Contract
MEMORIA PARA LA PARA LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA IMPARTICIÓN DE DOS ACCIONES FORMATIVAS DE “RESTAURACIÓN DE MUEBLES Y DECORACIÓN DE MUEBLES” CONTEMPLADAS EN LA PROGRAMACIÓN DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DE BADAJOZ CURSO 2019/20.
1. ANTECEDENTES
La Universidad Popular de Badajoz tiene como objetivo prioritario la formación de personas adultas, con el fin de garantizar el derecho a participar en actividades educativas, formativas y culturales, siempre que vayan en beneficio de su propia vida, mejorando sus relaciones y su implicación participativa en todos los ámbitos de la sociedad.
En el presente procedimiento se pretende contratar la impartición de 2 cursos de “restauración de muebles y decoración de muebles”, que se encuentra incluido en la programación 2019/2020 de la Universidad Popular de Badajoz.
El Ayuntamiento de Badajoz, y específicamente la el Servicio de Emprendimiento, Empleo y Formación, no dispone de medios materiales ni personales adecuados para la correcta realización del proyecto, por lo que consideramos que está justificado acudir a una contratación externa de los servicios referenciados en el expediente.
2. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato será la prestación del SERVICIO PARA LA IMPARTICIÓN DE DOS ACCIONES FORMATIVAS DE “RESTAURACIÓN DE MUEBLES Y DECORACIÓN DE MUEBLES” CONTEMPLADAS EN LA PROGRAMACIÓN DE LA UNIVERSIDAD POPULAR DE BADAJOZ CURSO 2019/20.
El contrato tiene la calificación de contrato administrativo de servicios, tal y como establece el artículo 17 de la LCSP.
El código CPV de los citados servicios es 804000000- servicios de enseñanza para adultos y otros servicios de enseñanza.
3. OBJETIVOS DE LAS ACCIONES FORMATIVAS
Con la oferta de cursos de la Universidad Popular para el curso 2019/2020 se va a dotar a los alumnos de los conocimientos, habilidades y técnicas necesarias que les permitan una completa formación para el perfeccionamiento personal. Además, para cada curso o taller, los objetivos específicos que se pretenden alcanzar mediante el presente servicio son los siguientes:
- Mejorar la cohesión fortaleciendo el tejido social y cultural de la ciudad a través de la participación de las personas.
- Favorecer la creatividad y el desarrollo artístico estableciendo infraestructuras y medios para la formación en las diferentes artes.
- Promover la participación en acciones formativas de aquellos colectivos que, por sus circunstancias, requieren atención educativa específica.
- Potenciar el aumento de la convivencia y el respeto.
- Contribuir con acciones positivas a una mayor igualdad social e integración.
4. CONTENIDO DE LAS ACCIONES FORMATIVAS
Con los cursos de restauración y decoración de muebles se pretende el acercamiento a los alumnos a los distintos métodos de estas técnicas.
La restauración de muebles es un proceso largo que exige técnicas laboriosas y amplios conocimientos. Requiere el conocimiento de la madera, los factores que influyen en ella, defectos…También se formarán en el conocimiento de los tipos de muebles, diagnósticos, procesos de desinfección, desmontaje, descampado del mueble…así como todas las demás técnicas para restablecer su funcionalidad y las técnicas de acabado.
La decoración de muebles pretende enseñar al alumno a dar una nueva vida a los muebles, customizándolos y cambiándolos.
5. PARTICIPANTES
Las acciones formativas estarán dirigidas a grupos de 15 alumnos máximo, mayores de 16 años, según la Programación de la Universidad Popular de Badajoz. El proceso de captación y selección de alumnos será realizado por la Universidad Popular de Badajoz.
La celebración de las acciones formativas quedará condicionada a que en la fecha prevista de inicio concurra el número de alumnos/as estimado por el Ayuntamiento dentro de su programación.
El Ayuntamiento de Badajoz se reserva la posibilidad de anular o sustituir la segunda edición de alguna acción formativa, cuya primera edición no haya obtenido el quorum mínimo de alumnos a la finalización de dicha acción formativa, no estando obligado al abono al adjudicatario de la acción formativa no realizada al adjudicatario ni el resto de la acción que haya debido anularse por no alcanzarse el quorum mínimo de alumnos al largo de su celebración.
6. METODOLOGÍA Y MODALIDAD DE IMPARTICIÓN
La modalidad de impartición de los cursos será presencial y la metodología será activa y participativa, compaginando teoría y práctica. En el desarrollo de los cursos se aplicará una metodología teórica y práctica para iniciarse y/o especializarse en las técnicas más usuales de la restauración y la decoración de muebles, fomentando la participación de los asistentes.
Las acciones formativas podrán desarrollarse en horarios de mañana o tarde, en función de la programación de la Universidad Popular de Badajoz.
7. DURACIÓN DE LAS ACCIONES FORMATIVAS
Las acciones formativas a impartir por la entidad beneficiaria tendrán una duración aproximada de octubre de 2019 x xxxx de 2020:
Curso Grupo Horario
ESPECIALIDAD | HORAS |
RESTAURACIÓN DE MUEBLES | 72 H |
DECORACIÓN DE MUEBLES | 78 H |
TOTAL HORAS | 150 H |
El adjudicatario deberá estar en disposición de comenzar las acciones formativas de forma inmediata si así le fuese solicitado.
8. LUGAR DE IMPARTICIÓN
El desarrollo de las acciones formativas, se realizará en instalaciones aportadas por el adjudicatario para el desarrollo de las mismas.
La empresa adjudicataria aportará, en su caso, las instalaciones y equipamiento necesario para el desarrollo de la actividad. Las instalaciones deberán estar debidamente acreditadas y acondicionadas para el perfecto funcionamiento de las acciones formativas y cumplir con las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad, seguridad y prevención de riesgos exigidos por la legislación, así como contar con las medidas necesarias de accesibilidad para personas con discapacidad.
9. PERFIL DE LOS FORMADORES
En lo que respecta al perfil del monitor/es que impartan las actividades formativas, deberán estar en posesión del título del ciclo formativo en grado medio en madera y muebles o en su defecto otra titulación con la que se pueda acreditar la capacidad para impartir los cursos.
10. COORDINACIÓN TÉCNICA
Con el fin de garantizar la calidad técnica y pedagógica de las acciones formativas, así como del cumplimiento de las condiciones establecidas en este pliego, el Servicio de Emprendimiento, Empleo y Formación del Ayuntamiento de Badajoz, designará a la persona responsable del seguimiento y control de dicho cumplimiento.
El personal designado por la Universidad Popular de Badajoz tendrá la facultad de acceder periódicamente al aula en la que se imparte la actividad docente, con el fin de comprobar su desarrollo.
Los técnicos municipales realizarán el seguimiento y evaluación del servicio ejecutado durante el plazo de vigencia del contrato, y en caso de apreciarse anomalías e incumplimientos, se dará cuenta a las autoridades y órganos competentes, incoando expediente administrativo de carácter informativo que recoja los incumplimientos detectados, disponiendo la empresa de 10 días hábiles para presentar alegaciones a los mismos, paralizándose automáticamente las facturas y los correspondientes abonos hasta la resolución del expediente.
El Servicio de Emprendimiento, Empleo y Formación pondrá en conocimiento de la empresa las reclamaciones de los usuarios hacia el personal que presta los servicios objeto xxx xxxxxx, para la xxxxxxxx de las medidas disciplinarias correspondientes. Si estar faltas son reiteradas por alguno de los trabajadores de la empresa, el Ayuntamiento de Badajoz podrá solicitar su apartamiento del servicio.
11. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Serán obligaciones del adjudicatario:
- La impartición de las acciones formativas según lo establecido en la presente memoria.
- El diseño y elaboración de los contenidos del curso, teniendo en cuenta que los contenidos mínimos de cada curso deberán ajustarse al tiempo y nivel especificados. Deberá aportar dicha programación con una antelación mínima de 15 días al Ayuntamiento de Badajoz
- Reunión previa, al inicio de la acción formativa, para fijar los procedimientos de colaboración y ultimar todos los detalles relativos al inicio de los mismos.
- Asistencia a las reuniones de coordinación que se establezcan.
- Realizar el control de presencia diaria en el aula de los alumnos, mediante un modelo suministrado por la Universidad Popular de Badajoz. Dicha documentación deberá ser entregada, junto con el informe de seguimiento y
evaluaciones de los alumnos al Ayuntamiento de Badajoz cuando le sea requerido.
- Pago de los salarios, la Seguridad Social, el Seguro de los riesgos derivados de los posibles accidentes de trabajo, así como toda clase de seguros sociales que actualmente sean obligatorios o que en lo sucesivo lo fueran respecto del personal que imparta la acción formativa.
- Entrega al Ayuntamiento de Badajoz de la documentación exigida para la comprobación de las altas en la Seguridad Social en la contratación de monitores.
- controlar la asistencia de los alumnos con el fin de asegurar el 90 % de asistencia de los participantes. La Universidad Popular de Badajoz facilitará el listado de alumnos seleccionados para poder cubrir las bajas en el caso de que se produzcan.
- Participar en las acciones programadas en la finalización del proceso formativo.
- El adjudicatario deberá realizar y entregar una memoria comprensiva y explicativa de la ejecución del curso. Dicha memoria deberá incluir una valoración de los fines conseguidos, así como el informe detallado de las causas que hayan impedido la consecución de dichos fines, si este fuera el caso para algunos de los objetivos propuestos. Igualmente incluirá propuestas de mejora para la realización de futuras acciones similares. Ambas deberán presentarse diseñadas y maquetadas para impresión, siguiendo siempre las especificaciones dadas por el equipo técnico designado por la Universidad Popular de Badajoz.
Todos los documentos y resultados de los trabajos realizados objeto del contrato, se realizarán teniendo en cuenta el enfoque de género, poniendo todos los agentes implicados especial atención en la utilización, tanto de lenguaje como de imágenes no sexistas.
En toda difusión pública o referencia a las actuaciones previstas en el contrato, cualquiera que sea el medio elegido (cartas, presentaciones, cartelería, material de difusión y divulgación, etc.) se deberá incluir de modo destacado los siguientes elementos: el logotipo del Ayuntamiento de Badajoz y de la Universidad Popular de Badajoz. Asimismo, en el material gráfico que se utilice y en toda aquella documentación que se entregue a los participantes figurará el logotipo Ayuntamiento de Badajoz y de la Universidad Popular de Badajoz.
12. SUSTITUCIONES
En lo que respecta al personal técnico contratado, la empresa deberá tener prevista la sustitución inmediata del trabajador/a que por cualquier causa estuviera impedido para realizar su horario de trabajo correspondiente.
Esta norma será de obligado cumplimiento para garantizar la prestación del servicio en todo momento con las mismas condiciones y estándares de calidad.
En caso de sustitución unilateral por parte de la empresa, ésta deberá comunicarlo a al Servicio de Emprendimiento, Empleo y Formación, al menos con 15 días de antelación, garantizándose, en cualquier caso, la adecuada continuidad en la calidad y eficacia de los servicios contratados.
13. RÉGIMEN DE SANCIONES
El cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o el incumplimiento de los compromisos y obligaciones del contratista o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido (según el artículo 202.2 LCSP), darán lugar a la imposición de penalidades, previa audiencia de la empresa adjudicataria, de carácter económico que se harán efectivas mediante la deducción automática de las certificaciones correspondientes.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato, que será inmediatamente ejecutivo.
En el caso de incumplimientos repetidos en al menos tres ocasiones, de las obligaciones del contratista, respecto a las prestaciones de Servicios recogidos en el presente pliego, la administración podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas.
Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades en la proporción a la gravedad del incumplimiento y la cuantía de cada una de ellas no podrá ser superior al 10% del precio del contrato, IVA EXCLUIDO, ni el total de las mismas superar el 50% del precio del contrato.-.
Además de los medios materiales o personales indicados, considerados suficientes para la correcta ejecución del contrato, se prestará especial interés en el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
Impago de los salarios a los trabajadores.
Impago de la Seguridad Social, el Seguro de los riesgos derivados de posibles accidentes de trabajo, así como toda clase de seguros sociales que actualmente sean obligatorios o que en lo sucesivo lo fueran
Incumplimiento de las obligaciones de comunicación a la Concejalía de Emprendimiento, Empleo y formación.
A elección del Ayuntamiento podrá imponérsele una penalidad del 0,5% del contrato por día, con un máximo del 10% acumulado o resolverse el contrato, siendo esta última
opción obligatoria si la aplicación de la penalidad diera lugar a un porcentaje superior al citado.
14. CONFIDENCIALIDAD
Todos los trabajos realizados para el buen fin del presente contrato, tendrán carácter confidencial, no pudiendo el adjudicatario utilizar para sí ni proporcionar a terceros datos o información alguna de la prestación o prestaciones contratadas sin autorización escrita de la Administración, estando obligado a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado, tanto de la información como de los resultados obtenidos en el trabajo realizado. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
15. SUBCONTRATACIÓN
La subcontratación de parte del contrato exigirá, en todo caso, autorización previa y por escrito a la Universidad Popular de Badajoz.
16. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A PRESENTAR
Los participantes en la presente contratación deberán presentar una programación en la que deberá especificar claramente una propuesta de actuaciones previstas, los medios materiales y humanos propuestos, las instalaciones utilizadas para la impartición de la acción formativa, con la descripción de las mismas, así como los objetivos a cumplir; Dicha Memoria estará, en todo momento, basada en las especificaciones incluidas en el presente documento y tendrá como objetivo la realización de los trabajos especificados en la presente memoria.
17. REQUISITOS DE SOLVENCIA
El adjudicatario deberá tener experiencia de un año como mínimo como docente de cursos de RESTAURACIÓN DE MUEBLES Y DECORACIÓN DE MUEBLES.
18. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 CSP, asciende a la cantidad de 5.700,00€.
19. PRESPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El presupuesto base de licitación constituye el límite máximo de gasto, e incluye el importe total pagadero de la prestación (incluido del Impuesto sobre el Valor Añadido). Por tanto, incluye los costes directos e indirectos, teniendo en cuenta los precios
habituales xx xxxxxxx (incluidos los gastos generales de la empresa, el beneficio industrial) desglosándose de la siguiente manera:
Precio hora = 38,00€/h
150 horas X 38€/h = 5.700,00€ IVA 21% = 1.197,00€
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN: 6.897,00€
20. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Atendiendo a lo establecido en el Art. 145.4 párrafo segundo de la LCSP: “En los contratos de servicios del Anexo IV, así como en los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, los criterios relacionados con la calidad deberán representar, a l menos, el 51 por ciento de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas”.
Los criterios de adjudicación serán los siguientes:
20.1 Criterio precio. Oferta económica (máximo 49 puntos):
* A la mejor oferta se le otorgará 49 puntos.
* Al resto de las ofertas se otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la siguiente fórmula:
Puntuación de la oferta económica que se valora= 49 x (Mejor oferta/Oferta a valorar)
20.2 Criterios relacionados con la calidad. Recursos personales y materiales (máximo
51 puntos):
20.2.a) Curriculum monitores (hasta 30 puntos)
* Se valorará con 1 punto la titulación superior a la requerida en la convocatoria.
* Por cada hora de formación específica impartida por el monitor relacionada con el curso a contratar se valorarán 0,02 puntos.
* Por cada hora de formación recibida de la materia a impartir se valorarán 0,02 puntos. Las horas de formación se computarán a partir del año exigido para el requisito de solvencia.
20.2.b) Actividades complementarias (hasta 21 puntos).
Por cada actividad extra ofertada y que esté directamente relacionada con la materia del curso a impartir se valorará con 7 puntos hasta un máximo de 21 puntos.
21. OFERTAS ANORMALES O DESPROPORCIONADAS
Se considerarán ofertas anormales o desproporcionadas aquellas que supongan una bajada superior al porcentaje medio de bajada sobre el precio de licitación de todas las ofertas recibidas, incrementada en 10 puntos porcentuales.
22. ACLARACIONES A LAS OFERTAS
El Ayuntamiento de Badajoz, a través de los Técnicos Municipales competentes, podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor comprensión y valoración de las mismas. La aclaración del licitador no podrá variar, en ningún caso, el contenido sustancial de la oferta.
Badajoz, a 00 xx xxxxx xx 0000
Xxx.: Xxxxx Xxxxxx Xxxx
Jefa del Servicio de Emprendimiento, Empleo y Formación