Anexo V
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Anexo V
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Los acuerdos bilaterales y su definición de comisiones de contratación y gastos conexos
Región | Acuerdo bilateral | Año | Disposiciones sobre las comisiones de contratación y los gastos conexos y categorías de gastos identificadas | |
Asia y el Pacífico Internos | 1. | Memorando de entendimiento entre el Gobierno de Malasia y el Gobierno del Reino de Camboya sobre la contratación y el empleo de trabajadores | 2015 | En lo que respecta a los gastos de contratación conexos, el acuerdo establece específicamente que los trabajadores deben asumir el costo del transporte hasta Malasia, mientras que el costo del viaje de regreso a la capital (Phnom Penh) al término del contrato de trabajo corre a cargo de los empleadores. El empleador también es responsable del pago de un depósito de garantía exigido por el Departamento de Inmigración, de los gastos de tramitación, del permiso de visita (empleo temporal) y del examen médico. El trabajador debe asumir todo gasto incurrido en Camboya de conformidad con las leyes camboyanas. La política establece que los trabajadores son responsables del pago de gravámenes, permisos y visados, y de los gastos de tramitación (pero éstos deben ser pagados por adelantado por el empleador el primer año y deducidos de los ingresos), así como de los documentos de viaje y de los gastos médicos y de otro tipo incurridos en Camboya. Fuente: Memorando de entendimiento entre el Gobierno de Malasia y el Gobierno del Reino de Camboya sobre la contratación y el empleo de trabajadores [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. |
Asia y el Pacífico – Estados árabes | 2. | Acuerdo entre el Gobierno del Reino de Camboya y el Gobierno del Reino de Arabia Saudita sobre la contratación de trabajadores | 2016 | El acuerdo con Arabia Saudita tiene por objeto: Artículo 3. 2): Asegurar la contratación de trabajadores a través de oficinas, empresas o agencias de contratación que practican la contratación ética y están autorizadas por sus respectivos gobiernos; 3): Reglamentar o procurar controlar los gastos de contratación en ambos países, y 4): Asegurar que las oficinas, empresas o agencias de contratación de ambos países y el empleador no cobren o deduzcan xxx xxxxxxx del trabajador ningún costo relacionado con su contratación y empleo, o impongan ningún tipo de deducciones salariales no autorizadas. |
De conformidad con el Contrato de trabajo estándar para los trabajadores domésticos camboyanos que trabajarán en Arabia Saudita: Artículo 7: El empleador pagará el transporte del trabajador doméstico desde el punto de origen en Camboya hasta el lugar de empleo y el transporte de regreso. Artículo 15, c): El empleador no deducirá ninguna suma xxx xxxxxxx regular del trabajador doméstico. Artículo 15, d): El empleador correrá con el costo del permiso de residencia del trabajador doméstico (Iqama), del visado de salida/para volver a entrar en el país y del visado de salida final, incluidas las renovaciones y las sanciones como consecuencia de los retrasos. | ||||
Fuente: Acuerdo entre el Gobierno del Reino de Camboya y el Gobierno del Reino de Arabia Saudita sobre la contratación de trabajadores [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. |
Región | Acuerdo bilateral | Año | Disposiciones sobre las comisiones de contratación y los gastos conexos y categorías de gastos identificadas |
3. | Acuerdo entre el Gobierno del Estado de Qatar y el Gobierno del Reino de Camboya relativo a la reglamentación del empleo de mano de obra en el Estado de Qatar | 2011 | Artículo 8 A: El empleador correrá con todos los gastos de viaje de los trabajadores desde el Xxxxx de Camboya hasta el lugar de trabajo en el Estado de Qatar cuando éstos se incorporen al trabajo por primera vez, y cubrirá asimismo los gastos de viaje desde Qatar al término del contrato de trabajo. El empleador asumirá igualmente los gastos de viaje de ida y vuelta del trabajador durante el período de licencia previsto en el contrato de trabajo. Dichos gastos no incluirán el costo de expedición del transporte ni el pago de ningún depósito. Fuente: Acuerdo entre el Estado de Qatar y el Gobierno del Reino de Camboya relativo a la reglamentación del empleo de mano de obra en el Estado de Qatar [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. |
4. | Acuerdo que regula el empleo de trabajadores Acuerdo bilateral entre China y Qatar | 2008 | Artículo 10 A: El empleador correrá con todos los gastos de viaje de los trabajadores desde la Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx hasta el lugar de trabajo en el Estado de Qatar con motivo de su primer empleo, así como con sus gastos de regreso al término de su relación de trabajo. El empleador asumirá igualmente los gastos de viaje del trabajador durante el período de licencia previsto en el contrato de trabajo. Estos gastos no incluirán el costo de la obtención de un pasaporte Fuente: Acuerdo que regula el empleo de trabajadores [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. |
5. | Memorando de entendimiento entre el Gobierno de la India y el Gobierno del Reino Hachemita de Jordania sobre la mano de obra | 1988 | El empleador se compromete a pagar los gastos de viaje del trabajador desde su residencia en su país de origen hasta su lugar de trabajo, y al término del contrato de trabajo, y en caso de cancelación del contrato unilateralmente por el empleador o de desempeño insatisfactorio por el trabajador durante el período de prueba, sus gastos de regreso a su país de origen. El empleador no asumirá los gastos del viaje de regreso si el empleador deja el trabajo o cancela el contrato antes de su fecha de expiración unilateralmente. Fuente: Memorando de entendimiento entre el Gobierno de la India y el Gobierno del Reino Hachemita de Jordania sobre la mano de obra [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. |
6. | Memorando de entendimiento entre el Gobierno del Reino Hachemita de Jordania, representado por el Ministerio de Trabajo, y el Gobierno de la República de Indonesia, representado por el Ministerio de Mano de Obra y Transmigración, sobre la colocación y protección de los trabajadores domésticos indonesios | 2009 | Artículo 4: El empleador obtendrá, a su costo, los permisos de trabajo y residencia requeridos para el trabajador doméstico indonesio. Artículo 8: El empleador obtendrá y pagará una póliza de seguro de vida en beneficio del trabajador doméstico indonesio. Fuente: Memorando de entendimiento entre el Gobierno del Reino Hachemita de Jordania, representado por el Ministerio de Trabajo, y el Gobierno de la República de Indonesia, representado por el Ministerio de Mano de Obra y Transmigración, sobre la colocación y protección de los trabajadores domésticos indonesios [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. |
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Región | Acuerdo bilateral | Año | Disposiciones sobre las comisiones de contratación y los gastos conexos y categorías de gastos identificadas |
7. | Contrato de trabajo estándar para los trabajadores del servicio doméstico filipinos que trabajarán en Jordania, Y Principios y controles entre el Gobierno del Reino Hachemita de Jordania/Ministerio de Trabajo y el Gobierno de la República de Filipinas/Departamento de Trabajo y Empleo para la regulación de la utilización y el empleo de trabajadores domésticos filipinos | 2013 | Tercero: a) El empleador asumirá los cargos y gastos relacionados con la obtención de los permisos de trabajo y de residencia para el trabajador (…) g) El empleador, a su costo y cargo, proporcionará al trabajador billetes de avión para su expatriación a Jordania, y para su repatriación al término del contrato de trabajo de dos años. (…) j) El empleador deberá obtener un seguro médico, de vida, de accidente y de repatriación para el trabajador Fuente: Contrato de empleo estándar para los trabajadores del servicio doméstico que trabajarán en Jordania [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018] y los Principios y controles entre el Gobierno del Reino Hachemita de Jordania/Ministerio de Trabajo y el Gobierno de la República de Filipinas/Departamento de Trabajo y Empleo para la regulación de la utilización y el empleo de trabajadores domésticos filipinos. |
8. | Acuerdo general en el ámbito de la mano de obra Acuerdo bilateral entre Nepal y Jordania | 2017 | Artículo 3, a): Ambas partes controlarán y reglamentarán los gastos relacionados con la contratación y el empleo en ambos países. Artículo 4, b): Asegurar que el empleador corra con los gastos relacionados con la obtención de un visado, los gastos de viaje, los seguros [de vida y discapacidad, artículo 13], los gastos médicos, y otros procesos relacionados con la contratación de los trabajadores en Jordania. Artículo 5, f): Asegurar que no se cobre a los trabajadores ninguna comisión impuesta por las agencias de contratación en Nepal más allá de las establecidas por el Gobierno de Nepal. Artículo 10, e): El Gobierno de Nepal deberá asegurar que los trabajadores se sometan a procesos de contratación equitativos y transparentes, incluida una garantía de que las agencias de contratación no cobrarán a los trabajadores migrantes ninguna comisión o costo que facilite su contratación más allá de los previstos por las leyes pertinentes. |
9. | Acuerdo entre el Gobierno de Nepal y el Gobierno del Estado de Qatar relativo al empleo de mano de obra nepalesa en el Estado de Qatar | 2005 | En virtud del acuerdo con Qatar, artículo 6. 1): El empleador correrá con todos los gastos de viaje de los trabajadores desde el Xxxxx de Nepal hasta el lugar de trabajo en el Estado de Qatar cuando éstos se incorporen a su trabajo por primera vez, así como los gastos del billete de regreso. El empleador también asumirá los gastos de viaje de ida y vuelta de la segunda parte durante los períodos de licencia previstos en el contrato de trabajo. Estos gastos no cubrirán los gastos de adquisición de un pasaporte o el pago de ninguna garantía. Fuente: Acuerdo entre el Gobierno de Nepal y el Gobierno del Estado de Qatar relativo al empleo de mano de obra nepalesa en el Estado de Qatar [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. |
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Región | Acuerdo bilateral | Año | Disposiciones sobre las comisiones de contratación y los gastos conexos y categorías de gastos identificadas | |
Asia y el Pacífico - Europa | 10. | Acuerdo bilateral entre Filipinas e Italia | 2016 | Los empleadores italianos y los organismos autorizados cubrirán todos los costos de búsqueda, selección y posible inserción profesional de trabajadores (art. 10, 3), y los candidatos filipinos no asumirán ningún costo (art. 10, 4). Los candidatos filipinos no asumirán ningún costo de su formación lingüística y profesional para cumplir los requisitos xxx xxxxxxx de trabajo para los perfiles profesionales calificados (art. 12, 1-2). La parte italiana cubrirá el costo de posibles cursos de formación dentro de los límites de los recursos humanos, instrumentales y financieros previstos por la legislación nacional vigente o a través de recursos financieros proporcionados por programas europeos (art. 12, 3). 3). Fuente: Acuerdo de cooperación bilateral entre el Gobierno de la República de Italia y el Gobierno de la República de Filipinas sobre la migración laboral, 2016. Versión italiana disponible en: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx/xxxx-x-xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxx-xx/xxxxxxx-xxxxxxxxxx/Xxxxxxxxx/ accordo-flippine.pdf. |
11. | Acuerdo de cooperación bilateral entre el Gobierno de la República de Italia y el Gobierno de la República Democrática Socialista de Sri Lanka sobre la migración laboral | 2011 | Artículo 11 (Selección de candidatos): En lo que respecta a la búsqueda, selección y posible inserción profesional de los trabajadores, los candidatos de Sri Lanka no asumirán ningún costo Artículo 12 (Cursos de formación): Los candidatos de Sri Lanka no asumirán ningún costo. Fuente: Acuerdo de cooperación bilateral entre el Gobierno de la República de Italia y el Gobierno de la República Democrática Socialista de Sri Lanka sobre la migración laboral [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. | |
Las Américas internos | 12. | Acuerdo entre los Estados Unidos de América y México relativo a la migración temporal de trabajadores agrícolas mexicanos | 1942 | Acuerdo de cooperación bilateral entre el Gobierno de la República de Italia y el Gobierno de la República Democrática Socialista de Sri Lanka sobre la migración laboral. Fuente: Acuerdo entre los Estados Unidos de América y México relativo a la migración temporal de trabajadores agrícolas mexicanos [consultado por última vez el 10 xx xxxxxx de 2018]. |
13. | Convenio de mano de obra migrante entre el Xxxxxxxx xx Xxxxx Xxxx x xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx para regular el ingreso y permanencia de | 1993 | Los empleadores de Costa Rica correrán con los gastos de transporte tanto para entrar en el país como para salir de él; ambos gobiernos negociarán la facilitación de pasaportes, salvoconductos y visados sin cargo alguno para los trabajadores que participan en el programa. Fuente: Convenio de mano de obra migrante Entre el gobierno de Costa Rica y el gobierno de la republica de Nicaragua para regular el ingreso y permanencia de trabajadores migrantes no residentes [consultado por última vez el 11 xx xxxxxx de 2018]. |
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Región | Acuerdo bilateral | Año | Disposiciones sobre las comisiones de contratación y los gastos conexos y categorías de gastos identificadas | |
trabajadores migrantes no residentes | ||||
14. | Xxxxxxx xxxxx xx Xxxxx xx Xxxxxx x xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios | 2001 | El trabajador seleccionado deberá realizar exámenes médicos antes de viajar, aunque no está claro quién cubrirá los costos de dichos examines; Los procesos administrativos relacionados con los viajes correrán a cargo del migrante o del empleador. Fuente: Xxxxxxx xxxxx xx xxxxx xx Xxxxxx x xx xxxxxxxxx xxx Xxxxxxx relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios [consultado por última vez el 10 xx xxxxxx de 2018]. | |
África– Europa | 15. | Memorando de entendimiento entre el Ministerio Italiano de Trabajo y Políticas Sociales y el Ministerio Egipcio de Mano de Obra y Migración relativo a la aplicación del acuerdo de cooperación bilateral sobre la migración laboral bilateral | 2005 | Artículo 5 (Selección de candidatos ): En lo que respecta a la búsqueda, selección y posible inserción profesional de los trabajadores, los candidatos xx Xxxxxx no asumirán ningún costo. Artículo 6 (Cursos de formación): Los candidatos xx Xxxxxx no asumirán ningún costo. Fuente: Memorando de entendimiento entre el Ministerio Italiano de Políticas Sociales y Laborales y el Ministerio Egipcio de Mano de Obra y Migración relativo a la aplicación del acuerdo de cooperación sobre la migración laboral bilateral [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. |
16. | Acuerdo bilateral entre Italia y Marruecos Acuerdo bilateral entre el Gobierno de la República de Italia y el Gobierno del Reino de Marruecos en materia de trabajo, complementado por un protocolo que da efecto al acuerdo (Protocolo ejecutivo, 2007) | 2005 | Art. 5: La selección de candidatos correrá a cargo de los empleadores y sus representantes, si es necesario con la colaboración de la ANAPEC. Art. 6: Los solicitantes de empleo seleccionados deben gozar de unas condiciones de salud que les hagan aptos para desempeñar el tipo de trabajo parel que están siendo contratados en Italia y tal vez se les exija que se sometan a un examen médico que correrá a cargo del empleador. Fuente: Protocollo esecutivo, 2017 dell’ Acoordo bilaterale in material di lavoro tra il Governo della Repubblica Italiana e il Governo del regno xxx Xxxxxxx (Protocolo Ejecutivo del Acuerdo bilateral entre el Gobierno de la República de Italia y el Gobierno del Reino de Marruecos en materia de trabajo) [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. | |
Europa Internos | 17. | Memorando de entendimiento entre el Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales de la República de Italia y el | 2008 | Artículo 5 (Selección de candidatos): En lo tocante a la búsqueda, selección y posible inserción profesional potencial de trabajadores, los candidatos de Albania no asumirán ningún costo. Artículo 6 (Cursos de formación): Los candidatos de Albania no asumirán ningún costo. |
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Región | Acuerdo bilateral | Año | Disposiciones sobre las comisiones de contratación y los gastos conexos y categorías de gastos identificadas |
Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la República de Albania relativo a la aplicación del acuerdo sobre la migración laboral | Fuente: Memorando de entendimiento entre el Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales de la República de Italia y el Ministerio de Trabajo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades de la República de Albania relativo a la aplicación del acuerdo sobre la migración laboral [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. | ||
18 | Acuerdo entre España y Ucrania relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios | 2011 | Artículo 4,3): Las actuaciones de preselección y selección de los trabajadores deberán respetar los principios de igualdad de oportunidades y de gratuidad para los candidatos. Fuente: Acuerdo entre España y Ucrania relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales entre ambos estados [consultado por última vez el 9 xx xxxxxx de 2018]. |
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