OBJETO DEL CONTRATO:
OBJETO DEL CONTRATO:
Servicio de vigilancia y seguridad privada en las instalaciones del Club Campestre de Cali.
VIGENCIA DEL CONTRATO:
12 meses a partir de la fecha de iniciación, con renovación previo cumplimiento del 95% frente a los criterios de evaluación de proveedores: calidad, oportunidad, efectividad y demás que se pacten.
FECHA DE INICIACIÓN:
01 xx xxxxxx de 2021. Se tendrá en cuenta un período de estabilización, definición y ajustes de protocolos y actividades de máximo un (1) mes. En caso de no lograrse los niveles de desempeño establecidos por el Club Campestre, se podrá dar por terminada la prestación del servicio.
SEGUIMIENTO:
El Club Campestre, realizará seguimiento permanente al desarrollo de las actividades, rutinas de trabajo y ejecución del contrato y establecerá parámetros cuantitativos y cualitativos de seguimiento y medición, para lo cual el contratista debe asegurar la implementación de correcciones, acciones correctivas, acciones preventivas y de mejora que sean necesarias y se consideren pertinentes.
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO:
1. El contratista será responsable de realizar actividades de vigilancia y seguridad dentro de las instalaciones del Club Campestre de Cali, en lo concerniente a infraestructura física, edificios, zonas comunes, áreas verdes y deportivas, áreas perimetrales, parqueaderos y demás zonas o sitios que se encuentren dentro de los límites de Club.
2. El contratista se obliga a prestar el servicio por su cuenta y riesgo con sus propios equipos, elementos y personal a su servicio con libertad y autonomía técnica administrativa.
3. El contratista debe asegurar que el personal responsable de realizar las actividades operativas y/o administrativas en el Club Campestre cuente con el
conocimiento, experticia y la experiencia adecuada para la ejecución del objeto del contrato.
4. El contratista debe garantizar el adecuado proceso de selección, evaluación y contratación del personal responsable de realizar las actividades operativas y/o administrativas en el Club Campestre y el cumplimento total y cabal de las responsabilidades legales vigentes que para tales efectos se requieran. De igual forma se debe asegurar, en todo momento, mantener un trato cordial y respetuoso con el fin de mantener un ambiente de trabajo adecuado.
5. El contratista debe asegurar que el personal a su cargo, asignado a la ejecución del contrato, haga parte de un plan de capacitación permanente y periódico sobre temas relacionados con el mejoramiento en la prestación del servicio y demás temas complementarios.
6. El contratista debe asegurar la asignación de los reemplazos del personal en los casos requeridos por efectos de licencias, permisos, vacaciones, y demás situaciones que permitan una planeación previa. En caso de presentarse inasistencia por efectos de fuerza mayor (aquellas situaciones en las cuales no hay posibilidad a realizar una planeación previa), el contratista debe garantizar la asignación del reemplazo requerido en el menor tiempo posible de tal forma que se reduzca al mínimo la afectación del servicio y la normal operación del Club Campestre.
7. El contratista, en caso de ser requerido, deberá contar con la facilidad de aumentar las plazas del dispositivo de forma transitoria o permanente previo acuerdo con el Club.
8. El contratista será responsable de documentar, entrenar y asegurar la vigencia de los manuales de operación (consignas) de cada uno de los puestos de trabajo del dispositivo. Deberá entregar copia de los mismos al Club, en un plazo no mayor a 30 días a partir del inicio del contrato.
9. El contratista deberá brindar apoyo, en términos de seguridad y vigilancia, durante el desarrollo de las actividades programadas por el Club o desarrolladas dentro del Club, para lo cual deberá contar, en caso de ser necesario, de personal adicional competente y suficiente para dar cobertura según la solicitud.
10. El contratista será responsable de asignar, por lo menos, un (1) un comandante de brigada (Máster) en cada uno de los turnos de trabajo de tal forma que se convierta en responsable de las condiciones de seguridad del turno y sirva de enlace de comunicación con el responsable de la seguridad por parte de la
Administración del Club. De este grupo de comandantes de brigada (Master), deberá seleccionar uno (Jefe de Seguridad) con habilidades técnicas y administrativas y con capacidad para toma de decisiones, el cual garantizará la coordinación general del dispositivo, coordinará los procesos de seguimiento e investigación que se requieran y servirá de enlace directo entre el Club y la Empresa de Seguridad. De igual forma deberá asignar el personal suficiente y competente para el desarrollo del objeto del contrato.
11. El contratista, deberá elaborar un diagnóstico de condiciones de seguridad (análisis de riesgos) documentado, el cual deberá detallar el plan de trabajo oficial para el desarrollo del contrato,recomendaciones orientadas al mejoramiento de las condiciones de seguridad y un balance de resultados. Este análisis deberá ser presentado en un plazo no mayor a 30 días a partir del inicio del contrato y actualizado en frecuencias semestrales.
12. El contratista será responsable de garantizar en la portería del Club, el cumplimiento de los protocolos y reglamentos de vigilancia, seguridad, control de ingreso y salida de personal (socios, empleados, visitantes, contratistas, asistentes a eventos, proveedores, escoltas, etc.), vehículos, materiales, materias primas, insumos, equipos, animales, etc. y demás elementos que sean objeto del cumplimiento de estas normas o puedan representar factor de riesgo para la seguridad del Club.
13. El contratista debe asegurar la realización de recorridos periódicos y permanentes por las instalaciones del Club y por las zonas perimetrales, garantizando el registro y/o evidencia del desarrollo de estos controles.
14. De común acuerdo entre las partes, se podrán modificar las actividades y rutinas de trabajo ajustándolas de tal forma que se asegure el objetivo y alcance del contrato.
15. Cuando se requiera, el contratista será responsable de operar yadministrar la sala de monitoreo del circuito cerrado de televisión.En este caso, los Master deberán estar entrenados y con la competencia necesaria para la operación adecuada del CCTV. Todo el material y registros de esta operación será propiedad exclusiva del Club Campestre de Cali.
16. El Contratista será responsable de vigilar el ingreso y descargue de materias primas, insumos y materiales por parte de los proveedores en los sitios definidos con el fin de garantizar las condiciones de seguridad.
17. El contratista será responsable de hacer cumplir las políticas de seguridad y comportamiento que estén definidas en el Código de Convivencia y Buen Gobierno del Club y que le competan dentro del objeto del contrato.
18. El personal asignado por el Contratista para la ejecución del objeto del contrato deberá cumplir las normas y reglamentos establecidos por el Club Campestre de Cali.
19. El servicio de seguridad y vigilancia ofrecido deberá ser desarrollado por personal competente seleccionado por parte del contratista, los cuales deben ser debidamente uniformados. El contratista deberá contar con un mecanismo de supervisión permanente sobre la labor realizada por los miembros del dispositivo, mediante sus propios supervisores que de forma sistemática y frecuente verificarán cada uno de los puestos de vigilancia.
20. La definición de rutinas de seguridad, vigilancia y desarrollo de actividades se deben diseñar de tal forma que no represente alteración en la operación normal del Club Campestre.
21. El contratista deberá ser el responsable de suministrar la dotación al personal, cumpliendo las consideraciones legales vigentes e incluyendo la relacionada con elementos de protección personal y biosanitaria.
22. El contratista debe asegurar tener en las instalaciones del Club Campestre un librominuta en la cual se registren las novedades operativas propias del desarrollo del contrato y facilitar de esta forma la transmisión de la información para cada uno de los turnos de trabajo.
23. El contratista deberá tener canales de comunicación y relacionamiento con entidades de apoyo tales como policía, ejercito, bomberos, etc.
24. El contratista pondrá a disposición para el desarrollo eficiente del objeto del contrato herramientas (tecnológicas, logísticas, informativas) adicionales de vigilancia, control y seguridad.
25. Para los casos que se requiera personal motorizado, dicho vehículo debe tener las condiciones apropiadas para transitar en la topografía y superficies de tránsito (pavimento, asfalto, grama, destapado, etc.) de una forma eficiente y segura.
26. El dispositivo básico requerido para el cumplimiento del objeto del presente contrato estará conformado así:
• Un (1) Master con moto, arma y radio de comunicación. 24 horas todos los días del mes, incluidos festivos.
• Tres (3) servicios de vigilancia con moto, arma y radio de comunicación. 24 horas todos los días del mes, incluidos festivos.
• Un (1) servicio de vigilancia con moto, arma y radio de comunicación. 24 horas todos los días del mes, incluidos festivo. Zona Guacharaca.
• Un (1) servicio de vigilancia con arma y radio de comunicación. 24 horas todos los días del mes, incluidos festivos. Portería.
ENTREGABLES:El oferente deberá entregar en la oficina de la Gerencia del Club Campestre de Cali, a más tardar el día 22 xx xxxxx antes de las 4:00 pm, en sobre cerrado lo siguiente:
a. Portafolio empresarial.
b. Propuesta económica: Valor total por año y valores unitarios discriminados para cada uno de los ítems, teniendo en cuenta el dispositivo planteado en el punto 26 del presente documento.
c. Listado de clientes actuales (año 2020 y 2021)
d. Oferta de valores agregados.
e. Registro xx Xxxxxx y Comercio con una fecha no mayor a un mes de expedición.
f. Original del Registro Único Tributario (RUT).
g. Copia de la cédula del representante legal.
h. Balance general a 31 de diciembre de 2020.