicios causados. Igualmente podrá ser resuelto el acuerdo de forma anticipada por haberse declarado la otra parte en situación de concurso, con apertura o no de la fase de liquidación, ya sea esta declarada en firme o admitida su tramitación, por cese en las actividades propias de su objeto social o por decisión judicial o administrativa que implique la imposibilidad para cualquiera de las partes de ejecutar el presente acuerdo.
Y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento,
Firmado por 25143743M XXXX
34103943A XXXXX
Firmado digitalmente por 34103943A XXXXX
G79408852)
XXXXXXX XXXX (R: A50723089)
el día 12/05/2020 con un
XXXXXXXX (R: XXXXXXXX (R:
certificado emitido por AC Representación
G79408852)
Fecha: 2020.05.01
13:58:13 +02'00'
Por: GRANDES VINOS Por: MEDICOS DEL MUNDO D.XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX Xx XXXXX XXXXXXXX XXXXXX