Contract
Madrid, 10 de enero de 2019
En virtud de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2004 sobre abuso xx xxxxxxx y en el artículo 228 del texto refundido de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, así como en la Circular 6/2018 xxx Xxxxxxx Alternativo Bursátil (MAB), Mondo TV Iberoamérica, S.A. (en adelante, la “Sociedad” o “Mondo TV Iberoamérica”) pone en conocimiento el siguiente,
HECHO RELEVANTE
Mondo TV Iberoamérica, S.A. comunica que el pasado día 31 de diciembre de 2018 suscribió con la entidad Mondo TV SpA un contrato xx xxxxxxxx participativo por importe de DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (2.250.000,00.-€) (el “Préstamo
Participativo”). Dicho importe ya había sido puesto a disposición de la Sociedad mediante contrato xx xxxxxxxx de fecha 16 xx xxxxx de 2016, novado el 2 de enero de 2018.
El Préstamo Participativo devengará un interés anual de la cifra del Euribor más un tres por ciento (3%) sobre el Principal dispuesto en cada momento. Asimismo, Mondo TV SpA percibirá un interés variable del uno por ciento (1%) sobre el beneficio neto positivo obtenido conforme al balance de Mondo TV Iberoamérica, S.A., cerrado al día 31 de diciembre de cada año de duración xxx Xxxxxxxx Participativo, el cual se devengará y será pagadero únicamente si la Prestataria obtiene un beneficio neto positivo mínimo de CUATROCIENTOS MIL EUROS (400.000€).
La fecha de vencimiento xxx Xxxxxxxx Participativo se ha previsto para el 31 de diciembre de 2023.
Quedamos a su disposición para cuantas aclaraciones precisen.
Dña. Xxxxx Xxxxxxx Xxxx
Secretaria del Consejo de Administración MONDO TV IBEROAMÉRICA, S.A.