CONCURSO PÚBLICO
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“CONCESION: DELEGACION A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV”
CÓDIGO DEL PROCESO: CP-GADMCQ-001-2022
PLIEGO CONCURSO PÚBLICO
“CONCESION: DELEGACION A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV”
Dir.: Xx. 0 xx Xxxx x Xxx Xxxxxxx.
052 907 452
Quinsaloma, 00 xx Xxxxx xxx 0000
XXXXXXXX XXXXXXX
“CONCESION: DELEGACION A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV”
SECCIÓN I CONVOCATORIA
De acuerdo con el presente pliego de CONCURSO PÚBLICO PARA DELEGACIÓN A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV DEL CANTÓN
QUINSALOMA, aprobados por Máxima Autoridad, se convoca a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios o compromisos de asociación, legalmente capaces para contratar, para que participen presentando sus ofertas técnicas y económicas en el presente Concurso Público, el mismo que deberá cumplir con los requisitos previstos en la ley, ordenanza municipal vigente emitida por el GADM del cantón Quinsaloma, y las del presente pliego.
El plazo del Contrato de delegación será de 12 (doce años).
LAS CONDICIONES GENERALES DE ESTA CONVOCATORIA SON LAS SIGUIENTES:
1.1.- Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma, xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx ; así como en la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial del GAD Municipal de Quinsaloma, ubicada en la Xx. 0 xx Xxxx x xxxxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxxx - xxxxxxxxx xxx Xxxxxx.
1.2.- Los interesados podrán formular preguntas a través del correo: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, en el plazo determinado en el cronograma, de acuerdo a lo establecido en el presente pliego. La Comisión Técnica responderá las preguntas y realizará las aclaraciones necesarias, así mismo en el tiempo establecido en el cronograma para formular preguntas y solicitar aclaraciones. Las respuestas a las preguntas y aclaraciones constarán en un acta, la misma que será notificada a todos los oferentes, a través de la página web Institucional.
1.3.- El procedimiento se realizará en las etapas establecidas en el art. 38 de la Ordenanza CMQ-013-2020, del 08 de septiembre del 2020.
1.4.- La oferta técnica y económica se presentarán, en sobres separados identificados plenamente, dentro del plazo establecido en el cronograma de los Pliegos,
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en las oficinas de la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial del GAD Municipal de Quinsaloma.
La apertura de la oferta técnica se realizará una hora más tarde de la hora prevista para su recepción.
Los oferentes que reunieren todos los requisitos mínimos exigidos en los pliegos (cumple / no - cumple), serán inmediatamente habilitados para la evaluación por puntaje de su propuesta técnica-económica.
Las ofertas, tanto técnica como económica, deberán presentarse por la totalidad de la contratación, dentro de los plazos correspondientes previstos en el calendario del presente Concurso Público.
La oferta obligatoriamente debe presentarse foliada, sumillada y firmada electrónicamente.
La oferta técnica obligatoriamente deberá de ser enviada al correo institucional xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx. Los oferentes deberán presentar como parte de su oferta el original de una Garantía de Seriedad de la Oferta por $5.000,00 (cinco mil 00/100 USD).
1.5.- La evaluación por puntaje de las ofertas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en el presente Pliego del Concurso Público.
1.6.- Los participantes deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad con la Municipalidad del Cantón Quinsaloma, para proteger la información confidencial que llegaren a conocer en virtud del presente Concurso Público, de acuerdo al formulario establecido en estos pliegos.
1.7.- Este procedimiento se regirá por los principios de transparencia e igualdad.
1.8.- Marco Legal: El presente proceso se apegará a lo establecido en la Constitución de la República, Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y su Reglamento, Resolución N006-CNC-2012, Resolución No. 003-CNC-2015 emitidas por el Concejo Nacional de Competencias, Resolución No. 025-ANT-DIR-2019 emitida por la Agencia Nacional de Tránsito y la Ordenanza Municipal del Cantón Quinsaloma vigente, que regula el Servicio de Revisión Técnica Vehicular (RTV), Matriculación y Delegación del Servicio de RTV y Matriculación del Cantón Quinsaloma a la Iniciativa Privada. Así mismo en cuanto al presente procedimiento, se aplicará supletoriamente lo establecido
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en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento, en la medida que la naturaleza del proceso de contratación lo permita.
Quinsaloma, a los 16 días del mes xx xxxxx de 2022.
Firmado Digitalmente por: XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
Razon Social: GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON QUINSALOMA
Cargo: ALCALDE
Hora local: 16/03/2022 15:48
Señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx ALCALDE Gad Municipal de Quinsaloma
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SECCIÓN II OBJETO DEL CONTRATO
De acuerdo con el Pliego del Concurso público para la selección del Concesionario para la prestación del Servicio Público de Revisión Técnica Vehicular y Matriculación para el Cantón Quinsaloma, este procedimiento precontractual tiene por objeto escoger al oferente que presente la oferta más conveniente para el CONCURSO PÚBLICO PARA DELEGACIÓN A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN
DEL CRTV DEL CANTÓN QUINSALOMA, quien resultare seleccionado y adjudicado en el presente proceso, posteriormente en la etapa contractual, tendrá la obligación de realizar la ejecución con recursos propios y bajo su propio riesgo, el diseño, construcción de obra civil, suministro y montaje de equipamiento técnico, informático, mecatrónico y puesta en funcionamiento, operación y administración del Centro de Revisión Técnica Vehicular y Matriculación del cantón Quinsaloma.
El plazo del Contrato de Delegación es de hasta 12 años de acuerdo a los cronogramas y etapas previstos para la ejecución del Contrato.
SECCIÓN III
CONDICIONES GENERALES
En el marco del ordenamiento jurídico ecuatoriano, la Constitución de la República, el Código Orgánico Administrativo, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y demás normativa conexa, se prevé la facultad estatal de delegar en un privado la prestación de un servicio público o la gestión de un sector estratégico, con el fin de alcanzar niveles de eficiencia en relación con sus objetivos de prestar un servicio público de calidad, con eficiencia, eficacia y brindando un buen trato a los ciudadanos.
El Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Quinsaloma, a través de la Unidad de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en el cantón Quinsaloma, como órgano administrativo que entre sus competencias se encuentra la de realizar el proceso de revisión técnica vehicular, bajo las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, su Reglamento y las Resoluciones emitidas por la Autoridad Nacional Competente.
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Por tanto, en cumplimiento de la normativa ecuatoriana, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Quinsaloma, posee la potestad de autorizar, delegar o implementar el centro de revisión y control técnico vehicular y matriculación y otros servicios que estén estipulados en la Resolución No. 025-DIR-2019- ANT o en la norma que establezca el ente rector nacional.
De esta manera, en aras de cumplir con parámetros de calidad, bajo criterios de eficiencia administrativa, y en virtud de la acreditación de la falta de capacidad técnica y económica para la gestión directa del servicio por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma, se ha justificado la necesidad de aplicar la excepcionalidad prevista en el artículo 238 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) para delegar en la iniciativa privada la provisión del servicio público de revisión técnica de tránsito vehicular. Mediante Ordenanza Municipal No. CMQ-013-2020, de fecha 08 de septiembre de 2020, se autorizó y reguló en los aspectos fundamentales la delegación a la iniciativa privada que involucra el “Diseño, Financiamiento, Construcción, Equipamiento, Operación y Mantenimiento del Centro de Revisión de Tránsito Vehicular del cantón Quinsaloma”.
Así, este procedimiento de concurso público para la selección del concesionario, se rige por la Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, el Código Orgánico Administrativo, la Ordenanza para el Diseño, Construcción, Administración, Funcionamiento y Concesión del Centro de Revisión de Tránsito Vehicular del cantón Quinsaloma, los pliegos de contratación, y demás normas del ordenamiento jurídico que le fueran aplicables.
En este proceso se evaluará al oferente, a la oferta técnica y a la oferta económica en base a los criterios detallados en los pliegos. Se deja expresa constancia que la concesionaria deberá asumir, a su entera y exclusiva cuenta y riesgo, la totalidad de los gastos e inversiones que sean necesarios para el eficiente y eficaz cumplimiento del objeto contractual. No se garantizará, en ningún caso, la rentabilidad de la concesión, ni aun en eventos de caso fortuito o fuerza mayor.
La oferta económica tendrá dos componentes puntuables, detallados a continuación: a) Las condiciones en que el oferente realizará la inversión; b) El porcentaje de participación mensual a favor de la Municipalidad del Cantón Quinsaloma en función de los ingresos que se generen de las actividades propias de la delegación, el cual será igual o mayor al (15%) quince por ciento, calculados de los ingresos brutos por concepto de tasas municipales por los servicios de revisión técnica vehicular y matriculación, o por una tasa única establecida para ambos servicios públicos, los cuales estarán contenidos en la ordenanza municipal respectiva.
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DELEGADO DEL ALCADE
El Xxxxxxx xxx Xxxxxx Quinsaloma designará un delegado para que dirija el concurso público para la selección del concesionario para la prestación del servicio público, el cual será responsable de la aprobación de los pliegos de contratación correspondiente, de autorizar el inicio del concurso público y de expedir la correspondiente adjudicación, declaratoria de desierto, cancelación y de ser el caso la reapertura del concurso público.
COMISIÓN TÉCNICA
Para el presente proceso de concesión se conformará una Comisión Técnica de acuerdo a lo dispuesto en Ordenanza Municipal No. CMQ-013-2020. Como se establece en el artículo 34 de la indicada ordenanza.
Esta Comisión Técnica será responsable de la elaboración de los pliegos de contratación, de absolver preguntas de los interesados, realizar aclaraciones o modificaciones a los pliegos de contratación, de recibir y dar apertura en acto público a las ofertas que se reciban, de evaluar y calificar las ofertas recibidas, a solicitar convalidaciones o aclaraciones de las ofertas, y de emitir las recomendaciones de adjudicación, de declaratoria de desierto, o de cancelación del proceso para resolución del delegado del Xxxxxxx xxx Xxxxxx Quinsaloma.
La Comisión Técnica estará integrada de la siguiente manera:
- Alcalde o su delegado - Sera el presidente de la comisión y quien la presidirá.
- Jefe de la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial.
- Procurador Síndico Municipal
- Director Financiero Municipal
La Comisión Técnica se reunirá con la presencia de al menos dos de sus miembros, uno de los cuales será obligatoriamente el Presidente, quien tendrá voto dirimente. Adoptará decisiones válidas por mayoría simple.
Los miembros de la Comisión Técnica no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes; de haberlos, será causa de excusa. Los informes de la Comisión Técnica que serán dirigidos a la máxima autoridad o su delegado incluirán el análisis correspondiente del proceso y la recomendación expresa de adjudicación o declaratoria de desierto.
La Comisión Técnica contará con un Secretario/a que brindará todo el soporte necesario para ejecutar procedimientos administrativos en las bases del concurso público. (que será el/la director(a) de Compras Públicas.
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PARTICIPANTES
La convocatoria está dirigida a empresas privadas nacionales y/o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios, compromisos de asociación o consorcios, legalmente capaces para contratar, que tengan interés en participar en este procedimiento y que cumplan con los requisitos previstos en estos pliegos.
En este proceso se evaluará al oferente, a la oferta técnica y a la oferta económica en base a los criterios detallados en los pliegos. Se deja expresa constancia que la concesionaria deberá asumir, a su entera y exclusiva cuenta y riesgo, la totalidad de los gastos e inversiones que sean necesarios para el eficiente y eficaz cumplimiento del objeto contractual. No se garantizará, en ningún caso, la rentabilidad de la concesión, ni aun en eventos de caso fortuito o fuerza mayor.
Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio, para la participación en este procedimiento, los miembros designarán un procurador común de entre ellos, que actuará a nombre de los comprometidos. En caso de ser adjudicados previo a la firma del contrato, los comprometidos deberán constituirse en asociación o consorcio, dentro del término previsto en los presentes pliegos.
No se receptará ninguna Oferta que se presente fuera del lugar, día y hora máxima establecida en el cronograma.
PROCEDIMIENTO
Para el procedimiento del Concurso Público existirán dos etapas claramente diferenciadas:
A) Presentación de la Oferta Técnica y Económica, en la cual se evaluarán los requisitos legales de la oferta, la experiencia del oferente y los demás aspectos de orden técnico que se prevean en los pliegos de contratación. La metodología de evaluación es “cumple o no cumple”. El oferente que cumpla los requisitos exigidos en los pliegos de contratación en los aspectos técnicos pasará a la siguiente etapa del concurso sin bonificación o puntaje de ningún tipo.
La Comisión Técnica, en cumplimiento del cronograma establecido y publicado en los pliegos procederá a la apertura de los sobres que contienen las OFERTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA una hora después de la fecha fijada como límite para la presentación de las ofertas.
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De la apertura de las ofertas técnicas, en la que podrán estar presentes los oferentes que lo deseen, se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica y/o máxima autoridad o su delegado con la siguiente información, la cual obligatoriamente se subirá a la página Institucional del Gobierno Autónomo Municipal de Quinsaloma.
• Nombre de los oferentes;
• Números de hojas foliadas y sumilladas;
• Constatación de la presentación de los requisitos y formularios;
• Constatación de la presentación de garantía de seriedad de oferta por $5.000,00 (cinco mil)
• Constatación del Formulario 1.3.
Se anunciarán los nombres de los OFERENTES, y el número de fojas de cada oferta. Este evento solo tiene carácter informativo.
La información relativa al análisis, evaluación y comparación de las OFERTAS y las recomendaciones para la adjudicación del CONTRATO, no podrán ser reveladas a los OFERENTES ni a otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que el GADM del Cantón Quinsaloma comunique a los OFERENTES que los informes de evaluación de las OFERTAS se encuentran a disposición de los OFERENTES en la página web citada.
Las ofertas técnicas y económicas se presentarán de forma física en sobres separados, en la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial del GAD Municipal de Quinsaloma, hasta la fecha y hora indicadas en el cronograma del proceso.
Los sobres que contengan las ofertas deberán estar sellados, y contener las suficientes seguridades para evitar su apertura o adulteración. No serán consideradas, dentro del proceso de concurso público de selección de Operador Privado, las ofertas que llegaren en sobres con signos de adulteración o sin seguridades. Las ofertas presentadas deberán contener documentos originales o copias certificadas por un Notario Público. En caso de existir dudas sobre la autenticidad de documentos adjuntados a la oferta, la Comisión Técnica podrá realizar las averiguaciones que considere convenientes, y en caso de tratarse de copias certificadas, podrá solicitar los documentos originales.
No se aceptarán ofertas presentadas con posterioridad a la fecha y hora señaladas para la recepción de estas, o en lugar distinto al establecido. Una hora más tarde de cumplido el plazo de presentación de las ofertas, la Comisión Técnica procederá a la apertura de las ofertas técnicas, para su respectiva evaluación
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B) Evaluación de la Oferta Económica, en la cual se evaluarán las ofertas de los oferentes, las mismas que consistirán en su propuesta del porcentaje a favor del GADM Quinsaloma. Se adjudicará el contrato de Concesión al oferente que proponga el porcentaje más favorable para el GADM Quinsaloma.
INHABILIDADES
No podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas que se dediquen a negocios relacionados como: concesionarias, fabricantes o ensambladores de vehículos, talleres de reparación de vehículos, venta o distribución de repuestos para automotores; alquiler o renta de vehículos, escuelas de conducción, sindicatos de choferes y Concesionarias de transporte, sea de manera directa o mediante otra figura de asociación o comercial; así como las personas naturales o jurídicas vinculadas con las mismas, sea por participación accionaria o por vínculos de hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con los accionistas, directores o representantes legales de los mismos, o cualquier servidor público del Cantón Quinsaloma. No podrán presentar ofertas aquellas personas que incurran en alguna de las inhabilidades establecidas en la Resolución No. 025-ANT-DIR-2019.
A fin de dar cumplimiento a estos requisitos, los OFERENTES deberán declarar bajo juramento que no están incursos en las mencionadas prohibiciones. En caso de que la Jefatura de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial del Cantón Quinsaloma, verificará la ilegalidad de lo declarado, esta podrá dar por terminado la relación contractual en caso de que el oferente sea el adjudicado, sin perjuicio de seguir con las acciones legales que corresponda.
En caso que un OFERENTE participe como integrante de dos o más OFERTAS, sea a título individual o como integrante de un compromiso de Asociación o Consorcio, o de Asociación o Consorcio, la Jefatura de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial descalificará dichas OFERTAS.
MODELOS OBLIGATORIOS DE FORMULARIOS
El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta utilizando los formularios y formatos establecidos en el presente proceso de concesión.
Obligaciones del Oferente: los oferentes deberán revisar cuidadosamente los pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta, y pueden ser causas de descalificación.
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PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES
La fase de preguntas, respuestas y aclaraciones se llevará a cabo a través de la cuenta de correo electrónico institucional xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, dentro del plazo establecido en la Convocatoria y Cronograma de Concurso Público; además se notificará con las respuestas y aclaraciones a los oferentes, a través de la misma dirección de correo.
MODIFICACIONES DE LOS PLIEGOS
La Comisión Técnica podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Quinsaloma, hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones.
Así mismo, la Comisión Técnica podrá cambiar el cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el portal web xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/ del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Quinsaloma y podrá publicarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones.
CONVALIDACIÓN DE ERRORES DE FORMA
Si se presentaren errores de forma en las ofertas, estos errores podrán ser convalidados por el oferente dentro del término establecido en el calendario del proceso. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma.
La Comisión Técnica está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a los oferentes el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores en los plazos establecidos en el cronograma.
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CAUSAS DE RECHAZO
Cualquier ambigüedad, imprecisión, omisión, desviación, error no convalidable y/o incumplimiento de las instrucciones de estos PLIEGOS DE CONCURSO PÚBLICO, en las partes esenciales de las OFERTAS, que impida su análisis, será causa suficiente para rechazarlas.
Luego de evaluados los documentos de los sobres uno y dos, la Comisión Técnica rechazará una oferta por las siguientes causas:
• Si no cumpliera los requisitos exigidos en los parámetros de evaluación, requisitos mínimos y formularios de estos pliegos.
• Si no hubieran entregado la Oferta en el lugar y hora es- tablecidos para el efecto.
• Cuando las ofertas contengan errores sustanciales y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no ser errores de forma. (Los errores de forma deberán ser obli- gatoriamente notificados al oferente respectivo para que pueda convalidarlos.)
• Si el contenido de los formularios presentados difiere del solicitado en los pliegos, condicionándolos o modificándo- los, de tal forma que se alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato.
• Si se comprobare falsedad o adulteración de la informa- ción presentada, la oferta será descalificada en cualquier momento del proceso.
• En caso que un OFERENTE participe como integrante de dos o más OFERTAS, sea a título individual o como inte- grante de un compromiso de Asociación o Consorcio, la Jefatura de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial del Cantón Quinsaloma rechazará a dichas OFER- TAS.
• Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
• Además de los requisitos de elegibilidad previstos en es- tos PLIEGOS DE CONCURSO PÚBLICO, no podrán par- ticipar en este CONCURSO PÚBLICO, quienes se en- cuentren inhabilitados por la Xxxxxxxxxxxx x xxx Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx. De ser el caso, se rechazará la oferta.
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La adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
A fin de dar cumplimiento a estos requisitos, los OFERENTES deberán declarar bajo la gravedad del juramento que no están incursos en las mencionadas prohibiciones. La declaración se entenderá y demostrará con la firma de la carta de presentación de sus OFERTAS.
ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
La Comisión Técnica, con base en los resultados de la evaluación de los oferentes habilitados, emitirá informe al delegado que el Xxxxxxx xxx Xxxxxx Quinsaloma designe para el efecto, quien adjudicará el contrato a la oferta mejor puntuada conforme a los criterios de evaluación establecidos en los presentes Pliegos de contratación, mediante resolución motivada. La adjudicación será por la totalidad del servicio a concesionarse y se realizará con base en la documentación presentada dentro del proceso de Concurso Público.
La notificación de la adjudicación se la realizará a través del portal web de la Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Quinsaloma xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/ y a la dirección señalada por el oferente adjudicado, con la respectiva resolución de adjudicación.
ADJUDICATARIO FALLIDO
La Municipalidad del Cantón Quinsaloma declarará fallido al adjudicatario, perdiendo su calidad de adjudicatario, y por consiguiente todos los derechos que le otorgaba tal calidad, en los siguientes casos:
• En caso de que el adjudicatario no suscribiere el Contrato de delegación dentro del término 15 días, por causas que le sean imputables.
• No presentar oportunamente las garantías que exija este pliego.
• No cumplir con las obligaciones exigibles para la suscripción del Contrato de delegación, en los plazos previstos en estos pliegos. En este caso, la Municipa- lidad del Cantón Quinsaloma notificará la resolución al adjudicatario fallido, a las autoridades pertinentes y a los demás participantes del proceso.
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La Comisión Técnica podrá recomendar a la Máxima Autoridad Municipal, adjudicar el presente proceso al oferente habilitado que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación, para quien serán aplicables las mismas normas que se exigieron al anterior. En el caso que el nuevo adjudicatario también sea fallido, la Máxima Autoridad Municipal declarará el proceso como desierto.
GARANTÍAS
En este proceso se deberán rendir las siguientes garantías, las cuales deberán ser otorgadas por entidades financieras o empresas aseguradoras legalmente autorizadas para ejercer estas actividades en el Ecuador:
GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA
Los oferentes deberán presentar junto con la oferta técnica, una garantía de seriedad de oferta por un valor de $5.000,00 (cinco mil dólares americanos), la misma que se ejecutará en caso de declararse al adjudicatario como fallido, por no haber suscrito el Contrato de Concesión por causas imputables a este dentro de los términos legales. Deberá estar expedida a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón de Quinsaloma, y permanecer vigente hasta los noventa días siguientes a la presentación de la respectiva oferta técnica.
A los oferentes no habilitados, se les devolverá la garantía de seriedad de oferta una vez que se le notifique con la resolución al oferente adjudicado.
Al oferente calificado que resulte adjudicado, se le devolverá la garantía de seriedad de oferta al momento que suscriba el respectivo Contrato de Concesión. En caso que el oferente habilitado que se ubique en segundo lugar, si los hubiere, se le devolverá la garantía de seriedad de oferta una vez que el adjudicatario ubicado en primer lugar suscriba el Contrato de Concesión.
Si el oferente adjudicado ubicado en primer lugar fuere declarado fallido, se podrá adjudicar el Contrato de Concesión al oferente habilitado ubicado en segundo lugar, quien, en caso de no suscribir el Contrato, será declarado como adjudicatario fallido y se ejecutará la garantía de seriedad de oferta.
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GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El oferente adjudicado, antes o al momento de la firma del contrato deberá presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato la cual será del 5% del monto total de la inversión, por el primer año de ejecución. Garantía que será renovada anualmente para mantener su vigencia durante el plazo de la concesión. Validez por un año y renovación cada año,
GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
El oferente adjudicado, antes o al momento de la firma del contrato deberá presentar una garantía del 5% del monto total de la inversión para cubrir daños a las instalaciones del Centros de Revisión Técnica Vehicular y Matriculación, daños a terceros (en su persona o bienes), en caso de accidentes, negligencias o mala ejecución de los trabajos contratados por parte del personal del Operador Privado, siempre y cuando dichos daños sean causados dentro xxx xxxxxxx del Centro de Revisión Técnica Vehicular y Matriculación o como consecuencia directa de la gestión del Operador Privado, quien se obliga a mantenerla vigente por todo el plazo de vigencia del Contrato.
Queda claramente entendido que la obtención de este seguro no relevará en forma alguna al Operador Privado de la responsabilidad que le corresponde por siniestros estipuladas en la póliza, así como en el caso de que la aseguradora no pagare la indemnización por cualquier motivo que alegare. Presentar a la firma del contrato. Esta Garantía deberá de mantenerse vigente durante todo el tiempo de la concesión. Validez por un año y renovación cada año.
PÓLIZA DE TODO RIESGO
El Concesionario deberá contar, durante todo momento mientras se encuentre vigente el Contrato, con pólizas de seguros contra todo riesgo, incluyendo, pero sin limitar robo, huelgas y paros, que ampare la totalidad de los equipos, redes e infraestructura afectada al servicio público. El valor asegurado deberá ser el de reposición como nuevos sin ajustes por parte de la aseguradora, a satisfacción del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma.
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TIPOS DE GARANTÍAS
Las garantías serán entregadas en cualquiera de las formas establecidas en los numerales 1 y 2 del artículo 73 de la LOSNCP.
Las garantías se devolverán conforme lo previsto en el artículo 77 de la LOSNCP, salvo la garantía de seriedad de oferta que se devolverá de conformidad con lo previsto en los Pliegos de Contratación.
CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la Comisión Técnica podrá solicitar la cancelación del procedimiento, y el Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma o su delegado, mediante resolución debidamente motivada lo podrá cancelar, sin que esta cancelación de procedimiento le otorgue derecho alguno a los oferentes o posibles oferentes, por lo que los interesados no tendrán nada que reclamar al respecto.
DECLARATORIA DE PROCEDIMIENTO DESIERTO
El alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Quinsaloma o su delegado, antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP.
Dicha declaratoria se realizará previo informe de la Comisión Técnica. Una vez declarado desierto el procedimiento, el Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Quinsaloma o su delegado, podrá disponer su archivo o reapertura.
ADJUDICATARIO FALLIDO
En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término establecido para el efecto, por causas que le sean imputables, la Comisión Técnica lo declarará adjudicatario fallido y se ejecutará la garantía de seriedad de oferta.
La Comisión Técnica podrá llamar al oferente habilitado que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato. Si el oferente llamado como
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segunda opción no suscribe el contrato, se ejecutará la garantía de seriedad de oferta del oferente llamado como segunda opción y el alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma o su delegado, declarará desierto el proceso.
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Notificada la adjudicación, el Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Quinsaloma deberá convocar al adjudicatario para la suscripción del respectivo contrato, de conformidad con el cronograma establecido en estos pliegos.
TASAS
En el contrato de concesión se autorizará de manera expresa al Concesionario, para que, dentro de los 20 días posteriores a la suscripción, pueda gestionar y administrar directamente el servicio de revisión ocular, para lo cual se le autoriza al cobro de las tarifas establecidas para el efecto.
El Concesionario dará cumplimiento al cronograma establecido para la implementación del Centro RTV de acuerdo al Plan propuesto, para poder brindar el Servicio de Revisión Técnica Vehicular, y otros servicios que estén estipulados en la Resolución No. 025-DIR-2019-ANT o en la norma que se encuentre vigente y que establezca el ente rector nacional, para lo cual deberá sujetarse a las tasas establecidas por Ley o autoridad competente.
Los oferentes reconocen que los valores de las tasas por los servicios a prestarse, descontada la participación del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma, en los ingresos que genere la Revisión Vehicular, serán los únicos valores a recibirse como compensación por los servicios que va a prestar, por lo que el Concesionario no podrá exigir inversiones o pagos de otra naturaleza del GAD Quinsaloma. El operador privado establecerá un mecanismo pertinente de cobro a los usuarios por el servicio de revisión técnica vehicular y matriculación de acuerdo a lo que establezca la Agencia Nacional de Tránsito.
IDIOMA
Las OFERTAS deberán elaborarse y presentarse en idioma español utilizando un medio de impresión apropiado para facilitar su lectura.
CONCURSO PÚBLICO
“CONCESION: DELEGACION A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV”
MONEDA DE COTIZACIÓN Y PAGO
Las ofertas deberán presentarse en dólares de los Estados Unidos de América.
INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Si las OFERTAS contuvieren información confidencial o privada de acuerdo con la Ley, Deberá claramente indicarse tal calidad expresando las normas legales que le sirvan de fundamento. El Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Quinsaloma, se reserva el derecho de revelar dicha información a los miembros de la Comisión Técnica o subcomisiones de Apoyo, con el fin de evaluar sus OFERTAS. El Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Quinsaloma, los miembros de la Comisión Técnica o subcomisiones de apoyo, estarán obligados a mantener la confidencialidad de tales informaciones. El Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Quinsaloma, sólo responderá por los perjuicios derivados de la revelación de información confidencial o privada que contengan las OFERTAS no se indique el carácter de confidencial de alguna información, no se citen las normas en que se apoya dicha confidencialidad o las normas citadas no son aplicables al caso, El Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Quinsaloma no se hará responsable por su divulgación, y en caso de solicitud de copias por un tercero, actuará conforme a los procedimientos previstos en la ley, sobre el particular.
PRINCIPIOS
El presente proceso se rige por los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, oportunidad, concurrencia, transparencia y publicidad.
SECCIÓN IV
CONDICIONES ESPECÍFICAS
TIEMPO DE VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas presentadas deberán tener una validez de seis meses. Se deberá presentar una garantía de seriedad de oferta, cuyo valor es de $5.000,00 (cinco mil dólares americanos). Dicha garantía se ejecutará únicamente en el caso de que se declare adjudicatario al oferente y éste, excepto fuerza mayor, no suscriba el contrato
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en el tiempo y forma establecidos en los pliegos. La validez de la garantía de seriedad de la oferta debe ser noventa días contados desde la presentación de la oferta.
PLAZO DE LA CONCESIÓN
La contratación se otorgará por el plazo de doce (12) años, el cual comenzará a correr a partir de la suscripción del contrato, de acuerdo con las condiciones establecidas en estos Pliegos y en el respectivo contrato.
PERFIL DEL OFERENTE
El Concesionario encargado de diseñar, financiar, construir, equipar, operar y mantener el Centro de Revisión Técnica Vehicular (CRTV) para el Cantón Quinsaloma, debe poseer el conocimiento y la experiencia necesaria para equipar e iniciar operaciones en forma adecuada y de acuerdo a los procedimientos y especificaciones establecidas en la legislación ecuatoriana aplicable.
PRESUPUESTO REFERENCIAL
Por la naturaleza del concurso, el contrato tiene una cuantía indeterminada y no requiere presupuesto del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma, ni de la jefatura de Tránsito Transporte Terrestre y Seguridad Vial del GAD Quinsaloma. La concesionaria deberá asumir, a su entera y exclusiva cuenta y riesgo, la totalidad de los gastos e inversiones que sean necesarios para el eficiente y eficaz cumplimiento del objeto del presente Concurso Público.
En caso de que la demanda del servicio de revisión técnica vehicular requiera nuevas inversiones en infraestructura y equipos, estas también serán por cuenta, costo y riesgo del Concesionario.
FORMA DE PAGO
⮚ La inversión es privada. El GADM del Cantón Quinsaloma no le reembolsará ningún monto al Concesionario.
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⮚ Para la operación del Centro de Revisión Técnica Vehicular, y otros servicios que estén estipulados en la RESOLUCIÓN No. 025-DIR-2021-ANT o en la norma que establezca el ente rector nacional, el pago se realizará a través del cobro de tasa al usuario la cual se gestionará en la forma en que el Concesiona- rio convenga con el GADM del Cantón Quinsaloma.
⮚ El GADM del cantón Quinsaloma recibirá mensualmente, como compensación el valor que resulte de la operación de multiplicar el porcentaje definido a favor de la municipalidad, el que será igual o mayor al 15%, calculado sobre los ingre- sos brutos del mes, dicho resultado no podrá ser inferior a $ 5.000,00 (cinco mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) a favor de la municipalidad.
⮚ En el contrato de concesión se autorizará de manera expresa al Concesionario, para que, dentro de los 20 días posteriores a la suscripción, pueda gestionar y administrar directamente el servicio de revisión ocular, para lo cual se le autoriza al cobro de las tarifas establecidas para el efecto.
⮚ Se autoriza a través del contrato, que el concesionario cobre valores en función de los servicios que prestará por la explotación del objeto de concesión, de con- formidad con la oferta económica que resulte adjudicada del procedimiento de contratación. Lo anterior, en contraprestación a las inversiones a realizar y los gastos inherentes a su ejecución.
⮚ Para efectos de salvaguardar el equilibrio económico del Contrato de Concesión a ser suscrito, los valores de las tasas que resulten adjudicadas se actualizarán cada año a partir del segundo año fiscal contando desde la fecha de inicio de precios al consumidor fijada por el instituto Nacional de Estadísticas y Censo.
⮚ El pago de las mensualidades que realice el Operador Privado al Municipio de Quinsaloma, será depositado en la cuenta bancaria que el Municipio disponga, previa liquidación financiera del Operador Privado, en periodos mensuales.
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CRONOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO PÚBLICO
El mismo constará en el portal web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Quinsaloma, xxxxx://xxxxxxxxxx.xxx.xx/ y será el siguiente:
CONCEPTO | DÍA | HORA |
Fecha de publicación | 2022/03/16 | 16h00 |
Fecha límite de aclaraciones y preguntas | 2022/03/21 | 10h00 |
Fecha límite de Respuestas y Aclaraciones | 2022/03/25 | 16h00 |
Fecha límite de entrega de ofertas técnica y económica | 2022/04/01 | 12h00 |
Apertura de ofertas técnicas | 2022/04/01 | 13h00 |
Fecha límite para solicitar convalidación de errores de oferta técnica | 2022/04/05 | 14h00 |
Fecha límite para convalidaciones de oferta técnica | 2022/04/11 | 10h00 |
Evaluación y calificación de oferta económica | 2022/04/18 | 14h00 |
Fecha estimada de Adjudicación | 2022/04/21 | 14h00 |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las Ofertas deberán presentarse para el objeto establecido en los presentes PLIEGOS DE CONCURSO PÚBLICO y ajustarse en todos los puntos a los formularios anexos y a las condiciones estipuladas en él y en el modelo de contrato que figura como anexo del mismo.
Los OFERENTES tienen la obligación de mostrar en sus OFERTAS el estricto cumplimiento y sujeción a todos y cada uno de los requisitos del presente PLIEGO. Bajo ningún concepto podrán condicionar la adjudicación a la modificación por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma de criterios o especificaciones alternativas que hubieren sido presentadas. Con el fin de garantizar
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una adjudicación objetiva, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma adjudicará al oferente teniendo en cuenta únicamente las OFERTAS que se sujeten en un todo a los PLIEGOS DE CONCURSO PÚBLICO. Se entenderá que el
acto de adjudicación obliga automáticamente al oferente al cumplimiento integral, irrestricto y no condicionado de todas y cada una de las características ofertadas, mismas que en todo momento serán supervisadas por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma.
Los interesados en presentar OFERTAS realizarán por su cuenta y riesgo los estudios, diseños y verificaciones necesarios para elaborar sus OFERTAS, y los costos en que incurran no les serán reembolsados en ningún evento. Si un interesado considera que carece de alguna información necesaria para asumir los compromisos que contienen estos PLIEGOS DE CONCURSO PÚBLICO y sus anexos deberá abstenerse de presentar OFERTA.
No se aceptarán OFERTAS entregadas en otro lugar o después del día y hora fijada en el cronograma del presente proceso establecido en los pliegos.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma no será responsable de la apertura de una OFERTA o por no abrirla, en caso de que ésta no esté correctamente marcada o que no haya sido entregada en el lugar correspondiente. De igual forma tampoco será responsable en caso de que el oferente cometiere errores de foliado o enumerado e indexado que induzcan a omisiones o malas interpretaciones al momento de la evaluación.
Las carátulas de las ofertas técnica y económica serán las siguientes:
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OFERTA TECNICA
Presentada por: (Razón social del oferente, consorcio, asociación, o promesa de éstos),
RUC:
Fecha:
SOBRE #1
CÓDIGO DEL PROCESO: CP-GADMQ-001-2022
Señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx ALCALDE Gad Municipal de Quinsaloma Presente. –
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CÓDIGO DEL PROCESO: CP-GADMQ-001-2022
Señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
ALCALDE Gad Municipal de Quinsaloma Presente. -
Sobre #2
OFERTA ECONOMICA
Presentada por: (Razón social del oferente, consorcio, asociación, o promesa de éstos),
RUC:
Fecha:
La Secretaria encargada de la recepción de las ofertas, recibirá y conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.
EJEMPLARES
Las OFERTAS se presentarán en dos sobres distintos, uno de ellos debe contar con la Oferta Técnica, así como todos los documentos e información solicitada en estos PLIEGOS DEL CONCURSO PÚBLICO, los cuales deberán presentarse en original. El segundo sobre contendrá la Oferta Económica, que deberá estar firmada por el Oferente y presentada en original. La Oferta Económica será evaluada únicamente en caso de que el Oferente haya pasado a dicha etapa de conformidad con los Pliegos.
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Los originales de las OFERTAS serán foliados y rubricados en cada hoja.
Adicionalmente cada oferta deberá ser entregada en un archivo magnético.
Las OFERTAS no deberán contener textos entre líneas, raspaduras ni tachaduras, salvo cuando fuere necesario para corregir errores del OFERENTE, en cuyo caso las correcciones deberán llevar la firma de la persona o personas que suscriben sus OFERTAS. En caso contrario las correcciones se entenderán como no escritas.
DOCUMENTOS DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser integrales, abarcando la totalidad de los servicios e inversiones que comprende la contratación, no siendo aceptables ofertas parciales ni condicionadas.
La elaboración de las ofertas, así como los compromisos que se adquieran en éstas serán de absoluta responsabilidad de los oferentes.
Las OFERTAS deberán contener, además de los documentos solicitados en otras partes de este PLIEGO que no se mencionen aquí, los siguientes documentos presentados en el mismo orden que se establece a continuación y cumpliendo los requisitos contenidos en estos PLIEGOS.
Las ofertas estarán integradas por dos sobres con el siguiente contenido:
Sobre No.1 Parte General (Requisitos mínimos del oferente) y Parte Técnica:
a) Carta de presentación de sus OFERTAS firmada por el representante legal del OFERENTE, si éste es persona jurídica o si sus OFERTAS se presentan bajo la modalidad de Asociación o Consorcio, presentando la protocolización de la escritura de constitución o una promesa de consti- tución. Formulario B1: Modelo de Carta de Presentación.
b) Copia simple del RUC del oferente o el certificado de empadronamiento de gestión tributaria de su país de origen de ser el caso, con el corres- pondiente apostillamiento ante la delegación diplomática ecuatoriana de su país.
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c) Declaración juramentada ante Notario en la que conste la no existencia de impedimentos legales o inhabilidades que específicamente refieran a la empresa o sociedad oferente para celebrar contratos de esta natura- xxxx.
d) Estados financieros presentados a las entidades de control, super inten- dencia de compañías y/o SRI del ejercicio fiscal 2020, en caso de perso- nas jurídicas o de asociaciones o consorcios; en caso de ser empresas extranjeras todos estos documentos deberán presentarse legalizados.
e) Índices Financieros. - Índice de Solvencia: mayor a 1 (AC / PC); Índice de Endeudamiento: menor a 1,50 (PT / PATR); Índice Estructural: mayor a 0,20 (PATR / AT)
f) Copia de escritura de constitución de la empresa.
g) Documentos de existencia y representación legal de la persona jurídica de la asociación o consorcio o de las personas jurídicas integrantes del OFERENTE, cuando sus OFERTAS sean presentadas bajo la modalidad de Asociación o Consorcio.
h) Original de la garantía de seriedad de la oferta
.
i) Formulario 1.3.
j) Carta de confidencialidad acorde con el Formulario B-5.
k) Formulario de Anticorrupción.
l) En caso de que el participante que resultare adjudicado en el Concurso Público, fuere una persona jurídica extranjera, deberá domiciliarse en el Ecuador, previo a la suscripción del contrato, de conformidad al artículo 6 de la Ley de Compañías.
m) Certificar documentadamente en caso de personas jurídicas, asociacio- nes o consorcios, o personas naturales nacionales o del personal técnico que los integra, la experiencia en haber desempeñados trabajos en insti- tuciones de tránsito o realizado actividades que tengan relación con los procesos de revisión técnica, mantenimiento automotriz, que tengan co-
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nocimiento de la normativa técnica del proceso, y en el caso de empre- sas, consorcios, o personas naturales extranjeras, dicha documentación debe ser emitida por una autoridad competente de su país de origen.
n) Oferta técnica en la que deberá constar una descripción y especificación de las condiciones de prestación del servicio, incluyendo las acciones a emprender, sistemas operativos a emplear, sistemas informáticos de gestión y control, servicios complementarios y otros que el oferente con- sidere procedente implementar de acuerdo a su visión estratégica, te- niendo como base las especificaciones técnicas contenidas en estos plie- gos.
o) Declaración notariada de acatamiento estricto a los plazos máximos es- tablecidos en estos pliegos para la construcción e inicio de funciona- miento del Centro de Revisión Técnica Vehicular y Matriculación.
p) Formulario B 6: Currículo del Oferente y/o Gerente General y/o de quien forme parte de la estructura social de la compañía y del personal califi- cado en administración de empresas.
q) Formulario B 7: Promesa – Declaración Juramentada de celebrar el con- trato en los términos estipulados en los pliegos, en caso de ser adjudi- cado con la concesión.
r) Esquemas de las instalaciones del Centro de Revisión Técnica Vehicular y matriculación.
s) Descripción de los aspectos de informática que propone, incluyendo asis- tencia técnica tal como se determina en estos pliegos.
t) Declaración Juramentada de compromiso de aceptación de pago de va- xxxxx invertidos en el CRTV por parte del exconcesionario, en el cerra- miento perimetral y en relleno de suelo en un área de 5.000 m2. y que por causas fortuitas ha sido terminado de mutuo acuerdo, cuyo monto asciende a $195.101,31 y cuya forma de pago se ha establecido de la siguiente manera:
f.1.- | a 30 | días plazo de notariado el contrato: | $50.000,00 |
f..2.- | a 120 | dias plazo de notariado el contrato: | $48.000,00 |
f.3.- | a 210 | dias plazo de notariado el contrato: | $48.000,00 |
f.4.- | a 300 | dias plazo de notariado el contrato: | $49.101,31 |
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Los documentos de soporte de estas inversiones deberán de ser entregados al oferente adjudicatario. (avaluó técnico, memoria técnica, planos, etc…)
Sobre No.2 Oferta Económica (Oferentes Habilitados en la Fase 1)
El sobre No.2 contendrá los siguientes documentos:
- Formulario A 1: Balance General
- Formulario A 2: Cronograma Valorado de Trabajos
- Formulario A 3: Cuadro de Inversiones
- Formulario A 4: Cuadro de Reinversiones
- Propuesta Económica, para lo cual se utilizará el formulario B-2
- Formulario B-3 para consignar el Valor Estimado de Inversión.
- Monto de la inversión total y montos parciales por el centro de revisión técnica vehicular CRTV Y MATRICULACIÓN, a realizar por parte del oferente, expre- sado en dólares de los Estados Unidos de América.
- Declaración juramentada de aceptación de las tasas dispuestas en las Resolu- ciones sobre los Tarifarios emitidas por la ANT.
Solo se considerarán las ofertas económicas que se presenten en los formatos establecidos en estos pliegos, sin enmiendas, tachaduras ni condicionamientos de ningún tipo.
Al momento de elaborar la oferta económica, los participantes deberán considerar e incluir todos los gastos e inversiones que resulten necesarios para asegurar el cumplimiento durante toda la vigencia del contrato de lo ofrecido en la oferta técnica, las ofertas deberán ser presentadas en sobre sellado con rúbrica. Adicionalmente entregar en archivo magnético.
APERTURA DE OFERTAS
La Comisión Técnica designada para el proceso en cumplimiento del cronograma establecido y publicado en los pliegos procederá a la apertura de los sobres que contienen las OFERTAS TÉCNICAS en la fecha fijada como límite para la presentación de las ofertas.
Se levantará un acta que será suscrita por los integrantes de la Comisión Técnica con la siguiente información:
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a) Nombre de los oferentes;
b) Números de hojas foliadas y sumilladas;
c) Constatación de la presentación de los requisitos y formularios;
d) Constatación de la presentación de garantía de seriedad de oferta por
$5.000,00 (cinco mil)
e) Constatación del Formulario 1.3.
Se anunciarán los nombres de los OFERENTES, y el número de fojas de cada oferta. Este evento solo tiene carácter informativo.
El acta de la sesión de cierre será firmada por los miembros de la Comisión Técnica.
La información relativa al análisis, evaluación y comparación de las OFERTAS y las recomendaciones para la adjudicación del CONTRATO, no podrán ser reveladas a los OFERENTES ni a otra persona que no participe oficialmente en dicho proceso hasta que el GADM del Cantón Quinsaloma comunique a los OFERENTES que los informes de evaluación de las OFERTAS se encuentran a disposición de los OFERENTES en la página web institucional.
Todo intento de un OFERENTE para influir en el análisis de las OFERTAS o en la decisión sobre la evaluación por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma, dará lugar al rechazo de su OFERTA, así como todo intento de conseguir información sobre el estado de dicho proceso, que no sea a través del portal web del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Quinsaloma, señalado en este pliego.
DETERMINACIÓN DEL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
Los OFERENTES deberán incluir en sus OFERTAS, a través del Formulario incluido como Anexo de estos PLIEGOS, los valores que los OFERENTES estimen por concepto de la inversión del CONTRATISTA en el PROYECTO, es decir, la sumatoria discriminada de los siguientes conceptos:
• Valor de diseño y construcción, incluido el valor de la instalación, montaje y prueba de los equipos necesarios para la infraestructura de operación. Si se ofre- cen Obras Complementarias, su valor también debe ser incluido.
• Costo estimado de la Supervisión y Gerencia de Proyecto durante la Etapa de operación según el valor referencial en el CONTRATO, valor en el que deberán incluir los costos de servicios de reclutamiento de personal y demás similares requeridos para la contratación de la fuerza laboral del centro de Revisión Téc- nica Vehicular.
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Los anteriores valores deben ser calculados en dólares desde el mes de apertura del CONCURSO PÚBLICO y deberán ser incluidos en los cálculos financieros. Para el funcionamiento óptimo del centro de revisión técnica vehicular se deberá considerar las obras de infraestructura que serán destinadas a la operatividad.
ELABORACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA (anexo Formulario)
La oferta económica se hará siguiendo el formulario contenido en el Anexo de este PLIEGO. Al elaborar y llenar este formulario, los OFERENTES deberán tomar en cuenta que los cálculos de los aspectos económicos de los servicios de revisión técnica vehicular a ser contratados, deben cubrir e incluir todos los costos directos e indirectos de los suministros y de los trabajos necesarios para cumplir con el objeto del CONTRATO y con todas las obligaciones y xxxxxxxx de riesgos que emanan del mismo.
El formulario de presentación de la oferta económica contenido en el anexo de este PLIEGO contendrá información que será parte del CONTRATO que se suscriba como resultado de este CONCURSO PÚBLICO, en la medida que dicho CONTRATO así lo prevea. Esta información determinará las condiciones económicas que se aplicarán en la ejecución del CONTRATO, relativas a los siguientes aspectos:
CANON DE PARTICIPACIÓN
Se refiere al porcentaje que el Oferente ofrece al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma por la prestación del servicio de revisión técnica vehicular obligatoria, sujeto a las tasas nacionales contenidas en este PLIEGO. La participación del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma en este canon será un rubro fijo establecido, el mismo que se definirá dentro de la propuesta por parte de los oferentes, en ningún caso será menor al 15 % (quince por ciento).
Los OFERENTES presentarán sus ofertas económicas en el porcentaje de los ingresos que el Concesionario recaudare por la prestación del servicio de Revisión Técnica Vehicular.
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DISEÑOS DEFINITIVOS
Corresponderá al OFERENTE que resultare ganador del CONCURSO PÚBLICO con quien se suscriba el CONTRATO, elaborar los diseños definitivos de las obras a ejecutarse dentro del marco CONTRACTUAL, lo cual constará expresamente como un compromiso de los OFERENTES dentro de sus OFERTAS.
También constituirá compromiso del oferente presentar dentro del marco contractual la corrida financiera respectiva acorde a lo ofertado económicamente.
SECCIÓN V
TÉRMINOS DE REFERENCIA O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ANTECEDENTES
Ante la necesidad de brindar servicios eficientes a la ciudadanía, y en el afán de precautelar la salud, seguridad y calidad de vida de la población, es urgente implementar las herramientas de control vehicular, pues el parque vehicular en crecimiento constituye un riesgo para la población, al tiempo que obliga al despilfarro de recursos naturales, energéticos y económicos.
Que han sido transferidas al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Quinsaloma las competencias de Autorizar, Concesionar o implementar los Centros de Revisión Técnica Vehicular y control técnico vehicular y controlar su funcionamiento para realizar el proceso íntegro de matriculación vehicular a fin de controlar el estado mecánico los elementos de seguridad, emisión de gases y ruido como origen en medio de transporte terrestre.
Las experiencias locales e internacionales exponen la viabilidad de las herramientas de control vehicular, y muestran que es posible su adaptación a las
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realidades locales, impulsando el desarrollo tecnológico, acercando la mejor tecnología vehicular mundial disponible, mejorando con ello las condiciones de vida de la población y aportando al desarrollo local.
En la actualidad el Cantón Quinsaloma ejerce las competencias otorgadas por la ley en todo lo referente a la movilidad cantonal, a la presente fecha se está dando a la ciudadanía el servicio de matriculación vehicular, bajo la modalidad de revisión visual, sin embargo para el presente año existirán restricciones para el servicio de matriculación amparado en esta modalidad , siendo reemplazado por la Revisión Técnica Vehicular RTV , como una exigencia a nivel nacional por parte de la Agencia Nacional de Transito ANT. Cabe destacar que en todo el país, existe la urgente necesidad de contar con la implementación de Centros de Revisión Técnica Vehicular (CRTV Y MATRICULACION) que permita satisfacer las demandas de la ciudadanía y se enmarque dentro de las disposiciones de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).
En este contexto, los eventos acontecidos en torno a las resoluciones y plazos emitidos por la ANT para implementar los Centros de Revisión Técnico Vehicular (CRTV Y MATRICULACION), obedecieron al siguiente detalle:
RESOLUCIÓN | PLAZO | VENCIMIENTO |
046-DIR-2012-ANT | 12 meses | 01 xx xxxxxx 2013 |
070-DIR-2015-ANT | 12 meses | 00 xx xxxxxxx 0000 |
095-DIR-2016-ANT | 12 meses | 00 xx xxxxxxx 0000 |
063-DIR-2017-ANT | 18 meses | 00 xx xxxx 0000 |
025-ANT-DIR-2019 | 06 meses | 00 xx xxxxxxxxx 0000 |
030-ANT-DIR-2019 | 06 meses | 06 de diciembre 2019 |
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Es necesario conocer que, hasta el 22 xx xxxx de 2019, la situación de la implementación de los CRTV Y MATRICULACION ha sido la siguiente:
Tal como se puede apreciar en la gráfica anterior, el Cantón Quinsaloma según el mapeo proporcionado por la ANT, no tiene la implementación de un Centro RTV.
Por otra parte, la resolución 025-ANT-DIR-2019 del 15 xx xxxx de 2019, en su Disposición Transitoria TERCERA, establece: “Los vehículos que prestan el servicio de transporte público o comercial que, dentro del territorio que comprenda su ámbito de operación, no cuenten con Centros de Revisión Técnica Vehicular (CRTV Y MATRICULACION), deberán realizar este proceso en cualquier centro de Revisión Técnica en la provincia o cantón más cercano, hasta que disponga del servicio dentro de su cantón o provincia”.
La Resolución 030-DIR-ANT-2019 del 6 xx xxxxx de 2019 impide que se desarrolle el proceso de “revisión vehicular visual” tal como se lo viene ejecutando, con la consecuente problemática social y financiera que esto representa en cada una de las municipalidades que no cuentan con CRTV Y MATRICULACION y REVISIÓN VEHICULAR.
Sin embargo, en el mes de enero de 2020, la ANT mediante acto administrativo, extendieron los tiempos para las municipalidades que se encuentren rezagadas en su propuesta de modelo de gestión para la implementación de los respectivos CRTV Y MATRICULACION.
El Presidente de la República Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, decreta Estado de Excepción mediante DECRETO EJECUTIVO 1017 de fecha 16 xx xxxxx de 2020, en el cual se determinaren varias medidas emergentes en el contexto de la emergencia sanitaria
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nacional y mundial, una de las medidas adoptadas fue la siguiente: “Suspensión total de la jornada laboral presencial del sector público y privado a partir xxx xxxxxx 17 xx xxxxx de 2020” ; “Se cierran los servicios públicos a excepción de los de salud, seguridad, servicios de riesgos y aquellos que por emergencia los ministerios decidan tener abiertos”.
Es necesario resaltar que debido a la difícil situación por la que está atravesando el país en general, incluyendo a las instituciones del estado central y gobiernos municipales debido a la crisis que ha originado la pandemia en el mundo y nuestro país, la economía en el sector público ha tenido una lesión muy considerable en su liquidez y en sus programaciones presupuestarias, situación que no es ajena a la municipalidad del cantón Quinsaloma. En este contexto, y al no contar con la disponibilidad de recursos en el presente año, la municipalidad del Cantón Quinsaloma ha determinado que es imperioso contar con inversión privada, que permita la construcción, implementación de equipamiento y operación del nuevo centro de revisión técnica vehicular y matriculación.
En consecuencia de los antecedentes antes expuestos, es necesario e importante el presente concurso público que permitirá la selección de un delegado que ejecute el proyecto antes descrito , y así cumplir con las disposiciones legales emitidas por el ente rector que es la Agencia Nacional de Tránsito, y en consecuencia mantener el servicio Revisión Técnica Vehicular y matriculación en nuestro cantón, y así impedir que la ciudadanía del Cantón Quinsaloma tenga que migrar a cantones o ciudades hermanas por este servicio.
OBJETO
La presente convocatoria pública tiene como objeto escoger al oferente que presente la oferta más conveniente, en el marco del concurso público para selección de oferente a quien se delegara el servicio público de revisión técnica vehicular y matriculación del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma, el mismo que se encargará de realizar la ejecución con recursos propios y bajo su propio riesgo, de DISEÑO, FINANCIAMIENTO, CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL CENTRO DE REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR RTV Y MATRICULACIÓN DEL CANTÓN QIUINSALOMA, POR UN PLAZO DE 12 AÑOS.
CONCURSO PÚBLICO
“CONCESION: DELEGACION A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV”
El presente concurso de Delegación está regulado por el presente pliego y el posterior Contrato, el operador privado que resulte adjudicado, será responsable de la gestión integral y completa del Centro de Revisión Técnica Vehicular y Matriculación. A partir de la firma del contrato de concesión, el concesionario asumirá la operación, administración y demás responsabilidades patronales, ejecutivas, que demanden el actual servicio de revisión ocular y matriculación vehicular. Al término del Contrato, se revertirán a la entidad contratante la totalidad de las obras e instalaciones que componen los sistemas desarrollados, con todas sus dependencias y servicios accesorios, debiendo el Operador o Concesionario, entregarlas en buen estado de conservación, de manera que puedan seguir cumpliendo la finalidad de la presente selección y consecuente contratación.
OBJETIVO GENERAL
Seleccionar y contratar al oferente que cumpla con las condiciones técnicas exigidas para el DISEÑO, FINANCIAMIENTO, CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, DEL CENTRO DE REVISIÓN DE TRANSITO
VEHICULAR DEL CANTÓN QUINSALOMA y cuya oferta económica de participación sea la más conveniente para los intereses del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Quinsaloma.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Los objetivos del Centro de Revisión de Tránsito Vehicular del cantón Quinsaloma son:
• Dotar a la ciudad de Quinsaloma y al Cantón de un moderno y equipado Centro de Revisión de Tránsito Vehicular que concentre la demanda de viajes de pasa- jeros y equipaje.
• Descongestionar el tránsito de vehículos pesados de las vías y calles de la ciu- dad, así como evitar que se afecte el medio ambiente con los ruidos y gases tóxicos que emanan los automotores.
• Concentrar a todos los automotores que prestan servicios interprovinciales, Inter cantonales e Inter parroquiales en este lugar.
• Ordenar y modernizar el servicio de transporte Público en la ciudad xx Xxxx- saloma
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• Proporcionar una infraestructura adecuada a través de equipos instalaciones y servicios en condiciones de perfecto funcionamiento que aseguren el orden e integridad de los pasajeros.
ALCANCE
Los servicios de DISEÑO, FINANCIAMIENTO, CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, DEL CENTRO DE REVISIÓN DE TRÁNSITO
VEHICULAR DEL CANTÓN QUINSALOMA, se realizarán en la ciudad de Quinsaloma y por el plazo de 12 (doce) años.
La ejecución del objeto de la concesión comprenderá, fundamentalmente, las siguientes actividades:
⮚ Elaboración de los diseños definitivos e ingeniería de de- talles para la construcción del Centro de Revisión xx Xxxx- sito Vehicular del Cantón Quinsaloma.
⮚ Financiamiento del objeto de la concesión.
⮚ Construcción y Equipamiento del Centro de Revisión de Tránsito Vehicular del Cantón Quinsaloma.
⮚ Mantenimiento y Operación del Centro de Revisión de Tránsito Vehicular del Cantón Quinsaloma.
⮚ Transferencia del Centro de Revisión de Tránsito Vehicu- lar a favor de la Municipalidad tan pronto haya finalizado la respectiva concesión.
SERVICIOS A PRESTAR POR EL DELEGADO
Los servicios a prestar por el delegado, comprende el conjunto de actividades asumidas y prestadas por este en las condiciones establecidas para el efecto:
Servicio de Revisión Técnico Vehicular y matriculación periódica en el Cantón Quinsaloma y demás servicios que están estipulados en la RESOLUCIÓN No. 019-DIR- 2019-ANT o en la norma que emita el ente rector nacional, excepto los permisos de operaciones de las compañías públicas locales del cantón Quinsaloma.
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PLAZOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Se ha establecido como plazo para la prestación del servicio es de doce (12) años, contados a partir de la fecha de funcionamiento oficial del CRTV Y MATRICULACION y matriculación.
En cualquier caso, sea cual fuere la duración del contrato, los equipos mecánicos y electrónicos y las instalaciones e infraestructura en caso de que la figura sea de compra de terreno, vencido el plazo, pasarán a ser de propiedad plena del GADM del Cantón Quinsaloma para que ésta los administre o delegue a terceros.
PLAZOS PARA LA INVERSIÓN
Para la inversión, se ha considerado por parte de la Unidad Municipal de Movilidad, las siguientes etapas: Diseño, construcción, equipamiento y pruebas.
La ejecución de las etapas de la Inversión Privada empezará desde la fecha de la firma del contrato de delegación y entrega del terreno en comodato a favor del oferente adjudicado y finalizarán con las pruebas de funcionamiento previstas, así como la evaluación y certificación de la planta por parte de la ANT, de acuerdo al Cronograma de Implementación presentado.
CONDICIONES ESPECIALES DE LA REINVERSIÓN CONTRACTUAL
En el tercer (3er) año de funcionamiento del CRTV y matriculación el delegado seleccionado deberá reinvertir obligatoriamente un mínimo adicional, equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de la inversión inicial.
A partir del cumplimiento xxx xxxxxxx (7mo.) año de funcionamiento y operación el xxxxxxx reinvertirá obligatoriamente un mínimo adicional, equivalente al nueve por ciento (9%) del valor de la inversión inicial, de este valor al menos el 80% comprenderá mejoras tecnológicas, actualización de líneas de revisión o construcción de nuevas líneas, capacitación, no se debe considerar dentro de esto al mantenimiento regular de los equipos; y el 20% corresponderá al mejoramiento general del centro y su entorno.
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CANTIDAD DE REVISIONES VEHÍCULOS ESTIMADOS
Para efectos de determinar la cantidad de revisiones técnicas vehiculares anuales el oferente debe considerar los datos del parque automotor matriculado durante los últimos períodos.
El oferente, considerara el número de unidades que integran el parque automotor de los cantones vecinos o los que a bien considere proyectar el otorgamiento del servicio a usuarios de dichos cantones, sin que esto implique que el GADM del Cantón Quinsaloma esté obligado a cumplir con algún compromiso de exigencia ante estos cantones por no ser una autoridad regional ni nacional, pero sí tendrá el compromiso para gestionar y firmar convenios con los GADs que lo requieran y se preste el servicio a través del Centro de RTV y matriculación de Quinsaloma. A fin de que el proyecto sea sostenible, se deja la opción de que el mismo delegado sea quien haga la gestión con otros cantones para prestar el servicio, a lo cual el GADM del cantón Quinsaloma no realizará ningún tipo de objeción.
El GADM de Quinsaloma, no garantiza al delegado la rentabilidad del proyecto objeto del presente concurso, toda vez que este dependerá de su gestión, dentro del marco de la gestión administrativa y acorde a la metodología y planificación del delegado, según la oferta presentada.
El Operador Privado tendrá derecho, a incluir en su porcentaje de ingresos ofertado y en porcentaje de ingresos para el GADM de Quinsaloma, todos los servicios que establece la RESOLUCIÓN No. 019-DIR-2019-ANT de fecha 00 xx xxxx xx 0000, x xx xxxxxxxxx que esté vigente a la fecha de operación durante los doce años de contrato, excepto los permisos de operaciones de las compañías públicas locales de Quinsaloma.
INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD.
EL OFERENTE PODRÁ CONTAR CON LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
⮚ Resolución que autoriza los pliegos para el concurso público.
⮚ Pliegos del concurso público.
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PRODUCTOS Y SERVICIOS ESPERADOS
El Operador Privado o delegado contratado tendrá la obligación de realizar la ejecución con recursos propios y bajo su propio riesgo, el DISEÑO, CONSTRUCCIÓN DE OBRA CIVIL, SUMINISTRO Y MONTAJE DE EQUIPAMIENTO TÉCNICO, INFORMÁTICO, MECATRÓNICO Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO, OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL NUEVO CENTRO DE REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR (CRTV) Y MATRICULACIÓN DEL CANTÓN QUINSALOMA POR 12 AÑOS.
De acuerdo a los siguientes lineamientos:
El GADM del cantón Quinsaloma deberá entregar en comodato sin costo al Operador Privado o delegado, el terreno o la infraestructura que dispone para la implementación del Centro de Revisión Técnica Vehicular y matriculación, el mismo que dispondrá de acceso a los servicios básicos, además de prestar las condiciones adecuadas para la construcción.
El Centro de Revisión Técnica Vehicular que sea implementado deberá disponer de al menos los siguientes equipos de inspección según norma técnica NTE INEN 2349:
⮚ Banco de pruebas para deriva dinámica.
⮚ Banco de pruebas para suspensiones.
⮚ Banco de pruebas para frenos
⮚ Dispositivo automático de pesaje del vehículo.
⮚ Detector de profundidad xx xxxxxxx de neumáticos. (profundimetro)
⮚ Luxómetro con regloscopio autoalineante de eje vertical y horizontal
⮚ Banco detector de holguras.
⮚ Analizador de gases.
⮚ Opacímetro de flujo parcial.
⮚ Sonómetro integral ponderado
⮚ Velocímetro, tacógrafo, cuenta kilómetros, para la revisión de taxis (en caso de ser requerido).
Deberá prestar el servicio a todo tipo de vehículos que deben ser matriculados según la Ley, los que se pueden calificar en:
⮚ Vehículos menores o motos: Pertenecen a este grupo los definidos dentro de la categoría L.
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⮚ Vehículos livianos: Corresponden las categorías X0, X0, X0, X0, X0 con peso bruto vehicular de hasta 3,5 toneladas.
⮚ Vehículos pesados: Corresponden las categorías X0, X0, X0, X0, O2 y O4.
Las categorías se definen en la tabla siguiente:
CATEGORÍA | DESCRIPCIÓN |
L | Vehículos motorizados con dos, tres o cuatro ruedas hasta cuadrón o cuadriciclo. |
M | Vehículos motorizados de cuatro o más diseñados y construidos para el transporte de pasajeros. |
M1 | Vehículos motorizados con capacidad no mayor a ocho plazas, sin contar el asiento del conductor. |
M2 | Vehículos motorizados con capacidad no mayor a ocho plazas, sin contar el asiento del conductor y cuyo PBV no supere los 5000 kg. |
M3 | Vehículos motorizados con más de ocho plazas, además del asiento del conductor y cuyo PBV sea superior a los 5000 kg. |
N | Vehículos motorizados de cuatro ruedas o más diseñados y construidos para el transporte de mercancías. |
N1 | Vehículos motorizados cuyo PBV no exceda de 3500 kg. |
N2 | Vehículos motorizados cuyo PBV sea mayor a 3500 kg. y no supere los 12000 kg. |
N3 | Vehículos motorizados cuyo PBV sea superior a 12000 kg. |
O | Vehículos no motorizados diseñados para ser remolcados por un vehículo de motor. |
A todos los vehículos que se encuentran registrados como
⮚ Público
⮚ Comercial
⮚ Cuenta propia
⮚ Particular
Las Líneas de Revisión Técnica Vehicular, deben regirse bajo parámetros de revisión y los límites o umbrales a cumplir, de conformidad al manual de revisión técnica vehicular, y evaluarán los aspectos definidos como:
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⮚ Elementos de seguridad activa. –
Se entiende todas aquellas propiedades, elementos y dispositivos que ayudan al conductor a maniobrar el vehículo y circular de la manera más segura posible. Básicamente, forman el conjunto todas las soluciones que garantizan un frenado estable y potente, una buena recuperación, y un comportamiento de marcha previsible mediante una buena adaptación del tren de rodaje que permita superar sin preocuparse las situaciones más críticas.
⮚ Elementos de seguridad pasiva. –
Es el conjunto de características y dispositivos que interactúan para reducir o evitar las consecuencias de un choque sobre los ocupantes del vehículo.
ESPECIFICACIONES DEL CENTRO DE REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR.
Tipos y Número de líneas de Revisión Técnica Vehicular.
De acuerdo a las necesidades del parque automotor del Cantón Quinsaloma, se ha definido la necesidad de disponer de las líneas mínimas para revisión técnica detalladas a continuación:
CANTIDAD DE LÍNEAS DE REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR CANTÓN QUINSALOMA
TIPO DE LINEA RTV | MOTOCICLETAS | Mixta o Universal (Para livianos y pesados) | Estructura de Línea |
CANTIDAD | 1(*) | 1 | FIJO |
(*) La Línea de revisión para motos puede ser implementada como parte de la línea universal siempre que se ajuste y permita realizar las mediciones de acuerdo a la normativa técnica definida.
Los equipos para la revisión de aspectos de seguridad deberán respetar los criterios descritos en la norma INEN 2349.
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Para los equipos referentes a emisiones, se deben respetar las normas INEN 2202 (opacímetros, equivalente a ISO 11614) e INEN 2203 (analizadores de gases, equivalente a BAR 90).
Los equipos deberán cumplir con las especificaciones técnicas en base a las Recomendaciones Internacionales de la OIML: X 00, X 00 x X 00.
Xx xxxxxx de error de precisión de los equipos, está descrito en las características de la norma NTE INEN 2349:2003, que debe ser refrendado por los catálogos correspondientes, así como las certificaciones que cada uno de ellos cumpla debe ser avalada o emitida por un organismo acreditado en el país de origen de los equipos.
La empresa fabricante y proveedora de estos equipos deberá estar certificada bajo la serie ISO 9001, para lo cual se adjuntará a la oferta el certificado de acreditación ISO 9001 del fabricante vigente.
Los procesos productivos de las empresas fabricantes de los equipos a ser utilizados en el Centro de Revisión Técnica Vehicular, deberán también estar certificados bajo la norma ISO 9001:2015 u otra que la reemplace, lo que se demostrará mediante copias certificadas u originales de los documentos otorgados por la entidad verificadora correspondiente. (Se entienden por normas similares aquellas normas de calidad consideradas como equivalentes a las ISO en el país de origen de los equipos).
En el caso de los equipos que cuenten con certificaciones de homologación, estas deberán ser otorgadas por las entidades acreditadas y reconocidas en su país de origen.
El oferente deberá garantizar tener todos los equipos mecánico y electrónico perfectamente integrados bajo un mismo entorno de manejo, medición y comunicación.
Requerimientos mínimos de la infraestructura.
El Operador Privado será responsable de obtener todos los permisos requeridos para realizar la construcción según se establece en la ley y ordenanzas locales, para lo cual contará con la predisposición del Cantón Quinsaloma.
En el plazo no mayor a 20 días después de la firma del contrato, el adjudicatario deberá presentar diseños arquitectónicos estandarizados del centro de Revisión Técnica Vehicular y matriculación, para la autorización de la máxima autoridad o su delegado; en caso de que la máxima autoridad o su delegado soliciten cambios o ampliaciones a
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los diseños arquitectónicos, los mismos deberán ser presentados nuevamente con los cambios solicitados a la máxima autoridad o su delegado para aprobación en un plazo máximo de 3 días laborables.
El Operador Privado podrá utilizar la técnica de construcción de su conveniencia siempre garantizando la calidad de la misma y que disponga de al menos los siguientes aspectos definidos en la normativa de la ANT:
Área de revisión cerrada y cubierta
⮚ La altura libre de ingreso y salida del área de revisión será superior o igual a 5 metros.
⮚ El ancho mínimo de una línea de revisión será de 4.5 metros para vehículos pesados y 4 metros para vehículos livianos.
⮚ El largo mínimo de una línea de revisión debe ser 25 metros tanto para vehículos pesados como livianos
⮚ La o las líneas de revisión, dispondrán de fosas para detección de holguras, de- bidamente ventiladas e iluminadas. Las fosas serán de una profundidad mínima 1,70 m., la anchura puede variar entre 0,80 m a 1 m. y dispondrán como mínimo de una escalera de acceso en los extremos o en su parte lateral, este acceso puede ser también subterráneo. Los bordes de las fosas deben estar pintadas o delimitados de tal manera que puedan ser identificados para evitar caídas del personal al interior de las fosas. La superficie de la base y los accesos a la fosa deben ser de material antideslizante.
⮚ El Centro RTV y matriculación deberá contar con sistemas adecuados xx xxxx- lización, iluminación, ventilación, aireación y acústico, a fin de permitir que las actividades de revisión vehicular se desarrollen en las mejores condiciones de ambientación.
⮚ El Centro estará dotado de los servicios de energía eléctrica, agua potable, sis- tema contra incendios.
⮚ El Centro dispondrá de zonas de estacionamiento y vías de ingreso y salida que permitan un flujo ordenado de vehículos y de usuarios en general.
⮚ Las instalaciones dispondrán de áreas verdes, baterías sanitarias, guardianía, área de inspectores y personal de planta, zona de recepción y entrega de docu- mentos y una sala de espera para los usuarios. La sala de espera contará con visibilidad del área de revisión de manera directa o a través de circuito integrado de cámaras.
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⮚ El Centro de RTV y matriculación estará ubicado en un terreno con una superficie y ubicación que garantice el nivel de satisfacción del usuario en la prestación del servicio de Revisión Técnica vehicular y matriculación. Las dimensiones y otras características específicas las definirá el oferente y será aprobado por el GADM del Cantón Quinsaloma.
Equipamiento tecnológico local.
Se define como “Infraestructura tecnológica local” como un conjunto de equipos de procesamiento de datos y equipos de comunicación ubicados en un solo lugar con las seguridades del caso.
⮚ Este centro de datos deberá contar con todo el equipamiento necesario para realizar la gestión integral del CRTV Y MATRICULACION, es decir, deberá tener la capacidad de manejar eficiente y efectivamente todas las transacciones loca- les generadas en las líneas de revisión técnica vehicular.
⮚ Deberá contar con un sistema informático de seguridad perimetral. ¿
⮚ Deberá contar con dos enlaces de datos dedicados uno como principal y uno como secundario.
⮚ Deberá contar con sistemas de respaldo de energía eléctrica que garantice una autonomía de por lo menos 2 horas de trabajo continuo, este sistema deberá encenderse inmediatamente y funcionar hasta que el generador eléctrico del CRTV Y MATRICULACION pueda proveer nuevamente energía hasta que la red general de suministro eléctrico se restablezca.
Equipos informáticos mínimos.
Deberá contar con equipos informáticos en todas las áreas de atención al cliente y de procesamiento de datos, así como para la transmisión de la información.
Sistema de video vigilancia.
⮚ El oferente deberá presentar para validación de la máxima autoridad al mismo tiempo que presente los diseños arquitectónicos, un plano de ubicación de las cámaras con una ilustración clara de cobertura (línea de visión) de cada una de las cámaras. La solución deberá contar con periféricos necesarios para la visua- lización local y externa de la imagen de cámaras y de grabación.
⮚ La solución de almacenamiento deberá contar con la capacidad necesaria para cumplir como mínimo con las siguientes necesidades:
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⮚ Almacenamiento de la operación completa por un periodo no inferior a 30 días, con un equipo mínimo de 4 TB
Visualización local Full HD.
⮚ Acceso de usuario multinivel con control por clave para un usuario ➢ Respaldo: manual / automatizado.
⮚ Software de administración centralizado.
⮚ Se deberán ubicar cámaras de video que cubran todas las áreas donde exista atención al cliente tanto en el interior de las oficinas como en el exterior de las mismas, así como en el área de espera.
⮚ Se deberán ubicar cámaras de video para las áreas exteriores que permitan ve- rificar el flujo de ingreso y salida de vehículos del CRTV Y MATRICULACION; además de que ubicarlas de manera que se pueda visibilizar los alrededores e ingresos al CRTV Y MATRICULACION.
Plataforma informática.
El Operador Privado deberá considerar dentro de su oferta la implementación de sistemas informáticos relativos a la conectividad. A continuación, se encontrará una descripción de los sistemas informáticos que deberá implementar: Este aspecto es de carácter imperativo, debido a que la adecuada configuración del sistema de manejo de la información, es de vital importancia para que el CRTV Y MATRICULACION pueda ser operado con eficiencia.
Configuración Básica: El equipo de verificación vehicular del CRTV y matriculación, con el que se realizarán las tareas de revisión, incluirá adicionalmente los siguientes elementos:
⮚ 1. Un Servidor que soporte virtualización, que contenga las siguientes ca- racterísticas, para que coexistan los servicios requeridos por el sistema de veri- ficación en las Líneas de Revisión y el Sistema Evaluador de la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. Para lo cual debe contar con un servicio de enlaces de datos redundante (principal y back up) de mínimo 2 Mbps, del CRTV Y MATRICULACION al Centro de Procesamiento del GADM.
Capacidad para ejecutar y soportar todos los programas involucrados en el proceso de revisión vehicular incluso los que se utilizan exclusivamente en las líneas de verificación. Las computadoras de las líneas estarán en posibilidad de bajar sus programas del servidor cada vez que se reinicia el equipo, los mismos que únicamente serán aplicaciones de bases de datos, que permitan el ingreso de la información o su
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recuperación total, pero en ningún caso su modificación. El servidor central permitirá mantener en disco duro los índices asociados con las consultas requeridas por los fiscalizadores y por los directivos del CRTV y matriculación. El servidor tendrá la capacidad de generar archivos de respaldo.
Uno o varios servidores de impresión a color centralizada. Con capacidad de administrar al menos 2 impresoras con colas de impresión independientes, con capacidad de consulta respecto a la correcta o incorrecta impresión de la información enviada y posibilidad de reenvío de datos. Cada cola de impresión estará bajo el control del software central.
2. La comunicación en red. Esta máquina tendrá suficiente espacio en disco duro como para mantener un respaldo de todos los archivos de datos que residen en el servidor de la red. Este servidor funcionará las 24 horas del día y permitirá el ingreso únicamente a personas autorizadas, mediante claves de acceso, hasta los archivos de datos en formato de hoja electrónica y de base de datos, funcio- nando a su vez como servidor FTP. Esta característica permitirá a las personas autorizadas, obtener información completa y actualizada sobre las verificaciones realizadas. Dichos programas deben residir en directorios diferentes a los de ve- rificación.
3. Uno o varios sistemas de control en línea de tiempo real para cada una de las líneas de revisión técnica vehicular. El equipo centralizado permitirá la operación simultánea de todas las líneas de verificación instaladas en el centro, a su capa- cidad máxima, sin sufrir deterioro en su comportamiento o pérdida de datos. Cada línea de verificación dispondrá de dos estaciones de trabajo (una de in- greso de los datos del vehículo y otra para la digitación de los resultados de la inspección visual), con capacidad de ingreso de datos, pero no de modificación de los mismos. El sistema permitirá al operador verificar y corregir la veracidad de los datos ingresados, pero una vez que se digite la opción de ingreso de los mismos, no se podrán alterar de forma alguna. La operación de borrado o alte- ración de registros se podrá realizar únicamente desde el servidor central y re- querirá del ingreso de claves de seguridad personalizadas, de tal forma que cada eliminación o modificación generará un registro de seguridad imborrable e inal- terable, con el nombre de la persona que realizó la tarea y la hora a la que lo hizo. Esta opción no se podrá aplicar desde un computador remoto.
4. Las estaciones de trabajo contarán con mínimo un monitor con una resolución de al menos 1024x768 dpi, de mínimo 14 pulgadas de medida diagonal y color de 64 bits, un teclado expandido en español, compatible con Windows y un mouse. Estos equipos serán resistentes, diseñados para trabajo continuo en
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condiciones ambientales adversas, con protección para líquidos, grasas e hidro- carburos.
5.
CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS DE LAS ESTACIONES DE TRABAJO
⮚ SISTEMA OPERATIVO WINDOWS 10 64 BITS
⮚ PROCESADOR INTEL CORE I5-9400 (6C / 6T, 2.9 / 4.1GHZ, 9MB) NOVENA GENERACION
⮚ GRÁFICOS 1X INTEL UHD INTEGRADO GRÁFICOS 630
⮚ CHIPSET INTEL B365
⮚ MEMORIA 8GB + 8GB DIMM DDR4-2666
⮚ ALMACENAMIENTO 256GB SSD M.2 2280 PCIE NVME OPAL2 + 1TB HDD 7200RPM 3.5 "
⮚ DVD RW ÓPTICO DE 9.0MM
⮚ ETHERNET INTEGRADO 100 / 1000M
⮚ LECTOR DE MEDIOS LECTOR DE TARJETAS 7 EN 1 - WLAN+BLUETOOTH 11AC, 1X1 + BT4.0
⮚ MONITOR LCD/LED DE 17” CON RESOLUCION 1024X768 dpi
DISEÑO MODULAR DEL SOFTWARE:
El diseño del software será modular para permitir un fácil intercambio entre los componentes físicos del sistema.
Existirá una librería perfectamente definida de objetos y variables a través de las cuales se permita toda clase de interacción entre los diferentes módulos y el servidor central.
Todos los módulos incorporarán protocolos de autodiagnóstico y calibración de los equipos, así como los registros de pruebas, calibración, errores en la operación y fallas. Tendrán también, dispositivos de seguridad que impidan la operación de equipos no calibrados o en mantenimiento.
EL SOFTWARE UTILIZADO EN EL SISTEMA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR CONSTARÁ DE LOS SIGUIENTES MÓDULOS, COMO MÍNIMO:
Módulos de Control de Procesos para:
⮚ Banco de prueba de frenos.
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⮚ Banco de prueba de suspensiones (en el caso que corresponda).
⮚ Banco de pesaje del vehículo.
⮚ Sensor de deriva dinámica.
⮚ Instrumentos de medición de gases (tanto del banco óptico para HC, CO y CO2 como de los sensores de O2 y de NOx).
⮚ Sensor de velocidad del motor (en términos de revoluciones por minuto).
⮚ Sistemas de seguridad.
⮚ El software permitirá incorporar inmediatamente este módulo en cuanto sea re- querido.
Módulos de Interface Humana para:
⮚ La obtención de datos del vehículo a verificar, de su propietario, de su prueba anterior de verificación y un Kárdex con el registro histórico de las verificaciones practicadas al vehículo y el resultado de las mismas.
⮚ La interacción requerida con el conductor del vehículo, en el trayecto de la prueba.
⮚ La interacción requerida con el técnico de verificación durante la prueba.
⮚ La interacción requerida con el personal operativo que maneja la impresión cen- tralizada.
⮚ La interacción requerida con el personal directivo/administrativo del centro de verificación.
⮚ La interacción requerida con los fiscalizadores y auditores.
Módulos de administración de Información para:
⮚ La obtención de datos en la línea de verificación de diversas bases de datos y tablas de referencia.
⮚ El envío de datos de la línea a diversas bases de datos centralizadas. ➢ La administración de las bases de datos centralizadas.
⮚ Módulos de Transmisión Electrónica para:
⮚ Integrar el LAN del centro de verificación a una WAN y a una Intranet.
⮚ Generar un sitio web HTTP de acceso público a través de Internet, con informa- ción como horarios, reservas, costos, tiempos, estadísticas generales, informa- ción de la empresa, etc.
⮚ Generar un servidor FTP o similar de acceso exclusivo para los administradores del centro, conteniendo los archivos de base de datos unificados de los registros de las revisiones diarias del centro, ordenados según los campos definidos por la autoridad.
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⮚ Resistencia a la alteración: El sistema deberá estar diseñado y construido para asegurar que solo el personal autorizado, pueda tener acceso a las áreas res- tringidas del equipo. El sistema de control de acceso prohibirá a los técnicos y operadores de los equipos, crear o cambiar cualquier resultado de las pruebas, programas de verificación o datos de los archivos contenidos en los equipos. No permitirá la introducción de cualquier dato al sistema que no sea proveniente de un elemento del sistema certificado; específicamente, no podrá haber ninguna posibilidad de conectar una computadora u otra clase de dispositivos como pen- drive, disco duro externo, etc., a la LAN para introducir o modificar datos relacio- nados con la verificación de vehículos o impresión de certificados. No permitirá a los técnicos y operadores de los equipos, realizar cualquier modificación a las especificaciones del equipo y de sus conexiones.
⮚ El Software propietario del Operador Privado generará la información xxxxxxx- dada de los dispositivos que conforman la línea de revisión vehicular hacia un repositorio del servidor local del CRTV Y MATRICULACION.
Módulo de auditoría:
⮚ El software registrará los eventos de cambio, creación, eliminación de Datos del Sistema y los almacenará en un histórico de estos eventos.
⮚ El software permitirá generar pistas de auditoría sobre los cambios, creación, eliminación de datos, que permitan garantizar la trazabilidad de las operaciones de datos.
⮚ Módulo de Reportes:
⮚ El software deberá permitir a los usuarios autorizados por el CRTV Y MATRICU- LACION generar reportes basados en los campos de las tablas de Base de Da- tos, los reportes mínimos a entregar son los siguientes: Reporte de cantidad y/o tipo de vehículos atendido por línea por periodo (periodo configurable, hora, día, mes, año) , Reporte de cantidad y/o tipo de vehículos atendido por CRTV Y MA- TRICULACION por periodo (periodo configurable, hora, día, mes, año), Reporte por tipo de defecto encontrado por línea por periodo (periodo configurable, hora, día, mes, año), Reporte por tipo de defecto encontrado por CRTV Y MATRICU- LACION por periodo (periodo configurable, hora, día, mes, año), Reporte de me- dia y/o promedio de tiempo de espera de usuario, Reporte de tiempo de espera de usuario específico (por placa), Reporte de equipos en mantenimiento, Re- porte xx xxxxxx en los equipos del CRTV Y MATRICULACION (cantidad de veces, tiempo que ha pasado dañado).
⮚ El sistema deberá permitir a los usuarios autorizados por el CRTV Y MATRICU- LACION observar estadísticas en tiempo real de la operación de una y/o todas las líneas de revisión.
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⮚ El sistema deberá permitir a los usuarios autorizados por el CRTV Y MATRICU- LACION observar estadísticas en tiempo real de la operación.
Centro de procesamiento y almacenamiento de datos.
⮚ Los costos de operación y mantenimiento del centro de procesamiento y alma- cenamiento de datos serán asumidos en su totalidad por el Operador Privado.
⮚ Los equipos del centro de procesamiento y almacenamiento de datos podrán estar implementados dentro de un Centro de Datos construidos para este efecto a su costo por el operador privado o podrán estar instalados en modalidad de “housing” en un Centro de Datos alquilado para este efecto o incluso mediante virtualización WEB.
⮚ Personal de la Unidad Municipal de Transporte Terrestre, Transito y Seguridad Vial del GAD Municipal de Quinsaloma o delegados de la máxima autoridad, todos con su respectivo nivel de autorización aprobado, podrán inspeccionar el lugar donde se encuentre instalado este “Centro de procesamiento y almacena- miento de datos” previa coordinación con el CRTV y matriculación.
⮚ El Operador Privado deberá garantizar el óptimo funcionamiento del centro de procesamiento y almacenamiento de datos según los esquemas lógico-funcio- nales exigidos en este documento.
Proceso de la revisión técnica vehicular.
De conformidad a lo que establece el artículo 52 de la Resolución No. 025-DIR-2015- ANT.DIR.2019, se define a la Revisión Técnica Vehicular como el conjunto de pruebas no invasivas, encaminadas a determinar las condiciones mínimas de seguridad que deben cumplir los vehículos previa a su matriculación y posterior circulación en las vías del territorio ecuatoriano, y comprenderá:
⮚ Inspección visual del vehículo
⮚ Revisión mecatrónica de seguridad
⮚ Control de la emisión de gases contaminantes
⮚ Revisión de parámetros específicos de acuerdo a la modalidad de transporte o servicio que preste el vehículo, según las Resoluciones vigentes, emitidas por la ANT y/o el Servicio Ecuatoriano de Normalización – INEN.
⮚ El Operador Privado deberá implementar en el centro los adecuados niveles de seguridad y los medios electrónicos de transmisión de información que impidan la visualización, alteración o manipulación de los resultados de las revisiones efectuados a los vehículos automotores y unidades de carga.
⮚ Además, se debe garantizar que todas las pruebas de revisión sean automáti- cas, computarizadas e integradas por el equipo mecatrónico, y los resultados
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deben ser procesados de manera instantánea por una central computarizada, con excepción de la inspección visual y detección de holguras.
⮚ Los resultados de la inspección visual y de holguras, así como la identificación del vehículo serán registrados electrónicamente a través de terminales de computadora que se encuentren disponibles en la o las líneas de revisión.
⮚ Los resultados de la revisión no deben ser conocidos por el propietario del vehículo ni por el personal de los centros de revisión técnica vehicular hasta cuando finalice la revisión integral y se genere el reporte de resultados.
⮚ El Operador Privado deberá verificar, previo a realizar la revisión técnica vehicu- lar y entrega del adhesivo de revisado, que el vehículo haya cancelado los valo- res por pagos de tasas, impuestos y multas de tránsito, y que no tenga ningún impedimento legal de circulación.
Proceso de calificación de la revisión técnica vehicular.
Se deberá regir a lo establecido en el capítulo XIV de la Resolución No. 025-DIR-2015- ANT.DIR.2019, en donde se establece las condiciones para la no aprobación de la revisión técnica vehicular.
El Operador Privado será el responsable de entregar los certificados de revisión, matriculación y autoadhesivos, cuyo uso será fiscalizado y reportado de acuerdo a lo que establezca la GADM del Cantón Quinsaloma.
La certificación de la RTV incluye los siguientes documentos:
Certificado de Revisión.
Es el documento que demuestra que un vehículo realizó la revisión técnica vehicular completa. Su resultado será el de APROBACIÓN, CONDICIONAL O RECHAZO y contendrá los reportes de resultados en el caso de CONDICIONAL. En el caso de APROBADO, le permitirá la obtención inmediata de la matrícula o permiso de circulación, requisitos indispensables para la circulación en el cantón Quinsaloma.
Este documento será impreso automáticamente por el sistema informático implementado a partir de los resultados obtenidos de los equipos mecatrónicos, en papel preimpreso y será firmado por el director técnico o afín. Los certificados deberán disponer de varios elementos de seguridad que evite una posible falsificación.
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Adhesivo de Revisión.
⮚ El adhesivo será adherido por el personal del centro y se colocará en un sitio visible del parabrisas delantero de los vehículos, en el caso de las motocicletas y similares se colocará en el costado izquierdo del tanque de combustible o en un sitio que sea visible para el control operativo; en el caso de las unidades de carga se deberá colocar en la parte lateral izquierda que sea visible para el con- trol.
⮚ El adhesivo será colocado cuando el vehículo haya aprobado la revisión técnica vehicular. En ningún caso le será entregado sin adherir en el vehículo.
⮚ El adhesivo deberá cumplir con el formato definido por la ANT y contará con un número secuencial único.
⮚ El adhesivo tendrá varios niveles de seguridad, de auto – destructibilidad en caso de que se intente separarlo del parabrisas. Las especificaciones de seguridad y alta seguridad serán provistas por el Operador Privado
⮚ Los adhesivos serán provistos por el Operador Privado, y su costo se sujetará a lo establecido por la ANT y serán recaudados junto con la tasa por revisión.
⮚ El Operador Privado será responsable del correcto uso de los adhesivos, para lo cual deberá implementar una plataforma tecnológica de control que permita la gestión eficiente de los adhesivos utilizados.
⮚ La presentación del certificado de revisión y del adhesivo de aprobación es de carácter obligatorio para todos los vehículos que circulen en el territorio del Can- tón Quinsaloma, en base a lo previsto en la “ORDENANZA QUE REGULA LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE REVISION TECNICA VEHICULAR (RTV) Y MATRICULACION EN EL CANTON QUINSALOMA Y QUE AUTORIZA SU DELEGACIÓN A LA INICIATIVA PRIVADA
Personal técnico/equipo de trabajo/recursos
⮚ El Operador Privado deberá garantizar que el CRTV Y MATRICULACION cuente con un Director o Gerente General del CRTV Y MATRICULACION.
⮚ El Operador Privado antes de iniciar la operación, deberá entregar el Currículum Vitae del Director o Gerente General del CRTV Y MATRICULACION quiénes deberán tener título de tercer nivel o superior.
⮚ El Director o Gerente General del CRTV Y MATRICULACION deberán estar ca- pacitado para poder solucionar cualquier inconveniente que surja dentro de la operación normal del CRTV Y MATRICULACION.
⮚ El Operador Privado deberá garantizar que antes del inicio de operaciones del CRTV Y MATRICULACION el personal que laborará en los mismos se encuentre completamente capacitado según el perfil del cargo.
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⮚ Además, el Operador Privado deberá presentar los cronogramas de capacitación respectivos que evidencie que el personal a ser contratado tendrá la capacidad técnica para ejercer su cargo dentro del CRTV Y MATRICULACIÓN.
⮚ Los cursos que, al menos, se deberán dictar serán los siguientes, según los di- ferentes perfiles del personal:
⮚ Curso de Mantenimiento básico-preventivo de equipos.
⮚ Curso de Operación de equipos.
⮚ Curso de operación de software del centro.
⮚ Curso de aprendizaje del instructivo de revisión técnico vehicular.
⮚ Curso verificación del VIN (Número de identificación vehicular)
⮚ Curso sobre las normas INEN de vehículos de transporte público, comer- cial y particular.
Se debe entender que los cursos se deberán dictar dependiendo del cargo a desempeñar cada trabajador dentro de sus áreas de competencia.
El Operador Privado deberá presentar para validación de la máxima autoridad o su delegado, en el mes de Diciembre de cada año mientras dure el contrato, un plan de capacitación anual para el siguiente año, este plan de capacitación deberá contener actualización de conocimientos según el perfil del cargo y mejora permanente en procesos y servicio y atención al cliente; dentro de este plan no se debe incluir la capacitación al personal nuevo, ni se debe incluir la capacitación en el uso de maquinaria nueva o actualizaciones de sistemas. En este plan se debe incluir fechas para que se lleven a cabo las capacitaciones.
En caso de adquirir nuevo equipamiento o actualización en la versión de un sistema o software el Operador Privado está obligado a capacitar al personal que tenga alguna interacción con el mismo.
Personal operativo mínimo requerido en el CRTV.
El CRTV y matriculación, requiere tener el siguiente personal mínimo:
⮚ 1, Director o Gerente o encargado del Proyecto del CRTV y matriculación, o quien haga sus veces.
⮚ 1, Jefe o CoordinaforTécnico RTV.
⮚ Mínimo 2 Inspectores de RTV
⮚ 1, Técnico que sea capacitado en la toma de improntas y verificación de la origi- nalidad de series de identificación vehicular, opcional.
⮚ 1, Técnico Informático,
⮚ Mínimo 2 Técnicos Digitador Sistema AXIS.
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PERSONAL ADICIONAL
⮚ Mínimo 1, Asistente de servicios generales.
Mantenimiento General
⮚ El Operador Privado, 90 días después de la firma del contrato, deberá entregar y poner a consideración para la validación de la máxima autoridad o su delegado, un plan integral de mantenimiento preventivo, correctivo y operativo donde se incluya el mantenimiento de los equipos del CRTV y matriculación.
⮚ Todo tipo de mantenimiento correctivo urgente, podrá realizarse en horarios de atención al público, pero se deberán tomar las debidas precauciones para infor- mar al público de que se está llevando a cabo un mantenimiento correctivo ur- gente y se deberá utilizar señalética que anuncie que se debe tomar el cuidado necesario para circular.
⮚ El Operador Privado deberá garantizar con personal capacitado la asistencia in- mediata en caso de que se presenten problemas técnicos en las líneas de revi- sión técnica vehicular. Los mantenimientos preventivos de las Líneas de Revi- sión Técnica Vehicular, deberán constar en el plan integral de mantenimiento. Para cada actuación y equipo se llevará una ficha técnica.
Limpieza
⮚ El Operador Privado será el único responsable del mantenimiento de la lim- pieza dentro del perímetro del CRTV y matriculación; para este efecto se podrá contar con un servicio de limpieza de ser necesario.
⮚ Los baños deberán siempre contar con jabón para manos, toallas de papel y/o secadores de manos eléctricos en buen estado así como papel higiénico en cada uno de los baños donde haya un servicio higiénico.
⮚ El CRTV y matriculación deberá contar con un servicio de limpieza que man- tenga limpias todas las áreas de atención al usuario mientras el CRTV en horarios de atención al público.
⮚ El CRTV y matriculación deberá contar con todas las medidas de bioseguri- dad tanto en sus espacios físicos, como en el personal que integran CRTV y matriculación.
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Orden
Las áreas de atención al usuario y sus componentes como por ejemplo las sillas, mesas de apoyo, letreros, televisores, etc., deberán guardar un orden apropiado y ubicarse de manera uniforme. Las áreas donde se realiza la Revisión Técnica Vehicular, deberán guardar un orden propio, teniendo cuidado especial en herramientas de trabajo, las que deberán contar con un espacio específico.
Seguridad Industrial
El Operador Privado, gestionará y presentará a la brevedad posible un manual de Seguridad Ocupacional debidamente registrado en el Ministerio de Trabajo y deberá proveer sin costo a todo el personal involucrado de todo el equipamiento de protección personal (EPP) necesario para cumplir de una manera segura su trabajo.
Niveles de calidad del servicio prestado
⮚ El GADM del cantón Quinsaloma, implementará un sistema de control de calidad del servicio prestado por el Operador Privado; este sistema podrá ser operado por personal de la misma Unidad y/o por personas naturales o jurí- dicas que sean contratadas para este efecto. Estos sistemas podrán incluir sistemas informáticos para la medición de la calidad de servicio al cliente y otros.
⮚ El Operador Privado deberá permitir el acceso irrestricto a sus instalaciones y equipos a personal debidamente autorizado por El GADM de Quinsaloma siempre y cuando cumplan con las normas de seguridad y bioseguridad es- tablecidas por el Operador Privado para su ingreso.
⮚ Las inspecciones podrán ser llevadas a cabo de manera sorpresiva o pro- gramadas.
⮚ El GADM del Cantón Quinsaloma, medirá constantemente a través de cual- quier medio que considere técnicamente confiable el tiempo de duración del proceso de revisión técnica vehicular tanto en la línea como el tiempo total dentro del CRTV.
⮚ Encuestas y otras mediciones de satisfacción del cliente mientras se realiza el proceso de RTV.
⮚ El GADM del Cantón Quinsaloma, guardará y presentará toda la documen- tación necesaria para garantizar la validez de las encuestas u otras medicio- nes aplicadas.
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⮚ El Operador Privado deberá garantizar el perfecto funcionamiento de todas las herramientas y equipos involucrados en el proceso de RTV. En caso de desperfectos en uno o varios equipos necesarios para hacer el proceso de RTV en horario de atención al usuario, el Operador Privado deberá resolverlo en el menor tiempo posible.
Certificación ISO 9001 y acreditación ISO 17020.
⮚ El Operador Privado tendrá la obligación de obtener el certificado de Calidad ISO 9001:2015 para la operación del servicio de RTV en el plazo máximo de tres años a partir de la puesta en marcha del Centro de revisión.
⮚ El oferente se obliga a llevar adelante los procesos necesarios a fin de que el Centro de Revisión Técnica Vehicular se acredite bajo la norma ISO 17020:2012 para entidades de inspección y de igual modo se certifique bajo la norma establecida por el Ministerio del Ambiente, en un plazo máximo de dos años, posteriores al inicio de operación de la planta.
⮚ De igual forma deberá entregar en un plazo de 360 días del inicio de opera- ciones del CRTV las políticas, planes y procedimientos a los que se obliga el oferente en materia de seguridad y salud ocupacional, así como los planes de capacitación continua del personal.
Planes de contingencia
El oferente deberá presentar un modelo de Plan de Contingencia, que será presentada luego de 120 días después del inicio de operaciones el cual contendrá los siguientes aspectos en forma mínima:
⮚ Descripción de elementos vulnerables del sistema.
⮚ Caracterización y descripción de procesos no redundantes o sin res- paldo.
Descripción de programas de mantenimiento correctivo de emergencia, divididos en:
⮚ Sistemas eléctricos.
⮚ Elementos Electrónicos.
⮚ Elementos Mecánicos.
⮚ Hardware informático.
⮚ Software.
⮚ Sistemas de telecomunicaciones.
⮚ Programas de actuación en casos de:
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⮚ Siniestros.
⮚ Robo.
⮚ Accidentes.
⮚ Fallas de los sistemas.
Definición de mecanismos de gestión de riesgo:
⮚ Sistemas de apoyo.
⮚ Procesos redundantes.
⮚ Equipos de respaldo.
⮚ Modelos logísticos de apoyo.
⮚ Definición de mecanismos de gestión de conflictos ante reclamos de usuarios.
Plazo de ejecución.
La contratación otorgará al Operador Privado el derecho de otorgar el servicio en las condiciones establecidas en el presente pliego, por el plazo de 12 años, el cual comenzará a correr a partir de la suscripción del correspondiente Contrato de Concesión, de acuerdo con las condiciones establecidas en estos Pliegos y posterior Contrato.
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SECCIÓN VI EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
ELEMENTO | CONCEPTO | CRITERIO DE EVALUACIÓN |
Requerimientos mínimos para oferentes | Experiencia del Oferente y/o representante legal o de quien forme parte de la compañía, en calidad de coordinador administrativo, en trabajos inherentes a gestión de tránsito. | Mínimo 01 (un) año |
Personal administrativo/operativo, con título de tercer nivel | Mínimo 2 (dos) | |
Cantidad Mínima de líneas de Revisión Técnicas Vehicular propuestas | Mínimo 2 (dos) líneas | |
Cantidad Mínima de personal técnico. | Mínimo 4 (cuatro) | |
Plazo propuesto para la implantación del servicio de RTV propuesto | Máximo 200 (doscientos) días | |
Garantía de seriedad de oferta | 5,000.00 USD |
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PLAZO PARA REALIZAR LA EVALUACIÓN
El plazo para que el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma evalúe las ofertas presentadas será el que conste en el Calendario del presente proceso de CONCURSO PÚBLICO.
REQUISITOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
REQUISITOS LEGALES
El cumplimiento de todos los requisitos legales, considerado como Integridad de la oferta, no se considera como un factor de calificación y únicamente dará lugar a la no- elegibilidad de los oferentes, Documentos de la Oferta, Sobre1.
Entre aquellas OFERTAS que reúnan los requisitos legales, se evaluarán sus OFERTAS Técnicas, mediante la metodología de cumple, no cumple.
Cada OFERENTE formulará su OFERTA económica en el formulario contenido en el anexo B-2 de los PLIEGOS. Para solucionar las inconsistencias y errores matemáticos que puedan presentarse en el diligenciamiento de ese formato se aplicarán las siguientes reglas:
FACTORES DE PONDERACIÓN
La OFERTA que obtenga el mayor puntaje total, será la ganadora del CONTRATO DE CONCESIÓN.
PROCEDIMIENTOS DE CALIFICACIÓN
Aquellos oferentes que hubieren sido habilitados para presentar su oferta económica, serán calificados bajo los siguientes procedimientos y parámetros. De acuerdo a lo establecido en los presentes pliegos, en el caso de empresas consorciadas, el miembro del Consorcio que pretenda aportarle la experiencia tecnológica deberá integrar el Consorcio como socio mayoritario.
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METODOLOGÍA Y ESQUEMA DE CALIFICACIONES DEL CONCURSO PARA LA SELECCIÓN DEL CONCESIONARIO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN QUINSALOMA
REQUERIMIENTO | CRITERIO | INSTRUMENTO DE COMPROBACIÓN | PUNTOS |
Experiencia del personal | 10 puntos por cada profesional con título de tercer nivel (nacional o internacional) o superior en carreras de Administración de Empresas, Derecho y afines, con experiencia de al menos 1 (un) de año de experiencia en trabajos inherentes a gestión de tránsito. (máximo 10 puntos) | Hoja de vida de los profesionales y contratos de trabajo o compromisos de contrato con la empresa o consorcio detallando su vinculación y participación en la Implementación del proyecto en caso de ser adjudicado. | 10 puntos |
Experiencia del personal | 10 puntos por cada profesional con título de tercer nivel (nacional o internacional) o superior. Con experiencia mínima de 1 año. | Hoja de vida de los profesionales y contratos de trabajo o compromisos de contrato con la empresa o consorcio detallando su vinculación y participación en la implementación del proyecto en caso de ser adjudicado. | 10 puntos |
Plazo propuesto para la implementación del CRTV | 120 DÍAS | Propuesta presentada por el oferente | 25 puntos |
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Nivel de Servicio | Propuesta del servicio, metodología de operación, manual de RTV. Se ponderará con mayor énfasis la calidad del servicio, la objetividad en la ejecución de las revisiones y el nivel de los procedimientos aplicados | Propuesta presentada por el oferente | 10 puntos |
LOCALIDAD | Al oferente de Origen Nacional | Propuesta presentada por el oferente | 10 puntos |
REQUERIMIENTO | CRITERIO | INSTRUMENTO DE COMPROBACIÓN | PUNTOS |
Oferta de cada punto porcentual de participación para el GADM del cantón Quinsaloma sobre la base del 15% mínimo de la tasa por los valores a cobrar, objeto del presente Contrato. | El oferente que proponga mayor porcentaje de participación al GADM DEL CANTÓN QUINSALOMA obtendrá la mayor valoración a los demás se valorará a través de regla de tres. | FORMULARIO CORRESPONDIENTE | 30 PUNTOS |
INDICE DE SOLVENCIA | Mayor o igual a 1 | Balance 2020 | 1 PUNTO |
INDICE DE ENDEUDAMIENTO | Menor que 1,50 | Balance 2020 | 1 PUNTO |
Patrimonio | Mínimo $20.000,00 | Formulario correspondiente | 3 Puntos |
LA SUMATORIA DEBE DAR 100 PUNTOS
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El oferente que resulte ganador y por tanto adjudicado dentro del concurso objeto del presente pliego deberá cumplir con los requerimientos que a continuación se describen:
ELEMENTO | CONCEPTO |
El oferente adjudicado a la firma del contrato deberá | |
presentar los diseños operativos y de calidad | |
arquitectónica de las instalaciones para el CRTV, que | |
Requerimientos | prioricen funcionalidad y comodidades para el usuario, |
Adicionales para | personal técnico y administrativo en áreas de parqueo, |
concesionario | administrativas y de servicios. |
contratado | La corrida Financiera de su propuesta económica de |
inversión, presentada en forma general en su oferta. | |
En caso de haber observaciones por parte del Gobierno | |
Autónomo Descentralizado Municipal del cantón | |
Quinsaloma de dichos diseños estos serán rectificados en | |
el término de 5 días por el concesionario y en el término | |
de 15 días posteriores a la firma del contrato presentará | |
para la aprobación de la máxima autoridad del Gobierno | |
Autónomo Descentralizado Municipal del cantón | |
Quinsaloma o su delegado, un plan de construcción, | |
equipamiento, implementación y puesta en marcha del | |
CRTV. | |
Diseños de accesibilidad al CRTV y su impacto en el | |
Requerimientos | tránsito, que incluyan modelo de accesibilidad y carriles |
Adicionales | de ingreso y salida para los usuarios, así como planes de |
para Concesionario | contingencia ante saturaciones. |
Contratado | |
Plan de movilidad interno del CRTV, que contemple los | |
modos de separación entre usuarios y vehículos, así | |
como los planes de actuación ante siniestros. | |
Análisis del potencial del servicio; productividad inicial y | |
en perspectiva de las líneas de revisión; medios y | |
medidas para satisfacer la demanda actual y la estimada | |
a 5 y 10 años, a partir del 2022. |
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Sistema y planes para el mantenimiento de la infraestructura y el equipamiento. |
Sistema interno de calidad y control. |
Detalle de personal, por categoría y puesto. Política de capacitación y formación del personal. |
Plan y políticas en materia de seguridad de procedimientos, salud ocupacional, higiene y limpieza, presentación del personal y manejo de eventuales conflictos con usuarios. |
Presentar al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma, un modelo xx xxxxxx tarifario de los Servicios que prestará la entidad contratante. (Tasas por servicios, especies valoradas, certificados y otros) |
Deberá presentar un instructivo del servicio de revisión técnica vehicular, así como los umbrales de aprobación. |
MODALIDAD DE ADJUDICACIÓN
De acuerdo al procedimiento seguido y a los principios involucrados, la adjudicación de la oferta será la que, cumpliendo con todos los requerimientos exigidos durante el proceso, sea la que mayor puntaje alcance en las respectivas evaluaciones, resultando así la más conveniente a los intereses del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma, cumpliendo los objetivos trazados en este CONCURSO.
En caso de igualdad exacta de puntaje entre dos o más Ofertas Económicas, se considerará como más conveniente la Oferta que ofrezca más alto valor de participación del canon para el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma. Este factor se utilizará como variable definitoria exclusivamente en caso de empate exacto.
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En caso de producirse una nueva igualdad exacta respecto al valor de la participación, la Comisión técnica, en el mismo acto entregará a los Oferentes que estén en dicha situación un formulario para que en el lapso máximo de quince minutos contados desde el momento de su entrega, formulen en sobre cerrado un nuevo valor de participación, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la participación originalmente ofertada. En caso de nuevas igualdades se seguirá igual procedimiento hasta que exista un desempate.
LA ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DE DESIERTO
Concluida la etapa de evaluación de la oferta económica, la Comisión Técnica determinará el orden en que se ubicaron los oferentes al final del proceso y en caso de convenir a los intereses institucionales, recomendará al alcalde la adjudicación al participante que se haya ubicado en la primera posición, o en su defecto y por causas debidamente motivadas, recomendarán la declaratoria de desierto.
Una vez declarado desierto el procedimiento, la Máxima Autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma podrá disponer su archivo o su reapertura.
La declaratoria definitiva de desierto cancelará el proceso de contratación y por consiguiente se archivará el expediente.
La declaratoria de desierto o cancelación no dará lugar a ningún tipo de reparación o indemnización a los oferentes.
El CONTRATO se adjudicará con base en la metodología expuesta en este PLIEGO. La adjudicación se formalizará mediante resolución motivada de la Máxima Autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma y, que se notificará personalmente al OFERENTE favorecido, en la forma y términos establecidos para los actos administrativos.
MULTAS
La Entidad Contratante impondrá al Concesionario o Contratista una multa diaria en todos los casos en los que se verifiquen las infracciones y/o contravenciones expuestas a continuación.
La multa con la que se sancionará al Concesionario será equivalente al 5% de la totalidad de la recaudación generada el día anterior al de la infracción o dos remuneraciones mensuales unificadas en los casos en que no exista recaudación.
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Supondrá El Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en los Términos de Referencia o en el Pliego, especificadas a continuación:
⮚ No conservar los equipos en funcionamiento o correctamente calibrados, es de- cir, que no garanticen el perfecto funcionamiento de todas las herramientas y equipos involucrados en el proceso de RTV.
⮚ No realizar el adecuado mantenimiento de las instalaciones e infraestructura, lo que impide que los servicios del centro DE REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR garanticen la calidad ofertada a los usuarios y personal que labora en el mismo
⮚ Incumplir con el horario de trabajo determinado en los términos de Referencia.
⮚ La suspensión o incumplimiento injustificado o negativa a brindar el servicio a los usuarios, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes.
⮚ El incumplimiento de las disposiciones emitidas por el Gobierno Autónomo Des- centralizado Municipal del cantón Quinsaloma.
⮚ La obstaculización o interrupción de los trabajos de control y fiscalización que realizará directamente la Unidad de Tránsito Transporte Terrestre Y Seguridad Vial del GAD QUINSALOMA.
⮚ Si cualquier persona jerárquica vinculada al Centro de Revisión Técnica Vehicu- lar, obliga o insinúa al usuario a utilizar, adquirir o comprar los servicios o pro- ductos de algún establecimiento comercial o marca especifica.
⮚ Por no realizar las inversiones a las que se ha obligado en el Contrato dentro del plazo determinado por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma.
⮚ No observar y cumplir las normas nacionales e internacionales de seguridad am- biental.
⮚ La sanción de la multa diaria perdurará hasta que se subsane o perfeccione el impedimento, objeto de la misma.
Las multas se notificarán por escrito, mediante entrega personal con acuse de recibo o por correo electrónico a la dirección designada por el Concesionario, a través de un Oficio dirigido al Concesionario en un plazo de 10 días posterior al cometimiento de la infracción y se otorgará el plazo de tres días para el pago de la misma. Si el Concesionario no pagase la multa dentro del plazo, se descontará de los valores que recibirá el Concesionario por la prestación de los servicios.
En la notificación de la multa, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma, expondrá los motivos de la misma y los medios de verificación y comprobación utilizados y el valor de la multa.
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TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El Contrato termina:
⮚ Por incumplimiento de las obligaciones contractuales, cuando las multas su- peren el 15% del monto de la inversión.
⮚ Por mutuo acuerdo de las partes.
⮚ Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito justificados por el GADM Quinsaloma, no fueren aceptados por el Concesionario.
⮚ Por sentencia o laudo ejecutoriado que declare la nulidad del contrato o la reso- lución del mismo a pedido de una de las partes.
⮚ Por declaración anticipada y unilateral de la Entidad Contratante, por incumpli- miento del Concesionario, en los casos establecidos en el artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Además, se incluirán las siguientes causales:
• Si el Concesionario suspendiere la prestación del servicio injustificadamente, por un plazo superior a dos días laborables;
• Si el Concesionario omitiere notificar a la Entidad Contratante sobre cual- quier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los treinta días hábi- les siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
• Si el Concesionario o sus accionistas transfirieran sus acciones, participa- ciones o derechos en la asociación o consorcio, en contravención con lo dis- puesto en los términos de referencia y pliego de concurso público, de tal forma que el miembro que cuenta con experiencia en Revisión Técnica Vehi- cular no tuviere la participación exigida en la asociación o consorcio;
• Si el Concesionario realizare cobros indebidos o no autorizados;
• Si el Concesionario alterare las tasas de manera arbitraria; y no se sujetase a las tasas establecidas previamente por la autoridad competente;
• Si el Concesionario realizare en el CRTV otras actividades que no se en- cuentren contempladas en el contrato, que no fueran autorizadas por la el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma;
• Si el Concesionario emitiere certificados de revisión o adhesivos de revisión que no fueren debidamente autorizados por el Gobierno Autónomo Descen- tralizado Municipal del cantón Quinsaloma;
• Si el Concesionario emitiere certificados de revisión o adhesivos de revisión a vehículos que no aprobaren la revisión técnica vehicular;
• Si se detectare que el Concesionario, sus accionistas, representantes o fun- cionarios del centro de Revisión Técnica Vehicular, son propietarios y/o ac- cionistas de algún taller, centro de reparación de vehículos, fabricante, aliado estratégico o distribuidor de vehículos, o cualquier otro negocio relacionado con la venta de vehículos, repuestos o partes;
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• Por disolución del Concesionario, o por haberse dictado en contra del Con- cesionario concurso de acreedores o cualquier otro procedimiento de quie- bra o insolvencia;
• Si en el plazo máximo de (4) cuatro años, desde que inició su actividad, el Concesionario no ha logrado obtener el certificado de Calidad ISO 9001:20015 o la que esté vigente para la operación del servicio de RTV.
• Si el valor acumulado de las multas en seis meses excede del quince por ciento de los valores del ingreso del Concesionario en ese período, a partir del segundo año.
• En caso de que, dentro de los 5 años posteriores a la firma del contrato, se deba terminar el contrato por causas imputables a la Entidad Contratante, esta deberá adquirir del Concesionaria los bienes y equipos según los valo- res reflejados en la contabilidad del Concesionario al momento de la termi- nación de contrato.
⮚ Por declaración anticipada y unilateral de la Entidad Contratante, sin justa causa, dará lugar al pago a favor del operador privado por el tiempo que faltare para el vencimiento del plazo para la terminación del contrato de delegación, en función del valor que corresponda al promedio de los últimos 3 meses de recaudación por parte del operador privado, multiplicado por el número de meses que faltase para la terminación del contrato.
RECONOCIMIENTO DE LAS ZONAS Y ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO Y REALIZACIÓN DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y VERIFICACIONES.
Por la sola presentación de sus OFERTAS se considera que los OFERENTES han realizado el examen completo y que han investigado plenamente las condiciones de trabajo, los riesgos, y en general, todos los factores determinantes de los costos de ejecución. La circunstancia de que el OFERENTE que resulte ganador de este CONCURSO no haya obtenido toda la información que pueda influir en la determinación de los costos, no lo eximirá de responsabilidad por la prestación de los Servicios de Revisión Técnica Vehicular y Matriculación, y de las obras de conformidad con el CONTRATO, ni le dará derecho a reembolso de costos, ni reconocimientos adicionales por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma.
Este PLIEGO debe ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general.
El orden de los capítulos y cláusulas de este PLIEGO no deben ser interpretadas como un grado de prelación entre las mismas.
CONCURSO PÚBLICO
“CONCESION: DELEGACION A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV”
Los plazos establecidos en el PLIEGO se entenderán como días calendario, salvo indicación expresa en contrario. Cuando se hable de lapsos de tiempo como “meses” o “años”, se entenderá igualmente que corren todos los días.
Cuando el día de vencimiento de un plazo no fuese un día hábil, dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente.
Las palabras que sean expresamente definidas en el glosario deberán ser entendidas únicamente en el sentido que a las mismas se les conceda según su definición.
Los términos no definidos en el glosario, que correspondan a las definiciones establecidas en la minuta del Contrato, se entenderán de conformidad con dichas definiciones. A las palabras que no estén definidas en el glosario ni en las definiciones de la minuta del Contrato, se les dará el sentido natural y obvio, según su uso común o el lenguaje técnico respectivo.
DEFINICIONES
BANCO DE PRUEBA DE SUSPENSIONES
Dispositivo mecatrónico consistente en un par de placas vibratorias y sensores convenientemente dispuestos, que permiten verificar el correcto funcionamiento del conjunto de la suspensión de un vehículo mediante la determinación de variables como amplitud de oscilación en resonancia, eficiencia porcentual de la suspensión, etc.
BANCO DE PRUEBA DE FRENOS
Equipo mecatrónico diseñado para realizar pruebas no invasivas en el sistema de frenos de un vehículo. Básicamente existen dos tipos de sistemas, los de placas y los de rodillos, los mismos
que determinan variables tales como: eficiencia de los frenos, desequilibrio del sistema de frenos en un mismo eje, movilización del xxxxxx xxx xxxxx, etc.
BANCO DE PRUEBA PARA DERIVA DINÁMICA
Dispositivo consistente en una placa deslizante convenientemente equipada con sensores y que permite determinar cuantitativamente la tendencia al deslizamiento lateral de las ruedas de dirección de un vehículo, brindando adicionalmente una idea aproximada del estado del sistema integral de dirección.
CONCURSO PÚBLICO
“CONCESION: DELEGACION A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV”
CENTRO DE REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR (CRTV)
Unidad técnica diseñada, construida, equipada y autorizada para realizar la Revisión Técnica Vehicular (RTV) obligatoria y emitir los documentos que están facultados por la Ley y el Reglamento Relativo a los procesos de la revisión vehicular a motos.
LUXÓMETRO
Equipo electrónico que permite determinar la intensidad luminosa de una fuente.
REGLOSCOPIO
Dispositivo que permite conocer la alineación bidimensional del haz de luz emitido por una fuente.
REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR (RTV)
Mecanismo de verificación mediante un conjunto de procedimientos técnicos normalizados, con la finalidad de determinar que los vehículos motorizados terrestres, cumplan con las normativas técnicas y mecánicas, así como condiciones mínimas de seguridad, calidad y protección ambiental.
SONÓMETRO
Equipo que permite medir la intensidad sonora de una determinada fuente. Unidades de carga: Vehículos remolcables, carentes de motor y que son acoplados a cabezales para transportar diferentes tipos de carga pesada; por ejemplo: Plataformas, camas bajas, tráileres, etc.
VIN
Acrónimo inglés derivado de “Vehicle Identificación Number”, es decir, Número de Identificación Vehicular. Corresponde al número único asignado por el fabricante del automotor, como identificación del vehículo. Se aplica únicamente a los modelos más recientes y reemplaza al número de chasis.
DOCUMENTOS DEL CONCURSO PÚBLICO
CONCURSO PÚBLICO
“CONCESION: DELEGACION A LA INICIATIVA PRIVADA DEL SERVICIO DE RTV Y MATRICULACION, PARA LA CONSTRUCCION, IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL CRTV”
Son documentos integrantes del presente CONCURSO PÚBLICO, los siguientes:
➢ La Ordenanza que Regula el Servicio Público de Revisión Técnica Vehicular RTV para la ciudad de Quinsaloma
➢ Aprobación del representante legal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Quinsaloma o su delegado, de los pliegos del proceso de CONCURSO PÚBLICO para la designación del Concesionario que construya, equipe y opere el centro de revisión técnica vehicular;
➢ Pliegos del CONCURSO PÚBLICO, sus alcances y los avisos de publicación;
➢ Volumen de formularios: contiene los anexos referidos en las cláusulas del CONCURSO PÚBLICO. Dichos anexos son:
▪ Formulario A.1: Balance General
▪ Formulario A.2: Cronograma valorado de trabajos
▪ Formulario A.3: Cuadro de inversiones
▪ Formulario A.4: Cuadro de reinversiones (Cantidades y precios)
▪ Formularios para la presentación de la oferta:
▪ Formulario B.1: Modelo de Carta de Presentación
▪ Formulario B.2: Propuesta Económica
▪ Formulario B.3: Valor Estimado del Contrato
▪ Formulario B.4: Especificaciones Técnicas. Detalle de los equipos de línea de Revisión Técnica Vehicular ofertados para el cumplimiento del contrato.
▪ Formulario B.5: Modelo de la Carta de Confidencialidad
▪ Formulario B.6: Currículo de Oferente y/o Gerente General y, de Supervisor Técnico
▪ Formulario B.7: Promesa de celebrar el contrato de operación.
• B Formulario 1.3
• ANEXO
⮚ DESCRIPCION TERRENOS PARA LA IMPLEMENTACION DEL CRTV Y MATRICULACION
o DISEÑO, PLANOS DEL CRTV