Expediente n.º: 144/2019 Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Procedimiento: Contrataciones Patrimoniales Fecha de iniciación: 25/06/2019 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato
Expediente n.º: 144/2019
Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Procedimiento: Contrataciones Patrimoniales Fecha de iniciación: 25/06/2019
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato
Constituye el objeto del contrato el aprovechamiento por este Ayuntamiento de las Bellotas, Hierbas y Pastos de los siguientes Lotes de la Finca Patrimonial de este Ayuntamiento denominada DEHESA DE ENMEDIO, del término municipal xx Xxxxxxxxx, desde el 0 xx xxxxxxx xx 0000 x 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000:
Lote Nº 1: Cerca Nº 1: Parcela 26 del Xxxxxxxx 00 x Xxxxxxx 00 xxx Xxxxxxxx
17; Superficie: 63,3917 ha.
Lote Nº 2: Cerca Nº 2: Parcela 25 del Xxxxxxxx 00 x Xxxxxxx 00 xxx Xxxxxxxx
17; Superficie: 72,3608 ha.
Lote Nº 3: Cerca Nº 3 y 4: Xxxxxxxx 00 x 00 xxx Xxxxxxxx 00; Superficie:
121,3546 ha.
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx (1 de 1) ALCALDE-PRESIDENTE
Fecha Firma: 22/07/2019
HASH: 97b8923396702aebc792331f84805201
Lote Nº 4: Cerca Nº 5: Parcelas 5 y 6 del Polígono 17; Superficie: 103,58 ha. El vuelo de esta parcela pertenece a la Sociedad “Banco Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, según escritura nº 145 del año 1.898 ante el Notario D. Xxxx Xxxxxxx Xxxx, Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio xx Xxxxxxx. El Ayuntamiento ha suscrito acuerdo de asignación económica con dicha Cooperativa para compensar su propiedad en el árbol.
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El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. No obstante, en virtud del artículo 4 de esta Ley, será de aplicación la misma para resolver las lagunas que pudieran presentarse.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de Aprovechamiento será el Concurso, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en la que cualquier interesado, VECINO del Municipio xx Xxxxxxxxx, podrá presentar una oferta
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en la cláusula octava.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente:
xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxx.xxx
CLÁUSULA CUARTA. Presupuesto Base de Licitación
El presupuesto base de licitación asciende a la cuantía de 236.000 euros, cantidad determinada por el valor medio xxx xxxxxxx, según valoración realizada por los Servicios Técnicos Municipales, que podrá ser mejorada al alza por los licitadores.
De manera individualizada, el tipo de los aprovechamientos que son objeto de esta licitación y por la temporada de 1 de octubre de 2019 a 29 de septiembre de 2024, es el siguiente, según los distintos Lotes, al alza:
Lote Nº 1: Cerca Nº 1:
- 42.500,00 €.
- 8.500,00 €/anuales
Lote Nº 2: Cerca Nº 2:
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- 46.500,00 €.
- 9.300,00 €/anuales
Lote Nº 3: Cercas Nº 3 y 4:
- 80.500 €.
- 16.100,00 €/anuales Lote Nº 4: Cerca Nº 5*:
- 66.500,00 €.
- 13.300,00 €/anuales
*Al pertenecer el Vuelo de esta Cerca a la Sociedad “Banco Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx”, el Ayuntamiento ha acordado abonar a esta Sociedad, para compensar su propiedad de Xxxxxxx en el árbol, una asignación económica por importe de la
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
cantidad que resulte del prorrateo que corresponda a tres meses de aprovechamiento del fruto de bellota de este año agrícola de la adjudicación definitiva de este Lote Nº 4.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de Aprovechamiento se fija en 60 meses, de carácter improrrogable.
Se entiende que cada campaña agrícola comprende el periodo que va desde 1 de octubre a 29 de septiembre.
CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en prohibiciones para contratar.
1. La capacidad de obrar se acreditará:
a) En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del
documento nacional de identidad.
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b) En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar, podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
7.1 Condiciones previas
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta.
7.2 Lugar y plazo de presentación de ofertas
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Plaza de España, 1, en horario de atención al público, dentro del plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia, Perfil del Contratante del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx y en Tablón de Anuncios.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador.
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La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, si a la fecha señalada para la apertura de proposiciones no se ha recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta por cada Lote, pudiendo licitar a más de 1 Lote. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx.
7.3. Información a los licitadores
Cuando sea preciso solicitar la información adicional o complementaria a que se refiere el artículo 138 de la LCSP, la Administración contratante deberá facilitarla, al menos, seis días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas, siempre que dicha petición se presente con una antelación mínima de doce días respecto de aquella fecha. Dicha solicitud se efectuará al número de fax o a la
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
dirección de correo electrónico previsto en el anuncio de licitación.
7.4 Contenido de las proposiciones
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador, en los que se hará constar la denominación del sobre (Sobre A o Sobre B, según corresponda) y la leyenda
«Proposición para licitar a la contratación del Aprovechamiento de Bellotas, Hierbas y Pastos de la finca “Dehesa Boyal”, sita en el término municipal xx Xxxxxxxxx».
La denominación de los sobres es la siguiente:
— Sobre «A»: Documentación Administrativa.
— Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE«A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
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a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario, y en su caso, la representación.
— Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, acreditarán la representación de cualquier modo adecuado en Derecho.
— Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente.
— Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad.
b) Una declaración responsable de no estar incursa en la prohibición de contratar y que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluidas las del Ayuntamiento, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Esta declaración responsable se presentará conforme al siguiente modelo:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
, con domicilio a efectos de notificaciones en ,
, n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad
, con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación APROVECHAMIENTOS HIERBAS, PASTOS Y BELLOTAS, FINCA DEHESA BOYAL, TEMPORADA 1 DE OCTUBRE 2019 A 29 DE SEPTIEMBRE 2024, ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la contratación del Aprovechamiento del inmueble
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el pliego de cláusulas administrativas particulares para ser adjudicatario, en concreto:
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— Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
— Que está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es
.
TERCERO. Que estas declaraciones se hacen sin perjuicio de la obligación de justificar documentalmente estas circunstancias en el supuesto de que se me requiera para aportar la mencionada documentación para ser adjudicatario del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de condiciones que declaro conocer acepto expresamente y sin reserva.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
CUARTO. Declaro reunir todos y cada uno de las condiciones exigidas para contratar con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx (Badajoz).
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante,
Fdo.: »
SOBRE «B»
OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
— Oferta económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
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«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , C/ , n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad , con CIF n.º , enterado del expediente para la adjudicación del aprovechamiento de Bellotas, Hierbas y Pastos de la Finca Patrimonial Dehesa de Enmedio del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, Lotes:
Nº | Polígono: | Parcelas |
Nº | Polígono: | Parcelas |
Nº | Polígono: | Parcelas |
Nº | Polígono: | Parcelas |
, del término municipal xx Xxxxxxxxx, mediante Concurso, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, nº de fecha y en el Perfil de Contratante, hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación ofreciendo las siguientes cantidades:
Lote Nº :
Lote Nº :
euros/Anuales euros/Anuales
Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Lote Nº :
Lote Nº :
euros/Anuales euros/Anuales
Asimismo declaro y acredito que SI o NO soy agricultor a título principal o titular de explotación agraria prioritaria, como así acredito mediante certificado expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
En , a de de 20 .
Firma del licitador, Fdo.: ».
CLÁUSULA OCTAVA. Criterios de Adjudicación
La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la mejor oferta, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente Xxxxxx, sin atender exclusivamente al precio de la misma, y teniendo en cuenta los supuestos que se detallan a continuación:
a. En el supuesto de que un licitador puje por más de un Lote, aunque su oferta económica sea superior a la de otro u otros licitadores, prevalecerá el criterio de que el lote sea adjudicado al licitador que pujando por ese mismo lote, aunque su oferta económica sea menor, no haya resultado adjudicatario de ninguno de los que se sacan a licitación.
b. En el supuesto de licitar por dos o más lotes, se le adjudicará en primer lugar el lote por el que hay presentado la oferta más alta, aplicando siempre lo establecido en el apartado anterior.
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Los criterios objetivos (y vinculados al objeto del contrato) para valorar la oferta son:
Criterios cuantificables automáticamente, se puntuarán en orden decreciente:
— Importe anual ofrecido: hasta 50 puntos.
A la oferta económica más ventajosa se le otorgará la puntuación máxima, otorgándose al resto puntos proporcionalmente, sin perjuicio de lo establecido en los apartados a y b del inicio de esta cláusula.
— Por tratarse el licitador de agricultor a título principal o titular de explotación agraria prioritaria: 10 puntos.
La concurrencia de esta circunstancia deberá acreditarse mediante la presentación con la proposición de certificación expedida por el órgano competente de la Junta de Extremadura o de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
CLÁUSULA NOVENA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, estará presidida por el Presidente, que podrá ser un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.
Formarán parte de ella, un representante de cada uno de los grupos políticos que forman el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx, que actuarán como vocales.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
— X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Alcalde-Presidente, Presidente de la Mesa.
— Xx. Xx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, Secretaria Interventora de la Corporación, vocal.
— X. Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Administrativo de la Corporación, vocal.
— X. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Auxiliar Administrativo de la Corporación, Secretario de la Mesa.
CLÁUSULA DÉCIMA. Apertura de Ofertas
La Mesa de Contratación se constituirá el tercer día hábil tras la finalización
del plazo de presentación de las ofertas, a las 13:00 horas procederá a la apertura de los sobres «A» y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos.
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Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a 2 días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observadas en la documentación presentada.
Finalmente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», que contienen las ofertas económicas y los documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.
A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre «B»), la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Requerimiento de Documentación
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, en concreto la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 71.2.a) LCSP.
En el supuesto señalado en el párrafo anterior, se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Fianza
Para la celebración del contrato, será obligatoria la exigencia y prestación de una fianza en metálico del 5% del importe de la adjudicación de los 5 años de cada uno de los Lotes, en concepto de fianza definitiva.
La garantía, caso de ser presentada en metálico, se depositará:
— En cualquiera de las cuentas bancarias de las que es titular el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato
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Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
En ningún caso podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores, debiendo ser publicada en el perfil de contratante en el plazo de 15 días.
La adjudicación deberá recaer en el plazo máximo de quince días a contar desde el siguiente al de apertura de las proposiciones.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Pago
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
El pago se realizará en dos fracciones, en cada una de las anualidades del contrato: el primer 50% del importe de adjudicación anual a la formalización del contrato en el primer año agrícola y entre los días 1 al 15 de octubre los restantes años agrícolas, y el segundo 50% del importe de adjudicación anual, entre los días 1 y 15 xx Xxxxx de cada una de las anualidades agrícolas del contrato:
PRIMER AÑO AGRÍCOLA. Temporada 2019-2020:
Primer Pago: A formalización contrato (Octubre 2019) Segundo Pago: Xxxxx xx 0 x 00 xx xxxxx xx 0000.
SEGUNDO AÑO AGRÍCOLA. Temporada 2020-2021:
Primer pago: Xxxxx xx 0 x 00 xx xxxxxxx xx 0000. Segundo pago: Xxxxx xx 0 x 00 xx xxxxx xx 0000. TERCER AÑO AGRÍCOLA. Temporada 2021-2022:
Primer pago: Xxxxx xx 0 x 00 xx xxxxxxx xx 0000. Segundo pago: Entre el 1 y 15 xx xxxxx de 2022 CUARTO AÑO AGRÍCOLA. Temporada 2022-2023:
Primer pago: Xxxxx xx 0 x xx 00 xx xxxxxxx xx 0000. Segundo pago: Xxxxx xx 0 x 00 xx xxxxx xx 0000. QUINTO AÑO AGRÍCOLA. Temporada 2023-2024:
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Primer pago: Xxxxx xx 0 x 00 xx xxxxxxx xx 0000. Segundo pago: Xxxxx xx 0 x 00 xx xxxxx xx 0000.
Todos los pagos se realizarán en la cuenta bancaria que al efecto señale el Ayuntamiento.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Derechos y obligaciones de arrendatario y Administración
El arrendatario estará obligado a:
- Abonar en tiempo y forma todas y cada una de las anualidades del presente contrato.
- Utilizar la finca rústica conforme a su naturaleza, para explotación agropecuaria y para los fines específicos del aprovechamiento de Bellotas, Hierbas y Patos, objeto de esta licitación. Hasta el 1 de Febrero de cada temporada queda prohibida la entrada en la finca de
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
ganado vacuno, ovino y caprino.
- Ceder al Ayuntamiento la disponibilidad del suelo o vuelo arrendado que se requiera (si el Ayuntamiento así lo hiciera en caso de necesidad para la mejora de las infraestructuras, para cumplimiento de normas sanitarias, por trabajos de regeneración, por trabajos de poda o por otros trabajos análogos). En estos casos, el Ayuntamiento debe informar al arrendatario de la necesidad de dicha disponibilidad con una antelación mínima de 15 días.
- Los desperfectos que sufra la finca deberán ser reparados por el arrendatario, excepto aquellos que se produzcan por causa mayor. Todas las paredes que se caigan serán reparadas por el adjudicatario. Asimismo, los arredatarios deberán efectuar antes del 30 xx xxxxx de cada año, cortafuegos en su cerca siempre supervisada por los servicios Forestales y Ayuntamiento.
- El adjudicatario debe conocer la ruta senderista que hay en la Dehesa y deberá respetar su uso. Asimismo se permitirá cualquier otra actividad lúdico-turística que se pudiera organizar desde el Ayuntamiento en la misma.
- Queda excluido el aprovechamiento xxx xxxxxx y cualquier otro ajeno al objeto del presente pliego.
- El/los adjudicatario/s deberá/n suscribir una póliza de seguros por el periodo de arredamiento que responda de los daños que pudieran producirse. Entregando una copia al Ayuntamiento con anterioridad a la firma del contrato.
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- La Sociedad de Cazadores tendrá derecho al uso para fines deportivos de la zona vallada ya existente a tal efecto. El arrendatario podrá aprovechar la Bellota, Hierba y Pastos que se encuentran dentro de esa zona y respetará 4 majanos de conejos existentes. Asimismo la Sociedad deberá avisar al arrendatario, con un mínimo de 5 días de antelación, sobre posibles actividades que vaya a realizar en esas instalaciones.
- El adjudicatario podrá proponer mejoras distintas a las acordadas por el Ayuntamiento. Estas mejoras, que serán de cuenta del arrendatario en todo caso, deberán de ser aprobadas por el pleno del Ayuntamiento.
- El adjudicatario de cada uno de los lotes sólo podrá entrar en dichas cercas animales de su propiedad o de una explotación ganadera de un familiar hasta 1º grado de afinidad o consanguinidad, estando prohibido la reposición de otros animales que no figuren a nombre del titular de la adjudicación. Debiendo aportar factura de compra a este Ayuntamiento en el momento de solicitar la guía cuando el registro de procedencia no sea del mismo arrendatario.
- El incumplimiento del anterior requisito conllevará la rescisión automática del contrato de aprovechamientos de la cerca o cercas adjudicadas, siendo sancionable este incumplimiento con incautación de la fianza o fianzas depositadas, y una sanción económica equivalente a 120,00 euros por animal que se encuentre dentro de la
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
cerca y no sea propiedad del adjudicatario de esa cerca, así como la prohibición de licitar en las dos siguientes licitaciones que el ayuntamiento saque para estos aprovechamientos en la Dehesa Boyal.
- Todo personal que realice cualquier tipo de trabajo agrícola o ganadero, en cada una de las cercas que se sacan a licitación, deberá estar contratado por el adjudicatario de la misma, debiendo en su consecuencia estar dado de alta en la seguridad social correspondiente.
- Los animales que entren en cada cerca que se saca a licitación estarán consignados a nombre del adjudicatario y nunca del Ayuntamiento.
- Cualquier incumplimiento de las obligaciones del arrendatario podrá ser objeto de rescisión del contrato por parte del Ayuntamiento, debiendo abonar la totalidad del alquiler sin menoscabo de las acciones legales y/o sanciones, que puedan corresponder por daños y perjuicios.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Efectos y Extinción del Contrato
El contrato se extinguirá por cumplimiento o resolución.
A estos efectos, serán de aplicación además de lo contenido en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, el Código Civil y demás disposiciones de derecho privado que sean de aplicación.
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Se considerará causa de resolución del contrato la falta del pago del precio, en los plazos y forma establecidos en el presente Pliego.
La aplicación de las causas de resolución, sus efectos así como el procedimiento correspondiente y la indemnización por daños y perjuicios que proceda, se ajustarán a lo dispuesto en las disposiciones de derecho privado (Código Civil) de aplicación con las salvedades establecidas en este pliego.
CLÁUSULA DECIMOSÉPTIMA. Formalización del Contrato
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
No obstante, a continuación se iniciarán los trámites para su elevación a escritura pública siendo los gastos que se originen de cuenta del adjudicatario.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía constituida por el licitador.
Si las causas de la no formalización fueran imputables al Ayuntamiento, se indemnizará al adjudicatario de los daños y perjuicios que la demora le pueda ocasionar con independencia de que pueda solicitar la resolución del contrato.
CLÁUSULA DECIMOCTAVA. Unidad Tramitadora
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1 de la LCSP, la unidad encargada de la tramitación y seguimiento del expediente será Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
CLÁUSULA DECIMONOVENA. Confidencialidad y tratamiento de datos
19.1 Confidencialidad
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El adjudicatario (como encargado del tratamiento de datos) y su personal, si lo hubiera, en cumplimiento de los principios de integridad y confidencialidad deben tratar los datos personales a los que tengan acceso de forma que garanticen una seguridad adecuada incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento 2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos).
Esta obligación es complementaria de los deberes xx xxxxxxx profesional y subsistirá aunque haya finalizado el contrato con el responsable del tratamiento de los datos (Ayuntamiento).
19.2 Tratamiento de Datos
En cumplimiento de lo dispuesto en Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento general de protección de datos, los licitadores quedan informados de que los datos de carácter personales que, en su caso, sean recogidos a través de la presentación de su oferta y demás documentación necesaria para proceder a la contratación serán tratados por este Ayuntamiento con la finalidad de garantizar el adecuado mantenimiento, cumplimiento y control del desarrollo del contrato.
Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000
CLÁUSULA VIGÉSIMA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx y la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes.
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Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx
Xxxxx xx Xxxxxx, 0, Xxxxxxxxx. 00000 (Xxxxxxx). Tfno. 000000000. Fax: 000000000