SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA
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Aprobada mediante Directiva Nº 004-2014-OSCE/CD |
SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
SIMBOLOGÍA UTILIZADA:
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Nº
Símbolo
Descripción
1
[ABC] / […….]
La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboración de las Bases.
2
[ABC] / […….]
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la Buena Pro para el caso específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS y en la rotulación de los sobres de la Propuesta Técnica y Económica.
3
IMPORTANTE:
Abc
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el Comité Especial o por los proveedores. Se debe registrar en color azul.
CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO:
Las Bases Estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:
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Nº
Características
Parámetros
1
Márgenes
Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2
Fuente
Arial
3
Estilo de Fuente
Normal: Para el contenido en general
Cursiva: Para el encabezado y pie de página
Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
4
Color de Fuente
Automático: Para el contenido en general
Azul : Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
5
Tamaño de Letra
16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica
11 : Para el nombre de los Capítulos.
10 : Para el cuerpo del documento en general
9 : Para el encabezado y pie de página
Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad
8 : Para las Notas al pie
6
Alineación
Justificada: Para el contenido en general y notas al pie.
Centrada : Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres
de los Capítulos.
7
Interlineado
Sencillo
8
Espaciado
Anterior : 0
Posterior : 0
9
Subrayado
Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún concepto
INSTRUCCIONES DE USO:
Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.
Elaborado en mayo 2014
BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS1 EN EL MARCO DE LA LEY N° 301912
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA Nº 014-2014-MDO, DERIVADA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA Nº 001-2014-MDO
Primera Convocatoria
CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA:
“MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE NIVELES INICIAL Y PRIMARIA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 277-19 Y 54238 DEL XXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXX, XXX XXXXXXXX XX XXXXXXXX, XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX -APURÍMAC”
Valor Referencial S/. 6,763,631.88
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
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BASE LEGAL
Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Directivas del OSCE.
Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
Código Civil.
Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Ley N° 30191 - Ley que establece medidas para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante situaciones de desastre.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: xxx.xxx.xxx.xx.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de cuatro (4) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el numeral 7 del Anexo N° 4 de la Ley 30191.
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE y de ser el caso a los correos electrónicos de los participantes, de conformidad con lo establecido en el numeral 7 del Anexo N° 4 de la Ley 30191, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.
El plazo para la absolución no podrá exceder de cuatro (4) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.
De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
No se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de un (1) día hábil, computado desde el día siguiente de la notificación xxx xxxxxx absolutorio a través del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:
Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas;
Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y
Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta antes del vencimiento del plazo para formular observaciones.
El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir las bases y los actuados del proceso de selección con la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de solicitada la elevación de observaciones por el participante.
La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE.
INTEGRACIÓN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión.
Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.
El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos:
Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.
Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.
Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o sin valor oficial efectuada por traductor público juramentado o traducción certificada efectuada por traductor colegiado certificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
IMPORTANTE:
Las Entidades someten a fiscalización posterior conforme a lo previsto en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la documentación, declaraciones y traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.
En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos –siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas–, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Xxxx xx Xxx) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Xxxx xx Xxx) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:
La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecución de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.3
EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.
Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:
Propuesta Técnica : 100 puntos
Propuesta Económica : 100 puntos
EVALUACIÓN TÉCNICA
Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.
Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
EVALUACIÓN ECONÓMICA
Si la propuesta económica es inferior al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i = Propuesta
Pi = Puntaje de la propuesta económica i
Oi = Propuesta Económica i
Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica
IMPORTANTE:
En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva.
Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.
ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última.
La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.
La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento.
El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite del ciento diez por ciento (110%), deberá contarse con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial.
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los tres (3) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.
CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
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RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
PLAZO DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro, de conformidad con el numeral 11 del Anexo N° 4 de la Ley N° 30191.
CAPÍTULO III DEL CONTRATO
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DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá citar al postor ganador dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes. El plazo para suscribir el contrato será de hasta cinco (5) días hábiles contados a partir de la citación, pudiendo la Entidad otorgar un plazo adicional de hasta cinco (5) días hábiles, dentro del cual el postor ganador deberá presentarse para suscribir el contrato con toda la documentación requerida.
En el supuesto que el postor ganador no concurra a suscribir el contrato en el plazo antes indicado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148 del Reglamento, en lo que resulte aplicable.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Constancia de capacidad libre de contratación.
Garantía de fiel cumplimiento.
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Designación del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta técnica.
Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra4, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratación sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
DE LAS GARANTÍAS
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA5
El plazo de ejecución de obra se inicia a partir del día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:
Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, según corresponda.
Que la Entidad entregue el expediente técnico de obra completo al contratista.
Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutará la obra al contratista.
Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al contratista, cuando en la sección específica de las Bases la Entidad haya asumido esta obligación.
Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la sección específica de las Bases, salvo que en dicha sección no se haya previsto la entrega de este adelanto.
Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales6 señalados en su propuesta técnica.
Estas condiciones deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la suscripción del contrato.
En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones.
Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climática no permitiera el inicio de la ejecución de la obra, la Entidad podrá acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecución. Dicha decisión deberá ser sustentada en un informe técnico que formará parte del expediente de contratación de la obra.
IMPORTANTE:
De acuerdo con el artículo 190 del Reglamento, deberá designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el proceso de selección.
RESIDENTE DE OBRA7
Profesional8 colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad9, designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su sola designación, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.
La sustitución del residente sólo procederá previa autorización por escrito del funcionario de la Entidad que, según sus normas de organización interna, cuente con facultades suficientes para brindar tal autorización, y siempre que el profesional reemplazante reúna calificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto.
El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitución del residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento alguno, se considerará aprobada la sustitución.
INSPECTOR O SUPERVISOR10 DE OBRA
Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento de las especificaciones técnicas y del contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del residente.
En caso que el supervisor sea una persona jurídica, esta deberá designar a una persona natural como supervisor permanente de la obra.
CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIÓN DE OCURRENCIAS
El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidad en la que deberá ser firmado en cada una de sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor.
El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, el que no podrá impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día en que se impida el acceso.
Sólo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarán los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de la obra, firmando al pie de cada anotación que efectúen. También se anotarán en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, así como la respuesta de este último.
Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harán directamente a la Entidad, por medio de comunicación escrita.
El cuaderno de obra será cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad.
IMPORTANTE:
El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.
ADELANTOS
La Entidad entregará adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artículo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases11.
En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la sección específica de las Bases, el contratista tendrá derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la obra por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 201 del Reglamento.
VALORIZACIONES
La valorización es la cuantificación económica del avance físico en la ejecución de la obra en un periodo determinado, tendrá el carácter de pago a cuenta y deberá ser realizada el último día de cada periodo de valorización previsto en la sección específica de las Bases, por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, este último la realizará.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendrá derecho al pago de intereses, de conformidad con el artículo 48 de la Ley y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a quien se indique en el contrato de consorcio.
REAJUSTES
Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones deberán ser ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI.
Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de atraso, los reajustes deberán calcularse teniendo en consideración el coeficiente de reajuste “K” conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los índices que se deben aplicar, se calculará el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarán con la valorización más cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.
IMPORTANTE:
Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC.
DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La penalidad por retraso injustificado en la ejecución de la obra y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.
De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
El procedimiento para la liquidación del contrato de obra que deberá observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 211 del Reglamento. No procederá la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.
Luego de haber quedado consentida la liquidación y efectuado el pago del saldo de la liquidación, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo.
Las controversias sobre pagos podrán ser sometidas a conciliación y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la sección específica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación.
VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene, hasta que la liquidación quede consentida y se efectúe el pago correspondiente.
DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
IMPORTANTE:
Cuando se trate de obras bajo la modalidad de concurso oferta, a cada una de las prestaciones involucradas se le aplicarán, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean compatibles con su naturaleza, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogación de mayores fondos públicos (adelantos y prestaciones adicionales), en los que se aplicarán las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecución de obras.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPÍTULO I GENERALIDADES
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ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : Municipalidad Distrital de Ocobamba
RUC Nº : 20206827441
Domicilio legal : Xxxxx xx xxxxx X/X – Xxxxxxxx - Xxxxxxxxxx
Teléfono/Fax : 000-000000
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE NIVELES INICIAL Y PRIMARIA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 277-19 Y 54238 DEL XXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXX, XXX XXXXXXXX XX XXXXXXXX, XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX -APURÍMAC”
VALOR REFERENCIAL12
El valor referencial asciende a S/. 6,763,631.88 (Seis millones setecientos sesenta y tres mil seiscientos treinta y uno con 88/100 nuevos soles), incluidos los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes xx Xxxxx del 2014.
-
Valor Referencial
(VR)
Límites
Inferior
Superior
S/. 6,763,631.88 (Seis millones setecientos sesenta y tres mil seiscientos treinta y uno con 88/100 nuevos soles)
S/. 6,087,268.70
(Seis millones ochenta y siete mil doscientos sesenta y ocho con 70/100 nuevos soles)
S/. 7,439,995.07
(Siete millones cuatrocientos treinta y nueve mil novecientos noventa y cinco con 07/100 nuevos soles)
IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 13 del Reglamento, cuando se trate de una contratación por relación de ítems, también deberán incluirse los valores referenciales en números y letras de cada ítem.
Las propuestas económicas no pueden exceder los límites del valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 163-2014-MDO-AL, de fecha del 04 xx Xxxxxx del 2014.
Asimismo, el expediente técnico de obra fue aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 083-2014-MDO-AL, de fecha del 21 xx Xxxx del 201413.
XXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX
00 RECURSOS ORDINARIOS
IMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el proceso de selección.
SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
No Aplica
ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
La obra a ser ejecutada está definida en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente sección, en el capítulo III.
PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es 420 días calendarios. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra.
COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
El Costo de la reproducción de las Bases Administrativas ascenderá a la suma de S/. 150.00 Nuevos Soles, el cual incluye copia magnético del expediente técnico en CD.
BASE LEGAL
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Ley Nº 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
Ley Nº 30115 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2014
Decreto Supremo Nº 011-79-VC.
Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
Código Civil.
Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017 y modificado por la Ley N° 29873, en adelante la Ley.
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.S. N° 184-2008- EF, modificado mediante D.S. Nro. 138-2012-EF, en adelante el Reglamento.
Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN
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CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN14
Calendario |
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IMPORTANTE:
Debe tenerse presente que entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo doce (12) días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el SEACE, y entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas, debe existir como mínimo tres (3) días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación de las bases integradas en el SEACE.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Ocobamba, sito en Plaza xx Xxxxx s/x xxxxxxx, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00a.m. a 16:00 p.m.
En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.
FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla xx Xxxx de Partes de la Municipalidad Distrital de Ocobamba, sito en Xxxxx xx Xxxxx x/x - xxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00a.m. a 16:00 p.m. debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N°01-2014-MDO.
ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Las propuestas se presentarán en acto público, en el Auditórium de la Municipalidad Distrital de Ocobamba, sito en la plaza xx xxxxx s/n – cercado, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de un Notario Público o Xxxx xx Xxx del Distrito.
Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la LICITACIÓN PÚBLICA N°01-2014-MDO, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:
Señores
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR DIRECCIÓN]
Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PúblicA N° [………………..] en el marco de lA LEY N° 30191
Denominación de la convocatoria: [………………..]
SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR DIRECCIÓN]
Att.: Comité Especial
LICITACIÓN PúblicA N° [………………..] en el marco de lA LEY N° 30191
Denominación de la convocatoria: [………………..]
SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA
[NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA
Se presentará en un original y 02 copias15.
El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos16, la siguiente documentación:
Documentación de presentación obligatoria:
Declaración jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados (Anexo Nº 1).
Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección17 (Anexo Nº 2).
Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo Nº 4).
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
Declaración jurada de plazo de ejecución de la obra (Anexo Nº 5).
Declaración jurada del personal propuesto para la ejecución de la obra (Anexo Nº 10).
Carta de compromiso del Residente de Obra (el documento deberá presentar con sello y firma indicando disponibilidad de tiempo para la ejecución de la obra).
IMPORTANTE:
La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.
Documentación de presentación facultativa:
Factor experiencia en obras en general: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 6, referido a la experiencia en obras en general del postor.
Factor experiencia en obras similares: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo Nº 7, referido a la experiencia en obras similares del postor.
Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentará copia simple de: contratos de trabajo, constancias o certificados.
Para acreditar el factor calificaciones del personal profesional propuesto se presentará copia simple de: TÍTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U OTROS DOCUMENTOS, SEGÚN CORRESPONDA.
Factor cumplimiento de ejecución de obras: Copia simple de un xxxxxx xx xxxx (10) constancias de prestación.
IMPORTANTE:
De conformidad con el artículo 47 del Reglamento, en los casos de la contratación de la ejecución de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano, las Bases también deberán incluir factores que permitan evaluar la calidad de las soluciones técnicas de diseño, de equipamiento o similares ofertadas por el postor.
Los postores que soliciten el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8).
En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones exigidas para acceder al beneficio de la exoneración del IGV, debiendo presentar de manera independiente la declaración jurada antes señalada.
IMPORTANTE:
En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.
SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA18
El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:
Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 9).
El monto total de la propuesta económica deberá ser expresado con dos decimales.
IMPORTANTE:
La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento.
La propuesta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.
En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.
DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
Se aplicarán las siguientes ponderaciones:
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
= 0.70
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
= 0.30
Donde: c1 + c2 = 1.00
REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
Constancia de capacidad libre de contratación.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Carta Fianza
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el caso. Carta Fianza
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.
Código de cuenta interbancario (CCI).
Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
Domicilio para efectos del contrato y la notificación durante la ejecución del contrato, el mismo que deberá de ser consignado dentro del radio urbano del distrito de Ocobamba.
Designación del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta técnica.
Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra19, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratación sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
IMPORTANTE:
En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción del contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
La citada documentación deberá ser presentada en Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Ocobamba, sito en Xx. Xxxxx Xxxx X/X - Xxxxx xx Xxxxx xxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx.
VALORIZACIONES
El periodo de valorización será mensual.
De acuerdo con los párrafos quinto y sexto del artículo 197 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deberá contar con la valorización del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, según corresponda; a la que deberá adjuntarse el comprobante de pago respectivo.
IMPORTANTE:
Cuando el periodo de valorización establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorización se regirá por lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 197 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prevé un periodo de valorización distinto al mensual, deberá establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorización, teniendo en consideración lo dispuesto en el quinto párrafo del referido artículo, así como el plazo para el pago de las valorizaciones.
PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
La Entidad o el contratista, según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de 8 días calendarios, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.
CAPÍTULO III REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
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TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA
ALCANCES GENERALES
Las especificaciones técnicas constan en el Expediente Técnico de la obra: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE NIVELES INICIAL Y PRIMARIA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 277-19 Y 54238 DEL XXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXX, XXX XXXXXXXX XX XXXXXXXX, XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX -APURÍMAC”, por lo que los Postores deberán sujetarse a las especificaciones que en ella se precisan.
UBICACIÓN
Localidad : Piscobamba
Distrito : Ocobamba
Provincia : Chincheros
Departamento : Apurímac
OBJETIVO GENERAL
El presente Término de Referencia tiene como objeto fundamental es dotar de Infraestructura Educativa en el Centro Poblado de Piscobamba del Distrito de Ocobamba las cuales el Contratista deberá asumir la Ejecución de las prestaciones objeto del Contrato. La ejecución de las prestaciones se realizará de acuerdo a las estipulaciones contenidas en los documentos del contrato.
OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA
Seleccionar y contratar, mediante el Sistema a Suma Alzada, al contratista que se encargue de la Ejecución del Proyecto: “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE NIVELES INICIAL Y PRIMARIA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 277-19 Y 54238 DEL XXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXX, XXX XXXXXXXX XX XXXXXXXX, XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX -APURÍMAC”, previo reconocimiento del terreno e infraestructura existente, considerando las fases: Construcción de la Obra, tomando como referencia el Estudio Definitivo Aprobado.
PLAZO DE ENTREGA DE TERRENO
El Plazo máximo para la Entrega de Terreno por parte de la Entidad será de 10 días calendarios a partir del día siguiente de la firma del contrato.
PLAZO DE EJECUCIÓN
El inicio del plazo contractual se contabilizara a partir del día siguiente de la firma del contrato, trabajo que deberá efectuarse en los siguientes plazos:
Plazo Total: 420 días calendarios
El Contratista deberá ejecutar la obra, materia del contrato, cuyo plazo de ejecución se contabilizará a partir del día siguiente en que se cumplan las condiciones establecidas en el Artículo 184° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
La presente licitación pública se convoca bajo el sistema de contratación a Xxxx Xxxxxx. El postor oferta en conjunto la Ingeniería y la Construcción del Proyecto.
Asimismo, el postor formulará su propuesta por un monto fijo a nivel de Ejecución para la construcción de la Obra, considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento objeto de la prestación requerida, según las especificaciones técnicas y los contenidos en los presentes términos de referencia.
El sistema de suma alzada se aplica para determinar el precio, sobre la base de condiciones preestablecidas en función a la naturaleza y al objeto principal del contrato.
VALOR REFERENCIAL
El Expediente Técnico, fue aprobado el 21 xx Xxxx del 2014, y cuyo valor referencial es el siguiente: S/. 6,763,631.88 (Seis millones setecientos sesenta y tres mil seiscientos treinta y uno con 88/100 nuevos soles).
RELACIÓN DE EQUIPO MÍNIMO:
El Equipo Asignado puede ser propio, arrendado o con promesa de adquisición o arrendamiento. Para la acreditación del equipo mínimo podrá presentarse documentos que sustenten la propiedad de los equipos, la posesión, compromiso de compra venta o alquiler de los equipos, y declaraciones juradas que evidencien la disponibilidad de los equipos. Se establece como Requerimiento Mínimo que el Equipo Asignado sea igual o mejor al Equipo Mínimo requerido en la relación de equipo mínimo consignado en el expediente técnico actualizado. Además el postor deberá adjuntar declaración jurada con el cuadro de los equipos mínimos requeridos indicando las características del equipo ofertado, marca, modelo, potencia, serie, año, etc.
Los equipos ofertados deben tener una antigüedad no mayor a 10 años.
Por ser requerimiento mínimo se verificará el cumplimiento de lo requerido en el presente numeral, en caso de incumplimiento el postor será descalificado.
ITEM |
TIPO DE EQUIPO |
CANTIDAD |
01 |
Camión volquete 6 x 4 de 15 m3 |
2 |
02 |
Cargador s/llantas 125 hp 2.5 yd3 |
1 |
03 |
Retroexcavador con llantas 89 HP 0.7 m3 |
1 |
05 |
Tractor D6 |
1 |
06 |
Bomba para prueba tubería |
2 |
09 |
Estación Total |
1 |
10 |
Teodolito digital |
1 |
11 |
Nivel y mira |
2 |
12 |
Vibro apisonador de 5 HP |
4 |
13 |
Mezcladora de concreto de 9-11 p3 |
3 |
14 |
Compactador vibrador tipo plancha 4 hp |
2 |
15 |
Vibrador de concreto de 4hp 2.4 pulgadas |
3 |
16 |
Camioneta D/C 4x4 |
1 |
REQUERIMIENTO MÍNIMO DEL POSTOR
Experiencia Mínima en Obras Generales: En obras generales deberá haber facturado cinco (05) veces el valor referencial de la obra durante los últimos diez (10) años previos a la fecha de presentación de las propuestas.
Experiencia Mínima en Obras Similares: En obras similares deberá haber facturado una (01) vez el valor referencial de la obra durante los últimos cuatro (04) años previos a la fecha de presentación de las propuestas.
Las obras que se presenten para el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos no podrán ser presentadas para cumplir con los términos de Calificación.
La experiencia se acreditara con la presentación del Contrato de Obra, Acta de Recepción y conformidad; o Contrato de Obra y Liquidación de Obra; o contrato o cualquier otra documentación donde se demuestre fehacientemente que la obra fue concluida.
REQUERIMIENTO MINIMO DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA OBRA:
EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS: REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS.
GERENTE DE OBRA.-
Ingeniero Civil, Colegiado y habilitado:
Acreditar experiencia en el ejercicio profesional de 36 meses efectivos como Residente y/o Asistente de Residente de Obras similares.
Se adjuntará copia simple de los i) contratos, ii) certificados, iii) constancias o iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del profesional propuesto.
Deberá contar con Estudios en:
Diploma Universitario en Gerencia de Proyectos de Construcción. (Adjuntar Certificado de Estudios – Minimo 106 horas).
Adjuntar copia del título profesional, diploma de incorporación al colegio de ingenieros y copia de certificado de habilidad vigente o declaración jurada de estar habilitado.
RESIDENTE DE OBRA.-
Ingeniero Civil, Colegiado y habilitado
Acreditar experiencia en el ejercicio profesional de 50 meses efectivos como Residente y/o Asistente de Residente y/o Supervisor y/o Asistente de Supervisor y/o Inspector de Obras similares.
Se adjuntará copia simple de los i) contratos, ii) certificados, iii) constancias o iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del profesional propuesto.
Deberá contar con Estudios en: (Acreditar todos los estudios con Certificados)
Estructuras de concreto en Áreas sísmicas – Comportamiento y Diseño.
Diseño de Estructuras de Albañileria Armada y Confinada.
Residente de Obras Públicas.
Conferencia de Procesos de la Gerencia de Proyectos.
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias Aplicado a Obras Publicas.
Planificación y Programación de Proyectos con MS-PROJECT.
Costos y Presupuestos con S10
Elaboración de expedientes técnicos, Valorización y Liquidación de Obras Públicas.
Efectos Nocivos de la Radiación Solar – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Adjuntar copia del título profesional, diploma de incorporación al colegio de ingenieros y copia de certificado de habilidad vigente o declaración jurada de estar habilitado.
INGENIERO ASISTENTE.-
Ingeniero Civil, Colegiado y habilitado
Acreditar experiencia en el ejercicio profesional, debiendo tener un acumulado de 24 meses de experiencia efectiva como Residente y/o Asistente de Residente y/o Supervisor y/o Asistente de Supervisor y/o Inspector de Obras similares.
Se adjuntará copia simple de los i) contratos, ii) certificados, iii) constancias o iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del profesional propuesto.
Deberá contar con Estudios de:
Ejecución de Obras Públicas con La Ley de Contrataciones.
Ley de Contrataciones Aplicado a Obras Publicas
Seguridad y Salud en Obras de Construcción
Contrataciones del Estado – Contraloría General de la Republica.
Innovación Tecnológica en la Construcción
Congreso Internacional de la Construcción.
Adjuntar copia del título profesional, diploma de incorporación al colegio de ingenieros y copia de certificado de habilidad vigente o declaración jurada de estar habilitado.
INGENIERO ESPECIALISTA AMBIENTAL.-
Ingeniero Ambiental, Geógrafo o Civil colegiado y habilitado.
Acreditar experiencia en el ejercicio profesional, debiendo tener un acumulado de 24 meses de experiencia efectiva como Especialista Ambiental de Obras similares.
Se adjuntará copia simple de los i) contratos, ii) certificados, iii) constancias o iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del profesional propuesto.
Deberá contar con Estudios de:
Post Grado en Ciencias Ambientales.
Fundamentos e Interpretación de los Sistemas de Gestión Ambiental y de Seguridad y Salud Ocupacional
Especialización en Gestión de Desarrollo Sostenible
Evaluación de Impacto Ambiental y sus Aplicaciones
Adjuntar copia del título profesional, diploma de incorporación al colegio de ingenieros y copia de certificado de habilidad vigente o declaración jurada de estar habilitado.
ADMINISTRADOR DE OBRA
Ingeniero Industrial y/o Administrador colegiado y habilitado.
Acreditar experiencia en el ejercicio profesional, debiendo tener un acumulado de 12 meses de experiencia efectiva como Administrador de Obras en General.
Se adjuntará copia simple de los i) contratos, ii) certificados, iii) constancias o iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del profesional propuesto.
Deberá contar con Estudios en:
Maestría en Prospectiva Estratégica para el Desarrollo Nacional
Logística
Administración de Compras
Contabilidad Básica
Adjuntar copia del título profesional, diploma de incorporación al colegio de ingenieros y copia de certificado de habilidad vigente o declaración jurada de estar habilitado.
MAESTRO DE OBRA
Profesional Técnico en Construcción Civil-Adjuntar Título a Nombre de la Nación.
Acreditar experiencia en el ejercicio técnico-profesional, debiendo tener acumulado 30 meses de experiencia efectiva como Maestro de Obra en obras generales.
Deberá contar con Estudios en:
Carrera Profesional de Edificaciones.(Presentar diploma y constancia de egresado)
Levantamiento Topográfico de Grandes Extensiones.(Presentar constancia)
Levantamiento Altimétrico y Planimétrico.(Presentar constancia)
Curso de Manejo de Equipo Topográfico Electrónico.(Presentar certificado)
MS-Project(Presentar Certificado)
Se adjuntará copia simple de los i) contratos, ii) certificados, iii) constancias o iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del profesional propuesto.
Adjuntar copia del título profesional Civil a nombre de la Nación.
NOTA:
Se consideraran obras similares a las obras de infraestructura (Construcción, mejoramiento, restauración y/o remodelación) de: centros educativos, universidades, hospitales, conjuntos habitacionales, mercados, centros comerciales, museos, edificios públicos y edificios multifamiliares (públicos o privados).
El Comité Especial tendrá la potestad de verificar la autenticidad de los documentos presentados.
El cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos es de carácter obligatorio, el postor que no cumpla con dichos requisitos será descalificado.
PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo establecido es de Cuatrocientos Veinte (420) días calendarios para la ejecución de las obras civiles, que se contabilizarán desde el día siguiente en que se cumplan las condiciones enumeradas en el artículo 184º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo constituye un requerimiento técnico de cumplimiento obligatorio.
NOTA: El cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos es de carácter obligatorio, el postor que no cumpla con dichos requisitos será descalificado.
IMPORTANTE
Toda la documentación deberá ser completamente legible, caso contrario se considerará como no presentada.
CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA.
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
El contratista tiene la responsabilidad exclusiva de visitar e inspeccionar la totalidad del lugar y área donde se ejecutara la Obra, efectuar las evaluaciones, sondajes e indagaciones que sean necesarias sin limitarse a los documentos de los presentes términos de referencia, efectuar las verificaciones y análisis que estime pertinentes para presentar su propuesta técnica y económica tomando en cuenta las condiciones del lugar y área donde se ejecutará la obra, los accesos, condiciones del transporte del personal y materiales, manejo, almacenamiento, disposición, fuentes de materiales, disponibilidad de mano de obra, agua, energía y comunicaciones, y en general todas las condiciones que puedan incidir de manera directa e indirecta en esta, identificar las dificultades, contingencias y posibles riesgos, con el fin de que su oferta técnica y económica las considere y garantice la ejecución de la totalidad de los trabajos requeridos, de manera que el producto final sea acorde con los objetivos perseguidos.
El contratista ejecutara la obra de conformidad con el Expediente Técnico aprobado por la entidad, que incluye las obras del proyecto relacionadas con los estudios preliminares, los términos de referencia y demás documentación contractual, el reglamento nacional de edificaciones, normativas referidas al tipo de proyecto y la ley de contrataciones del estado y su reglamento.
CONOCIMIENTO DE LA OBRA Y SU EJECUCIÓN
Cualquier falta, descuido error u omisión del contratista en la obtención de información no lo liberará de la responsabilidad de apreciar adecuadamente la dificultades y costos, para la ejecución satisfactoria de la obra y el cumplimiento de las obligaciones que se derivan de los documento contractuales. Por tanto el contratista no podrá presentar reclamos alegando falta de conocimiento de las condiciones propias de la obra o variación de las condiciones físicas con relación a las indicadas en los documentos.
El contratista a través de su gerente del proyecto deberá efectuar un análisis detallado de la programación de ejecución de obra y consecuentemente del equipo que será necesario para cumplir con los plazos establecidos, teniendo en consideración las características de orden climático y de cualquier otra índole.
CUMPLIMIENTO DE LOS DOCUMENTOS CONTRACTUALES
El contratista será plena y enteramente responsable por la ejecución correcta, cabal y completa de la obra en estricta concordancia con el contrato y los demás documentos que forman parte del mismo a satisfacción de la supervisión
El contratista se deberá someter sólo a las órdenes de la Entidad a través del supervisor.
En caso de sufrir algún imprevisto en la obra, el contratista deberá remediar cualquier, perjuicio ocasionado a la entidad.
CRONOGRAMA DE CONSTRUCCIÓN
Una vez definido la fecha de inicio de obra, el contratista deberá presentar a la supervisión, el cronograma de construcción fechado concordado con su diagrama PERT o CPM y un plan general de los trabajos a ejecutar para su aprobación. En estos documentos se indica claramente, las fechas fundamentales (secuencia) de la obra, métodos constructivos, rendimientos asumidos, protocolo de pruebas y todos los demás datos necesarios para la correcta y oportuna ejecución y control de obra. Conjuntamente con estos documentos el contratista deberá entregar el cronograma de empleos del personal, por categorías (con indicación expresa del uso del personal de la zona), el cronograma de utilización de equipos y materiales.
La ruta crítica debe quedar plenamente identificada en la red de programación. En el cronograma debe indicarse para cada actividad, las actividades precedentes y siguientes, el código de la actividad, duración inicios y términos más tempranos y tardíos, holguras. Conjuntamente con el diagrama de redes, el contratista presentara lo siguiente:
Cronograma XXXXX de ejecución de la obra adecuado a la fecha de inicio de obra
Cronograma adecuado a la fecha de inicio de obra y valorizado mensualizado.
Listado de todas las actividades arregladas por inicio más temprano
Listado de todas las actividades arregladas por holgura
Listado de todas las actividades agrupados por responsables
Listado de todas las actividades de cada área de la obra
El contratista deberá revisar y actualizar el cronograma de construcción cada vez que ocurra una reprogramación de plazo por causas de fuerza mayor, por obras adicionales o deductivos cuyo sustento técnico requiere una reprogramación acorde al Reglamento de la ley de Contrataciones del estado. Una copia del cronograma de ejecución actualizado, en el que se muestren los avances a la fecha, será mantenida por el contratista en el sitio de la obra y estar a disposición de la entidad, de la supervisión o su representante, en cualquier momento para su revisión.
PROFESIONALES EN OBRA
El contratista conforme a su propuesta deberá mantener en la obra durante su ejecución y de manera permanente, a un ingeniero Civil residente, un ingeniero Civil asistente y parcialmente a los especialistas, con la experiencia solicitada en los presentes términos de referencia. La entidad evaluará a dicho personal durante la ejecución de la obra y en caso de ser necesario, o por no acatar las órdenes de tipo técnico o inadecuado comportamiento, solicitará su cambio.
El ingeniero residente de obra representa al contratista y todas las instrucciones que le fuera impartidas, serán consideradas como dadas a él. Tendrá plenos poderes para representarlo y actuar por él, durante la ejecución de los trabajos en el sitio de obra.
Asimismo, deberá designar a uno de sus asistentes que pueda sustituirlo en caso de ausencia no mayor de un día y con los mismos poderes. Estas personas deberán estar técnicamente calificadas y no podrán ausentarse simultáneamente del sitio de la Obra. Cuando por circunstancias excepcionales el Ingeniero Residente no se encuentre será sustituido por uno de sus asistentes especialmente designado para esas eventualidades.
El contratista está en la capacidad de proporcionar los especialistas que eventualmente sean requeridos para resolver problema específicos que se presenten durante la ejecución de la obra.
El Ingeniero Residente deberá recibir y atender las órdenes, instrucciones, observación, objeciones, sugerencias, o cualquier otra intervención de la supervisión.
Durante la ejecución de la obra la supervisión o la entidad podrán exigir al contratista en cualquier momento, la sustitución de su ingeniero residente y/o asistentes si al juicio de la entidad considera que no tienen la experiencia y/o capacidad necesaria, ausencia reiterada, o sus actividades son contraproducentes a la ejecución de la obra.
PERSONAL DEL CONTRATISTA
El contratista suministrará y mantendrá en lugar de trabajo para la ejecución y preservación de la obra durante el periodo de ejecución de la misma, el siguiente personal.
Directorio Técnico: Ingeniero Gerente de Obra, Ingeniero residente, Asistente Técnico y Profesionales de cada Especialidad, Personal Técnico, Controladores y Capataces, todos ellos experimentados en sus respectivas especialidades y competentes para ejercer un adecuado control sobre los servicios a su cargo.
Mano de Obra
Comprende a los trabajadores: Maestro General, Operarios y Oficiales, así como los peones que fueran necesarias para la ejecución y preservación de la Obra durante su periodo de ejecución.
El alojamiento y transporte del personal hacia y desde la Obra será de exclusiva responsabilidad del Contratista.
Cualquier persona que sea removida de la obra por las causales expuestas deberá ser reemplazada de inmediato por otro competente aprobada por la supervisión.
La Mano de Obra Calificada y no Calificada de preferencia será de la zona.
ASPECTOS CONSTRUCTIVOS DE LA OBRA
Aspectos Generales: Los trabajos se ejecutarán de acuerdo a lo señalado en el contrato, bases, términos de referencia. Estudio de pre inversión, especificaciones técnicas de la obra, expediente técnico (aprobado por la entidad). Para la presente obra deberán tomar las acciones necesarias para reducir al mínimo el impacto ambiental.
Replanteo de la obra: el contratista será responsable por el correcto replanteo de la obra de acuerdo a los planos y especificaciones técnicas con relación a la coordenadas originales y cotas de referencia, igualmente será responsable por la exactitud de las cotas, dimensiones y alineamientos de todas las partes de la obra incluyendo el suministro de todos los instrumentos, equipos y trabajadores necesarios para tal fin. en caso que en cualquier fase de la obra se descubra un error originado por el contratista en lo que se refiere a las posiciones, cotas, dimensiones o alineaciones de cualquier parte de la obra, este deberá rectificar tal error sin cargo alguno para la entidad.
Corresponde al contratista proteger y preservar cuidadosamente todos los hitos, alineaciones, plomos, marcas y otros objetos utilizados en la topografía de la obra. La verificación del trazado o de alguna línea o nivel por la supervisión, no exonerará de ningún modo al contratista de su responsabilidad por la exactitud de los mismos
Suministro de materiales equipos de construcción y personal: El contratista deberá suministrar todo los materiales, equipo nacional e importado, obras temporales y personal para la construcción de la obra, incluyendo el personal de la Dirección Técnica, así como todos los demás insumos que se necesiten para la construcción hasta el término de la obra
Laboratorio de ensayo de materiales:
El contratista efectuará los análisis y ensayos necesarios para el control de la obra de acuerdo con las estipulaciones de las especificaciones técnicas del Expediente Técnico, y según sea solicitado por la supervisión. No se admitirán pruebas conjuntas, ni que el contratista y el supervisor contraten laboratorios de una misma institución.
No se podrá pasar de una etapa a otra de la obra, mientras no se cuente con la respectiva conformidad de los resultados de las pruebas de laboratorio emitida por la supervisión.
El contratista deberá suministrar, libre de costo para la entidad todos los materiales de consumo, la mano de obra auxiliar y los transportes necesarios para la ejecución de tales pruebas.
Los ensayos se llevarán a cabo en laboratorios de instituciones públicas o privadas de reconocido prestigio y certificación correspondiente que cuenten con aprobación previa de la supervisión.
PRUEBAS DE RECEPCIÓN DE LA OBRA
Para la recepción de la obra el contratista deberá considerar, entre otros, el protocolo de pruebas durante la ejecución de la obra en todas las especialidades que mencionan las especificaciones técnicas del Expediente Técnico de la obra. Estos procedimientos podrán realizarse durante y al término de los trabajos y culminación de la obra. Los protocolos de prueba deben ser suscritos por el Residente de Obra.
LIMPIEZA DEL SITIO DURANTE Y AL TÉRMINO DE LA OBRA
Es responsabilidad del contratista el mantenimiento y limpieza permanente de los campamentos.
Antes de la aceptación final, el contratista deberá remover todos las instalaciones de superficie incluyendo, galpones, edificaciones, etc., y entregar el sitio a la entidad en buena condiciones y con la aprobación de la supervisión. Los interiores de la obra deberán estar limpios de desechos xx xxxxxx, mangueras, recipientes y de todo resto de materiales excedentes de la obra.
Las construcciones, equipos, materiales e instalaciones pagadas por la entidad quedara de su propiedad y a su disposición y serán trasladadas hacia el depósito de la misma o mantenidas en el sitio, a decisión de la supervisión quien previamente coordinara con la entidad.
DISPOSISICON DE DESPERDICIOS
Los desechos resultantes de la excavación, deberán ser depositadas en la zona indicada por la supervisión. Esta área para desechos deberá ser ubicada dentro de la distancia máxima prevista para este propósito en las Especificaciones Técnicas, y tratadas según se estipula en el estudio de impacto ambiental.
VIGILANCIA
El contratista será el responsable de tomar las medidas necesarias para obtener la seguridad y protección de las personas e instalaciones de la obra, para lo cual deberá proveer durante los trabajos, el personal, cercos, iluminación y otros elementos adecuados que se requiera.
El contratista deberá proporcionar guardianía general y el personal auxiliar de servicios para el personal de obra y las instalaciones de uso común.
El servicio de guardianía se realizará durante las 24 horas del día, en tanto que el resto de servicios se atenderán de acuerdo a los horarios que se establezcan.
RELACION CON OTROS CONTRATISTAS
El contratista tendrá presente que la entidad podría ejecutar en áreas adyacentes, por sus propios medios o por otros contratistas, trabajos cercanos a la zona de la obra.
El contratista deberá desarrollar su actividad de tal manera de no interferir en lo posible con los otros trabajos.
En caso necesario, la supervisión determinará los respectivos derechos y obligaciones de los distintos contratistas, a fin de asegurar la debida ejecución de los trabajos.
OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
El contratista deberá implementar las acciones necesarias para el real cumplimiento de la ley de contrataciones del estado y su reglamento, el Reglamento Nacional de Edificaciones, leyes, resoluciones, ordenanzas municipales u otras aplicables a la obra; así como, para el suministro y transporte de materiales y equipos, acciones que se compromete a cumplir y respetar, no teniendo la entidad responsabilidad, frente a las reclamaciones a que diere lugar el contratista por infracción de las mismas.
El contratista es responsable de todo lo concerniente a la obtención de los permisos municipales necesarios para la ejecución de la Obra y efectuara los trámites correspondientes, estando los pagos por derechos inherentes a su cargo en estricta coordinación con la Entidad y la Institución Educativa.
El contratista deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentos en materia laboral, previsión social y sanitaria, impacto ambiental, higiene y seguridad de la industria de la construcción en el sitio de obra y/o campamentos que establezca por motivo de este contrato. En caso de incumplimiento de esta obligación, y con reclamo debidamente justificado y probado, la entidad podrá retener del contratista, el monto reclamado o solicitarle que constituya una fianza o garantía a favor de esta que cubra dicho monto, hasta que el reclamo sea absuelto.
El contratista queda obligado a dar cumplimiento de los pedidos y exigencias de la supervisión, que sean solicitados con sujeción al contrato, debiéndole proporcionar la supervisión las facilidades y/o elementos, a fin que el seguimiento y control se efectué en forma satisfactoria, oportuna y eficiente.
Durante la realización de los trabajos y demás actividades correspondientes a la obra, el contratista se ajustara estrictamente a los plazos consignados en los calendarios valorizados de avance de obra y de adquisición de materiales que formaran parte del contrato, respetando el cronograma de pagos establecido.
El contratista no podrá iniciar la ejecución de la obra, si no ha sido aprobado el expediente técnico con la resolución correspondiente y aperturado el cuaderno de obra. Con la apertura del cuaderno de obra, el contratista se somete al seguimiento y control de la supervisión en todo lo que se refiere a la obra.
El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos de interés histórico o de otra naturaleza o de valor significativo que se descubra en la zona de la obra sea notificado de inmediato a la supervisión, quien notificara a la vez a la entidad acerca del descubrimiento y determinar la manera de proceder de acuerdo a las disposiciones vigentes sobre el particular.
Respecto a la documentación que obra en su poder relacionado con el proyecto, el contratista se compromete en forma irrevocable a guardar confidencialidad y no disponer, no hacer uso de ella en ningún momento, para fines distintos a los intereses de la entidad, ni después de la culminación del proyecto, sin previa autorización escrita de la entidad.
MITIGACION DEL IMPACTO AMBIENTAL
El contratista dará cumplimiento a las Normas y Recomendaciones (Reglamento Nacional de Edificaciones y normativa vigente sobre la materia) para la protección del medio ambiente, que sean aplicables a los trabajos que realiza en el lugar de la obra, originados por los trabajos que realiza y subsanará las observaciones que le formule la supervisión y/o los que formulen entidades oficiales de protección del medio ambiente.
El contratista se obliga a cumplir con todos los procedimientos e instrucciones establecidos por la entidad y la legislación correspondiente, en lo que respecta al medio ambiente y seguridad y salud ocupacional.
LIMITES DE LA RESPONABILIDAD DEL CONTRATISTA
El contratista no será responsable por:
Cualquier daño o perjuicio que resulte de actos u omisiones de la entidad o de cualquier persona contratada por esta en relación con la ejecución de la obra o de terceros (siempre que no sean provocados por el contratista o por sus subcontratistas)
Gastos de expropiación, derechos de servidumbre de paso.
Xxxxx cesante o perdida de contratos que pueda sufrir la entidad.
SEGUROS
El contratista antes del inicio de obra deberá tomar por su cuenta todos los seguros previstos en las bases de licitación y legislación vigente y todos los que sean necesarios para la correcta ejecución de la obra, que forman parte del contrato, debiendo exhibir ante la entidad las pólizas correspondientes, las veces que sean necesarias. Estas pólizas deben indicar el nombre, ubicación de la obra y número de licitación pública.
MANO DE OBRA
Contratación de personal: el contratista tomará las providencias relativas a la contratación, alojamiento transporte, alimentación, pago de salarios y beneficios sociales de sus trabajadores, sean estos locales o extranjeros, en tanto sea necesario de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
El contratista no contratará personas de la entidad, de la supervisión, ni de otras entidades estatales, sin permiso escrito de dichas instituciones.
Instalaciones provisionales de campo: El contratista proveerá a su costo las instalaciones en un área apropiada para todo un personal obrero, técnico, administrativo y el staff, relacionados con su contrato.
Estará dotado de agua potable, agua fría, electricidad, instalaciones sanitarias, servicios higiénicos, y de otros servicios que el contratista crea necesario para el alojamiento de su personal y de conformidad con los reglamentos existentes.
Asimismo proveerá además, instalaciones para la supervisión equipados con oficinas y servicios, según relación a tratar con la supervisión.
Seguridad Pública: La entidad gestionará cuando sea necesaria la concurrencia de la fuerza pública en el sitio, vías de acceso principal y transporte de materiales y quipos así como de depósitos transitorios de materiales y quipos de la entidad y del contratista.
Registros relativos al personal: El contratista entregará a la supervisión en sus oficinas, cada vez que la supervisión lo solicite y en la forma que ella establezca, la planilla, de personal empleado o a ser empleado por el contratista en el sitio, con la información exigida por la normas vigentes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Legislación de trabajo: El contratista deberá respetar las disposiciones vigentes de la legislación del Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo de todo el personal a su carga para la ejecución de la obra. La Supervisión verificara su cumplimiento.
EQUIPOS, MATERIALES Y OBRAS TEMPORALES
Instalaciones y equipos de Construcción: El contratista entregara antes del inicio de los trabajos, para aprobación de la supervisión, un cronograma de utilización de los equipos ofertados y/u otros que fueran necesarios, a criterio de la supervisión, para cumplir con el cronograma de obra, en el que deberá estar claramente indicado el tipo, la cantidad y plazos de los diferentes equipos a ser utilizados en la obra.
El contratista se compromete a mantener en el sitio de los trabajos, de acuerdo con los requerimientos de la obra y al cronograma de utilización de equipos, el equipo de construcción adecuado y suficiente, el que deberá ser mantenido todo el tiempo en condiciones eficientes de trabajo, tener capacidad para realizar con eficacia y seguridad de la obra determinada en los documentos contractuales, dentro de los términos y condiciones especificadas en ellos, estando sujeto en todo momento, y disponibilidad, a las inspecciones y pruebas que considera conveniente realizar la supervisión.
La aprobación de los equipos del contratista por parte de la supervisión no lo releva de su obligación de ejecutar la obra de acuerdo con los documentos contractuales. El contratista no podrá hacer ningún cambio o modificación en el equipo e instalaciones aprobadas por la Supervisión, ni remover del sitio de la obra ningún equipo sin expresa autorización de la supervisión en cada caso.
Calidad de los materiales y ensayo de los mismos.
Todos los materiales y la calidad de los servicios deberán estar de acuerdo a las especificaciones técnicas insertas en el Expediente Técnico aprobado por la Entidad y a lo estipulado en el Contrato y, sin perjuicio de ello, sujeto a la fiscalización del Supervisor.
Tales materiales y servicios serán periódicamente objeto de las pruebas de calidad que la Supervisión determine, bien sea en el local de fabricación, en el sitio de Obra o en ambos.
Corresponde al contratista suministrar la asistencia, los instrumentos, las maquinarias, los trabajadores y los materiales que son normalmente necesarios para el examen, medición y la realización de los protocolos de pruebas relativas a cualquier servicio y a la calidad, peso o cantidad de cualquier material utilizado.
El contratista deberá a su propio costo, obtener las muestras de materiales antes de que ellas sean incorporadas a la Obra para ser sometidas a ensayos conforme a las instrucciones que imparte la Supervisión.
Las inspecciones y/o pruebas que realice la Supervisión no relevarán al Contratista de cualquiera de sus obligaciones previstas en el presente contrato y la ejecución de la Obra.
Cartel de Obra.
El contratista asumirá los costos del Cartel de Obra. Dicho cartel debe ser 02 gigantografías de 5.00 metros de largo y 3.00 metros de ancho, cuyas características serán alcanzadas por la oficina de Supervisión.
DESARROLLO DE LOS TRABAJOS.
Inspecciones y Autorización.
Acceso al sitio de los trabajos y lugares de fabricación.
La entidad y la Supervisión, así como cualquier persona autorizada por escrito, tendrá en cualquier momento acceso a la Obra, así como a cualquier oficina y local donde se está desarrollando trabajos o de donde provengan los materiales, artículos manufacturados o equipos para empleo en las obras, debiendo, el Contratista facilitar, en la mejor forma posible este acceso, suministrando para tal fin toda la asistencia necesaria. Tales visitas o inspecciones no deberán inferir con los trabajos del Contratista.
Inspección previa de las Obras.
Ningún trabajo será cubierto sin previo examen y aprobación de la Supervisión, debiendo el Contratista proporcionar amplias facilidades para que la Supervisión los examine.
El Contratista notificará a la Supervisión mediante el cuaderno de Obra cuando los trabajos estén preparados para examen, debiendo la Supervisión sin demora justificada, llevar a cabo la medición de las mismas y anotar los resultados en el respectivo cuaderno de Obra.
El contratista comunicará a la Supervisión, con la debida anticipación, la fecha y hora en que iniciará o reiniciará un trabajo, sin lo cual no podrá iniciarlo o reiniciarlo. En general, ningún trabajo podrá ser ejecutado sin la inspección y/o autorización escrita en el Cuaderno de Obra por la Supervisión.
Remoción de materiales para inspección.
El Contratista deberá descubrir cualquier parte o parte de la Obra o hacer sondeos o perforaciones en ella o a través de ella, si la Supervisión lo solicitara, debiendo reponer y reparar aquella parte o partes removidas o perforadas a satisfacción de la Supervisión.
Remoción de materiales y Re ejecución de servicios inadecuados.
Corresponde a la Supervisión durante la realización de la Obra. La facultad de determinar por escrito las siguientes providencias, sin costo para la Entidad.
La remoción del sitio, en el plazo que se especifique mediante notificación, de cualquier material que comprobadamente no esté de acuerdo con lo especificado en el Expediente Técnico del Contrato.
La sustitución de los materiales arriba referidos por los apropiados y adecuados.
La demolición y apropiada re ejecución, independientemente de cualquier prueba previa o pago intermedio de cualquier trabajo que al parecer de la Supervisión no esté de acuerdo con el Expediente Técnico del Contrato en cuanto a los materiales o a la calidad de Servicio y trabajo.
En caso de que el Contratista no cumpla en un plazo xx xxxx (10) días una orden de la índole de este item, la Supervisión podrá mandar a ejecutar dichas órdenes y todos los gastos que ésta medida origine, serán de cargo del Contratista.
SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS.
El Contratista no podrá entregar la Obra defectuosa o mal ejecutada, aduciendo defectos, errores u omisiones en los planos o especificaciones técnicas, elaborados por él mismo, debiendo el trabajo erróneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta.
Cuando el Contratista incurra en negligencias durante la ejecución de los trabajos o no efectúe o haya iniciado en forma efectiva la corrección de los mismos dentro del tercer día laborable de recibida la orden correspondiente, la Supervisión deberá comunicar a la entidad, haciendo posible al Contratista el pago de las penalidades por demora.
Todo incumplimiento del Contrato por parte del Contratista tendrá una penalidad de acuerdo a los Art. 165º y 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Queda también establecido que la Entidad podrá autorizar la retención del total o parte del importe de la Valorizaciones de avance de la obra, para protegerse contra los posibles perjuicios por trabajos defectuosos y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones de la Supervisión.
Desaparecida la causal anterior la Entidad instruirá para que se proceda con el pago de las sumas retenidas, previo descuento de los importes que pudieran corresponder en concepto xx xxxx.
TRABAJO NOCTURNO Y EN FERIADO.
A menos que no lo prohíba la Supervisión por causa justificada, el Contratista podrá trabajar en turnos de noche, tiempo extra y en días domingo y feriados. En estos casos el Contratista no tendrá derecho a ninguna compensación adicional, debiendo el Contratista adecuarse a los reglamentos y legislaciones laborales vigentes en el Perú. El Contratista deberá notificar a la Supervisión por escrito, con no menos de 24 horas de anticipación, sobre su intención de ejecutar trabajos en horas nocturnas, tiempo extra o en domingo y feriados.
Al trabajar en horas nocturnas, el Contratista deberá dotar a las áreas de trabajo a cielo abierto con suficiente iluminación para la seguridad de su personal y la correcta ejecución de los trabajos y su inspección correspondiente.
SUPERVISIÓN o INSPECCIÓN DE OBRA.
La Entidad será representada en el sitio de la Obra por la Supervisión, cuya designación será comunicada por escrito al Contratista. La Supervisión tendrá autoridad suficiente para decidir las cuestiones relativas a los trabajos de la Obra, de acuerdo con los documentos contractuales y dentro de las facultades expresas que le otorgue la Entidad, las cuales serán comunicadas oportunamente a las partes interesadas.
Toda comunicación entre la Entidad y el Contratista en relación a la Obra será a través de la Supervisión.
OBLIGACIONES DE LA SUPERVISIÓN o INSPECCIÓN.
Verificar y exigir la correcta ejecución de los trabajos y asegurar el fiel cumplimiento de las condiciones y obligaciones del Contratista establecidas en el Contrato y sus anexos.
Inspeccionar en forma permanente la ejecución de los trabajos
Solicitar y/o recibir la información del Contratista sobre los trabajos o cualquier situación que estando relacionada con estos afecte de alguna manera la ejecución regular.
Exigir al Contratista el cumplimiento de los cronogramas y calendarios que formen parte de su oferta del Expediente Técnico o que hayan sido aprobados por la Entidad durante el proceso de ejecución.
Exigir al Contratista que los materiales empleados en general y equipos a instalar en la obra cumplan las especificaciones técnicas estipuladas en el Expediente técnico aprobado por la Entidad. Cuando sea pertinente, deberá exigir se retire de la Obra por cuenta del Contratista, los materiales o equipos que hayan sido rechazados por ser de mala calidad, o por no cumplir adecuadamente lo especificado en el Expediente Técnico aprobado por la Entidad, así como el desmonte y otros desechos.
Exigir al Contratista que los métodos de trabajo utilizados, estén de acuerdo a las Especificaciones Técnicas consignadas en el Expediente Técnico aprobado, a la normatividad vigente y a la buena práctica de la Ingeniería y construcción.
Exigir al Contratista el adecuado comportamiento de su personal en horas de trabajo y en tanto se encuentren dentro del área de la Obra.
Efectuar conjuntamente con el Residente de Obra las mediciones y verificaciones de los avances de las partidas, además de realizar los controles de calidad de materiales, equipos y procedimientos constructivos para garantizar la adecuada ejecución de los trabajos.
Absolver las consultas, interpretar los planos, especificaciones técnicas, manuales y a cualquier otra información técnica relacionada con la Obra y/o los trabajos relacionados con ella.
No deberá, ni podrá relevar al Contratista de ninguna de las obligaciones indicadas en el contrato.
Elaborar las valorizaciones mensuales y tramitarlas ante la Entidad para su oportuno pago.
Evaluar la procedencia de las solicitudes de adicionales, reducciones de obra y ampliaciones de plazo presentadas por el Contratista de ser pertinente, tramitándolas ante la Entidad con la correspondiente opinión técnica.
Coordinar con el Residente de Obra la realización oportuna del protocolo de prueba de instalaciones y equipos en general, de acuerdo a las especificaciones técnicas del Expediente Técnico aprobado por entidad y participar en la realización de las mismas, validando finalmente su conformidad.
Revisar y emitir opinión a los documentos de la liquidación de la Obra.
CUADERNO DE OBRA.
En la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra, el mismo que será foliado y firmado en todas sus páginas por el Supervisor o Inspector y por el Ingeniero Residente. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra. Su utilización es acorde a los Art. 194º y 195º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Cuaderno de Obra debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de ellas para la Entidad, otra para el Contratista y la tercera para la Supervisión. El original del cuaderno debe permanecer en Obra, bajo custodia del Contratista y a disponibilidad permanente de la Supervisión, no pudiendo ser retenido por ninguna de las partes. Concluida la ejecución de la Obra, el original quedará bajo custodia de la Entidad.
En el cuaderno de Obra se anotarán los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de ella, firmando al pie de cada anotación el Supervisor y el Residente, según sea el que efectuó la anotación. El Cuaderno de Obra será cerrado por la Supervisión cuando la Obra haya sido recibida definidamente por la Entidad.
El contratista anotará en el Cuaderno de Obra lo siguiente:
Para decisión del Supervisor: pedidos, consultas y observaciones relacionadas al proceso, de acuerdo al cumplimiento del Contrato del Contratista.
Para informe del Supervisor: Reclamos y planteamientos en general vinculados al proceso, que excedan la capacidad de decisión del Supervisor, pero que necesariamente requieren de su pronunciamiento.
Para conocimiento del Supervisor transcripción del texto de sus gestiones, que en directa relación a su contrato, haya formulado ante la Entidad.
Comunicación del término de Obra y solicitud de recepción de la misma.
Las consultas y planteamientos del Contratista de orden técnico que no afecten el presupuesto y plazo contractual, deberán ser respondidas por la Supervisión en un plazo no mayor de cinco (5) días calendarios.
La Supervisión anotará en el Cuaderno de Obra el siguiente:
Para cumplimiento del Contratista: órdenes y observaciones, así como las respuestas a las consultas, pedidos de aclaración que le hubieran sido formulados dentro de los cinco (5), días calendarios de planteados.
Para conocimiento del Contratista: Opiniones sobre los reclamos, planteamientos y el trámite dado, dentro de los siete (7) días calendario de formulado.
Para conocimiento del Contratista: Transcripción de las directivas específicas recibidas de la Entidad y las disposiciones administrativas genéricas, que en su concepto, tengan vinculación con los trabajos.
Los planteamientos o comentarios que los funcionarios de la Entidad tengan a bien formular en las visitas de inspección que realicen.
DE LOS PLANOS Y ESPECIFICACIONES.
Los trabajos deberán ejecutarse conforme a las especificaciones técnicas, planos y otros documentos elaborados por el Contratista, que conforman el Expediente Técnico, los que debidamente revisados y visados por la Supervisión y aprobados por la Entidad, forman parte del Contrato. Es obligación inexcusable del Contratista actuar de conformidad con estos documentos.
Durante el desarrollo de los trabajos, la entidad, a través de la Supervisión, podrá solicitar al Contratista cualquier plano complementario o nuevo, o instrucciones que pudieran ser necesarias para la ejecución correcta y completa, mantenimiento o protección de la Obra, sin costo adicional para la entidad, entendiéndose que forman parte del Expediente Técnico elaborado por el Contratista.
Cualquier parte de la Obra mencionada en las Especificaciones Técnicas y no mostradas en los planos o viceversa, tendrá la misma fuerza y efecto que si estuviera contenida en ambos. Cualquier discrepancia entre los planos y las especificaciones Técnicas y dentro de estos mismos, o entre las cifras y planos, deberá ser puesta en conocimiento de la Supervisión por el Contratista, cuya decisión será concluyente y deberá ser acatada. Cualquier interpretación por el contratista sin esta determinación por la Supervisión será por cuenta y riesgo del Contratista.
En caso que el Contratista estuviera en desacuerdo con cualquier plano o instrucción y que hubiera notificado a la Supervisión al respecto, y que la Supervisión insistiera en la ejecución de los trabajos de acuerdo a dicho plano o instrucción, el contratista será relevado ante la Entidad de sus responsabilidades que resultaran de la adopción de dicha solución, más no así de proceder correctamente de acuerdo a ésta.
INICIO, PLAZOS y TERMINOS DE LA OBRA
INICIO DEL PLAZO DE EJECUCION DE OBRA.
El inicio del plazo de ejecución de la obra regir una vez se cumpla las condiciones fijadas en el Art. 184° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
PLAZOS.
Plazo Total.
La Obra será terminada dentro del plazo fijado en el Contrato, el mismo que se encuentra indicado en el correspondiente Cronograma de Obra.
Prórroga del Plazo del Término de Obra.
En caso se produzca trabajos adicionales de cualquier naturaleza u otras circunstancias especiales de cualquier tipo, incluyendo fuerza mayor, que justifique la prórroga del plazo establecido para que el Contratista concluya la Obra, la Supervisión emitirá opinión e informará a la Entidad, a fin de aplicar los Artículos 200° y 201° del Reglamento de la Ley de Contrataciones.
Solo será procedente otorgar prórroga cuando la causal invocada modifique y afecte la Ruta Crítica del Calendario de Avance de Obra, de tal forma que comprometa la terminación de las partidas afectadas y sea imposible su ejecución programada contractualmente.
VALORIZACIONES y METRADOS.
VALORIZACIONES
FORMA DE LAS VALORIZACIONES Y FACTURAS
La forma de las valorizaciones y facturas de pago, será la preparada por el Contratista en coordinación con el Supervisor y estas deberán de ser entregadas al Coordinador del Proyecto quien bajo responsabilidad realizará los tramites respectivos por ante la entidad.
El Contratista consignará en sus valorizaciones todos los trabajos ejecutados, de acuerdo a las cantidades establecidas en las mediciones.
VALORIZACIONES MENSUALES
Las valorizaciones mensuales se presentarán, durante los cinco (5) primeros días del mes siguiente a la ejecución de los trabajos en cuatro (04) ejemplares, acompañadas según el caso por los cómputos métricos resultantes de las mediciones de los trabajos ejecutados hasta la fecha y verificados por el Supervisor. Adjuntando lo siguiente:
Factura emitida por el contratista (será solicitada a la conformidad de la oficina)
Contrato de obra y adendas
Resoluciones de ampliaciones de plazo (todas las que se hayan otorgado)
Informe técnico del residente que contenga: ficha técnica, memoria descriptiva, relación del equipo mínimo utilizado en el mes y personal, resumen de los controles de calidad realizados en el mes, conclusiones y recomendaciones.
Valorización.
Resumen de valorización.
Ficha de identificación de obra.
Reintegro por valorización.
Deducción que no corresponde por adelanto (directo y materiales).
Formulas poli nómicas de reajuste.
Valorización del presupuesto.
Cuadro de amortización del adelanto directo y de materiales.
Grafico (curva s) comparativo de avance programado y ejecutado, (mensual y acumulado).
Calendario de avance de obra valorizado.
Planilla de metrados.
Fotografías a color del proceso de construcción del mes valorizado (mínimo 15, señalar descripción y fecha)
Copia de protocolos de calidad.
Copia desglosable del cuaderno de obra del periodo de ejecución.
Pago de cumplimiento de obligaciones sociales (sencico, conafovicer., onp, afp, essalud).
Copia del seguro complementario contra todo riesgo.
Copia del certificado de habilidad vigente del residente de obra.
Copia del comprobante de pago, del mes anterior.
Índices unificados para la construcción, copias de la formulas poli nómicas del expediente técnico y copia de la fecha del valor referencial que se encuentran en las bases.
Copia de la Carta fianza de fiel cumplimiento, adelanto directo y materiales vigentes (de corresponder)
Copia del contrato del consorcio.
Acta de entrega de terreno, acta de inicio de obra y/o primer asiento del c.o. (en todas las valorizaciones)
Otros documentos que considere importante.
VALORIZACIÓN FINAL
Luego de la Recepción de las Obras, el Contratista presentará la Valorización de Liquidación Final, la cual será sometida a la aceptación u observación del Supervisor o de la ENTIDAD en forma escrita.
Esta valorización final, debe estar respaldado por:
Evidencia de que los trabajos comprendidos en el Contrato están libres de todo reclamo legal, deudas (constancias de no adeudar y Declaración Jurada).
Monto actualizado del Contrato de acuerdo a las modificaciones autorizadas y realizadas durante el período de ejecución.
Cantidades de obra ejecutada de acuerdo a la Valorización Final de Medición.
Costo total de la obra ejecutada, incluyendo todos los trabajos realizados.
Declaración jurada y constancia de no tener reclamos laborales del MTPE y pagos pendientes a los trabajadores.
Documentos del pago de los derechos sociales (PDT) en la que se demuestre que el CONTRATISTA no tiene deuda con ESSALUD y sistemas pensionarios ni con otros organismos vinculados a los trabajadores.
Monto total percibido por el Contratista hasta la Valorización anterior.
Deducciones en favor de la ENTIDAD por incumplimiento de plazo y otros conceptos, si los hubiera debidamente visados por la Tesorería quien asume la responsabilidad por ante los órganos de control y jurisdiccionales en caso posterior reclamo.
Saldo a favor o en contra del Contratista.
Las mediciones de trabajo efectuados durante cada periodo y la determinación de cantidades de las partidas licitadas en el Presupuesto de Obra, deberán ser efectuadas por el Supervisor y el Residente de Obra, el último día de cada mes. En todo momento la Supervisión podrá ejecutar cualquier medición, para lo cual el Contratista dará todas las facilidades necesarias, así como proveerá personal, materiales y equipos que sean necesarios. Los procedimientos y los formatos necesarios para la ejecución de las mediciones serán determinados oportunamente por la Supervisión.
En base, a las mediciones, el Residente de Obra y el Supervisor elaborarán mensualmente las valorizaciones de los trabajos ejecutados, las que tendrán carácter de pagos a cuenta, y que contendrán las cantidades de obras ejecutadas en el mes.
Al ejecutarse la presente Obra bajo el Sistema de Suma Alzada, las valorizaciones se formularan en función de los metrados ejecutados con los precios unitarios del valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad que figuren en dicho presupuesto. El subtotal así obtenido se multiplicará por el factor de relación, calculado hasta la xxxxxx xxxxx xxxxxxx, x xxxx monto se agregará el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas.
Además, considerando el Sistema Suma Alzada, las cantidades de obra se valorizaran hasta alcanzar el total de los metrados del Presupuesto de la Obra.
Las valorizaciones deberán ser presentadas debidamente sustentadas con los siguientes documentos: planilla de metrados realmente ejecutados, ensayos de laboratorio, pruebas de rotura de concreto, copia del cuaderno de obra, los pagos de los tributos y gravámenes que correspondan de acuerdo x Xxx, así como las responsabilidades de carácter laboral y por el pago de aportaciones sociales de su personal. Todos los documentos deberán tener la firma de la Supervisión y Residente de la Obra.
Deducciones y Amortizaciones
Las Deducciones están referidas a las amortizaciones de los adelantos y a los reajustes que no corresponden por estos conceptos, respectivamente. Las amortizaciones del adelanto directo se harán mediante descuentos proporcionales, iguales a las que fueron otorgadas, en cada una de las valorizaciones de obra, con posterioridad a la entrega de los indicados adelantos. La amortización del adelanto para materiales e insumos se realizará de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 011-79-VC y sus modificatorias y complementarias.
ATRASOS
Cuando el monto de las valorizaciones acumuladas a una fecha determinada sea menor al 80% del monto de las valorizaciones acumuladas, programadas a dicha fecha, será de aplicación el Artículo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio referido a las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad al Artículo 40° de la Ley de Contrataciones del Estado y a los Artículos 165° y 168° del Reglamento de la referida Ley.
OBRAS ADICIONALES, REDUCCIONES Y AMPLIACIONES
El contratista al ejecutar el Contrato, no puede alterar, modificar ni sustituir las características de su propuesta ni recortar los alcances de los servicios solicitados en los términos de referencia y en las Bases.
Solo procederá la ejecución de Obras Adicionales cuando se cuente previamente con la aprobación escrita correspondiente de la Entidad y siguiendo los lineamientos establecidos en el Artículo 41° de la Ley de Contrataciones del Estado y Artículos 207° y 208° de su Reglamento con sus modificaciones y la Resolución de Contraloría vigente.
La entidad no reconocerá los costos de las Obras adicionales que se generen como consecuencia de los errores, deficiencias u omisiones en el Expediente Técnico elaborado por el Contratista, los mismos que serán asumidos en su totalidad por este.
RECEPCIÓN DE OBRA.
Para la Recepción de la Obra se seguirá con las Indicaciones y Procedimientos establecidos en el Artículo 210° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA.
El Contratista presentará la Liquidación del contrato, debidamente sustentada, con la documentación y cálculos detallados, suscrita por el representante legal del Contratista. La Liquidación presentada por el Contratista será elevada a la Entidad de acuerdo al procedimiento indicado en el Artículo 211° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El contenido de la liquidación, será en estricta coordinación con el Supervisor o Inspector de Obra y la Oficina de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión.
Una vez que la Liquidación haya quedado consentida, y se haya efectuado el pago, el Contrato quedará concluido debiendo cerrarse el expediente de contratación Previo al pago del saldo de Liquidación Final, la Entidad descontará del importe del mismo, los siguientes conceptos:
Sumas anteriores ya pagadas en las planillas o valorizaciones mensuales de Avance de Obra, consignadas como saldo en contra del Contratista.
Reposición por daños atribuidos al Contratista si hubiera.
El porcentaje correspondiente a la recuperación de los adelantos, valorizaciones y pagos efectuados por la Entidad acorde al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, si hubiera saldos pendientes.
Las multas y penalidades, si hubieran.
En caso que los montos a deducir superasen los pagos a efectuar de acuerdo con la liquidación final, la Entidad comunicará de inmediato al Contratista para que en un plazo xx xxxx (10) días calendarios efectue el pago del saldo correspondiente, de no cumplir con ello se procederá a la ejecución de la Fianza de Cumplimiento de Contrato y retener los montos no percibidos.
GARANTIAS.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
El Contratista debe garantizar a la Entidad, el cumplimiento del Contrato y la buena ejecución de los trabajos, para lo cual entregará a la Entidad una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será entregada a la Entidad por el Postor ganador antes de la suscripción del Contrato y como requisito indispensable para poder suscribirlo. La garantía será por el 10% del monto del contrato conforme al artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y tener vigencia por el plazo de ejecución de la obra hasta el consentimiento de la Liquidación Final del Contrato.
El medio de garantía será una Carta Fianza Bancaria por la suma equivalente al 10% del monto contractual, con las características de incondicional, solidaria, irrevocable, sin beneficio de excusión, a nombre del contratista, en el caso de consorcio, llevara el nombre del mismo e indicara todos los integrantes del consorcio, y será a favor de la Municipalidad Distrital de Ocobamba, su realización será automática al solo requerimiento por parte de la Entidad, será emitida por Empresas Autorizadas e inscritas en la Superintendencia de Banca y Seguros.
MONTO DEL CONTRATO
Considerando que el contrato se pacta bajo el sistema Suma Alzada, el monto del contrato es conforme a la propuesta económica presentada por el contratista, el cual incluye un impuesto general a las ventas y demás obligaciones. Además, advirtiendo el sistema de suma alzada, el monto definitivo del contrato es el ofertado, al que solo se le podrá incrementar las adicionales y/o reducciones, si fuera el caso, definiéndose el nuevo monto cuando se liquide el mismo.
El monto del contrato comprende el costo directo de la obra, materiales, equipo, transporte, herramientas, beneficios sociales, gratificaciones, obras provisionales, pólizas de seguros de obras, derechos de explotación de materiales, gastos de protección y mantenimiento, transporte, inspecciones, pruebas y ensayos de materiales, gastos generales directos e indirectos, impuestos y utilidades, y en general todos los demás gastos que conllevan a la eficaz ejecución de los trabajos contratados, a entera satisfacción de la entidad.
Dicho monto cubre además todos los bienes y servicios que debe prestar o suministrar el contratista; así como el costo de materiales menores no mencionados en los documentos de la licitación, pero necesarios para la terminación de la obra.
PRECIOS
Por tratarse de una licitación pública y contrato a suma alzada,, el contratista garantiza que los precios y cantidades de obra son suficientes para cubrir todos los gastos requeridos para la ejecución de los trabajos relacionados directamente o indirectamente con ellos, incluyendo a título informativo y no limitativo, el costo de los materiales, mano de obra, empleo de maquinaria, transportes, leyes sociales, seguros, tasas, gravámenes de cualquier naturaleza, así como los gasto de servicio básico (agua, electricidad, etc.) y de mantenimiento de la obra durante todo el tiempo de su ejecución hasta recepción de la obra y entrega a la entidad.
IMPUESTOS
El contratista será responsable por el pago de impuestos, leyes sociales, inscripción y otros gastos relacionados con sus operaciones y el cumplimiento de las leyes vigentes.
PENALIDADES
La Entidad aplicará otras penalidades tomando como referencia el total del Monto Contractual de acuerdo a lo previsto en el Art. 166 del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado, habiéndose considerado para tal situación los criterios razonabilidad, objetividad y congruencia.
OTRAS PENALIDADES Y MULTAS
Asimismo, la ENTIDAD ha considera la aplicación de otras penalidades según lo establece el Artículo 166º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Las penalidades en tanto por mil del monto del contrato, se describen en la siguiente tabla:
-
N°
PENALIDADES SOBRE EL MONTO CONTRACTUAL
MULTA
(del monto contractual)
Equivalencia según Contrato
(S/.)
1
INDUMENTARIA E IMPLEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL.
Cuando el contratista no cumpla con controlar o dotar a su personal o parte del personal el uso de los implementos de seguridad. La multa es por cada día.
1/8000
2
ENTREGA DE INFORMACION INCOMPLETA
Cuando el contratista entregue documentación incompleta, perjudicando el trámite normal de los mismos (solicitud de adelantos, valorizaciones, informes mensuales, adicionales, etc.), la multa será por cada trámite documentario de no ser subsanado en la fecha de presentación.
1/5000
3
CARTEL DE OBRA
Cuando el contratista no coloque el cartel de obra dentro de los 5 días calendarios del inicio del plazo contractual de la obra, la penalidad es por día no colocado. Hay obligación de mantener el cartel de obra durante la ejecución de la obra, se penalizara de la misma forma, cuando no se mantenga en el tiempo establecido.
S/. 500.00
4
CRONOGRAMA VALORIZADO AL INICIO DEL PLAZO CONTRATUAL
Cuando el contratista no cumpla con entregar el calendario valorizado adecuado a la Fecha de inicio del plazo de ejecución de obra, en un plazo de 24 horas, o en el caso de demoras injustificadas los cronogramas acelerados de trabajo, dentro del plazo indicado en la Ley de Contrataciones y su Reglamento.
1/8000
5
PRUEBAS y ENSAYOS
Cuando el contratista no realiza las pruebas o ensayos oportunamente para verificar la calidad de los materiales y los trabajos ejecutados. La multa es por cada incumplimiento.
1/5000
6
RESIDENTE DE OBRA
Cuando el Ingeniero Residente no se encuentra en forma permanente en la obra. La multa es por cada día de ausencia no justificada.
1/10000
7
PERSONAL PROFESIONAL
Cuando los ingenieros y demás profesionales especialista no se encuentren en obra, conforme al cronograma de trabajo establecido. La multa es por cada día de ausencia no justificada.
1/5000
8
RECURSOS DECLARADOS EN LA PROPUESTA TECNICA
Cuando el contratista no presente en su oportunidad los recursos declarados en la propuesta técnica (cambio de residente, equipo mínimo, plan de trabajo, etc). La multa es por cada recurso.
1/10000
9
ENTREGA DE MATERIAL GRAFICO DE AVANCE DE OBRA
Por la omisión de entrega de material grafico de avance de Obras en su oportunidad, por cada oportunidad de omisión.
1/10000
10
PAGO PERSONAL OBRERO
Cuando el contratista no cumpla con el pago oportuno al personal obrero y conforme a la legislación sobre la materia. La multa es por cada día de retraso.
1/10000
OTRAS CONSIDERACIONES:
El participante, postor o contratista, para el cumplimiento de las obligaciones objeto de la presente convocatoria deberán tener presente lo siguiente:
a) Revisar detenidamente las Bases y documentos relacionados, y de ser el caso, comunicar por escrito, dentro del plazo las consultas u observaciones, para absolver las aclaraciones o rectificaciones; pues en el caso de no hacerlo, se entenderá que el postor está de acuerdo y acepta todas las condiciones establecidas.
c) Durante la ejecución de obra, el contratista deberá coordinar directamente con el Responsable de la Oficina de Infraestructura y supervisor de obras.
La sustitución del residente sólo procederá previa autorización escrita del funcionario de la Entidad que cuente con facultades suficientes para ello, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de presentada la solicitud a la Entidad. Transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento se considerará aprobada la sustitución. El reemplazante deberá reunir calificaciones profesionales similares o superiores a las del profesional reemplazado.
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CAPÍTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA
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EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos)
Es de exclusiva responsabilidad del Comité Especial que los factores permitan la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer.
FACTORES DE EVALUACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS
De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento, las Bases deben consignar los siguientes factores de evaluación, necesariamente:
-
FACTORES DE EVALUACIÓN - OBLIGATORIOS
PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN20
A.
EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL
(20 puntos)
Criterio:
Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecución de obras en general, durante un periodo xx xxxx (10) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a cuatro (4) veces el Valor Referencial de la contratación.
Acreditación:
La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepción y/o conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total.
En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares servirá para acreditar la experiencia en obras en general.
M = Monto facturado acumulado por el postor por la ejecución de obras en general
M > 2.0 veces el valor referencial y ≤ 2.5 veces el valor referencial:
10puntos
M > 2.5 veces el valor referencial y ≤ 3.0 veces el valor referencial:
15puntos
M > 3.0 veces el valor referencial y ≤ 3.5 veces el valor referencial:
17puntos
M > 3.5 veces el valor referencial y ≤ 4.0 veces el valor referencial:
20 puntos
B.
EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES
(30 puntos)
Criterio:
Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor correspondiente a la ejecución de obras similares, durante un periodo xx xxxx (10) años a la fecha de presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a una (01) vez al Valor Referencial de la contratación.
Se considerará obra similar a aquellas obras de Edificación, cuyo valor mínimo sea equivalente al quince por ciento (15%) del valor referencial.
Acreditación:
La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos y sus respectivas actas de recepción y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o contratos y cualquier otra documentación de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como su monto total.
En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que se participó en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
OBRAS SIMILARES AL OBJETO DEL CONTRATO
Se consideraran obras similares a las obras de infraestructura (Construcción, mejoramiento, restauración y/o remodelación) de: centros educativos, universidades, hospitales, conjuntos habitacionales, mercados, centros comerciales, museos, edificios públicos y edificios multifamiliares (públicos o privados).
La obra presentada para acreditar la experiencia en obras generales servirá para acreditar la experiencia en obras en similares.
M = Monto facturado acumulado por el postor por la ejecución de obras iguales o similares.
M > 0.4 veces el valor referencial y ≤ 0.5 veces el valor referencial:
05 puntos
M > 0.5 veces el valor referencial y ≤ 0.6 veces el valor referencial::
10 puntos
M > 0.6 veces el valor referencial y ≤ 0.7 veces el valor referencial:
15puntos
M > 0.7 veces el valor referencial y ≤ 0.8 veces el valor referencial:
20 puntos
M > 0.8 veces el valor referencial y ≤ 0.9 veces el valor referencial:
25 puntos
M > 0.9 veces el valor referencial y ≤ 1.0 veces el valor referencial:
30 puntos
C.
EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO
(35 puntos)
C.1 EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO
C.1.1 Ingeniero Residente (20 puntos)
Criterio:
Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto para la ejecución de la obra como Residente de Obra Similares.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Se adjuntará copia simple de los i) contratos, ii) certificados, iii) constancias o iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del profesional propuesto.
La experiencia acreditada en los RTM no podrán ser usados para los Criterios de Evaluación.
C.1.2 Ingeniero Asistente (10 puntos)
Criterio:
Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto para la ejecución de la obra como Residente y/o Asistente de Residente y/o Supervisor y/o Asistente de Supervisor y/o Inspector en Obras Similares.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Se adjuntará copia simple de los i) contratos, ii) certificados, iii) constancias o iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del profesional propuesto.
La experiencia acreditada en los RTM no podrán ser usados para los Criterios de Evaluación.
C.1.3 Especialista Ambiental (05 puntos)
Criterio:
Se evaluará en función al tiempo de experiencia en la especialidad del personal propuesto para la ejecución de la obra como Especialista Ambiental de Obra en obras Similares.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
Se adjuntará copia simple de los i) contratos, ii) certificados, iii) constancias o iv) cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia del profesional propuesto.
La experiencia acreditada en los RTM no podrán ser usados para los Criterios de Evaluación.
M > 18 meses hasta ≤ 24 meses:
05 puntos
M > 24 meses hasta ≤ 30 meses:
10 puntos
M > 30 meses hasta ≤ 36 meses:
15 puntos
M > 36 meses hasta ≤ 48 meses:
20 puntos
M > 3 meses hasta ≤ 6 meses:
01 puntos
M > 6 meses hasta ≤ 8 meses:
04 puntos
M > 8 meses hasta ≤ 10 meses:
07 puntos
M > 10 meses hasta ≤ 12 meses:
10 puntos
M > 3 meses hasta ≤ 6 meses:
01 puntos
M > 6 meses hasta ≤ 8 meses:
02 puntos
M > 8 meses hasta ≤ 10 meses:
03 puntos
M > 10 meses hasta ≤ 12 meses:
05 puntos
CUMPLIMIENTO DE EJECUCIÓN DE OBRAS
(15 puntos)
Criterio:
Se evaluará el nivel de cumplimiento del postor, respecto de las obras en general o similares presentadas para acreditar la experiencia del postor, en función al número de constancias de prestación presentadas.
Acreditación:
Mediante la presentación de copia simple de un xxxxxx xx xxxx (10) constancias de prestación o cualquier otro documento que, independientemente de su denominación, indique, como mínimo, lo siguiente:
1. La identificación del contrato, indicando como mínimo su objeto.
2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado durante la ejecución contractual.
Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista durante la ejecución de dicho contrato.
Notas:
1. Los certificados o constancias deben referirse a las obras que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. En caso la experiencia se haya acreditado con un número mayor xx xxxx obras, para la aplicación de la fórmula propuesta, se considerará que se han presentado únicamente diez (10) obras, ya que tal es el número máximo de constancias de cumplimiento permitidas por la normativa.
2. Ver Pronunciamientos Nº 108-2010/DTN y Nº112-2010/DTN.
Se debe utilizar la siguiente fórmula de evaluación21:
PCP= PF x CBC
NC
Donde:
PCP = Puntaje a otorgarse al postor.
PF = Puntaje máximo al postor.
NC = Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor.
CBC = Número de constancias de prestación válidas.
PUNTAJE TOTAL
100 puntos22
IMPORTANTE:
Los factores de evaluación no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos.
Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor deberá obtener un puntaje técnico mínimo de sesenta (60) puntos.
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
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IMPORTANTE:
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.
Conste por el presente documento, la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [CONSIGNAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a los Requerimientos Técnicos Mínimos, obligándose la contratista a realizar a favor de LA MUNICIPALIDAD lo siguiente: La Ejecución de la Obra conforme a las especificaciones contenidas en el Expediente Técnico aprobado, y sobre el monto a suma alzada pactado a través del presente contrato comprendiendo; la utilidad, gasto administrativo, y todo concepto, y/o costo por ensayos, pruebas, derechos laborales, y cualquier otro gasto necesario para la entrega operativa de la obra.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.23
El monto total comprende la mano de obra y cumplimiento de la normativa laboral, pagos a Entidades de Seguridad Social, SENCICO, pago de las declaraciones SUNAT, costo de equipos, maquinaria, herramientas, materiales, fletes, seguros e impuestos; protección y mantenimiento de la obra durante el período de construcción hasta la entrega de la misma, dirección técnica, gastos generales, utilidad, y todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución del objeto de contratación hasta su total culminación y entrega operativa.
El monto del contrato por Ejecución de Obra será abonado mediante valorizaciones de avance mensuales que tendrán el carácter de pagos a cuenta. Todo servicio y/o gasto que no esté incluido en el presente contrato, ni autorizado vía resolutiva por LA MUNICIPALIDAD no será reconocido.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO24
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en periodos de valorización [CONSIGNAR MENSUALES U OTRO TIPO DE PERIODO], conforme a lo previsto en la sección específica de las Bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL CONTRATISTA, según corresponda, se obligan a pagar el monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de [CONSIGNAR PLAZO EN DÍAS] días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a LA ENTIDAD, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses, de conformidad con el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las valorizaciones siguientes.
La afectación presupuestaria de gastos del presente Contrato de Ejecución de Obra, se atenderá con la Estructura Funcional Programática previamente establecida y de acuerdo a la Disponibilidad Presupuestal conforme a las transferencias efectuadas por el Ministerio de Vivienda Construcción.
De conformidad con el Numeral 27.3, del Artículo 27º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el presente Contrato de Ejecución de Obra se sujeta a la disponibilidad presupuestaria y financiera de la entidad. Se encuentra financiado con recursos ordinarios, por transferencia de recursos del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento a través del Programa Agua para Todos.
Todos aquellos gastos que no se incluyan en el presente Contrato y que no hayan sido previamente autorizados en forma escrita por la Municipalidad Distrital xx Xxxxx, no serán reconocidos.
El desarrollo de la ejecución de la obra constará detalladamente en el Calendario de Avance de Obra Valorizado, elaborado en concordancia con el cronograma de desembolsos económicos establecido, con el plazo de ejecución del Contrato y sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (PERT-PCM), el cual deberá considerar la estación climática propia del área donde se ejecute la obra, cuando corresponda.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de la sección general de las Bases.
IMPORTANTE:
Cuando en el expediente de contratación se establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad de concurso oferta, en lugar del párrafo anterior, deberá consignarse lo siguiente:
“El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, el que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.”
Cuando en el expediente de contratación se establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad llave en mano, en lugar del párrafo anterior, deberá considerarse lo siguiente, según corresponda:
“El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria y el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento, es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de la sección general de las Bases.” 25
“El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, el que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma y el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y MONTAJE DEL EQUIPAMIENTO, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.” 26
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora27 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato28: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
Las Cartas Fianzas entregadas por EL CONTRATISTA deberán ser solidarias, irrevocables, incondicional, sin beneficio de excusión, de realización automática, extendida y ejecutable en el Departamento de Lima, otorgada únicamente por una entidad autorizada de forma expresa por la Superintendencia de Banca y Seguros, y AFP, cuya ejecución será al solo requerimiento escrito de LA MUNICIPALIDAD; con copia anexa, y original que permanecerá en custodia de la Unidad de Tesorería, de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias29: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE LA OBRA
La conformidad de la obra será dada con la suscripción del Acta de Recepción de Obra.
CLÁUSULA DECIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: SEGUROS
EL CONTRATISTA antes del inicio de la ejecución del presente contrato, y bajo su responsabilidad deberá obtener todos los seguros necesarios según la normatividad aplicable, los mismos que deberán acreditarse ante LA MUNICIPALIDAD, de acuerdo a las Bases y lo dispuesto por ley, y se mantendrán vigentes hasta que el objeto de este contrato haya sido cumplido a favor de LA MUNICIPALIDAD, debiendo EL CONTRATISTA verificar mensualmente el estado de pagos de la póliza. Las pólizas estarán a disposición de LA MUNICIPALIDAD quien podrá solicitarlas en cualquier momento para su verificación.
Esta obligación podrá ser reemplazada por una Declaración Jurada donde EL CONTRATISTA asume total responsabilidad por cualquier daño a la obra por fenómenos naturales climáticos natural obligándose a la total reposición de las(s) parte(s) dañadas sin mayor costo para LA MUNICIPALIDAD, debiendo anexar copias certificadas a la Liquidación Final.
CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
Ni la suscripción del Acta de Recepción de Obra, ni el consentimiento de la liquidación del contrato de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.
El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE 7 AÑOS] años.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o del monto del ítem vigente que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = |
0.10 x Monto |
F x Plazo en días |
Donde:
F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Esta penalidad será deducida en la liquidación final, o si fuese necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
IMPORTANTE:
De preverse en los Requerimientos Técnicos Mínimos penalidades distintas a la penalidad por xxxx, se deberá consignar en esta cláusula el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad; los montos o porcentajes que se aplicarán por cada tipo de incumplimiento; y la forma o procedimiento mediante el que se verificará su ocurrencia.
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX.- OTRAS PENALIDADES Y MULTAS
Asimismo, la ENTIDAD ha considera la aplicación de otras penalidades según lo establece el Artículo 166 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Las penalidades en tanto por mil del monto del contrato, se describen en la siguiente tabla:
N° |
PENALIDADES SOBRE EL MONTO CONTRACTUAL |
MULTA (del monto contractual) |
Equivalencia según Contrato (S/.) |
1 |
INDUMENTARIA E IMPLEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. Cuando el contratista no cumpla con controlar o dotar a su personal o parte del personal el uso de los implementos de seguridad. La multa es por cada día. |
1/8000 |
|
2 |
ENTREGA DE INFORMACION INCOMPLETA Cuando el contratista entregue documentación incompleta, perjudicando el trámite normal de los mismos (solicitud de adelantos, valorizaciones, informes mensuales, adicionales, etc.), la multa será por cada trámite documentario de no ser subsanado en la fecha de presentación. |
1/5000 |
|
3 |
CARTEL DE OBRA Cuando el contratista no coloque el cartel de obra dentro de los 5 días calendarios del inicio del plazo contractual de la obra, la penalidad es por día no colocado. Hay obligación de mantener el cartel de obra durante la ejecución de la obra, se penalizara de la misma forma, cuando no se mantenga en el tiempo establecido. |
S/. 500.00 |
|
4 |
CRONOGRAMA VALORIZADO AL INICIO DEL PLAZO CONTRATUAL Cuando el contratista no cumpla con entregar el calendario valorizado adecuado a la Fecha de inicio del plazo de ejecución de obra, en un plazo de 24 horas, o en el caso de demoras injustificadas los cronogramas acelerados de trabajo, dentro del plazo indicado en la Ley de Contrataciones y su Reglamento. |
1/8000 |
|
5 |
PRUEBAS y ENSAYOS Cuando el contratista no realiza las pruebas o ensayos oportunamente para verificar la calidad de los materiales y los trabajos ejecutados. La multa es por cada incumplimiento. |
1/5000 |
|
6 |
RESIDENTE DE OBRA Cuando el Ingeniero Residente no se encuentra en forma permanente en la obra. La multa es por cada día de ausencia no justificada. |
1/10000 |
|
7 |
PERSONAL PROFESIONAL Cuando los ingenieros y demás profesionales especialista no se encuentren en obra, conforme al cronograma de trabajo establecido. La multa es por cada día de ausencia no justificada. |
1/5000 |
|
8 |
RECURSOS DECLARADOS EN LA PROPUESTA TECNICA Cuando el contratista no presente en su oportunidad los recursos declarados en la propuesta técnica (cambio de residente, equipo mínimo, plan de trabajo, etc). La multa es por cada recurso. |
1/10000 |
|
9 |
ENTREGA DE MATERIAL GRAFICO DE AVANCE DE OBRA Por la omisión de entrega de material grafico de avance de Obras en su oportunidad, por cada oportunidad de omisión. |
1/10000 |
|
10 |
PAGO PERDONAL OBRERO Cuando el contratista no cumpla con el pago oportuno al personal obrero y conforme a la legislación sobre la materia. La multa es por cada día de retraso. |
1/1000 |
|
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en los artículos 169 y 209 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLAUSULA DECIMO SEXTA: CONTROL DE CALIDAD
EL CONTRATISTA presentará en forma mensual, y obligatoria Informes del Control de Calidad, siguiendo las indicaciones de LA MUNICIPALIDAD, y al culminar los trabajos hará entrega de un Informe Final de los controles realizados, bajo su responsabilidad.
CLÁUSULA DÉCIMO SETIMA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS30
Todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieren a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva a inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado, bajo la organización y administración de los órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE y de acuerdo con su Reglamento.
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 184, 199, 201, 209, 210 y 212 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
XXXXXXXX XXXXXXXX.- DE LA LIQUIDACIÓN FINAL
Luego de la Recepción de las Obras, el Contratista presentará la Valorización de Liquidación Final, la cual será sometida a la aceptación u observación del Supervisor o de la ENTIDAD en forma escrita.
Esta valorización final, debe estar respaldado por:
Evidencia de que los trabajos comprendidos en el Contrato están libres de todo reclamo legal, deudas y prebendas (Declaración Jurada y otros documentos).
Monto actualizado del Contrato de acuerdo a las modificaciones autorizadas y realizadas durante el período de ejecución.
Cantidades de obra ejecutada de acuerdo a la Valorización Final de Medición.
Costo total de la obra ejecutada, incluyendo todos los trabajos realizados.
Declaración jurada de no tener reclamos laborales del MTPE y pagos pendientes a los trabajadores.
Documentos del pago de los derechos sociales (PDT) de los 18 meses en la que se demuestre que el CONTRATISTA no tiene deuda con ESSALUD y sistemas pensionarios ni con otros organismos vinculados a los trabajadores.
Monto total percibido por el Contratista hasta la Valorización anterior.
Deducciones en favor de la ENTIDAD por incumplimiento de plazo y otros conceptos, si los hubiera debidamente visados por la Tesorería quien asume la responsabilidad por ante los órganos de control y jurisdiccionales en caso posterior reclamo.
Saldo a favor o en contra del Contratista.
CLÁUSULA VIGESINO PRIMERA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
-
“LA ENTIDAD”
“EL CONTRATISTA”
FORMATOS Y ANEXOS
FORMATO N° 131
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN
Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191
Presente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.32
…..………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 1
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR |
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191
Presente.-
Estimados Señores:
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre o Razón Social : |
|
|||||
Domicilio Legal : |
|
|||||
RUC : |
|
Teléfono : |
|
Fax : |
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
|
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191
Presente.-
De nuestra consideración:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece LA EJECUCIÓN DE LA OBRA [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con el respectivo Expediente Técnico, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191
Presente.-
De nuestra consideración:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.
2.- Xxxxxxx, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección.
4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY 30191
Presente.-
De nuestra consideración,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones
[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ]
[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]
TOTAL: 100%
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..…………………………………. …………………………………..
Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2
ANEXO Nº 5
DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
IMPORTANTE:
Cuando en el expediente de contratación se establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad de concurso oferta, en lugar del párrafo anterior, deberá consignarse lo siguiente:
“Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, plazo que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.”
Cuando en el expediente de contratación se establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad llave en mano, en lugar del párrafo anterior, deberá consignarse lo siguiente, según corresponda:
“Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] y a montar el equipamiento hasta su puesta en funcionamiento en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.”33
“Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, plazo que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma y el montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y MONTAJE DEL EQUIPAMIENTO, EL CUAL DEBERÁ ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.”34
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 6
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS EN GENERAL
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL:
Nº |
CLIENTE |
OBJETO DEL CONTRATO |
N° CONTRATO |
FECHA35 |
MONEDA |
IMPORTE |
TIPO DE CAMBIO VENTA36 |
MONTO FACTURADO ACUMULADO37 |
1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
|
|
|
|
6 |
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
|
|
|
|
|
|
|
|
8 |
|
|
|
|
|
|
|
|
9 |
|
|
|
|
|
|
|
|
10 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 7
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS SIMILARES
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191
Presente.-
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES:
Nº |
CLIENTE |
OBJETO DEL CONTRATO |
N° CONTRATO |
FECHA38 |
MONEDA |
IMPORTE |
TIPO DE CAMBIO VENTA39 |
MONTO FACTURADO ACUMULADO40 |
1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
3 |
|
|
|
|
|
|
|
|
4 |
|
|
|
|
|
|
|
|
5 |
|
|
|
|
|
|
|
|
6 |
|
|
|
|
|
|
|
|
7 |
|
|
|
|
|
|
|
|
8 |
|
|
|
|
|
|
|
|
9 |
|
|
|
|
|
|
|
|
10 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
|
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
ANEXO Nº 8
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa41 se encuentra ubicado en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y
4.- Que la empresa no ejecuta obras fuera de la Amazonía.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
IMPORTANTE:
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO Nº 9
CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA
(MODELO)
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY 30191
Presente.-
De nuestra consideración,
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección, y el expediente técnico de obra42, mi propuesta económica es la siguiente:
CONCEPTO |
COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA] |
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
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La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
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Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
IMPORTANTE:
En caso de tratarse de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema de precios unitarios, deberá requerirse que el postor consigne en su propuesta económica los precios unitarios ofertados considerando las partidas, planos y cantidades referenciales contenidos en el expediente técnico que es parte de las Bases; y que se valorizarán en función a su ejecución real y por un determinado plazo de ejecución.
En caso de tratarse de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema a suma alzada, el postor formulará su propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para su ejecución, según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra contenidos en el expediente técnico, en ese orden de prelación; considerándose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que debe presentar para la suscripción del contrato, es referencial.
En caso de convocarse el proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente.
La propuesta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo 8), debe encontrase dentro de los límites del valor referencial sin IGV.
ANEXO Nº 10
DECLARACIÓN JURADA DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ ESPECIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO] EN EL MARCO DE LA LEY N° 30191
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que la información del personal propuesto para la ejecución de la obra es el siguiente:
NOMBRE |
DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD U OTRO ANÁLOGO |
CARGO Y/O ESPECIALIDAD |
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[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
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Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
1 Estas Bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:
Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición, renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
2 Para contratar la ejecución de una obra en el marco de la Ley N° 30191, deben cumplirse con las siguientes condiciones:
1. Que se trate de proyectos declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP).
2. Que su valor referencial corresponda a una Licitación Pública conforme a la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
3. Que su valor referencial no sea mayor a S/. 15 000 000.00 (Quince millones y 00/100 nuevos soles).
3 Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.
4 De acuerdo con el artículo 183 del Reglamento, este calendario se actualizará con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.
5 En las obras bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, estos requisitos deberán ser considerados para el inicio de la ejecución de la obra.
6 Ingenieros o arquitectos.
7 De acuerdo con el artículo 185 del Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un residente de obra.
8 Ingeniero o arquitecto, según lo requerido en el expediente técnico de obra que es parte de las Bases, conforme a la naturaleza de la obra a ser ejecutada.
9 En el expediente técnico que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer calificaciones y/o experiencia adicionales para el profesional propuesto como residente de obra, según la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser ejecutada.
10 De acuerdo con el artículo 190 del Reglamento, deberá contarse con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el proceso de selección.
11 En el caso de obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la elaboración del expediente técnico, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación. Asimismo, si la Entidad prevé la entrega del adelanto directo para la ejecución de la obra, el monto de este adelanto no podrá ser superior al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a esta prestación.
12 El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
13 No considerar este párrafo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
14 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
15 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.
16 La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.
17 El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento, en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.
18 De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento la propuesta económica solo se presentará en original.
19 De acuerdo con el artículo 183 del Reglamento, este calendario se actualizará con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.
20 De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento, para la determinación de los puntajes de cada factor de evaluación, deberá considerarse los márgenes aquí establecidos. En ningún caso, podrá establecerse puntajes que excedan dichos márgenes.
21 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento Nº 087-2010/DTN en xxx.xxxx.xxx.xx
22 Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.
23 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la Buena Pro haya presentado la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.
24 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
25 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico.
26 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
27 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.
28 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.
29 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de obras que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
30 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.
31 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección.
32 Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.
33 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la elaboración del expediente técnico.
34 Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.
35 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
36 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
37 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
38 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
39 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
40 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
41 En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras xx xxxxxx de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.”
42 Salvo en obras ejecutadas bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que incluya la elaboración del expediente técnico.