– Licitación de contrato de suministro de energía eléctrica 3
18 de enero de 2016 Nº 10
SUMARIO
DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
CONTRATACIÓN
– Licitación de contrato de suministro de energía eléctrica 3
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN
– Subasta a PROMOCIONES GONTOFMAR S.L. 9
– Subasta a PAVIMENTOS MALACITANOS 15
– Subasta a XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX 20
– Subasta x XXX PROPIEDADES S.L. 25
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CEPEDA DE LA XXXX
– Corrección de error texto anuncio bases convocatoria pública para la provisión del puesto de secretaría de la Agrupación de Ayuntamientos de Cepeda de la Xxxx, Xxxxxxxx xxx Xxxxxx,
Mengamuñoz y Navadijos 30
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX
– Solicitud licencia ambiental para actividad explotación ganadera
caballar 31
AYUNTAMIENTO DE TORNADIZOS XX XXXXX
– Solicitud licencia ambiental y urbanística para construcción de
un núcleo zoológico en el Término de Tornadizos xx Xxxxx 32
AYUNTAMIENTO DE RIOCABADO
– Aprobación definitiva del presupuesto general 2016 33
xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx xxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx Depósito Legal AV-1-1-1958
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 XX XXXXX
– Procedimiento ordinario Nº 3/2016 a instancia de Xxxxxxx
Xxxxxxx Da Paixao contra Fogasa y Xxxx xx Xxxxx S.L.U. 35
– Ejecución de titulos judiciales nº 173/2015 a instancia de Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx y otros contra Xxxxx xx Xxxxx
Explotaciones Hoteleras S.L. y Fogasa 36
DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
Número 73/16
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
CONTRATACIÓN
A N U N C I O D E L I C I T A C I Ó N
CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LOS PUNTOS DE CONSUMO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
ENTIDAD ADJUDICADORA: DATOS GENERALES Y DATOS PARA LA OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN
Organismo: Diputación Provincial xx Xxxxx.
Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación.
Obtención de documentación e información:
Dependencia: Servicio de Contratación de la Diputación Provincial xx Xxxxx Domicilio: Plaza Corral de las Campanas s/n
Localidad y Código Postal: Ávila-05001 Teléfono: 000-000000 / 357117
Telefax: 920-357106
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx
Dirección de Internet del Perfil del Contratante: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxx- cion/perfildelcontratante
www.diputacionavila.es.sedelectronica
Fecha límite de obtención de documentación e información: Hasta que finalice el plazo de presentación de proposiciones
Número de expediente: 11245/2015
OBJETO DEL CONTRATO
Tipo: Contrato de Suministro
Descripción: Contrato de suministro de energía eléctrica en los puntos de consumo de la Diputación Provincial xx Xxxxx
Lugar de ejecución: Edificios y centros de la Diputación Provincial xx Xxxxx:
X Centro Residencial Xxxxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxx
X X/ Xxxxx Xxxxx 0, xxxx 0
xX X/ Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 00, xxxx 0 Xxxxx
X X/ Xxxxxx Xxxxxx, 0, xxxx 0. Xxxxx
xX Xxxxx Xxx xx Xxxx, 0 xxxx 0. Xxxxx
xX Casa Rural Xxxxxxxxxxx de la Sierra
X Puerto Chía, Xxxxxxxxxxx de la Sierra
X Carretera Navalonguilla, Xxxxx xx Xxxxx
X Xxxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxxx 00, Xxxxxx xx Xxx Xxxxx
xX X/ Xxxxx x Xxxxx 00 xxxx, Xxxxxxxxxx
xX Fundación Cultural Santa Xxxxxx C/ Canteros s/n
X Finca El Colmenar
Plazo de ejecución:
1 año, desde el 1 xx xxxxx de 2016 hasta el 31 xx xxxxx de 2017.
El presente contrato regula el suministro de energía eléctrica durante un año a partir del 1 xx xxxxx de 2016. A partir de la notificación de la adjudicación del contrato, el Adjudi- catario realizará todas las gestiones necesarias para realizar el servicio de suministro de energía eléctrica, no pudiéndose superar los quince días hábiles desde la notificación de la adjudicación del contrato hasta el suministro efectivo del servicio. Si no se cumpliera el anterior requisito, el adjudicatario deberá abonar a la Diputación xx Xxxxx la diferencia de precio entre el pago realizado y el que se hubiera realizado con los precios del contrato. De cualquier modo, en ningún caso se cortará el suministro eléctrico en los puntos de con- sumo.
Admisión de prórroga:
No existe posibilidad de prórrogas CPV 2008: 713141
TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
Tramitación: Ordinaria
Procedimiento: Abierto
Criterios de adjudicación: Varios criterios de selección de la oferta económicamente más ventajosa
Los criterios de valoración, todos ellos objetivos, así como su ponderación, previstos para la adjudicación del objeto del presente pliego son:
1. Coste unitario del kWh ponderado para tarifa 3.1.A1.; 70 puntos máximos. La pun- tuación de cada oferta recibida se realizará conforme a la siguiente fórmula, para cada una de las tarifas:
Puntos de la oferta “x” = 70 – 70 · (€ de la oferta “x” - € de la mejor oferta recibida)/€ de la mejor oferta recibida
2. Coste unitario del kWh ponderado para tarifa 3.0.A2.; 24 puntos máximos. La pun- tuación de cada oferta recibida se realizará conforme a la siguiente fórmula, para cada una de las tarifas:
Notas
1 La ponderación para la tarifa 3.1.A resultará de la siguiente fórmula:
(Coste kWH PUNTA · 0,27 + Coste kWh LLANO · 0,46 + Coste kWh XXXXX · 0,27)
2 La ponderación para la tarifa 3.0.resultará de la siguiente fórmula:
(Coste kWH PUNTA · 0,28 + Coste kWh LLANO · 0,60 + Coste kWh XXXXX · 0,12)
Puntos de la oferta “x” = 24 – 24 · (€ de la oferta “x” - € de la mejor oferta recibida)/€ de la mejor oferta recibida
3. Coste unitario del kWh ponderado para tarifa 2.1.; 3 puntos máximos. La puntuación de cada oferta recibida se realizará conforme a la siguiente fórmula, para cada una de las tarifas:
Puntos de la oferta “x” = 3 – 3 · (€ de la oferta “x” - € de la mejor oferta recibida)/€ de la mejor oferta recibida
4. Coste unitario del kWh ponderado para tarifa 2.0.; 3 puntos máximos. La puntuación de cada oferta recibida se realizará conforme a la siguiente fórmula, para cada una de las tarifas:
Puntos de la oferta “x” = 3 – 3 · (€ de la oferta “x” - € de la mejor oferta recibida)/€ de la mejor oferta recibida
5. Suministro de energía renovable certificada; 5 puntos máximos. La puntuación se otorgará según el porcentaje de energía renovable certificada, otorgándose la má- xima puntuación a la que suministre un 100% de la energía en base a este criterio.
Tras la aplicación de los criterios anteriores, resultará adjudicataria la empresa con mayor puntuación de entre las ofertas recibidas.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
152.977,22 euros
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
El presupuesto estimado del contrato es 152.977,22 € euros y 32.125,22 (21%) euros de IVA (185.102,44 euros, IVA incluido).
El precio máximo de licitación es el siguiente (SIN INCLUIR IMPUESTOS NI COSTE DE INTERRUMPIBILIDAD):
Término de potencia
El regulado por la normativa de referencia, actualmente en el Anexo 1 de la Orden Orden IET/107/2014, de 31 de enero, por la que se revisan los peajes de acceso de energía eléctrica para 2015, o la normativa que la sustituya en el momento de presentar la oferta.
Alquiler de equipos de medida (promedio de los suministros)
Tarifa 3.1.A 40 €/mes
Tarifa 3.0.A 20 €/mes
Tarifa 2.1.A 3 €/mes
Tarifa 2.0.A 3 €/mes
Término de energía
Tarifa 3.1.A
o Punta 11,08209 c€/kWh
x Xxxxx 9,84090 c€/kWh
x Xxxxx 7,08113 c€/kWh
Tarifa 3.0.A
o Punta 12,86379 c€/kWh
x Xxxxx 10,40164 c€/kWh
x Xxxxx 7,09343 c€/kWh
Tarifa 2.1.A 15,49579 c€/kW·día
Tarifa 2.0.A. 13,96250 c€/kW·día
La referencia a los precios se ha realizado a fecha 15 de diciembre de 2015. En caso de que los costes regulados asociados al kWh cambien a la fecha de presenta- ción de ofertas, la cuantía de los precios mínimos podrá verse incrementada en la parte proporcional del incremento del término regulado, todo lo cual deberá justificarse convenientemente en la oferta.
Como quiera que el modelo de oferta económica que se une al presente pliego espe- cifica la necesidad de determinar los importes unitarios de los conceptos que en ella se de- finen, constituirá el precio cierto del contrato el importe reflejado para cada uno de ellos, sin perjuicio de que el presupuesto reflejado en el apartado anterior opere como cuantía má- xima a que se obliga el contratante como consecuencia de la ejecución de este contrato. No obstante, si una actualización no prevista de los precios regulados que afectan al coste del kWh conllevara un incremento en el precio de las cuantías máximas anteriores, deberá justificarse la presentación de una oferta más alta, y quedará a criterio de la mesa la acep- tación de superar dicho importe máximo.
En ningún caso la suma de las cantidades abonadas por los suministros efectivamente realizados podrá superar el importe de la oferta total recogida en este pliego. De manifes- tarse insuficiente la previsión de consumo realizada, y por tanto el importe máximo a sa- tisfacer, el incremento a aprobar será objeto de la oportuna modificación contractual, siempre con carácter previo a la realización de los suministros, cuyos costes unitarios se obliga a respetar el contratista en tal caso hasta la finalización del periodo.
Atendiendo a la naturaleza del suministro, supeditado a las necesidades que demande el contratante durante el plazo de ejecución previsto, los cálculos de consumo de energía que se aportan en el Anexo I se entenderán siempre como orientativos, de forma que la cuantía máxima ofertada operará como importe límite al que queda obligada la parte con- tratante, sin que en ningún caso ésta esté obligada a abonar la totalidad de dicho coste má- ximo, sino aquel que resulte de aplicar los importes unitarios ofertados a las cantidades realmente suministradas, conforme al proceso de ejecución que se prevé en este pliego.
El pago del precio se efectuará en función de los consumos efectivos y según los pre- cios unitarios ofertados por el adjudicatario en su proposición económica, teniendo en cuenta el consumo y precio por franja horaria. El pago se realizará a mes vencido, para cada uno de los puntos de suministro objeto de este contrato, una vez que las correspon- dientes facturas sean detalladas y conformadas por el departamento correspondiente de la parte contratante, de acuerdo en todo caso a las referencias establecidas para este su- puesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
En los precios anteriores se incluirá el servicio telefónico de atención y mantenimiento las 24 horas del día en el que se atenderán los problemas asociados a la comercializadora que pudieran surgir.
GARANTÍAS EXIGIDAS.
Provisional: No se exige
Definitiva: 7.648,86 euros (5% del presupuesto estimado anual del contrato)
REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA:
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o ex- tranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente clasifica- ción y no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 60 de la TRLCSP como prohibitivas para contratar.
Podrán tomar parte en el presente procedimiento abierto las personas jurídicas que no tengan ninguna causa de incompatibilidad en el momento de presentar la propuesta, y que en dicho instante estén dadas de alta en el registro administrativo de comercializadores de energía eléctrica existente en la página Web del Ministerio de Industria, Turismo y Comer- cio; o bien la empresa tenga capacidad de suministrar energía eléctrica a través de un ter- cero.
Se exigen las siguientes solvencias:
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA:
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al presupuesto base de licitación, IVA in- cluido, es decir, 185.102,44 euros
SOLVENCIA TÉCNICA:
Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del con- trol de calidad.
Documento firmado por el representante de la empresa, donde se indique el personal técnico o las unidades técnicas, integradas o en la empresa, participantes en el contrato, especialmente los encargados del control de calidad
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Fecha límite de presentación: 3 de febrero de 2016
Modalidad de presentación: Conforme lo señalado en el Pliego de Cláusulas Admi- nistrativas Particulares
Lugar de presentación
Dependencia: Registro General de la Diputación Domicilio: Plaza xxx Xxxxxx de las Campanas, s/n Localidad y código postal: 05001-Ávila
Dirección electrónica: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx
Plazo durante el cual estará obligado a mantener su oferta: tres meses
APERTURA DE OFERTAS
Dirección: Plaza del Corral de las Campanas s/n (Salón de Sesiones) Localidad y código postal: 05001-Ávila
Fecha y hora:
El mismo día de la calificación de la documentación general, si no existieran deficien- cias subsanables, o al día siguiente de finalizar el plazo de subsanación de aquéllas, si las hubiera. La calificación de la documentación general tendrá lugar el día 10 de febrero de 2016 a las 13:00 horas, procediéndose a la declaración por la Mesa de Contratación de las empresas admitidas y no admitidas al Procedimiento. El sobre que contiene la proposición económica y Memoria para su valoración conforme a criterios evaluables con fórmula (cri- terios objetivos.- sobre B) se abrirá el día 10 de febrero de 2016, a las 13.15 horas, en acto público, salvo anuncio de presentación de proposiciones por correo sin que hayan tenido entrada las mismas en la Diputación, posponiéndose en este caso la calificación a otra fecha que se haría pública en el tablón de anuncios de la Corporación el mismo día 10 de febrero de 2016.
Hora: 13.15 horas
GASTOS DE PUBLICIDAD: importe máximo: 2.500 euros En Ávila, 13 de enero de 2016
El Diputado Delegado del Area de Asuntos Europeos, Energia, Promocion y Turismo,
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx
El Secretario, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxx.
DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
Número 88/16
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN
E D I C T O
ANUNCIO SUBASTA
XXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, JEFA DE SECCIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN DE LA EXCMA. DI- PUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
HAGO SABER: Que en el procedimiento de apremio que se sigue en este Organismo para realización de los débitos girados a cargo del obligado al pago PROMOCIONES GON- TOFMAR SL, con CIF B- 05.178.777, correspondientes al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx de los conceptos de Impuestos, fue dictado con fecha 11 de enero de 2016 por el Sr. Tesorero de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx, acuerdo de enajenación mediante subasta pública debiendo observarse en su trámite y realización las prescripciones establecidas en los ar- tículos 101, 103 y 104 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101.4 del citado Reglamento, se pu- blica el presente anuncio y se advierte a quienes deseen tomar parte en la subasta como licitadores, lo siguiente:
1º. Que en el acuerdo de enajenación se ha señalado para la realización de la subasta pública el día 10 xx xxxxx de 2016, a las 10:00 horas, en el Salón de Plenos de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx.
2º. Que los bienes objeto de enajenación integrados por lotes, tipos de subasta y tramo para la licitación son los que a continuación se describen:
LOTE NÚMERO UNO:
URBANA: NUMERO DIEZ. Vivienda letra “B” en planta primera del edificio en Cebre- ros, calle Los Xxxxx, número dieciséis, con acceso mediante portal y pasillo, de setenta y tres metros, sesenta y seis decímetros cuadrados construidos, distribuida en salón- cocina, dos dormitorios y cuarto de baño. Xxxxx: frente, descansillo y rampa; derecha entrando, vi- viendas letras “A” y “K”, y espacio que vuela sobre calle de Los Xxxxx; izquierda, pasillo y hueco xx xxxxxxxx; y fondo, vivienda letra “K” y patio interior. Tiene como anejos insepa- rables: 1) Plaza de garaje número 2, en planta sótano, con acceso para vehículos mediante rampa común, que parte desde la calle Salida a Tarayuela, y para peatones mediante por-
tal y escalera situada en citada calle, de quince metros, cincuenta y nueve decímetros cua- drados útiles y linda al frente, zona de tránsito y maniobras; derecha entrando, xxxxx xx xx- xxxx xxxxxx 0; izquierda, cuarto de transformadores y salida de peatones; y fondo, zona de tránsito y maniobras. 2) Trastero número 10 en planta sótano, a la que se accede mediante escalera interior, de seis metros, veinte decímetros cuadrados útiles y linda: frente, pasillo; derecha entrando, trastero número 11; xxxxxxxxx, xxxxxxxx xxxxxx 0 x xxxxx xxxxx; x xxxxx, xxxxxxx xxxxx. CUOTA: 2,52%. Se forma por división horizontal de la finca 5738.
Derechos de los deudores sobre la finca: 100% del pleno dominio.
Inscripción Registral: Inscrita en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxxx (Xxxxx) al Tomo 1069. Libro 122 del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx Folio:186. Finca Registral: 10964.
La finca se encuentra gravada con la siguiente carga:
Hipoteca a favor de Bankia SA formalizada en escritura autorizada en Cebreros el día ocho xx Xxxx del año dos mil siete por el Notario xxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx con número 742/2007. La hipoteca ha sido cedida/transmitida a SOCIEDAD GESTIÓN ACTIVOS PRO- CEDENTES REESTRUCTURACIÓN BANCARIA SA, en virtud de escritura autorizada en Madrid el día veintiuno de Diciembre del año dos mil doce por el Notario xxx Xxxxxxx Ma- dridejos Xxxxxxxxx con número 2304/2012 de su protocolo.
A fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx xxxxx xx 00000, mantiene una deuda con la Entidad que asciende a 148.178,71 euros de los cuales 14.926,58 euros corresponden a costas pre- supuestadas.
Valoración de los bienes que integran el lote uno. 72.266,18 €
Xxxxxx y gravámenes anteriores 148.178,71 €
TIPO MÍNIMO PARA LA SUBASTA 36.741,44 €
Tramos para licitar a este lote número uno 1.000,00 €
LOTE NUMERO DOS:
URBANA: NUMERO ONCE. Vivienda letra “C” en planta primera del edificio en Ce- breros, calle Los Xxxxx, número dieciséis, con acceso mediante portal y pasillo, de ciento cinco metros, catorce decímetros cuadrados construidos, distribuida en salón-comedor, co- cina, tres dormitorios, terraza, cuarto de baño y aseo. Xxxxx: frente, pasillo, rampa y vi- vienda letra “A”, derecha entrando, vivienda “D” y patio interior; izquierda, vivienda letra “A” y espacio que vuela sobre calle Los Xxxxx; y fondo, inmueble número 18 de la calle Los Xxxxx, xx Xxxxxx Xxxxx Xxxx: Tiene como anejos inseparables: 1) Xxxxx xx xxxxxx xx- xxxx 0, en planta sótano, con acceso para vehículos mediante rampa común, que parte desde la calle Salida a Tarayuela, y para peatones mediante portal y escalera situada en citada calle, de trece metros, setenta y siete decímetros cuadrados útiles y linda al frente, zona de tránsito y maniobras; derecha entrando, xxxxx xx xxxxxx xxxxxx 0; izquierda, te- rreno común que la separa del cuarto de transformadores; y fondo, terreno xx xxxxx Salida Tarayuela. 2) Trastero número 11 en planta bajo cubierta, a la que se accede mediante es- calera interior, de seis metros, noventa y tres decímetros cuadrados útiles y linda: frente,
pasillo; derecha entrando, trastero número 12; izquierda, terreno común; y fondo, patio común. CUOTA: 3,24 %. Se forma por división horizontal 5738.
Derechos de los deudores sobre la finca: 100% del pleno dominio.
Inscripción Registral: Inscrita en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxxx (Xxxxx) al Tomo 1069. Libro 122 del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. Folio:188. Finca Registral: 10965
La finca se encuentra gravada con la siguiente carga:
Hipoteca a favor de Bankia SA formalizada en escritura autorizada en Cebreros el día ocho xx Xxxx del año dos mil siete por el Notario xxx Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxx con número 742/2007. La hipoteca ha sido cedida/transmitida a SOCIEDAD GESTIÓN ACTIVOS PRO- CEDENTES REESTRUCTURACIÓN BANCARIA SA, en virtud de escritura autorizada en Madrid el día veintiuno de Diciembre del año dos mil doce por el Notario xxx Xxxxxxx Ma- dridejos Xxxxxxxxx con número 2304/2012 de su protocolo.
A fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx xxxxx xx 00000, mantiene una deuda con la Entidad que asciende 165.771,02 €, de los cuales 16.116,98 euros corresponden a costas presu- puestadas.
Valoración de los bienes que integran el lote dos 96.550,78€
Xxxxxx y gravámenes anteriores 165.771,02€
TIPO MÍNIMO PARA LA SUBASTA 36.741,44€
Tramos para licitar a este lote número dos 1.000,00€
3º. Que los bienes objeto de subasta son los detallados anteriormente y que no se ad- mitirán posturas inferiores al tipo de subasta, debiendo ajustarse las ofertas sucesivas a los tramos indicados.
4º. Los títulos disponibles podrán ser examinados por aquellos a quienes interese, en los locales de esta oficina recaudatoria sita en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xx0 en horario de 9 a 14 horas y de lunes a viernes.
Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad de los bienes in- muebles, sin derecho a exigir otros que los aportados en el expediente y sin que esta Re- caudación ni el Ayuntamiento contraiga otra obligación a este respecto que la de otorgar de oficio, si el adjudicatario lo solicita en el acto de adjudicación, la correspondiente escritura de venta, en sustitución del obligado al pago.
5º. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la trans- misión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, inclui- dos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta del adjudicatario. Respecto al es- tado de deudas que pudieran existir con la comunidad de propietarios, de la vivienda o local, el adjudicatario exonera expresamente al Ayuntamiento al amparo de la Ley 49/1996
de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 xx xxxxx, de la obli- gación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que quedan pendientes de pago.
6º. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del bien si se efectúa el pago de la totalidad de los descubiertos perseguidos.
7º Las cargas anteriores que afectan al bien objeto de enajenación, que han quedado reseñadas quedarán subsistentes en las cuantías expresadas, sin aplicarse a su extinción el precio de remate obtenido en la subasta.
8º. Podrá tomar parte en la subasta como licitadores cualquier persona que posea ca- pacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal, siempre que se identifique adecuadamente y con documento que justifique, en su caso, la representación que tenga. Se exceptúa el personal adscrito a la Recaudación del OAR, tasadores, depositarios de los bienes y funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio.
9º. Los licitadores tienen la obligación de constituir ante la Mesa de subasta con ante- rioridad a su celebración un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta señalado, con la advertencia de que, si el adjudicatario no satisface el precio del remate, dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que origina la falta de pago del precio de remate.
El depósito deberá constituirse mediante cheque bancario a favor del Organismo Au- tónomo de Recaudación de la Diputación Provincial xx Xxxxx o resguardo de haber efec- tuado el ingreso en la cuenta nº 2038 7725 23 0000000000
10 º. Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo de esta. El licitador deberá indi- car nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio. Dichas ofertas tendrán el carácter de máximas, serán presentadas en el Registro General del Organismo Autónomo de la Diputación Provincial xx Xxxxx y deberán ir acompañadas de cheque conformado por importe del depósito para licitar, extendido a favor del Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación Provincial xx Xxxxx.
La Mesa sustituirá a los licitadores en sobre cerrado, pujando por ellos sin sobrepasar el límite máximo fijado en su oferta, pero éstos también podrán participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre.
En el caso de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas.
11º. Los bienes descritos en cada uno de los lotes, se subastarán sin interrupción, de forma sucesiva y por el orden que han quedado reseñados, y si para alguno no hubiese
pujas, se pasará al que le siga, terminándose la subasta en el momento que con el importe de los bienes adjudicados se cubra la totalidad de los débitos exigibles al obligado al pago.
12º. Si en la licitación quedasen los bienes sin adjudicar, la Mesa anunciará la inicia- ción del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, contado desde ese momento, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación. No obstante, después de la celebración de la primera licitación, la Mesa podrá acordar la celebración de una segunda licitación, pre- via deliberación sobre su conveniencia.
Si se acuerda la procedencia de celebrar una segunda licitación, se anunciará de forma inmediata y se admitirán pujas que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación. A tal fin se abrirá un plazo de media hora para que los que deseen licitar constituyan los nuevos depósitos en relación con el nuevo tipo de subasta de los bienes que van a ser enajenados; a tal efecto, servirán los depósitos efectuados ante- riormente. La segunda licitación se desarrollará con las mismas formalidades que la pri- mera. Los bienes no adjudicados pasará al trámite de adjudicación directa regulado en el artículo 107 del Reglamento General de Recaudación.
13º Los adjudicatarios contraerán la obligación de entregar en el acto de la adjudica- ción o dentro de los quince días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación con la advertencia de que si no lo completaran en dicho plazo, per- derán el importe del depósito que se aplicará a la cancelación de las deudas, quedando obligados a resarcir a la Administración de los perjuicios que origine dicha falta de pago del precio del remate.
Tratándose de bienes inmuebles en los que el tipo de subasta excede de la cifra de- terminada por la Administración, aquellos adjudicatarios que ejerciten en el acto de adju- dicación la opción prevista en el artículo 111 del Reglamento General de Recaudación pueden obtener autorización para efectuar el pago del precio de remate el mismo día en que se produzca el otorgamiento de la escritura pública de venta.
En este caso, quién resulte adjudicatario tendrá que comunicar de forma expresa a la Mesa que desea acogerse a esta forma de pago en el mismo momento en que solicite el otorgamiento de la escritura pública de venta. Dicha autorización puede estar condicionada por decisión de la Mesa a que quien resulte adjudicatario deba constituir en el plazo im- prorrogable de los 10 días siguientes a la adjudicación un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito de garantía exigido para poder licitar en la subasta. Las decisiones que se adopten en relación con esta autorización se considerarán actos de trá- mite y no serán susceptibles de reclamación o recurso alguno.
14º Si quedasen bienes o derechos sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudica- ción directa por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre ce- rrado, a partir de ese momento a la mesa de subasta.
El precio mínimo en adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación. Cuando se hayan celebrado dos licitaciones no habrá precio mínimo; no obstante si la mesa de subasta estimase desproporcionada la diferencia entre el valor asignado al bien por tasación y el
precio ofrecido por cualquier persona interesada, con el fin de no favorecer el enriqueci- miento injusto del comprador en detrimento del propietario del bien, podría declarar inad- misible la oferta, no accediendo a la formalización de la venta.
Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en la Oficina de Recaudación, sita en la Plaza xxx Xxxxxxx Chico, nº 4, en horas de 9.00 a 14.00. El sobre debe contener escrito firmado por el ofertante o representante con poder suficiente y bastante, en el que debi- damente identificado, se indique el precio de la oferta para la adjudicación directa del bien o lote al que desee optar.
En función de las ofertas presentadas se formulará, en su caso, propuesta de adjudi- cación, que se formalizará mediante acta. Podrá exigirse a los interesados para la adjudi- cación directa un depósito en la cuantía que se estime adecuada, que se indicará convenientemente cuando se anuncie el trámite por adjudicación directa, advirtiéndoles que si no satisface el precio de remate en el plazo establecido al efecto, se aplicará el im- porte del depósito que, en cu caso, hubiera constituido a la cancelación de las deudas ob- jeto del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que ocasione la falta de pago del precio de remate. El bien será entregado al ad- judicatario una vez haya sido hecho efectivo el importe procedente.
Transcurrido el plazo de un mes, por la Mesa de Subastas se abrirán las ofertas pre- sentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se consi- dera suficiente en ese momento. En caso contrario, se extenderá el plazo un mes más para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses. Transcurrido el plazo máximo de seis meses sin haberse dictado acuerdo de adjudicación, se dará por concluido dicho trámite, iniciándose los trámites de adjudicación del bien no adjudicado al Ayuntamiento acreedor conforme a los artículos 108 y 109 del Re- glamento General de Recaudación. No obstante, se adjudicará el bien a cualquier intere- sado que satisfaga el importe del tipo de la última subasta celebrada antes de que se acuerde la adjudicación de los bienes o derechos a la Hacienda Local.
15º. Que el Ayuntamiento acreedor se reserva el derecho a proponer a su favor la ad- judicación en pago de las deudas no cubiertas, del bien embargado que no se hubiera ad- judicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación.
En Ávila a 12 de enero de 2016
La Jefa de Sección de Recaudación Ejecutiva, Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
Número 89/16
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN
E D I C T O
ANUNCIO SUBASTA
XXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, JEFA DE SECCIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN DE LA EXCMA. DI- PUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
HAGO SABER: Que en el procedimiento de apremio que se sigue en este Organismo para realización de los débitos girados a cargo del obligado al pago PAVIMENTOS MALA- CITANOS, con CIF B-29.535.135, correspondientes al Ayuntamiento de El Arenal de los conceptos de Impuestos, fue dictado con fecha 8 de enero de 2016 por el Sr. Tesorero de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx, acuerdo de enajenación mediante subasta pública debiendo observarse en su trámite y realización las prescripciones establecidas en los ar- tículos 101, 103 y 104 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101.4 del citado Reglamento, se pu- blica el presente anuncio y se advierte a quienes deseen tomar parte en la subasta como licitadores, lo siguiente:
1º. Que en el acuerdo de enajenación se ha señalado para la realización de la subasta pública el día 10 xx xxxxx de 2016, a las 10:00 horas, en el Salón de Plenos de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx.
2º. Que los bienes objeto de enajenación integrados por lotes, tipos de subasta y tramo para la licitación son los que a continuación se describen:
LOTE NUMERO UNO Y ÚNICO:
URBANA: Casa ubicada en El Xxxxxx, Xxxxx, xxxxx xxxxx xx xx Xxxxxxx xx 00 compuesta de planta baja, principal y desván, que ocupa una superficie por planta de cien metros cua- drados, aproximadamente.
Linderos: al frente, con calle de situación, a la derecha entrando, con la vivienda de Xxxxxxxxx Xxxx Xxxx; a la izquierda, también entrando con Xxxxx Familiar Xxxx y herede- ros de Xxxxx Xxxxxxx Xxxx; y al fondo, con calle del Padre Xxxxxx.
Referencia catastral: 2695302UK2529D0001RI.
El obligado al pago, ostenta sobre la totalidad del inmueble embargado, salvo prueba en contrario, el cien por cien del derecho de propiedad en pleno dominio según queda acre- ditado en escritura de elevación a público de acuerdos sociales de fecha 6/02/2002
Finca no inscrita en el Registro de la Propiedad
No tiene cargas o gravámenes anteriores por lo que su valoración es íntegra.
VALORACIÓN DE LOS BIENES O DERECHOS QUE INTEGRAN EL LOTE Y QUE SERVIRÁ DE TIPO MÍNIMO PARA LA SUBASTA 171.821,73€
Tramos para licitar a este lote número uno 5.000,00€
3º. Que el bien objeto de subasta es el detallado anteriormente y que no se admitirán posturas inferiores al tipo de subasta, debiendo ajustarse las ofertas sucesivas al tramo in- dicado.
4º. Los títulos disponibles podrán ser examinados por aquellos a quienes interese, en los locales de esta oficina recaudatoria sita en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xx0 en horario de 9 a 14 horas y de lunes a viernes.
Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad de los bienes in- muebles, sin derecho a exigir otros que los aportados en el expediente y sin que esta Re- caudación ni el Ayuntamiento contraiga otra obligación a este respecto que la de otorgar de oficio, si el adjudicatario lo solicita en el acto de adjudicación, la correspondiente escritura de venta, en sustitución del obligado al pago.
5º. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la trans- misión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, inclui- dos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta del adjudicatario. Respecto al es- tado de deudas que pudieran existir con la comunidad de propietarios, de la vivienda o local, el adjudicatario exonera expresamente al Ayuntamiento al amparo de la Ley 49/1996 de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 xx xxxxx, de la obli- gación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que quedan pendientes de pago.
6º. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del bien si se efectúa el pago de la totalidad de los descubiertos perseguidos.
7º. Podrá tomar parte en la subasta como licitadores cualquier persona que posea ca- pacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal, siempre que se identifique adecuadamente y con documento que justifique, en su caso, la representación que tenga. Se exceptúa el personal adscrito a la Recaudación del OAR, tasadores, depositarios de los bienes y funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio.
8º. Los licitadores tienen la obligación de constituir ante la Mesa de subasta con ante- rioridad a su celebración un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta señalado, con la advertencia de que, si el adjudicatario no satisface el precio del remate, dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que origina la falta de pago del precio de remate.
El depósito deberá constituirse mediante cheque bancario a favor del Organismo Au- tónomo de Recaudación de la Diputación Provincial xx Xxxxx o resguardo de haber efec- tuado el ingreso en la cuenta nº 2038 7725 23 0000000000
9 º. Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo de esta. El licitador deberá indi- car nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio. Dichas ofertas tendrán el carácter de máximas, serán presentadas en el Registro General del Organismo Autónomo de la Diputación Provincial xx Xxxxx y deberán ir acompañadas de cheque bancario por importe del depósito para licitar, extendido a favor del Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación xx Xxxxx.
La Mesa sustituirá a los licitadores en sobre cerrado, pujando por ellos sin sobrepasar el límite máximo fijado en su oferta, pero éstos también podrán participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre.
En el caso de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas.
10º. Si en la licitación quedase el bien sin adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, con- tado desde ese momento, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107. No obstante, después de la celebración de la primera licitación, la Mesa podrá acordar la ce- lebración de una segunda licitación, previa deliberación sobre su conveniencia.
Si se acuerda la procedencia de celebrar una segunda licitación, se anunciará de forma inmediata y se admitirán pujas que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación. A tal fin se abrirá un plazo de media hora para que los que deseen licitar constituyan los nuevos depósitos en relación con el nuevo tipo de subasta del bien que va a ser enajenado; a tal efecto, servirán los depósitos efectuados anteriormente. La segunda licitación se desarrollará con las mismas formalidades que la primera. El bien no adjudicado pasará al trámite de adjudicación directa regulado en el artículo 107.
11º Los adjudicatarios contraerán la obligación de entregar en el acto de la adjudica- ción o dentro de los quince días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación con la advertencia de que si no lo completaran en dicho plazo, per- derán el importe del depósito que se aplicará a la cancelación de las deudas, quedando obligados a resarcir a la Administración de los perjuicios que origine dicha falta de pago del precio del remate.
Tratándose de bienes inmuebles en los que el tipo de subasta excede de la cifra de- terminada por la Administración, aquellos adjudicatarios que ejerciten en el acto de adju-
dicación la opción prevista en el artículo 111 del Reglamento General de Recaudación pue- den obtener autorización para efectuar el pago del precio de remate el mismo día en que se produzca el otorgamiento de la escritura pública de venta.
En este caso, quién resulte adjudicatario tendrá que comunicar de forma expresa a la Mesa que desea acogerse a esta forma de pago en el mismo momento en que solicite el otorgamiento de la escritura pública de venta. Dicha autorización puede estar condicionada por decisión de la Mesa a que quien resulte adjudicatario deba constituir en el plazo im- prorrogable de los 10 días siguientes a la adjudicación un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito de garantía exigido para poder licitar en la subasta. Las decisiones que se adopten en relación con esta autorización se considerarán actos de trá- mite y no serán susceptibles de reclamación o recurso alguno.
12º Si quedasen bienes o derechos sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudica- ción directa por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre ce- rrado, a partir de ese momento a la mesa de subasta.
El precio mínimo en adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación. Cuando se hayan celebrado dos licitaciones no habrá precio mínimo; no obstante si la mesa de subasta estimase desproporcionada la diferencia entre el valor asignado al bien por tasación y el precio ofrecido por cualquier persona interesada, con el fin de no favorecer el enriqueci- miento injusto del comprador en detrimento del propietario del bien, podría declarar inad- misible la oferta, no accediendo a la formalización de la venta.
Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en la Oficina de Recaudación, sita en la Plaza xxx Xxxxxxx Chico, nº 4, en horas de 9.00 a 14.00. El sobre debe contener escrito firmado por el ofertante o representante con poder suficiente y bastante, en el que debi- damente identificado, se indique el precio de la oferta para la adjudicación directa del bien o lote al que desee optar.
En función de las ofertas presentadas se formulará, en su caso, propuesta de adjudi- cación, que se formalizará mediante acta. Podrá exigirse a los interesados para la adjudi- cación directa un depósito en la cuantía que se estime adecuada, que se indicará convenientemente cuando se anuncie el trámite por adjudicación directa, advirtiéndoles que si no satisface el precio de remate en el plazo establecido al efecto, se aplicará el im- porte del depósito que, en cu caso, hubiera constituido a la cancelación de las deudas ob- jeto del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que ocasione la falta de pago del precio de remate. El bien será entregado al ad- judicatario una vez haya sido hecho efectivo el importe procedente.
Transcurrido el plazo de un mes, por la Mesa de Subastas se abrirán las ofertas pre- sentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se consi- dera suficiente en ese momento. En caso contrario, se extenderá el plazo un mes más para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses. Transcurrido el plazo máximo de seis meses sin haberse dictado acuerdo de adjudicación, se dará por concluido dicho trámite, iniciándose los trámites de adjudicación del bien no adjudicado al Ayuntamiento acreedor conforme a los artículos 108 y 109 del Re- glamento General de Recaudación. No obstante, se adjudicará el bien a cualquier intere-
sado que satisfaga el importe del tipo de la última subasta celebrada antes de que se acuerde la adjudicación de los bienes o derechos a la Hacienda Local.
13º. Que el Ayuntamiento acreedor se reserva el derecho a proponer a su favor la ad- judicación en pago de las deudas no cubiertas, del bien embargado que no se hubiera ad- judicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación.
En Ávila a 11 de enero de 2016
La Jefa de Sección de Recaudación Ejecutiva, Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
Número 90/16
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN
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ANUNCIO SUBASTA
XXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, JEFA DE SECCIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN DE LA EXCMA. DI- PUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
HAGO SABER: Que en el procedimiento de apremio que se sigue en este Organismo para realización de los débitos girados a cargo del obligado al pago XXXXX XXXXXX GUI- LLERMO, con NIF 5.371.050-K, correspondientes al Ayuntamiento de Sotillo de la Adrada de los conceptos de Impuestos, fue dictado con fecha 8 de enero de 2016 por el Sr. Teso- rero de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx, acuerdo de enajenación mediante su- basta pública debiendo observarse en su trámite y realización las prescripciones establecidas en los artículos 101, 103 y 104 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101.4 del citado Reglamento, se pu- blica el presente anuncio y se advierte a quienes deseen tomar parte en la subasta como licitadores, lo siguiente:
1º. Que en el acuerdo de enajenación se ha señalado para la realización de la subasta pública el día 10 xx xxxxx de 2016, a las 10:00 horas, en el Salón de Plenos de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx.
2º. Que los bienes objeto de enajenación integrados por lotes, tipos de subasta y tramo para la licitación son los que a continuación se describen:
LOTE NUMERO UNO Y ÚNICO:
RÚSTICA: Terreno en término de Sotillo de la Adrada, al sitio Media Legua, xxxxxxxx 0, xxxxxxx 00. Tiene una superficie de treinta y dos áreas, veintiuna centiáreas. Xxxxx: Norte, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx; Sur, carretera de La Adrada; Este, Xxxxx Xxxxx Xxx- gar; Oeste, camino público de La Adrada.
Derechos del deudor sobre la finca: 100% del pleno dominio con carácter ganancial.
Inscripción Registral: Inscrita en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxxx (Xxxxx) al Tomo 706 Libro 51 del Ayuntamiento de Sotillo de la Adrada. Folio 108. Finca Registral: 4699
No tiene cargas o gravámenes anteriores por lo que su valoración es íntegra.
VALORACIÓN DE LOS BIENES O DERECHOS QUE INTEGRAN EL LOTE Y QUE SERVIRÁ DE TIPO MÍNIMO PARA LA SUBASTA 1.578,29 €.
Tramos para licitar a este lote número uno 500,00 €
3º. Que el bien objeto de subasta es el detallado anteriormente y que no se admitirán posturas inferiores al tipo de subasta, debiendo ajustarse las ofertas sucesivas al tramo in- dicado.
4º. Los títulos disponibles podrán ser examinados por aquellos a quienes interese, en los locales de esta oficina recaudatoria sita en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xx0 en horario de 9 a 14 horas y de lunes a viernes.
Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad de los bienes in- muebles, sin derecho a exigir otros que los aportados en el expediente y sin que esta Re- caudación ni el Ayuntamiento contraiga otra obligación a este respecto que la de otorgar de oficio, si el adjudicatario lo solicita en el acto de adjudicación, la correspondiente escritura de venta, en sustitución del obligado al pago.
5º. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la trans- misión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, inclui- dos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta del adjudicatario. Respecto al es- tado de deudas que pudieran existir con la comunidad de propietarios, de la vivienda o local, el adjudicatario exonera expresamente al Ayuntamiento al amparo de la Ley 49/1996 de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 xx xxxxx, de la obli- gación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que quedan pendientes de pago.
6º. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del bien si se efectúa el pago de la totalidad de los descubiertos perseguidos.
7º. Podrá tomar parte en la subasta como licitadores cualquier persona que posea ca- pacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal, siempre que se identifique adecuadamente y con documento que justifique, en su caso, la representación que tenga. Se exceptúa el personal adscrito a la Recaudación del OAR, tasadores, depositarios de los bienes y funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio.
8º. Los licitadores tienen la obligación de constituir ante la Mesa de subasta con ante- rioridad a su celebración un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta señalado, con la advertencia de que, si el adjudicatario no satisface el precio del remate, dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que origina la falta de pago del precio de remate.
El depósito deberá constituirse mediante cheque bancario a favor del Organismo Au- tónomo de Recaudación de la Diputación xx Xxxxx o resguardo de haber efectuado el in- greso en la cuenta nº 2038 7725 23 0000000000
9 º. Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo de esta. El licitador deberá indi- car nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio. Dichas ofertas tendrán el carácter de máximas, serán presentadas en el Registro General del Organismo Autónomo de la Diputación Provincial xx Xxxxx y deberán ir acompañadas de cheque bancario por importe del depósito para licitar, extendido a favor del Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación Provincial xx Xxxxx.
La Mesa sustituirá a los licitadores en sobre cerrado, pujando por ellos sin sobrepasar el límite máximo fijado en su oferta, pero éstos también podrán participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre.
En el caso de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas.
10º. Si en la licitación quedase el bien sin adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, con- tado desde ese momento, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107. No obstante, después de la celebración de la primera licitación, la Mesa podrá acordar la ce- lebración de una segunda licitación, previa deliberación sobre su conveniencia.
Si se acuerda la procedencia de celebrar una segunda licitación, se anunciará de forma inmediata y se admitirán pujas que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación. A tal fin se abrirá un plazo de media hora para que los que deseen licitar constituyan los nuevos depósitos en relación con el nuevo tipo de subasta del bien que va a ser enajenado; a tal efecto, servirán los depósitos efectuados anteriormente. La segunda licitación se desarrollará con las mismas formalidades que la primera. El bien no adjudicado pasará al trámite de adjudicación directa regulado en el artículo 107.
11º Los adjudicatarios contraerán la obligación de entregar en el acto de la adjudica- ción o dentro de los quince días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación con la advertencia de que si no lo completaran en dicho plazo, per- derán el importe del depósito que se aplicará a la cancelación de las deudas, quedando obligados a resarcir a la Administración de los perjuicios que origine dicha falta de pago del precio del remate.
Tratándose de bienes inmuebles en los que el tipo de subasta excede de la cifra de- terminada por la Administración, aquellos adjudicatarios que ejerciten en el acto de adju- dicación la opción prevista en el artículo 111 del Reglamento General de Recaudación pueden obtener autorización para efectuar el pago del precio de remate el mismo día en que se produzca el otorgamiento de la escritura pública de venta.
En este caso, quién resulte adjudicatario tendrá que comunicar de forma expresa a la Mesa que desea acogerse a esta forma de pago en el mismo momento en que solicite el otorgamiento de la escritura pública de venta. Dicha autorización puede estar condicionada
por decisión de la Mesa a que quien resulte adjudicatario deba constituir en el plazo im- prorrogable de los 10 días siguientes a la adjudicación un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito de garantía exigido para poder licitar en la subasta. Las decisiones que se adopten en relación con esta autorización se considerarán actos de trá- mite y no serán susceptibles de reclamación o recurso alguno.
12º Tratándose de bienes o derechos respecto de los que, según la legislación apli- cable, existan interesados que tienen derechos de adquisición preferente, acordad la ad- judicación, esta se comunicará a dichos interesados. La adjudicación definitiva quedara en suspenso durante el plazo en el que, según la legislación aplicable, los interesados puedan ejercer su derecho.
13º Si quedasen bienes o derechos sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudica- ción directa por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre ce- rrado, a partir de ese momento a la mesa de subasta.
El precio mínimo en adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación. Cuando se hayan celebrado dos licitaciones no habrá precio mínimo; no obstante si la mesa de subasta estimase desproporcionada la diferencia entre el valor asignado al bien por tasación y el precio ofrecido por cualquier persona interesada, con el fin de no favorecer el enriqueci- miento injusto del comprador en detrimento del propietario del bien, podría declarar inad- misible la oferta, no accediendo a la formalización de la venta.
Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en la Oficina de Recaudación, sita en la Plaza xxx Xxxxxxx Chico, nº 4, en horas de 9.00 a 14.00. El sobre debe contener escrito firmado por el ofertante o representante con poder suficiente y bastante, en el que debi- damente identificado, se indique el precio de la oferta para la adjudicación directa del bien o lote al que desee optar.
En función de las ofertas presentadas se formulará, en su caso, propuesta de adjudi- cación, que se formalizará mediante acta. Podrá exigirse a los interesados para la adjudi- cación directa un depósito en la cuantía que se estime adecuada, que se indicará convenientemente cuando se anuncie el trámite por adjudicación directa, advirtiéndoles que si no satisface el precio de remate en el plazo establecido al efecto, se aplicará el im- porte del depósito que, en cu caso, hubiera constituido a la cancelación de las deudas ob- jeto del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que ocasione la falta de pago del precio de remate. El bien será entregado al ad- judicatario una vez haya sido hecho efectivo el importe procedente.
Transcurrido el plazo de un mes, por la Mesa de Subastas se abrirán las ofertas pre- sentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se consi- dera suficiente en ese momento. En caso contrario, se extenderá el plazo un mes más para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses. Transcurrido el plazo máximo de seis meses sin haberse dictado acuerdo de adjudicación, se dará por concluido dicho trámite, iniciándose los trámites de adjudicación del bien no adjudicado al Ayuntamiento acreedor conforme a los artículos 108 y 109 del Re- glamento General de Recaudación. No obstante, se adjudicará el bien a cualquier intere-
sado que satisfaga el importe del tipo de la última subasta celebrada antes de que se acuerde la adjudicación de los bienes o derechos a la Hacienda Local.
14º. Que el Ayuntamiento acreedor se reserva el derecho a proponer a su favor la ad- judicación en pago de las deudas no cubiertas, del bien embargado que no se hubiera ad- judicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación.
En Ávila a 11 de enero de 2016
La Jefa de Sección de Recaudación Ejecutiva, Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
Número 91/16
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN
E D I C T O
ANUNCIO SUBASTA
XXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, JEFA DE SECCIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE RECAUDACIÓN DE LA EXCMA. DI- PUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX
HAGO SABER: Que en el procedimiento de apremio que se sigue en este Organismo para realización de los débitos girados a cargo del obligado al pago PAZ PROPIEDADES SL, con CIF B- 05.181.672, correspondientes al Ayuntamiento de El Xxxxxxx de los con- ceptos de Impuestos, fue dictado con fecha 8 de enero de 2106 por el Sr. Tesorero de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx, acuerdo de enajenación mediante subasta pública debiendo observarse en su trámite y realización las prescripciones establecidas en los ar- tículos 101, 103 y 104 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101.4 del citado Reglamento, se pu- blica el presente anuncio y se advierte a quienes deseen tomar parte en la subasta como licitadores, lo siguiente:
1º. Que en el acuerdo de enajenación se ha señalado para la realización de la subasta pública el día 10 xx xxxxx de 2016, a las 10:00 horas, en el Salón de Plenos de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx.
2º. Que los bienes objeto de enajenación integrados por lotes, tipos de subasta y tramo para la licitación son los que a continuación se describen:
LOTE NUMERO UNO Y ÚNICO:
URBANA: NUMERO QUINCE. Plaza de garaje número QUINCE en planta sótano del conjunto de edificios en El Xxxxxxx, calle Chorrito, número cuarenta y ocho, con acceso para vehículos desde rampa exterior en la fachada Norte, y de peatones por escalera y as- censor. Tiene una superficie útil de once metros, once decímetros cuadrados. Xxxxx: frente y derecha entrando, zona de acceso y maniobra; izquierda, xxxxx xx xxxxxx x xxxxxxxx 00, x xxxxx, xxxx xxxxxxx. CUOTA: 0,30%. Se forma por división horizontal de la finca 4395.
Derechos de los deudores sobre la finca: 100% del pleno dominio.
Inscripción Registral: Inscrita en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxxx (Xxxxx) al Tomo 1015. Libro 52 del Ayuntamiento de El Xxxxxxx Folio:162. Finca Registral: 5842.
No tiene cargas o gravámenes anteriores por lo que su valoración es íntegra
VALORACIÓN DE LOS BIENES O DERECHOS QUE INTEGRAN EL LOTE Y QUE SERVIRÁ DE TIPO MÍNIMO PARA LA SUBASTA 2.904,75€
Tramos para licitar a este lote número uno 500,00€
3º. Que el bien objeto de subasta es el detallado anteriormente y que no se admitirán posturas inferiores al tipo de subasta, debiendo ajustarse las ofertas sucesivas al tramo in- dicado.
4º. Los títulos disponibles podrán ser examinados por aquellos a quienes interese, en los locales de esta oficina recaudatoria sita en Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, xx 0 en horario de 9 a 14 horas y de lunes a viernes.
Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad de los bienes in- muebles, sin derecho a exigir otros que los aportados en el expediente y sin que esta Re- caudación ni el Ayuntamiento contraiga otra obligación a este respecto que la de otorgar de oficio, si el adjudicatario lo solicita en el acto de adjudicación, la correspondiente escritura de venta, en sustitución del obligado al pago.
5º. En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la trans- misión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, inclui- dos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta del adjudicatario. Respecto al es- tado de deudas que pudieran existir con la comunidad de propietarios, de la vivienda o local, el adjudicatario exonera expresamente al Ayuntamiento al amparo de la Ley 49/1996 de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 xx xxxxx, de la obli- gación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que quedan pendientes de pago.
6º. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del bien si se efectúa el pago de la totalidad de los descubiertos perseguidos.
7º. Podrá tomar parte en la subasta como licitadores cualquier persona que posea ca- pacidad de obrar con arreglo a derecho y que no tenga para ello impedimento o restricción legal, siempre que se identifique adecuadamente y con documento que justifique, en su caso, la representación que tenga. Se exceptúa el personal adscrito a la Recaudación del OAR, tasadores, depositarios de los bienes y funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio.
8º. Los licitadores tienen la obligación de constituir ante la Mesa de subasta con ante- rioridad a su celebración un depósito del 20 por 100 del tipo de subasta señalado, con la
advertencia de que, si el adjudicatario no satisface el precio del remate, dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que origina la falta de pago del precio de remate.
El depósito deberá constituirse mediante cheque bancario a favor del Organismo Au- tónomo de Recaudación de la Diputación Provincial xx Xxxxx o resguardo de haber efec- tuado el ingreso en la cuenta nº 2038 7725 23 0000000000
9º. Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo de esta. El licitador deberá indi- car nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio. Dichas ofertas tendrán el carácter de máximas, serán presentadas en el Registro General del Organismo Autónomo de la Diputación xx Xxxxx y deberán ir acom- pañadas de cheque bancario por importe del depósito para licitar, extendido a favor del Or- ganismo Autónomo de Recaudación de la Diputación xx Xxxxx.
La Mesa sustituirá a los licitadores en sobre cerrado, pujando por ellos sin sobrepasar el límite máximo fijado en su oferta, pero éstos también podrán participar personalmente en la licitación con posturas superiores a las del sobre.
En el caso de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataria la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no existir otras ofertas.
10º. Si en la licitación quedase el bien sin adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, con- tado desde ese momento, conforme al procedimiento establecido en el artículo 107. No obstante, después de la celebración de la primera licitación, la Mesa podrá acordar la ce- lebración de una segunda licitación, previa deliberación sobre su conveniencia.
Si se acuerda la procedencia de celebrar una segunda licitación, se anunciará de forma inmediata y se admitirán pujas que cubran el nuevo tipo, que será el 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación. A tal fin se abrirá un plazo de media hora para que los que deseen licitar constituyan los nuevos depósitos en relación con el nuevo tipo de subasta del bien que va a ser enajenado; a tal efecto, servirán los depósitos efectuados anteriormente. La segunda licitación se desarrollará con las mismas formalidades que la primera. El bien no adjudicado pasará al trámite de adjudicación directa regulado en el artículo 107.
11º Los adjudicatarios contraerán la obligación de entregar en el acto de la adjudica- ción o dentro de los quince días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación con la advertencia de que si no lo completaran en dicho plazo, per- derán el importe del depósito que se aplicará a la cancelación de las deudas, quedando obligados a resarcir a la Administración de los perjuicios que origine dicha falta de pago del precio del remate.
Tratándose de bienes inmuebles en los que el tipo de subasta excede de la cifra de- terminada por la Administración, aquellos adjudicatarios que ejerciten en el acto de adju- dicación la opción prevista en el artículo 111 del Reglamento General de Recaudación pueden obtener autorización para efectuar el pago del precio de remate el mismo día en que se produzca el otorgamiento de la escritura pública de venta.
En este caso, quién resulte adjudicatario tendrá que comunicar de forma expresa a la Mesa que desea acogerse a esta forma de pago en el mismo momento en que solicite el otorgamiento de la escritura pública de venta. Dicha autorización puede estar condicionada por decisión de la Mesa a que quien resulte adjudicatario deba constituir en el plazo im- prorrogable de los 10 días siguientes a la adjudicación un depósito adicional que no podrá exceder del importe del depósito de garantía exigido para poder licitar en la subasta. Las decisiones que se adopten en relación con esta autorización se considerarán actos de trá- mite y no serán susceptibles de reclamación o recurso alguno.
12º Si quedasen bienes o derechos sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudica- ción directa por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre ce- rrado, a partir de ese momento a la mesa de subasta.
El precio mínimo en adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación. Cuando se hayan celebrado dos licitaciones no habrá precio mínimo; no obstante si la mesa de subasta estimase desproporcionada la diferencia entre el valor asignado al bien por tasación y el precio ofrecido por cualquier persona interesada, con el fin de no favorecer el enriqueci- miento injusto del comprador en detrimento del propietario del bien, podría declarar inad- misible la oferta, no accediendo a la formalización de la venta.
Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en la Oficina de Recaudación, sita en la Plaza xxx Xxxxxxx Chico, nº 4, en horas de 9.00 a 14.00. El sobre debe contener escrito firmado por el ofertante o representante con poder suficiente y bastante, en el que debi- damente identificado, se indique el precio de la oferta para la adjudicación directa del bien o lote al que desee optar.
En función de las ofertas presentadas se formulará, en su caso, propuesta de adjudi- cación, que se formalizará mediante acta. Podrá exigirse a los interesados para la adjudi- cación directa un depósito en la cuantía que se estime adecuada, que se indicará convenientemente cuando se anuncie el trámite por adjudicación directa, advirtiéndoles que si no satisface el precio de remate en el plazo establecido al efecto, se aplicará el im- porte del depósito que, en cu caso, hubiera constituido a la cancelación de las deudas ob- jeto del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que ocasione la falta de pago del precio de remate. El bien será entregado al ad- judicatario una vez haya sido hecho efectivo el importe procedente.
Transcurrido el plazo de un mes, por la Mesa de Subastas se abrirán las ofertas pre- sentadas, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se consi- dera suficiente en ese momento. En caso contrario, se extenderá el plazo un mes más para presentación de nuevas ofertas, o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento y así sucesivamente, con el límite total de seis meses. Transcurrido el plazo máximo de seis meses sin haberse dictado acuerdo de adjudicación, se dará por concluido dicho trámite, iniciándose los trámites de adjudicación del bien no adjudicado al Ayuntamiento acreedor conforme a los artículos 108 y 109 del Re- glamento General de Recaudación. No obstante, se adjudicará el bien a cualquier intere- sado que satisfaga el importe del tipo de la última subasta celebrada antes de que se acuerde la adjudicación de los bienes o derechos a la Hacienda Local.
13º. Que el Ayuntamiento acreedor se reserva el derecho a proponer a su favor la ad- judicación en pago de las deudas no cubiertas, del bien embargado que no se hubiera ad- judicado, conforme a lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación.
En Ávila a 11 de enero de 2016
La Jefa de Sección de Recaudación Ejecutiva, Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 94/16
AYUNTAMIENTO DE CEPEDA DE LA XXXX
A N U N C I O
Advertido error en el texto del anuncio de las BASES POR LAS QUE SE RIGE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN CON CARÁCTER INTERINO DEL PUESTO DE SECRETARÍA DE CLASE TERCERA DE LA AGRUPACIÓN DE AYUNTA- MIENTOS DE CEPEDA LA XXXX, XXXXXXXX XXX XXXXXX, MENGAMUÑOZ Y XXXX-
DIJOS (ÁVILA), publicado en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx, número nº 8, de fecha 14 de enero de 2.016.
Base Segunda:
Donde dice: "Lugar y plazo de presentación: Los aspirantes a desempeñar dicha plaza deberán dirigir sus instancias al Presidente del Ayuntamiento de Cepeda la Xxxx, presen- tándose en el registro de este Ayuntamiento o en cualquier otro de los previstos en el art. 38 de la Ley 30792, de 26 de noviembre, en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, así como la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen mediante docu- mento compulsado, no teniéndose en cuenta las fotocopias que no estuvieran compulsa- das, sirviendo este plazo también para los funcionarios de habilitación nacional Interesados en el desempeño de dicho puesto".
Debe decir: "Lugar y plazo de presentación: Los aspirantes a desempeñar dicha plaza deberán dirigir sus instancias al Presidente del Ayuntamiento de Cepeda la Xxxx, presen- tándolas en el registro de este Ayuntamiento o en cualquier otro de los previstos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, así como la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen. Los méritos se acre- ditarán por los interesados mediante certificados y títulos originales emitidos por los orga- nismos competentes o fotocopias debidamente compulsadas. Asimismo, el plazo señalado en esta base servirá también para los funcionarios de habilitación nacional interesados en el desempeño de dicho puesto"
Se abre un nuevo plazo para admisión de solicitudes, de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Pro- vincia xx Xxxxx, sin que quienes anteriormente la hayan presentado deban hacerlo de nuevo, pero en todo caso los méritos alegados deberán ser acreditados por los interesa- dos mediante certificados y títulos originales emitidos por los órganos competentes o foto- copias debidamente compulsadas.
En Xxxxxx la Xxxx, a 14 de enero de 2.016. El Alcalde, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 3.018/15
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX
A N U N C I O
Solicitada licencia ambiental a favor de D. Xxxxx de la Xxxxxxx Xxxxxx, con DNI nº. 00000000-X, y con domicilio a efectos de notificación en x/ Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx 00, xx Xxxxxx (Xxxxx), para obtener la licencia ambiental para instalar una actividad consistente en Actividad Explotación Ganadera Caballar de hasta 15 UGM, que se desarrollará en este término municipal en Parcela 5045 del Polígono 8, de conformidad con la Ley 11/2003, de 8 xx xxxxx, de Prevención Ambiental de Castilla y León.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 xx xxxxx, de Prevención Ambiental de Castilla y León, se procede a abrir período de información pú- blica por término de veinte días desde la inserción del presente anuncio en el Boletín Ofi- cial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, para que, quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad, presenten las observaciones que consideren pertinentes.
El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, en caso de que no pueda efectuarse la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.
Si no fuese posible la notificación personal, y de conformidad con lo previsto en el ar- tículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis- traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio se notifica a los interesados relacionados en el Anexo que, pueden presentar ale- gaciones en el plazo de veinte días desde el día siguiente a la aparición de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, haciendo constar que podrán consultar el expediente completo en las dependencias del Ayuntamiento.
ANEXO
Nombre y Apellidos Dirección para Notificaciones Observaciones XXXXX XXXXX XXXXXXX XX XXXXXXX 00.00000 XXXXXX [XXXXX] AYUNTAMIENTO XX XXXXXX XX XXX 0. 00000 XXXXXX [XXXXX]
XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXX CL REAL MADRID 36 PI: BA Pt: DCH. 00000 XXXXXX
[MADRID]
AYUNTAMIENTO XX XXXXXX XX XXX 0. 00000 XXXXXX [XXXXX]
En Muñana, a 7 de Octubre de 2015. El Alcalde, Xxxx Xxxxx Xxxxx.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 3.677/15
AYUNTAMIENTO DE TORNADIZOS XX XXXXX
A N U N C I O
Solicitada por Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, licencia ambiental y urbanística de obras para la construcción de un núcleo zoológico (60 perros de rehala) en xx xxxxxxx 000 del polígono 503 de este término municipal de Tornadizos xx Xxxxx, se hace saber que en este Ayunta- miento se tramita el oportuno expediente.
En cumplimiento del artículo 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 xx xxxxx, de Prevención Am- biental de Castilla y León, se procede a abrir período de información pública por término xx xxxx días desde la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx, para que, quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad, presenten las alegaciones que consideren pertinentes.
El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las dependen- cias de este Ayuntamiento, pudiéndose consultar en la misma durante horario de oficina.
En Tornadizos de Ávila, a veintitrés de diciembre de 2015. El Alcalde, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 48/16
AYUNTAMIENTO DE RIOCABADO
A N U N C I O
De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Le- gislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx y 127 del Texto Refundido del Régimen Local de 1.986, el Presupuesto General para el ejercicio de 2.016, aprobado inicialmente en sesión de 24 de noviembre de 2015, ha resultado aprobado definitivamente al no haber sido presentadas reclamaciones durante el plazo de exposición al público. Por todo ello, se hace constar lo siguiente:
1. RESUMEN DEL PRESUPUESTO GENERAL DE 2.016.
INGRESOS
A) OPERACIONES CORRIENTES
1.- Impuestos directos 47.250,00 EUROS
2.- Impuestos indirectos 5.000,00 EUROS
3.- Tasas y otros ingresos 18.450,00 EUROS
4.- Transferencias corrientes 36.250,00 EUROS
5.- Ingresos patrimoniales 12.550,00 EUROS
B) OPERACIONES DE CAPITAL
6.- Enajenación de inversiones reales 9.000,00 EUROS
7.- Transferencias de capital 21.460,00 EUROS
8.- Activos financieros 0,00 EUROS
9.- Pasivos financieros 0,00 EUROS
TOTAL INGRESOS 149.960,00 EUROS
GASTOS
A) OPERACIONES CORRIENTES.
1.- Gastos de Personal 21.484,00 EUROS
2.- Gastos en bienes corrientes y servicio 66.576,00 EUROS
3.- Gastos financieros 150,00 EUROS
4.- Transferencias corrientes 5.800,00 EUROS
B) OPERACIONES DE CAPITAL
6.- Inversiones reales 55.950,00 EUROS
7.- Transferencias de capital 0,00 EUROS
8.- Activos financieros 0,00 EUROS
9.- Pasivos financieros 0,00 EUROS
TOTAL GASTOS 149.960,00 EUROS
2. PLANTILLA Y RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO DE ESTA ENTIDAD.
Denominación de las Plazas:
- Personal funcionario xx xxxxxxx:
A. Funcionarios con habilitación de carácter nacional:
1. Secretario-Interventor, una plaza, agrupada a Papatrigo y San Xxxx de la Encinilla.
B. Personal laboral:
1. Una plaza de operario de servicios múltiples.
Según lo dispuesto en el art. 171 del citado Real Decreto legislativo 2/04, contra el Presupuesto definitivamente aprobado se podrá interponer Recurso Contencioso-Admi- nistrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Riocabado, a 12 de enero de 2016 El Alcalde, Ilegible
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Número 65/16
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 XX XXXXX
X X X X X X
Xx. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUS- TICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 001 XX XXXXX.
HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso se- xxxxx a instancia de D. XXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXX contra FOGASA, XXXX XX XXXXX, S.L.U., en reclamación por ORDINARIO, registrado con el n° PROCEDIMIENTO ORDINARIO 3/2016 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a XXXX XX XXXXX, S.L.U., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 25/1/2016 a las 09:30 horas, en X/ XXXXX X XXXXX 0, - Xxxx 000, para la celebra- ción de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que di- chos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el su- puesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sen- tencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o repre- sentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pon- drá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o re- presentado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renun- cia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a XXXX XX XXXXX, S.L.U., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anun- cios.
En Ávila, a trece de Enero de dos mil dieciséis.
La Letrado de la Administración de Justicia, Ilegible.
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 51/16
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 XX XXXXX
X X X X X X
Xx. XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Letrado de la Administración de Justicia del Juz- gado de lo Social n° 001 xx XXXXX, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000173 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia xx Xx. XXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXX XXXXXX XXXXX, XXXXX DEL XXXXX XXXXXXX XXXXXX, XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX contra la empresa XXXXX XX XXXXX EXPLOTACIONES HOTELE-
XXX, S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
AUTO:
“Dispongo: Despachar orden general de ejecución SENTENCIA a favor de la parte eje- cutante, XXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXX XXXXXX XXXXX, XXXXX DEL XXXXX XXXXXXX XXXXXX, XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX, frente a XXXXX XX
XXXXX EXPLOTACIONES HOTELERAS, S.L., parte ejecutada,por importe de 15.339,40 euros en concepto de principal, más otros 2.531 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las cos- tas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.”
DECRETO:
“Acuerdo: Acumular la presente ejecución a la ejecución seguida en este Organo Ju- dicial con el número 99/15 .”
Y para que sirva de notificación en legal forma a, XXXXX XX XXXXX EXPLOTACIONES HOTELERAS,S.L. en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Bole- tín Oficial de la Provincia xx XXXXX Y MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el su- puesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sen- tencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Ávila, a ocho de Enero de dos mil dieciseis.
El/La Letrado de la Administración de Justicia, Ilegible