BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
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SENADO
XII LEGISLATURA
Núm. 291
25 de octubre de 2018
Pág. 10
III. AUTORIZACIONES
CONVENIOS Y ACUERDOS DE COOPERACIÓN ENTRE COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Adenda al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en calidad de beneficiario asociado, para el desarrollo de las acciones previstas en el Proyecto Life+Naturaleza 10 NAT/ES/000570 «Recuperación de la Distribución Histórica xx Xxxxx Ibérico (lynx pardinus) en España y Portugal» acrónimo «Iberlince». (592/000014)
TEXTO REMITIDO
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 191 del Reglamento del Senado, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en calidad de beneficiario asociado, para el desarrollo de las acciones previstas en el Proyecto Life+Naturaleza 10 NAT/ES/000570
«Recuperación de la Distribución Histórica xx Xxxxx Ibérico (lynx pardinus) en España y Portugal» acrónimo
«Iberlince».
De conformidad con lo establecido en el artículo 137.2 del Reglamento del Senado, el plazo para la presentación de propuestas para que la Cámara decida si el Convenio remitido necesita o no autorización de las Cortes Generales, terminará el próximo día 31 de octubre de 2018, miércoles.
Xxxxxxx del Senado, 23 de octubre de 2018.—P.D., Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Letrado Mayor del Senado.
Al Excmo. Sr. Presidente del Senado.
Excmo. Sr.:
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La Mesa de la Cámara, en su reunión del día xx xxx, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de referencia:
(93) Convenios entre Comunidades Autónomas. 093/000014
AUTOR: Región xx Xxxxxx. Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente.
Adenda al Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en calidad de beneficiario asociado, para el desarrollo de las acciones
previstas en el Proyecto Life+Naturaleza 10 NAT/ES/000570 «Recuperación de la Distribución Histórica xx Xxxxx Ibérico (lynx pardinus) en España y Portugal» acrónimo: «Iberlince».
Acuerdo:
Trasladar a la Comisión Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 166.1 del Reglamento de la Cámara, así como comunicar al Senado y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, poniéndolo en conocimiento de la Presidencia de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y del Parlamento de la citada Comunidad Autónoma.
Xxxxxxx del Congreso de los Diputados, 16 de octubre de 2018.—Xxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Presidenta del Congreso de los Diputados.
Al Excmo. Sr. Presidente del Congreso de los Diputados.
Excmo. Sr.:
Remito documentación del expediente relativo a la Adenda al Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en calidad de beneficiario asociado, para el desarrollo de las acciones previstas en el Proyecto Life+Naturaleza 10 NAT/ES/000570 «Recuperación de la Distribución Histórica xx Xxxxx Ibérico (lynx pardinus) en España y Portugal» acrónimo: «Iberlince», así como Certificación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno, de fecha 14 xx xxxxx de 2018, de aprobación de la citada Adenda al Convenio y comunicación de la Asamblea Regional de la Región xx Xxxxxx poniendo en conocimiento la autorización de la Cámara para su suscripción por Acuerdo de 5 de julio de 2018, con el fin de comunicar a las Cortes Generales la tramitación de esta Adenda al Convenio de Colaboración de gestión y prestación de servicios que le son propios, antes de su suscripción y publicación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx y en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 145.2 de la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978 y el artículo 19 apartado 2 y 3 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, de Estatuto de Autonomía para la Región xx Xxxxxx.
El Consejero de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx. (Documento firmado electrónicamente al margen).
XXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, SECRETARIO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX.
CERTIFICO: Según resulta del borrador del acta de la sesión celebrada el día catorce xx xxxxx de dos mil dieciocho, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, el Consejo de Gobierno acuerda:
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PRIMERO. Aprobar, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 22.6 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx, en relación con el artículo 6.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, el proyecto de Adenda al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en calidad de beneficiario asociado, para el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto LIFE+NATURALEZA 10 NAT/ES/000570 «RECUPERACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN HISTÓRICA XX XXXXX IBÉRICO EN ESPAÑA Y PORTUGAL» ACRÓNIMO «IBERLINCE» suscrito el 31 de enero de 2014.
SEGUNDO. Remitir, conforme a lo establecido en el artículo 23.7 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, del Estatuto de Autonomía para la Región xx Xxxxxx en relación con el artículo 22.6 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx, a la Asamblea Regional el proyecto de Adenda al Convenio, al ser competente para autorizar la prestación del
consentimiento para obligarse la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en la mencionada Adenda al Convenio de Colaboración.
Y para que conste y a los procedentes efectos, expido, firmo y sello la presente en Murcia a la fecha de la firma electrónica recogida al margen.
Al Excmo. Sr. Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
Excmo. Sr.:
Para su conocimiento y efectos oportunos, por medio de la presente comunico a V.E. que el Pleno de la Asamblea Regional, en sesión celebrada el día 5 de julio de 2018, ratificó la Adenda al Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en calidad de beneficiario asociado, para el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto
«Life+Naturaleza 10 NAT/ES/000570 Recuperación de la distribución histórica xx xxxxx ibérico (Linx pardinus)
en España y Portugal», autorizando al Consejo de Gobierno a prestar su consentimiento al mismo.
Cartagena, 6 de julio de 2018.—La Presidenta de la Asamblea Regional xx Xxxxxx, Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx.
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX EN CALIDAD DE BENEFICIARIO ASOCIADO, PARA EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL PROYECTO LIFE+ NATURALEZA 10NAT/ES/000570 «RECUPERACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN HISTÓRICA XX XXXXX IBÉRICO (LYNX PARDINUS) EN ESPAÑA Y PORTUGAL» ACRÓNIMO: «IBERLINCE»
En a de de 2018
REUNIDOS
De una parte, D. Xxxx Fiscal Xxxxx, Excmo. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en virtud del Decreto de la Presidenta 14/2015, de 17 xx xxxxx, por el que se dispone su nombramiento, y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 26.2.i de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Y de otra, el Excmo. Señor X. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, en calidad de Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, nombrado por Real Decreto 449/2017, de 2 xx xxxx, y actuando en función de las atribuciones que le confiere el artículo 7.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, previa aprobación del Consejo de Gobierno por Acuerdo de fecha 14 xx xxxxx de 2018 y con la autorización de la Asamblea Regional de fecha 6 de julio de 2018.
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El texto de la Adenda fue remitido a las Cortes Generales con fecha de de , de conformidad con lo establecido en el artículo 19, apartados 2 y 3 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, de Estatuto de Autonomía para la Región xx Xxxxxx. El Pleno del Senado, en su sesión número , celebrada el día de de , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145.2 de la Xxxxxxxxxxxx x 000 xxx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxx, ha tomado conocimiento de la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en calidad de beneficiario asociado (publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Senado, número , de fecha de de , expediente número ).
Los comparecientes, en la representación en que intervienen, se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las respectivas facultades con las que actúan, para suscribir la presente Adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
PRIMERO. Que la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con las competencias que le han sido atribuidas y, en virtud del Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece su estructura orgánica, es el órgano de la Junta de Andalucía al que corresponde la superior dirección de las competencias en materia de medio ambiente.
SEGUNDO. Que la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente (antes Consejería de Presidencia), es beneficiario asociado del Proyecto LIFE «Recuperación de la distribución histórica xx Xxxxx Ibérico (Lynx pardinus) en España y Portugal (LIFE+10NAT/ES/000570), en virtud del Acuerdo de Subvención de 19 xx xxxxxx de 2011, suscrito entre la Comisión Europea y la entonces Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, con arreglo al Reglamento CE n.º 614/2007, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 xx xxxx de 2007, relativo al instrumento financiero para el medio ambiente LIFE+ y de los Acuerdos Complementarios n.º 1 de 5 de diciembre de 2012, n.º 2 de 14 xx xxxxx de 2013, n.º 3 de fecha 18 xx xxxxx de 2016 y n.º 4 de fecha 26 xx
xxxxx de 2017.
TERCERO. Que con fecha 31 de enero de 2014, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y la CARM suscribieron un Convenio de Colaboración para el desarrollo de las acciones del Proyecto LIFE+ Naturaleza «Recuperación de la distribución histórica xx Xxxxx Ibérico en España y Portugal» (LIFE+10NAT/ES/000570), publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx n.º 88, de 16 xx xxxxx de 2014.
CUARTO. Que ambas partes consideran necesario modificar el Convenio de Colaboración suscrito para adaptarlo a las modificaciones del proyecto LIFE+10NAT/ES/000570 aprobadas por la CE por los Acuerdos Complementarios n.º 1 de 5 de diciembre de 2012, n.º 2 de 14 xx xxxxx de 2013, n.º 3 de
fecha 00 xx xxxxx xx 0000 x x.x 0 xx 00 xx xxxxx de 2017.
Ante todo lo expuesto, ambas partes suscriben la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía y la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx en relación al desarrollo de las acciones del Proyecto LIFE+ Naturaleza
«Recuperación de la distribución histórica xx Xxxxx Xxxxxxx en España y Portugal» (LIFE+10NAT/ES/000570), quedando ajustado a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. MODIFICACIÓN DEL EXPONENDO SEGUNDO DEL CONVENIO
Que la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx (en adelante CARM), a través de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente es beneficiario asociado del Proyecto Life «Recuperación de la distribución histórica xx Xxxxx ibérico (Lynx pardinus) en España y Portugal» (LIFE10NAT/ES/000570), en virtud al Acuerdo de Subvención de 19 xx xxxxxx de 2011 suscrito entre la Comisión Europea y la Consejería de Medio Ambiente (Junta de Andalucía) con arreglo al Reglamento (CE) n.º 614/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 xx xxxx de 2007, relativo al instrumento financiero para el medio ambiente LIFE+ y del Acuerdo Complementario n.º 3 de fecha 18 xx xxxxx de 2016, el cual se comprometió a participar de la manera en que se recoge en el formulario A4/6 del citado proyecto.
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Que el Estatuto de Autonomía para la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, atribuye a aquélla en el artículo 11.3, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de medio ambiente y normas adicionales de protección, competencia ésta atribuida a la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, de acuerdo con el Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 4 xx xxxx, de reorganización de la Administración Regional.
Que de acuerdo con el Decreto n.º 75/2017, de 17 xx xxxx, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente (modificado por Decreto n.º 223/2017, de 2 xx xxxxxx), la Dirección General de Medio Natural, en la que se integra la Oficina de Impulso
Socioeconómico del Medio Ambiente con rango de Subdirección General, asume las competencias y funciones en materia de planificación y gestión de espacios naturales protegidos de la Red Natura 2000, de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, así como del fomento del medio ambiente y lucha contra el cambio climático, la representación en la Red de Autoridades Ambientales, política forestal, caza y pesca fluvial y protección de la fauna xxxxxxxxx.
SEGUNDA. MODIFICACIÓN DEL EXPONENDO TERCERO DEL CONVENIO
Que el LIFE+ NATURALEZA 10NAT/ES/000570 se regirá conforme a los siguientes documentos de referencia, por orden de prioridad:
— Reglamento (CE) n.º 614/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 xx xxxx de 2007 (LIFE+)1.
— Las disposiciones especiales del acuerdo de subvención.
— Las disposiciones comunes, incluidas en el acuerdo de subvención.
— La propuesta de proyecto (en lo sucesivo «proyecto») a que se refiere el acuerdo de subvención.
— Los Acuerdos Complementarios n.º 1 de 5 de diciembre de 2012, n.º 2 de 14 xx xxxxx de 2013, n.º 3 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 x x.x 0 xx 00 xx xxxxx de 2017.
Todo lo anterior forma parte integrante del acuerdo de subvención y del presente Convenio y regirá los derechos y obligaciones de beneficiario coordinador, beneficiario asociado y Comisión Europea.
TERCERA. MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA PRIMERA DEL CONVENIO
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El objeto del presente Xxxxxxxx es la colaboración en la ejecución del Proyecto LIFE «Recuperación de la distribución histórica xx Xxxxx ibérico (Lynx pardinus) en España y Portugal» (LIFE10NAT/ES/000570), con una duración prevista del proyecto desde el 1 de septiembre de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2018, durante el cual la CARM tiene la obligación de ejecución de las siguientes acciones:
Acción | TÍTULO DE LAS ACCIONES |
A.1 | Redacción de un plan de sensibilización y comunicación común, de planes específicos y manual de identidad gráfica |
A.2 | Jornadas de trabajo para revisión y redacción de protocolos conjuntos de actuación en el medio natural y revisión de su efecto: mejoras de hábitat |
A.3 | Jornadas de trabajo para revisión y redacción unificada y elaboración de protocolos sanitarios para lince ibérico |
A.4 | Jornadas de trabajo para actuaciones de permeabilización en vías de comunicación y conectividad de la red natura 2000 |
A.5 | Actualización del modelo de áreas de reintroducción, selección de áreas y jornadas para revisión y redacción de protocolos de análisis e informes |
A.7 | Modelos de plan de gestión y su conectividad para LIC declarados por lince ibérico |
A.8.6 | Datos sanitarios de la fauna que convive con el lince ibérico en áreas de presencia y de reintroducción. Obtención de valores sanitarios de fauna asociada al lince en áreas de reintroducción xx Xxxxxx |
A.10 | Áreas de aplicación de convenios de colaboración en áreas de reintroducción |
C.4 | Mejoras de hábitat en áreas periféricas a las de presencia actual |
C.5 | Mejoras de hábitat y conejo en áreas de reintroducción: plan de mejoras |
C.6 | Actuaciones de desfragmentación de hábitat en vías asfaltadas |
C.8 | Adquisición xx xxxxxx xxxxxxxxx para nuevos cercados en áreas de reintroducción, expansión y conexión |
C.9 | Plan de liberación de linces en áreas de reintroducción |
D.1 | Jornada inaugural de unificación de metodologías y herramientas de trabajo para todas las áreas de actuación y equipos de profesionales |
D.2 | Puesta en marcha de web del proyecto Life+ |
Acción | TÍTULO DE LAS ACCIONES |
D.3 | Puntos de información lince |
D.4 | Seminario internacional sobre la conservación xxx xxxxx ibérico, el monte mediterráneo y el conejo de monte |
D.5 | Exposición itinerante. Diseño, edición y promoción |
D.6 | Distinción/reconocimiento a la conservación xxx xxxxx |
D.7 | Edición y distribución de material divulgativo |
D.8.1 | Campaña general de divulgación. Conformación del Club Amigos xxx Xxxxx y actividades relacionadas |
D.10.2 | Campaña de divulgación en el área de reintroducción expansión y conexión de poblaciones xx xxxxx ibérico. Sector Agroganadero |
D.12 | Edición de un informe final divulgativo: Informe Xxxxxx |
D.16 | Edición de un boletín de difusión del proyecto |
E.1 | Dirección y coordinación del proyecto |
E.4 | Puesta a punto y funcionamiento de la red transnacional lberlince |
E.8 | Programa de supervisión de los resultados sobre las poblaciones xx xxxxxx en el ámbito de actuación del proyecto |
E.12 | Plan de conservación para el proyecto Life en el futuro |
Así mismo participará en todas aquellas otras acciones en las que sea requerido en aras a una correcta coordinación global de la ejecución del Proyecto y de sus objetivos.
CUARTA. MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA TERCERA DEL CONVENIO
Sólo se considerarán gastos elegibles para el Proyecto los generados a partir del 1 de septiembre de 2011 y hasta el 30 xx xxxxx de 2018, según consta en el Acuerdo de subvención firmado entre la Comisión Europea-Viceconsejería de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Junta de Andalucía), el 19 xx xxxxxx de 2011 y el Acuerdo Complementario n.º 4 de fecha 26 xx xxxxx de 2017. Todo ello salvo que la Comisión amplíe el plazo de ejecución.
QUINTA. MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA QUINTA DEL CONVENIO
5.1 La CARM como beneficiario asociado, es responsable de la ejecución de las acciones relacionadas en la Cláusula Primera de este Convenio y descritas en los formularios pertinentes del proyecto. La CARM se compromete a la correcta ejecución del Proyecto de acuerdo a las directrices marcadas en la Comisión de seguimiento del mismo.
5.2 La CARM acepta todas las disposiciones del Acuerdo de subvención con la Comisión.
5.3 La CARM notificará a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Junta de Andalucía) la ejecución de las acciones con suficiente antelación al objeto de poder notificar éstas a la Comisión Europea, especialmente las relacionadas con actos públicos.
5.4 La CARM está obligada a ayudar a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Junta de Andalucía) a cumplir con sus obligaciones como beneficiario coordinador en relación con el Acuerdo de subvención. En particular, la CARM proporcionará a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Junta de Andalucía) cualquier documento o información (técnica y financiera), tan pronto como sea posible después de recibir la solicitud del beneficiario coordinador.
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La información solicitada para completar los informes obligatorios a la Comisión que se realice por la CARM se enviará por lo menos dos meses antes de la fecha límite de entrega de cada informe, según el cronograma que se describe en la propuesta de Proyecto revisado.
El pago acordado dependerá del cumplimiento de estos compromisos y se llevará a cabo después de haberse recibido una respuesta positiva de la Comisión a la información técnica y financiera enviada. Si la respuesta de la Comisión establece un incumplimiento de las cuestiones técnicas y/o financieras por la CARM el pago se hará solo de la parte que tenga la aceptación de la Comisión.
5.5 La CARM debe contribuir a la financiación del proyecto con 199.580 euros en calidad de contribución propia. Dicha aportación la realizará la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx mediante aportación de recursos humanos, imputando horas de personal funcionario de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, desplazamientos y una parte de gastos generales necesarios para la gestión del proyecto que no requieren de justificación.
Los fondos propios que se aportarán a este proyecto no tendrán reflejo presupuestario, ya que únicamente se incluirá un proyecto de inversión financiado 100 % con Fondos LIFE y cuya distribución presupuestaria por anualidades, sería la siguiente:
AÑOS | FONDOS LIFE 100 % | FONDOS PROPIOS CARM (Personal funcionario, desplazamiento y parte de gastos generales) | TOTAL |
2013 | 41.124 € | 57.447 € | 98.571 € |
2014 | 59.996 € | 71.525 € | 131.521 € |
2015 | 81.151 € | 37.213 € | 118.364 € |
2016 | 84.866 € | 28.820 € | 113.686 € |
2017 | 32.233 € | 4.575 € | 36.808 € |
TOTAL | 299.370 € | 199.580 € | 498.950 € |
— Años 2013: CUARENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICUATRO EUROS (41.124 €), IVA incluido.
— Año 2014: CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS (59.996 €),
IVA incluido.
— Año 2015: OCHENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y UN EUROS (81.151 €), IVA incluido.
— Año 2016: OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS (84.866 €),
IVA incluido.
— Año 2017: TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS (32.233 €), IVA incluido.
5.6 La CARM se compromete a facilitar toda la documentación financiera y de contratación que sea requerida por el auditor.
5.7 La CARM no informará directamente a la Comisión sobre el progreso técnico y financiero a menos que expresamente así se lo solicite la Comisión.
SEXTA. MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA DÉCIMA DEL CONVENIO
La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Junta de Andalucía) debe informar a la Comisión sobre los progresos y los logros del proyecto LIFE+ a través de la presentación de los siguientes informes:
a. Informe inicial, dentro de los nueve meses del inicio del proyecto: Este Informe fue entregado en mayo de 2012.
b. Primer Informe intermedio con solicitud de pago, que se entregó en 2015.
c. Segundo Informe intermedio con solicitud de pago, entregado en 2016.
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d. Informe final con solicitud de pago, que se entregará en agosto de 2018 y que el beneficiario coordinador enviará a la Comisión el 31 de diciembre de 2018.
e. Para cumplir con los informes previstos, la CARM enviará toda la información técnica y financiera solicitada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, al menos dos meses antes del plazo previsto para cada entrega, con fecha límite el 30 xx xxxxxx de 2018 en el caso de la información relativa al Informe final.
No obstante, la información relativa a la gestión técnica y/o financiera del proyecto puede ser solicitada por la Comisión en cualquier momento.
SÉPTIMA. MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA DECIMOTERCERA DEL CONVENIO
13.1 Para la declaración final de gastos e ingresos, la CARM proporcionará a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Junta de Andalucía) el 30 xx xxxxxx de 2018 a más tardar, con fecha y firma, declaración de gastos, copia de las facturas y justificación de gastos.
La información solicitada será enviada por la CARM en una hoja Excel, compatible con los formularios financieros exigidos por la Comisión. La CARM enviará también todos los documentos financieros generados compulsados por correo certificado.
13.2 Si la Comisión solicita alguna información adicional, la CARM la enviará a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Junta de Andalucía) por e-mail dentro de los 10 días posteriores a su requerimiento.
13.3 La CARM está obligada a informar de los costes como se especifica en las Disposiciones comunes y en el Acuerdo de subvención. En particular, la CARM debe cumplir con la Parte II, «Disposiciones financieras» de las Disposiciones comunes de la Comisión.
OCTAVA. MODIFICACIÓN DE LA CLÁUSULA DECIMOQUINTA DEL CONVENIO
15.1 Todos los pagos deben hacerse a la siguiente cuenta bancaria de la CARM: ES 46 0049 6660 7125 16026789.
15.2 La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Junta de Andalucía) transferirá mediante el sistema de gestión extrapresupuestaria la cantidad de 299.370 euros a la CARM, de los cuales 119.748,00 euros, correspondientes al 40 % de la contribución financiera original de la CE, fueron transferidos en un primer pago realizado el 16 xx xxxxx de 2012 y 59.874,00 euros, correspondientes al 20 % de la contribución financiera original de la CE, fueron transferidos el 23 de septiembre de 2016.
El resto de los pagos se harán conforme al siguiente calendario:
a. Un tercer pago de 59.874,00 euros, es decir, el 20 % de la contribución financiera de la CE, tras la aceptación por la Comisión Europea del Segundo Informe Intermedio con solicitud de pago, y en particular de la elegibilidad de los gastos efectuados por la CARM, en el plazo de 30 días desde la recepción del pago provisional por la CE.
b. El saldo restante,es decir, 59.874,00 euros, es decir, el 20 % de la contribución financiera de la CE, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la aprobación por la CE del Informe Final y la Declaración Final de los gastos reales incurridos. El saldo pendiente de pago a la CARM se calculará de la siguiente manera: los gastos totales (excluyendo la autofinanciación) incurridos por el socio con el fin de implementar el proyecto, menos los fondos que ya se han pagado a la CARM. Todo condicionado a la elegibilidad de los gastos efectuados por la CARM, a través de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente.
15.3 La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Junta de Andalucía) transferirá la cuota proporcional del pago final a la CARM que la Comisión haya realizado. La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Junta de Andalucía) recuperará los importes indebidamente pagados a la CARM por no haber sido considerados elegibles por la Comisión.
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Leído el presente documento por las partes, lo encuentran conforme y, en prueba de ello lo firman y rubrican por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
POR LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA | POR LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX |
Xxxx Fiscal Xxxxx | Xxxxxxxx Xxxxx Miras |
MEMORIA ECONÓMICA RELATIVA A LA ADENDA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA (COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX), EN CALIDAD DE BENEFICIARIO ASOCIADO, PARA EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL PROYECTO LIFE+ NATURALEZA 10 NAT/ES/000570 «RECUPERACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN HISTÓRICA XX XXXXX IBÉRICO (Lynx pardinus) EN ESPAÑA Y PORTUGAL» (ACRÓNIMO: «IBERLINCE»).
1. Antecedentes
De acuerdo con los compromisos adquiridos en la aprobación de la candidatura PROYECTO LIFE+ NATURALEZA 10 NAT/ES/000570 «RECUPERACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN HISTÓRICA XX XXXXX
IBÉRICO (Lynx pardinus) EN ESPAÑA Y PORTUGAL», la Región xx Xxxxxx, como beneficiario asociado del proyecto, firmó el 31 de enero de 2014 un Convenio de Colaboración con la Junta de Andalucía para el desarrollo de las acciones del Proyecto LIFE+ Naturaleza «Recuperación de la distribución histórica xx Xxxxx Ibérico en España y Portugal» (LIFE+10NAT/ES/000570), publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx n.º 88, de 16 xx xxxxx de 2014.
El importe total del proyecto en la Región xx Xxxxxx asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS (498.950 €) IVA incluido.
El presupuesto de ejecución previsto en el Convenio es el siguiente:
Año 2013 | Año 2014 | Año 2015 | Año 2016 | Total | |
FONDOS LIFE (60 %) | 46.298 € | 70.610 € | 111.891 € | 70.571 € | 299.370 € |
FONDOS PROPIOS (40 %) | 49.996 € | 49.992 € | 49.796 € | 49.796 € | 199.580 € |
TOTAL | 498.950 € |
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La CARM debe contribuir a la financiación del proyecto con 199.580 euros en calidad de contribución propia (40 % del importe total). Dicha aportación la realizará la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx mediante aportación de recursos humanos, imputando horas de personal funcionario, desplazamientos y una parte de gastos generales necesarios para la gestión del proyecto que no requieren de justificación. Los fondos propios que se aportarán a este proyecto no tendrán reflejo presupuestario, ya que únicamente se incluirá un proyecto de inversión financiado 100 % con Fondos LIFE.
2. Condiciones económicas de la Adenda al Convenio
El presupuesto total del proyecto con la firma de la Adenda no sufre alteración alguna, sin embargo se ha procedido a actualizar el gasto ejecutado hasta la fecha.
AÑOS | FONDOS LIFE 100 % | FONDOS PROPIOS CARM (Personal funcionario, desplazamiento y parte de gastos generales) | TOTAL |
2013 | 41.124 € | 57.447 € | 98.571 € |
2014 | 59.996 € | 71.525 € | 131.521 € |
2015 | 81.151 € | 37.213 € | 118.364 € |
2016 | 84.866 € | 28.820 € | 113.686 € |
2017 | 32.233 € | 4.575 € | 36.808 € |
TOTAL | 299.370 € | 199.580 € | 498.950 € |
La ejecución presupuestaria de proyecto en la Región xx Xxxxxx, se efectúa en los proyectos y las partidas presupuestarias siguientes:
PARTIDA | PROYECTO |
17.0100.442E.220.00 | 34588 «Bienes corrientes y servicios de la Dirección General de Medio Ambiente» |
17.0100.442E.231.02 | 34588 «Bienes corrientes y servicios de la Dirección General de Medio Ambiente» |
17.0100.442F.649.00 | 42122 «proyecto LIFE-LINCE» |
V.º B.º EL DIRECTOR DE LA OFICINA DE IMPULSO SOCIOECONÓMICO DEL MEDIO AMBIENTE (documento con firma electrónica) | EL TÉCNICO RESPONSABLE (documento con firma electrónica) |
Fdo.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxx.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx |
MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX EN CALIDAD DE BENEFICIARIO ASOCIADO, PARA EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL PROYECTO LIFE+ NATURALEZA 10NAT/ES/000570 «RECUPERACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN HISTÓRICA XX XXXXX IBÉRICO (LYNX PARDINUS) EN ESPAÑA Y PORTUGAL» ACRÓNIMO: «IBERLINCE»
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I. COMPETENCIA
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.3, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, aprobado por Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, corresponde a la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de protección del medio ambiente y el establecimiento de normas adicionales de protección.
Según el Decreto del Presidente n.º 3/2017, de 0 xx xxxx, xx xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (XXXX n.º 102, 5 xx xxxx de 2017), la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de medio ambiente.
Mediante Decreto n.º 75/2017, de 17 xx xxxx, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente (modificado por Decreto n.º 223/2017, de 2 xx xxxxxx), la Dirección General de Medio Natural, en la que se integra la Oficina de Impulso Socioeconómico del Medio Ambiente con rango de Subdirección General, asume las competencias y funciones en materia de planificación y gestión de espacios naturales protegidos de la Red Natura 2000, de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, así como del fomento del medio ambiente y lucha contra el cambio climático, la representación en la Red de Autoridades Ambientales, política forestal, caza y pesca fluvial y protección de la fauna xxxxxxxxx.
II. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN
La Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx es beneficiario asociado del Proyecto LIFE
«Recuperación de la distribución histórica xx Xxxxx Xxxxxxx (Lynx pardinus) en España y Portugal» (LIFE+10NAT/ES/000570), en virtud del Acuerdo de Subvención de 19 xx xxxxxx de 2011, suscrito entre la Comisión Europea y la entonces Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, con arreglo al Reglamento CE n.º 614/2007, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 xx xxxx de 2007, relativo al instrumento financiero para el medio ambiente LIFE+.
Con fecha 31 de enero de 2014, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y la CARM suscribieron un Convenio de Colaboración para el desarrollo de las acciones del Proyecto LIFE+10NAT/ES/000570 «Recuperación de la distribución histórica xx Xxxxx Ibérico en España y Portugal», publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx n.º 88, de 16 xx xxxxx de 2014.
En el desarrollo del proyecto LIFE, la Junta de Andalucía, como beneficiario coordinador, ha tramitado ante la Comisión Europea modificaciones del proyecto LIFE+10NAT/ES/000570 aprobadas por la Comisión (Acuerdos complementarios). Dichos acuerdos hacen necesaria la firma de una Adenda complementaria al vigente Convenio de Colaboración suscrito con la finalidad de incorporar los cambios introducidos en el proyecto LIFE.
III. CONTENIDO DE LA ADENDA (MODIFICACIONES DEL CONVENIO)
Las modificaciones introducidas se han incorporado en los respectivos exponendos y cláusulas del Convenio, reproduciéndose íntegramente el resto del texto con objeto de facilitar su comprensión. Estas modificaciones están recogidas en las siguientes cláusulas:
PRIMERA. Modificación del exponendo segundo del Convenio. Se ha incorporado el Acuerdo complementario n.º 3 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 (xxxxxx xxxxxxx) y actualizado el órgano directivo competente de acuerdo con el Decreto n.º 75/2017 (tercer párrafo).
SEGUNDA. Modificación del exponendo tercero del Convenio. Incluye los Acuerdos Complementarios n.º 1 de 5 de diciembre de 2012, n.º 2 de 14 xx xxxxx de 2013, n.º 3 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000 x x.x 0
xx 00 xx xxxxx de 2017.
TERCERA. Modificación de la cláusula primera del Convenio. Incluye la fecha de duración prevista del proyecto que se amplía hasta el 31 de diciembre de 2018.
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CUARTA. Modificación de la cláusula tercera del Convenio, relativa a la elegibilidad de los gastos. Se recoge la fecha de finalización de 31 de diciembre de 2018 en base a los Acuerdos aprobados por la Comisión.
QUINTA. Modificación de la cláusula quinta del Convenio, relativa a las obligaciones y funciones de los beneficiarios asociados. Se actualizan los datos de la distribución de los fondos gastados, teniendo en cuenta las últimas previsiones de gasto a la fecha del presente Informe.
SEXTA. Modificación de la cláusula décima del Convenio. Se actualizan las fechas de entrega de los informes técnicos de actividad de acuerdo con las modificaciones aprobadas por la Comisión.
SÉPTIMA. Modificación de la cláusula decimotercera, relativa a la información financiera. Se incluye la nueva fecha para la declaración final de gastos e ingresos.
OCTAVA. Modificación de la cláusula decimoquinta, relativa a las condiciones de pago. Se actualizan los calendarios de pago efectuados y los previstos hasta la finalización.
IV. FINANCIACIÓN
La suscripción de la Adenda no conlleva modificación del importe total del Convenio suscrito el 31 de enero de 2014, afectando las modificaciones exclusivamente a la distribución plurianual del gasto en los términos que se expresan en la memoria económica.
La suscripción de la Adenda no conlleva ningún tipo de compromiso ni vínculo contractual entre las partes ni tampoco supone impacto económico alguno.
V. RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
Visto el artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la suscripción de la Adenda se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1982, de 9 xx xxxxx, del Estatuto de Autonomía de la Región xx Xxxxxx, así como lo dispuesto en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx.
VI. ANEXOS
Adjunto se remiten como anexos, el texto original del Convenio de Colaboración firmado el 31 de enero de 2014 y la propuesta de Adenda al Convenio de Colaboración.
Anexos:
1. CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, EN CALIDAD DE BENEFICIARIO ASOCIADO, PARA EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL PROYECTO LIFE+ NATURALEZA 10 NAT/ES/000570 «RECUPERACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN HISTÓRICA XX XXXXX IBÉRICO (Lynx pardinus) EN ESPAÑA Y PORTUGAL» ACRÓNIMO: «IBERLINCE».
1. ADENDAAL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX EN CALIDAD DE BENEFICIARIO ASOCIADO, PARA EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL PROYECTO LIFE+ NATURALEZA 10NAT/ES/000570 «RECUPERACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN HISTÓRICA XX XXXXX IBÉRICO (LYNX PARDINUS) EN ESPAÑA Y PORTUGAL» ACRÓNIMO: «IBERLINCE».
EL DIRECTOR DE LA OFICINA DE IMPULSO SOCIOECONÓMICO DEL MEDIO AMBIENTE (Documento firmado electrónicamente) | EL TÉCNICO RESPONSABLE (Documento firmado electrónicamente) |
Fdo.: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx | Xxx.: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx |
Vº Bº LA DIRECTORA GENERAL DEL MEDIO NATURAL (Documento firmado electrónicamente) | |
Fdo.: Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx |
xxxx://xxx.xxxxxx.xx SENADO D. L.: M-12.580/1961 - ISSN: 2172-9794
cve: BOCG_D_12_291_2217
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