Términos y Condiciones de Uso de la Tienda Virtual del Estado Colombiano MI MERCADO POPULAR
Términos y Condiciones de Uso de la Tienda Virtual del Estado Colombiano MI MERCADO POPULAR
Contenido
II. Conocimiento, aceptación y respeto de los Términos y Condiciones de Uso 3
III. Modificaciones de los Términos y Condiciones de Uso 4
IV. Operación de MI MERCADO POPULAR 4
V. Disponibilidad de MI MERCADO POPULAR y acceso al servicio 4
VI. Normativa aplicable y reglas adicionales 4
VII. Uso de MI MERCADO POPULAR 5
A. Manejo de información de cuentas y contraseñas en MI MERCADO POPULAR 5
C. Registros electrónicos, comunicaciones y notificaciones de MI MERCADO POPULAR 6
D. Información y archivos en MI MERCADO POPULAR 6
VIII. Ausencia de licencia de Uso de MI MERCADO POPULAR 7
IX. Procesos y reglas de Contratación con MI MERCADO POPULAR 7
A. Selección de Mínima Cuantía 7
B. Instrumento de Agregación de Demanda – IAD de Mi Mercado Popular 7
H. Proceso de Contratación en MI MERCADO POPULAR 8
I. Imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento 8
X. Obligaciones de Colombia Compra Eficiente 9
XI. Exoneración de responsabilidad de Colombia Compra Eficiente 10
XIII. Autorización de utilización de datos 10
Las Entidades Estatales y los Proveedores que son Usuarios de MI MERCADO POPULAR están sujetos a los Términos y Condiciones de Uso contenidos en este documento.
Mi Mercado Popular es un módulo de la Tienda Virtual del Estado de Colombiano a través del cual las entidades estatales pueden adquirir bienes y servicios provistos por actores de la economía popular de todo el territorio nacional, hasta por el monto de su mínima cuantía. Permite poner en operación Mecanismos de Agregación de Demanda que funcionen como Sistemas Dinámicos de Adquisición.
I. Definiciones
Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo con el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015. Los términos no definidos y utilizados en el presente documento deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.
• Colombia Compra Eficiente
o Es la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente- creada por el Decreto Ley 4170 de 2011.
• Entidades Compradoras
o Es cada una de las Entidades Estatales que aceptan los Términos y Condiciones de Uso para comprar en MI MERCADO POPULAR y a las que se refiere el artículo 2 de la Ley 80 de 1993; (b) a las que se refieren los artículos 10, 14 (modificado por el artículo 93 de la Ley 1474 de 2011) y 24 de la Ley 1150 de 2007; y (c) aquellas Entidades que por disposición de la ley deban aplicar la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, o las normas que las modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan.
• Sistema Dinámico de Adquisición
o Conjunto de condiciones que permiten la operación flexible y dinámica de los Mecanismos de Agregación de Demanda. Para su participación, el proponente deberá cumplir con los criterios del proceso de selección y habilitación de conformidad con los lineamientos determinados por Colombia Compra Eficiente. Dicho conjunto de condiciones representa atributos de los MAD/SDA que garantizan una mayor pluralidad de oferentes en los procesos de contratación adelantados por las entidades estatales para la satisfacción de sus necesidades, así como también permiten impulsar el crecimiento de diferentes sectores empresariales, en especial el tejido empresarial de la Economía Popular.
• Instrumento de Agregación de Demanda Dinámico – IAD/SDA
o Es uno de los tipos de Mecanismos de Agregación de Demanda que Colombia Compra Eficiente estructura y pone en funcionamiento, incorporando condiciones dinámicas para la participación de actores de la Economía Popular, cuyos bienes y servicios son organizados en catálogos para su adquisición por parte de las entidades estatales.
• Mínima Cuantía
o Es la modalidad de selección del contratista aplicable a los Procesos de Contratación para la adquisición de bienes y servicios por un valor inferior al 10% de la menor cuantía de las Entidades Compradoras sujetas a las leyes 80 y 1150.
• Economía Popular
o De acuerdo con las bases del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” - Ley 2294 de 2023: La economía popular se refiere a los
oficios y ocupaciones mercantiles (producción, distribución y comercialización de bienes y servicios) y no mercantiles (domésticas o comunitarias) desarrolladas por unidades económicas de baja escala (personales, familiares, micronegocios o microempresas), en cualquier sector económico. Los actores de la EP pueden realizar sus actividades de manera individual, en unidades económicas, u organizados de manera asociativa.
• Evento de Cotización
o Es el momento en que la entidad compradora abre una solicitud para recibir propuestas
• Orden de Compra
o Es la manifestación de la voluntad de la Entidad Compradora de adquirir bienes o servicios en MI MERCADO POPULAR, y es el soporte documental de la relación contractual entre la Entidad Compradora y el Proveedor
• Proveedor
o Es quien está autorizado a vender bienes y servicios en MI MERCADO POPULAR por haberse inscrito y cumplido los requisitos que cada uno de los IAD establecen.
• Términos y Condiciones de Uso
o Son las reglas de funcionamiento y utilización de MI MERCADO POPULAR contenidas en el presente documento y que vinculan a los Usuarios, Entidades Compradoras y Proveedores.
• TVEC
o Es la Tienda Virtual del Estado Colombiano, portal web de comercio electrónico que hace parte del SECOP y que Colombia Compra Eficiente ofrece a las Entidades Estatales para contratar: (i) bienes y servicios a través de las diferentes modalidades de compra pública.
• Usuario
o Es cualquier persona natural que utiliza MI MERCADO POPULAR en representación de una Entidad Compradora o un Proveedor
• Usuario Comprador
o Es el Usuario que adelanta las solicitudes de cotización y genera la solicitud de compra a nombre de la Entidad Estatal en MI MERCADO POPULAR.
• Usuario Ordenador del Gasto
o Es el Usuario que coloca la Orden de Compra a nombre de la Entidad Estatal en MI MERCADO POPULAR. Este Usuario también puede elaborar eventos de cotización y generar la solicitud de compra a nombre de la Entidad Estatal en MI MERCADO POPULAR.
• Usuario Proveedor
o Es el Usuario que envía una cotización como respuesta a las solicitudes de cotización, carga las facturas, reúne los requisitos para hacer parte de los Catálogos y representa a los proveedores en todo el proceso.
II. Conocimiento, aceptación y respeto de los Términos y Condiciones de Uso
Colombia Compra Eficiente recomienda a los Usuarios leer cuidadosamente los Términos y Condiciones de Uso antes de usar MI MERCADO POPULAR pues su uso implica la aceptación de los mismos.
Los Usuarios están obligados a conocer y respetar los Términos y Condiciones de Uso vigentes publicados en la página web de Colombia Compra Eficiente.
Los Usuarios son responsables de contar con el conocimiento suficiente para el manejo de MI MERCADO POPULAR. Colombia Compra Eficiente ofrece guías y videos en su página web y capacitaciones presenciales a las cuales los Usuarios pueden acudir siguiendo el procedimiento establecido para el efecto.
III. Modificaciones de los Términos y Condiciones de Uso
Colombia Compra Eficiente puede modificar unilateralmente y sin previo aviso los Términos y Condiciones de Uso. En caso de modificación de los Términos y Condiciones de Uso, Colombia Compra Eficiente debe anunciar en su página web la modificación y publicar los nuevos Términos y Condiciones en su página web y en MI MERCADO POPULAR.
IV. Operación de MI MERCADO POPULAR
(a) MI MERCADO POPULAR es una plataforma web que hace parte del Sistema Electrónico de Compra Pública que desarrolla, mantiene y administra Colombia Compra Eficiente.
(b) Colombia Compra Eficiente ofrece a los Usuarios, MI MERCADO POPULAR de forma gratuita. Sin embargo, Colombia Compra Eficiente paga por la disponibilidad de la plataforma y eventualmente puede solicitar a los Usuarios pagar por el registro de los usuarios o por las transacciones.
(c) La operación de MI MERCADO POPULAR requiere que (i) el navegador de Internet permita ventanas emergentes; (ii) el computador cuente con las últimas versiones de Java (Oracle) y Flash Player (Adobe); y (iii) el servidor de correo electrónico de los Usuarios permita recibir correos electrónicos de xx_xxx_xxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.
(d) Los Usuarios son responsables del funcionamiento y seguridad de sus computadores y de sus conexiones a Internet.
(e) MI MERCADO POPULAR registra la hora en la cual los Usuarios hacen sus transacciones.
(f) MI MERCADO POPULAR permite el uso de dos decimales.
V. Disponibilidad de MI MERCADO POPULAR y acceso al servicio
(a) MI MERCADO POPULAR está en operación todos los días del año, las veinticuatro (24) horas del día.
(b) Las transacciones efectuadas por fuera del horario hábil se entienden realizadas el día hábil siguiente a aquel en que se llevan a cabo.
(c) Las fallas en la MI MERCADO POPULAR no habilitan a las Entidades Compradoras a interrumpir los plazos del Proceso de Contratación.
(d) Colombia Compra Eficiente debe registrar en su página web la indisponibilidad eventual de la MI MERCADO POPULAR, indicando fecha y hora de esta.
VI. Normativa aplicable y reglas adicionales
(a) Las Entidades Compradoras y los Usuarios son responsables de cumplir con la normativa aplicable al sistema de compra pública en los Procesos de Contratación que adelantan en MI MERCADO POPULAR y de las decisiones que toman para contratar con los Proveedores a través de la MI MERCADO POPULAR.
(b) Los plazos de los Procesos de Contratación deben contarse de acuerdo con la Ley 4 de 1913 y el Código de Comercio.
(c) Las Entidades Compradoras deben contar con el certificado de disponibilidad presupuestal y
autorización de vigencias futuras (cuando aplique) antes de expedir las Órdenes de Compra en MI MERCADO POPULAR. Antes de la ejecución, deben hacer el registro presupuestal y tener en cuenta los tiempos de entrega y facturación para el trámite de flujo de caja.
(d) Las modificaciones, adiciones o la terminación de la Orden de Compra son la modificación, adición o terminación de un contrato y en consecuencia, la Entidad Compradora debe respetar la normativa aplicable, llegar a un acuerdo con el Proveedor y notificar la modificación, adición o terminación a Colombia Compra Eficiente, presentar el soporte respectivo y adelantar el procedimiento definido por Colombia Compra Eficiente para darle publicidad en MI MERCADO POPULAR.
(e) La terminación de cualquier Orden de Compra debe ser de mutuo acuerdo, de forma que las Entidades Compradoras deben reunir los requisitos establecidos en la ley para el efecto.
(f) Las Entidades Estatales registradas en MI MERCADO POPULAR que no estén obligadas por las leyes 80 y 1150, aceptan la normativa aplicable a los Procesos de Contratación de los Acuerdos Marco de Precios e instrumentos de agregación de demanda para las transacciones que adelantan en MI MERCADO POPULAR.
(g) Las Entidades Compradoras son responsables de incluir en la solicitud de cotización y en la solicitud de compra los gravámenes (estampillas), impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial distintos a los impuestos nacionales a los que están sujetos sus Procesos de Contratación. Si la Entidad Compradora no incluye los gravámenes (estampillas) impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial en la solicitud de cotización y en la solicitud de compra, debe adicionar la Orden de Compra con el valor correspondiente, pues de lo contrario incumple los Términos y Condiciones de Uso. Si la Entidad Compradora no realiza los ajustes durante la vigencia de la Orden de Compra, debe hacerlos durante la liquidación de la misma, utilizando el trámite que corresponda. Si la Entidad Compradora no incluye el valor de las estampillas, impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial, en la solicitud de cotización y en la solicitud de compra y tampoco adiciona la Orden de Compra, Colombia Compra Eficiente está autorizada a suspender el registro de la Entidad Compradora en la Tienda Virtual del Estado Colombiano hasta que modifique la Orden de Compra y pague el valor correspondiente.
(h) Los Documentos del Proceso son públicos salvo por la información sujeta a reserva de conformidad con la normativa aplicable. Las Entidades Compradoras son responsables de suministrar la información de cotizaciones y respuestas a observaciones que soliciten Proveedores, o ciudadanos.
(i) La información de MI MERCADO POPULAR está a disposición de los organismos de inspección, vigilancia y control.
(j) Las Entidades Compradoras son responsables de ajustar sus procesos y procedimientos de gestión y operación, sus manuales de funciones y de contratación para usar MI MERCADO POPULAR, si esto es necesario.
VII. Uso de MI MERCADO POPULAR
A. Manejo de información de cuentas y contraseñas en MI MERCADO POPULAR
(i) Las Entidades Compradoras son responsables de mantener actualizada la información de la Entidad Compradora y de sus Usuarios.
(ii) Los Proveedores son responsables de mantener actualizada su información y la de sus Usuarios en MI MERCADO POPULAR.
(iii) Las actuaciones de los Usuarios en MI MERCADO POPULAR comprometen a la Entidad Compradora o Proveedor que representan.
(iv) Los Usuarios de la MI MERCADO POPULAR son responsables de las actuaciones efectuadas
con su Usuario y contraseña en la MI MERCADO POPULAR. En consecuencia, deben tratar con reserva la información de su cuenta y contraseña.
(v) La autenticación en la MI MERCADO POPULAR con el nombre de Usuario y la contraseña es una firma electrónica en los términos del artículo 7 de la Ley 527 de 1999 y las normas que lo reglamentan.
(vi) Los Usuarios son responsables de actualizar cualquier cambio en su información personal o en su correo electrónico.
(vii) Los Usuarios pueden cambiar la contraseña cuando lo requieran y de acuerdo con las prácticas de seguridad informática que tenga la respectiva Entidad Compradora o el Proveedor.
(viii) Si el Usuario sospecha del acceso de un tercero a su cuenta o del compromiso de la seguridad de su contraseña, debe inmediatamente cambiar la contraseña e informar por escrito a Colombia Compra Eficiente la situación para verificar si la cuenta del Usuario ha sido utilizada de forma indebida y en caso dado informar la situación a quien corresponda. Lo anterior sin perjuicio de la responsabilidad del Usuario del manejo de su contraseña.
(ix) Colombia Compra Eficiente puede cancelar sin previo aviso los Usuarios que durante seis meses no hayan hecho transacciones en MI MERCADO POPULAR.
(x) Si el Usuario olvida su contraseña o esta es eliminada o inactivada por falta de uso, uso indebido, condiciones de seguridad, borrado o por cualquier otra circunstancia, debe comunicarse con Colombia Compra Eficiente y solicitar una nueva contraseña de acuerdo con el procedimiento establecido para el efecto.
B. Registro, actualización, retiro y cancelación de Entidades Estatales y Usuarios en MI MERCADO POPULAR
(i) Las Entidades Compradoras deben registrarse en MI MERCADO POPULAR siguiendo el procedimiento señalado por Colombia Compra Eficiente para el efecto.
(ii) Las Entidades Compradoras deben activar en MI MERCADO POPULAR sus Usuarios, actualizar la información de la Entidad Compradora y retirar al Usuario cuando deje estar vinculado en la Entidad Compradora correspondiente.
(iii) La Entidad Compradora es responsable de la veracidad de la información registrada para crear un Usuario y en consecuencia, Colombia Compra Eficiente puede suspender o inactivar unilateralmente de MI MERCADO POPULAR al Usuario o a la Entidad Estatal que incumpla los Términos y Condiciones de Uso pues tal incumplimiento afecta la confianza de los Usuarios en MI MERCADO POPULAR.
C. Registros electrónicos, comunicaciones y notificaciones de MI MERCADO POPULAR
(i) Los registros magnéticos y electrónicos de las transacciones generados por MI MERCADO POPULAR son válidos y suficientes para los propósitos de los Procesos de Contratación y los Usuarios expresamente los aceptan como prueba de sus actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 527 de 1999.
(ii) Las notificaciones recibidas por correo electrónico y los mensajes publicados en MI MERCADO POPULAR son válidos y suficientes para los propósitos de los Procesos de Contratación.
(iii) Los Usuarios reciben en la dirección de correo electrónico que informaron cuando se registraron en MI MERCADO POPULAR, las notificaciones y la información relacionada con los Procesos de Contratación que adelantan en MI MERCADO POPULAR.
D. Información y archivos en MI MERCADO POPULAR
(i) La información registrada en MI MERCADO POPULAR para adelantar Procesos de Contratación es pública, salvo las excepciones constitucionales o legales aplicables.
(ii) Los Usuarios de MI MERCADO POPULAR son responsables de la veracidad, consistencia, exactitud, coherencia y en general del contenido de la información que ingresan en MI MERCADO POPULAR y del impacto de la misma en los Procesos de Contratación, Colombia Compra Eficiente puede suspender o inactivar unilateralmente de MI MERCADO POPULAR al Usuario o a la Entidad Estatal cuando encuentre inconsistencias, inexactitudes e incoherencias en la información ingresada en MI MERCADO POPULAR.
(iii) Los Usuarios de MI MERCADO POPULAR son los encargados de verificar los archivos que cargan y de que estos estén libres de virus o cualquier software malicioso. Colombia Compra Eficiente puede suspender o inactivar unilateralmente de MI MERCADO POPULAR al Usuario o a la Entidad Compradora cuando encuentre archivos que contengan software malicioso o virus informáticos.
VIII. Ausencia de licencia de Uso de MI MERCADO POPULAR
La creación de un Usuario en MI MERCADO POPULAR no otorga derecho alguno sobre la plataforma web. Colombia Compra Eficiente concede a los Usuarios licencia limitada, no exclusiva, no transferible, de acceso y uso en los términos establecidos en el presente documento.
IX. Procesos y reglas de Contratación con MI MERCADO POPULAR
A. Selección de Mínima Cuantía
Colombia Compra Eficiente invita a los proveedores a que se inscriban en la plataforma y revisen que IAD corresponde a su objeto social, de manera que pueda suministrar la totalidad o parte de los productos agrupados en los catálogos, previo cumplimiento de los requisitos que cada uno de estos exige.
B. Instrumento de Agregación de Demanda – IAD de Mi Mercado Popular
A. Los IAD son cada una de las categorías en las que se agrupan los productos que a su vez están identificados por catálogos. Los IAD pueden tener un solo catálogo o múltiples catálogos dependiendo el tipo de producto a ofrecer y la cantidad de líneas y referencias del mismo.
B. El Proveedor interesado en ofrecer sus productos en MI MERCADO POPULAR debe solicitar a Colombia Compra Eficiente la asignación de un Usuario y firmar y aceptar los Términos y Condiciones de Uso contenidos en el presente documento.
C. El Proveedor debe ingresar a los catálogos agrupados en la IAD, reunir los requisitos de cada uno de ellos y solicitar su inscripción
D. El Proveedor es responsable de verificar los IAD en los que puede participar, estar pendientes de las ventanas de inscripción que se generan, y actualizar la información correspondiente.
E. Las Microempresas periódicamente podrán actualizar los precios del Catálogo.
F. Las Entidades Compradoras en cualquier momento podrán solicitar inclusiones de nuevos consumibles que no se encuentren en el Catálogo, siempre y cuando estos cumplan con el
objeto y el alcance del IAD.
G. El IAD tendrá una cobertura nacional. Las entidades podrán limitar la contratación territorialmente.
H. Proceso de Contratación en MI MERCADO POPULAR
(a) La Entidad Compradora genera el evento de cotización, seleccionando los productos del catálogo, las cantidades y definiendo algún evento especial como tiempo de entrega, lugar de entrega y/o formas de entrega.
(b) La Entidad compradora seleccionará los proveedores inscritos en ese catálogo, que han sido habilitados previamente y son ellos los que a través del correo electrónico o con alertas dentro de la plataforma reciben la solicitud de cotización.
(c) Los proveedores no están obligados a participar del evento, estos evaluarán capacidades, precios y otros elementos que consideren claves y deciden si presentan oferta o no
(d) La Entidad Compradora establece un tiempo máximo de presentación de la oferta, que iniciará en el mismo día en que se genere el evento de cotización.
(e) De las propuestas presentadas, la entidad compradora seleccionará la propuesta mas conveniente y generará la orden de compra.
(f) La entidad compradora y el proveedor se pondrán en contacto para definir detalles del proceso y
(g) El proveedor subirá a MI MERCADO POPULAR la factura correspondiente.
I. Imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento
Si el Proveedor incumple los términos y plazos de entrega de los bienes adquiridos de la Orden de Compra, la Entidad Compradora puede seguir el procedimiento para declarar el incumplimiento según el régimen aplicable a su contratación. Si la Entidad Compradora declara el incumplimiento, debe informar del hecho a Colombia Compra Eficiente y cumplir con las reglas de publicidad correspondientes.
J. Facturación y Pago
(a) La Entidad Compradora es responsable de verificar al momento del pago si el Proveedor es auto-retenedor y una vez realizado el pago debe remitir al Proveedor el respectivo certificado o soporte de pago que indique las retenciones si así las hizo, dentro de los 30 días calendario siguientes al pago.
(b) La Entidad Compradora es responsable de pagar las facturas al Proveedor dentro de los treinta
(30) días calendario siguientes de la presentación de la factura.
(c) El Proveedor debe informar a Colombia Compra Eficiente las demoras en el pago de sus facturas.
(d) Colombia Compra Eficiente tiene la facultad de suspender el registro en MI MERCADO POPULAR de las Entidades Compradoras en las siguientes circunstancias, pues tal incumplimiento afecta la confianza de los Usuarios en la MI MERCADO POPULAR: (i) cuando
estén xxxx en el pago de al menos una factura por treinta (30) días calendario o más; o (ii) cuando hayan presentado xxxx en el pago de sus facturas en cuatro (4) oportunidades en un mismo año.
K. Política de Cambios
(a) La Entidad Compradora puede devolver un bien y solicitar su cambio exclusivamente en los siguientes casos: (i) el bien entregado no es el solicitado por la Entidad Compradora lo cual se entiende cuando el bien no cumple con las especificaciones y características técnicas dispuestas en el IAD
(b) La Entidad Compradora debe solicitar el cambio y realizar la devolución en los casos (i) y (ii) anteriores en cualquier fecha entre la recepción del bien y el recibo a satisfacción del mismo. En estos casos, el Proveedor tiene tres (3) días hábiles para reponer el bien.
En el caso (iii) anterior, la Entidad Compradora debe comunicarse con el Proveedor dentro del término establecido en el artículo 8 de la Ley 1480 de 2011 y el articulo 2 del Decreto 735 de 2013, el Proveedor debe dar inicio al trámite a la garantía del bien dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al reclamo realizado por la Entidad Compradora.
Si el proveedor no tiene disponibilidad del bien sujeto al cambio dentro del tiempo establecido para su reposición, el proveedor debe sustituir el bien por uno con características y especificaciones técnicas similares o superiores y la Entidad Compradora debe modificar la Orden de Compra si se generan cambios en la referencia del bien sustituido. El proveedor no debe hacer el cambio si demuestra que el defecto fue causado por: (i) fuerza mayor o caso fortuito con posterioridad a la entrega del bien; (ii) acciones de un tercero o instalación;
(iii) uso inadecuado del bien; o (iv) productos que no son sujetos a cambio por disposición legal como medicamentos, ropa interior y licores. Para que el cambio proceda el bien debe estar en el estado en que se recibió y en su empaque original.
I. Garantías
Los bienes objeto de la Orden de Compra a favor del Proveedor están amparados por la garantía legal a que se refiere el Capítulo I del Título III de la Ley 1480 de 2011 y el Capítulo II del Decreto 735 de 2013.
Cuando la Entidad Compradora decide comprar bienes a través de MI MERCADO POPULAR no puede exigir garantías adicionales a las previstas en la Ley 1480 de 2011, sin perjuicio de que adelante Procesos de Contratación con los proveedores por fuera de MI MERCADO POPULAR en los cuales requiera garantías adicionales.
X. Obligaciones de Colombia Compra Eficiente
Las siguientes son las obligaciones de Colombia Compra Eficiente en relación con MI MERCADO POPULAR:
(a) Administrar MI MERCADO POPULAR de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 4170 de 2011 y demás normas vigentes.
(b) Actualizar los Catálogos de MI MERCADO POPULAR y cumplir con las obligaciones a su cargo establecidas en los Contratos de Agregación de Demanda.
(c) Autorizar el registro, actualización y retiro de MI MERCADO POPULAR de las Entidades
Compradoras y de sus Usuarios.
(d) Registrar en MI MERCADO POPULAR a los Proveedores de los Acuerdos Xxxxx xx Xxxxxxx y de los Contratos de Agregación de Demanda.
(e) Registrar en MI MERCADO POPULAR al proveedor que acepta los Términos y Condiciones de Uso de MI MERCADO POPULAR.
(f) Informar a través de su página web las situaciones que afecten la disponibilidad de MI MERCADO POPULAR.
(g) Informar y publicar los cambios en los Términos y Condiciones de Uso de MI MERCADO POPULAR.
XI. Exoneración de responsabilidad de Colombia Compra Eficiente
(a) Colombia Compra Eficiente, sus funcionarios y contratistas no son responsables de las eventualidades que afecten a las Entidades Compradoras, los Proveedores y los Usuarios con ocasión del uso de MI MERCADO POPULAR, particularmente de: (a) daño emergente y lucro cesante; daños indirectos, especiales, punitivos; y (c) pérdida de datos o de la información de las Órdenes de Compra o de cualquier otro dato alojado en la MI MERCADO POPULAR.
(b) Colombia Compra Eficiente no es responsable de la legalidad, conveniencia y pertinencia de los Procesos de Contratación que adelanten en MI MERCADO POPULAR las Entidades Compradoras.
(c) Colombia Compra Eficiente no es responsable del cumplimiento de la normativa aplicable y de las buenas prácticas por parte de las Entidades Compradoras.
(d) Colombia Compra Eficiente no es responsable de la veracidad y la calidad de la información ingresada en MI MERCADO POPULAR por las Entidades Compradoras.
(e) Colombia Compra Eficiente no es responsable de las obligaciones de las Entidades Compradoras y de los Proveedores derivadas de las Órdenes de Compra que adelanten en MI MERCADO POPULAR.
(f) Colombia Compra Eficiente no es responsable por los ataques contra la seguridad de MI MERCADO POPULAR o por cualquier exposición o acceso no autorizado, fraudulento o ilícito que pueda afectar la confidencialidad, integridad o autenticidad de la información publicada o asociada con los contenidos y servicios que se ofrece en MI MERCADO POPULAR.
(g) Colombia Compra Eficiente no es responsable por los perjuicios que pueda sufrir una Entidad Compradora, o un Proveedor como consecuencia xx xxxxxx técnicas, de comunicaciones, transmisión de datos, fallas en el computador o cualquier otra falla ajena a Colombia Compra Eficiente.
(h) MI MERCADO POPULAR proporciona información estadística de las Órdenes de Compra generadas. El uso de esta información y la interpretación de la misma por parte de terceros no es responsabilidad de Colombia Compra Eficiente.
XII. Derechos de Autor
Los derechos de autor y la propiedad intelectual sobre la información, infogramas e imágenes contenidas en MI MERCADO POPULAR es propiedad del Estado Colombiano y es operada y administrada por Colombia Compra Eficiente.
XIII. Autorización de utilización de datos
El registro del Usuario en MI MERCADO POPULAR es una autorización expresa a Colombia Compra Eficiente al tratamiento de sus datos personales en la base de datos de MI MERCADO POPULAR,
la cual cumple con las políticas de tratamiento de datos personales y mecanismos seguros y confidenciales.
Los Usuarios autorizan a Colombia Compra Eficiente a utilizar la información almacenada en MI MERCADO POPULAR para propósitos de análisis del sistema de compra púbica y para preparar los informes que requieran los organismos de control. Los Usuarios autorizan a Colombia Compra Eficiente y a su Mesa de Servicio a grabar las llamadas que esta última reciba.
El Usuario tiene los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos personales y puede ejercerlos mediante comunicación dirigida a la Mesa de Servicio. El Usuario puede modificar o actualizar la información suministrada en el registro en cualquier momento a través de la página web de Colombia Compra Eficiente.
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