LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRONICA NO. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRONICA NO. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023
CON EL OBJETO DE REALIZAR LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO INTEGRAL DE VEHÍCULOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL DOS BOCAS, S.A. DE C.V.
LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL DOS BOCAS, S.A. DE C.V.
EMITE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023
CON EL OBJETO DE REALIZAR LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO INTEGRAL DE VEHÍCULOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL DOS BOCAS, S.A. DE C.V.
Publicada en el Sistema Electrónico CompraNet 2023 el 27 de Julio 2023
xxxxx://xxxx-xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/
ÍNDICE
Ref. |
APARTADO 1 |
|
INFORMACIÓN GENERAL Y ESPECÍFICA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA |
1.1 |
Nombre de la Convocante |
1.2 |
Obtención de la CONVOCATORIA a la Licitación Pública. |
1.3 |
Tipo y número de licitación asignado por el Sistema Electrónico CompraNet 2023. |
1.4 |
Definiciones |
1.5 |
Recursos |
1.6 |
Idioma para presentar proposiciones |
1.7 |
Carácter de la licitación pública nacional Electrónica. |
1.8 |
Igualdad de Género. |
|
APARTADO 2 |
OBJETO Y ALCANCE PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA |
|
2.1 |
Cronograma de eventos de la Licitación. |
2.2 |
Descripción detallada del ARRENDAMIENTO. |
2.3 |
Anexo 1 de la CONVOCATORIA. |
2.4 |
Vigencia del contrato. |
2.5 |
Lugar donde se entregarán las UNIDADES ARRENDADAS por parte del Proveedor |
2.6 |
Condiciones de la entrega del ARRENDAMIENTO. |
2.7 |
Normas Oficiales que aplica. |
2.8 |
Forma de adjudicación del ARRENDAMIENTO. |
2.9 |
Período de vigencia de la cotización. |
2.10 |
Condiciones de precio. |
2.11 |
Condiciones de pago. |
2.12 |
Anticipo |
2.13 |
Moneda en que se cotizará y efectuará el pago respectivo. |
2.14 |
Monto del CONTRATO. |
2.15 |
Cadenas Productivas. |
2.16 |
Garantías de cumplimiento de CONTRATO. |
2.17 |
Aplicación de las garantías de cumplimiento del CONTRATO. |
2.18 |
Penas convencionales |
|
APARTADO 3 |
ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA |
|
3.1 |
Autorización de reducción de plazos. |
3.2 |
Designación del servidor público que presidirá los actos del procedimiento. |
3.3 |
Visita a las Instalaciones. |
3.4 |
Fecha, hora y lugar de la Junta de Aclaraciones. |
3.5 |
Fecha, hora y lugar de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones. |
3.6 |
Criterios que se aplicarán para adjudicar el CONTRATO. |
3.7 |
Xxxxx, y forma de comunicación del fallo. |
3.8 |
Formalización del CONTRATO. |
3.9 |
Presentación conjunta de proposiciones. |
3.10 |
Los licitantes solo podrán presentar una proposición por Licitación Pública. |
3.11 |
Forma en que deberá acreditar la existencia y personalidad jurídica el licitante. |
3.11.1 |
Relación de documentos a presentar por el PROVEEDOR previo a la firma del contrato. |
3.12 |
Documentos de las proposiciones que deberán rubricarse. |
3.13 |
Requisitos que deberán cumplir los licitantes. |
3.14 |
Inconformidades. |
3.15 |
Causas de descalificación. |
3.16 |
Suspender temporalmente la licitación. |
3.17 |
Cancelación de la licitación. |
3.18 |
Declarar desierta la licitación. |
3.19 |
Rescisión del CONTRATO. |
3.20 |
De las controversias. |
3.21 |
Terminación anticipada del CONTRATO. |
3.22 |
Atraso en la entrega de los Vehículos Arrendados. |
3.23 |
Sanciones. |
3.24 |
Nota informativa para licitantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales. |
3.25 |
Acceso a la información. |
3.26 |
Encuesta Programa de Transparencia y Combate a la Corrupción. |
3.27 |
Cuestionario a PROVEEDOR para integrar la lista de PROVEEDOR evaluados del Sistema de Gestión Integral. |
|
APARTADO 4 |
4.1 |
Anexos que forman parte de la Propuesta Técnica, Legal y Económica. |
APARTADO 1
INFORMACIÓN GENERAL Y ESPECÍFICA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
NOMBRE DE LA CONVOCANTE: ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL DOS BOCAS S.A. DE C.V.
La Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., con domicilio fiscal en: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx Xxxxx, Paraíso, Tabasco, código postal 86608, con teléfonos (00 000) 000-00-00, 51-60, y 27-44, y correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en cumplimiento con lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134 tercer párrafo y a las disposiciones que establece el artículo 26, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, celebrará por conducto de la Gerencia de Administración y Finanzas, la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA No. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023 con el objeto de realizar el “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.”.
OBTENCIÓN DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA
Esta licitación conforme a los medios que se utilizaran será Electrónica de acuerdo al Artículo 26 Bis fracción II, en la cual exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través del Sistema Electrónico CompraNet 2023, se utilizarán medios de identificación electrónica y las comunicaciones producirán los efectos que señala el artículo 27 de la Ley.
La o las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo, sólo se realizarán a través del Sistema Electrónico CompraNet 2023 y sin la presencia de los licitantes en dichos actos.
Es requisito indispensable la obtención de la CONVOCATORIA y el registro del concursante para participar en la presente licitación.
La CONVOCATORIA se puede obtener de forma gratuita, de la siguiente forma:
A través del Sistema Electrónico CompraNet 2023 de la SHCP, en la dirección electrónica de Internet (xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx)
REGISTRO DE LICITANTES
De conformidad con el artículo 33 Bis de la LEY (LAASSP), será necesario que los interesados envíen mínimo con tres días de anticipación y máximo veinticuatro horas antes a la primera junta de aclaraciones un escrito simple, bajo protesta de decir verdad, que contenga los datos que actualmente están contenidos en el artículo 39, fracción VI inciso a) del REGLAMENTO.
Dicho escrito podrá estar dirigido al C.P. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Gerente de Administración y Finanzas, de la ASIPONA Dos Bocas y podrá ser enviado vía correo electrónico a las siguientes direcciones: xxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, mínimo 24 horas antes de la celebración de la Junta de aclaraciones. En este escrito su firmante deberá manifestar, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada.
I. Del Licitante: Clave del Registro Federal de Contribuyentes; nombre, domicilio, correo electrónico donde se le podrán notificar las actas derivadas de la presente licitación, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa; número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó; así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio, y relación del nombre de los socios que aparezcan en éstas, y
II. Del representante del licitante: Número y fecha de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó.
En caso de NO recibir dicho escrito en el período establecido en párrafos anteriores para la Junta de Aclaraciones, los licitantes que deseen participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023, deberán entregar el oficio antes mencionado como parte de su propuesta técnica, dentro del apartado de Documentación Legal, sin embargo NO recibirán respuesta por parte de la CONVOCANTE a las preguntas realizadas.
TIPO Y NÚMERO DE LICITACIÓN ASIGNADO POR EL SISTEMA COMPRANET 2023
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
No. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023
Objeto: Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., de acuerdo con las siguientes definiciones:
1.4 DEFINICIONES
Para efectos de la presente Licitación Pública Nacional Electrónica, se establecen las siguientes definiciones:
ASIPONA DOS BOCAS |
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V. |
CONVOCANTE |
La Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., a través de la Gerencia de Administración y Finanzas. |
CONVOCATORIA |
CONVOCATORIA de esta LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA. |
COMPRANET 2023 |
El Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico. |
OIC |
Órgano Interno de Control en la ASIPONA DOS BOCAS. |
CONTRATO |
Es el acto jurídico por virtud del cual se crean y transmiten derechos y obligaciones, con la intención de producir consecuencias de derechos. |
ENTIDAD |
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V. |
FUNCIONARIOS PÚBLICOS |
Personas al servicio de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., que asumen funciones de iniciativa, decisión y mando con carácter de autoridad y de representatividad y que ocupan los grupos jerárquicos de: Jefe de Departamento, Subgerente, Gerente de Administración y Finanzas. |
IVA |
Impuesto al Valor Agregado. |
LEY |
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público |
LICITANTE |
La persona física o moral que participe en esta LICITACIÓN pública nacional, esto es, que adquiera la CONVOCATORIA y presente su proposición técnica y económica. |
PROVEEDOR |
Persona física o moral quien resulte ganador de esta LICITACIÓN. |
REGLAMENTO |
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
SE |
Secretaría de Economía. |
SFP |
Secretaría de la Función Pública. |
SHCP |
Secretaría de Hacienda y Crédito Público |
ARRENDAMIENTO |
Relativos al “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.”. |
OCDE |
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. |
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA |
Licitación en la cual exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet 2023, se utilizarán medios de identificación electrónica, las comunicaciones producirán los efectos que señala el artículo 27 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
PRECIO NO ACEPTABLE |
Es aquél que derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación. |
PRECIO CONVENIENTE |
Es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, y a éste se le resta el porcentaje que determine la entidad en sus políticas, bases y lineamientos. |
RECURSOS
Para cubrir las erogaciones que deriven del presente contrato, la ASIPONA DOS BOCAS cuenta con presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio 2023 emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Oficio número 307-A.- 3052 de fecha 12 de Diciembre de 2022 con cargo a las partidas 32503 “Arrendamiento de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales para servicios administrativos” y 32505 “Arrendamiento de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales para servidores públicos”.
Para cubrir las erogaciones que se devenguen por el arrendamiento de los vehículos de los ejercicios 2023, 2024, 2025 y 2026 se estará a la autorización presupuestal que en su momento emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
1.6 IDIOMA PARA PRESENTAR PROPOSICIONES
Los LICITANTES deberán presentar sus propuestas y documentos inherentes a las mismas en idioma español.
1.7 MEDIO Y CARÁCTER DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
Los licitantes deberán participar en forma electrónica en la o las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de Fallo, en la plataforma electrónica denominada CompraNet 2023 en el link: xxxxx://xxxx-xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/
Esta licitación tiene carácter nacional electrónica, por lo que, en la presente Licitación Pública únicamente se permitirá la participación de los licitantes a través del Sistema CompraNet 2023.
A fin de dar cumplimiento a la Norma Mexicana para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres (NMX-R-025-SCFI-2015), en todos los casos donde se utilice un lenguaje que pudiera interpretarse como excluyente al género femenino, invariablemente deberá interpretarse y entenderse como incluyente e igual tanto para hombres como para mujeres.
APARTADO 2
OBJETO Y ALCANCE PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
2.1 CRONOGRAMA DE EVENTOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
Para la presente licitación se estará al siguiente calendario:
Cantidad |
Unidad de Medida |
Descripción |
1 (Uno) |
Arrendamiento |
Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V. |
CONVOCATORIA O INVITACIÓN
DIA: |
27 |
MES: |
07 |
AÑO: |
2023 |
HORA: |
|
JUNTAS DE ACLARACIONES
DIA: |
04 |
MES: |
08 |
AÑO: |
2023 |
HORA: |
10:00 |
LUGAR: |
La junta de aclaraciones se realizará de manera Electrónica, en la cual exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet 2023 y se utilizarán medios de identificación electrónica. |
ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
DIA: |
11 |
MES: |
08 |
AÑO: |
2023 |
HORA: |
10:00 |
LUGAR: |
El acto de presentación y apertura de proposiciones se realizará de manera Electrónica, en la cual exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet 2023 y se utilizarán medios de identificación electrónica. |
ACTO DE NOTIFICACIÓN DE FALLO
DIA: |
14 |
MES: |
08 |
AÑO: |
2023 |
HORA: |
11:00 |
LUGAR: |
El acto de notificación de fallo se realizará de manera Electrónica, en la cual exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet 2023 y se utilizarán medios de identificación electrónica. |
FECHA ESTIMADA DE FORMALIZACION DE CONTRATO
DIA: |
15 |
MES: |
08 |
AÑO: |
2023 |
HORA: |
15:00 |
LUGAR: |
Sala de Licitaciones de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V. |
2.2. DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL ARRENDAMIENTO |
La presente Licitación tiene como objeto el “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.”, y en Anexo I de la presente convocatoria, se detallan las Especificaciones Generales y Particulares del arrendamiento requerido.
2.3 ANEXO 1 DE LA CONVOCATORIA
En el anexo uno “Descripción detallada del arrendamiento”, se detallan las condiciones técnicas consignadas por el área requirente, que se deberán dar cabal cumplimiento en el desarrollo de los trabajos solicitados, mismos que se pagarán de manera mensual.
2.4 VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que derive del presente procedimiento de contratación tendrá una vigencia de 36 meses, el cual comenzará el día 01 de septiembre de 2023 y finalizará el 01 de septiembre de 2026.
Dicho contrato, de conformidad a lo señalado en el artículo 54 Bis, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, podrá darse por terminado anticipadamente cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el arrendamiento, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública.
2.5 LUGAR DONDE SE ENTREGARÁN LAS UNIDADES ARRENDADAS POR PARTE DEL PROVEEDOR
Las unidades automovilísticas solicitadas en el anexo 1, se entregarán en la siguiente dirección:
Edificio Administrativo de la ASIPONA Dos Bocas ubicado en: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000 Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X.X. 86608 Paraíso, Tabasco.
2.6 CONDICIONES DE LA ENTREGA DEL ARRENDAMIENTO
EL PROVEEDOR deberá entregar el tipo de vehículo conforme a lo señalado en su propuesta técnica económica y con relación a lo solicitado en las diferentes partidas del ANEXO TÉCNICO 1.
Toda vez que se trata de 24 unidades nuevas “EL PROVEEDOR” deberá hacer la entrega de las unidades vehiculares entre los primeros 15 días naturales a partir de la emisión del fallo respectivo, en el lugar indicado en el numeral 2.5 de la presente Convocatoria.
2.7 NORMAS OFICIALES QUE APLICAN
En términos de lo previsto en el artículo 31 del Reglamento, en virtud de que no existen normas relativas al arrendamiento, la contratación se llevará a cabo conforme a las especificaciones determinadas en el ANEXO 1.
No aplican Normas Oficiales Mexicanas, Norma Mexicana, Norma Internacional, Norma de Referencia o Especificación Técnica, que resulte aplicable para los vehículos requeridos conforme a la Ley de Infraestructura de la Calidad.
2.8 FORMA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El Arrendamiento Integral de vehículos objeto de la presente licitación, está compuesto por 5 (cinco) partidas y, el CONTRATO que se derive de éste, será adjudicado POR PARTIDA, cuya propuesta resulte solvente, conveniente y ofrezca las mejores condiciones de contratación en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad para la ASIPONA Dos Bocas, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en las mismas y cumpla con las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la ASIPONA DOS BOCAS. (Anexo 1).
2.9 PERÍODO DE VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN
La cotización que presenten los LICITANTES dentro de su propuesta económica, deberá tener una vigencia de 40 días naturales contados a partir de la fecha de la emisión del fallo. El proponer un plazo de entrega menor al solicitado, no afecta la solvencia de la proposición, esto de conformidad con el último párrafo del artículo 36 de la LEY.
2.10 CONDICIONES DE PRECIO
Los precios ofertados permanecerán fijos no sujetos a cambio durante la vigencia total del CONTRATO.
Lo precios ofertados deberán cotizarse sin el Impuesto al Valor Agregado.
Los LICITANTES deberán conformar su propuesta de precios de acuerdo con el formato de cotización adjunto a esta CONVOCATORIA como ANEXO 3.
NOTA: Cuando con posterioridad a la adjudicación del CONTRATO correspondiente se presenten circunstancias económicas de tipo general, como resultado de situaciones supervenientes ajenas a la responsabilidad de las partes, que provoquen directamente un aumento o reducción en los precios del ARRENDAMIENTO aún no prestado y aún no pagados, y que por tal razón no pudieron haber sido objeto de consideración en la propuesta que sirvió de base para la adjudicación del CONTRATO correspondiente, la entidad reconocerá incrementos o requerirá reducciones, de conformidad con las disposiciones que emita la SFP, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 44 de la LEY.
2.11 CONDICIONES DE PAGO
Las políticas de pago que aplicará ASIPONA Dos Bocas, para la facturación que se derive después de la entrega del ARRENDAMIENTO y el momento a partir del cual se hará exigible el pago serán las siguientes:
El licitante ganador realizará la entrega de los vehículos arrendados, objeto de la licitación, en el domicilio indicado por la CONVOCANTE.
De acuerdo a los días establecidos por la CONVOCANTE, el LICITANTE ganador entregará a la ASIPONA Dos Bocas la factura correspondiente al ARRENDAMIENTO, debidamente requisitada. Dicha factura se revisará y verificará en un plazo máximo de tres días naturales después de la recepción de la misma; si los datos son correctos continuará el procedimiento para su pago, el cual concluirá con la liquidación dentro de los 20 días naturales contados a partir de la fecha de presentación de la factura, o al posterior día hábil sí aquel no lo fuere.
En caso de correcciones en la factura y la documentación anexa, ASIPONA Dos Bocas rechazará, dentro de un plazo máximo de 3 días naturales, la documentación y la devolverá al PROVEEDOR para que este la corrija y la presente de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago; por lo que en éste caso, el plazo de los 20 días iniciará a partir de la fecha de la nueva presentación.
El PROVEEDOR deberá presentar en compañía de la factura que presente para pago, carta original de solicitud de pago durante la vigencia de la prestación del ARRENDAMIENTO, firmada por el Representante Legal, con atención a la Jefatura del Departamento de Tesorería; indicando número de cuenta bancaria, clave interbancaria, nombre de institución bancaria, plaza y número de sucursal; para que una vez que sea procedente, se le haga el depósito bancario correspondiente vía transferencia electrónica.
2.12 ANTICIPO
Para este contrato no se otorgará anticipo.
2.13 MONEDA EN QUE SE COTIZARÁ Y EFECTUARÁ EL PAGO RESPECTIVO
Los LICITANTES deberán presentar sus ofertas en pesos mexicanos; desglosando el IVA; asimismo, la ASIPONA Dos Bocas efectuará los pagos en este tipo de moneda. No se aceptarán propuestas con valores expresados en moneda extranjera.
El CONTRATO que resulte de esta LICITACIÓN será en los términos establecidos en esta CONVOCATORIA, el monto se derivará de la proposición más solvente que resulte de esta LICITACIÓN.
La ASIPONA DOS BOCAS se compromete a arrendar la cantidad de vehículos indicados en el ANEXO 1 de esta CONVOCATORIA.
El monto del contrato podrá ampliarse hasta en un 20% adicional al mismo, esto con fundamento en el artículo 52 de la LEY, siempre y cuando la entidad disponga con suficiencia presupuestal en la partida correspondiente y el precio unitario del ARRENDAMIENTO sea igual al pactado originalmente.
2.15 CADENAS PRODUCTIVAS
En virtud de que la ASIPONA DOS BOCAS, está incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo, manifiesta su conformidad para que el LICITANTE ganador pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero que esté incorporado a la cadena productiva del LICITANTE ganador mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico.
El licitante ganador, con base en la información que se indica en el ANEXO 18 denominado Formato xx Xxxxxxx Productivas, deberá iniciar su afiliación en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico (00) 0000-0000 o al 01 800 NAFINSA (01-800-6234672) o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera donde se le atenderá para el proceso de afiliación. (Afiliarse al Programa es por única vez, por lo que no es necesario realizar el proceso nuevamente en alguna otra dependencia o entidad. Además el registro no tiene ningún costo.
2.16 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
En cumplimiento con el artículo 48, fracción II de la LEY, el LICITANTE que resulte ganador deberá entregar, a más tardar dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, una fianza emitida por una afianzadora mexicana debidamente autorizada por un monto equivalente al 10% del monto total del CONTRATO (sin incluir el IVA), a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional de Dos Bocas, S.A. de C.V., así como la copia de la factura correspondiente al pago de dicha fianza. Con dicha fianza el LICITANTE garantizará todas y cada una de las obligaciones que se pacten en el contrato.
La fianza deberá contener los siguientes requisitos:
Deberá estar vigente por todo el período de duración del contrato y tendrá como objeto el de respaldar cualquier responsabilidad que resultase a cargo del “LICITANTE”. En caso de que antes de la recepción satisfactoria del arrendamiento, se determinen responsabilidades derivadas del contrato, la fianza continuará vigente hasta que el “LICITANTE” corrija los errores y satisfaga dichas responsabilidades.
Dentro del monto de la fianza que “EL LICITANTE” otorgue a la “ASIPONA Dos Bocas”, no se considerará el IVA.
De conformidad con las “DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL POR LAS QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE PÓLIZAS DE FIANZAS CONSTITUIDAS COMO GARANTÍA EN LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS REALIZADAS AL AMPARO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS” publicadas con fecha 15 xx xxxxx de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la fianza presentada deberá ser conforme al modelo del anexo 2 referenciado en dichas disposiciones y que para pronta referencia se indica a continuación:
ANEXO 2 MODELO DE LA PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR, ANTE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE: ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA. (ENTIDADES)
(Afianzadora o Aseguradora)
Denominación social: __________. en lo sucesivo (la "Afianzadora" o la "Aseguradora")
Domicilio: __________________.
Autorización del Gobierno Federal para operar: _________ (Número de oficio y fecha)
Beneficiaria:
(Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático), en lo sucesivo "la Beneficiaria".
Domicilio: Boulevard Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Col. Jardines en la Montaña, Xxxxxxxx Xxxxxxx, X.X 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
El medio electrónico, por el cual se pueda enviar la fianza a "la Contratante" y a "la Beneficiaria": _______.
Fiado (s): (En caso de proposición conjunta, el nombre y datos de cada uno de ellos)
Nombre o denominación social: _____________________________.
RFC: __________.
Domicilio: _____________________________. (El mismo que aparezca en el contrato principal)
Datos de la póliza:
Número: _________________________. (Número asignado por la "Afianzadora" o la "Aseguradora")
Monto Afianzado: _________________. (Con letra y número, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado).
Moneda: _________.
Fecha de expedición: ______________.
Obligación garantizada: El cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato en los términos de la Cláusula PRIMERA de la presente póliza de fianza.
Naturaleza de las Obligaciones: ____ (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato).
Si es Divisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será divisible, por lo que, en caso de presentarse algún incumplimiento, se hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
Si es Indivisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será indivisible y en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas.
Datos del contrato o pedido, en lo sucesivo el "Contrato":
Número asignado por "la Contratante": _________________.
Objeto: __________________________________________.
Monto del Contrato: (Con número y letra, sin el Impuesto al Valor Agregado)
Moneda: _________________________________________.
Fecha de suscripción: ______________________________.
Tipo: (Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obra Pública o servicios relacionados con la misma).
Obligación contractual para la garantía de cumplimiento: (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato)
Procedimiento al que se sujetará la presente póliza de fianza para hacerla efectiva: El previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Competencia y Jurisdicción: Para todo lo relacionado con la presente póliza, el fiado, el fiador y cualesquier otro obligado, así como "la Beneficiaria", se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de ___________________ (precisar el lugar), renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y último párrafo, y artículo 49, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento.
Validación de la fianza en el portal de internet, dirección electrónica xxx.xxxx.xxx.xx
(Nombre del representante de la Afianzadora o Aseguradora)
CLÁUSULAS GENERALES A QUE SE SUJETARÁ LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIO, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA.
PRIMERA. - OBLIGACIÓN GARANTIZADA.
Esta póliza de fianza garantiza el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el "Contrato" a que se refiere esta póliza y en sus convenios modificatorios que se hayan realizado o a los anexos del mismo, cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de las obligaciones se subcontraten.
SEGUNDA. - MONTO AFIANZADO.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora"), se compromete a pagar a la Beneficiaria, hasta el monto de esta póliza, que es (con número y letra sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) que representa el ____ % (señalar el porcentaje con letra) del valor del "Contrato".
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") reconoce que el monto garantizado por la fianza de cumplimiento se puede modificar en el caso de que se formalice uno o varios convenios modificatorios de ampliación del monto del "Contrato" indicado en la carátula de esta póliza, siempre y cuando no se rebase el ___% de dicho monto. Previa notificación del fiado y cumplimiento de los requisitos legales, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") emitirá el documento modificatorio correspondiente o endoso para el solo efecto de hacer constar la referida ampliación, sin que se entienda que la obligación sea novada.
En el supuesto de que el porcentaje de aumento al "Contrato" en monto fuera superior a los indicados, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") se reserva el derecho de emitir los endosos subsecuentes, por la diferencia entre ambos montos sin embargo, previa solicitud del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") podrá garantizar dicha diferencia y emitirá el documento modificatorio correspondiente.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente que en caso de requerimiento, se compromete a pagar el monto total afianzado, siempre y cuando en el Contrato se haya estipulado que la obligación garantizada es indivisible; de estipularse que es divisible, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") pagará de forma proporcional el monto de la o las obligaciones incumplidas.
TERCERA. - INDEMNIZACIÓN POR XXXX.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora"), se obliga a pagar la indemnización por xxxx que en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
CUARTA. - VIGENCIA.
La fianza permanecerá vigente hasta que se dé cumplimiento a la o las obligaciones que garantice en los términos del "Contrato" y continuará vigente en caso de que "la Contratante" otorgue prórroga o espera al cumplimiento del "Contrato", en los términos de la siguiente cláusula.
Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria.
De esta forma la vigencia de la fianza no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o las obligaciones contractuales.
QUINTA. - PRÓRROGAS, ESPERAS O AMPLIACIÓN AL PLAZO DEL CONTRATO.
En caso de que se prorrogue el plazo originalmente señalado o conceder esperas o convenios de ampliación de plazo para el cumplimiento del contrato garantizado y sus anexos, el fiado dará aviso a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora"), la cual deberá emitir los documentos modificatorios o endosos correspondientes.
(La "Afianzadora o la "Aseguradora") acepta expresamente garantizar la obligación a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga, espera o ampliación al fiado por parte de la "Contratante" para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que no se actualiza el supuesto de extinción de fianza previsto en el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, sin que se entienda novada la obligación.
SEXTA. - SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN.
Para garantizar el cumplimiento del "Contrato", cuando concurran los supuestos de suspensión en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, "la Contratante" deberá emitir el o las actas circunstanciadas y, en su caso, las constancias a que haya lugar. En estos supuestos, a petición del fiado, (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") otorgará el o los endosos conducentes, conforme a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para lo cual bastará que el fiado exhiba a (la "Afianzadora o a la Aseguradora") dichos documentos expedidos por "la Contratante".
El aplazamiento derivado de la interposición de recursos administrativos y medios de defensa legales, no modifica o altera el plazo de ejecución inicialmente pactado, por lo que subsistirán inalterados los términos y condiciones originalmente previstos, entendiendo que los endosos que emita (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por cualquiera de los supuestos referidos, formarán parte en su conjunto, solidaria e inseparable de la póliza inicial.
SÉPTIMA. - SUBJUDICIDAD.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") realizará el pago de la cantidad reclamada, bajo los términos estipulados en esta póliza de fianza, y, en su caso, la indemnización por xxxx de acuerdo a lo establecido en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, administrativa o tribunal arbitral, salvo que el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ante dichas instancias.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") deberá comunicar a "la Beneficiaria" de la garantía, el otorgamiento de la suspensión al fiado, acompañándole las constancias respectivas que así lo acrediten, a fin de que se encuentre en la posibilidad de abstenerse del cobro de la fianza hasta en tanto se dicte sentencia firme.
OCTAVA. - COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS.
El coafianzamiento o yuxtaposición de garantías, no implicará novación de las obligaciones asumidas por (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") por lo que subsistirá su responsabilidad exclusivamente en la medida y condiciones en que la asumió en la presente póliza de fianza y en sus documentos modificatorios.
NOVENA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando "la Contratante" le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía.
El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la "Afianzadora" o la "Aseguradora") la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales. Cuando el fiado solicite dicha cancelación derivado del pago realizado por saldos a su cargo o por el incumplimiento de obligaciones, deberá presentar el recibo de pago correspondiente.
Esta fianza se cancelará cuando habiéndose cumplido la totalidad de las obligaciones estipuladas en el "Contrato", "la Contratante" haya calificado o revisado y aceptado la garantía exhibida por el fiado para responder por los defectos, vicios ocultos de los bienes entregados y por el correcto funcionamiento de los mismos o por la calidad de los servicios prestados por el fiado, respecto del "Contrato" especificado en la carátula de la presente póliza y sus respectivos convenios modificatorios.
DÉCIMA. - PROCEDIMIENTOS.
(La "Afianzadora" o la "Aseguradora") acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.
DÉCIMA PRIMERA. -RECLAMACIÓN
"La Beneficiaria" podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
DÉCIMA SEGUNDA. - DISPOSICIONES APLICABLES.
Será aplicable a esta póliza, en lo no previsto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas la legislación mercantil y a falta de disposición expresa el Código Civil Federal.
2.16 APLICACIÓN DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
La garantía de cumplimiento de contrato se hará efectiva cuando se presente cualquiera de los casos siguientes:
Cuando no se cumpla con las características y especificaciones de los vehículos arrendados, de conformidad con la propuesta técnica.
Cuando se decrete la rescisión por causas atribuibles al PROVEEDOR,
Cuando se decrete la terminación anticipada del contrato por causas atribuibles al PROVEEDOR.
En general, cuando no se dé cumplimiento a los requisitos establecidos en el CONTRATO y cause un perjuicio a la ASIPONA DOS BOCAS.
La garantía de cumplimiento de contrato será liberada en los términos previstos en que fue expedida por la institución afianzadora.
Para la cancelación de la garantía de cumplimiento de CONTRATO, se requerirá la manifestación expresa de la ASIPONA DOS BOCAS, mediante oficio de cancelación dirigido a la compañía afianzadora.
2.17 PENAS CONVENCIONALES
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 53 de la LEY, se procederá a penalizar al PROVEEDOR económicamente sin carácter de devolución, cuando incurra en incumplimientos en la entrega de los vehículos arrendados conforme a lo siguiente:
La ASIPONA Dos Bocas, aplicará una pena convencional a EL PROVEEDOR por el incumplimiento en las fechas pactadas de entrega de los vehículos, establecidas en el ANEXO 1 del presente documento, dicha pena será del 2% sobre el precio unitario mensual establecido en el procedimiento de fallo correspondiente, por cada día natural de atraso en la entrega de las unidades.
Las penas convencionales serán calculadas y notificadas a EL PROVEEDOR por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, EL PROVEEDOR cubrirá la pena convencional, mediante el descuento en la factura correspondiente del arrendamiento prestado con atraso.
Las penas convencionales serán calculadas, aplicadas y notificadas al Proveedor por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, EL PROVEEDOR cubrirá la pena convencional, mediante el descuento en la factura correspondiente al arrendamiento prestado con atraso.
Pca= 2 % x nda x vspa
Dónde:
pca= pena convencional aplicable.
nda= número de días de atraso.
vspa= valor del arrendamiento prestados con atraso sin I.V.A.
La acumulación de las penas convencionales no excederá del importe de la garantía de cumplimiento del contrato respectivo, sin considerar el I.V.A., en cuyo caso, se procederá al inicio del procedimiento de rescisión del respectivo contrato.
El monto máximo de las penas convencionales por atraso será del 10% del monto total del CONTRATO.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 95 del Reglamento de la Ley, el pago del Arrendamiento quedará condicionado proporcionalmente al pago que EL PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso en el cumplimiento de las obligaciones, en el entendido de que, si el contrato es rescindido, no procederá el cobro de dichas penas.
En ningún caso, las penas convencionales podrán negociarse en especie, independientemente de la aplicación de las penas mencionadas, la ASIPONA Dos Bocas podrá en cualquier momento optar por la rescisión del contrato por incumplimiento.
Independientemente de la aplicación de las penas mencionadas y con fundamento en el artículo 54 de la Ley, la ASIPONA Dos Bocas podrá, en cualquier momento, rescindir administrativamente el contrato, cuando EL PROVEEDOR incurra en incumplimiento de las obligaciones, para lo cual se aplicará el procedimiento previsto en dicho precepto.
Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomará en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito, fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR, siempre y cuando éstas estén debidamente fundadas y se establezcan por escrito oportunamente.
El PROVEEDOR queda obligado ante ASIPONA Dos Bocas a responder por los bienes faltantes, proporcionados inoportunamente, o de deficiente calidad, así como, ante cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal.
APARTADO III
ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA
3.1 AUTORIZACIÓN DE REDUCCIÓN DE PLAZOS
La Licitación Pública Nacional Electrónica se realizará de conformidad con el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 32 de la LEY, por lo que no se considerará reducción de plazos.
Artículo 32…
En licitaciones nacionales, el plazo para la presentación y apertura de proposiciones será, cuando menos, de quince días naturales contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria…
3.2 DESIGNACIÓN DE SERVIDOR PÚBLICO QUE PRESIDIRÁ LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO
El C.P. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx, Gerente de Administración y Finanzas de esta Entidad, designó con Oficio No. ASIPONA DBO-GAF.-011/2023 de fecha 12 de enero de 2023, al Maestro Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Subgerente de Administración de la ASIPONA DOS BOCAS, para presidir los actos de procedimiento licitatorio, aceptar o desechar propuestas técnicas y económicas.
Asimismo, los actos del procedimiento de licitación, deberán estar asistidos por un representante del área requirente del arrendamiento, que en este caso será la Subgerencia de Operaciones y Ecología, a fin de que se resuelvan en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los licitantes relacionados con los aspectos técnicos contenidos en la CONVOCATORIA.
3.3 VISITA A LAS INSTALACIONES
Para este procedimiento de contratación no es aplicable la visita a las instalaciones.
3.4 FECHA, HORA Y LUGAR DE LA JUNTA DE ACLARACIONES
Con objeto de evitar errores en la interpretación del contenido de la presente Convocatoria y sus anexos, la CONVOCANTE celebrará una junta de aclaraciones, en la fecha y hora señalada en el calendario de la LICITACIÓN que aparece en esta CONVOCATORIA, en los siguientes términos:
Este acto se llevará a cabo de manera electrónica a través del Sistema de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público CompraNet 2023 el día 04 xx xxxxxx de 2023 a las 10:00 horas, en la sala de licitaciones de la Convocante señalado en el punto 1.1 de esta convocatoria.
3.4.1 El envío de solicitudes de aclaraciones que deseen hacer los LICITANTES, deberá ser de manera electrónica en el portal de CompraNet 2023 y a más tardar 24 horas antes de la fecha de la realización de la Junta de Aclaraciones, es decir, se recibirán preguntas hasta las 10:00 horas del día 03 xx xxxxxx de 2023, con fundamento en el artículo 33 bis tercer párrafo de la Ley.
3.4.2 Los LICITANTES que soliciten aclaraciones a los aspectos contenidos en la CONVOCATORIA, conforme a lo dispuesto en los artículos 33 bis de la Ley, 45 y 46 de su Reglamento, deberán enviar a través de la plataforma COMPRANET 2023, así como escrito bajo protesta de decir verdad, en el que expresen su interés en participar en la licitación, por si o en representación de un tercero, manifestando los datos generales del interesado y en su caso del representante, previstos en el artículo 48 fracción V del Reglamento de la Ley.
3.4.3 El envío de preguntas no resulta obligatorio para los LICITANTES, considerándose que los participantes que no las presenten, aceptan todos los términos de la presente y los acuerdos tomados en el acto de Junta de Aclaraciones.
3.4.4 Se podrán celebrar una o más Juntas de Aclaraciones. En el acta correspondiente a la última Junta de Aclaraciones se indicará expresamente esta circunstancia.
3.4.5 No será responsabilidad de la ASIPONA DOS BOCAS la falta de precisión a la CONVOCATORIA, que por motivo de interpretación realicen los LICITANTES y que hayan omitido clarificar en la Junta de Aclaraciones.
3.4.6 La ASIPONA DOS BOCAS únicamente dará respuesta a las preguntas formuladas por los participantes que presenten el escrito donde manifiesten su interés de participar en la licitación y éstas estén planteadas de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria a la licitación pública, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Así mismo se requiere que las entreguen y envíen en formato Word (versión electrónica).
3.4.7 En dicho acto se dará respuesta a las dudas o cuestionamientos sobre la CONVOCATORIA, que hayan formulado previamente los LICITANTES, así como a nuevos cuestionamientos que pudieran surgir derivados de las respuestas dadas por la Convocante, de acuerdo con el procedimiento señalado en el artículo 46 fracción II del Reglamento de la Ley; se levantará acta de los eventos y una vez firmadas, el contenido formará parte integral de la CONVOCATORIA y deberá ser considerada por los LICITANTES en la elaboración de sus proposiciones.
3.4.8 De conformidad con el artículo 45 sexto párrafo del Reglamento de la Ley, las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la CONVOCATORIA a la licitación, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados podrán ser desechadas por la Convocante.
3.4.9 En esta licitación, la Convocante procederá a enviar, a través de CompraNet 2023, las contestaciones a las solicitudes de aclaración recibidas, a partir de la hora y fecha señaladas en la CONVOCATORIA para la celebración de la Junta de Aclaraciones.
3.4.10 Cuando en razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o algún otro factor no imputable a la Convocante y que sea acreditable, el servidor público que presida la Junta de Aclaraciones informará a los LICITANTES por medio del portal CompraNet 2023 la fecha posterior en la que serán remitidas electrónicamente dichas respuestas.
3.4.11 Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior la Convocante informa a los LICITANTES, que el plazo que tendrán para formular las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas será como máximo de 12 horas después de que la Convocante haya subido la última respuesta de aclaración al Sistema CompraNet 2023.
3.4.12 Cabe señalar que las solicitudes de aclaración que no se reciban en el plazo señalado no serán contestadas por resultar extemporáneas conforme a lo dispuesto por el artículo 46 fracción VI del Reglamento de la Ley.
3.4.13 Con fundamento en el artículo 45 cuarto párrafo del Reglamento de la Ley, cuando el escrito se presente fuera del plazo previsto el LICITANTE sólo tendrá derecho a formular preguntas sobre las respuestas que dé la Convocante en la junta.
De conformidad con el Artículo 33 tercer párrafo de la LAASSP, cualquier modificación que se derive del resultado de la o las juntas de aclaraciones, serán consideradas como parte integrante de la propia CONVOCATORIA y deberá ser considerada por los LICITANTES en la elaboración de su proposición.
3.5 FECHA, HORA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
Este acto se llevará a cabo conforme a lo establecido en los artículos 34 y 35 de la Ley el 11 xx xxxxxx de 2023 y dará inicio a las 10:00 horas en la Sala de Licitaciones de las oficinas de la ASIPONA DOS BOCAS, ubicada en el domicilio descrito en el punto 1.1 de esta CONVOCATORIA.
El acto se desarrollará conforme a lo siguiente:
Se llevará a cabo de manera Electrónica única y exclusivamente a través del Sistema de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público denominada CompraNet 2023, para la firma de estas se emplearán los medios de identificación electrónica, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio, de acuerdo al último párrafo del artículo 27 de la Ley.
Recibidas las proposiciones en la fecha dentro de las horas establecidas, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de licitación hasta su conclusión de conformidad a lo establecido en el artículo 39 fracción III inciso “d” del Reglamento de la Ley.
Una vez recibida la documentación legal y administrativa se procederá a la apertura electrónica de los sobres que contenga las proposiciones técnicas y económicas de los LICITANTES participantes, sin que ello implique la evaluación de su contenido de acuerdo a lo previsto por el artículo 35, fracción I de la Ley y 47, octavo párrafo del Reglamento de la Ley. En caso de que exista faltantes u omisiones respecto a la presentación de algún documento, éstas se harán constar en el acuse de recepción que se envié para tal fin, sin que se deseche la proposición correspondiente conforme a lo señalado en el artículo 48 fracción III del Reglamento de la Ley.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 47, penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley, la Convocante podrá determinar, dependiendo del número de proposiciones presentadas y del número de partidas licitadas, incluir en el acta el precio unitario de cada una de las partidas comprendidas en cada proposición o anexar copia de la proposición económica de los LICITANTES al acta respectiva, en este último caso se dará lectura al importe total de cada proposición económica. El acta se difundirá en el Sistema CompraNet 2023 el mismo día que se lleve el acto de presentación y apertura de las proposiciones.
De conformidad con el numeral 30 del “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES QUE SE DEBERÁN OBSERVAR PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADO COMPRANET”, publicado el 28 xx xxxxx de 2011, cuando por causas ajenas a dicho sistema o a la Convocante, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación de la apertura de los sobres; a tal efecto la Convocante difundirá en CompraNet 2023 la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.
La Secretaría de la Función Pública, podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en su poder.
De conformidad a lo establecido en el artículo 56 penúltimo párrafo de la Ley, la Convocante conservará toda la documentación e información electrónica comprobatoria de los actos, cuando menos por un lapso de tres años, contados a partir de la fecha de su recepción; excepto la documentación contable, en cuyo caso se estará a lo previsto por las disposiciones normativas aplicables.
Los servidores públicos facultados para presidir el acto rubricarán las proposiciones técnicas y económicas presentadas en esta licitación de acuerdo a lo señalado por los artículos 35 fracción II de la Ley, y 39 fracción III, inciso “j”, de su Reglamento.
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar las proposiciones recibidas en tiempo y forma para su posterior evaluación y el importe de cada una de ellas.
En el acta, se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación; esta fecha deberá quedar comprendida dentro de los veinte días naturales siguientes a la establecida para este acto, y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente.
El acta será firmada por los asistentes y se pondrá a su disposición a través del SISTEMA CompraNet 2023.
Los LICITANTES al haber concluido el envío de sus proposiciones deberán conservar el acuse de recibo electrónico que emita la SHCP a través de CompraNet 2023 de la presentación de proposiciones.
La Convocante tendrá como no presentada la proposición del LICITANTE, cuando el archivo electrónico enviado a través de CompraNet 2023 no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la misma; el Órgano Interno de Control dará fe de este acontecimiento.
Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Se deberán numerar de manera individual las proposiciones técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el LICITANTE en el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados carezcan de folio y se constate que la o las hojas no foliadas mantienen continuidad, la Convocante no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la Convocante tampoco podrá desechar la proposición. Lo antes señalado conforme a lo dispuesto en el artículo 50 segundo párrafo del reglamento de la Ley.
3.6 CRITERIOS QUE SE APLICARÁN PARA ADJUDICAR EL CONTRATO
Los criterios en que se fundamentará la evaluación de las proposiciones y la adjudicación del ARRENDAMIENTO, serán los siguientes:
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 36 de la Ley, el criterio que se utilizará es binario, esto es, mediante el cual sólo se adjudicará a quien cumpla los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo. En todos los casos la ASIPONA DOS BOCAS verificará que las proposiciones recibidas cumplan con los requisitos solicitados en la convocatoria a la licitación.
Los requisitos de forma que se señalan en la presente CONVOCATORIA y que no afectan la solvencia de la proposición, se entenderán que si bien para efectos de descalificación no es indispensable su cumplimiento, si lo es para la mejor conducción del procedimiento.
Ninguna de las condiciones contenidas en la presente CONVOCATORIA podrán ser modificadas una vez celebrada la junta de aclaraciones, asimismo ninguna de las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
De conformidad con el Artículo 29 fracción XV de la LEY, será causa de desechamiento de la proposición el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente CONVOCATORIA, que afecte la solvencia de la proposición, así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo del ARRENDAMIENTO, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la licitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Siempre y cuando el precio sea conveniente de acuerdo con lo establecido en la fracción XII del artículo 2 de la Ley.
En caso de empate entre dos o más propuestas, se procederá conforme a lo dispuesto en los artículos 54 del Reglamento de la LEY y en el párrafo segundo del artículo 36 Bis de la LEY.
En el caso de errores u omisiones aritméticos en la propuesta económica, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, éstos serán rectificados de la siguiente manera: si existiere una discrepancia entre el precio unitario y el precio total que resulte de multiplicar el precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido. Si existiere una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el precio expresado en palabras. Si el licitante no aceptare la corrección, su oferta será desechada. Lo anterior de acuerdo con el artículo 55 del Reglamento de la LEY.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, la revisión de la documentación recibida se realizará de manera cuantitativa sin entrar al desarrollo detallado de la misma; el análisis detallado de su contenido, se efectuará durante el proceso de evaluación de las proposiciones a través del criterio binario.
EVALUACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE LAS PROPOSICIONES
Se realizará la evaluación cuantitativa y cualitativa de la documentación presentada por los licitantes bajo el criterio cumple-no cumple.
Se verificará que las proposiciones cumplan con todo lo señalado en la presente CONVOCATORIA.
EVALUACIÓN TÉCNICA
En apego a lo establecido por el artículo 36 de la LEY; la convocante efectuará la evaluación técnica, utilizando el criterio de evaluación binario, conforme a la metodología que se describe a continuación:
La convocante deberá verificar que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en la Convocatoria a la Licitación; la utilización del criterio de evaluación binario, mediante el cual sólo se adjudicará a quien cumpla los requisitos establecidos por la convocante y oferte el precio más bajo.
EVALUACIÓN ECONÓMICA
Para efectos de proceder a la evaluación de la propuesta económica, se excluirá del precio ofertado, el impuesto al valor agregado y sólo se considerará el precio neto propuesto.
La proposición solvente más conveniente para la convocante, será aquella que ofrezca el precio más bajo y que garantice las mejores condiciones de contratación para la ASIPONA Dos Bocas, en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el contrato se adjudicará de entre los licitantes a aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme al criterio de adjudicación establecidos en esta convocatoria, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Siempre y cuando el precio sea conveniente de acuerdo con lo establecido en la fracción XII del artículo 2 de la Ley.
3.7 FECHA Y FORMA DE COMUNICACIÓN DEL FALLO
Se llevará a cabo de manera electrónica a través del Sistema de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público CompraNet 2023 el día 14 xx xxxxxx de 2023 a las 11:00 horas en la Sala de Licitaciones de la ASIPONA Dos Bocas, ubicada en el domicilio descrito en el punto 1.1 de esta CONVOCATORIA; En dicho evento se levantará un acta en la cual se contendrá la información conforme a lo señalado en el artículo 37 de la Ley, y se difundirá en sistema electrónico CompraNet 2023, el mismo día del evento.
A los LICITANTES se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en CompraNet 2023, conforme lo establecido en el artículo 37 cuarto párrafo de la Ley.
El plazo para la emisión del fallo podrá diferirse, siempre y cuando no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente de conformidad con los artículos 35, fracción III, de la Ley y 48 de su Reglamento último párrafo.
Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, procederá la inconformidad que se interponga por parte de los LICITANTES en los términos del artículo 65 de la LEY.
3.8 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Las partes formalizarán el instrumento jurídico el día 15 xx xxxxxx a las 15:00 horas de la presente anualidad, del cual se entregará un ejemplar original del contrato con firmas autógrafas del DIRECTOR GENERAL de la entidad al licitante ganador. La formalización del contrato deberá realizarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo, el representante del licitante que firme el contrato deberá identificarse y acreditar su personalidad en los términos del punto 3.12 que lo faculte para ello.
La fecha de Inicio del arrendamiento integral de vehículos señalados en el anexo 1 de la presente convocatoria será del 01 de septiembre de 2023 y finalizará el 01 de septiembre de 2026, por lo que el proveedor que resulte ganador, deberá coordinarse de inmediato con el Jefe del Departamento de Recursos Materiales de la entidad o quien este designe, para la coordinación de la entrega de las unidades, en el siguiente Número: 000 000 0000 Ext. 70435.
Previo a la firma del contrato, el licitante ganador deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente.
La firma del CONTRATO se realizará en el Departamento de Recursos Materiales de la ASIPONA Dos Bocas, ubicada en la planta baja del edificio administrativo Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000 Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X.X. 86608 Paraíso, Tabasco, para proceder a la firma del contrato, el PROVEEDOR deberá presentar el documento expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en la que se ostente la Opinión POSITIVA sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales y de Seguridad Social. (ART. 32D del Código Fiscal de la Federación).
ACREDITACIÓN DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES FISCALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
De conformidad al DECRETO por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2023, señala en su transitorio tercero, a su letra lo siguiente:
…TERCERO. En los procedimientos de contratación iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben modificar sus convocatorias, siempre que se encuentren dentro de los siete días naturales previos al acto de presentación y apertura de proposiciones, a efecto de establecer que las opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales sean un requisito obligatorio para la firma del contrato, y no para participar en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
…
Por lo anterior, la ASIPONA Dos Bocas hace la atenta aclaración que para el caso del licitante que resulte adjudicado, las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales serán necesaria para llevar a cabo la formalización del contrato correspondiente, por lo que de no presentarse dicho documento no se podrá formalizar contrato alguno.
Los derechos y obligaciones que se deriven del CONTRATO una vez adjudicado, no podrán cederse en forma parcial ni total, a favor de otra persona física o moral, excepto los derechos de cobro, previa solicitud del PROVEEDOR y de la autorización expresa y por escrito de la ASIPONA Dos Bocas.
El PROVEEDOR que injustificadamente y por causas imputables a él no formalice el CONTRATO adjudicado dentro del plazo establecido para tal efecto, será sancionado conforme a lo establecido en el artículo 60 de la LEY, sin menoscabo de las sanciones previstas en el artículo 59 de la misma. En estos casos, la ASIPONA DOS BOCAS podrá adjudicarlo al LICITANTE que haya presentado la propuesta económica siguiente más baja, siempre y cuando la diferencia en precio no rebase el 10% (diez por ciento) con respecto a la ganadora en primera instancia, de conformidad con el artículo 46, párrafo segundo de la LEY.
3.9 PRESENTACIÓN CONJUNTA DE PROPOSICIONES
De conformidad con lo dispuesto en el tercero, cuarto y quinto párrafos del artículo 34 de la LEY y el artículo 44 del REGLAMENTO, dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones en la LICITACIÓN sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en la propuesta y en el CONTRATO se establezcan con precisión y a satisfacción de la ASIPONA Dos Bocas, las partes a que cada persona se obligará, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto, la propuesta deberá ser firmada por el representante común que para este acto haya sido designado por el grupo de personas, ya sea autógrafamente o por medios de identificación electrónica autorizados por la Secretaría de la Función Pública.
Los LICITANTES que se agrupen para presentar una proposición, deberán cumplir con los siguientes aspectos:
I. Cualquiera de los integrantes de la agrupación, podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación;
II. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar en los términos de la legislación aplicable, el convenio de proposición conjunta, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública;
d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y;
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
III. En el acto de presentación y apertura de proposiciones el representante común de la agrupación deberá señalar que la proposición se presenta en forma conjunta. El convenio a que hace referencia la fracción II de este artículo se presentará con la proposición y, en caso de que a los licitantes que la hubieren presentado se les adjudique el contrato, dicho convenio, formará parte integrante del mismo como uno de sus anexos;
IV. Para cumplir con los ingresos mínimos, en su caso, requeridos por la convocante, se podrán sumar los correspondientes a cada una de las personas integrantes de la agrupación, y;
V. Los demás que la convocante estime necesarios de acuerdo con las particularidades del procedimiento de contratación.
El licitante deberá cumplir con todos y cada uno de los requisitos solicitados por la CONVOCANTE, y deberá presentar de manera individual dentro de su propuesta conjunta, los documentos a que aluden los Anexos 5, 8, 7, 4, 11-A o 11-B según aplique, 19, 12, 6, 23 y 22.
En el supuesto de que se adjudique el contrato a los licitantes que presentaron una proposición conjunta, el convenio indicado en la fracción II de este artículo y las facultades del apoderado legal de la agrupación que formalizará el contrato respectivo, deberán constar en escritura pública, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la agrupación que formula la proposición conjunta o por sus representantes legales, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad, o por el apoderado legal de la nueva sociedad que se constituya por las personas que integran la agrupación que formuló la proposición conjunta, antes de la fecha fijada para la firma del contrato, lo cual deberá comunicarse mediante escrito a la convocante por dichas personas o por su apoderado legal, al momento de darse a conocer el fallo o a más tardar en las veinticuatro horas siguientes.
Cuando existan causas justificadas para no aceptar la presentación de proposiciones conjuntas, se requerirá la autorización escrita del titular del Área requirente, en la cual deberán precisarse las razones para ello, particularmente los aspectos relativos a que con tal determinación no se limita la libre participación. Dicha autorización deberá formar parte del expediente de contratación respectivo.
3.10 LOS LICITANTES SÓLO PODRÁN PRESENTAR UNA PROPOSICIÓN POR LICITACIÓN PÚBLICA
De conformidad con lo establecido en el antepenúltimo párrafo del artículo 26 de la LEY y en el inciso f) numeral III del artículo 39 del Reglamento de la LEY, los licitantes participantes, solo podrán presentar una proposición por licitación pública.
3.11 FORMA EN QUE DEBERÁ ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD JURÍDICA EL LICITANTE
En términos de lo previsto en la fracción V del artículo 48 del REGLAMENTO, el LICITANTE, dentro de su propuesta técnica, deberá proporcionar la información a que se refiere el formato que se agrega a las presentes CONVOCATORIA como ANEXO 5. Dicho formato deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE y estar rubricado por la persona que suscribe la oferta, quien debe contar con los documentos notariales que la acrediten como representante legal con las facultades expresas para firmar contratos.
El escrito en el que el LICITANTE manifieste, bajo protesta de decir verdad, contendrá los datos siguientes:
Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios, y;
Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas;
Acta Constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público que corresponda, y de sus modificaciones en su caso, que acredite la existencia legal de su empresa.
Únicamente el PROVEEDOR, y previo a la firma del CONTRATO correspondiente, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo de los documentos con los que se acredite su legal existencia y las facultades de su representante para suscribir el CONTRATO, información que se detalla en el punto 3.11.1 de esta CONVOCATORIA.
3.11.1 RELACIÓN DE DOCUMENTOS A PRESENTAR POR EL PROVEEDOR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO
3.11.1.a) Para personas xxxxxxx:
Copia simple y copia certificada del Acta Constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público que corresponda, y de sus modificaciones en su caso, que acredite la existencia legal de su empresa.
Poder notarial debidamente expedido por Notario Público, en el cual se faculte expresamente al representante para firmar contratos. En caso de poderes generales para actos de dominio o de administración, éstos deberán presentar la inscripción ante el Registro Público que corresponda.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, del representante.
Cédula de identificación fiscal del PROVEEDOR.
3.11.1.b) Tratándose de personas físicas:
Acta de nacimiento para acreditar su nacionalidad mexicana.
Copia de credencial oficial vigente con fotografía y firma. Acompañado original para su cotejo.
3.11.1.c) Tratándose de personas físicas x xxxxxxx (ambos casos):
Copia de la constancia del domicilio fiscal en el formato de la SHCP.
Documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria en el que se emita el cumplimiento de obligaciones fiscales de forma POSITIVA, punto a que establece la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de diciembre de 2022, con base en el formato del ANEXO 6 de esta CONVOCATORIA.
Registro para integrar el listado de PROVEEDORES evaluados del Sistema de Gestión Integral. Este formato deberá entregarse debidamente requisitado y firmado por el PROVEEDOR. Este formato se presenta como ANEXO 15 de esta CONVOCATORIA.
Los Licitantes, deberán presentar la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social expedida por dicha Dependencia, de acuerdo al ACUERDO ACDO.SA1.HCT.250315/00.X.XX, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado el 06 xx xxxxx de 2015 en el Diario Oficial de la Federación.
Es responsabilidad del contribuyente (LICITANTE GANADOR) solicitante de la opinión, verificar mediante consulta en la página de Internet del SAT, en la opción “Mi portal”, la respuesta o la solicitud de información adicional que requiera la autoridad, a partir de la fecha sugerida que se informa en el acuse de la solicitud de servicio.
Si al verificar los Acuses de cumplimiento de Obligaciones Fiscales y de Cumplimiento en las Obligaciones de Seguridad Social, la CONVOCANTE detecta mediante el validador bidimensional, que para esos casos dispone la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y se advierta información inconsistente o presuntamente falsa, se dará vista al Órgano Interno de Control en esta Entidad, para que por medio de sus atribuciones conferidas por la Secretaría de la Función Pública, se dé cumplimiento a la normativa vigente aplicable en la materia.
NOTA IMPORTANTE: Si el PROVEEDOR ya presentó con anterioridad a la ASIPONA DOS BOCAS los documentos que se señalan en los incisos a), b), c) d), e) y g) porque ya esté inscrito en el padrón de PROVEEDOR de esta ENTIDAD, no será necesario que los presenten nuevamente, siempre y cuando dichos documentos no hayan cambiado y estén vigentes.
3.12 DOCUMENTOS DE LAS PROPOSICIONES, QUE DEBERÁN RUBRICARSE
En términos de la fracción II del artículo 35 de la LEY, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, el servidor público de la ASIPONA Dos Bocas facultado para presidir el acto o el servidor público que este designe, rubricarán los siguientes documentos:
Anexo 1. Descripción detallada del ARRENDAMIENTO.
Anexo 2. Carta proposición.
Anexo 3. Relación de precios unitarios.
Anexo 7. Artículo 50 y 60, antepenúltimo párrafo de la Ley.
Anexo 8. Declaración de integridad,
Anexo 11 A. Fracción IX del artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Persona Física.
Anexo 11 B. Fracción IX del artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Persona Moral.
3.13 REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES
Los licitantes deberán entregar la información señalada a continuación con base en los requisitos que deben cumplir, en el ANEXO 9, Formato “Relación de documentos a presentar en las proposiciones”.
REFERENCIA |
DOCUMENTO |
OBSERVACIONES |
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REQUISITOS LEGALES |
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3.13.1 |
Información que acredita la personalidad del LICITANTE, conforme al formato del ANEXO 5. Este documento lo presentará en hoja membretada del LICITANTE. (ANEXAR CONSTANCIA DE REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES CON ACTIVIDADES Y OBLIGACIONES.) |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.2 |
Declaración de Integridad, en la que el LICITANTE manifieste que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la ASIPONA DOS BOCAS, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás LICITANTES, con fundamento en el artículo 39, Apartado I, Inciso f) del REGLAMENTO. Este documento lo elaborará en hoja membretada de acuerdo al formato presentado en el ANEXO 8 de esta CONVOCATORIA. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.3 |
Declaración bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en ninguno de los supuestos contenidos en el Artículo 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público (Ver Texto en ANEXO 7 de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.4 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste que conoce y acepta el contenido de la CONVOCATORIA y sus ANEXOS y las condiciones establecidas en las mismas, así como de las modificaciones a tales documentos que en su caso se deriven de las Juntas de Aclaraciones. (Ver Texto en ANEXO 4 de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.5 |
Declaración bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en ninguno de los supuestos de la FRACCION IX DEL ARTÍCULO 49 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. (Ver Texto en ANEXO 11-A o 11-B según aplique de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.6 |
Escrito de Clasificación de Empresa ANEXO 19. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
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3.13.7 |
NOTA INFORMATIVA para LICITANTES de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. ANEXO 12. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta |
|
3.13.8 |
Carta compromiso para propuestas conjuntas (Consorciadas). ANEXO 20. |
En caso que aplique, la falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.9 |
Modelo de contrato. ANEXO 21. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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REQUISITOS FINANCIEROS |
|||
3.13.10 |
FORMATO de acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales ante el SAT 32-D vigente ANEXO 6. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.11 |
Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social expedida por dicha dependencia, de acuerdo con el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Xxxxx, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado el 27 de febrero de 2015 en el Diario Oficial de la Federación. ANEXO 22. |
La falta de este documento NO será no motivo para desechar la propuesta |
|
3.13.12 |
Escrito bajo protesta de decir verdad, que presentará las garantías solicitadas. ANEXO 16. |
La falta de este documento, será motivo para desechar la propuesta |
|
3.13.13 |
Declaración fiscal anual completa del ejercicio 2022 (copia simple legible con acuse y recibo de pago). ANEXO 23. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.14 |
Última declaración fiscal provisional completa del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2023 (mes xx xxxxx 2023) con acuse y recibo de pago. ANEXO 24. |
La falta de estos documentos será motivo para desechar la propuesta. |
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REQUISITOS ADMINISTRATIVOS |
|||
3.13.15 |
FORMATO relación de documentos a presentar en las proposiciones. ANEXO 9. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.16 |
Formato de identificación de información confidencial o información reservada, que el LICITANTE entregará a la ASIPONA DOS BOCAS, en la LICITACIÓN (Ver Texto en ANEXO 13 de esta CONVOCATORIA). |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.17 |
FORMATO para evaluar la percepción de transparencia del procedimiento de LICITACIÓN. NOTA: Este documento lo entregarán debidamente llenado con los datos requeridos en el acto público de fallo. En caso de que no asista representante del LICITANTE a dicho acto, lo remitirán a la entidad posteriormente vía electrónica. ANEXO 14. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
|
|
3.13.18 |
FORMATO ASIPONA-DBO-GAF-F-48 Cuestionario al PROVEEDOR para integrar el listado de PROVEEDORES evaluados del Sistema de Gestión Integral. NOTA: Este documento será entregado, debidamente llenado con los datos requeridos, por el licitante ganador previo a la firma del CONTRATO. ANEXO 15. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
|
3.13.19 |
Programa xx Xxxxxxx Productivas. ANEXO 18. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.20 |
Escrito en que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que, en caso de resultar ganador, adaptará sus procesos, procedimientos e instrucciones de trabajo a los requeridos por la ASIPONA DOS BOCAS de acuerdo a los requisitos que le impone a esta empresa el Sistema de Gestión Integral, certificado bajo las normas ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, ISO 45001:2018 ANEXO 25. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.21 |
Copia del formato de Manifiesto de Interés en participar en la licitación, mismo que genera el Sistema CompraNet 2023 en la dirección: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx. ANEXO 26. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.22 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste bajo protesta de decir verdad que, en su caso, cuenta con personal con discapacidad, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS. ANEXO 30. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.23 |
Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 xx xxxxxx del año 2000. ANEXO 17. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.24 |
Aviso de privacidad del Licitante ANEXO 32. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
REQUISITOS TÉCNICOS |
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3.13.25 |
Descripción detallada del ARRENDAMIENTO, sin precios en hoja membretada de la empresa (ANEXO 1).
Incluye:
|
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta |
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3.13.26 |
Currículum del LICITANTE, el cual deberá contener al menos la información descrita en el ANEXO 10. Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE.
Incluye:
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La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.27 |
Carta del licitante bajo protesta de decir verdad en la que señale que cuenta con cuando menos un año de experiencia en el ARRENDAMIENTO INTEGRAL DE VEHÍCULOS, al momento de presentar sus propuestas. ANEXO 27. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.28 |
Organigrama del área de la empresa que ARRENDARÁ los vehículos a la ASIPONA DOS BOCAS, proporcionando nombres, teléfono y correo electrónico de la persona quién será el supervisor designado para servir de enlace entre ASIPONA DOS BOCAS y el PROVEEDOR. Este documento deberá elaborarse en hojas membretada del LICITANTE. ANEXO 28. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.29 |
Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad real instalada, personal técnico y disponibilidad, conforme a lo requerido para el ARRENDAMIENTO motivo de esta CONVOCATORIA. ANEXO 29. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
3.13.30 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. ANEXO 31. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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REQUISITOS ECONÓMICOS |
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3.13.31 |
Carta proposición, esta deberá requisitarse de acuerdo con el formato mostrado en el ANEXO 2 de esta CONVOCATORIA. Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE; así como documento de carta garantía del ARRENDAMIENTO propuestos detallando el tiempo que ampara, sus condiciones y alcances sobre el arrendamiento de los vehículos propuestos. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.32 |
Relación de precios unitarios de los vehículos propuestos, utilizando el formato de los ANEXO 3. Este documento deberá firmarse por la persona facultada (LICITANTE o su apoderado) y elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
3.14 INCONFORMIDADES
Las personas interesadas podrán inconformarse con base en lo establecido en los artículos del Capítulo Primero Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El área para recibir las inconformidades que pudieran suscitarse con motivo del proceso de adjudicación, es el Órgano Interno de Control en la ASIPONA Dos Bocas, con dirección en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx Xxxxx en Paraíso, Tabasco, C.P. 86608, o directamente en las oficinas de la Secretaría de la Función Pública, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 01020, Ciudad de México, o por medio de CompraNet 2023.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet 2023 (xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx), deberán utilizarse medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa.
La Secretaría de la Función Pública conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de la Licitación que se indican a continuación:
La Convocatoria, y las Juntas de Aclaraciones.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado que haya manifestado su interés por participar en el procedimiento según lo establecido en el artículo 33 bis de la Ley, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la última Junta de Aclaraciones.
El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, y el Fallo.
En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el Fallo, o de que se le haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública.
La cancelación de la Licitación.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por la persona licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación, y
Los actos y omisiones por parte de las Dependencias o Entidades participantes que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la Convocatoria o en la Ley.
En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el Fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad sólo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma.
La interposición de la inconformidad en forma o ante autoridad diversa a la señalada en este Apartado, según cada caso, no interrumpirá el plazo para su oportuna presentación.
Si eres víctima de conductas relacionadas a corrupción por parte de servidores públicos, tienes el derecho de presentar tu denuncia a través del portal: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxx-xxxxxxxx”
3.15 CAUSAS DE DESECHAMIENTO
Será causa de desechamiento, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la CONVOCATORIA que afecte la solvencia de la propuesta.
Se desecharán las propuestas de los LICITANTES que incurran en uno o varios de los siguientes aspectos:
a) No cumplen con alguno de los requisitos especificados en la CONVOCATORIA y sus ANEXOS que afecte la solvencia de la propuesta.
b) Si se comprueba que algún LICITANTE ha acordado con otros elevar los precios de los SERVICIOS, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás LICITANTES.
c) Si presenta su propuesta técnica y/o económica incompleta.
d) Las propuestas incluyan contradicciones o intentos de especulación.
e) Cuando se reciba información oficial de que el LICITANTE, después de haber adquirido la CONVOCATORIA, se encuentre en cualquiera de los supuestos a que se refiere el artículo 50 y 60 antepenúltimo de la LEY.
f) Cuando el LICITANTE proponga alternativas que modifiquen las condiciones establecidas en la presente CONVOCATORIA, o en su caso, las acordadas en las Juntas de Aclaraciones.
g) No cumplir con las especificaciones técnicas de esta CONVOCATORIA.
h) No presentar la vigencia de la proposición de acuerdo con lo solicitado.
i) Cualquier otra violación a las disposiciones de la LEY y/o su REGLAMENTO.
j) Que alguna de las propuestas presentadas en las partidas cotizadas no resulte solvente.
Si se presentan ofertas con precios no aceptables, en los términos establecidos en el numeral 3.6 de esta CONVOCATORIA, en relación con lo establecido con la fracción XI, del artículo 2 de la LEY.
Cuando el LICITANTE presente información falsa o imprecisa, y así lo determine la autoridad competente.
Cuando alguna o algunas partidas no cumplan técnicamente.
Las demás que se encuentren expresas en el cuerpo de la presente CONVOCATORIA o sus anexos.
Para estos casos se incluirán las observaciones procedentes en las actas que correspondan.
Se ratifica que no serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la ASIPONA DOS BOCAS, que tengan como propósito facilitar la presentación de proposiciones y agilizar los actos de la LICITACIÓN de contratación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los LICITANTES respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus propuestas.
3.16 SUSPENDER TEMPORALMENTE LA LICITACIÓN
ASIPONA DOS BOCAS podrá suspender la LICITACIÓN, cuando se presuma que existe arreglo entre LICITANTES para elevar los precios de los SERVICIOS objeto de esta LICITACIÓN o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás LICITANTES, o bien, cuando se presuma la existencia de otras irregularidades; en estos casos se realizará una notificación debidamente fundada y motivada, informando las causas de dicha suspensión a todos los LICITANTES, turnándose copia al Titular del Órgano Interno de Control.
Si desaparecen las causas que hubiesen motivado la suspensión, previa notificación por escrito a todos los LICITANTES, se reanudará la LICITACIÓN. Solamente podrán participar los LICITANTES que no hubiesen sido descalificados, lo cual será notificado al Titular del Órgano Interno de Control.
3.17 CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN
Se podrá cancelar la LICITACIÓN en los siguientes casos:
En caso fortuito o de fuerza mayor.
Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para suministrar el ARRENDAMIENTO, y que, de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la ENTIDAD.
Si se comprueba la existencia de arreglos entre la mayoría de los LICITANTES para elevar los precios del ARRENDAMIENTO, y de otras irregularidades.
Por orden escrita debidamente fundada y motivada, de autoridad competente.
Cuando se suspenda definitivamente la LICITACION, se avisará por escrito a todos los LICITANTES.
3.18 DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN
Se podrá declarar desierta la LICITACIÓN cuando:
Ninguna de las proposiciones presentadas reúnen los requisitos de la CONVOCATORIA y sus ANEXOS
Ninguno de los LICITANTES presente propuestas solventes.
Ninguna de las ofertas presentadas presenten precios aceptables conforme a la investigación xx xxxxxxx realizada.
Cuando no se reciba ninguna proposición en el acto de presentación y apertura de las mismas.
En estos casos, la ASIPONA DOS BOCAS emitirá una segunda CONVOCATORIA, o bien optará por el supuesto de excepción previsto en el artículo 41 fracción VII de la LEY.
3.19 RESCISIÓN DEL CONTRATO
La ASIPONA DOS BOCAS, en los términos del artículo 54 de la LEY, podrá rescindir administrativamente el CONTRATO por cualquiera de las siguientes causas:
Cuando el PROVEEDOR NO suministre los vehículos a que se refiera el CONTRATO y sus anexos, que deriven de esta licitación.
Cuando el PROVEEDOR subcontrate o ceda la totalidad o parte del compromiso objeto del CONTRATO, o de los derechos del mismo.
Cuando no se dé cumplimiento a todos los requisitos establecidos en el CONTRATO.
Que no otorgue a la ASIPONA DOS BOCAS las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión durante el arrendamiento de los vehículos;
Que el PROVEEDOR sea declarado en concurso mercantil.
Que ceda los derechos u obligaciones derivado de este contrato, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento previo y por escrito de la ASIPONA.
El procedimiento de rescisión se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
Se iniciará a partir de que el PROVEEDOR le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, la dependencia o entidad contará con un plazo de quince días para solventar, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer el PROVEEDOR. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada y motivada y comunicada al PROVEEDOR dentro de dicho plazo, y
Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que debe efectuar la ASIPONA DOS BOCAS, por concepto de la prestación del ARRENDAMIENTO hasta el momento de la rescisión.
Asimismo, se podrá dar por terminado anticipadamente el CONTRATO correspondiente cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el ARRENDAMIENTO y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a la ASIPONA DOS BOCAS. En estos supuestos La ASIPONA DOS BOCAS reembolsará al PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el CONTRATO correspondiente. Además de las causas que deriven de la legislación aplicable.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se entregaran los vehículos o se prestara el arrendamiento, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la ASIPONA DOS BOCAS e que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
Al no dar por rescindido el contrato, la ASIPONA DOS BOCAS establecerá con el PROVEEDOR otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la LEY.
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Cuando estas causas sean el motivo de la rescisión.
3.20 DE LAS CONTROVERSIAS
Las controversias que se susciten con motivo de la presente LICITACIÓN se resolverán con apego a lo previsto en la LEY, su REGLAMENTO y demás disposiciones legales vigentes, así como en las demás disposiciones administrativas de carácter federal.
3.21 TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
De conformidad con lo establecido en el artículo 54 Bis de la LEY, el CONTRATO podrá darse por terminado anticipadamente por la ASIPONA DOS BOCAS, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el arrendamiento originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la SFP.
En estos supuestos la ASIPONA DOS BOCAS reembolsará al PROVEEDOR los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.
3.22 ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS ARRENDADOS
El PROVEEDOR debe hacer entrega de los vehículos convenidos en el CONTRATO y en el anexo I, dentro de los plazos y formas fijados en el mismo, y de conformidad con lo señalado en el Anexo 1 de esta Convocatoria.
En caso contrario, el PROVEEDOR, según sea el caso, se hará acreedor a una pena convencional por cada día de atraso, de acuerdo al punto 2.18 de esta CONVOCATORIA.
Previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento estipuladas originalmente, a solicitud expresa del PROVEEDOR, y por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a la ASIPONA DOS BOCAS, ésta podrá modificar el CONTRATO a efecto de diferir la fecha para la entrega del arrendamiento. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
En caso de que el PROVEEDOR no obtenga el diferimiento de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, será acreedor a la aplicación de las penas convencionales.
3.23 SANCIONES
El PROVEEDOR será inhabilitado temporalmente, por conducto de la SFP, para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la LEY, cuando no firme el CONTRATO correspondiente por causas imputables al mismo, y también cuando incurran en los demás casos descritos en el artículo 60 de la Ley en los términos que en dicho numeral se expresan.
Las sanciones se aplicarán de conformidad con el siguiente procedimiento:
Se notificará por escrito al PROVEEDOR sobre hechos constitutivos de la infracción para que, dentro del término que para tal efecto se señale y que no podrá ser mayor de 10 días hábiles, exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime conveniente,
Transcurrido el término del plazo a que se refiere el párrafo anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que se hubieren hecho valer.
La resolución será debidamente fundada y motivada, y se comunicará por escrito al PROVEEDOR.
3.24 NOTA INFORMATIVA PARA LICITANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO Y FIRMANTES DE LA CONVENCIÓN PARA COMBATIR EL COHECHO DE SERVIDORES PÚBLICOS EXTRANJEROS EN TRANSACCIONES COMERCIALES INTERNACIONALES
México es signatario de la Convención contra el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales y el Desarrollo Económico (OCDE) y por ello se ha comprometido a difundir sus lineamientos y asegurar que tanto el sector público como el privado, conozcan los lineamientos de la Convención.
En concordancia con dichos lineamientos, el gobierno mexicano analizó las leyes mexicanas y encontró que era menester modificar el artículo 22 del Código Penal federal para contemplar el cohecho de servidores públicos extranjeros, por lo cual en noviembre de 1999 el Ejecutivo Federal propuso adicionar al Código el Artículo 222 bis.
Con fundamento en lo señalado anteriormente, la SFP instruyó a las entidades de la Administración Pública Federal a incorporar en la CONVOCATORIA de licitación el ANEXO 12, al cual deberán dar lectura los licitantes.
3.25 ACCESO A LA INFORMACIÓN
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública señala dentro de su articulado, lo siguiente:
(…)
Artículo 113. Se considera información confidencial:
I. La que contiene datos personales concernientes a una persona física identificada o identificable;
II. Los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos, y
III. Aquella que presenten los particulares a los sujetos obligados, siempre que tengan el derecho a ello, de conformidad con lo dispuesto por las leyes o los tratados internacionales.
(…)
La información confidencial no estará sujeta a temporalidad alguna y sólo podrán tener acceso a ella los titulares de la misma, sus representantes y los Servidores Públicos facultados para ello.
En función de los antecedentes, los licitantes deberán entregar debidamente llenado con los datos requeridos el ANEXO 13, mediante el cual darán a conocer a la ASIPONA DOS BOCAS los documentos que le entregarán en la LICITACIÓN como información confidencial o información reservada.
3.26 ENCUESTA (PROGRAMA DE TRANSPARENCIA Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN)
Los licitantes proporcionarán al finalizar la licitación, el ANEXO 14, Formato ASIPONA DBO-GAF-F-19 Formato para Evaluar la Percepción de Transparencia en la Licitación, debidamente llenado con los datos requeridos. Este documento lo entregarán debidamente requeridos en el acto público de fallo. En caso de que no asista representante del LICITANTE a dicho acto, lo remitirán a la entidad posteriormente vía fax o mensajería.
El llenado de esta encuesta es opcional; sin embargo, es importante para la ASIPONA DOS BOCAS su llenado y entrega, con el fin de incidir en el proceso de mejora continua en el desarrollo de las licitaciones.
Datos Personales
El tratamiento de datos personales que los licitantes han proporcionado a la ASIPONA DOS BOCAS para los fines de la presente licitación se sujetará a las facultades o atribuciones que la normatividad aplicable les confiere, en los términos que establece la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, por el caso de la ASIPONA DOS BOCAS y en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de Particulares, en el caso de los licitantes.
3.27 CUESTIONARIO A PROVEEDORES PARA INTEGRAR EL LISTADO DE PROVEEDORES EVALUADOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL
Con la finalidad de que la ASIPONA DOS BOCAS pueda incorporar al PROVEEDOR, en caso de que aún no lo esté, a su padrón de PROVEEDORES evaluados de su Sistema de Gestión Integral, de acuerdo a sus procedimientos internos ASIPONA DOS BOCAS-DBO-GAF-P-50 “ADQUISICIONES”, y ASIPONA DOS BOCAS-DBO-GAF-P-56 “EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE PROVEEDORES” el PROVEEDOR entregará debidamente requisitado el ANEXO 15, previo a la firma del contrato.
APARTADO IV
ANEXOS QUE FORMAN PARTE DE LA PROPUESTA TÉCNICA, LEGAL Y ECONÓMICA
4.1 ANEXOS QUE FORMAN PARTE DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONOMICA
ANEXO 1 |
Descripción detallada del ARRENDAMIENTO. |
ANEXO 2 |
FORMATO Carta Proposición. |
ANEXO 3 |
FORMATO para indicar precios unitarios del ARRENDAMIENTO de vehículos. |
ANEXO 4 |
FORMATO para declarar que conoce la CONVOCATORIA. |
ANEXO 5 |
FORMATO para acreditar la personalidad del LICITANTE. |
ANEXO 6 |
FORMATO de acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales ante el SAT 32-D vigente. |
ANEXO 7 |
FORMATO para presentar el escrito referente al artículo 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
ANEXO 8 |
FORMATO para manifestar la declaración de integridad. |
ANEXO 9 |
FORMATO Lista de verificación para revisar proposiciones. |
ANEXO 10 |
FORMATO para la elaboración del Currículum empresarial. |
ANEXO 11-A |
FORMATO para presentar el escrito referente a la FRACCION IX DEL ARTÍCULO 49 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. PERSONA FÍSICA. |
ANEXO 11-B |
FORMATO para presentar el escrito referente a la FRACCION IX DEL ARTÍCULO 49 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. PERSONA MORAL. |
ANEXO 12 |
NOTA INFORMATIVA para LICITANTES de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. |
ANEXO 13 |
Formato de identificación de información confidencial o información reservada. |
ANEXO 14 |
FORMATO para evaluar la percepción de transparencia del procedimiento de LICITACIÓN. NOTA: Este documento lo entregarán debidamente llenado con los datos requeridos en el acto público de fallo. En caso de que no asista representante del LICITANTE a dicho acto, lo remitirán a la entidad posteriormente vía correo electrónico. |
ANEXO 15 |
FORMATO ASIPONA-DBO-GAF-F-48 Cuestionario al PROVEEDOR para integrar el listado de PROVEEDORES evaluados del Sistema de Gestión Integral. NOTA: Este documento será entregado, debidamente llenado con los datos requeridos, por el licitante ganador previo a la firma del CONTRATO. |
ANEXO 16 |
Escrito bajo protesta de decir verdad, que presentará las garantías solicitadas. |
ANEXO 17 |
Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 xx xxxxxx del año 2000. |
ANEXO 18 |
Formato xx Xxxxxxx Productivas. |
ANEXO 19 |
Escrito de clasificación de empresa. |
ANEXO 20 |
Carta compromiso para propuestas conjuntas (consorciadas). |
ANEXO 21 |
Modelo de Contrato. |
ANEXO 22 |
Carta bajo protesta de decir verdad de encontrarse al corriente de sus obligaciones con el IMSS. |
ANEXO 23 |
Declaración fiscal anual del ejercicio 2022 (copia simple legible con acuse y recibo de pago) |
ANEXO 24 |
Última declaración fiscal provisional del Impuesto Sobre la Renta (junio 2023). |
ANEXO 25 |
Escrito en que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que en caso de resultar ganador, adaptará sus procesos, procedimientos e instrucciones de trabajo a los requeridos por la ASIPONA DOS BOCAS de acuerdo a los requisitos que le impone a esta empresa el Sistema de Gestión Integral, certificado bajo las normas ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, ISO 45001:2018. |
ANEXO 26 |
Copia del formato de Manifiesto de Interés en participar en la licitación, mismo que genera el Sistema CompraNet 2023 en la dirección: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx. |
ANEXO 27 |
Carta del licitante bajo protesta de decir verdad en la que señale que cuenta con cuando menos un año de experiencia en el ARRENDAMIENTO INTEGRAL DE VEHÍCULOS, al momento de presentar sus propuestas. |
ANEXO 28 |
Organigrama del área de la empresa que ARRENDARÁ los vehículos a la ASIPONA DOS BOCAS, proporcionando nombres, teléfono y correo electrónico de la persona quién será el supervisor designado para servir de enlace entre ASIPONA DOS BOCAS y el PROVEEDOR. Este documento deberá elaborarse en hojas membretada del LICITANTE. |
ANEXO 29 |
Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad real instalada, personal técnico y disponibilidad, conforme a lo requerido para el ARRENDAMIENTO motivo de esta CONVOCATORIA. |
ANEXO 30 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con personal con discapacidad, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS. |
ANEXO 31 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. |
ANEXO 32 |
ANEXO 1
DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL ARRENDAMIENTO INTEGRAL DE VEHÍCULOS
1. Descripción
Se requiere la contratación del Servicio Integral de Arrendamiento de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., que permitan atender de manera enunciativa más no limitativa las actividades asociadas con la operación y administración del Puerto de Dos Bocas, derivados de la concesión que el Gobierno Federal le otorgó para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes del dominio público federal, la construcción de obras e instalaciones portuarias y la prestación de los servicios portuarios en el puerto de Dos Bocas, así como la administración y explotación comercial, por cuenta propia o de terceros de los bienes inmuebles que integren su zona de desarrollo, para ello se requieren las herramientas de transporte terrestre.
2. Descripción del Servicio
El Arrendamiento deberá ser prestado en la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X.X. 86608, Municipio de Paraíso, Tabasco, México.
El Arrendamiento, consiste en el otorgamiento por parte del licitante que resulte adjudicado, para el uso temporal de la ASIPONA DOS BOCAS de 24 vehículos terrestres conforme a los alcances, características y especificaciones técnicas señaladas en el presente documento.
El arrendamiento se realizará por partida, al licitante que ofrezca las mejores condiciones de contratación, durante un periodo de 36 meses (del 01 de septiembre de 2023 al 01 de septiembre de 2026).
3. Características y especificaciones de los vehículos a suministrar para la prestación del arrendamiento
La ASIPONA Dos Bocas requiere los siguientes vehículos y los participantes deberán ofertar de acuerdo a lo siguiente:
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN GENERAL |
UNIDAD |
CANTIDAD |
VIGENCIA DE ARRENDAMIENTO |
1 |
CAMIONETA TIPO SUV, MOD. TAHOE O SIMILAR 2023, TRANSMISIÓN AUTOMÁTICA. |
VEHÍCULO |
1 |
36 MESES |
2 |
CAMIONETA TIPO SUV, MOD. RAV 4 VERSIÓN XLE O SIMILAR, AÑO 2023. TRANSMISIÓN AUTOMATICA. |
7 |
||
3 |
CAMIONETA TIPO VAN DE PASAJEROS CON CAPACIDAD PARA 10 O 12 PERSONAS, AÑO 2023, TRANSMISIÓN MANUAL |
1 |
||
4 |
AUTOMÓVIL TIPO SEDAN, MOD. VERSA SENSE CTV O SIMILAR, TRANSMISIÓN MANUAL AÑO 2023, |
7 |
||
5 |
CAMIONETA TIPO PICKUP O SIMILAR, MOD. RANGER O SIMILAR 2023, TRANSMISIÓN MANUAL. |
8 |
||
TOTAL DE UNIDADES REQUERIDAS |
24 |
|
DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS VEHÍCULOS REQUERIDOS EN CADA PARTIDA
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN |
CANTIDAD |
UNIDAD MEDIDA |
1 |
1.- DESCRIPCIÓN GENERAL:
2.- MOTOR:
3.- TRANSMISIÓN:
4.- DIRECCIÓN:
5.- SISTEMA DE TRACCIÓN:
6- SUSPENSIÓN DELANTERA:
NOTA: SE REQUIERE SE ENTREGUE CON TAPETES, LLANTAS DE REPUESTO, GATO HIDRÁULICO, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DE SEGURIDAD.
|
1 |
VEHÍCULO |
2 |
1.- DESCRIPCIÓN GENERAL:
2.- MOTOR:
3.- TRANSMISIÓN AUTOMATICA DE 8 VELOCIDADES CON ECT-i CON SISTEMA DE ENFRIAMIENTO/CALENTAMIENTO
4.- DIRECCIÓN
5.- SUSPENSIÓN DELANTERA
6.- SUSPENSIÓN TRASERA
7.- FRENOS DELANTEROS
8.- FRENOS TRASEROS
9.- SISTEMA DE FRENADO
NOTA: SE REQUIERE SE ENTREGUE CON TAPETES, LLANTAS DE REPUESTO, GATO HIDRÁULICO, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DE SEGURIDAD.
|
7 |
VEHÍCULO |
3 |
1.- DESCRIPCIÓN GENERAL:
2.- MOTOR: 3.5 L, 6 CILINDROS, SFI, VVT-i, VVT-IW, D-4S y ETCS-i 277 HP @6,00 rpm, 258 Ib-pie @ 4,600 rpm
3.- TRANSMISIÓN:
4.- DIRECCIÓN:
5- SUSPENSIÓN DELANTERA:
6.-SUSPENSIÓN TRASERA:
7.- RINES Y NEUMÁTICOS:
8.- FRENOS:
9.- DIMENSIONES EXTERIORES (mm):
10.- PESOS Y CAPACIDADES:
NOTA: SE REQUIERE SE ENTREGUE CON TAPETES, LLANTAS DE REPUESTO, GATO HIDRÁULICO, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DE SEGURIDAD.
|
1 |
VEHÍCULO |
4 |
1.- DESCRIPCIÓN GENERAL:
2.- MOTOR HR16DE: DESPLAZAMIENTO (L) 1.6 NÚMERO Y DISPOSICIÓN DE CILINDROS 4L NÚMERO DE VÁLVULAS 4 POR CILINDRO PISTÓN: DIÁMETRO Y CARRERA (MM) 78X83.6 POTENCIA NETA (HP@RPM) 118@ 6,300
3.- TRANSMISIÓN:
4.- DIRECCIÓN:
5.- SISTEMA DE TRACCIÓN:
6- SUSPENSIÓN DELANTERA:
7.-SUSPENSIÓN TRASERA:
8.- FRENOS:
9.- CAPACIDADES (L)
10.- LLANTAS LLANTA 205/55 R16 LLANTA DE REFACCIÓN TEMPORAL
NOTA: SE REQUIERE SE ENTREGUE CON TAPETES, LLANTAS DE REPUESTO, GATO HIDRÁULICO, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DE SEGURIDAD.
|
7 |
VEHÍCULO |
5 |
1.- DESCRIPCIÓN GENERAL:
2.- MOTOR:
3.- TRANSMISIÓN:
4.- DIRECCIÓN:
5.- SISTEMA DE TRACCIÓN:
6.- RINES Y NEUMÁTICOS:
7.- FRENOS:
NOTA: SE REQUIERE SE ENTREGUE CON TAPETES, LLANTAS DE REPUESTO, GATO HIDRÁULICO, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DE SEGURIDAD.
|
8 |
VEHÍCULO |
Las líneas o marcas de vehículos indicados con anterioridad, son de referencia, por lo que el licitante podrá proponer tantas opciones de vehículos por partida que cumplan con las características y condiciones de calidad o superior a las solicitadas en el Anexo I, de la presente licitación, por lo que en ningún momento se limitará la libre concurrencia.
4. Entrega de las unidades.
4.1. En las instalaciones de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000 Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X.X. 86608 municipio de paraíso, tabasco, en un horario de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.
4.2. “EL PROVEEDOR” deberá efectuar el pago de impuestos y derechos vehiculares federales, locales, placas de circulación del Estado de Tabasco que permita la libre circulación las 24 horas del día en la Entidad donde se asigne el vehículo y en su caso, las verificaciones vehiculares conforme a su asignación, durante la vigencia del contrato específico, asimismo deberá presentar la póliza vigente del seguro de las unidades y de conformidad con lo solicitados en el presente ANEXO 1.
4.3 El vehículo solicitado en la partida 1 (CAMIONETA TIPO SUV, MOD. TAHOE O SIMILAR 2023, TRANSMISIÓN AUTOMÁTICA), deberá ser entregado con placas de hologramas 00 (cero cero) para circular libremente en la Ciudad de México.
4.4 No aplican Normas Oficiales Mexicanas, Norma Mexicana, Norma Internacional, Norma de Referencia o Especificación Técnica, que resulte aplicable para los vehículos requeridos conforme a la Ley de Infraestructura de la Calidad.
5. Periodo de entrega e inicio de los servicios.
El licitante adjudicado tendrá quince días naturales para realizar la entrega de las unidades vehiculares a la ASIPONA Dos Bocas, en el entendido que Indistintamente de la fecha de recepción de las unidades vehiculares, el servicio iniciará de manera oficial a partir del 01 de septiembre de 2023 y finalizará el 01 de septiembre de 2026, motivo por el cual en caso de no contarse con alguna de las unidades requeridas se procederá a realizar la aplicación de las penas y/o deductivas según corresponda.
6. Administrador del Contrato.
La administración del contrato estará a cargo del servidor público con el cargo de JEFE DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES o quien este designe, quien podrá auxiliarse para la administración y verificación del cumplimiento de otro servidor público adscrito a dicho departamento.
CONSIDERACIONES GENERALES Y PARTICULARIDADES DEL SERVICIO
Requisitos mínimos que se deben incluir en las propuestas de las partidas 1, 2, 3, 4 y 5 para el Servicio de Arrendamiento Integral de Vehículos:
1. CONDICIONES DE ENTREGA:
1.1. EL PROVEEDOR deberá entregar el tipo de vehículo conforme a lo señalado en su propuesta técnica económica y con relación a lo solicitado en las diferentes partidas del ANEXO TÉCNICO 1.
1.2. Toda vez que se trata de 24 unidades nuevas “EL PROVEEDOR” deberá hacer la entrega de las unidades vehiculares entre los primeros 15 días naturales a partir de la emisión del fallo respectivo, en las instalaciones de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., con dirección en:
Lugar de entrega |
Comentario u observación |
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000 Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X.X. 86608, municipio de paraíso, tabasco, en un horario de 08:00 a 15:00 horas de lunes a viernes. |
Indistintamente de la fecha de recepción de las unidades vehiculares, el servicio iniciará de manera oficial a partir del 01 de septiembre de 2023 y finalizará el 01 de septiembre de 2026, motivo por el cual en caso de no contarse con alguna de las unidades requeridas se procederá a realizar la aplicación de las penas y/o deductivas según corresponda. |
En el domicilio señalado, los servidores públicos responsables para realizar la recepción de los vehículos serán los siguientes.
Jefe del Departamento de Recursos Materiales.
Auxiliar Administrativo de Recursos Materiales.
Los servidores públicos antes mencionados deberán realizar una verificación física de cada uno de los vehículos que reciban, cuando se concluya la verificación física de los vehículos que entregue EL PROVEEDOR y cumplan con la totalidad de lo solicitado, se deberá firmar un “Acta de Entrega Recepción”.
1.3. El Proveedor realizará como parte del Arrendamiento y con sus propios recursos (humanos y materiales), el traslado y entrega de vehículos en el domicilio de ASIPONA DOS BOCAS sin costo adicional para este último, dicha consideración también procederá al momento de realizar el retiro de las unidades.
1.4. El Proveedor entregará los vehículos con la documentación necesaria en materia legal, fiscal, vial, ambiental y de seguros para su libre circulación en territorio nacional, tomando en cuenta el lugar de entrega de los vehículos para efectos de pago de impuestos, derechos, placas y en su caso, permisos de circulación, los cuales deberán tener como máximo una vigencia total de hasta 60 días; dicha obligación estará vigente durante el periodo de ejecución del contrato de servicio y sin costo adicional para la ASIPONA DOS BOCAS.
1.5. En la entrega inicial de los vehículos en las instalaciones de la ASIPONA DOS BOCAS, deberá considerarse un Tanque lleno de gasolina.
1.6. EL PROVEEDOR deberá entregar en cada unidad como mínimo, cuando el fabricante no lo incluya, herramienta menor, extintor, gato, cables pasa corriente, llave de birlos, tapetes y reflejantes de emergencia. (La herramienta deberá corresponder a las particularidades propias de cada vehículo y de acuerdo a las especificaciones del fabricante).
1.7. EL PROVEEDOR deberá entregar al Jefe del Departamento de Recursos Materiales, la llave original y su duplicado al momento de la entrega del vehículo.
2. CONSERVACIÓN DE LOS VEHÍCULOS:
2.1. EL PROVEEDOR tendrá a su cargo el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades, así como la revisión y/o cambio de neumáticos cuando sea necesario, sin límite de kilometraje, monto y/o frecuencia. Cabe señalar que el mantenimiento preventivo se debe realizar conforme a lo establecido en el Manual de mantenimiento emitido por el fabricante o cuando sea necesario, motivo por el cual “EL PROVEEDOR” deberá remitir escrito con los datos del enlace o enlaces para la coordinación respectiva.
2.2. El criterio que aplicará para el cambio de neumáticos es el siguiente:
Cuando el dibujo sea menor a 1.5 milímetros de profundidad o si el neumático posee testigo de desgaste que lo señale, deberá ser reemplazado de forma inmediata o por cualquier otro daño visible ocasionado por defectos de fabricación, vicios ocultos o mal estado de las vías de circulación (Autopistas, Avenidas, carreteras federales, Estatales, caminos rurales, etc.). El cambio de neumáticos será de acuerdo con el desgaste normal de uso del vehículo, cuando tengan cortaduras que pongan en riesgo la integridad de los usuarios, sin importar el kilometraje recorrido y deberán ser reemplazados por neumáticos nuevos, garantizando el correcto funcionamiento de la unidad, el cambio xx xxxxx se realizará cuando el daño sea ocasionado por mal estado en las vías de circulación
En todos los casos se deberá realizar el servicio de alineación, balanceo y cuando aplique, rotación de llantas, sin costo adicional para la DOS BOCAS.
El parchado de las llantas causados por pinchaduras de clavos, tornillo y demás serán cubiertos por DOS BOCAS.
2.3. Para el caso de los mantenimientos preventivos y correctivos, estos serán programados previa solicitud del ADMINSITRADOR DEL CONTRATO o a quien este designe, lo señalado por el propio PROVEEDOR, para su ingreso de manera oportuna en el taller o talleres designados por EL PROVEEDOR.
EL PROVEEDOR de manera indirecta se hará responsable del vehículo que ingrese a la agencia o taller especializado para su mantenimiento hasta su entrega, por lo que deberá responder por los daños, descomposturas, golpes, rayones, robos de accesorios y equipo de sonido, herramienta y aquello que resulte contrario al inventario que se levante al momento de su recepción.
En caso de que el vehículo entregado presente alguna deficiencia en su funcionamiento, se considerará un servicio no prestado, razón por la cual, se aplicará el criterio correspondiente señalado para la aplicación de las deductivas según corresponda.
2.4. Derivado del uso específico de algunas unidades vehiculares, se requiere que EL PROVEEDOR cuente con un taller o talleres designados en la ciudad de paraíso, Tabasco, al cual se puedan ingresar las unidades sin previo aviso al PROVEEDOR por parte del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, únicamente para la revisión de puntos de seguridad, tales como frenos, suspensión, niveles de motor y otros considerados como importantes, siendo responsabilidad del taller informar a EL PROVEEDOR el ingreso de dicha unidad y el tratamiento correspondiente derivado de dicha inspección.
Si derivado de dichas inspecciones se detecta situaciones anómalas que afecten directamente el funcionamiento del vehículo (motor, suspensión, seguridad, etc.) EL PROVEEDOR deberá informar al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO sobre dicha situación y la gravedad de esta, ello con el fin de programar de manera inmediata o posterior la reparación correspondiente y de conformidad con la recomendación del taller o talleres designados, evitando así poner en riesgo a los ocupantes del vehículo.
2.5. No se realizarán erogaciones por parte de la ASIPONA DOS BOCAS por conceptos de pérdida de garantía del vehículo, reparaciones mayores o cualquier otro gasto hacia los vehículos.
2.6. EL PROVEEDOR repondrá por el robo o pérdida, las autopartes de los vehículos objeto del Arrendamiento contratado, sin costo para la ASIPONA DOS BOCAS.
2.7. EL PROVEEDOR sustituirá los neumáticos y rines de los vehículos, objeto del Arrendamiento contratado, siempre que estos se vean afectados a consecuencia de un robo, sin costo para la ASIPONA DOS BOCAS.
2.8. EL PROVEEDOR repondrá los documentos requeridos para la circulación vehicular de la unidad”, por la pérdida, robo o extravío de estos.
2.9. En los casos de robo o pérdida de autopartes, neumáticos, rines o extravío de los documentos requeridos para la circulación de la unidad, la ASIPONA DOS BOCAS, a través de los servidores públicos designados para cada unidad en su calidad de resguardantes, deberán realizar el levantamiento del acta de hechos o denuncia ante la autoridad competente a efecto de proceder a la reparación de los daños o reposición por parte de EL PROVEEDOR, y en su caso, el reclamo de los mismos, a la compañía aseguradora. Lo anterior, con la asesoría y apoyo en todo momento por parte de EL PROVEEDOR.
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE FLOTILLA Y GPS
Los vehículos arrendados, deberán contar con el servicio de monitoreo satelital por GPS, proporcionando las claves de usuario y contraseña al Jefe del Departamento de Recursos Materiales, así también deberán contar con sistemas de alarmas contra robos.
3. SEGUROS (DE COBERTURA AMPLIA):
3.1. Los vehículos que otorgue en arrendamiento “EL PROVEEDOR” a la ASIPONA DOS BOCAS, deberán contar con seguro de cobertura amplia con asistencia jurídica y auxilio vial, durante la vigencia del contrato y que como mínimo cubra lo siguiente:
Cobertura amplia.
Asistencia legal y trámite de fianza.
Defensa legal por $600,000.00*.
Daños a terceros, por $2’000,000.00* por evento.
Seguro de gastos médicos para los ocupantes por $200,000.00* por persona.
Cobertura de muerte accidental por $600,000.00* por persona.
Pérdidas orgánicas por $200,000.00* por persona.
Gastos funerarios de los ocupantes que fallezcan durante un siniestro de los vehículos objeto del Servicio contratado, por $20,000.00* por ocupante.
Cobertura por robo de la unidad o pérdida total.
Cobertura por robo o pérdida de autopartes.
Reposición xx xxxxxxxxx.
Traslados xx xxxx a los talleres autorizados o ciudades más cercanas sin límite de kilometraje y sin cargo adicional para las Dependencias o Entidades.
Auxilio vial en los siguientes casos:
Siniestros.
Descomposturas.
Falta de combustible.
Neumático averiado.
Apertura de vehículo, por olvido de llaves dentro de la unidad
Cobertura complementaria al vehículo por inundación, vandalismo, temblor, explosión, cualquier otra causa, incluido sin deducible.
Los deducibles de los seguros y los costos de reparación, correrán a cargo de “EL PROVEEDOR”, ningún deducible será con cargo a la ASIPONA DOS BOCAS, excepto cuando el siniestro sea imputable al usuario por impericia, negligencia o por conducir el vehículo bajo los efectos del alcohol o cualquier otro estupefaciente, supuesto en el cual, dicho usuario será responsable del pago del deducible, previo dictamen del ajustador de la compañía aseguradora o autoridad competente en la materia correspondiente.
En caso del robo total de algún vehículo, “EL PROVEEDOR” se obliga a suministrar unidades con características y especificaciones iguales o superiores del que se sustituye, sin costo adicional para la ASIPONA DOS BOCAS, en un plazo que no exceda de 96 horas, a partir de la solicitud hecha por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO adjuntando para ello el reporte o acta de hechos correspondiente ante la autoridad competente y reporte ante la aseguradora según corresponda.
Los casos no previstos o en los cuales se tenga duda sobre la atribución del pago de los deducibles o costos de reparación, es decir si la obligación recae en el PROVEEDOR o en el usuario, serán analizados de manera directa por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO con el ENLACE DE SERVICIO designado por parte de EL PROVEEDOR.
4. OPERACIÓN DEL SERVICIO Y USO DE LOS VEHÍCULOS
4.1. Los vehículos serán usados por el personal interno o externo que designe la ASIPONA DOS BOCAS, derivado de ello el servicio deberá considerar kilometraje ilimitado para las unidades.
4.2. EL PROVEEDOR contará con todo aquello que garantice la disponibilidad y el correcto funcionamiento de las unidades objeto del Arrendamiento contratado, en ese sentido EL PROVEEDOR deberá realizar el servicio de mantenimiento preventivo de las unidades de conformidad con la póliza de servicios del vehículo de que se trate y correctivo debido al desgaste del uso normal de operación que así lo requieran, en agencias o talleres especializados, gastos que correrán a cargo del “EL PROVEEDOR” (incluyendo llantas y programa permanente de rotación, alineación y balanceo), durante toda la vigencia del contrato, sin límite de kilometraje, monto y/o frecuencia, motivo por el cual “EL PROVEEDOR” deberá remitir escrito con los datos del enlace para coordinarse.
4.2. EL PROVEEDOR, proporcionará un vehículo sustituto temporal en caso de mantenimiento, descompostura o falla mecánica recurrente, que persista por más de 2 (dos) ocasiones, tales como calentamiento de motor, fallas en el sistema electrónico, defectos en el sistema de suspensión y caja de velocidades, entre otros, o sea objeto de siniestro o robo este deberá proveerse de manera inmediata en un lapso no mayor a 96 horas a partir de la Solicitud que haga el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO; en caso de que la falla afecte la funcionalidad original del vehículo y/o las características originales del mismo, procederá la sustitución definitiva del vehículo; la(s) unidad(es) reemplazada(s) será(n) de iguales o superiores características a las originalmente arrendadas.
La nueva unidad deberá cumplir con las mismas características y especificaciones técnicas del vehículo sustituido, entendiéndose que la unidad deberá ser cuando menos del modelo 2023.
4.3. El pago de multas por infracción al Reglamento de Tránsito de la Entidad Federativa que corresponda, serán pagadas por el usuario del vehículo infraccionado, de acuerdo con los procedimientos internos establecidos por la ASIPONA DOS BOCAS, excepto las que se produzcan en el lapso que el vehículo se encuentre en posesión y uso del personal de EL PROVEEDOR en su caso.
En el caso de multas efectuadas por no contar con documentos actualizados en tenencia vehicular, permisos, placas o seguros serán transferidos para su pago a EL PROVEEDOR, ya que es obligación de este el contar y remitir la documentación vigente en materia de circulación vehicular.
El pago de multas, recargos y actualizaciones por pagos extemporáneos de tenencias, derechos de alta y baja, verificación vehicular, vencimiento de la tarjeta de circulación (en las Entidades Federativas donde aplique esta disposición) y demás contribuciones aplicables a los vehículos estarán a cargo de EL PROVEEDOR.
4.4. En caso de requerir presencia de un representante legal, EL PROVEEDOR se obliga a enviarlo al lugar que se le indique en el plazo que se acuerde con el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
5. ACTIVIDADES A REALIZAR POR EL PROVEEDOR.
5.1. Prestar el Arrendamiento de conformidad con las características y especificaciones señaladas en el presente ANEXO 1.
5.2. Dar seguimiento a los comentarios, observaciones o solicitudes realizadas por parte del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, siempre y cuando estas estén directamente relacionadas con el cumplimiento del SERVICIO.
5.3. Proporcionar toda la información y/o documentación relacionada con el contrato específico, que en su momento requiera la ASIPONA DOS BOCAS con motivo de auditorías, visitas e inspecciones que practiquen, en términos de lo dispuesto por el artículo 107 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
6. PRODUCTOS O RESULTADOS ESPERADOS:
6.1. Conforme al artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, EL PROVEEDOR se obliga a que el Arrendamiento objeto de este Contrato, se realice a entera satisfacción de la ASIPONA DOS BOCAS por lo que, EL PROVEEDOR responderá de los defectos y vicios ocultos que afecten la calidad del Arrendamiento en cuestión que correspondan, así como a responder de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido.
4. VIGENCIA DEL SERVICIO:
4.1. El servicio deberá proporcionarse durante un periodo de 36 meses (01 de septiembre de 2023 y finalizará el 01 de septiembre de 2026).
5. PENAS Y DEDUCCIONES
5.1. Penalizaciones
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 53 de la LEY, se procederá a penalizar al PROVEEDOR económicamente sin carácter de devolución, cuando incurra en incumplimientos en la entrega de los SERVICIOS conforme a lo siguiente:
La ASIPONA DOS BOCAS, aplicará una pena convencional a EL PROVEEDOR por el incumplimiento en las fechas pactadas de entrega de los vehículos, establecidas en el ANEXO 1 del presente documento, dicha pena será del 2% sobre el precio unitario mensual establecido en el procedimiento de fallo correspondiente, por cada día natural de atraso en la entrega de las unidades.
Las penas convencionales serán calculadas y notificadas a EL PROVEEDOR por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, EL PROVEEDOR cubrirá la pena convencional, mediante el descuento en la factura correspondiente del servicio prestado con atraso.
Las penas convencionales serán calculadas, aplicadas y notificadas al Proveedor por el “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, EL PROVEEDOR cubrirá la pena convencional, mediante el descuento en la factura correspondiente del servicio prestado con atraso.
Pca= 2 % x nda x vspa
Dónde:
pca= pena convencional aplicable.
nda= número de días de atraso.
vspa= valor de los servicios prestados con atraso sin I.V.A.
La acumulación de las penas convencionales no excederá del importe de la garantía de cumplimiento del contrato respectivo, sin considerar el I.V.A., en cuyo caso, se procederá al inicio del procedimiento de rescisión del respectivo contrato.
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 95 del Reglamento de la Ley, el pago del Arrendamiento quedará condicionado proporcionalmente al pago que EL PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso en el cumplimiento de las obligaciones, en el entendido de que, si el contrato es rescindido, no procederá el cobro de dichas penas.
En ningún caso, las penas convencionales podrán negociarse en especie, independientemente de la aplicación de las penas mencionadas, la ASIPONA DOS BOCAS podrá en cualquier momento optar por la rescisión del contrato por incumplimiento.
Independientemente de la aplicación de las penas mencionadas y con fundamento en el artículo 54 de la Ley, la ASIPONA DOS BOCAS podrá, en cualquier momento, rescindir administrativamente el contrato, cuando EL PROVEEDOR incurra en incumplimiento de las obligaciones, para lo cual se aplicará el procedimiento previsto en dicho precepto.
Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomará en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito, fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR, siempre y cuando éstas estén debidamente fundadas y se establezcan por escrito oportunamente.
El PROVEEDOR queda obligado ante ASIPONA DOS BOCAS a responder por los bienes faltantes, proporcionados inoportunamente, o de deficiente calidad, así como, ante cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil Federal.
5.2. Deducciones
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 Bis de la Ley, en caso de que se presenten fallas en la prestación del Arrendamiento, derivadas del incumplimiento parcial o prestación deficiente del arrendamiento, las deducciones serán calculadas, aplicadas y notificadas al PROVEDOR por el Administrador del Contrato.
En ningún caso las deducciones podrán negociarse en especie.
Las deducciones por deficiencias en la prestación del arrendamiento se aplicarán de acuerdo con lo establecido en el siguiente cuadro:
Concepto |
Nivel de Servicio |
Unidad de Medida |
Deducción |
Vehículo sustituto por mantenimiento, descompostura y/o siniestro, proporcionado de manera inmediata por EL PROVEEDOR.
En los casos de siniestro el vehículo sustituto será realizado de manera inmediata, previa solicitud del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
En los casos de mantenimientos cuyo periodo de estadía en el taller rebase de los 4 días a partir de la valoración inicial del taller mecánico. |
96 horas a partir de la Solicitud que haga el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. |
Cada día natural de atraso en la entrega del vehículo sustituto. |
5% diario de atraso y sobre el precio mensual del tipo de unidad motivo del reporte. |
Solicitud de retrabajo derivado de deficiencias en el funcionamiento posteriores al mantenimiento preventivo y/o correctivo. |
Dentro de las 72 horas posteriores a la entrega del vehículo después de algún mantenimiento. |
Cada día de atraso en la entrega del vehículo por mantenimiento. |
2%por cada día natural de atraso y sobre el precio mensual del tipo de unidad motivo de la solicitud. |
Solicitud de mantenimiento correctivo, preventivo, cambio de neumáticos, cambio de plumillas, reposición de placa vehicular, reposición de tenencia, etc. |
EL PROVEEDOR deberá dar respuesta mediante correo electrónico o cualquier otro medio comprobable a la petición realizada por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO dentro de un plazo de 72 horas posteriores a dicha solicitud, mediante el cual se informe el estatus de la misma. |
Cada día de atraso a partir del vencimiento del plazo de 72 horas |
0.5% diario de atraso y sobre el precio mensual del tipo de unidad motivo de la solicitud. |
No presentar a tiempo la renovación de la(s) póliza(s) de seguro(s) vehicular. |
Inmediatamente al finalizar la vigencia de las pólizas de seguro vehicular señaladas en la propia póliza, por lo que el PROVEEDOR deberá dar pleno seguimiento dicho termino. |
Cada día natural de atraso en la entrega de la renovación de la(s) póliza(s). |
1% sobre el precio mensual del tipo de unidad motivo del reporte. |
Si durante el ejercicio fiscal en turno no presenta la tenencia vehicular, placas nuevas (en su caso) permisos de circulación (en su caso), y demás documental que asegure la libre circulación de las unidades vehiculares en las carreteras del territorio mexicano y de conformidad con la normatividad aplicable en materia de circulación vehicular. |
Durante el ejercicio fiscal en turno y de conformidad con la normatividad vigente aplicable en materia de circulación vehicular. |
Una vez finalizado el ejercicio fiscal en turno. |
|
La acumulación de las penas convencionales no excederá del importe de la garantía de cumplimiento del presupuesto máximo del contrato respectivo, sin considerar el I.V.A., en cuyo caso, se procederá al inicio del procedimiento de rescisión del respectivo contrato.
Las deducciones se aplicarán, a más tardar en el mes calendario siguiente.
ANEXO 2
CARTA PROPOSICIÓN
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
Con relación a la convocatoria de Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023 publicada en el Diario Oficial de la Federación y en el Sistema Electrónico CompraNet 2023 el día _____________ del año en curso en la cual se convoca a los interesados para que participen en la referida licitación, para llevar a cabo el “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.” sobre el particular, y por mi propio derecho, en mi carácter de ______________, manifiesto a usted bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:
A) Que conozco y acato las disposiciones legales para el “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.”, que rigen estas operaciones para las empresas de participación estatal mayoritaria del Gobierno Federal Mexicano.
B) Que el costo mensual y el subtotal de la (s) partida (s) en la que participo, es la siguiente:
No. partida |
Precio Unitario |
Precio mensual antes de IVA |
Precio a 36 meses antes de IVA |
1 |
|
|
|
2 |
|
|
|
3 |
|
|
|
4 |
|
|
|
5 |
|
|
|
Subtotal de la propuesta |
|
C) Que el plazo de pago es de veinte días naturales contados a partir de la presentación de la factura y documentación correspondiente.
D) Que el período de vigencia del CONTRATO es de 36 meses (del 01 de septiembre de 2023 y finalizará el 01 de septiembre de 2026).
E) Que el precio ofertado del arrendamiento de los vehículos permanecerá fijo durante la vigencia del CONTRATO.
F) Que el lugar donde presentaré las facturas es en el domicilio de la ASIPONA Dos Bocas.
G) Que la vigencia de la propuesta económica es de 40 días naturales.
Hago constar que la CONVOCATORIA de LICITACIÓN convocado por la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., han sido revisadas por el personal técnico, administrativo y jurídico de esta empresa y que estamos de acuerdo en que rijan las operaciones comerciales entre la ASIPONA Dos Bocas y mi representada; por lo que nos sometemos a las normas del derecho mexicano, respecto a cualquier controversia que se llegara a suscitar, relativa a las operaciones correspondientes.
A t e n t a m e n t e
(Cargo y firma del Representante Legal)
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 3
FORMATO PARA INDICAR PRECIOS UNITARIOS DEL ARRENDAMIENTO INTEGRAL DE VEHÍCULOS
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
Con relación a la convocatoria de Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023 publicada en el Diario Oficial de la Federación y en el Sistema Electrónico CompraNet 2023 el día _____________ del año en curso en la cual se convoca a los interesados para que participen en la referida licitación, para llevar a cabo el “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.”, que convoca la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., sobre el particular, y por mi propio derecho, en mi carácter de _________________ de nombre ____________________, presento a usted, los precios unitarios siguiente:
Aspectos económicos: Manifiesto bajo protesta de decir verdad que el costo del “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.”, es el siguiente:
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN GENERAL |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD VEHÍCULO |
PRECIO UNITARIO |
PRECIO TOTAL MENSUAL ANTES DE IVA |
PRECIO TOTAL 36 MESES ANTES DE IVA |
1 |
CAMIONETA TIPO SUV, MOD. TAHOE O SIMILAR 2023, TRANSMISIÓN AUTOMÁTICA. |
VEHÍCULO |
1 |
|
|
|
2 |
CAMIONETA TIPO SUV, MOD. RAV 4 VERSIÓN XLE O SIMILAR, AÑO 2023. TRANSMISIÓN AUTOMATICA. |
7 |
|
|
|
|
3 |
CAMIONETA TIPO VAN DE PASAJEROS CON CAPACIDAD PARA 10 O 12 PERSONAS, AÑO 2023, TRANSMISIÓN MANUAL |
1 |
|
|
|
|
4 |
AUTOMÓVIL TIPO SEDAN, MOD. VERSA SENSE CTV O SIMILAR, TRANSMISIÓN MANUAL AÑO 2023, |
7 |
|
|
|
|
5 |
CAMIONETA TIPO PICKUP O SIMILAR, MOD. RANGER O SIMILAR 2023, TRANSMISIÓN MANUAL. |
8 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Subtotal |
|
|
|
|
|
|
IVA (16%) |
|
|
|
|
|
|
Total |
|
(MONTO EN LETRAS A NIVEL SUBTOTAL)
Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que el precio unitario del arrendamiento integral de los vehículos de las partidas en las que participo, serán fijos durante la vigencia del contrato.
Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que el precio del arrendamiento de los vehículos consignados en las partidas que participo, son competitivos en el mercado mexicano.
Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que se entregarán los vehículos en las condiciones solicitadas en el anexo I, de la presente convocatoria de licitación.
A t e n t a m e n t e
(Cargo y firma del Representante Legal)
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 4
FORMATO DECLARACIÓN DE QUE CONOCE LA CONVOCATORIA
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
En relación a la convocatoria pública en la cual se convoca a los interesados para que participen en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023,_________________, que convoca la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., sobre el particular, manifiesto que conozco y acepto el contenido de la CONVOCATORIA y sus ANEXOS y las condiciones establecidas en las mismas, así como de las modificaciones a tales documentos que derivaron de la Junta de Aclaraciones.
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 5
FORMATO PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE.
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
_______________(nombre)________________manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente Licitación Pública Nacional Electrónica, a nombre y representación de:__________________(persona física o moral)_____________.
R egistro Federal de Contribuyentes:
Domicilio.
Calle y número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad Federativa:
Teléfonos
Correo electrónico Fax:
No. de la escritura pública en la que consta de acta constitutiva: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma (adjuntar acta constitutiva):
Relación de accionistas.
Apellido Paterno Apellido Materno Nombre(s)
Descripción del objeto social:
Reformas al acta constitutiva: (señalar objeto de la reforma y la fecha en que se realizó)
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público que protocolizó la reforma:
Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.
Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó:
(Lugar y fecha)
Protesto lo necesario
(Nombre y firma)
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada LICITANTE en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado y elaborarlo en hoja membretada.
ANEXO 6
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023
ARTÍCULO 32-D CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
PROCEDIMIENTO QUE DEBE OBSERVARSE PARA CONTRATACIONES CON LA FEDERACIÓN Y ENTIDADES FEDERATIVAS
En atención a lo estipulado en el Artículo 32-D primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del Código Fiscal de la Federación y la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de diciembre de 2022. Adjunto al presente me permito entregar a usted copia de la consulta realizada al SAT para verificar el cumplimiento de nuestras obligaciones fiscales.
• Que el acuse de recepción de la solicitud de la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales relativo al artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, contiene los siguientes datos:
-Fecha de recepción de la solicitud de la opinión: ___________________________.
-Folio: ______________________.
Se adjunta a la presente copia simple del acuse de recepción de la solicitud antes mencionada.
Así mismo, manifiesto que en el caso que exista créditos fiscales determinados firmes o no, me comprometo a pagarlos antes del inicio del presente contrato.
Sin otro particular quedo de Usted.
A t e n t a m e n t e
Nombre, firma y denominación o razón social
ANEXO 7
Lugar y fecha de expedición
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
A fin de participar en la Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023 para la con el objeto de realizar el “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.”, nos permitimos declarar bajo protesta de decir verdad, que conocemos la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y aceptamos participar en dicho proceso con estricto apego a sus preceptos, así como, “NO ENCONTRARNOS DENTRO DE LOS SUPUESTOS”, que establece el Artículo 50 de dicha Ley.
No tenemos ningún vínculo de los citados en la fracción I del Artículo 50 o dentro del supuesto establecido en el último párrafo del artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con los servidores públicos, que deban decidir directamente o los que les hayan delegado tal facultad, sobre la adjudicación del pedido o contrato que sirve este proceso.
No tenemos impedimento legal para participar en este proceso.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
(SE DEBERÁ ELABORAR EN PAPEL MEMBRETADO
DEL LICITANTE)
ANEXO 8
FORMATO DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD
(LUGAR Y FECHA DE ELABORACIÓN)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
Conforme a la disposición señalada en el Articulo 30, fracción VII del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, manifestamos que nos abstendremos (tanto por nosotros mismos como a través de interpósita persona), de adoptar conductas para que los servidores públicos de la entidad, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que nos otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás LICITANTES.
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 9
ANEXO IV. Formato FO-CON-09
“Lista de verificación para revisar proposiciones”
Declaro que mi proposición incluye los siguientes documentos relacionados a continuación:
REFERENCIA |
DOCUMENTO |
OBSERVACIONES |
||
REQUISITOS LEGALES |
||||
3.13.1 |
Información que acredita la personalidad del LICITANTE, conforme al formato del ANEXO 5. Este documento lo presentará en hoja membretada del LICITANTE. (ANEXAR CONSTANCIA DE REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES CON ACTIVIDADES Y OBLIGACIONES.) |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.2 |
Declaración de Integridad, en la que el LICITANTE manifieste que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la ASIPONA DOS BOCAS, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás LICITANTES, con fundamento en el artículo 39, Apartado I, Inciso f) del REGLAMENTO. Este documento lo elaborará en hoja membretada de acuerdo al formato presentado en el ANEXO 8 de esta CONVOCATORIA. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.3 |
Declaración bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en ninguno de los supuestos contenidos en el Artículo 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público (Ver Texto en ANEXO 7 de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.4 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste que conoce y acepta el contenido de la CONVOCATORIA y sus ANEXOS y las condiciones establecidas en las mismas, así como de las modificaciones a tales documentos que en su caso se deriven de las Juntas de Aclaraciones. (Ver Texto en ANEXO 4 de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.5 |
Declaración bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en ninguno de los supuestos de la FRACCION IX DEL ARTÍCULO 49 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. (Ver Texto en ANEXO 11-A o 11-B según aplique de esta CONVOCATORIA). Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.6 |
Escrito de Clasificación de Empresa ANEXO 19. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
||
3.13.7 |
NOTA INFORMATIVA para LICITANTES de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y firmantes de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. ANEXO 12. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta |
||
3.13.8 |
Carta compromiso para propuestas conjuntas (Consorciadas). ANEXO 20. |
En caso que aplique, la falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.9 |
Modelo de contrato. ANEXO 21. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
REQUISITOS FINANCIEROS |
||||
3.13.10 |
FORMATO de acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales ante el SAT 32-D vigente ANEXO 6. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.11 |
Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social expedida por dicha dependencia, de acuerdo con el ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Xxxxx, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado el 27 de febrero de 2015 en el Diario Oficial de la Federación. ANEXO 22. |
La falta de este documento NO será no motivo para desechar la propuesta |
||
3.13.12 |
Escrito bajo protesta de decir verdad, que presentará las garantías solicitadas. ANEXO 16. |
La falta de este documento, será motivo para desechar la propuesta |
||
3.13.13 |
Declaración fiscal anual completa del ejercicio 2022 (copia simple legible con acuse y recibo de pago). ANEXO 23. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.14 |
Última declaración fiscal provisional completa del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2023 (mes xx xxxxx 2023) con acuse y recibo de pago. ANEXO 24. |
La falta de estos documentos será motivo para desechar la propuesta. |
||
REQUISITOS ADMINISTRATIVOS |
||||
3.13.15 |
FORMATO relación de documentos a presentar en las proposiciones. ANEXO 9. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.16 |
Formato de identificación de información confidencial o información reservada, que el LICITANTE entregará a la ASIPONA DOS BOCAS, en la LICITACIÓN (Ver Texto en ANEXO 13 de esta CONVOCATORIA). |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.17 |
FORMATO para evaluar la percepción de transparencia del procedimiento de LICITACIÓN. NOTA: Este documento lo entregarán debidamente llenado con los datos requeridos en el acto público de fallo. En caso de que no asista representante del LICITANTE a dicho acto, lo remitirán a la entidad posteriormente vía electrónica. ANEXO 14. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
||
|
3.13.18 |
FORMATO ASIPONA-DBO-GAF-F-48 Cuestionario al PROVEEDOR para integrar el listado de PROVEEDORES evaluados del Sistema de Gestión Integral. NOTA: Este documento será entregado, debidamente llenado con los datos requeridos, por el licitante ganador previo a la firma del CONTRATO. ANEXO 15. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta |
|
|
3.13.19 |
Programa xx Xxxxxxx Productivas. ANEXO 18. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
|
|
3.13.20 |
Escrito en que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad que, en caso de resultar ganador, adaptará sus procesos, procedimientos e instrucciones de trabajo a los requeridos por la ASIPONA DOS BOCAS de acuerdo a los requisitos que le impone a esta empresa el Sistema de Gestión Integral, certificado bajo las normas ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, ISO 45001:2018 ANEXO 25. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
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3.13.21 |
Copia del formato de Manifiesto de Interés en participar en la licitación, mismo que genera el Sistema CompraNet 2023 en la dirección: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx. ANEXO 26. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
|
|
3.13.22 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste bajo protesta de decir verdad que, en su caso, cuenta con personal con discapacidad, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS. ANEXO 30. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.23 |
Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 xx xxxxxx del año 2000. ANEXO 17. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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3.13.24 |
Aviso de privacidad del Licitante ANEXO 32. |
La falta de este documento NO será motivo para desechar la propuesta. |
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REQUISITOS TÉCNICOS |
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3.13.25 |
Descripción detallada del ARRENDAMIENTO, sin precios (ANEXO 1).
Incluye:
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La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta |
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3.13.26 |
Currículum del LICITANTE, el cual deberá contener al menos la información descrita en el ANEXO 10. Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE.
Incluye:
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La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.27 |
Carta del licitante bajo protesta de decir verdad en la que señale que cuenta con cuando menos un año de experiencia en el ARRENDAMIENTO INTEGRAL DE VEHÍCULOS, al momento de presentar sus propuestas. ANEXO 27. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.28 |
Organigrama del área de la empresa que ARRENDARÁ los vehículos a la ASIPONA DOS BOCAS, proporcionando nombres, teléfono y correo electrónico de la persona quién será el supervisor designado para servir de enlace entre ASIPONA DOS BOCAS y el PROVEEDOR. Este documento deberá elaborarse en hojas membretada del LICITANTE. ANEXO 28. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.29 |
Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad real instalada, personal técnico y disponibilidad, conforme a lo requerido para el ARRENDAMIENTO motivo de esta CONVOCATORIA. ANEXO 29. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.30 |
Escrito en el que el LICITANTE manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. ANEXO 31. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
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REQUISITOS ECONÓMICOS |
||||
3.13.31 |
Carta proposición, esta deberá requisitarse de acuerdo con el formato mostrado en el ANEXO 2 de esta CONVOCATORIA. Este documento deberá elaborarse en hoja membretada del LICITANTE; así como documento de carta garantía del ARRENDAMIENTO propuestos detallando el tiempo que ampara, sus condiciones y alcances sobre el arrendamiento de los vehículos propuestos. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
||
3.13.32 |
Relación de precios unitarios de los vehículos ARRENDADOS, utilizando el formato de los ANEXO 3. Este documento deberá firmarse por la persona facultada (LICITANTE o su apoderado) y elaborarse en hoja membretada del LICITANTE. |
La falta de este documento será motivo para desechar la propuesta. |
ATENTAMENTE |
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RECIBIÓ
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NOMBRE DE LA EMPRESA LICITANTE |
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LA ASIPONA DOS BOCAS |
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL Y FIRMA |
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ANEXO 10
CURRICULUM EMPRESARIAL
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
1.- Generales
Nombre
Domicilio: Calle y Número: Colonia: Código Postal:
Delegación o Municipio: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax: Correo electrónico:
Registro federal de contribuyentes: Fecha de fundación:
Nota Importante: El licitante participante, deberá adjuntar al Curriculum, evidencia fotográfica de la ubicación de sus oficinas con el objetivo de que la CONVOCANTE corroboré el domicilio en el cual se ubica.
2 - Objeto de la empresa
3.- Relación de principales clientes
Nombre, Dirección y Teléfono
4.- Políticas de crédito y/o de Ventas.
5.- Relación y copia de contratos a fines con la licitación pública.
Nota Importante: El licitante deberá presentar copia de contratos relativos a arrendamiento de vehículos, que respalde lo siguiente:
EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE.
El LICITANTE entregará copia simple de él o los contratos, pedidos o facturas suscritos en los últimos años, en donde haya arrendado vehículos iguales o similares a los solicitados en esta Licitación.
Especialidad. Mayor número de contratos o documentos con los cuales el licitante puede acreditar que ha arrendado vehículos con las características específicas y en condiciones similares a las establecidas en esta LICITACIÓN.
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS. EL licitante deberá demostrar el cumplimiento de manera satisfactoria de los contratos presentados
Para dar cumplimiento a lo solicitado en los criterios que se aplicarán para la adjudicación del contrato, descritos en el NUMERAL 3.6 de la CONVOCATORIA.
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA
ANEXO 11-A
PERSONA FÍSICA
FORMATO FRACCION IX DEL ARTÍCULO 49 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS.
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
En cumplimiento con lo dispuesto en la fracción IX del artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y para los efectos de presentar propuesta y en caso, poder celebrar contrato respectivo con esa entidad en relación a la (nombre del procedimiento), me permito manifestarle bajo protesta de decir verdad, QUE EN MI CARÁCTER DE PERSONA FÍSICA no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés.
A t e n t a m e n t e
(Cargo y firma del Representante Legal)
ANEXO 11-B
PERSONA MORAL
FORMATO FRACCION IX DEL ARTÍCULO 49 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS.
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
En cumplimiento con lo dispuesto en la fracción IX del artículo 49 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y para los efectos de presentar propuesta y en caso, poder celebrar contrato respectivo con esa entidad en relación a la (nombre del procedimiento), nos permitimos manifestarle bajo protesta de decir verdad, que en mi carácter de PERSONA MORAL no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés.
A t e n t a m e n t e
CARGOS Y FIRMAS DE LOS SOCIOS O ACCIONISTAS QUE EJERZAN CONTROL SOBRE LA SOCIEDAD.
ANEXO 12
Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (OCDE)
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por está y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación– la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o SERVICIOS a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculante entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o SERVICIOS.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
“Articulo 222
Cometen el delito de cohecho:
El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros.
Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en SERVICIOS o SERVICIOS:
A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 13
Formato de identificación de información confidencial o información reservada
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
De conformidad con lo señalado en La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a continuación señalo los documentos o las secciones de éstos que la contengan información confidencial o información reservada, así como el fundamento por el cual considero que tenga ese carácter, de la información que entrego a la ASIPONA Dos Bocas, con motivo de mi participación en la licitación de referencia.
Nombre del licitante: |
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Documento entregado dentro de la propuesta |
Fundamento legal |
Sugerencias |
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ASIPONA DOS BOCAS-DBO-GAF-F-19.
REV.1 28/07/09
Notas:
1.- Se deberán utilizar tanto renglones como sean necesario.
2.- Para señalar el fundamento legal se recomienda consultar la x Xxx Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA.
ANEXO 14
ASIPONA-DBO-GAF-F-48
FORMATO “ENCUESTA DE TRANSPARENCIA”.
ENCUESTA PARA EVALUAR LA PERCEPCIÓN DE TRANSPARENCIA EN LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA NO. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023, PARA LA CONTRATACIÓN DE ______.
INSTRUCCIONES: FAVOR DE CALIFICAR LOS SUPUESTOS PLANTEADOS EN ESTA ENCUESTA CON UNA “X“, SEGÚN SE CONSIDERE:
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CALIFICACIÓN |
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FACTOR |
EVENTO |
SUPUESTOS |
TOTALMENTE DE ACUERDO |
EN GENERAL DE ACUERDO |
EN GENERAL EN DESACUERDO |
TOTALMENTE EN DESACUERDO |
1 |
JUNTA DE ACLARACIONES |
El contenido de la CONVOCATORIA es claro para la contratación del ARRENDAMIENTO que se pretende realizar. |
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2 |
Las preguntas técnicas efectuadas en el evento. Se contestaron con claridad. |
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3 |
PRESENTACION DE PROPOSICIONES |
El evento se desarrolló con oportunidad, en razón de la cantidad de documentación que presentaron los LICITANTES. |
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4 |
La resolución técnica fue emitida conforme a la CONVOCATORIA y junta de aclaraciones del concurso. |
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5 |
FALLO |
En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los PROVEEDORES adjudicados y los que no resultaron adjudicados. |
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6 |
GENERALES |
El acceso al inmueble fue expedito |
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7 |
Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido. |
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8 |
El trato que me dieron los servidores públicos de la institución durante la LICITACIÓN, fue respetuoso y amable |
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9 |
Volvería a participar en otra LICITACIÓN que emita la institución. |
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10 |
El concurso se apegó a la normatividad aplicable |
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SI USTED DESEA AGREGAR ALGÚN COMENTARIO RESPECTO AL CONCURSO, FAVOR DE ANOTARLO EN EL SIGUIENTE CUADRO:
|
Rev. 04 18/11/2021
ANEXO 15
CUESTIONARIO A PROVEEDORES PARA INTEGRAR EL LISTADO
DE PROVEEDORES EVALUADOS
Fecha: |
Cuestionario realizado por: |
|||
Nombre del PROVEEDOR:
|
||||
Dirección: |
Teléfono: |
Fax: |
||
Correo Electrónico: |
||||
Contacto: |
||||
Personal entrevistado: |
Puesto: |
L lene completamente todas y cada una de las preguntas siguientes:
1.- ¿A cuántas empresas de nivel reconocido presentan sus SERVICIOS actualmente?
M ás de 5 empresas de 3 a 5 empresas menos de 3 empresas
2.- Respecto a su respuesta anterior llene la siguiente información:
-
EMPRESA
TELÉFONO
A
B
3.- ¿Cuenta su empresa con la implementación de un sistema de Gestión Integral, es decir con procedimientos escritos?
S i cuenta En proceso de implantación No cuenta
4.- ¿Tiene la capacidad de cumplir con las especificaciones de calidad requeridas en los productos?
SI NO En caso de ser esta última explique: ______________________
5.- ¿Sus productos tienen Garantía?
SI NO En caso de ser SI especifique el______
6.- ¿Grado de cumplimiento respecto a los criterios de Calidad en el Servicio requeridos por ASIPONA DOS BOCAS (Tiempo de Entrega, Cantidad especificadas, precios pactados, atención inmediata a clientes, etc)?
D e 80% a 100%
D e 50% a 80%
M enos de 50%
7.- ¿Su empresa cuenta con la infraestructura necesaria de oficinas, almacenes, equipo de reparto, infraestructura informática y recursos asociados (correo electrónico, fax, personal capacitado, etc.)?
SI NO
CONDICIONES ECONOMICAS
8.- ¿Cuál es el plazo de crédito que está dispuesto a ofrecernos?
0 días 7 días 15 días 20 días 30 o más
Especifique en caso de ser otro plazo distinto a los anteriores: _____________________________
8.- ¿Requiere anticipo?
SI NO
En caso de ser SI, especifique cantidad o porcentaje de anticipo requerido: __________________
9.- ¿Esta dispuesto a ofrecernos algún descuento?
SI NO
En caso de ser SI, la respuesta al anterior favor de contestar las siguientes cuestiones:
b) Especifique cantidad o porcentaje de descuento otorgado: __________________________________
c) Especifique las condiciones para otorgar el descuento: ___________________________________
ESTE ESPACIO DEBERÁ SER LLENADO SOLAMENTE POR EL JEFE DE RECURSOS MATERIALES DE LA ASIPONA DOS BOCAS |
Competitividad de los precios ofrecidos por el PROVEEDOR: Entre 0 y 10% de diferencia _____________ Entre 11 y 20% de diferencia _____________ Más de 20% de diferencia _______________ NOTA: La “diferencia” será en comparativa con los precios ofertados por otros PROVEEDORES bajo el criterio de mismo giro y productos semejantes. |
OBSERVACIONES: |
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Jefe de Recursos Materiales |
|
PROVEEDOR |
ASIPONA-DBO-GAF-F-48
Rev. 04 18/11/2021
ANEXO 16
ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD,
QUE PRESENTARÁ LAS GARANTÍAS SOLICITADAS.
(Lugar y fecha de elaboración)
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
Bajo protesta de decir verdad, manifestamos a usted, que en caso de resultar ganador de la licitación pública nacional electrónica arriba señalada, haremos entrega a la ASIPONA DOS BOCAS, de las siguientes garantías:
1.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Dicha garantía podrá ser mediante cheque de caja o fianza expedida a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la S.H.C.P., por un monto del 10% del monto total del contrato, sin incluir el I.V.A.; esta garantía deberá estar cerrada a pesos sin centavos y deberá ser entregada a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato.
La póliza de fianza de garantía que presentará el proveedor deberá prever, contener y obedecer, como mínimo, las declaraciones contenidas en el modelo de fianza de garantía que indica las Disposiciones de Carácter Generales por las que se aprueban los modelos de fianzas constituidas como garantía en las contrataciones públicas realizadas al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 15 xx xxxxx de 2022.
El no presentar la Garantía dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, dará lugar a la rescisión Administrativa del contrato de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 54 de LAASSP.
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA
ANEXO 17
SECRETARÍA DE CONTRALORÍA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO.
ACUERDO por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7, 26, 27, 31 fracción XVIII, 56, 65 y 67 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y SERVICIOS del Sector Público; 8, 27, 28, 33 fracción XXII, 74, 83 y 85 de la Ley de Obras Públicas y SERVICIOS Relacionados con las Mismas, y 5 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, tomando en cuenta las opiniones de las secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Comercio y Fomento Industrial, y
CONSIDERANDO
Que el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, en su apartado relativo a la modernización de la gestión pública, establece la necesidad de implementar una renovación que revitalice los esquemas de trabajo del sector público, reoriente sus incentivos, simplifique sus procedimientos y modernice sus métodos de gestión;
Que el Programa de Modernización de la Administración Pública 1995-2000, prevé el propósito de vincular la tecnología de la información con la simplificación de los procedimientos administrativos, para mejorar la calidad y oportunidad de los SERVICIOS públicos, así como hacer más eficientes los procesos en la toma de decisiones, la administración de recursos y la racionalización de los sistemas de trabajo, observando la debida congruencia con el Programa de Desarrollo Informático 1995-2000;
Que en este contexto, como parte de las acciones emprendidas por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en materia de modernización administrativa, determinó poner en operación el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (COMPRANET), mecanismo que ha permitido difundir, agilizar y dar transparencia a los procedimientos de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES celebrados por las dependencias y entidades, en materia de adquisiciones y arrendamientos de SERVICIOS muebles, y SERVICIOS de cualquier naturaleza, así como de obras públicas y SERVICIOS relacionados con las mismas;
Que las ventajas que actualmente concede el propio Sistema, además de las que venía ofreciendo, se traducen en la posibilidad de que los licitantes, puedan, a su elección, sin necesidad de acudir personalmente a las oficinas de las convocantes, enviar sus propuestas, a través de medios remotos de comunicación electrónica, así como presentar sus inconformidades por la misma vía ante los órganos internos de control en las dependencias y entidades, y
Que en virtud de lo que prevén las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y SERVICIOS del Sector Público, y de Obras Públicas y SERVICIOS Relacionados con las Mismas, en el sentido de que corresponde a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo establecer mediante disposiciones administrativas los términos y condiciones a las que deberá ajustarse la participación de los licitantes cuando las proposiciones sean enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, así como la de los interesados que decidan presentar por la misma vía sus inconformidades, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES PARA EL USO DE MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACION ELECTRONICA, EN EL ENVIO DE PROPUESTAS DENTRO DE LAS LICITACIONES PUBLICAS QUE CELEBREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO EN LA PRESENTACION DE LAS INCONFORMIDADES POR LA MISMA VIA
PRIMERA.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de los procedimientos de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía.
SEGUNDA.- Para efectos del presente Acuerdo, se entenderá por:
I. Contraloría: la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo;
II. Leyes: las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y SERVICIOS del Sector Público, y de Obras Públicas y SERVICIOS Relacionados con las Mismas;
III. Dependencias: las señaladas en las fracciones I a III del artículo 1 de las Leyes;
IV. Entidades: las mencionadas en las fracciones IV a V del artículo 1 de las Leyes;
V. Licitante: la persona que participa en cualquier procedimiento de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES o de invitación a cuando menos tres personas;
VI. Entidades federativas: las que hace referencia la fracción VI del artículo 1 de las Leyes;
VII. Medios remotos de comunicación electrónica: los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares;
VIII. COMPRANET: el Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales desarrollado por la Contraloría, con dirección electrónica en Internet: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx, y registrada su marca, bajo esta misma denominación, ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial;
IX. Programa informático: el medio de captura desarrollado por la Contraloría que permite a los licitantes, así como a las dependencias y entidades, enviar y recibir información por medios remotos de comunicación electrónica, así como generar para cada INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES un mecanismo de seguridad que garantice la confidencialidad de las propuestas que reciban las convocantes por esa vía; y que constituye el único instrumento con el cual podrán abrirse los sobres que contengan las proposiciones en la fecha y hora establecidas en la convocatoria para el inicio de los actos de presentación y apertura;
X. Medio de identificación electrónica: conjunto de datos electrónicos asociados con un documento que son utilizados para reconocer a su autor, y que legitiman el consentimiento de éste para obligarlo a las manifestaciones que en él se contienen, de conformidad con los artículos 27 y 28 de las Leyes, y
XI. Certificación del medio de identificación electrónica: el proceso mediante el cual la Contraloría emite un certificado digital para establecer la identificación electrónica de una dependencia, entidad, entidad federativa o de un licitante.
TERCERA.- La Contraloría, previa evaluación, determinará las áreas convocantes de las dependencias y entidades que podrán hacer uso de medios remotos de comunicación electrónica para recibir propuestas a través de esta vía, mismas a las que les hará entrega del programa informático y del manual del usuario correspondiente.
Asimismo, determinará las áreas convocantes de las entidades federativas que podrán hacer uso de dichos medios en los procedimientos de licitación que se realicen al amparo de la fracción VI del artículo 1 de las Leyes.
El uso de medios de comunicación electrónica a que se refiere el presente Acuerdo, podrá hacerse extensivo a las licitaciones públicas relativas a adquisiciones, arrendamientos, SERVICIOS, obras públicas y SERVICIOS relacionados con las mismas financiadas con créditos externos otorgados al Gobierno Federal o con su aval, cuando el organismo financiero internacional lo autorice en forma expresa.
CUARTA.- Los interesados que a su elección opten por participar en licitaciones públicas, a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán acudir a las oficinas de la Contraloría, con el propósito de que obtengan la certificación del medio de identificación electrónica, para lo cual exhibirán, entre otra documentación, la siguiente:
a) Personas físicas: acta de nacimiento, identificación oficial con fotografía y cédula del Registro Federal de Contribuyentes; en caso de que el trámite lo realice a través de algún apoderado, adicionalmente, el documento con el que se acredite el otorgamiento de dicha representación, así como la identificación oficial con fotografía y cédula del Registro Federal de Contribuyentes del apoderado.
b) Personas xxxxxxx: testimonios de las escrituras públicas con las que se acredite su existencia legal, incluidas sus reformas, así como las facultades de su apoderado; identificación oficial con fotografía de dicho representante, y cédula del Registro Federal de Contribuyentes del apoderado y de la persona moral.
Tratándose de personas de nacionalidad extranjera, éstas deberán exhibir documentación equivalente a la aludida en los incisos de esta disposición, debidamente apostillada o certificada por el consulado mexicano en el país de que se trate, según corresponda.
Recibida la documentación de referencia, la Contraloría dentro de un plazo máximo de 72 horas contadas a partir de su recepción verificará si el interesado cubre las condiciones requeridas. De resultar procedente el interesado firmará su inscripción a COMPRANET, documento mediante el cual quedará obligado a sujetarse a los términos y condiciones previstos en este Acuerdo, y en el mismo acto la Contraloría le hará entrega del programa informático con su manual del usuario, así como del certificado digital que, como medio de identificación electrónica, deberá utilizar en sustitución de la firma autógrafa para enviar sus propuestas en las licitaciones públicas que admitan esta vía de participación.
QUINTA.- El uso del certificado digital por parte de los interesados, tendrá una vigencia de un año contado a partir de su entrega, lapso durante el cual podrán, a su elección, participar por medios remotos de comunicación electrónica en las licitaciones públicas cuyas convocatorias y bases así lo establezcan en forma expresa.
Para renovar el uso del certificado bastará que los interesados entreguen a la Contraloría un escrito firmado en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que la documentación exhibida para su inscripción no ha sufrido modificación alguna, por lo que respecta al acreditamiento de su personalidad y, en su caso, al de su existencia legal y al de las facultades de su representante.
SEXTA.- Los interesados que opten por participar en licitaciones públicas, a través de medios remotos de comunicación electrónica, se sujetarán a lo siguiente:
a) Reconocerán como propia y auténtica la información que por medios remotos de comunicación electrónica envíen a través de COMPRANET, y que a su vez, se distinga por el medio de identificación electrónica que les certifique la Contraloría. En dicha información quedarán comprendidas las propuestas técnica y económica; la documentación distinta a éstas, y las manifestaciones bajo protesta de decir verdad que les requieran las dependencias y entidades convocantes.
b) Notificarán oportunamente a la Contraloría, bajo su responsabilidad, respecto de cualquier modificación o revocación de las facultades otorgadas a su apoderado o representante al que le haya sido entregado un certificado digital.
c) Aceptarán que el uso de su certificado digital por persona distinta a la autorizada, quedará bajo su exclusiva responsabilidad.
d) Admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por las dependencias y entidades convocantes, cuando los sobres en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.
e) Aceptarán que se tendrán por notificados del fallo y de las actas que se levanten con motivo de las licitaciones públicas en las que participen, cuando éstos se encuentren a su disposición a través de COMPRANET.
f) Consentirán que será motivo de que la Contraloría invalide su certificado digital, cuando haga mal uso de la red privada de comunicaciones de COMPRANET.
g) Xxxxxxxxxxx, tratándose de personas extranjeras, a invocar la protección de su gobierno, en caso de que se suscite alguna controversia relacionada con el uso de COMPRANET, y aceptarán someterse a la jurisdicción de los tribunales federales competentes.
SEPTIMA.- La participación de los licitantes por medios remotos de comunicación electrónica, se sujetará a lo siguiente:
a) Será requisito indispensable que la CONVOCATORIA de la licitación sean adquiridas a través del sistema de pago en bancos por medio de los formatos que para este efecto expide COMPRANET.
b) Deberán concluir el envío de sus proposiciones técnica y económica, incluyendo la documentación distinta a éstas, a más tardar una hora antes de la fecha y hora establecida en la convocatoria para el inicio del acto de presentación de proposiciones.
La Contraloría, a través de COMPRANET, emitirá a los licitantes un acuse de recibo electrónico con el que se acreditará la recepción de sus propuestas y de la documentación distinta a éstas.
c) Preferentemente, deberán identificar cada una de las páginas que integren sus proposiciones, con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes, número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de las propuestas.
OCTAVA.- Los servidores públicos de las dependencias y entidades responsables de conducir los actos de las licitaciones públicas, deberán observar lo siguiente:
a) Previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, verificar que los licitantes que participan por medios remotos de comunicación electrónica hayan realizado el pago de la CONVOCATORIA, mediante la consulta que realicen en sus propios sistemas de banca electrónica, con lo cual se dará por acreditado el pago.
En caso de que la convocante no disponga de cuentas destinadas para el pago de bases en COMPRANET, en virtud de que utilice cuentas cuyo titular sea la Tesorería de la Federación, dicha verificación podrá realizarse a través de COMPRANET.
b) Abrir en el acto de apertura de propuestas, en primer término, los sobres que contengan las proposiciones de los licitantes que consten por escrito, y posteriormente, los correspondientes a las propuestas recibidas por medios remotos de comunicación electrónica.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Contraloría o de la convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo lo previsto en el inciso d) de la disposición Sexta.
La Contraloría podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las propuestas que obren en poder de la convocante.
c) Imprimir para su rúbrica, las partes o la totalidad de las propuestas que haya determinado la convocante en la CONVOCATORIA de la licitación.
d) Xxxxx constar en el acta de la primera etapa del acto de presentación y apertura de proposiciones, las propuestas que por medios electrónicos fueron recibidas en tiempo y forma, proporcionando copia de dicha acta a los licitantes presentes que se encuentren.
e) Enviar a la Contraloría el fallo, las actas de las juntas de aclaraciones, de visitas al sitio de realización de los trabajos o de las instalaciones, de las dos etapas del acto de presentación y apertura de proposiciones, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que hayan concluido los propios actos, mismas que se pondrán de manera simultánea a disposición de los interesados a través de COMPRANET.
f) Enviar a la Contraloría, una vez concluida la apertura de las propuestas económicas, el mecanismo de seguridad generado por el programa informático para la licitación de que se trate.
Dicho mecanismo sólo podrá utilizarse por la Contraloría cuando ésta ejerza atribuciones de verificación o a solicitud de autoridad competente, por lo que su uso o pérdida, a excepción de este supuesto, quedará exclusivamente bajo la responsabilidad de las áreas convocantes de las dependencias y entidades. La pérdida del mecanismo de seguridad dará lugar a la cancelación de la INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES correspondiente.
NOVENA.- En las licitaciones públicas que se realicen bajo la cobertura de los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio de los que México sea parte, será necesario que el licitante nacional o extranjero, confirme por telefacsímil u otros medios de transmisión electrónica que la propuesta enviada a través de medios electrónicos corresponde al propio licitante, dentro de los tres días hábiles siguientes al del acto de presentación y apertura de proposiciones, en el entendido de que si no se cumple este requisito la propuesta será desechada. Lo anterior deberá indicarse en la CONVOCATORIA de la licitación.
Los licitantes en este tipo de licitaciones deberán incluir en las propuestas que presenten por medios electrónicos, una declaración en la que manifiesten que aceptan todas las cláusulas y condiciones de la convocatoria y bases de licitación.
DECIMA.- La Contraloría, previa evaluación, determinará los órganos internos de control en las dependencias y entidades, que podrán recibir inconformidades de los interesados que opten por presentarlas a través de medios remotos de comunicación electrónica. La Contraloría comunicará a las convocantes para que establezcan en la CONVOCATORIA de las licitaciones o invitaciones, la posibilidad de que dichas inconformidades puedan ser presentadas a través de esa vía.
Para tal efecto, los interesados podrán inscribirse a COMPRANET, conforme a lo señalado en la disposición Cuarta de este Acuerdo, y obtener la certificación de su medio de identificación electrónica, así como el programa informático para presentar inconformidades por medios remotos de comunicación electrónica. La renovación del uso del certificado digital que alude este párrafo, se ajustará a lo previsto por la disposición Quinta del presente Acuerdo.
Salvo lo previsto en el presente Acuerdo, las inconformidades presentadas por medios remotos de comunicación electrónica se tramitarán conforme a las disposiciones establecidas en las Leyes.
La Contraloría, a través de COMPRANET, emitirá a los interesados un acuse de recibo electrónico que permitirá acreditar la fecha y hora de presentación de inconformidades.
En las inconformidades presentadas por esta vía, no será necesario que el promovente acredite su personalidad.
Asimismo, no será requisito indispensable que el promovente acompañe la documentación que sustenta los actos del procedimiento de contratación aducidos como irregulares, cuando ésta obre en poder de la convocante, bastando para ello en la inconformidad que promueva relacionar dicha documentación con cada uno de los hechos que pretenda acreditar. En el supuesto de que la documentación mencionada no se encuentre en los archivos de la convocante, el promovente deberá remitirla por mensajería o correo certificado dentro del término de presentación de las inconformidades que establecen las Leyes.
DECIMA PRIMERA.- Los licitantes que opten por presentar inconformidades, a través de medios remotos de comunicación electrónica, se sujetarán a lo siguiente:
a) Reconocerán como propia y auténtica la información que por medios remotos de comunicación electrónica envíen a través de COMPRANET, y que a su vez, se distinga por el medio de identificación electrónica que les certifique la Contraloría.
Notificarán oportunamente a la Contraloría, bajo su responsabilidad, respecto de cualquier modificación o revocación de las facultades otorgadas a su apoderado o representante al que le haya sido entregado un certificado digital.
c) Aceptarán que el uso de su certificado digital por persona distinta a la autorizada, quedará bajo su exclusiva responsabilidad.
d) Admitirán que se tendrán por no presentadas las inconformidades, cuando la información remitida contenga virus informáticos o no pueda consultarse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.
e) Consentirán que será motivo de que la Contraloría invalide su certificado digital, cuando haga mal uso de la red privada de comunicaciones de COMPRANET.
f) Xxxxxxxxxxx, tratándose de personas extranjeras, a invocar la protección de su gobierno, en caso de que se suscite alguna controversia relacionada con el uso de COMPRANET, y aceptarán someterse a la jurisdicción de los tribunales federales competentes.
DECIMA SEGUNDA.- Las disposiciones contenidas en el Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la documentación que las mismas podrán requerir a los PROVEEDOR para que éstos acrediten su personalidad en los procedimientos de INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 11 xx xxxxx de 1997, solamente en lo relativo a la forma de pago de la CONVOCATORIA, y al envío de la información a que alude el citado Acuerdo, serán aplicables a las licitaciones públicas referentes a adquisiciones, arrendamientos, SERVICIOS, obras públicas y SERVICIOS relacionados con las mismas, financiadas con créditos externos otorgados al Gobierno Federal o con su aval.
DECIMA TERCERA.- La información relativa a los datos relevantes de los contratos que deriven de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas y de adjudicación directa, cuyos montos sean superiores a la cantidad equivalente a dos mil quinientas veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, deberán remitirse a la Contraloría a través de COMPRANET, a más tardar el último día hábil de cada mes, precisando los contratos formalizados durante el mes calendario inmediato anterior, conforme al programa informático que les proporcionará a las dependencias y entidades, en el mes xx xxxxxx del año 2000. Aquellas áreas de las dependencias y entidades facultadas para contratar este tipo de operaciones, que no se encuentren registradas, deberán efectuar el trámite en los términos de lo previsto por el Acuerdo aludido en la disposición Décima Segunda.
DECIMA CUARTA.- En el supuesto de que se suscite alguna controversia relacionada con la información enviada a través de COMPRANET, la autoridad competente podrá solicitar a la Contraloría exhiba los archivos electrónicos que obran en COMPRANET, así como la impresión de éstos debidamente certificados, a efecto de desahogar las pruebas a que haya lugar, conforme a las disposiciones adjetivas que resulten aplicables.
Las áreas de las dependencias y entidades deberán conservar en forma ordenada y sistemática los archivos electrónicos o los documentos impresos que obren en sus expedientes, cuando menos durante un lapso de tres años, contado a partir de la fecha de su recepción.
DECIMA QUINTA.- Los servidores públicos de las dependencias y entidades que incumplan con las disposiciones establecidas por este Acuerdo serán sancionados, en su caso, conforme a lo previsto por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Las consultas técnicas que se deriven de la aplicación de este Acuerdo serán desahogadas por la Contraloría a través del teléfono 00 00 00 00, en días hábiles de las 9:00 a las 18:00 horas.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a los siete días del mes xx xxxxxx de dos mil.- El Secretario de Contraloría y Desarrollo Administrativo, Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.
ANEXO 18
PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DEL GOBIERNO FEDERAL
EL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS ES UNA SOLUCIÓN INTEGRAL QUE TIENE COMO OBJETIVO FORTALECER EL DESARROLLO DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE NUESTRO PAÍS, CON HERRAMIENTAS QUE LES PERMITAN INCREMENTAR SU CAPACIDAD PRODUCTIVA Y DE GESTIÓN.
AL INCORPORARTE A CADENAS PRODUCTIVAS TENDRÁS ACCESO SIN COSTO A LOS SIGUIENTES BENEFICIOS:
• CONOCE OPORTUNAMENTE AL CONSULTAR DESDE LA COMODIDAD DE TU NEGOCIO LOS PAGOS QUE TE REALIZARÁN LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES CON LA POSIBILIDAD DE OBTENER LA LIQUIDEZ QUE REQUIERES SOBRE TUS CUENTAS POR COBRAR DERIVADAS DE LA PROVEEDURÍA DE SERVICIOS Y SI REQUIERES CAPITAL DE TRABAJO PODRÁS ACCEDER A LOS PROGRAMAS DE FINANCIAMIENTO A TRAVÉS DE CRÉDITO PYME QUE NACIONAL FINANCIERA INSTRUMENTA A TRAVÉS DE LOS BANCOS.
• INCREMENTA TUS VENTAS, AL PERTENECER AL DIRECTORIO DE PROVEEDORES DEL GOBIERNO FEDERAL, MEDIANTE EL CUAL LAS DEPENDENCIAS Y/O ENTIDADES U OTRAS EMPRESAS PODRÁN CONSULTAR TU OFERTA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS EN EL MOMENTO QUE LO REQUIERAN, AL MISMO TIEMPO, CONOCERÁS OTRAS EMPRESAS CON LA POSIBILIDAD DE AMPLIAR TU BASE DE PROVEEDORES.
• PROFESIONALIZA TU NEGOCIO, A TRAVÉS DE LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN EN LÍNEA O PRESENCIALES, SOBRE TEMAS RELACIONADOS AL PROCESO DE COMPRA DEL GOBIERNO FEDERAL QUE TE AYUDARÁN A SER MÁS EFECTIVO AL PRESENTAR TUS PROPUESTAS.
• IDENTIFICA OPORTUNIDADES DE NEGOCIO, AL CONOCER LAS NECESIDADES DE COMPRA DEL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS DE NUESTROS BOLETINES ELECTRÓNICOS.
LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN
AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS.
1.- CARTA REQUERIMIENTO DE AFILIACIÓN, FALLO O PEDIDO. DEBIDAMENTE FIRMADA POR EL ÁREA USUARIA COMPRADORA
2.- **COPIA SIMPLE DEL ACTA CONSTITUTIVA (ESCRITURA CON LA QUE SE CONSTITUYE O CREA LA EMPRESA). ESTA ESCRITURA DEBE ESTAR DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO. DEBE ANEXARSE COMPLETA Y LEGIBLE EN TODAS LAS HOJAS.
3.- **COPIA SIMPLE DE LA ESCRITURA DE REFORMAS (MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS DE LA EMPRESA) CAMBIOS DE RAZÓN SOCIAL, FUSIONES, CAMBIOS DE ADMINISTRACIÓN, ETC., ESTAR DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO. COMPLETA Y LEGIBLE EN TODAS LAS HOJAS.
4.- **COPIA SIMPLE DE LA ESCRITURA PÚBLICA MEDIANTE LA CUAL SE HAGA CONSTAR LOS PODERES Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL PARA ACTOS DE DOMINIO. ESTA ESCRITURA DEBE ESTAR DEBIDAMENTE INSCRITA EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO. DEBE ANEXARSE COMPLETA Y LEGIBLE EN TODAS LAS HOJAS.
5.- COMPROBANTE DE DOMICILIO FISCAL VIGENCIA NO MAYOR A 2 MESES, COMPROBANTE DE DOMICILIO OFICIAL (RECIBO DE AGUA, LUZ, TELÉFONO FIJO, PREDIO) DEBE ESTAR A NOMBRE DE LA EMPRESA, EN CASO DE NO SER ASÍ, ADJUNTAR CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, COMODATO.
6.- IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE DEL (LOS) REPRESENTANTE(ES) LEGAL(ES), CON ACTOS DE DOMINIO CREDENCIAL DE ELECTOR; PASAPORTE VIGENTE Ó FM2 (PARA EXTRANJEROS) LA FIRMA DEBERÁ COINCIDIR CON LA DEL CONVENIO
7.- ALTA EN HACIENDA Y SUS MODIFICACIONES FORMATO R-1 Ó R-2 EN CASO DE HABER CAMBIOS DE SITUACIÓN FISCAL (RAZÓN SOCIAL O DOMICILIO FISCAL) EN CASO DE NO TENER LAS ACTUALIZACIONES, PONDRÁN OBTENERLAS DE LA PÁGINA DEL SAT.
8.- CÉDULA DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC, HOJA AZUL)
9.- ESTADO DE CUENTA BANCARIO DONDE SE DEPOSITARAN LOS RECURSOS, SUCURSAL, PLAZA, CLABE INTERBANCARIA VIGENCIA NO MAYOR A 2 MESES ESTADO DE CUENTA QUE EMITE LA INSTITUCIÓN FINANCIERA Y LLEGA SU DOMICILIO.
LA DOCUMENTACIÓN ARRIBA DESCRITA, ES NECESARIA PARA QUE LA PROMOTORÍA GENERE LOS CONTRATOS QUE LE PERMITIRÁN TERMINAR EL PROCESO DE AFILIACIÓN UNA VEZ FIRMADOS, LOS CUALES CONSTITUYEN UNA PARTE FUNDAMENTAL DEL EXPEDIENTE:
CONTRATO DE DESCUENTO AUTOMÁTICO CADENAS PRODUCTIVAS FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL CON PODERES DE DOMINIO.
2 CONVENIOS CON FIRMAS ORIGINALES CONTRATOS ORIGINALES DE CADA INTERMEDIARIO FINANCIERO. FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL CON PODERES DE DOMINIO.
(** ÚNICAMENTE, PARA PERSONAS XXXXXXX)
USTED PODRÁ CONTACTARSE CON LA PROMOTORÍA QUE VA A AFILIARLO LLAMANDO AL 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) Ó AL 00-00-00-00; Ó ACUDIR A LAS OFICINAS DE NACIONAL FINANCIERA EN: AV. INSURGENTES SUR NO. 1971, COL GUADALUPE INN, C.P. 01020, DELEGACIÓN XXXXXX XXXXXXX, EN EL EDIFICIO ANEXO, NIVEL JARDÍN, ÁREA DE ATENCIÓN A CLIENTES.
ANEXO 19
Escrito de Clasificación de Empresa (en papel membretado del LICITANTE)
1. Registro Federal de Contribuyente: ________________
2. Razón Social: _________________________________
3. Estado de la Republica en que se localiza físicamente: __________
4. Delegación o Municipio: _________________________
5. Dirección (calle y número): _______________________
6. Colonia: ______________________
7. Código Postal: _________________
8. Lada. Teléfono y Fax: ____________
9. Correo electrónico: _______________
10. Nombre del Representante Legal: _____________________
11. Número de Trabajadores fijos con que cuenta la empresa: __________________
12. Sector (industrial, Arrendamiento o comercio): ________________________
SECTOR/ NUMERO DE EMPLEADOS (MARCAR EL QUE CORRESPONDA A SU EMPRESA)
TAMAÑO |
INDUSTRIA |
COMERCIO |
ARRENDAMIENTO |
MICRO |
0-10 |
0-10 |
0-10 |
PEQUEÑA |
00-00 |
00-00 |
11-50 |
MEDIANA |
51-250 |
31-100 |
51-100 |
13. Actividad económica de la empresa: _________________
Sin más por el momento quedo de usted, como su seguro servidor.
A T E N T A M E N T E
Bajo Protesta de Decir Verdad
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DE LA PERSONA FACULTADA PARA
REPRESENTAR A LA EMPRESA
ANEXO 20
“CARTA COMPROMISO PARA PROPUESTAS CONJUNTAS (CONSORCIADAS)”
Lugar y fecha de expedición
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
Hacemos referencia a la CONVOCATORIA de licitación__________ que ha sido emitida por la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., el día....... de.... ........ de.....
Con base en lo anterior, los abajo firmantes nos comprometemos incondicionalmente de manera conjunta y solidaria a lo siguiente:
De resultar ganadores en la presente licitación, a celebrar el contrato en los términos y condiciones estipulados en la CONVOCATORIA de licitación, en la inteligencia de que la información legal, administrativa, técnica, económica y financiera requerida en la CONVOCATORIA de licitación, se adjunta en la propuesta presentada con la presente Carta Compromiso.
La propuesta será válida por un período de.... días calendario contados a partir de la fecha de presentación de proposiciones, de conformidad con la CONVOCATORIA de esta licitación.
Cada uno de los firmantes somos conjunta y solidariamente responsables ante Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V., por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a nuestro cargo contenidas en esta carta compromiso, en la CONVOCATORIA de licitación y en el contrato que de la misma pudiera otorgarse.
Hasta que el contrato sea formalizado y la fianza de cumplimiento de contrato sea constituida, o bien, se cumpla el plazo establecido en el inciso 2 de esta carta compromiso, la presente carta compromiso y la propuesta presentada se consideran en forma incondicional para los efectos legales que correspondan.
Estamos de acuerdo que, de resultar ganadores en la presente licitación, si por causas imputables a nosotros, el Contrato no se formalizara en.......día..... a la........ o máximo dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la fecha de notificación del fallo de la licitación o no otorgamos la fianza de cumplimiento dentro de los 10 días naturales siguientes a la formalización del contrato, ustedes tendrán derecho, a notificar lo correspondiente al Órgano Interno de Control en la ASIPONA Dos Bocas.
Manifestamos nuestra aceptación para que ustedes determinen cual es la propuesta ganadora conforme a lo establecido en la CONVOCATORIA de licitación.
En cumplimiento de lo establecido en el último párrafo del artículo 34 de la LAASSP, convenimos en designar al Sr ....................................representante legal de la empresa .......................................... como el representante común de los abajo firmantes para los fines de esta licitación.
Manifestamos que ninguno de los integrantes de la agrupación se encuentra en alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y SERVICIOS del Sector Público.
De conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y SERVICIOS del Sector Público y el artículo 31 de su Reglamento, hemos celebrado entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio, del cual se anexa original y copia, en los términos de (la legislación aplicable), en el que se establecen con precisión los siguientes aspectos:
Nombre y domicilio de las personas integrantes, identificando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx.
Nombre de los representantes de cada una las personas agrupadas, identificando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acrediten las facultades de representación.
La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación.
La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones.
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme.
La presente Carta compromiso se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos. Cualquier controversia o reclamación derivada o relacionada con la presente carta compromiso quedará sujeta a la competencia exclusiva de los tribunales federales.
Fechada a los ____ días del mes de ___________ de ___.
Nombre del licitante
P
or:
(nombre del representante legal
debidamente autorizado)
P
or:
(nombre del representante legal
debidamente autorizado)
Nota: el presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido. El convenio de referencia puede sustituir a la carta compromiso en el caso de que contenga la información señalada en esta carta compromiso.
ANEXO 21
MODELO DEL CONTRATO
CONTRATO PLURIANUAL DE ARRENDAMIENTO INTEGRAL DE VEHÍCULOS A PRECIO FIJO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA PORTUARIO NACIONAL DOS BOCAS, S.A. DE C.V., A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA “ASIPONA DOS BOCAS”, REPRESENTADA POR SU DIRECTOR GENERAL EL ALMIRANTE RETIRADO XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, Y POR LA OTRA, LA PERSONA _________ DENOMINADA “________________”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL EL C. __________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO EL “PROVEEDOR”, Y A QUIENES ACTUANDO EN CONJUNTO SE LES DENOMINARÁ COMO LAS “PARTES”, MISMOS QUE SE SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
1. El representante de la ASIPONA DOS BOCAS declara que:
1.1. Representación. El Almirante Retirado Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, es Director General y Apoderado de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., contando con las facultades suficientes para la celebración del presente contrato, como lo acredita con el instrumento número 21,156, volumen 62 protocolo abierto, de fecha 25 de septiembre de 2020, protocolizado ante la fe del Xx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx y Xxxxxx, Titular de la Notaría Pública No. Uno y del Patrimonio Inmobiliario Federal, en ejercicio y con adscripción en la ciudad de Paraíso, Tabasco, documento que se encuentra inscrito ante el Registro Público de Comercio del Municipio de Comalcalco, Estado de Tabasco, bajo el folio mercantil electrónico número 692 de fecha 22 de febrero de 2021, contando con las facultades suficientes, conferidas por la Normatividad reglamentaria correspondiente, mismas que a la fecha del presente no le ha sido modificadas ni restringidas de forma alguna.
1.2. Legal existencia de la sociedad. Que su representada es una Sociedad Anónima de Capital Variable, de participación estatal mayoritaria, según consta en la escritura 76,610, libro 766, de fecha del 12 xx xxxxxx de 1999, otorgada ante la fe de la Dra. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxxxx, Notario Público Número 114, del Distrito Federal; Inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Tabasco, dentro de los libros de la oficina ubicada en Xxxxx xx Xxxxxx, Tabasco, el día 28 de diciembre de 1999, bajo el número 59 del Libro de entradas de Comercio; a folio del 229 al 244 del Libro de duplicados, Volumen 23; quedó anotada a Folio 93 frente y 94 vuelta del Libro Primero de Comercio, Tomo 1, su constitución se autorizó por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio 101-463 de fecha 28 xx xxxxx de 1999.
1.3. Reforma al Estatuto. Que el 29 de noviembre de 1999, los estatutos sociales fueron reformados, según consta en la escritura pública 63,397, volumen 1,094, folio 95,547 de fecha 4 de enero de 2000, del protocolo de la Notaría Pública número 198, a cargo de su titular, Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. Inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Registral de Xxxxx xx Xxxxxx, Tabasco, el 27 de julio de 2000, bajo el número 37 del Libro de entradas de comercio, a folios del 53 al 71 del Libro de Duplicados Volumen 24; quedó anotada a folios 120 vuelta y 121 frente del Libro Primero de Comercio; Tomo 1.
1.4. Cambio de Denominación. Mediante la escritura número 116,443 (Ciento dieciséis mil cuatrocientos cuarenta y tres), de fecha 22 de octubre de 2021, pasada ante la fe del Lic. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Titular de la Notaría Pública No. 237 de la Ciudad de México y Notario del Patrimonio Inmobiliario Federal, se protocolizó el Acta de la Quincuagésima Octava Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., celebrada con fecha 21 xx xxxxx de 2021, mediante la que se aprobó el cambio de denominación de la Administración Portuaria Integral de Dos Bocas, S.A. de C.V., para que se denomine Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., inscrita bajo el folio mercantil electrónico 692 el día 09 de diciembre de 2021 en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Xxxxx xx Xxxxxx, Tabasco.
1.5. Objeto Social. El objeto social de “LA ASIPONA DOS BOCAS”, consiste en la administración del Puerto de Dos Bocas, Tabasco, mediante el ejercicio de los derechos y obligaciones derivados de la concesión que el Gobierno Federal le otorgó para el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes del dominio público federal, la construcción de obras e instalaciones y la prestación de los servicios portuarios en el puerto, así como la administración de los bienes que integran su respectiva zona de desarrollo.
I.6. Necesidad del Arrendamiento. Requiere el “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.”.
I.7. Procedimiento de adjudicación. En el presente caso, se optó por llevar a cabo la contratación mediante Licitación Pública Nacional Electrónica No. LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023, en pleno cumplimiento a lo ordenado por el párrafo tercero del artículo 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en correlación con el artículo 26, fracción I, de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público (En adelante la LAASSP).
I.8. Suficiencia presupuestal. Para cubrir las erogaciones que deriven del presente contrato, la ASIPONA DOS BOCAS cuenta con presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio 2023 emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través del Oficio número 307-A.- 3052 de fecha 12 de Diciembre de 2022 con cargo a las partidas 32503 “Arrendamiento de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales para servicios administrativos” y 32505 “Arrendamiento de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales para servidores públicos”.
I.9. Domicilio. Para los efectos de este contrato señala como su domicilio el ubicado en Boxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxx Xxxxx, Paraíso Tabasco. C.P. 86608.
2.- El PROVEEDOR, declara que:
2.1. Legal existencia de la sociedad. Que es una persona ______, constituida de conformidad con las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en la escritura pública número ________ de fecha _________, otorgada ante la fe del Licenciado _________, Titular de la Notaría Pública número _____ del ________, y cuyo testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _________, bajo el número de folio mercantil _______ de fecha ___________, teniendo plena capacidad y recursos técnicos, materiales y jurídicos suficientes para obligarse y ejecutar “EL ARRENDAMIENTO” en los términos de éste contrato. R.F.C. _______________.
2.2. Representación. Que el C. ____________________, en su carácter de ___________________, cuenta con poderes amplios y suficientes para suscribir el presente contrato, representando legalmente a la empresa, personalidad que acredita con el testimonio de la Escritura Pública número _______, Volumen ______ de fecha ___________, otorgada ante la fe del _______________, Titular de la Notaría Pública número _______ del Estado de _______ y del Patrimonio Inmobiliario Federal, manifestando bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le han sido otorgadas, a la fecha no le han sido modificadas, revocadas, canceladas ni limitadas en forma alguna. R.F.C. ___________.
2.3. Objeto social. Que dentro de sus actividades se encuentra, entre otras las de proporcionar “EL ARRENDAMIENTO” de ________________________________________________________.
2.4. Aptitud Jurídica. Conoce plenamente el contenido de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como su Reglamento, y demás normatividad aplicable en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios vigente y, bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en lo que se refiere a la presentación oportuna en tiempo y forma de sus declaraciones por impuestos federales, además de no tener adeudos a su cargo por estos mismos conceptos.
2.5. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas lo cual se constató ante la página electrónica de Proveedores y Contratistas Sancionados de la Secretaría de la Función Pública”, en concordancia con los artículos 50, fracción II de la “LAASSP” y 88, fracción I de su Reglamento; así como que “EL PROVEEDOR” no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 50 y penúltimo y antepenúltimo párrafos del artículo 60 de la “LAASSP”.
2.6. Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
2.7. Bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
2.8. Elementos y recursos. Cuenta con todos los elementos humanos, técnicos, materiales, administrativos, económicos, financieros y de operación, necesarios para cumplir exacta y puntualmente lo dispuesto en el presente contrato.
2.9. Domicilio. Que, para todos los fines y efectos legales del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en ___________________, Código Postal ____________, en la Ciudad de _______________, Teléfono ____________________, correo electrónico ____________________ página web __________________
Expuesto lo anterior, las PARTES, celebran el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. Objeto. La ASIPONA DOS BOCAS encomienda al PROVEEDOR y éste acepta brindar a aquella el “Arrendamiento Integral de Vehículos para la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas S.A. de C.V.”, que en adelante se le denominarán como el ARRENDAMIENTO, los cuales deberán ser prestados de conformidad con el ANEXO I correspondiente a la “Descripción detallada del Arrendamiento” y a lo estipulado en el presente contrato.
SEGUNDA. Plazo de inicio del ARRENDAMIENTO y vigencia del contrato. El PROVEEDOR iniciará el Arrendamiento el día ___________________.
La vigencia del presente contrato será por un periodo comprendido del __________________.
TERCERA. Lugar de entrega de los vehículos Arrendados. El PROVEEDOR entregará los vehículos arrendados en las instalaciones de la ASIPONA DOS BOCAS, ubicadas en: Instalaciones Administrativas: Boxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx. 000 Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, X.X. 06608 Paraíso, Tabasco.
CUARTA. Prórroga en las fechas pactadas de prestación del Arrendamiento. En términos del artículo 45 fracción XV de la LAASSP, el cumplimiento de las obligaciones pactadas en el presente contrato podrá prorrogarse por caso fortuito, fuerza mayor, o causas atribuibles a la ASIPONA DOS BOCAS, y se deberá llevar a cabo mediante el convenio modificatorio correspondiente.
QUINTA. Importe. El importe total del presente contrato será por la cantidad de ______________________ más el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El PROVEEDOR está de acuerdo en que la suma indicada incluye la remuneración o pago total por el arrendamiento de vehículo que prestará.
SEXTA. Condición de los precios. Las PARTES están conformes en que el precio del arrendamiento de los vehículos es fijo.
SÉPTIMA. Impuestos. El IVA será trasladado en los términos de la Ley de la materia. Cada una de las PARTES del presente contrato convienen en cubrir los impuestos que les correspondan de conformidad con la legislación aplicable, en la inteligencia de que la ASIPONA DOS BOCAS realizará las retenciones que procedan cuando así lo requiera la legislación fiscal aplicable.
OCTAVA. Plazo y condiciones de pago. El importe del presente contrato será cubierto al PROVEEDOR de manera mensual.
Cada uno de los pagos se efectuará contra la entrega de Comprobante Fiscal Digital y el documento que el PROVEEDOR entregará a la ASIPONA DOS BOCAS, dirigido al Titular de la Gerencia de Administración y Finanzas de la ASIPONA DOS BOCAS respecto del resultado de sus servicios. Lo anterior, sin perjuicio de que la ASIPONA DOS BOCAS requiera al PROVEEDOR, en cualquier tiempo, aquella información que estime necesaria.
El PROVEEDOR, una vez cumplida las obligaciones consignadas y recibidos los vehículos arrendados a entera satisfacción de la ASIPONA DOS BOCAS, para el efecto de obtener el pago correspondiente, deberá subir su Factura Electrónica (CFDI) en la Plataforma del Sitio de Validación Electrónica (SVE) de la ASIPONA DOS BOCAS: xxxx://xxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/XXXX_XXX/Xxxxxxx.xxxx y/o presentar la documentación que de manera fehaciente acredite tal cumplimiento para tramitar su pago.
En la fecha de firma del presente contrato, se les entregará el manual de registro en la Plataforma del Sitio de Validación Electrónica (SVE) de la ASIPONA DOS BOCAS, mencionada en el párrafo anterior.
Por su parte, la ASIPONA DOS BOCAS cubrirá el pago dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la entrega satisfactoria de la factura. Los pagos serán en moneda nacional.
En el caso de que la factura entregada por el PROVEEDOR para su pago, presente errores o deficiencias, la ASIPONA DOS BOCAS dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de que se le indiquen las deficiencias y hasta que el PROVEEDOR presente las facturas corregidas, interrumpirá el plazo para el pago.
Los pagos al PROVEEDOR se realizarán vía transferencia electrónica de fondos o depósito en cuentas de cheques, por lo que el PROVEEDOR deberá indicar a la ASIPONA DOS BOCAS, el número de cuenta bancaria, CLABE (SWIFT), o cualquier otro requisito necesario para realizar el pago por ese conducto. La ASIPONA DOS BOCAS no asume ninguna responsabilidad por el tiempo que se tomen las instituciones bancarias en realizar la transferencia bancaria.
El PROVEEDOR acepta que la ASIPONA DOS BOCAS podrá descontar al PROVEEDOR, las penas convencionales y las deducciones de la documentación que éste presente para los efectos del pago.
Los pagos serán en moneda nacional.
Responsabilidad de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI):
El proveedor deberá expedir el CFDI de acuerdo a las reglas emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Si por cualquier causa el CFDI contiene errores, su corrección se hará emitiendo primero un CFDI de egreso e inmediatamente después un CFDI de ingreso por parte del proveedor. Ambos archivos deberán ser enviados al correo de la ASIPONA DOS BOCAS.
Cuando el CFDI haya sido pagado por la ASIPONA DOS BOCAS y con posterioridad a dicho pago se determine un error, se requiere que antes de emitir los comprobantes descritos en el inciso anterior, el proveedor, obtenga la autorización del Departamento de Contabilidad de la ASIPONA DOS BOCAS, para llevar a cabo el cambio de comprobantes.
El PROVEEDOR deberá proporcionar al Departamento de Contabilidad de la ASIPONA DOS BOCAS los Complementos de Pago en los tiempos y conforme a los requisitos establecidos en la Normatividad vigente aplicable, en cumplimiento a los Artículos 29, 29-A y 83 del Código Fiscal de la Federación.
Si el proveedor cancela el CFDI en forma distinta al señalado en los incisos anteriores, acepta pagar a la ASIPONA DOS BOCAS una pena convencional equivalente al monto del ISR del importe del comprobante como si hubiese sido considerado no deducible conforme a las disposiciones fiscales más el importe equivalente al IVA considerado no acreditable más las actualizaciones, recargos y multas que se causen conforme a las disposiciones fiscales por la cancelación del CFDI.
NOVENA. Devolución de pagos en exceso. En el supuesto de que el PROVEEDOR reciba pagos en exceso; este deberá reintegrar las cantidades pagadas de más, así como los intereses correspondientes, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la LAASSP.
Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la ASIPONA DOS BOCAS.
DÉCIMA. Transferencia de derechos de cobro. Tratándose del Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., la ASIPONA DOS BOCAS otorga su conformidad para que el PROVEEDOR pueda transferir su derecho de cobro a favor de cualquier intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas.
El PROVEEDOR podrá transferir los derechos de cobro, debiendo cumplir para ello con las siguientes condiciones:
I. Solicitud por escrito al área de finanzas, en el que se exprese su intención de transferir todos o parte de sus derechos de cobro. La solicitud que aquí se menciona deberá darse cuando menos con 5 (cinco) días hábiles de anticipación, especificando claramente los derechos que serán materia de la futura transferencia.
En esta solicitud deberá declarar el PROVEEDOR, que no ha celebrado con anterioridad otra transferencia de derechos o acto jurídico que se traduzca en transferencia a favor de terceros de dichos derechos de cobro. De existir una transferencia anterior, deberá expresarlo así y aportar todos los datos y documentos que permitan su plena identificación.
II. Conformidad previa, expresa y por escrito de la ASIPONA DOS BOCAS respecto de la solicitud del punto anterior.
III. Notificación, preferentemente a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, de la constitución de la transferencia de derechos celebrada, en la que se indique claramente el número, fecha y objeto del contrato fuente, las facturas y, en su caso, contra recibos materia de la transferencia, con el desglose de la transferencia, así como el importe y la fecha de cada uno de ellos, el importe total de la transferencia, con el desglose correspondiente y cualquier otro dato o documento indispensable que se requiera a juicio de la ASIPONA DOS BOCAS para que quede plenamente identificado el crédito cedido.
IV. En caso de que no se opte por la notificación a través xx xxxxxxxx x xxxxxxx público, ésta deberá hacerse en forma fehaciente con el acuse de recibo correspondiente por la ASIPONA DOS BOCAS a fin de que quede constancia indubitable de que se cumplió con el requisito que establece la ley, sin perjuicio de que se satisfagan los demás requisitos señalados en el párrafo anterior.
V. La notificación o en su caso el aviso de la transferencia sobre los derechos de cobro, deberá ser hecha a la ASIPONA DOS BOCAS dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la celebración del contrato respectivo o entre las PARTES que celebren el contrato o acto jurídico cuyo objeto sea transferir a favor de una de ellas el cobro de las facturas y/o contra recibos materia del contrato.
VI. Proporcionar cualquier otro dato o documento que la ASIPONA DOS BOCAS estimé necesario.
La ASIPONA DOS BOCAS tendrá facultad para rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el contrato, cuando una vez notificada la transferencia de derechos o el acto jurídico de que se trate, los derechos de crédito que comprenda sean cobrados por el cedente o cualquier otra persona distinta del nuevo titular del derecho.
La ASIPONA DOS BOCAS también podrá rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el presente contrato, cuando después de ser cobradas las facturas o contra recibos, éstas se hagan figurar por el PROVEEDOR en un contrato de transferencia de crédito o de constitución de garantía prendaria, de fideicomiso en garantía o en cualquier otro acto jurídico que tenga como consecuencia conferir a un tercero los derechos del PROVEEDOR, a los créditos generados conforme a este contrato, con preferencia sobre dichos créditos.
VII. Queda expresamente convenido y así lo admite el PROVEEDOR, que la ASIPONA DOS BOCAS no asume ninguna responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del contrato, convenio o acto jurídico a través del cual el PROVEEDOR sea sustituido en los créditos que surgieren a su favor, conforme a lo estipulado en el presente instrumento.
VIII. Las PARTES convienen que, en caso de rescisión de este contrato, los créditos a favor de terceros tendrán la siguiente prelación u orden de preferencia en su pago:
a. Créditos a favor de los trabajadores del PROVEEDOR, en su caso.
b. Créditos fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación.
c. Créditos a favor de la ASIPONA DOS BOCAS.
d. Otros créditos a favor de terceros distintos a los referidos en los puntos anteriores.
DÉCIMA PRIMERA. Garantía de cumplimiento. La garantía de cumplimiento del CONTRATO que se solicite al PROVEEDOR, será mediante fianza expedida a favor de la Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V., expedida por una institución afianzadora autorizada por la S.H.C.P., por un monto del 10% del monto máximo del CONTRATO, sin incluir el I.V.A y conforme a los términos de las Disposiciones de Carácter General por las que se aprueban los modelos de fianzas constituidas como garantía de las contrataciones públicas realizadas al amparo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 15 xx xxxxx de 2022; esta garantía deberá estar cerrada a pesos sin centavos y deberá ser entregada a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del CONTRATO.
La póliza de garantía deberá prever, como mínimo, las siguientes declaraciones:
Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
Que en caso de que la ASIPONA DOS BOCAS sea emplazada a juicio laboral por uno o más trabajadores que hubieran laborado para EL PROVEEDOR durante el arrendamiento de los vehículos, o con motivo en las relaciones laborales mencionadas se diera el nacimiento de un crédito fiscal, por el que se llamara a juicio a la ASIPONA DOS BOCAS o bien que por cualquier motivo, cualquier tercero demandara como demandado principal, solidario o en cualquier otra forma, por actos que deriven del arrendamiento de vehículos, la fianza garantiza el pago total de las prestaciones que en su momento fuera condenada a pagar la ASIPONA DOS BOCAS, quien de manera adicional y sin perjuicio de lo anterior, queda facultada por la afianzadora y por EL PROVEEDOR, que es el fiado, en caso de demanda que implique pago de pesos o responsabilidad patrimonial, a negociar con el o los actores, el pago de las responsabilidades que se reclamen a efecto de que se libere a la ASIPONA DOS BOCAS del juicio de referencia, ya sea judicial o administrativo. Para tal caso, la ASIPONA DOS BOCAS hará del conocimiento de la afianzadora tal evento y esta reembolsará a la ASIPONA DOS BOCAS el importe negociado y en caso de negativa, la ASIPONA DOS BOCAS procederá en la forma y vía a que se refiere el inciso e).
Para otorgarse el finiquito, previamente EL PROVEEDOR liquidará todos los pasivos contingentes del orden laboral, derivados de los trabajadores empleados por el mismo en el arrendamiento de los vehículos objeto del CONTRATO, así como derivados de reclamaciones de estos ante las autoridades de trabajo y sus efectos fiscales, y cuando la no existencia de pasivos se extienda por manifestación bajo protesta de decir verdad por parte de EL PROVEEDOR, se considerará que hay ocultación de pasivos y se entenderá que esto es de mala fe;
Que para cancelar la fianza, será requisito contar con la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales.
Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la ASIPONA DOS BOCAS;
Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o de los juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme, y
Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Tratándose de dependencias, el procedimiento de ejecución será el previsto en el artículo 95 de la citada Ley, debiéndose atender para el cobro de indemnización por xxxx lo dispuesto en el artículo 95 Bis de dicha Ley;
En caso de incumplimiento en a los compromisos consignados en el presente contrato, la garantía de cumplimiento se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada.
La garantía de Cumplimiento la podrá entregar el PROVEEDOR por medios electrónicos; de conformidad con lo establecido por el artículo 214 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, vigente.
El no presentar la Garantía dentro del plazo señalado dará lugar a la rescisión administrativa del CONTRATO de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54 xx Xxx de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA SEGUNDA. Seguridad y Salud en el Trabajo. El PROVEEDOR será responsable de aplicar la Norma ISO 45001 2018, la cual tiene como objetivo las responsabilidades de salud y seguridad en el trabajo hacia sus trabajadores, en lo correspondiente a los puntos 8.1.3, 8.1.4, 8.1.4.1, 8.1.4.2 y 8.1.4.3 Compras.
DÉCIMA TERCERA. Representantes de las PARTES. Para lograr la adecuada coordinación de las labores del PROVEEDOR con el personal de la ASIPONA DOS BOCAS, las relaciones entre las PARTES se manejarán por conducto del representante legal del PROVEEDOR y por la ASIPONA DOS BOCAS por conducto de la Titular del Departamento del Sistema de Gestión de Calidad y Ambiental, la Ing. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx o con quien ésta designe, el cual estará autorizado para ejercer los derechos y hacer cumplir las obligaciones que deriven de este contrato a favor o a cargo de la parte a quien representa.
DÉCIMA CUARTA. Notificaciones. Para todos los efectos derivados del presente contrato, en especial para oír y recibir notificaciones, mismas que sólo surtirán efectos si se realizan por escrito, las PARTES convienen en señalar como sus domicilios los señalados en el capítulo de Declaraciones.
Las notificaciones de carácter legal o relativo a procedimientos judiciales se sujetarán a los ordenamientos jurídicos aplicables.
DÉCIMA QUINTA. Terminación anticipada. LA ASIPONA DOS BOCAS podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el arrendamiento de los vehículos originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a LA ASIPONA DOS BOCAS, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de una resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a EL PROVEEDOR con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho. En este caso, LA ASIPONA DOS BOCAS a solicitud escrita de EL PROVEEDOR cubrirá los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables estén debidamente comprobados y relacionados directamente con el contrato.
DÉCIMA SEXTA. Rescisión administrativa del contrato. LA ASIPONA DOS BOCAS podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando EL PROVEEDOR incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
Si incurre en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación;
Si incurre en negligencia en el arrendamiento de los vehículos, objeto del presente contrato, sin justificación para la ASIPONA DOS BOCAS;
Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de LA ASIPONA DOS BOCAS;
Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada el arrendamiento de los vehículos, objeto del presente contrato o no les otorga la debida atención conforme a las instrucciones de la ASIPONA Dos Bocas;
Si no realiza la entrega de los vehículos, así como los mantenimientos a los mismos en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
Si no proporciona a LA ASIPONA DOS BOCAS los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión del arrendamiento de los vehículos del presente contrato;
Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de LA ASIPONA DOS BOCAS;
Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito;
Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
Si la suma de las penas convencionales excede el monto total de la Garantía de Cumplimiento del contrato y/o de las deducciones alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total de este instrumento jurídico;
Si EL PROVEEDOR no realiza el arrendamiento de los vehículos conforme al anexo I, objeto de este contrato de acuerdo con las normas, la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por LA ASIPONA DOS BOCAS conforme a las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de LA ASIPONA DOS BOCAS en los términos de lo dispuesto en la cláusula SÉPTIMA del presente instrumento jurídico;
Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de sus declaraciones del presente contrato;
Cuando EL PROVEEDOR y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de la ASIPONA DOS BOCAS, durante el arrendamiento de los vehículos, por causas distintas a la naturaleza del objeto del mismo;
Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que EL PROVEEDOR incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses de la ASIPONA DOS BOCAS en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en el arrendamiento de los vehículos objeto del presente contrato; y
En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, LA ASIPONA DOS BOCAS comunicará por escrito a EL PROVEEDOR el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término LA ASIPONA DOS BOCAS, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho EL PROVEEDOR, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a EL PROVEEDOR dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar LA ASIPONA DOS BOCAS por concepto del contrato hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación LA ASIPONA DOS BOCAS podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se realizara la prestación del arrendamiento, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de LA ASIPONA DOS BOCAS de que continúa vigente la necesidad de la prestación del arrendamiento, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
LA ASIPONA DOS BOCAS podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, LA ASIPONA DOS BOCAS elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, LA ASIPONA DOS BOCAS establecerá con EL PROVEEDOR otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, LA ASIPONA DOS BOCAS quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a EL PROVEEDOR se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51 párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de LA ASIPONA DOS BOCAS.
EL PROVEEDOR será responsable por los daños y perjuicios que le cause a LA ASIPONA DOS BOCAS.
DÉCIMA SÉPTIMA. Penas convencionales. De conformidad con lo estipulado en el Artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la ASIPONA DOS BOCAS aplicará penas convencionales a EL PROVEEDOR, por retraso en la prestación del arrendamiento conforme al anexo I.
En caso de retraso en el inicio de la prestación del ARRENDAMIENTO, la pena convencional que se aplicará será del 0.5% (cero punto cinco por ciento) por cada día natural de demora, sobre el valor diario del arrendamiento prestados con atraso, esta pena convencional no excederá del 10% (diez por ciento) del monto total del CONTRATO.
Por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de entrega o de la prestación del arrendamiento, la pena convencional que se aplicará será del 0.5% (cero punto cinco por ciento) por cada día natural de demora, sobre el monto total del CONTRATO, sin incluir el IVA.
Por lo anterior, el pago de la prestación del arrendamiento quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que EL PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento del contrato.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la ASIPONA DOS BOCAS, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto total de la Garantía de Cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la Garantía de Cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca.
Esta pena convencional no descarta que LA ASIPONA DOS BOCAS en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de LA ASIPONA DOS BOCAS.
En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la Garantía de Cumplimiento será por el monto total de las obligaciones garantizadas.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a LA ASIPONA DOS BOCAS por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
La notificación y cálculo de la pena convencional, corresponde a la Gerencia de Operaciones o el supervisor del contrato de LA ASIPONA DOS BOCAS.
DÉCIMA OCTAVA. Deducciones. En caso de que EL PROVEEDOR incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, LA ASIPONA DOS BOCAS por conducto de la Subgerencia de Administración, aplicará una deducción del 0.5% sobre el monto del arrendamiento proporcionados en forma parcial o deficientemente (o los días de atraso en el inicio de la prestación del arrendamiento), los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que EL PROVEEDOR presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago.
En caso de no existir pagos pendientes, la deducción se aplicará sobre la Garantía de cumplimiento del contrato siempre y cuando EL PROVEEDOR no realice el pago de la misma y para el caso de que la garantía no sea suficiente para cubrir la deducción correspondiente, EL PROVEEDOR realizará el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la ASIPONA DOS BOCAS.
Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, LA ASIPONA DOS BOCAS podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por LA ASIPONA DOS BOCAS.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.
DÉCIMA NOVENA. Modificaciones al contrato. Cualquier convenio por virtud del cual se modifiquen las estipulaciones contenidas en este CONTRATO, deberá otorgarse por escrito para que tenga validez y eficacia, y el monto total de las modificaciones, así como la vigencia, no rebasen en conjunto el 20% (veinte por ciento) de las condiciones pactadas originalmente, esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En caso de que EL PROVEEDOR realizara trabajos no autorizados por la ASIPONA DOS BOCAS, ya sea por el valor indicado en el párrafo precedente o mayor a éste, independiente de la responsabilidad en que incurra por los trabajos excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.
VIGÉSIMA. Derechos de autor y confidencialidad. El PROVEEDOR asume la responsabilidad total para el caso, de que al prestar el arrendamiento de los vehículos objeto de este contrato a ASIPONA DOS BOCAS, infrinja patentes, marcas o derechos de autor, obligándose a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar, liberando a ASIPONA DOS BOCAS o a terceros de toda responsabilidad.
En caso de violación en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo del PROVEEDOR, salvo que exista impedimento.
Los derechos inherentes a la propiedad intelectual, que se deriven del presente arrendamiento, invariablemente se constituirán a favor de la ASIPONA DOS BOCAS, según corresponda, en términos de las disposiciones legales aplicables.
El PROVEEDOR, será el único responsable del uso de las licencias, autorizaciones y permisos que requiera para la prestación del arrendamiento referidos en el presente CONTRATO.
En tal virtud, EL PROVEEDOR manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley de la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de LA ASIPONA DOS BOCAS, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento a EL PROVEEDOR, para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a LA ASIPONA DOS BOCAS de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
En caso de que LA ASIPONA DOS BOCAS tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, EL PROVEEDOR se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por LA ASIPONA DOS BOCAS.
VIGÉSIMA PRIMERA. Responsabilidad del PROVEEDOR frente a la ASIPONA DOS BOCAS. EL PROVEEDOR estará obligado a sacar en paz y a salvo a la ASIPONA DOS BOCAS y a pagarle las erogaciones efectuadas con motivo de toda reclamación que se formularé en su contra y cuya responsabilidad fuere imputable, directa o indirectamente a EL PROVEEDOR, cuando hubiere obrado culposa o negligentemente, o por haber incurrido en actos, hechos u omisiones que sean ilícitos o que se hubieran producido en contravención de instrucciones de la ASIPONA DOS BOCAS, o sin haber obtenido su consentimiento cuando éste fuere necesario de acuerdo con lo establecido en el presente CONTRATO.
Asimismo, EL PROVEEDOR, como empresario o patrón del personal que ocupa con motivo de la prestación del arrendamiento, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, por lo que la ASIPONA DOS BOCAS no será considerada como patrón sustituto en relación con la prestación del arrendamiento.
De acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior, EL PROVEEDOR, conviene en responder a todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten por la prestación del arrendamiento.
El PROVEEDOR se obliga a que los materiales y equipo que se utilicen en los trabajos objeto del presente CONTRATO, cumplan con las Normas de Calidad que la ASIPONA DOS BOCAS tiene en vigor, mismas que forman parte integrante del presente CONTRATO, y que la realización de todas y cada una de las partes de los trabajos se efectúen de conformidad con la proposición técnica y económica pactado por las partes en el presente CONTRATO, así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos de los mismos y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, se lleguen a causar a la ASIPONA DOS BOCAS o a terceros.
VIGÉSIMA SEGUNDA. Suspensión temporal del contrato. Cuando en la prestación del arrendamiento, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la ASIPONA DOS BOCAS bajo su responsabilidad, podrá de resultar aplicable conforme a la normatividad en la materia, suspender la prestación del arrendamiento, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente recibidos por la ASIPONA DOS BOCAS.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a LA ASIPONA DOS BOCAS, a solicitud escrita de EL PROVEEDOR, cubrirá los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual EL PROVEEDOR deberá presentar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
LA ASIPONA DOS BOCAS pagará los gastos no recuperables, en moneda nacional (pesos mexicanos), dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la presentación de la solicitud debidamente fundada y documentada de EL PROVEEDOR, así como del CFDI o factura electrónica respectiva y documentación soporte.
En caso de que EL PROVEEDOR no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso.
El plazo de suspensión será fijado por LA ASIPONA DOS BOCAS, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
VIGÉSIMA TERCERA. Información. La Secretaría de la Función Pública y el Titular del Órgano Interno de Control en la ASIPONA DOS BOCAS, con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar al PROVEEDOR información y/o documentación relacionada con este contrato debiendo proporcionar la información que en su momento se le requiera.
VIGÉSIMA CUARTA. Procedimiento conciliatorio. LAS PARTES acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento y al Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2016.
La solicitud de conciliación se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además, hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
VIGÉSIMA QUINTA. Confidencialidad. LAS PARTES están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que LA ASIPONA DOS BOCAS entregue a EL PROVEEDOR tendrá el carácter de confidencial, por lo que este se compromete, de forma directa o a través de interpósita persona, a no proporcionarla o divulgarla por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato.
La información contenida en el presente contrato es pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione LA ASIPONA DOS BOCAS a EL PROVEEDOR para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente, de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que EL PROVEEDOR se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por LA ASIPONA DOS BOCAS con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos de este instrumento.
EL PROVEEDOR se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados con el presente contrato específico; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, EL PROVEEDOR se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos objeto del presente instrumento, toda vez que son propiedad de LA ASIPONA DOS BOCAS.
Cuando de las causas descritas en las cláusulas de RESCISIÓN y TERMINACIÓN ANTICIPADA, del presente contrato, concluya la vigencia del mismo, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los bienes establecidos en este instrumento legal.
En caso de incumplimiento a lo establecido en esta cláusula, EL PROVEEDOR tiene conocimiento en que LA ASIPONA DOS BOCAS podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en la “LAASSP” y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable.
De igual forma, EL PROVEEDOR se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicarán en caso de incumplir con lo dispuesto en esta cláusula, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a LA ASIPONA DOS BOCAS cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a LA ASIPONA DOS BOCAS de cualquier proceso legal.
EL PROVEEDOR se obliga a poner en conocimiento a la ASIPONA DOS BOCAS cualquier hecho o circunstancia que en razón del arrendamiento prestado sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma.
Asimismo, EL PROVEEDOR no podrá, con motivo de la prestación del arrendamiento de los vehículos que realice a LA ASIPONA DOS BOCAS, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
VIGÉSIMA SEXTA. Legislación. LAS PARTES se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación del arrendamiento, objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. Jurisdicción y tribunales competentes. Para la interpretación y cumplimiento de este CONTRATO, y para todo aquello que no esté expresamente establecido en el mismo, las PARTES convienen en someterse a la jurisdicción de los tribunales Federales de la ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco, por lo tanto, EL PROVEEDOR renuncia al fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente, futuro, o cualquier otra causa.
Una vez leído el presente instrumento y conscientes, las PARTES de su fuerza, alcance y contenido legales, lo firman al margen y al calce por duplicado, en la Ciudad Y Puerto de Paraíso, Tabasco, el _________, quedando un ejemplar del mismo en poder de cada una de ellas.
Por la ASIPONA DOS BOCAS
____________________________________________ ALM. RET. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX DIRECTOR GENERAL RFC: ___________________ |
Por el PROVEEDOR
_________________________________________ C. ________________________________ R.F.C.: __________________ |
ANEXO 22
CARTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES CON EL IMSS
(ESTE FORMATO SE DEBERÁ ELABORAR EN HOJA MEMBRETADA DEL PARTICIPANTE)
Paraíso, Tabasco a ___ de ________________ de 2023
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-13-J2P-013J2P001-N-18-2023 en el que mi representada, la empresa __________________________ participa, sobre el particular, me permito informar a usted, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que la empresa que represento se encuentra al corriente de sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, tanto a lo relativo a las cuotas patronales como las cuotas de los trabajadores que prestan su servicio en nuestra empresa.
Los Licitantes, deberán presentar la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social expedida por dicha Dependencia, de acuerdo al ACUERDO ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Xxxxx, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado el 27 de febrero de 2015 en el Diario Oficial de la Federación.
Anexo formato de opinión de cumplimiento emitida por el IMSS.
Nombre de la Empresa
Representante Legal.
ANEXO 23
DECLARACIÓN FISCAL ANUAL DEL EJERCICIO 2022
(COPIA SIMPLE LEGIBLE CON ACUSE Y RECIBO DE RECIBO)
ANEXO 24
ÚLTIMA DECLARACIÓN FISCAL PROVISIONAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DEL EJERCICIO 2023.
(COPIA SIMPLE LEGIBLE, ACUSE Y RECIBO DE PAGO)
ANEXO 25
Escrito en que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, que en caso de resultar ganador, adaptará sus procesos, procedimientos e instrucciones de trabajo a los requeridos por la ASIPONA DOS BOCAS de acuerdo a los requisitos que le impone a esta empresa el Sistema de Gestión Integral, certificado bajo las normas ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, ISO 45001:2018.
ANEXO 26
Copia del formato de Manifiesto de Interés en participar en la licitación, mismo que genera el Sistema CompraNet 2023 en la dirección: xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx
ANEXO 27
Carta del licitante bajo protesta de decir verdad en la que señale que cuenta con cuando menos un año de experiencia en el ARRENDAMIENTO INTEGRAL DE VEHÍCULOS, al momento de presentar sus propuestas.
ANEXO 28
Organigrama del área de la empresa que ARRENDARÁ los vehículos a la ASIPONA DOS BOCAS, proporcionando nombres, teléfono y correo electrónico de la persona quién será el supervisor designado para servir de enlace entre ASIPONA DOS BOCAS y el PROVEEDOR. Este documento deberá elaborarse en hojas membretada del LICITANTE.
ANEXO 29
Escrito bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad real instalada, personal técnico y disponibilidad, conforme a lo requerido para el ARRENDAMIENTO motivo de esta CONVOCATORIA.
ANEXO 30
Escrito en el que el LICITANTE manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con personal con discapacidad, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS.
ANEXO 31
Escrito en el que el LICITANTE manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.
ANEXO 32
Aviso de Privacidad del licitante
Paraíso, Tabasco a ___ de ________________ de 2023
C.P. XXXX XXXXX XXXXXXX
Gerente de Administración y Finanzas de la
Administración del Sistema Portuario Nacional Dos Bocas, S.A. de C.V.
Presente.
Escrito en el que el LICITANTE manifieste su aviso de privacidad
Nombre de la Empresa
Representante Legal
Atentamente
Elaboración de la CONVOCATORIA
Aspectos Administrativos:
Elaboró
____________________________ L.C. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Jefe del Departamento de Recursos Materiales
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Revisó
__________________________ Mtro. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Subgerente de Administración |
Autorizó
__________________________ C.P. Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Gerente de Administración y Finanzas |
Aspectos Jurídicos:
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Lic. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Gerente Jurídico |
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Por último agradecemos anticipadamente su participación y su apego a todo lo dispuesto en esta CONVOCATORIA.
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