CONVENIO PARA AFILIACIÓN DE BENEFICIOS DE SERVICIOS MOVILES
CONVENIO PARA AFILIACIÓN DE BENEFICIOS DE SERVICIOS MOVILES
Conste por el presente documento, el Contrato de Afiliación de Beneficios de Servicios Móviles que celebran de una parte SOLUCIONES Y SERVICIOS INTEGRADOS DE TELECOMUNICACIONES
SA., con RUC N° 20504124313, debidamente representada por el Señor Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, identificado con D.N.I. 07271839, Xx. Xxxxxx Xxxx Xxx. 000 Xx. 0000 -Xxx Xxxxxx Xxxx; en adelante SITEL; y de la otra parte, , identificado
con D.N.I. ............................... con domicilio en ,
colaborador de la empresa…………………… (que forma parte del Grupo Xxxxxx/Credicorp), a quien en lo sucesivo se le denominará EL AFILIADO; de acuerdo a los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA.- SITEL es una empresa que tiene por objeto dedicarse a la prestación de servicios corporativos entre ellos la gestión y soporte técnico de servicios móviles.
EL AFILIADO es un trabajador de una de las empresas que conforma el Grupo Xxxxxx y/o Credicorp y requiere contar con el beneficio corporativo de SITEL, conforme a los términos del presente contrato.
SEGUNDA.- En atención a la cláusula precedente SITEL entrega en uso a EL AFILIADO servicios móviles. SITEL podrá restringir el número de servicios brindados de forma discrecional.
Para la ejecución del presente acuerdo, EL AFILIADO adquirirá dispositivos terminales a SITEL. EL AFILIADO reconoce que el precio de dichos dispositivos se encuentra en función a precios promocionales, por lo que la resolución anticipada del acuerdo, pérdida, robo, siniestro o similar del dispositivo se encontrará afectada por una penalidad.
Sin perjuicio de lo antes señalado, SITEL podrá solicitar a EL AFILIADO de forma discrecional el pago de una garantía para la prestación del beneficio. Dicha garantía no generará interés alguno.
TERCERA.- El plazo forzoso de duración del beneficio será de un (1) año por cada servicio móvil gestionado. Vencido dicho periodo el plazo se convertirá en indefinido, pudiendo solicitar la baja de servicios móviles de acuerdo a las fechas límites que para tal efecto establezca.
En caso que EL AFILIADO decidiera poner término al contrato antes del cumplimiento del periodo forzoso, EL AFILIADO deberá abonar a SITEL la suma que resulte de multiplicar el cargo fijo mensual de cada servicio solicitado, por el número de meses restante para cumplir con el plazo forzoso, conforme a la tarifa del cargo fijo del plan elegido de acuerdo al Anexo 1.
Las partes dejan expresa constancia que cualquier contrato o acuerdo celebrado con anterioridad al inicio del plazo fijado en esta cláusula quedará sin efecto, debiendo las condiciones del servicio sujetarse a los términos del presente contrato.
Sin perjuicio de lo antes señalado, SITEL podrá resolver el presente contrato en cualquier momento durante su vigencia mediante aviso cursado a EL AFILIADO, con treinta (30) días de anticipación.
CUARTA.- Como retribución mensual por el uso de las líneas de servicios móviles, materia del presente acuerdo, EL AFILIADO abonará a SITEL, además del cargo fijo, la suma que resulte del tráfico de las líneas y tarifas indicadas en el Anexo 1, más el Impuesto General a las Ventas. El primer cobro podrá contener el cargo fijo prorrateado que corresponda desde la fecha de activación de los servicios hasta la fecha de cobro, más el cargo fijo del plan de datos o servicios adicionales por adelantado.
QUINTA.- Para efecto de retribución del beneficio, EL AFILIADO por medio del presente acuerdo autoriza a SITEL en forma expresa a efectuar, directa o indirectamente, el cargo en la cuenta afiliada, así como cualquier otra cuenta que tenga o tuviere en el BCP por concepto de los consumos de todas las líneas solicitadas en uso, y de ser el caso de las penalidades a que esté obligado a pagar, para tal efecto suscribe el respectivo formulario de autorización de cargo automático en cuenta del BCP. Debiendo comunicar cualquier tipo de cambio o modificación en la cuenta.
En caso de incumplimiento de pagos SITEL podrá solicitar la suspensión del servicio, quedando facultada al cobro de un cargo por la reconexión del servicio móvil.
Todas las tarifas y condiciones podrán ser modificadas unilateralmente por SITEL
SEXTA.- Las partes acuerdan que los costos correspondientes a la reposición de equipos terminales se efectuará en concordancia con el Anexo 2, los mismos que serán asumidos por EL AFILIADO.
Una vez producida la reposición de algún equipo terminal utilizado en los servicios gestionados, el plazo forzoso se extiende por doce meses contados desde la entrega del equipo repuesto.
SETIMA.- El presente contrato es de naturaleza civil, por lo tanto queda establecido que los servicios, materia del presente contrato, se encuentran fuera del alcance de las leyes laborales y regulatorias, al margen de los beneficios contemplados en las mismas
.
Suscrito en ......................... a los .............días del mes de ....................... del año, 201...
SITEL EL AFILIADO
(Firma del Colaborador)
ANEXO 1: PLAN CONTRATADO/TARIFAS
MODELO DE EQUIPO | Cargo Fijo RADIO ILIMITADO | Cargo Fijo RADIO ILIMITADO + 25 MINUTOS Todo Destino | Cargo Fijo RADIO ILIMITADO + 50 MINUTOS Todo Destino | Cargo Fijo RADIO ILIMITADO + 75 MINUTOS Todo Destino | Cargo Fijo RADIO ILIMITADO + 100 MINUTOS Todo Destino |
Motorola I296 | $15 | $17 | $22 | $26 | $29 |
Motorola I440 | $15 | $17 | $22 | $26 | $29 |
Motorola I776 | $15 | $17 | $22 | $26 | $29 |
Motorola I776W | $15 | $17 | $22 | $26 | $29 |
Motorola I786 | $15 | $17 | $22 | $26 | $29 |
Motorola I786W | $15 | $17 | $22 | $26 | $29 |
Motorola TITANIUM (Incluye cargo Internet) | $45 | $47 | $52 | $56 | $59 |
Anexo 2: REPOSICION
MODELO DE EQUIPO | PRECIO ALTA SITEL | REPOSICION 1ERA OCURRENCIA | REPOSICION 2DA OCURRENCIA | REPOSICION 3RA OCURRENCIA |
Motorola I296 | $15 | $38 | $45 | $70 |
Motorola I440 | $49 | $77 | $88 | $100 |
Motorola I776 | $59 | $165 | $176 | $190 |
Motorola I776W | $59 | $165 | $176 | $190 |
Motorola I786 | $119 | $165 | $176 | $190 |
Motorola I786W | $119 | $165 | $176 | $190 |
Motorola TITANIUM | $149 | $220 | $242 | $250 |