PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DE DIVERSOS ESPACIOS PÚBLICOS UBI- CADOS EN EL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO.-
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 331218/1
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DE DIVERSOS ESPACIOS PÚBLICOS UBI- CADOS EN EL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO.-
ARTÍCULO 1º: NORMATIVA:
- En todo lo no previsto por el presente Xxxxxx, rige lo dispuesto por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
- Tocaf
- Memoria Descriptiva Particular.
ARTÍCULO 2º: OBJETO:
El objeto de la presente Licitación es la contratación del servicio de Conservación y Limpieza del espacio público verde del departamento de Montevideo denominado SECTOR Nº 18, detallado en la Memoria Descriptiva adjunta, la que se considera parte integrante del presente pliego.
ARTÍCULO 3º: DATOS:
Los oferentes deberán detallar en sus propuestas todas las características del servicio ofrecido, incluyendo todo otro dato que juzguen de interés para una mejor ilustración de las ofertas.
Se sobrentenderá que todos los datos de esta manera suministrados tendrán el carác- ter de compromiso, es decir que en el momento de la prestación del servicio la I.M. exigirá una estricta correspondencia entre lo establecido en la propuesta y el servicio prestado.
Los licitantes deberán poseer por lo menos tres (3) antecedentes y/o referencias de realización de trabajos similares realizados en instituciones públicas y / o privadas en los últimos dos (2) años, debiendo indicarlo en su propuesta, y proporcionar todos los datos señalados en el cuadro de presentación de antecedentes a efectos de que sean tenidos en cuenta en el momento del estudio de las propuestas por la Administración.
La presentación del listado de trabajos realizados, se documentará de acuerdo al formato adjunto:
Presentación de antecedentes.
Lugar en que se prestó el Servicio | Año | Monto | Plazo de Contratación | Teléfono | Referencias | Breve descripción |
En caso de no presentar el listado con los datos solicitados, o de constatarse datos erróneos o falsos, se podrá desestimar la oferta, independientemente de otras acciones que puedan realizar la Administración.
La Administración podrá no tener en cuenta las ofertas de aquellos oferentes que tengan antecedentes de rescisiones de contrato con el Servicio de Áreas Verdes en los últimos dos (2) años.
ARTÍCULO 5º: FORMALIDADES DE LA PROPUESTA:
I) Las ofertas deben presentarse en un formulario denominado "FORMULARIO DE PROPUESTA"‚ que acompaña al Pliego Particular de Condiciones, adjuntando además, una PROPUESTA DE TRABAJOS que describirá el cronograma de las tareas a desarrollarse en el sector licitado y otros datos que se consideren de interés para la evaluación de la propuesta. No se considerará propuesta de trabajo la transcripción de los trabajos a realizar de la Memoria Descriptiva que rige el contrato.
Las ofertas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el oferente o su representante y foliadas en el margen inferior.
El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita, y se agregará a la oferta una copia simple en papel, con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía.
Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo no electrónico contra recibo, o por FAX al 00000000, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.
Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
II) Pago xx Xxxxxx: De comprobarse que no fue abonado el precio de los recaudos, la oferta será rechazada sin derecho a reclamación alguna.
III) Los oferentes podrán presentar en el acto de apertura, conjuntamente con su oferta, la documentación exigida en el numeral V) del presente artículo
IV) DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA A PRESENTAR POR EL OFERENTE EN EL ACTO DE APERTURA:
En el acto de apertura de propuestas los licitantes deberán exhibir:
- Fotocopia del título y de la cédula de identidad del Ing. Agrónomo designado, para agregar al expediente.
- Carta intención, si se presenta un proyecto de consorcio.
V) DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO:
BSE: El oferente que resulte adjudicatario, al momento del depósito de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, la Constancia de Seguro contra Riesgos de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales dispuesta por el artículo 61 de la ley 16.074, expedida por el Banco de Seguros del Estado, vigente.
Notarial: El oferente que resulte adjudicatario, en caso de ser una persona jurídica o un consorcio, deberá presentar, de no haberlo hecho conjuntamente con la oferta, un certificado notarial que acredite que el firmante de la oferta tiene facultades suficientes para representar a la empresa en esta clase de actos. El Escribano certificará además, respecto a la persona jurídica o el consorcio, la existencia, vigencia, el cumplimiento de lo dispuesto por la ley 17.904 art. 13 y ley 18.930 en caso de corresponder, y quiénes son los directores o administradores, a los efectos de lo previsto en el artículo 3º de la ley 18.244 (deudores alimentarios).
Si se trata de una persona jurídica extranjera deberá presentar la documentación que acredite la personería jurídica y vigencia, debidamente legalizada y traducida en su caso, y acreditar domicilio en Montevideo. Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por personas autorizadas, mediante poder correspondiente.
Consorcios: Se admitirá la presentación de consorcios ya constituidos o a constituirse con una carta intención.
En este último caso, si su propuesta fuera seleccionada como la más conveniente, antes de dictada la resolución de adjudicación, los oferentes deberán cumplir con los requisitos establecidos por la ley N° 16.060 y presentar el contrato de consorcio debidamente inscripto y publicado, en un plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la notificación del dictamen o informe de la Comisión Asesora.
Si la propuesta es presentada por dos o más empresas formando un consorcio, sin perjuicio de cumplir con las disposiciones anteriores, deberán establecer un domicilio único que será el domicilio legal y unificar la representación con facultades suficientes para actuar en nombre de aquél. Las notificaciones que se realicen al representante se considerarán válidamente hechas al consorcio. Las empresas que integran el consorcio o asociación asumen la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato, debiendo incluir en la propuesta una declaración suscrita por todos sus miembros asumiendo tal responsabilidad.
Frente a la I.M todas las empresas que integren el consorcio serán solidariamente responsables.
Cada firma que lo integra deberá cumplir los requisitos exigidos a las personas jurídicas individualmente y la documentación deberá presentarla en conjunto bajo el nombre del consorcio, pero indicando el nombre de la firma consorciada. A los efectos de la evaluación se considerarán los antecedentes en la proporción de la participación de cada empresa constituyente.
ARTÍCULO 6º: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA:
Las ofertas serán mantenidas por un plazo mínimo de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir del siguiente al acto de apertura de ofertas.
ARTICULO 7º: PLAZO DE CONTRATACIÓN:
El plazo de contratación de los servicios licitados es de 2 (dos) AÑOS contados a partir de la notificación de la Resolución de adjudicación o a partir de la fecha que indique la Intendencia de Montevideo.
ARTÍCULO 8º: CONTROLES:
a) El Servicio de Áreas Verdes dispondrá de controles a efectos de notificar a las Empresas de todo incumplimiento o inobservancia de lo dispuesto en la Memoria Descriptiva y en el Pliego de Condiciones Particulares, así como de toda orden de trabajo que deba ser realizada.
b) La Empresa designará un Ingeniero Agrónomo responsable de los trabajos que se realicen por parte de la misma que funcionará como nexo con el responsable por parte de la IM. Dicho Ingeniero no podrá realizar simultáneamente tareas para la Sección Arbolado de este Servicio en representación de la empresa adjudicataria. El incumplimiento de esta disposición ameritará un descuento equivalente al 5 % del monto mensual básico del contrato y su correspondiente ajuste paramétrico tantas veces como sea necesario. A los efectos de una rápida comunicación éste deberá acreditar un medio de comunicación seguro y eficiente (celular).
A los efectos de seguir el desarrollo de los trabajos, dicho profesional deberá concurrir un día a la semana obligatorio (a fijar oportunamente) al Servicio de Áreas Verdes. En caso de incumplimiento de esta disposición se procederá a realizar un descuento igual al 3% del valor mensual ofertado con el ajuste paramétrico correspondiente.
c) Se realizarán recorridas conjuntamente con el Ingeniero Agrónomo designado, en las cuales se constatará el estado de conservación del sector y el cumplimiento del cronograma previamente acordado.
El Servicio de Áreas Verdes dispondrá de los controles que considere pertinentes a los efectos de la calificación de la empresa en el Servicio.
ARTÍCULO 9º: PRECIO:
El precio deberá transcribirse en la oferta, en moneda nacional, por la totalidad de los trabajos a realizar y por rubros, de acuerdo a lo establecido en el FORMULARIO DE PROPUESTA adjunto. Toda vez que se mencione el precio en la propuesta y demás documentos relativos a la licitación, sin especificaciones aclaratorias, se entenderá que en el mismo está incluido el Impuesto al Valor Agregado.
DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa deberá establecer el descuento pronto pago para el caso de cobrar dentro de los primeros diez (10) días calendario y entre los once (11) y los veinte (20) días calendario de presentada cada factura en Contadu-
ría General, lo que será evaluado en cada pago por el departamento de Recursos Fi- nancieros.
Cuando los oferentes no hagan referencia al descuento pronto pago en su oferta, se entenderá que el precio se mantiene sin descuentos sin importar la fecha de cobro.
ARTÍCULO 10º: AJUSTE PARAMÉTRICO:
El precio será reajustado en forma semestral (los primeros 6 meses no hay ajuste) me- diante la aplicación de la siguiente fórmula paramétrica:
P = Po (0,8 J/,Jo + 0,2 V/Vo), donde:
P = valor actualizado
Po = valor a precios de licitación
J/Jo = índice de variación xxx Xxxxx (Grupo N° 19, subgrupo 16) *. V/Vo = índice del costo de vida ( Dirección Nacional de Estadística). Jo = jornal vigente 10 días antes de la fecha de la licitación.
Vo = Índice del costo de vida vigente treinta días antes de la fecha de la licitación.
J = jornal vigente el último día del mes de realización de los trabajos que se liquidan.
V = vigente treinta días antes de la fecha en que se finalizó los trabajos que se liqui- dan.
• En caso de no existir Laudo se regirá por la variación de la BPC (Base xx Xxxxxx- ciones y Contribuciones).
• Cuando a la fecha de apertura, no haya sido homologado el incremento del jornal en los Consejos de Salarios, y por tanto, puedan derivar aumentos en forma retroacti- va y con vigencia al momento cero de la licitación; se considerará este último valor a los efectos de definir el Jo.
ARTÍCULO 11º: FORMA DE PAGO:
El pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por prove- edores de bienes y servicios cumplidos, se realizará por transferencia a cuentas en la institución de intermediación financiera autorizada por el BCU, elegida por el provee- dor o acreedor.
A tales efectos los proveedores deberán, suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, ambos documentos incluídos en el instructivo de inscripción en el XXXX .-
En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior, el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho atraso ocasione.-
a) El pago se efectuará mensualmente de acuerdo con el monto establecido en su oferta, debiendo el adjudicatario presentar la solicitud correspondiente en las oficinas de la Contaduría General. Dicho pago será abonado si están realizados correctamente la totalidad de los trabajos contratados, de acuerdo con el informe del Director de Obras del Servicio de Áreas Verdes. En caso de no darse cumplimiento a la totalidad de los trabajos establecidos u otras obligaciones dispuestas en la memoria descriptiva y por el Pliego Particular de Condiciones, se efectuarán los descuentos correspondientes del Certificado de Pago mensual.
b) El monto de los trabajos extraordinarios e imprevistos podrá ser utilizado en su totalidad de una sola vez o fraccionado, a fin de realizar los trabajos necesarios. Estos trabajos extraordinarios y/o suministros serán liquidados mensualmente, previa aceptación del Director de Obra del Servicio de Áreas Verdes.
c) El pago de cada factura se realizará dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación en la Contaduría General.
La IM podrá realizar el pago con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario, las condiciones de los mismos.
En caso que el pago en moneda nacional se realice pasados los treinta (30) días calendario, contados desde la presentación de la factura en la Contaduría General, se aplicará el 50% de la tasa media de interés para empresas grandes y medianas, moneda nacional no reajustable, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos treinta días y solamente por los días que superen dicho plazo.
La factura por el ajuste de precios, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.
ARTÍCULO 12º: EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE OFERTAS:
Antes de proceder a la evaluación detallada, la IM determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación.
De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la licitación, de acuerdo al siguiente criterio:
a) Antecedentes favorables en los últimos dos (2) años de la empresa en contratos del Sector que se licita 5 puntos
Puntaje:
Con antecedentes favorables en Sector licitado = 5 puntos Sin antecedentes favorables en Sector licitado = 0 puntos
b) Antecedentes de la empresa en el Servicio de Áreas Verdes en sectores Mantenimiento y Arbolado 35 puntos
Puntaje:
mas de 5 multas en últimos dos años 0 puntos de 4 a 5 multas en últimos dos años 8 puntos de 1 a 3 multas en últimos dos años 15 puntos sin multas en últimos dos años 35 puntos empresa que cotiza por primera vez 10 puntos
c) Xxxxxx, sin considerar descuento pronto pago 60 puntos
Puntaje: (Pmin/Pof ) X 60, donde Pmin es el menor precio ofertado y Pof es el precio de la oferta considerada.
Total: 100 puntos
ARTÍCULO 13°: MEJORAMIENTO DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES:
La IM podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del TOCAF, recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.
ARTÍCULO 14º: IMPORTANTE:
- De acuerdo a la Resolución Nº 2.516/92 de fecha 0 xx xxxxx xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, “tanto los vehículos particulares directamente contratados por esta Intendencia, como los que pertenezcan a empresas privadas con relaciones contractuales con este Departamento, deben estar empadronados en los Registros de esta Comuna”.
ARTÍCULO 15º: FORMA DE ADJUDICACIÓN:
La IM se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
La forma de adjudicación será en forma Global, es decir, a un solo oferente.
ARTÍCULO 16º: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO -NOTIFICACIÓN:
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Resolución de Adjudicación, previa intervención del TCR.
La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
a) Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario, la cual podrá ser enviada en forma válida por fax.
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la IM podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efectos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
El adjudicatario queda obligado a presentarse en el Servicio de Áreas Verdes dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al de la formalización del contrato y allí se le indicará el día a partir del cual comenzará a prestar el servicio. La falta de cumplimiento de cualesquiera de estas obligaciones podrá dar mérito a que se revoque la adjudicación, sin perjuicio de las sanciones que correspondan.
ARTÍCULO 17°: GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA:
Antes de la fecha prevista para la apertura de propuestas los interesados podrán depositar como garantía de mantenimiento de propuesta una cifra de $ 82.100 (pesos
uruguayos ochenta y dos mil cien) de acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del T.O.C.A.F.
Esta garantía podrá constituirse mediante depósito en efectivo en pesos uruguayos, valores públicos, fianza a aval bancario, o póliza de seguro de fianza y se depositará en Tesorería General (art. 11 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones). Si se quiere hacer efectiva la garantía mediante cheque (pesos uruguayos o dólares estadounidenses) el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
Para hacer efectivo el depósito en garantía de mantenimiento de oferta en Tesorería General, el oferente deberá estar inscripto como proveedor en la IM por lo que se recomienda a aquellos interesados a participar en esta licitación que no lo estén, pasar por la Unidad de Atención a Proveedores del Servicio de Compras con anticipación a la fecha prevista para la apertura de dicha licitación.
En caso de haber optado por realizar el depósito de mantenimiento de oferta, el mismo no podrá realizarse con posterioridad a la fecha de apertura.
Si el oferente opta por garantizar el mantenimiento de su oferta, se le entregará recibo de depósito de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, expedido por Tesorería de la I.M.- El recibo debe estar a nombre del oferente y cuando se postule un consorcio o proyecto de consorcio, en el recibo debe figurar como mínimo el nombre de uno de los consorciados.
En caso de no presentar la garantía de mantenimiento de oferta, el incumplimiento en el mantenimiento de la oferta se sancionará con una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto máximo de su oferta. El acto administrativo o resolución que imponga la multa será título ejecutivo, sin perjuicio del resarcimiento de los eventuales daños y perjuicios que dicho incumplimiento pueda haber causado a la Administración y la comunicación del hecho al Registro Único de Proveedores del Estado.
ARTÍCULO 18º: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:
En caso de adjudicaciones por importes superiores al previsto por el articulo 64 del TOCAF, se deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato. El adjudicata- rio ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para realizar el referi- do depósito. El mismo ascenderá al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 19 xxx Xxxxxx Único. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo del servicio y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si se esta- bleciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por periodos
sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración mediante la entrega del documento al adjudicatario.
Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autori- zación para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermedia- ción financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario o Concesionario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta (30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar a las sanciones previstas en el presente pliego.
La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en documento apropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.
ARTICULO 19º: RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA:
La Empresa contratada será responsable de:
a) Toda pérdida o daño que se produjera en árboles, arbustos, florales, césped, existentes en el Sector a su cargo, como consecuencia xx xxxxx inadecuado, aplicación incorrecta de productos fitosanitarios y herbicidas, podas mal realizadas. A efectos de realizar los descuentos a tales pérdidas o daños, la fijación del precio que se establezca para cada ejemplar por parte de la Servicio de Áreas Verdes dependerá de la especie, el valor promedio en los viveros reconocidos de plaza, como también por su valor paisajístico, histórico o de ejemplar único. En todos los casos la Empresa contratada tendrá la oportunidad de reponer el ejemplar idéntico al dañado, previa aprobación del Director de Obra, cuando entienda necesaria su reposición (plantas, tierra, mano de obra, flete, etc.). La Empresa deberá efectuarla sin cargo alguno, no quedando exenta de multas y pago de diferencias que pudieran existir en el valor de los ejemplares de acuerdo con lo que estime la Servicio de Áreas Verdes.
b) Cuidado total del área licitada en horas hábiles, evitando sustracciones o daños en los elementos vegetales y no vegetales que la integren. En caso de anomalías verificadas, deberá realizar por escrito la correspondiente denuncia a la Servicio de Áreas Verdes y si correspondiere a las autoridades policiales.
c) Tener a su personal dependiente con VESTIMENTA UNIFORME que la identifique en todo momento. Dicha vestimenta será definida en acuerdo con el Director de Obras de la Servicio de Áreas Verdes, prohibiéndose expresamente la propaganda.
En caso de incumplimiento de esta disposición se procederá a realizar un descuento igual al 5% (cinco por ciento) del valor mensual ofertado con el ajuste paramétrico
correspondiente. Dicho descuento será tenido en cuenta como un antecedente negativo para la adjudicación de futuras licitaciones.
d) En las áreas licitadas en las que existan tomas de agua, la empresa deberá hacer uso de las mismas, quedando a su cargo el cuidado xx xxxxxxxx, llaves de paso y su correcto funcionamiento, evitando sustracciones y pérdidas de agua, como así también la reparación de las cañerías con pérdidas de agua que alimenten las tomas desde los ramales de OSE y/o realizar las denuncias ante ese organismo por roturas en la red de suministro de agua potable.
e) El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su propuesta, realizándolos en un todo de acuerdo con el pliego de condiciones, me- moria descriptiva, detalles a entregarse en el transcurso de los trabajos y con las ins- trucciones verbales y/o escritas que personalmente se le indicarán al responsable de la empresa. La omisión o errores de cálculo en la presentación de la propuesta no le otorgará derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
f) Serán de cuenta del contratista todos los gastos originados por el pago de Sueldos y Jornales con sus correspondientes cargas sociales los que deberán ser abonados al personal de acuerdo a lo establecido por Decreto ley 14.159 de fecha 21.02.1974, en la redacción dada por el artículo 719 de la ley 16.170.
g) La Empresa deberá cumplir con todas las normas legales en materia de salarios, seguros, leyes sociales, impuestos, etc. Será obligación entregar al inicio de los trabajos y mensualmente copia de los recibos de sueldos, planillas de inscripción del MTSS, aportes al BPS y constancia de Xxxxxxx contratados.
h) El adjudicatario se compromete a tomar las medidas necesarias para evitar daños a su personal, a terceros y a propiedades o bienes públicos o privados. De producirse daños, el adjudicatario será responsable de la reparación de los perjuicios que le sean imputables.
i) El contratista deberá reponer o indemnizar las faltas, roturas, deterioros o desperfec- tos causados en ocasión del desempeño de su actividad. Indemnizará por daños cau- sados a funcionarios municipales o a terceros, cuando se constate responsabilidad de sus operarios por omisión o negligencia o trato inadecuado de los equipos y materia- les.
j) Se prohíbe el uso de publicidad ajena a la empresa en la vestimenta y en los equi- pos.
k) El adjudicatario contratará todos los seguros obligatorios previstos por la reglamen- tación vigente, debiendo incluir como mínimo el seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y los seguros contra daños a terceros. Los seguros de- berán ser contratados en una institución habilitada por la Superintendencia de Empre- sas Aseguradoras del Banco Central del Uruguay.
ARTICULO 20º: OBLIGACIONES ESPECIALES:
a) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral (convenio colectivo Grupo N° 19, subgrupo 16) en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. Asimismo deberá cumplir la normativa vigente en materia de protección de los trabajadores en el ejercicio de la libertad sindical. En caso que no existieran laudos o convenios colectivos vigentes para la rama de actividad laboral, la Empresa adjudicataria quedará obligada a pagar por lo menos el salario mínimo nacional.
La IM, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.
En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la IM se reserva el derecho de rescindirlo en forma unilateral sin derecho a reclamación alguna, por responsabilidad imputada al adjudicatario.
La IM exigirá a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza del seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados.
En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de M. tiene la potestad de
retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.
b) Ley 18.099 en concordancia con ley 18.251- La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado.
La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la X.xx M. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, daños y perjuicios ocasionados a terceros.
Los antes referidos gastos serán reembolsados a la IM ajustados por el Índice de Precios al Consumo.
ARTICULO 21º: SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL:
La Empresa contratada está obligada a contratar un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL por un mínimo equivalente a U$S 50.000 (dolares estadounidenses cincuenta mil) dólares americanos, por un período que abarque toda la vigencia del contrato.
Previo a la formalización del acta de iniciación de los trabajos adjudicados, se exigirá una fotocopia de la contratación del seguro indicado, y previo a cada pago se controlará la vigencia del mismo.
El incumplimiento de lo antes establecido dará derecho a la IM a rescindir el contrato, con pérdida de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por parte del adjudicatario, sin perjuicio de las demás acciones legales pertinentes.
ARTÍCULO 22º: XXXX:
La xxxx en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Contratista, se produ- cirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modali- dad y carácter de los mismos, o por el hecho de hacer algo contrario a lo estipulado o no hacer lo debido, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
ARTÍCULO 23º: RESCISIÓN Y SANCIONES:
La falta de cumplimiento parcial o total de cualesquiera de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, habilitará a la IM a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores. La rescisión por incumplimiento del Contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 24º: INCUMPLIMIENTO:
La omisión del adjudicatario en el cumplimiento del contrato sin causa debidamente justificada habilitará a la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, en caso de haber correspondido el depósito de la misma, así como también la aplicación de las sanciones genéricas establecidas en el art. 23 (RESCISIÓN Y SANCIONES).
a) Independientemente de lo dispuesto en el Art. Nº 25 (DESCUENTOS, lit. "b"), en los casos de NO REALIZAR las tareas establecidas en el Art. Nº 2 de la Memoria Descriptiva (todos los incisos), se aplicará un descuento del 3% por cada ítem no cumplido, del Certificado de Pago mensual correspondiente (incluido el ajuste paramétrico).
Igual descuento regirá para el caso de no cumplirse con lo dispuesto por el Art. Nº 10 de la memoria descriptiva correspondiente.
b) Para el caso del xxxxx xx xxxxxxxx florales, (Art. Nº 2 literal "l” de la memoria descriptiva) el plazo a regir será de 24 horas, a diferencia del establecido en el Art. Nº 25 (D E S C U E N T O S) literal "b". Este descuento se aplicará tantas veces como CEDULONES NO CUMPLIDOS‚ tenga la Empresa contratada.
ARTICULO 25º: DESCUENTOS:
a) La NO realización por parte de la Empresa contratada en tiempo y forma de cualquiera de los trabajos licitados, dará lugar a que el Director de la Servicio de Áreas Verdes, a propuesta del Director de Obra, disponga los realice la propio Servicio u ordene su realización por terceros. El costo de estos trabajos será deducido del Certificado de Pago mensual que correspondiere percibir a dicho contratista, o de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
b) En caso de ser insatisfactorio el estado general de conservación del sector o que el mismo no se ajuste a las tareas descriptas en la PROPUESTA DE TRABAJO, se procederá a la entrega de un CEDULON (Art. Nº 8 lit. “a” del P. P. C.), detallándose los TRABAJOS NO REALIZADOS (Art .Nº 2 de la M. D. y/o Art. Nº 5 xxx Xxxxxx Particular de Condiciones). Por cada CEDULON emitido, se descontará del certificado de pago correspondiente, la cantidad de 5 U.R. (unidades reajustables cinco) independientemente de los descuentos que correspondieren por TRABAJOS NO REALIZADOS.
Transcurrido un plazo máximo de 48 horas hábiles y aptas para el desarrollo normal de las actividades laborales contado desde la notificación, si se constata el INCUMPLIMIENTO TOTAL O PARCIAL de lo detallado en el CEDULON por trabajos no realizados correspondiente, se realizará un DESCUENTO del 26 % del PAGO MENSUAL, incluido el ajuste paramétrico correspondiente, sin perjuicio de otros descuentos que correspondieren.
Este descuento se aplicará tantas veces como corresponda y será tomado en cuenta como un antecedente negativo para la adjudicación de futuras licitaciones.
c) Se podrá rescindir el contrato a toda Empresa que formule en sesenta (60) días consecutivos, descuentos que superen el 50% del valor mensual de contratación por incumplimiento de las normas vigentes.
ARTÍCULO 26º: CESIÓN DEL CONTRATO:
El adjudicatario no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consentimiento expreso por escrito de la IM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.
ARTÍCULO 27º: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE PROVEEDOR:
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, tener al día el Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, piso 1 ½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
ARTÍCULO 28º: CONSULTAS Y SOLICITUD DE PRÓRROGA:
Solo los adquirentes xxx xxxxxx podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta cinco (5) días hábiles antes del plazo fijado para la
apertura de las ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas, por e-mail a xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía FAX 0000 0000.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas a todos los interesados que hayan comprado el pliego, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx entrar en Empresas - Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los interesados, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
ARTÍCULO 29º: REGISTRO DE PROVEEDORES:
Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM para poder presentarse a la licitación. Si ya estuvieran inscritos en el XXXX, en estado “Activo”, se migran al Registro de la Intendencia, con solo mencionar dicha situación en la oficina de Atención a Proveedores de la Intendencia. De no hallarse registrados en ninguno de los dos Registros al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio.
Para ser adjudicatarios, necesariamente deberán estar inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales).
Una vez en estado “ACTIVO” en XXXX quedarán en condiciones de ser migrados en el Registro de Proveedores de la I.M..
Si al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
ARTÍCULO 30°: RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS:
La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.
ANEXO 1 – MEMORIA DESCRIPTIVA
MEMORIA DESCRIPTIVA DE LOS TRABAJOS QUE REGIRÁ EL LLAMADO A LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DE DIVERSOS ESPACIOS PÚBLICOS UBICADOS EN EL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO.
ARTÍCULO Nº 1: Llámase a licitación para la contratación de “SERVICIOS DE CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA” de los siguientes espacios públicos verdes ubicados en el Departamento de Montevideo.
SECTOR Nº 18:
Xxxxxx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Miguelete entre:
Xx. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxxxx, Xx. Xxxxxxxxxx, calle de circulación y Av. Agraciada.
Xxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxx Miguelete entre:
Av. Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx y Av. Agraciada limitando con calle de Circulación o en su defecto un ancho de 25 metros a partir del cauce xxx xxxxxx.
Ambas márgenes xxx Xxxxxx Miguelete entre Xx. Xx. Xxxx X. Xx Xxxxxxx x Xxxx. Xxxx Xxxxxx x Xxxxxxx delimitado por:
Av. Xx. Xxxx X. xx Xxxxxxx, Xxxxx xx Xxxx, Costanera xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, Av. Xxxxxx, Rambla Fco. Lavalleja, Costanera Xxxxxx Miguelete(franja de 20 mts a partir del cauce), Br. Xxxx Xxxxxx y Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxx, Costanera Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxx, Av. Xxxxxx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxx, Costanera Xxxxxx Miguelete, áreas verdes comprendidas entre Xx. Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx x Xxxxxx Xxxxx xx Xxxx.
INCLUYENDO: predio del Museo Xxxx Xxxxxx Xxxxxx (Costanera xxxxxx Miguelete, Av. Xxxxxx y Xxxxxx Xxxxxx) y Plaza de Andalucía.
Queda excluído el Jardín Japonés.
La empresa deberá proporcionar y plantar a sus costo hasta 1500 florales o su equivalente en herbáceas en dos plantaciones por año durante la vigencia del contrato, prórroga o ampliación del mismo.
NOTA: personal permanente de acuerdo al artículo N° 9 inciso “d” correspondiente de la memoria descriptiva, NO SE EXIGE.
ARTÍCULO Nº 2: DE LOS TRABAJOS DE CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA.
Son aquellos a realizar necesarios para la correcta conservación y limpieza del área, debiendo ser su atención continua y completa de lunes a domingos de acuerdo a las exigencias del sector.
Se deberá mantener el total del sector en aceptable estado en forma permanente de acuerdo con los siguientes ítems:
a) Preparación de la tierra en los canteros florales: la misma deberá ser efectuada en la forma que indicará el Técnico del Servicio de Areas Verdes y constará de una carpida con extracción de malezas y una punteada de 20 a 30 cms de profundidad.
b) Carpido y desmalezado en canteros florales‚ de forma tal que éstos estén libres permanentemente de malezas y con tierra removida.
c) Plantación de florales estacionales y perennes. De acuerdo a las directivas que se impartan para cada caso y dentro de los plazos que se establezcan.
d) Mantenimiento del césped (corte, recorte y barrido). Los trabajos comprenden las áreas xx xxxxxxxx, veredas, y todo espacio verde encespado comprendido en el sector licitado.- La altura del corte del césped deberá ser mantenida dentro del rango comprendido entre los 3 cms. inferior y 8 cms. superior. El corte del césped, recorte de bordes (en cordones, cordonetas, rocallas, canales de desagües, muros, etc.) y el barrido correspondiente se realizará al menos una vez por día para mantener el área en aceptables condiciones de conservación. Se establece expresamente la obligación del uso de pastera rotativa o helicoidal en todas las áreas encespadas que así lo permitan. Esto excluye el uso de desmalezadora aérea para la realización del xxxxx xxx xxxxx vegetal en estos casos.
e) Plantación de árboles, arbustos, palmeras‚ de acuerdo a las directivas que se impartan para cada caso y dentro de los plazos que se establezcan.
f) Extracciones de árboles, arbustos y palmeras, secos, mutilados o en mal estado vegetativo (se considerarán parte de los trabajos de conservación y mantenimiento, incluyendo las extracciones de las cepas). La indicación de los ejemplares y las cepas a extraer, se hará bajo las directivas del Técnico del Servicio de Áreas Verdes. En particular, las cepas que se deban extraer, serán indicadas en cada caso por el Técnico del Servicio de Areas Verdes . Se incluyen también el retiro de cepas y fustes aquellos árboles y arbustos que caigan por efectos de fenómenos climáticos adversos como temporales, etc.
g) Poda de los árboles, arbustos, palmeras que integran el área‚ con el fin de conformarlos, rejuvenecerlos o intervenirlos por otro motivo. Se incluyen en estos trabajos a todos los ejemplares que a consecuencia de fenómenos climáticos adversos (vientos, tormentas, etc.) u otras causas fueran dañados. Estos trabajos se realizarán de acuerdo a las directivas que imparta el Técnico del Servicio de Áreas Verdes .
En particular en el caso de PALMERAS, se establece que deberá realizarse al menos una poda anual de hojas secas u otros (que hayan perdido su valor vegetativo u ornamental) incluido dentro del servicio de mantenimiento y conservación.
h) Retiro en forma permanente de todo cartel o similar‚ que se coloque en los espacios cuya conservación y limpieza se licitan, incluidos los carteles fijados a los árboles y arbustos. Los mencionados carteles serán trasladados al depósito que indique el Servicio de Áreas Verdes, dentro del Departamento de Montevideo.
i) Limpieza y barrido del área contratada (pavimentos peatonales, caminerías, cordones, veredas, calzada contra los cordones de vereda y áreas encespadas). Se deberá retirar diariamente papeles, plásticos, arena, restos vegetales y todo otro tipo de residuos que se hallaren dentro del área contratada producto de la propia actividad de jardinería o eventos públicos (deportivos, musicales, culturales, etc. autorizados por la I.M.), escombros u otros materiales que aparecieran circunstancialmente.
Deben mantener libre de residuos todas las papeleras que existan en los parques, incluyendo reponer las bolsas descartables en los casos que lo ameriten.
El producto de todas estas limpiezas o barridos deberá ser embolsado, separando de los residuos los envases plásticos, los que deberán ser depositados en los contenedores de la IM que se encuentren en la zona. Las bolsas deben poseer el membrete de la empresa, debiendo ser retiradas en el día con camiones a su costo.
El traslado de todo el producido por barridos y/o retiros de materiales acumulados en el área, deberá efectuarse con vehículos de carga acondicionados con lonas que cubran la totalidad de la caja.
j) Limpieza permanente de las fuentes y/o espejos de agua de tal forma de mantenerlos libres de papeles, polietileno, residuos orgánicos, metales (chatarra), eventuales plantas invasoras, depósitos de tierra y otros elementos contaminantes macroscópicos.
k) Control total de hormigas. Se realizará con los específicos que indicará el Técnico responsable del Servicio de Áreas Verdes y se aplicarán tantas veces como sea necesario (bajo ningún concepto podrán usarse clorados). El Ing Agrónomo de la empresa deberá indicar a su personal los productos a utilizar, siendo la forma de aplicación o sus resultados de su responsabilidad.
l) Xxxxx xx xxxxxxxx florales, árboles, arbustos y áreas encespadas, de forma tal de mantener la vegetación en óptimas condiciones de acuerdo a las directivas del Técnico responsable del Servicio de Áreas Verdes .
En las áreas licitadas en las que existan tomas de agua, la empresa podrá hacer uso de las mismas, quedando a su cargo el cuidado xx xxxxxxxx, llaves de paso y su correcto funcionamiento, evitando sustracciones y pérdidas de agua. Los accesorios xx xxxxx (mangueras, aspersores, soportes, etc.,) deberán ser provistos por la Empresa contratada. En caso de no existir agua disponible el licitante deberá resolver el problema con camiones cisterna, tanque u otros métodos a su costo (exceptuando las áreas encespadas) para que los riegos se realicen en la forma que indicará el Técnico del Servicio de Áreas Verdes. En ningún caso la solución del problema puede alterar el aspecto paisajístico del sitio y cualquier otra alternativa a aplicar deberá contar previamente con la anuencia del Técnico responsable del Servicio de Áreas Verdes.
m) Control de malezas mecánico o con herbicidas. En el caso de que sea imprescindible la utilización de agroquímicos se hará con los específicos y en las dosis que el Técnico del Servicio de Áreas Verdes .
El deshierbe comprende además, caminos, caminos peatonales, cordones, veredas, calzada contra los cordones de veredas, canales de desagües, etc. En el caso de afirmados, caminería, cordones de vereda, calzada contra los cordones, está prohibido el uso de aquellos elementos mecánicos que puedan ocasionar deterioros y/o roturas.
EL METODO DE APLICACION DE LOS AGROQUIMICOS SERA RESPONSABILIDAD DEL ING. AGRONOMO DE LA EMPRESA ASUMIENDO DICHO PROFESIONAL LA TOTALIDAD DE LOS RIESGOS QUE PUEDAN OCASIONARSE, TANTO EN EL AREA ADJUDICADA COMO EN EL MEDIO AMBIENTE EN GENERAL.
n) Realización de todo trabajo específico de jardinería‚ que sea necesario para el correcto mantenimiento del área conservada.
ñ) La atención de los trabajos‚ deberá ser de forma continua y completa a efectos de mantener el total del Sector en aceptable estado de conservación permanentemente.
o) encargarse de realizar el aporte de compost suministrado por la Intedencia desde la planta TRESOR por lo menos una vez al año en los canteros florales y realizar los riegos necesarios de los mismos para garantizar el desarrollo y la supervivencia de los plantines florales.
p) no se podrá circular, con camiones o vehículos similares con peso mayor a las 3 toneladas sobre el afirmado o pavimentos de los espacios licitados, salvo expresa autorización del Servicio de Áreas Verdes
ARTÍCULO Nº 3:
Los árboles y arbustos serán suministrados por el Servicio de Áreas Verdes, quedando a cargo de la Empresa contratada el retiro de los mismos de los viveros que indique el Servicio de Áreas Verdes dentro del Departamento de Montevideo.
Es responsabilidad del Ing. Agrónomo de la Empresa, impartir las directivas necesarias y supervisar las extracciones de los ejemplares, cuando corresponda.
De las plantaciones realizadas se admite una pérdida máxima del 5% (cinco por ciento), las cuales debe reponer la Empresa, pudiendo retirar las plantas nuevamente de los viveros señalados.
Las plantas para reposición que superen el 5% (cinco por ciento) serán repuestas por la Empresa, que las deberá obtener del Servicio de Áreas Verdes, quien se las descontará del Certificado de Pago o de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo al criterio que se establece en el Artículo Nº 6 de la M.D., según tamaño y calidad.
Si el Servicio de Áreas Verdes lo cree conveniente por diferentes motivos, la Empresa proporcionará la reposición de esas plantas, previa aceptación del Director de Obra.
ARTÍCULO Nº 4
Cuando el Servicio de Áreas Verdes considere conveniente que el licitante aporte las plantas florales, árboles, arbustos, bulbos, semillas u otros elementos de propagación vegetal, los
mismos se cotizarán por separado, tomándose como base los precios que resultaren de la aplicación del criterio establecido en el Artículo Nº 6 de la M.D.
ARTÍCULO Nº 5-
A los efectos de la fijación de los precios de plantas u otros elementos vegetales que el Servicio de Áreas Verdes deba adquirir y/o descontar en caso de pérdidas a la Empresa contratista, (Arts. 3,4 y 5 M.D.), se tomarán en cuenta los precios fijados por tres viveros de plaza (precio promedio) de reconocida solvencia comercial, o tres casas comerciales xxx xxxx cuando corresponda.
En los casos que no exista cotización en plaza, el valor de los ejemplares que se pierdan por causas atribuibles al transplante u otras imputables a la empresa, serán fijados por el Servicio de Áreas Verdes, de acuerdo a la especie, su valor paisajístico, histórico o de ejemplar único, no teniendo la Empresa contratada lugar a reclamo alguno.
ARTÍCULO Nº 6
El Servicio de Áreas Verdes se reserva el derecho de realizar por su cuenta nuevos trabajos de jardinería o cualquier otro tipo de trabajo, construcciones, estelas, fuentes, etc., que crea conveniente en el sector licitado. Estas obras de enjardinado se incorporarán como parte integrante del Sector a los trabajos de mantenimiento del área licitada.
ARTÍCULO Nº 7: TRABAJOS EXTRAORDINARIOS.
La Empresa contratada está obligada a realizar cuando el Técnico responsable del Servicio de Áreas Verdes lo ordene, los trabajos extraordinarios y el suministro de materiales indicados en el FORMULARIO de PROPUESTA. Estos trabajos extraordinarios y suministros son totalmente independientes de los que corresponde realizar a la Empresa por la contratación de trabajos de "conservación”(Artículo Nº 2 de la M.D.). Podrán ser utilizados o no a lo largo del periodo de contrato, acumulándose el valor mensual no utilizado para poder usarse de una sola vez por el total o fraccionado (10% del contrato) cuando el Director de obra lo considere necesario. Los mismos se harán efectivos una vez recibida la orden por escrito del Director de la Obra.
Todos los suministros deben ser previamente aceptados por el Técnico del Servicio de Áreas Verdes, el cual a su vez supervisará la realización de los nuevos trabajos.
ARTÍCULO Nº 8:
La determinación de los trabajos por obra nueva y suministros a realizar, así como su dirección y fiscalización será exclusiva decisión del Director de Obra que representa al Servicio de Áreas Verdes.
ARTÍCULO Nº 9: DISPOSICIONES VARIAS.
a) Para la ejecución de los trabajos licitados el proponente deberá proveer la mano de obra, herramientas, maquinaria, transporte, agua, plaguicidas, fertilizantes orgánicos y químicos, así como todo otro elemento necesario para la correcta conservación del Sector.
Por Resolución Nº 2.516/92 de fecha 04/06/92 del Intendente de Montevideo, los vehículos que pertenezcan a empresas privadas con relaciones contractuales con esta Intendencia, deberán estar empadronados en los registros de esta Comuna.
b) La Empresa deberá disponer de un vehículo para aquellos días en que el técnico del Servicio de Áreas Verdes lo solicite para efectuar conjuntamente con el técnico de la Empresa, las tareas inspectivas en el sector adjudicado.
c) La Empresa deberá proveer el equivalente a 100 minutos mensuales en tarjetas de telefonía celular móvil de la empresa que indique el Servicio de Áreas Verdes.
d) El Servicio de Áreas Verdes establecerá, cuando corresponda, el personal permanente mínimo que la Empresa deberá proveer y mantener en el Sector que se le adjudique a efectos de dar cumplimiento con las tareas dispuestas por el Art. Nº 2 de la Memoria Descriptiva. El mismo, si corresponde, será establecido al final del Art. Nº 1 (descripción del sector).
e) La empresa tendrá la obligación de cambiar el personal dependiente, profesional, técnico x xxxxxx, cuando la Dirección del Servicio de Áreas Verdes a propuesta del Director de Obras lo exija, en los casos de falta de respeto al personal supervisor, por ineptitud o por otra causa que perturbe o comprometa la buena marcha de los trabajos.
ARTÍCULO Nº 10:
En ningún caso la Empresa contratada podrá usar productos fiticidas, fitosanitarios, fertilizantes, etc., por su iniciativa. Para el caso que sea necesario su uso, se requerirá la aprobación previa del Director de Obra del Servicio de Áreas Verdes. En caso de requerirse por parte del Servicio de Área
Ing. Xxxxx. Xxxxxx Xxxxxx.
Director Sector Mantenimiento
FORMULARIO DE PROPUESTA
La Empresa domiciliada a los efectos legales en:
........................................................................... de esta ciudad con No. De
FAX (Arti. No. 9/D del P.C.P.), se compromete a realizar el mantenimiento
de los espacios verdes del Sector No. 18 en todos los aspectos especificados en la Memoria Descriptiva y Pliego de Condiciones Particulares que rige para la presente Licitación y en un todo de acuerdo con el mismo, por una suma mensual (expresando las cantidades en letras y números) de:
PRECIO BASICO MENSUAL ( sin I.V.A.)
......................................................................................................$............................
I.V.A................%..........................................................................$...........................
TOTAL MENSUAL.................................…………..................................$............................
TRABAJOS EXTRAORDINARIOS
El 10% del valor total de contrato, dos (2) años (sin I.V.A.).-
.....................................................................................................$.............................
I.V.A...................%......................................................................$............................
TOTAL TRABAJOS EXTRAORDINARIOS
......................................................................................................$............................
MONTO TOTAL DE LA PROPUESTA El valor total del contrato incluidos los trabajos extraordinarios.
......................................................................................................$............................
I.V.A...................%.......................................................................$...........................
TOTAL DE CONTRATO
......................................................................................................$............................
Los precios unitarios que regirán para dichos trabajos y suministros a los efectos del cobro de extraordinarios o posibles descuentos por trabajos no realizados, sin incluir el I.V.A., serán los siguientes:
I - MANO DE OBRA ( incluido el transporte del personal, herramientas y otros).
a ) - preparación de la tierra en los canteros florales, el m2.
........................................................................................ .$..............................
b ) - carpido y desmalezado xx xxxxxxxx florales, el m2.
........................................................................................$...............................
c ) - plantación de plantas florales estacionales y perennes de envase, el ciento
........................................................................................$...............................
d ) - plantación de plantas florales estacionales y perennes a raíz desnuda, el ciento
........................................................................................$..............................
e - 1 ) extracción de árboles, arbustos, palmeras (incluyendo la extracción xxx xxxxxx y el flete a los lugares indicados) de diámetro a un metro treinta centímetros del suelo.
ARBOLES
CLASE 1 - HASTA 30 cm c/u ...............................................$.............................
CLASE 2 - DE 30 a 60 cm c/u ................................................$.............................
CLASE 3 - MAS DE 60 cm c/u ..............................................$.............................
ARBUSTOS
porte grande c/u ........................................................................$............................
porte chico c/u ..........................................................................$............................
PALMERAS
CLASE 1 - hasta 2 m de altura total c/u ….............................$...........................
CLASE 2 - más de 2 m de altura total c/u …...........................$...........................
e-2 - plantación de árboles, arbustos, palmeras de diámetro a un metro treinta centímetros del suelo.
ARBOLES
CLASE 1 - HASTA 30 cm c/u ...............................................$............................
CLASE 2 - DE 30 a 60 cm c/u ...............................................$...........................
CLASE 3 - MAS DE 60 cm c/u ..............................................$...........................
ARBUSTOS
porte grande c/u .......................................................................$............................
porte chico c/u..........................................................................$............................
PALMERAS
CLASE 1 - Hasta 2 m. de altura total c/u ..................................$........................
CLASE 2 - más de 2 m. de altura total c/u............................... .$........................
f ) - corte de césped, el m
2
. ........................................................$.........................
g ) - deshierbe de caminos, el m
2
. ..............................................$........................
h ) - deshierbe de cordones, canales de desagües, cordonetas, bordes de pavimentos,
2
calzadas contra los cordones de veredas, el m
.$ ……………
i ) - barrido de áreas encespadas, el m
2
........……............................$ .....................
2
j ) - barrido de pavimentos peatonales, cordones, cordonetas, bordes y afines, el m
..............................................................................................$.........................
k ) - fertilización de césped en cobertura, el m
2
....…....................$..........................
3
l ) - esparcido de tierra ( sin terrones) sobre el césped el m
..............................................................................................$..........................
2
m-1 ) - fertilización xx xxxxxxxx florales en base a fertilizantes químicos, el m
..........................................................................................$..........................
m2 ) - fertilización de catres florales en base a fertilizantes orgánicos, (de acuerdo 2
al Ítem 2 e) el m ...............................................................$...........................
n - extracción y retiro de materiales (tierra - arena) hacia los sitios indicados, para
3
confección xx xxxxxxxx, plantaciones etc. el m .......................$...........................
3
ñ - distribución de balasto, tosca, pedregullín, en afirmados, el m
…..............................................................$..........................
...................................
o ) - realización xx xxxxx para plantación de árboles y/o arbustos incluyendo el suministro de la tierra de acuerdo al Item 2 a y acorde a las siguientes clases:
o-1) diámetro 30 cm profundidad 30cm...............................$...........................
o-2) diámetro 50 cm. profundidad 50 cm. ...........................$...........................
o-3) diámetro 1 m. profundidad 1 m. ...................................$...........................
p ) - poda de limpieza de palmeras, c/u.................…....................$...........................
II - SUMINISTROS EN OBRA
3
a ) - tierra negra mínimo 6% de materia orgánica el m
.......................$...................
3
b) - tierra greda (arcillosa), el m
..........................................................$..................
3
c) - arena, el m
.....................................................................................$..................
.
d ) - gramilla en tepes de 5 cm. de espesor, el m
2
…………….............$..................
e ) - fertilizante orgánico, granulometría de 2 mm mínimo 30% de materia orgánica, libre de
3
malezas, el m
…………….....……...............$..................
3
f ) - balasto rojo, el m
.…………..........................................................$.................
3
g) - balasto rosado, el m
.......................................................................$.................
3
h ) - xxxxx, m
....................................................................................... .$................
3
i ) - pedregullín, el m
.............................................................................$................
j ) - tutores, por 100 unidades .................................................................$................
k ) - fertilizantes químicos ......................................................................$.................
- urea, los 100 quilos ..........................................................................$................
- compuesto 15-15-15 (o similar), los 100 quilos ...............................$................
- superfosfato de calcio, los 100 quilos ..............................................$................
III - OTROS (incluyendo mano de obra, materiales y productos orgánicos y/o químicos)
a - 1) sobre una base de 2 cm. de tierra arcillosa y de 5 cm. de xxxxxx xxxxxx arenosa,
tepes de gramilla, finalizando con la cobertura de tierra negra (Item 2 a) correspondiente,
2
el m
....................................................................$................
a - 2) a partir del nivel definitivo, tepes de gramilla, finalizando con la cobertura de tierra negra
2
(Item 2 a) correspondiente, el m
...........….........................$.................
b) - retiro de residuos (basura, escombros, etc.) hacia los lugares indicados dentro del
3
Departamento de Montevideo incluyendo mano de obra y fletes, el m .
…...................................................................................................$.................
3
c - fletes de recorrido de camión por quilómetro y m
de carga (dentro de la República)
..........................................................................................................$.........................
d) - aplicación de herbicidas indicando los productos a utilizar según dosis de etiqueta:
.......................................................................el metro ............$.........................
2
.......................................................................el m
.................$........................
.......................................................................el metro .............$.......................
2
.......................................................................el m
..................$.......................
.......................................................................el metro ..............$.......................
2
........................................................................el m
..................$.......................
e) - aplicación xx xxxxx, incluyendo mano de obra, agua y transporte, por 10.000 lts
.........................................................................................................$........................
ESTA EMPRESA DECLARA:
- que conoce los espacios objetos de esta licitación y su estado actual, no teniendo objeciones que expresar;
- que conoce y acepta el Art. R. 992 del Digesto Municipal, Volumen 8 de los Contratos
- que conjuntamente con este Pliego de Condiciones Particulares, regirá el presente llamado a licitación;
que será de nuestro cargo las erogaciones que demanden el cumplimiento de todas las leyes sociales y seguros en vigencia (nacionales o departamentales);
- que se compromete en caso de litigio o cualquier otra cuestión o conflicto que no pueda ser dilucidado de acuerdo con las cláusulas y elementos de los recaudos que rige esta Licitación a someterse a las Leyes de la Repùblica, Juzgados y Tribunales del Departamento de Montevideo, con exclusión de otro recurso;
a) que la remuneración por jornal diario del personal a utilizar, de acuerdo a las siguientes categorías, es:
CAPATAZ - $ ..........................................................................................................
PEON ESPECIALIZADO - $ ................................................................................
PEON - $ ..................................................................................................................
Se designa como INGENIERO AGRONOMO AL SR...............................................................................................................................
quien acepta la responsabilidad que en su carácter de Profesional le corresponde en todo lo que tiene que ver con la correcta ejecución de los trabajos.
EN REPRESENTACION DE LA EMPRESA: