FICHA DE CONDICIONES TÉCNICAS ESENCIALES PARA LAPRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DEL BIEN (FCT) Fecha 18/01/2017
FICHA DE CONDICIONES TÉCNICAS ESENCIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DEL BIEN (FCT) | Fecha | 18/01/2017 |
1. DENOMINACIÓN DEL BIEN O SERVICIO
Contratar la operación de la modalidad de atención “1.000 días para Cambiar el Mundo”, la cual está dirigida a la población de mujeres gestantes con bajo peso, así como a los niños y niñas menores de dos años con diagnóstico de desnutrición aguda y riesgo de desnutrición aguda, contemplando acciones desde los estructurantes de la Ruta de Atención Integral a la Primera Infancia para el adecuado estado nutricional, el fortalecimiento familiar, el cuidado de las niñas y los niños, buenas prácticas de crianza y expresiones de afecto y desarrollo temprano, lo anterior en tres componentes principales: componente de alimentación y nutrición, componente de atención y gestión familiar y componente de educación para la transformación. Estas acciones se complementan con la gestión y articulación que permitirá la concurrencia de los demás sectores, en especial con el sector salud, y de esta forma encaminarse hacia la garantía y goce efectivo de los derechos.
2. CÓDIGO ESTÁNDAR DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS (UNSPSC, V.14.080)
CÓDIGO UNSPSC | NOMBRE DE PRODUCTO |
14111506 | Papel bond carta (resma) |
14111519 | Cartulinas tamaño carta (unidades) |
14121902 | Papel periódico (pliego) |
31201517 | Cinta pegante transparente (unidades) |
31201610 | Pegante (unidades) |
41111508 | Báscula para trabajo de campo con función de tara (unidad) |
42182206 | Termómetro (unidad) |
42182703 | Reglas de medición de altura de pacientes (tallímetros – infantómetros) |
44121704 | Bolígrafo (unidades) |
44121706 | Lápices (unidades) |
44121708 | Marcador (unidades) |
44121716 | Resaltador (unidades) |
44122017 | Folder celuguía (unidades) |
44122103 | Ganchos legajadores (caja) |
50131612 | Huevo xx Xxxxxxx |
50131704 | Leche entera en polvo con hierro |
50151513 | Aceite vegetal |
50161500 | Chocolates, azúcares, edulcorantes productos |
50192901 | Pastas fortificadas |
50221002 | Harina de Maíz amarillo |
50221101 | Grano de cereal (arroz) |
50421811 | Fríjol cargamanto |
50424503 | Lenteja |
50467007 | Atún lomitos en aceite |
CÓDIGO UNSPSC | NOMBRE DE PRODUCTO |
52161518 | Receptores de sistemas de posicionamiento global |
60124515 | Juguetes cognitivos |
60141001 | Globos o pelotas de juguete |
78111808 | Alquiler de vehículos |
80111701 | Contratación de personal |
82121701 | Fotocopias |
83111603 | Servicios de telefonía celular |
85151603 | Servicios de Rehabilitación Nutricional |
3. UNIDAD DE MEDIDA
La unidad de medida del servicio a prestar se expresará de dos maneras:
1. Beneficiario (niña/niño menor de 2 años/mujer gestante) atendido. El operador deberá facturar por beneficiario atendido.
2. Unidad de Servicio regionalizada (por departamento). En el anexo No. 01 se presenta la conformación de Unidades de Servicio por departamento.
Se llamará Unidad de Servicio al agrupamiento de 160 cupos, que son atendidos por un equipo interdisciplinario conformado por un nutricionista, un profesional del área social, un profesional en ciencias de la educación o atención en primera infancia, dos auxiliares de enfermería, 4 gestores comunitarios y el apoyo de un digitador, quienes realizan las acciones desde los tres componentes: alimentación y nutrición, atención y gestión familiar y educación para la transformación.
4. DESCRIPCIÓN GENERAL
POBLACIÓN SUJETO DE ATENCIÓN
• Mujeres gestantes en bajo peso para la edad gestacional1
• Xxxxx y niños nacidos de mujeres gestantes beneficiarias de la modalidad2
• Niñas y niños menores de 2 años con diagnóstico de desnutrición aguda o riesgo de desnutrición aguda3
• Niñas y niños menores de 5 años egresados de los Centros de Recuperación Nutricional
Nota 1: Para la atención de niñas y niños menores de 2 años, y en especial, los menores de 6 meses en condiciones de desnutrición aguda y teniendo en cuenta las alteraciones metabólicas y lo establecido en la Resolución 5406 de
1 Las mujeres gestantes que tengan embarazo de alto riesgo requieren una mayor gestión y seguimiento por parte del equipo de la EAS para garantizar las acciones que deben recibir por parte del sector salud.
2 Las niñas y niños hijos de mujeres gestantes atendidas en la modalidad continuaran recibiendo atención hasta los 2 años de la siguiente forma: las niñas y niños que nacen con bajo peso para la edad gestacional ingresan en el esquema de atención de 0 a 6 meses en la fase de mejoramiento y aquellos que nacen con peso adecuado ingresan al esquema de atención de 0 a 6 meses en la fase de mantenimiento. Podrán ser atendidos niñas y niños pre término sin complicaciones médicas.
3 Que se encuentren alertas, conserven apetito y no tengan complicaciones médicas.
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2015, el equipo de la EAS deberá gestionar la atención por parte del sector salud antes o durante la prestación del servicio.
Nota 2: El equipo de la EAS debe priorizar el ingreso de niñas y niños con desnutrición aguda. La atención a niñas y niños con riesgo de desnutrición aguda se iniciará UNICAMENTE cuando se haya atendido todas las niñas y niños con desnutrición aguda, es decir, cuando por búsqueda activa ya no se encuentren más niñas y niños con dicho diagnóstico en el municipio donde opera la Unidad de Servicio.
Nota 3: Esta modalidad NO permite servicios complementarios, con modalidades del ICBF en las cuales se haga complementación alimentaria que tenga un aporte igual o mayor al 70% del requerimiento de calorías y nutrientes.
Es de resaltar que teniendo en cuenta la perspectiva familiar, la atención desde los componentes que se han definido para la modalidad, va dirigida a mujeres gestantes, niñas y niños con los criterios anteriormente mencionados y a sus familias.
TIEMPO DE FUNCIONAMIENTO
La modalidad funciona todo el año, con atención durante 365 días4.
NÚMERO DE USUARIOS
La modalidad funciona a través de la conformación de Unidades de Servicio (UDS), cada una tiene la capacidad de atender 160 beneficiarios con un equipo interdisciplinario. Las UDS pueden abarcar uno o varios municipios de acuerdo a las necesidades del territorio.
DURACIÓN DE LA ATENCIÓN
La atención inicia durante la gestación y/o en el momento de la captación del beneficiario menor de 2 años, y continúa hasta que la xxxx x xxxx cumplan 2 años de edad. En este momento debe garantizarse la vinculación a modalidades de primera infancia. Durante el periodo de gestación la beneficiaria será la mujer gestante hasta el momento del parto, a partir de este momento el beneficiario pasará a ser la xxxx x xxxx recién nacido.
PRIORIZACIÓN TERRITORIAL
Se entiende como priorización territorial el ejercicio de análisis realizado teniendo en cuenta las variables sociales, de salud y nutrición, el conocimiento del territorio y la oferta institucional con el fin de definir los departamentos y municipios en los cuales se requiere de la atención de la modalidad 1.000 días para cambiar el mundo.
Este ejercicio lo lidera la Sede Nacional del ICBF con participación de las Regionales y se realiza previo a la contratación de la Entidad Administradora de Servicio.
Los criterios utilizados para la priorización territorial son:
Eventos de desnutrición y mortalidad por desnutrición 2015-2016 (Fuente: Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública – SIVIGILA).
4 Durante el primer año (2017) la atención se realizará durante 305 días, para el segundo año la atención cubre los 365 días.
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Prevalencia de desnutrición infantil aguda, crónica, global e inseguridad alimentaria en el hogar de acuerdo a la Encuesta Nacional de la Situación Nutricional en Colombia.
Información socioeconómica.
PROCESO DE ATENCIÓN
Para la prestación del servicio, la contratación de la modalidad se realiza a través de Entidades Administradoras de Servicio (operadores), para la atención de una o más unidades de servicio, definidas en el Anexo No. 01
Una vez priorizado el territorio, los equipos interdisciplinarios de las Entidades Administradoras de Servicio contratadas desarrollarán las siguientes actividades:
Reconocimiento territorial, que permita obtener información básica sobre el territorio en donde se va a realizar la atención.
Focalización de beneficiarios, que permita identificar la población más vulnerable de un territorio que potencialmente requiere la atención en la modalidad.
Xxxxxxxx nutricional de los beneficiarios para identificar el riesgo de muerte por desnutrición al que se expone un niño, niña o mujer gestante y que pueden ser potenciales beneficiarios.
Georreferenciación, que permite mediante un dispositivo GPS, identificar las coordenadas geográficas del sitio exacto en donde vive el beneficiario y su familia.
Valoración del estado nutricional inicial y seguimiento mensual.
Acercamiento - revisión de los documentos soporte para la inscripción del beneficiario a la modalidad.
Dentro del componente de alimentación y nutrición, entrega de “alimento suplementario listo para usar” a los niños y niñas con desnutrición aguda o riesgo de desnutrición aguda, y de complemento alimentario (Ración Familiar para Preparar) a los beneficiarios con periodicidad mensual y seguimiento a su adecuado consumo. Entrega de alimentos de alto valor nutricional (Bienestarina Más® y Nutrigest ®) y seguimiento al consumo adecuado del mismo.
En marco del componente educativo, desarrollo de actividades para el fortalecimiento del proceso pedagógico de los beneficiarios y sus familias.
Dentro del componente de gestión familiar, realización de visitas domiciliarias, orienta
Gestión y articulación con las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar para la garantía de derechos.
Para la atención a los beneficiarios se establecen dos fases de atención: mejoramiento y mantenimiento. La fase de mejoramiento tiene como objetivo generar acciones para llevar al beneficiario a un estado nutricional adecuado y la fase de mantenimiento, la cual inicia inmediatamente después de la fase anteriormente mencionada, busca mantener el mejoramiento de estado nutricional.
5. NORMATIVIDAD APLICABLE (específica para el servicio y/o bien)
Las referencias normativas de la modalidad se encuentran descritas en el Lineamiento Técnico Administrativo de la Estrategia de Atención y Prevención de la Desnutrición (Anexo No. 02), adicionalmente cada alimento suministrado en las raciones alimentarias debe cumplir con la reglamentación vigente la cual se describe en cada una de las fichas técnicas de producto, en el ítem de calidad. (Ver anexo No. 03: Fichas técnicas de producto anexas al presente documento):
ARROZ BLANCO PARA CONSUMO HUMANO
- NTC 671: Arroz.
PASTAS ALIMENTARIAS FORTIFICADAS PARA CONSUMO HUMANO TIPO ESPAGUETI
- Resolución 4393 de 1991 y las demás que la modifique, sustituya o adicione, en el momento que entre en vigencia.
- NTC 1055: Harinas, féculas, almidones y sus productos. Pastas alimenticias.
HARINA DE MAÍZ AMARILLO PRECOCIDA
- NTC 3594: Harina precocida de maíz para consumo humano.
LENTEJA
- NTC 937: Lentejas.
FRIJOL CARGAMANTO
- NTC 871: Fríjol para consumo humano.
ATÚN LOMITOS EN ACEITE
- NTC 1276: Atún en conserva
- Resolución No. 148 de 2007 de atún en conserva.
LECHE EN POLVO ENTERA FORTIFICADA CON HIERRO
- Decreto 616 de 2006
PANELA EN BLOQUE
- Resolución 779 de 2006,
- la Resolución 3462 del 2008
- NTC 1311: Panela
HUEVO XX XXXXXXX FRESCO PARA CONSUMO
- NTC 1240,
- NTC 5309
- NTC 1311: Panela
ACEITE VEGETAL PURO DE SOYA O MAÍZ Ó GIRASOL
- Resolución 2154 de 2012
- Aceite de Girasol debe cumplir con la NTC 264
- Aceite de Soya cumplir con la NTC 254
- Aceite de Maíz cumplir con la NTC 255
EMPAQUES
- Resolución 5109 de 2005 de rotulado general
- Resolución No. 333 de 2011 de rotulado nutricional
OPERACIÓN LOGÍSTICA
- Ley 9 de 1979
- Decreto Ley 2150 del 1995
- Resolución No. 1100 de 2015. Título IV. Régimen especial de Aporte modificada mediante la Resolución 1313 de 2015. Manual de Contratación ICBF
REQUISITOS SANITARIOS DE ALIMENTOS
- Resolución No. 2674 de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social, por la cual se establecen los requisitos sanitarios que deben cumplir las personas naturales y/o jurídicas que ejercen actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de alimentos y materias primas de alimentos y los requisitos para la notificación, permiso o registro sanitario de los alimentos, según el riesgo en salud pública.
6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS INSUMOS, BIENES, PRODUCTOS, OBRAS O SERVICIOS A ENTREGAR
Los costos definidos para la modalidad, se establecen considerando las características y realidades territoriales de los municipios priorizados, el talento humano y los elementos o materiales mínimos necesarios por cada Unidad de Servicio para atender a 160 beneficiarios mensualmente. Dichos costos corresponden a los recursos requeridos para los siguientes conceptos de gastos:
a) Dotación inicial
b) Compra de alimentos
c) Ensamble, transporte y distribución de raciones alimentarias
d) Compra de alimento suplementario para la recuperación nutricional de los niños y niñas con desnutrición aguda
e) Materiales para educación y actividades
f) Recurso Humano
g) Transporte del Recurso Humano
h) Comunicaciones
i) Costos administrativos
j) Imprevistos
Se solicita a la Dirección de Abastecimiento agrupar y diferenciar los anteriores conceptos de gastos en costos fijos y costos variables.
El detalle de los anteriores conceptos, se describe en el capítulo 4. Aspectos administrativos, incluido en el Manual Operativo de la modalidad 1.000 Días para cambiar el mundo (Anexo No. 04).
6.1. Dotación inicial
Elemento | Cantidad | Especificaciones |
Balanza para trabajo de campo con función de tara (unidad) | 1 | Ver especificaciones del equipo en Guía Técnica para la Metrología aplicable a los programas misionales de ICBF |
Elemento | Cantidad | Especificaciones |
Tallímetro para trabajo de campo | 1 | Ver especificaciones del equipo en Guía Técnica para la Metrología aplicable a los programas misionales de ICBF |
Infantómetro para trabajo de campo | 1 | Ver especificaciones del equipo en Guía Técnica para la Metrología aplicable a los programas misionales de ICBF |
Calibración de equipos antropométricos | La calibración se requiere para los equipos: i) Balanza con función de tara; ii) tallímetro; e iii) infantómetro. El procedimiento que se debe seguir para la calibración se encuentra descrito en el numeral 6 y anexo No. 3 de la Guía Técnica para la Metrología aplicable a los programas de los procesos misionales de ICBF. La guía se puede consultar en el siguiente link: G8.PP Guía Técnica para la Metrología a los Procesos Misionales v1 Los aspectos a tener en cuenta para realizar la calibración de los equipos son los siguientes: a. Hoja de Vida del instrumento de medición. Todos los instrumentos de medición deben contar con la hoja de vida que permita evidenciar su historial y debe considerar los siguientes aspectos: Nombre: Nombre o denominación del instrumento de medición Tipo de equipo: Descripción del instrumento. Marca: Marca del equipo descrito. Modelo: Nombre o referencia del instrumento asignado por el fabricante. Serial o Lote: Código asignado por el fabricante. Fecha de fabricación: Corresponde a la fecha de fabricación del equipo. Ubicación: Lugar donde se está localizado para su uso. Fecha de calibración: Fecha registrada en los certificados de calibración externo (inicial y/o en uso). Verificaciones intermedias: Fecha, resultado, recomendación y responsable de la verificación interna. Responsable del equipo: La responsabilidad es de quien tenga a su cargo el manejo de los instrumentos de medición. Fecha de ingreso: Corresponde al año-mes-día en que el equipo o instrumento de medición ingresa al inventario y posteriormente se asigna al responsable. b. Registros de calibración Hace referencia al certificado que emite el laboratorio, luego de realizar el procedimiento para establecer la calibración; el documento debe cumplir con los siguientes requisitos. |
Elemento | Cantidad | Especificaciones |
La descripción e identificación única del fabricante del equipo, tipo, número de serie. La fecha en la cual se completó la calibración. El resultado de la calibración. La identificación del proceso de calibración. El error máximo permitido del instrumento. Las condiciones ambientales pertinentes y una declaración sobre cualquier corrección necesaria. Las incertidumbres implicadas en la calibración del equipo. Los detalles del mantenimiento, tales como ajustes, reparaciones y modificaciones en caso de que se requieran durante el servicio de calibración. Cualquier limitación de uso. La identificación de la persona o personas que realizaron la calibración. La identificación de la o las personas responsables de la veracidad de la información registrada. La identificación única de cualquiera de los certificados e informes de calibración y de otros documentos pertinentes. La evidencia de la trazabilidad de los resultados de calibración. Los requisitos metrológicos para el uso previsto. | ||
Termómetro digital(unidad) | 1 | Termómetro para medición de temperatura corporal |
Dispositivo GPS | 1 | GPS con manejo de coordenadas geográficas en formato de posición hddd°mm’ss.s”. (Grados, minutos, segundos y décimas de segundo). Interfaz del equipo: USB o con posibilidad de memoria expandible. Resistente al agua. |
Balón terapéutico de goma/balón de erizo para masaje/pelota multisensorial | 10 | Pelotas de mínimo 15 cm de diámetro para estimulación por medio de masaje y manipulación. Cuenta con relieve en forma de erizo. Material: PVC o vinilo xx xxxx resistencia Color: variados y brillantes Vida útil: 2 años |
Bandeja de prismas rectangulares para encajar | 2 | Conjunto de prismas cuadrados y rectangulares, de diferentes tamaños, progresivos, de manera que el más pequeño encaje en una pieza más grande de manera consecutiva, de lo más pequeño a lo más grande. Largo (bandeja) 21 cm, lado 1(prisma más grande) 5cm, lado 2 (prisma más pequeño) 2cm, alto máximo (12 cm). Material: Bandeja y piezas en madera natural (Xxxx xxxxxx, xxxx xxxxxx, xxxx caribe x xxxxxxx seco), Tres conjuntos en colores diferentes. Color: Cada conjunto de cuatro piezas (de la más grande a la más pequeña) debe encajar en el mismo color. Cada conjunto de piezas debe ser de tonos diferentes del mismo color (más claro a más oscuro o viceversa), de manera que se observe una progresión Contenido: 1 bandeja y 12 piezas de 4 tamaños Vida útil: 3 años |
Se solicita apoyo a la Dirección de Abastecimiento para definir el costo a establecer por concepto de reposición de dotación, teniendo en cuenta que este valor deberá utilizarse para realizar la reposición de los equipos o elementos que requieren mantenimiento o reemplazo, previa autorización del supervisor del contrato. Este rubro se asigna anualmente para ejecutar en aquellas unidades de servicio que no requieran compra del total de los elementos de dotación.
Nota: El grupo de elementos de dotación inicial anteriormente descrito debe ser asignado, uno por cada Unidad de Servicio –UDS (identificadas en el anexo No. 1) independientemente que esta UDS esté distribuida en varios municipios.
6.2. Compra de alimentos
Se definen como alimentos que se entregan a los beneficiarios de la modalidad y que hacen parte del componente de alimentación y nutrición, los siguientes:
Ración familiar para preparar
Alimentos de Alto valor Nutricional (Bienestarina Más® y Nutrigest)
Ración familiar para preparar:
Las niñas y niños beneficiarios reciben las raciones familiares para preparar en la fase de mantenimiento mensualmente. Las beneficiarias gestantes reciben las raciones familiares para preparar en las fases mejoramiento y mantenimiento mensualmente.
ALIMENTO | CANTIDAD (g) | PRESENTACIÓN |
Arroz blanco para consumo humano | 2.000 | 4 bolsas de 500 gramos c/u |
Pastas fortificadas | 1.000 | 4 paquetes de 250 gramos c/u |
Harina de maíz amarillo | 1.000 | 2 bolsas de 500 gramos c/u |
Lenteja | 500 | 1 bolsa de 500 gramos |
Frijol cargamanto | 500 | 1 bolsa de 500 gramos |
Atún lomitos en aceite | 875 | 5 latas de 175 gramos c/u |
Xxxxx entera en polvo con hierro | 2.400 | 6 bolsas de 400 gramos c/u |
Panela | 1.000 | 2 unidades de 500 gramos c/u |
Huevo xx Xxxxxxx | 60 u | 2 cubetas de 30 unidades c/u |
Aceite vegetal | 1.000 | 4 botellas de 250 cc c/u |
Alimentos de Alto valor Nutricional
Hace referencia a la Bienestarina Más® y el Nutrigest®, alimentos que son producidos por el ICBF y que serán entregados mensualmente en la bodega que indique la Entidad Administradora de Servicio contratada. La cantidad entregada de cada uno de estos alimentos por ración se detalla en el siguiente cuadro:
ALIMENTOS DE ALTO VALOR NUTRICIONAL5 | CANTIDAD (g) | PRESENTACIÓN |
Bienestarina Más® | 1.800 | 2 bolsas por 900 g c/x |
Xxxxxxxxx® | 900 | 1 bolsa por 900 g c/u |
6.3. Ensamble, transporte y distribución de las raciones alimentarias
Se contempla el ensamble de los alimentos que conforman la ración familiar para preparar en el empaque secundario, transporte y su entrega mensual en los hogares de cada uno de los beneficiarios de la modalidad. El número de raciones alimentarias y los departamentos y municipios en los cuales se entregarán se detallan en el anexo No. 01.
El operador deberá entregar las raciones en el empaque secundario teniendo en cuenta las especificaciones técnicas definidas por el ICBF en el anexo No. 05 Requisitos y arte del empaque secundario de la ración familiar para preparar.
Nota: La atención de esta modalidad será prioritariamente en zona rural, por lo tanto, se deberán contemplar aspectos de transporte y distribución que incluyan como característica los puntos de entrega final rurales.
6.4. Alimento suplementario listo para el consumo:
Para el manejo de la desnutrición aguda moderada y severa de niñas y niños de 6 a 24 meses y riesgo de desnutrición aguda en entornos comunitarios se utiliza el alimento listo para el consumo cuyas características principales deben ser: que esté listo para el consumo, que tenga alto contenido de energía, proteínas de origen lácteo y enriquecido.
En la modalidad, este alimento suplementario será entregado a las niñas y niños beneficiarios para consumo durante la fase de mejoramiento, aproximadamente 30 días posteriores al ingreso. Las características del alimento suplementario se describen en el anexo No. 06. Una vez los niños y niñas han recuperado su estado nutricional (y por ende transitan a la fase de mantenimiento) inician a recibir raciones familiares para preparar.
Dado que no es posible establecer la cantidad de niñas y niños con desnutrición aguda, se estimó que el 68% de los beneficiarios de una unidad de servicio (160 beneficiarios), es decir 109 beneficiarios serán niñas y niños con desnutrición y requerirán la siguiente cantidad de alimento suplementario:
No. niñas y niños por unidad de servicio que recibirán alimento suplementario | No. de unidades de alimento suplementario a entregar* | Cantidad de unidades de alimento a entregar por unidad de servicio |
109 | 30 | 3.270 |
* Es necesario establecer el costo del alimento suplementario en todas las presentaciones disponibles en el mercado. Adicionalmente, será necesario definir el costo unitario de este alimento en todas sus presentaciones disponibles.
5 Las raciones familiares para preparar incluyen 1.800 gramos de Bienestarina Más® (160 beneficiarios por unidad de servicio). Cuando la beneficiaria es mujer gestante, adicionalmente incluyen 900 gramos xx Xxxxxxxxx® (51 beneficiarios por unidad de servicio)
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La cantidad de alimento suplementario listo para el consumo que recibirá cada beneficiario, será en promedio 50g/día durante 30 días.
Nota: Es necesario que dentro de la cotización a realizar del alimento suplementario se incluya el costo de distribución para disponer de éste en cada uno de los municipios que se relacionan en el anexo No. 1
6.5. Materiales para educación y actividades
Estos materiales se contemplan de manera mensual para el desarrollo de las actividades educativas con las familias de los beneficiarios.
MATERIAL PARA EDUCACION Y ACTIVIDADES | CANTIDAD REQUERIDA MES |
Marcador de tinta permanente seco, diferentes colores | 10 unidades |
Cartulinas en pliegos de 1/8, diferentes colores | 15 unidades |
Bolígrafo con cuerpo y clip plástico metalizado, tinta de color negro | 20 unidades |
Lápices xx xxxxxx color negro No. 2 | 30 unidades |
Papel periódico en pliegos 70 x 100 cm | 15 unidades |
Papel bond tamaño carta sin líneas | 4 resma por c/u 150 hojas |
Lejagador plástico con gancho, tamaño oficio | 1 caja por 20 juegos |
Resaltador | 4 unidades |
Rollo de cinta adhesiva de 12 mm de ancho x 25 m | 4 unidades |
Folder celuguía | 30 unidades |
Pegante líquido, recipiente plástico x 125 g | 4 unidades |
Fotocopias | 160 unidades |
6.6. Recurso humano
Se debe contemplar el pago de los profesionales, técnicos y personal de apoyo, considerando que cada unidad de servicio (la cual atiende 160 beneficiarios) está conformada por un equipo interdisciplinario integrado por:
Perfil | Cantidad requerido por UDS |
Profesional en Nutrición y Dietética | 1 |
Profesional del área Social (Trabajador Social, Psicólogo, Antropólogo u otros profesionales afines) | 1 |
Auxiliares de Enfermería | 2 |
Gestores Comunitarios | 4 |
Apoyo administrativo | 1 |
Profesional en pedagogía | 1 |
Coordinador: Profesional en nutrición y dietética o medicina o enfermería o pedagogía o trabajo social o psicología. | 1 |
El tiempo de dedicación y los requisitos mínimos de cada uno de los profesionales, técnicos y personal de apoyo requeridos para la prestación del servicio, modalidad “1.000 Días para cambiar el mundo”, se encuentran contemplados en el anexo No. 07 – Perfiles mínimos requeridos para la prestación del servicio.
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6.7. Transporte del recurso humano
Se debe contemplar el transporte de los profesionales, los cuatro (4) gestores comunitarios y los dos (2) auxiliares de enfermería, de acuerdo a lo siguiente:
Los gestores son personas que viven en las comunidades en donde residen las familias de los beneficiarios.
En promedio realizarán 2 visitas mensuales por beneficiario.
Para el caso de los profesionales y auxiliares de enfermería, se realizarán las visitas de acuerdo a la situación nutricional y problemática identificada en cada beneficiario. En promedio se estima mínimo una (1) visita al mes por cada beneficiario por parte de alguno (cualquiera) de los profesionales o auxiliares de enfermería que conforman el equipo interdisciplinario6. En el anexo No. 01 se precisa el detalle de los costos de traslado, tiempo de traslado y tipo de transporte que se debe utilizar para el desplazamiento del equipo interdisciplinario entre los municipios que se van a atender con la modalidad. Esta información fue obtenida a partir de datos suministrados por las regionales y son aproximaciones a las condiciones geográficas, considerando la diversidad de cada territorio.
El tiempo promedio de visita para cada beneficiario es:
- Una hora para la visita que realiza el profesional o técnico (auxiliar de enfermería)
- 40 minutos para la visita que realiza el gestor comunitario
6.8. Comunicaciones
Este rubro incluye costo de internet y comunicaciones telefónicas de los gestores y los profesionales a las instancias que haya lugar. (Se definirá plan ilimitado de minutos y datos que permita el intercambio de información vía correo electrónico).
6.9. Costos administrativos
Se solicita apoyo de la Dirección de Abastecimiento para definir el clasificador del gasto y el valor de los costos administrativos derivados de la operación de la modalidad.
6.10. Imprevistos
Se solicita apoyo de la Dirección de Abastecimiento para definir el valor de los costos imprevistos derivados de la operación de la modalidad. Dentro de los imprevistos se sugiere contemplar aquellos costos que no son calculados en Transporte del Recurso Humano, teniendo en cuenta que los desplazamientos deben realizarse no solamente a las cabeceras municipales; los equipos interdisciplinarios deben desplazarse también a las comunidades dispersas de los municipios.
6 Teniendo en cuenta que el equipo interdisciplinario de cada UDS está conformado por 3 profesionales y 2 auxiliares de enfermería (en total 5 perfiles) y que cada beneficiario debe recibir mínimo una visita mensual por parte de alguno (cualquiera) de los profesionales o auxiliares, se deben distribuir las visitas de manera equitativa, de tal manera que cada uno visite 32 beneficiarios al mes.
7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
7.1. OBLIGACIONES COMUNES DE LAS PARTES:
1. Apoyar la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato.
2. Revisar y retroalimentar la focalización de beneficiarios al inicio de la operación.
3. Realizar el seguimiento de los eventos que afecten la permanencia o atención de los niños y niñas atendidas, y demás beneficiarios b
4. Conformar un Comité Técnico Operativo en el que se hará seguimiento a la ejecución del contrato, a las demás funciones establecidas en el Manual Operativo.
5. Designar los delegados para el Comité Técnico Operativo del contrato.
6. Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato y que garanticen su cabal y oportuno cumplimiento.
7.2. OBLIGACIONES GENERALES DE LA ENTIDAD ADMINISTRADORA DEL SERVICIO:
1. Cumplir cabalmente con el objeto del presente contrato y con todos los lineamientos, manuales, documentos técnicos, condiciones de calidad y demás documentos aplicables al servicio.
2. Realizar la prestación de la modalidad de 1000 días para cambiar el Mundo , en las unidades de atención de jurisdicción del Centro Zonal de XXXXX de la Regional XXXXX del ICBF en los municipios XXXXX, de acuerdo con el valor del presupuesto correspondiente a las vigencias y para la atención de XXXX cupos niñas y niños menores de dos (2) años y mujeres gestantes acorde con el anexo , los cuales deben cumplir con los criterios de focalización y prevalencia de la población definidos por el ICBF.
3. Dar inicio a la ejecución del contrato, una vez perfeccionado, cumplidos los requisitos de ejecución del mismo y suscrita la respectiva acta de inicio. El inicio de la atención directa a los beneficiarios será acordado en conjunto con el Comité Técnico Operativo del contrato garantizando
4. Cumplir con las obligaciones y presentar ante el supervisor del contrato en forma mensual, las certificaciones de pago a proveedores, así como de los salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social integral de los trabajadores a su cargo.
5. Presentar al supervisor del contrato los informes de ejecución técnica, administrativa y financiera requeridos para la realización de los pagos, los cuales deben tener los soportes físicos y digitales, de acuerdo con los términos y especificaciones establecidos por el ICBF para ello. Sin perjuicio de lo anterior, la EAS deberá mantener actualizada la información técnica, administrativa y financiera relacionada con la ejecución del contrato de aporte.
6. Mantener un control presupuestal y financiero independiente para la ejecución, administración y manejo de los recursos asignados en virtud del presente contrato
7. Presentar informe financiero mensualmente ante el supervisor, que tenga como soportes las certificaciones de pago a proveedores y servicios públicos derivados del presente contrato, así como de los salarios, prestaciones sociales y aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de los trabajadores a su cargo.
8. Mantener las facturas y demás soportes que cumplan con las exigencias establecidas por la legislación comercial colombiana, en la cual se identifique datos de proveedor, productos, valores y demás información para que el documento sea válido. Estos soportes podrán ser solicitados en cualquier momento por el supervisor del contrato.
9. Conformar y organizar los equipos de trabajo conforme a los perfiles definidos en el Manual Operativo de la modalidad; para lo cual, la EAS deberá presentar las hojas de vida xxx xxxxxxx humano a vincular especificando el perfil y la UDS correspondiente. En todo caso el cambio de perfiles debe ser aprobado por el Comité Técnico Operativo del contrato.
10. Realizar los procesos de inducción al talento humano que hará parte del servicio de la modalidad 1000 días para cambiar el Mundo
11. Conformar los grupos de atención de acuerdo con las características propias del servicio y lo dispuesto en el Manual Operativo.
12. Presentar las fichas técnicas de los alimentos que conformarán la ración alimentaria familiar
13. Abstenerse de utilizar los recursos dispuestos por el ICBF para la atención de los beneficiarios y los bienes que reciba o adquiera en el marco del presente contrato, en cualquier tipo de asunto o acto político. 14. Informar de manera previa y por escrito al ICBF, para que ésta entidad tramite la debida autorización, en los siguientes casos: i) permitir el ingreso al lugar donde se brinda el servicio, de personal como estudiantes, periodistas, pasantes, capacitadores, investigadores, etc., ii) permitir la realización de entrevistas a los niños y niñas con fines periodísticos, investigativos o de otro orden.
15. Atender oportunamente los requerimientos que el ICBF efectúe sobre la ejecución del contrato.
16. Cumplir las demás obligaciones que se deriven de la ley, reglamento, lineamientos vigentes, o que se expidan con posteridad y que contemplen aspectos relativos a la ejecución del objeto contratado.
17. Presentar el informe final de ejecución con todos los soportes de cada una de las obligaciones contractuales, con el propósito de liquidar el presente contrato.
7.3. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA EN LA MODALIDAD DE 1000 DÍAS PARA CAMBIAR EL MUNDO:
1. FASE PREPARATORIA
1.1. Proporcionar un espacio físico para la ubicación del equipo de trabajo, en caso de no contar con él, el operador debe gestionar este sitio ante la Entidad Territorial con el apoyo de la Dirección Regional o Centro Zonal de ICBF del área de influencia.
1.2. Conformar y organizar la contratación del equipo interdisciplinario y gestores comunitarios de dedicación exclusiva, para la atención integral de los niños y niñas menores de 2 años con desnutrición, así como de las mujeres gestantes con bajo peso, de acuerdo al Manual Operativo Vigente.
1.3. Articular con las instituciones públicas que tengan corresponsabilidad en la atención integral a la primera infancia e instituciones privadas, la prestación del servicio.
1.4 Realizar el proceso de focalización e inscripción de la población a atender de acuerdo a las directrices del Manual Operativo.
1.5 Garantizar todos los recursos técnicos, logísticos y administrativos necesarios para cumplir con las obligaciones pactadas.
1.6 Realizar acciones de detección y búsqueda activa de niños y niñas con desnutrición y mujeres gestantes con bajo peso en las zonas dispersas, rurales y de influencia a través del equipo interdisciplinario y gestores comunitarios con el apoyo de la comunidad
1.7. Garantizar la compra de los implementos que se requieren para el funcionamiento de la modalidad 1.000 Días para cambiar el mundo, de acuerdo con el Manual operativo vigente.
1.8. Presentar al supervisor la información de los proveedores de alimentos en el formato establecido por el ICBF en el que se evidencie el registro sanitario de los alimentos, en los casos que haya lugar.
1.9. Xxxxxxxx y presentar al supervisor, el plan de trabajo y de ejecución de la contrapartida.
2. PRESTACION DEL SERVICIO CON CALIDAD
2.1 Brindar atención integral a niñas y niños menores de seis (6) meses lactantes, niñas y niños xx xxxx (0) a dos (2) años con desnutrición, y madres gestantes con bajo peso, correspondientes a xxxxxxx cupos en el servicio objeto, durante el plazo del presente contrato y conforme a los objetivos, Manual Operativo y condiciones de calidad
establecidos por el ICBF para este servicio, los cuales hacen parte integral del presente contrato y la EAS declara conocer.
2.2 Garantizar la gratuidad del servicio a todos los beneficiarios que cumplan con los criterios de focalización.
2.3 Realizar las acciones requeridas para promover la garantía de derechos de los niños y niñas en especial las siguientes: a. Verificar la afiliación vigente al Sistema de Seguridad Social en Salud de los niños y las niñas atendidos, o en su defecto promover las acciones para conseguirla. b. Verificar el esquema de vacunación completo, según la edad de los niños y niñas, o en su defecto promover acciones para el cumplimiento del mismo. c. Verificar la asistencia a las consultas de crecimiento y desarrollo requeridas según la edad de los niños, y niñas o en su defecto promover acciones para su vinculación y asistencia a estos programas. d. Realizar valoración, seguimiento y vigilancia del estado nutricional, efectuando el registro de peso y talla, según la periodicidad y metodología establecida por el ICBF. e. Verificar que los niños y las niñas cuentan con su registro civil y en los casos que no se tenga, promover acciones para su consecución.
2.4 Informar de manera oportuna a la entidad competente, las situaciones que amenacen o pongan en riesgo la vida e integridad física, emocional y mental de los niños beneficiarios del servicio, de las cuales tengan conocimiento.
2.5 Coordinar con los agentes del Sistema Nacional de Bienestar Familiar en el nivel territorial, la prestación del servicio, en el caso de presentarse problemas de orden público, desplazamientos masivos y emergencias por desastres naturales y de carácter excepcional
2.6 Generar e implementar las acciones preventivas y correctivas a partir de los resultados del seguimiento y supervisión, efectuado a la EAS
2.7 Garantizar la atención permanente y vigilancia de los niños, niñas, mujeres gestantes que se encuentren en mejoramiento y/o Recuperación del estado nutricional por parte del equipo de trabajo.
3. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LAS ACCIONES DE SALUD Y NUTRICIÓN
3.1 Participar y facilitar el desarrollo de las acciones de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y efectuar aquellas propias del cuidado de niñas, niños y la mujer gestante.
3.2 Presentar a la regional durante los primeros 10 días después de legalizado el contrato, las fichas técnicas de producto con los respectivos registros sanitarios, para la respectiva revisión y aprobación. Los productos deben cumplir con las especificaciones establecidas por el ICBF el Manual Operativo de la modalidad.
3.4. Realizar acciones de detección y búsqueda activa de niños y niñas con desnutrición en las zonas dispersas, rurales y de influencia a través de los gestores en salud y nutrición, profesional en nutrición, con el apoyo de la comunidad
3.5. Dejar registro (documental y fotográfico) de la relación de alimentos entregados, llevando estricto seguimiento a la relaciones de compra y entrega de alimento
3.6. Realizar la toma de medidas antropométricas y emitir el diagnóstico nutricional de cada usuario (por parte del nutricionista de la UDS), de acuerdo con la Guía Técnica y Operativa Sistema de Seguimiento Nutricional del ICBF, sobre el 100% de los beneficiarios atendidos durante el periodo de la toma. En los casos en los que se detecten signos de desnutrición, la EAS deberá activar la ruta de remisión correspondiente, diseñar e implementar el plan de intervención nutricional individual, y orientar y hacer seguimiento a las familias o cuidadores de acuerdo con lo descrito en el Manual Operativo. Aquellos casos en los que se detecte Desnutrición Aguda deberá proceder de conformidad con la Resolución 5406 de 2015 del Ministerio de Salud.
PARÁGRAFO. Cuando por razones ajenas a la EAS no sea posible realizar la toma nutricional a alguno de los beneficiarios atendidos durante el periodo de la toma, deberá aportarse para cada caso la justificación y soporte que sustente dicha situación.
3.7. Garantizar el cumplimiento de la Resolución 333 de 2011 del Ministerio de la Protección Social y aquellas que la modifiquen, adicionen o sustituyan, referida a requisitos de rotulado o etiquetado nutricional que deben cumplir los alimentos envasados para consumo humano de manera que en los empaques y envases aparezca la siguiente información: nombre del alimento, lista de ingredientes, contenido neto y peso escurrido, nombre y dirección del
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fabricante, país de origen, identificación del lote, fecha de vencimiento y de duración mínima e instrucciones para conservación, instrucciones de uso, registro sanitario para los productos que de acuerdo con la norma vigente lo requieran.
3.8. Realizar, a través del equipo interdisciplinario trabajo la coordinación interinstitucional para la intervención integral a los niños, niñas, mujeres gestantes, identificada como desnutridos y bajo peso y realizar las acciones de mejoramiento y/o recuperación nutricional de acuerdo al manual Operativo vigente.
3.9. Realizar las actividades necesarias para lograr la atención permanente del número de niños y niñas y mujeres gestantes beneficiarios de la modalidad.
3.10. Garantizar la entrega de la complementación alimentaria (ración familiar) como parte de la intervención familiar e la modalidad, en los municipios, direcciones definidas y en las cantidades estipuladas, cumpliendo con los requisitos establecidos en las normas de calidad vigentes para cada alimento que se debe entregar y las normas higiénico-sanitarias vigentes.
3.11. Aplicar los principios básicos de buenas prácticas de manipulación durante la recepción, almacenamiento y distribución de los alimentos de la Ración para Preparar, incluida la Bienestarina de acuerdo con la Guía sobre Buenas Prácticas de Manipulación de Alimentos en las bodegas y sitios de almacenamiento ICBF (consultar en Intranet).
3.12. Cumplir con las condiciones del empaque secundario de los alimentos establecidos en las fichas técnicas de producto, presentando, una propuesta de empaque secundario en la que se asegure (i) el cumplimiento del arte de la imagen corporativa del ICBF y (ii) el material que permita garantizar la integridad del producto según lo establecido en el anexo técnico.
3.13. Realizar las visitas domiciliarias determinadas, de acuerdo a lo establecido en el Manual Operativo vigente.
3.14. Propiciar en las familias beneficiarias la participación activa para el cumplimiento de los objetivos de la modalidad.
3.15. Coordinar con los diferentes actores del Sistema Nacional de Bienestar Familias el proceso de remisión de la población beneficiaria a todos los programas existentes a nivel local y regional y las modalidades de primera infancia cuando se termine su intervención.
3.16. Realizar estudios de caso, al menos una vez al mes, de los niños, niñas, mujeres gestantes, que presenten dificultades en el proceso de mejoramiento y/o Recuperación Nutricional para que su tratamiento sea efectivo.
3.17. Capacitar a las familias usuarias, en los temas y periodicidad que se describe en el Manual Operativo.
3.18. Fomentar la participación de las familias usuarias en las actividades de promoción y prevención establecidas por el sector salud para la atención en los diferentes ciclos vitales.
3.19. Concertar con las autoridades de grupos étnicos para la socialización y desarrollo de la modalidad en sus territorios.
3.20. Fomentar el buen uso y aprovechamiento de la complementación alimentaria y los alimentos de alto valor nutricional entregadas.
3.21. Realizar los estudios de casos que se requieran relacionados con las muertes por desnutrición ó asociadas a ella de niños y niñas menores de 5 años que se presenten en el municipio.
3.22. Comunicar y realizar un informe detallado a los supervisores del contrato sobre los casos de muerte de los niños y niñas presentados durante la ejecución de la modalidad. PARÁGRAFO: Los informes deben ser presentados de manera individual por cada caso presentado.
3.23. Coordinar con las instituciones de salud local y administración municipal, acciones en detección, evaluación y tratamiento clínico y ambulatorio de los niños y niñas con desnutrición y riesgo, mujeres gestantes con bajo peso, efectuando remisión y contra remisión en los casos que se requieran.
3.24. Gestionar recursos adicionales que contribuyan a la autosostenibilidad de la modalidad articulando acciones a nivel institucional e intersectorial.
3.25. Elaborar un plan de trabajo (operativo) que integre los procesos Administrativos, de Gestión, Técnicos, Educativos y Operativos que dé cuenta de las acciones a desarrollar durante todo el plazo de ejecución del contrato.
3.26. Enviar, en medio físico y magnético, mensualmente a los supervisores del contrato en los siguientes cinco días hábiles del mes vencido, todos los soportes de las actividades realizadas en el marco del contrato y las fuentes de verificación que den cuenta de la atención a la población usuaria, de acuerdo a lo estipulado en el manual Operativo Vigente..
3.27. Articular las acciones que contemple la modalidad con el Centro Zonal respectivo del ICBF con el propósito de brindar a la población usuaria todos los servicios que allí se consideren necesarios.
3.28. Destinar los recursos aportados por las partes exclusivamente para la ejecución de la modalidad, de conformidad al manual Operativo vigente y compromisos adquiridos en el presente contrato.
3.29. Atender las recomendaciones formales sugeridas por el Supervisor del contrato.
3.30. Generar acciones concretas que garanticen el fortalecimiento de la atención y vinculación de las familias a diferentes programas que les permitan superar sus problemas de vulnerabilidad económica, social y psicoafectiva.
3.31. Identificar y remitir a la Defensoría de Familia o a la Autoridad Administrativa que por jurisdicción y competencia subsidiaria le corresponda (Comisario de Familia o Inspector de Policía), los casos de los niños y niñas en quienes se determine que la causa de la desnutrición obedece a situaciones de maltrato, abandono, negligencia o por condiciones especiales de los padres o cuidadores, para que se realice la respectiva verificación de derechos y se dé inicio al Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, si así se requiere.
3.32. Sensibilizar y capacitar a líderes comunitarios y personal de salud, comunidad en general y funcionarios de los entes territoriales en atención de la desnutrición en la comunidad.
3.33. Concertar a nivel regional la ruta integral para la prevención y manejo de la desnutrición incluyendo en los casos pertinentes, las adecuaciones necesarias para responder al principio de diversidad étnica y cultural.
3.34 La EAS deberá realizar auditorías internas de calidad, al menos una vez al año, tanto a sus sedes administrativas como a sus unidades de servicio y reportar los resultados al supervisor del contrato.
3.35. La EAS se obliga con el ICBF a: a). Presentar oportunamente los planes de mejora solicitados por el ICBF. b) Dar cumplimiento a los planes de mejora derivados de las auditorías de calidad, de las visitas de inspección, vigilancia y control, de las visitas de supervisión contractual, de las visitas de evaluación de estándares o de las otras actividades de vigilancia y control del ICBF c) Cumplir con lo establecido en el Lineamiento Técnico Administrativos del Subproyecto Atención y prevención de la desnutrición y el Manual Operativo de la Modalidad. d) Firmar el acta de las visitas de auditorías de calidad, de las visitas de inspección, vigilancia y control, de las visitas de supervisión contractual, de las visitas de evaluación de estándares o de las otras actividades de vigilancia y control del ICBF. e) Permitir el ingreso y permanencia de los profesionales del ICBF durante el tiempo que sea necesario para la realización de las visitas de auditoría de calidad, de las visitas de inspección, vigilancia y control, de las visitas de supervisión contractual, de las visitas de evaluación de estándares o de las otras actividades de vigilancia y control del Instituto. f) No ejercer ninguna clase de acto de agresión física o verbal a los profesionales del ICBF en el ejercicio de las visitas de auditorías de calidad, de las visitas de inspección, vigilancia y control, de las visitas de supervisión contractual, de las visitas de evaluación de estándares o de las otras actividades de vigilancia y control del ICBF.
4. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN
4.1 La EAS deberá realizar al inicio del contrato y cada vez que se requiera una actualización, el registro con calidad del 100% de las UDS en el sistema de información que el ICBF
4.2. Realizar el registro con calidad del 100% de la información de beneficiarios atendidos y registro xx xxxxxxxxx en el sistema de información en las condiciones que defina el ICBF a más tardar durante el primer mes de ejecución del contrato, y con la periodicidad establecida. En caso de identificar que el beneficiario está siendo atendido en más de un servicio, la EAS deberá reportar con los soportes requeridos la atención del beneficiario al administrador regional, con el fin de realizar el debido seguimiento y evitar concurrencias en la atención, dentro de los términos establecidos por el ICBF.
4.3. Realizar el registro y actualización de la información de las atenciones de los beneficiarios y el registro xx xxxxxxxxx en el sistema de información.
4.4. Satisfacer a cabalidad y en las condiciones e instrumentos que defina el ICBF, los requerimientos de información asociados a la atención especialmente lo referido a la calidad y cantidad de la información solicitada.
4.5. Realizar la desvinculación en el sistema de información de los beneficiarios, unidades de servicio y talento humano una vez finalice el plazo de ejecución del contrato o cuando la atención así lo requiera.
4.6. Garantizar que la información registrada en el sistema de información sea veraz, completa, exacta, actualizada, oportuna, real y comprobable para lo cual la EAS deberá diligenciar y firmar un Compromiso de confidencialidad y no divulgación de la información.
4.7. Realizar el registro y actualización permanente de la información de la totalidad xxx xxxxxxx humano contratado, incluyendo la información correspondiente a los procesos de formación.
4.8. Reportar al ICBF las novedades, de los usuarios que registran la información en el sistema de información del ICBF para proceder a su actualización o inactivación según corresponda, y el eventual fallecimiento de beneficiarios, para proceder a la inactivación en el sistema.
4.9. Entregar al supervisor del Contrato y al ICBF con la periodicidad que se defina en el primer Comité Técnico Operativo las actas correspondientes a la realización de dichos comités
5. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL SEGUIMIENTO Y LA SUPERVISIÓN
5.1. Permitir y colaborar en el ejercicio de las labores de seguimiento y supervisión del ICBF, facilitando el acceso a toda la información y documentación técnica, administrativa y financiera relacionada con la prestación del servicio en virtud del presente contrato, entregando los informes que le sean solicitados y adoptando las recomendaciones y acciones que le sean requeridas.
5.2. Responder y resolver oportunamente y con eficiencia los hallazgos reportados en el seguimiento y supervisión y los que formulen los organismos de vigilancia, inspección y control del Estado a que haya lugar, implementando las recomendaciones y procedimientos cuando sean requeridos
5.3. Responder el 100% de los requerimientos realizados por el supervisor del contrato en el plazo indicado por este, suministrando para ello los soportes que demuestren el cumplimiento de la obligación contractual sobre la cual se hace el requerimiento.
5.4. Asistir a los comités técnicos operativos, garantizando la participación del Representante Legal de la EAS, o su delegado, (éste último, mediante poder escrito que indique que se encuentra facultado para la toma de decisiones que se den en el marco del comité) para la implementación, el seguimiento, monitoreo y evaluación de la ejecución del contrato.
5.5. Presentar al supervisor del contrato mensualmente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la finalización del mes, el informe de ejecución financiera requerido para la realización de los pagos y de acuerdo con los términos y especificaciones establecidos por el ICBF para ello. Los informes de ejecución técnica y administrativa que conforman los requisitos de desembolsos del presente contrato, deberán ser presentados de acuerdo con los términos y especificaciones establecidos por el ICBF, quince (15) días calendario antes de la presentación de la cuenta de cobro correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, la EAS deberá mantener actualizada la información técnica, administrativa y financiera relacionada con la ejecución del contrato.
5.6. Presentar ante el supervisor del contrato cuando lo solicite, las certificaciones de pago de aportes al Sistema de Seguridad Social y aportes parafiscales de los trabajadores a su cargo.
5.7. Informar al supervisor y a las autoridades competentes de manera inmediata y oportuna, las situaciones atípicas o extraordinarias presentadas durante la prestación del servicio que pongan en riesgo el cumplimiento del objeto contractual o la vida y la integridad de los usuarios.
5.8. Permitir el ingreso, visitas, revisiones y hacer entrega de la información asociada a los procesos de seguimiento, verificación, evaluación e inspección y vigilancia, realizados en los niveles nacional, regional y zonal del ICBF.
5.9. Contar con una sede administrativa en funcionamiento en el Departamento donde se encuentre operando el servicio e la modalidad, en la cual repose toda la documentación técnica, administrativa, financiera y jurídica asociada a la ejecución del contrato.
5.10. Cumplir con las instrucciones que le imparta el supervisor y demás obligaciones que se deriven de la ley, reglamento o los lineamientos vigentes, o que se expidan con posteridad y que contemplen aspectos relativos a la ejecución del objeto contratado.
6. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS.
6.1. Presentar ante el primer Comité Técnico Operativo previo al inicio de la prestación del servicio, el presupuesto de ingresos y gastos de la operación del servicio contratado de acuerdo con los parámetros definidos por el ICBF, especificando el aporte de contrapartida, la fecha de entrega, la forma y periodos de ejecución de la misma. Para la ejecución de la contrapartida se deberán atender las condiciones establecidas por el ICBF, y en los casos de dotación o de cualificación xxx xxxxxxx humano se deberá ceñir a los criterios técnicos definidos por el ICBF, expuestos en el Manual Operativo, lineamientos o documentos técnicos. En los casos en que la EAS requiera realizar ajustes al presupuesto, los mismos deberán ser presentados ante el Comité Técnico Operativo del contrato para revisión y aprobación. Así mismo, cuando los conceptos obligatorios de la contrapartida estén satisfechos y aún quede presupuesto de la misma por ejecutar, se deberá presentar la propuesta al Comité Técnico Operativo, propuesta que en todo caso deberá ajustarse a lo dispuesto y a las necesidades reales del servicio.
6.2. Presentar propuesta técnica y financiera de reinversión ante el Comité Técnico Operativo del contrato para los casos en los que se generen ahorros en la ejecución, sin afectar o modificar el rubro de alimentación. Una vez avalada la reinversión la EAS deberá ajustar el presupuesto del contrato de acuerdo con la reinversión aprobada.
6.3. Mantener un control presupuestal y financiero independiente para la ejecución, administración y manejo de los recursos asignados en virtud del presente contrato y de los demás recursos que reciba para la ejecución del mismo.
6.4. Garantizar que los recursos aportados y demás dineros y recursos que llegare a recaudar, sean utilizados UNICA Y EXCLUSIVAMENTE para el financiamiento de las actividades previstas en el desarrollo del objeto del presente contrato, de conformidad con los lineamientos y normas técnicas del ICBF.
6.5. Abstenerse de pactar y realizar cobros no autorizados a los beneficiarios o a terceros por concepto de los servicios prestados bajo este contrato, salvo lo establecido en relación con tasas compensatorias y cuotas de participación, en los términos definidos en el presente contrato.
6.5. Reintegrar a la cuenta bancaria que defina el ICBF al término de la vigencia 2017, los recursos no ejecutados del aporte del ICBF, que no sean imputables a las partes, y que no hayan sido descontados en los desembolso, ni liberados durante la vigencia, ni reinvertidos. Dichos recursos podrán corresponder a: a) No prestación del servicio.
b) Inicio tardío de la prestación del servicio. c) Talento humano no contratado. d) raciones alimentarias no entregadas. e) Recursos no ejecutados de los rubros de los costos variables de la modalidad asociados a bajas coberturas. f) Unidades de servicio cerradas o trasladadas sin autorización del Comité Técnico Operativo.
6.6. Disponer una cuenta bancaria para el manejo exclusivo de los recursos del presente contrato. La EAS se compromete a entregar al ICBF debidamente diligenciado y firmado, el formato de autorización para abono directo en cuenta de ahorros o corriente de uso exclusivo de los recursos del presente contrato, anexando certificación bancaria de la titularidad de la cuenta
6.7. Incorporar en el informe financiero la recepción de recursos de cofinanciación de cualquier fuente destinados a la ejecución del contrato
6.8. Reintegrar al ICBF los saldos que resulten a su favor en la liquidación del contrato dentro de los términos legales establecidos.
6.9. En el evento de que por cualquier razón, imputable o no imputable a la EAS, ocurra pérdida de recursos destinados a la prestación del servicio, la EAS deberá reintegrarlos
6.10. Realizar los pagos al talento humano que vincule para la prestación del servicio derivado del presente contrato preferiblemente por transferencia bancaria. No obstante, cuando por las condiciones geográficas y ubicación
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no sea posible que el talento humano tenga acceso a la apertura de una cuenta, el pago se hará de acuerdo al mecanismo que se apruebe en el marco del Comité Técnico Operativo. PARAGRÁFO PRIMERO: Toda reinversión solicitada por la EAS debe ser proyectada siempre hacia adelante y aprobada previamente por el Comité Técnico Operativo del contrato antes de su ejecución, y responder al fin de mejorar la calidad de la prestación de los servicios. PARÁGRAFO SEGUNDO: cuando se identifiquen recursos de inejecución el ICBF podrá disponer su reinversión en los términos del numeral 2.8.3 o la celebración de otrosí modificatorio para gestionar la liberación de los recursos que no serán objeto de ejecución.
7. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL TALENTO HUMANO.
7.1. Vincular oportunamente, el talento humano requerido en el Manual Operativo, de acuerdo con los perfiles de formación y experiencia allí definidos y la relación cupo/perfil. La EAS deberá tener en cuenta las notas establecidas en el Manual Operativo para la contratación xx xxxxxxx humano donde se atienda desde la diversidad con enfoque diferencial. En caso de requerir modificar el talento humano presentado inicialmente para la atención del servicio contratado, el cambio deberá ser aprobado por el supervisor del contrato; en todos los casos, el personal deberá ser reemplazado por uno de igual o superior perfil.
7.2. Pagar oportuna y adecuadamente, los salarios, o los honorarios correspondientes, dependiendo de la forma de vinculación del personal que utilice para la ejecución del presente contrato.
7.3 Desarrollar un plan de formación y/o cualificación permanente xxx xxxxxxx humano del servicio de atención, que contengan como mínimo las temáticas establecidas en la tabla de Cualificación xxx Xxxxxxx Humano del Manual Operativo.
8. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA DOTACIÓN ADQUIRIDA O RECIBIDA POR LA EAS PARA EL DESARROLLO DEL PRESENTE CONTRATO
8.1. Suscribir acta de recibo de los bienes muebles entregados por el ICBF y adquiridos con la respectiva relación de inventarios, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato, y durante la ejecución del contrato, en el evento de que se entreguen o adquieran nuevos bienes con recursos del ICBF.
8.2. Informar de manera inmediata al supervisor, con copia al ordenador del gasto, una vez sean adquiridos bienes muebles con recursos entregados por el ICBF, junto con el traslado de las correspondientes facturas.
8.3. Utilizar los bienes entregados por el ICBF y adquiridos durante la ejecución del contrato conforme al uso legítimo autorizado.
8.4. Responder por cualquier deterioro de los bienes muebles devolutivos, que no provenga del desgaste natural o que provenga del uso no autorizado por el ICBF.
8.5. Emplear la mayor diligencia en la conservación de los bienes entregados por el ICBF y adquiridos durante la ejecución del contrato.
8.6. Efectuar las reparaciones y mantenimientos indispensables para la conservación de los bienes muebles entregados por el ICBF y adquiridos durante la ejecución del contrato.
8.7. Restituir los bienes muebles devolutivos entregados y adquiridos durante la ejecución del contrato al ICBF una vez vencido el plazo de ejecución. Esta obligación es para bienes adquiridos con recursos del ICBF.
8.8 Vigilar y custodiar los bienes muebles entregados y adquiridos durante la ejecución del contrato, evitando que sean perturbados por terceros. En caso de ocurrir cualquier perturbación a la tenencia, dar aviso al ICBF en un plazo mínimo de cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia del hecho.
8.9. Informar al supervisor del contrato la existencia de siniestros dentro de los cinco (5) días hábiles a su ocurrencia.
8.10. Elaborar en coordinación con el delegado del ICBF el inventario de los elementos de dotación disponibles en cada UDS. Estos bienes serán aquellos adquiridos con recursos del ICBF (recibidos en comodato), y los aportados por las UDS que transitan desde otra modalidad. En todo caso el supervisor del contrato deberá realizar el respectivo procedimiento de ingreso y egreso de bienes que establezca el ICBF. 8.11. Entregar mediante acta a la persona natural o jurídica que determine el ICBF a la terminación del contrato, los bienes muebles devolutivos adquiridos con
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recursos del ICBF, según inventario inicial, salvo que al terminar el contrato los bienes hayan cumplido su vida útil y no puedan ser utilizados para el servicio de Bienestar Familiar. En este caso, se procederá conforme con lo establecido en los lineamientos técnicos respectivos dados por el ICBF.
8.12. Relacionar en acta, tanto al inicio como al final del contrato, los elementos propiedad de la EAS y puestos a disposición de las UDS, incluidos en el plan de trabajo.
8.13. Garantizar que en caso de traslado o cierre de la UDS, los elementos de dotación propiedad del ICBF sean transferidos a la nueva unidad, mediante acta de entrega, en presencia del supervisor del contrato, el Representante Legal de la EAS y el Tesorero de la misma, y del almacenista de la Regional cuando aplique. PARÁGRAFO PRIMERO. La EAS será responsable en los siguientes eventos: a). cuando el caso fortuito hubiere sobrevenido por culpa suya, aunque levísima; b). cuando por peligro del bien prestado o propio, haya preferido salvar el suyo y c). cuando expresamente haya aceptado la responsabilidad del caso fortuito. PARÁGRAFO SEGUNDO. La falta de reporte de los bienes muebles devolutivos adquiridos como dotación en el marco del contrato de aporte, o su no devolución a la finalización del contrato, harán incurrir al operador en responsabilidad contractual, disciplinaria, fiscal y penal.
9. OBLIGACIONES REFERENTES A LA RECEPCIÓN, ALMACENAMIENTO, SUMINISTRO, INVENTARIO Y CUSTODIA DE BIENESTARINA MÁS® Y/O BIENESTARINA MÁS® SABORIZADA
9.1. Velar por el cumplimiento de las obligaciones especiales de los operadores contratados por el departamento/municipio respecto de la Bienestarina Más y/o Bienestarina Más Saborizada ®, para la ejecución del servicio y referente a la recepción, almacenamiento, suministro, inventario y custodia de Bienestarina Más y/o Bienestarina Más Saborizada ® así: 1. Almacenar la Bienestarina Más y/o Bienestarina Más Saborizada ® de acuerdo con lo siguiente: Sitio cerrado, dotado de ventanas y puertas que permitan la ventilación e impidan la entrada de insectos y otros animales. Pisos nivelados en orden y en buen estado de aseo. Cielo raso (si aplica) libre de humedades y que impida el ingreso de animales. Drenajes de pisos provistos de rejillas y sifones para permitir el lavado. Cubierta y muros en buen estado de aseo y mantenimiento que impidan el ingreso de agua y estén libres de filtraciones y humedades. 2. Responsabilizarse del cuidado del producto desde el momento en que lo recibe en el punto de entrega y durante todo el tiempo que permanezca bajo su custodia. 3. Velar porque los responsables de sus puntos de entrega verifiquen que la cantidad por sabor, el número de lote y la fecha de vencimiento de la Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada que reciben coincidan con la información registrada en la respectiva acta de entrega que deberá firmarse para evidenciar el recibo a satisfacción del producto y en la cual se debe dejar constancia de las inconformidades en el evento que las mismas existan. 4. Informar oportunamente al ICBF, cuando una Unidad Ejecutora y/o punto de entrega cuente con saldos de Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada, para que el ICBF pueda ajustar las cantidades a entregar en el siguiente mes. 5. Controlar y vigilar que los responsables de sus puntos de entrega: a) Realicen rotación adecuada del producto de forma que las “Primeras en entrar sean las primeras en salir”. b) Entreguen oportunamente la Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada a las Unidades de Servicio que harán uso de la misma, para evitar su deterioro. c) Diligencien oportunamente los formatos del ICBF: Entrega a Unidades de servicio, Entrega a Beneficiarios y Control de Inventarios en los puntos de entrega y el operador velará porque las Unidades de Servicio registren mensualmente el movimiento de Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada (cantidades recibidas, suministradas y el saldo). d) Se abstengan de realizar entregas de producto a Unidades de Servicio no participantes del programa. e) Se abstengan de recibir Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada, que tenga en el acta de entrega otro destinatario, salvo en los casos debidamente autorizados por la Dirección de Nutrición del ICBF. f) Se abstengan xx xxxxx, vender, usar indebidamente, destinar y/o en general disponer de la Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada en forma diferente a la autorizada por el ICBF. 6. Atender oportunamente los requerimientos que el ICBF les haga, especialmente para dar respuesta a los organismos de control del Estado. 7. Cancelar al ICBF el valor de la Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada cuando se presenten vencimientos o generen averías por mal almacenamiento o redistribución de producto. 8. Al finalizar los contratos el operador y/o Unidad de Servicio
deberá redistribuir por su cuenta (transportar de un lugar a otro) los saldos de Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada que queden en sus puntos de entrega de acuerdo con las indicaciones que le dé el ICBF. 9. Dar trámite oportuno, a las acciones preventivas y correctivas necesarias para la solución de las novedades reportadas por el ICBF.
9.2. Garantizar que los puntos de entrega definidos por el operador, corresponden a bodegas debidamente contratadas para la ejecución del servicio.
9.3. Monitorear a sus Unidades de Servicio en relación con los saldos de Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada mensualmente.
9.4. Presentar los saldos de los puntos de entrega durante los quince primeros días hábiles de cada mes al supervisor ICBF del contrato.
9.5. Utilizar la Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada únicamente para cumplir a cabalidad el objeto del presente contrato, de conformidad con las directrices, lineamientos, normas y estándares establecidos por el ICBF.
9.6. Tener en cuenta que las raciones de Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada a suministrar en el servicio para el cual fue contratado están dirigidas a población objeto de atención y se establecen así: 1.800 g de Bienestarina Más® por ración y 900 g de Nutrigest® por ración para aquellas que se suministran a mujeres gestantes.
9.7 Llevar control por escrito de la entrega de Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada a las Unidades de Servicio el cual debe corresponder a la cantidad de usuarios programados, en los formatos definidos por el ICBF y estos soportes deben presentarse en medio magnético, mensualmente durante los diez primeros días siguientes al mes vencido, al Centro Zonal ICBF de influencia en el municipio donde está ubicado el punto de entrega.
9.8. Solicitar a cada Unidad de Servicio un informe mensual sobre el movimiento de Bienestarina Más® y/o Bienestarina Más® Saborizada, donde se observen las cantidades recibidas, suministradas y el saldo; este informe se entregará preferiblemente en medio magnético por parte de la Unidad de servicio al operador correspondiente y servirá de insumo para la elaboración del informe que el operador debe presentar al Centro Zonal del ICBF; el hecho de que la Unidad de Servicio no presente el informe no exime a al operdor de realizar las verificaciones correspondientes para la elaboración de su informe de acuerdo con el numeral 7 de la presente clausula.
10. OBLIGACIONES RELACIONADAS CON LA FOCALIZACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS
10.1. Realizar la búsqueda activa de los beneficiarios, de acuerdo con la parametrización y criterios definidos por el ICBF para la modalidad, establecido en el Manual Operativo.
10.2. Garantizar la atención a los niños y niñas menores de 2 años que venían siendo atendidos en las modalidades anteriores para garantizar la continuidad del servicio.
10.3. Realizar ajustes a la oferta geográfica o poblacional a partir de diagnósticos territoriales del Centro Zonal y ente territorial previa consulta con la Dirección de Nutrición
7.4. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADMINISTRADORA DEL SERVICIO EN EL MARCO DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTION:
Componente del Sistema de Gestión Integral | ACTIVIDAD ESPECIFICA | PRODUCTO A PRESENTAR Y SUPERVISAR |
1. Calidad | Socializar con el equipo interdisciplinario del RN1000 que realizará las actividades definidas en el contrato, la documentación básica del ICBF (Misión, visión, principios, objetivos estratégicos y política de gestión integral). | Listas de asistencia para la jornada de socialización. (personal que va a trabajar con la entidad) Insumos de socialización (Presentaciones, |
carteleras, etc.) | ||
Cumplir con el diseño e implementación de un Plan Básico de Seguridad y Salud Ocupacional para el equipo interdisciplinario que realizará las actividades definidas en el contrato, de acuerdo con la Ley 1562 de 2012. | Plan de Seguridad y Salud Ocupacional y evidencias de la realización de cada una de las actividades señaladas en el mismo (Listas de asistencias, fotografías, informes, etc.) | |
Garantizar que todo el personal contratado este deberá estar afiliado al Sistema de Seguridad Social en riesgos laborales. | Afiliación del personal al Sistema de Seguridad Social en riesgos laborales | |
Garantizar que antes de iniciar cualquier actividad en el ICBF todos los trabajadores del contratista deben recibir inducción en seguridad y salud en el trabajo. | Listado de Asistencia a la jornada de inducción Insumos de socialización | |
2. Seguridad y Salud Ocupacional | Oficio de gestión ante la Afiliación a Riesgos Laborales (ARL) para desarrollo del tema. | |
Designar por escrito un representante de seguridad y salud en el trabajo responsable del tema durante toda la vigencia del contrato, para que coordine, apoye y garantice las condiciones de seguridad y la administración de las actividades de seguridad y salud en el trabajo. | Delegación por escrito de la persona | |
Realizar el reporte a la ARL y EPS, atención en salud e investigación de los incidentes y accidentes de trabajo presentados durante el desarrollo de las actividades objeto del contrato. | Copia de los reportes | |
Tener en cuenta las recomendaciones impartidas por la Entidad en la cartilla de Buenas Prácticas de Seguridad cuando el contratista lidere la realización de eventos en representación del ICBF. | Socialización de la cartilla de buenas prácticas de seguridad al talento humano Listado de asistencia de la jornada de socialización | |
3. Seguridad de la Información | Garantizar los procesos adecuados para la protección y confidencialidad de la información suministrada por los beneficiarios. | Pacto de Seguridad de la Información, back up de la Información y disponibilidad de la Información |
4. Innovación | Promover y desarrollar acciones de innovación y mejora que permitan ajustar y fortalecer el trabajo a desarrollar con los beneficiarios. | Bitácora donde se presenten por lo menos una acción de innovación y/o mejora del servicio, que evidencian la situación inicial, la acción innovadora y la situación posterior que evidencie la mejora. |
5. Medio ambiente | Garantizar en las actividades a desarrollar para la ejecución de la modalidad “1.000 Días para cambiar el mundo”, un enfoque que propenda por la conservación del medio ambiente y por las buenas prácticas ambientales | Realizar mínimo dos (2) actividades con enfoque a la conservación del medio ambiente en el entorno próximo a la Unidad de servicio, para el cumplimiento de esta obligación se deberá levantar un mapa de riesgos ambientales en el formato previsto por la entidad. Así mismo elaborar evidencias de esta actividad. |
7.5. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADMINISTRADORA DEL SERVICIO EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE COMPRAS LOCALES:
Realizar mensualmente compras locales de alimentos, bienes o servicios producidos localmente, como mínimo del 10% del valor ejecutado del contrato en el mes respectivo, de acuerdo con lo definido y especificado en el documento “para el fortalecimiento de las compras locales”. Se debe registrar la información en el Formato de Seguimiento de Compras Locales establecido dentro del Sistema Integrado de Gestión del ICBF, tanto en forma digital (Excel) como impresa. El diligenciamiento debe ser realizado por mes, adjuntando a cada archivo los soportes de las compras realizadas, en formato digital.
8. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El lugar de ejecución del contrato será en cada una de los departamentos y municipios que integran las Unidades de Servicio que se detallan en el anexo No. 01
9. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución de los contratos para la modalidad “1.000 Días para cambiar el mundo” será a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y legalización del contrato, sin sobrepasar el 30 de noviembre de 2017.
10. FORMA DE PAGO DEL VALOR DEL CONTRATO
El valor del contrato a suscribir será hasta por $ 00.000.000.000 (CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS),
incluidos todos los costos directos e indirectos asociados a la Contratación de la operación de la modalidad de atención 1.000 Días para Cambiar el Mundo, el IVA, demás impuestos xx xxx.
Se pagará al contratista así:
EI primer mes de ejecución se cancelará en mensualidad vencida, lo correspondiente al valor de la dotación y los beneficiarios realmente atendidos y los meses restantes en mensualidades vencidas según cobertura realmente atendida, previa entrega de todos los informes y soportes estipulados en el lineamiento técnico administrativo de la estrategia, el manual operativo y la certificación del supervisor del ICBF.
PARÁGRAFO: los pagos estarán sujetos al cumplimiento del reporte de la información en el Sistema de Información Misional Cuéntame y a otros requerimientos a discreción del supervisor del contrato. .
Todos los pagos se realizaran conforme al PAC del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
Los pagos se realizarán previa presentación de la factura correspondiente, la certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor y la certificación del revisor fiscal o representante legal, según corresponda, sobre el cumplimiento en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social de sus empleados de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
El pago se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de la factura y la certificación de cumplimiento, previa aprobación del PAC (Programa Anual Mensualizado de Caja).
Si la(s) factura(s) no ha(n) sido correctamente elaborada(s), o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para este solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán de responsabilidad del contratista y no tendrá por ello, derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
Todos los pagos se realizarán conforme al PAC del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
11. TIPIFICACIÓN, VALORACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES
Para el proceso contractual cuyo objeto es “Contratar la operación de la modalidad de atención 1.000 Días para cambiar el mundo”, en atención al Artículo 4 de la ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, entiéndase por riesgo es un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un Contrato.
Con el fin de conocer los riesgos que afectarían el contrato que se pretende adelantar, tanto en aspectos favorables como adversos; y con el fin de contribuir a asegurar los fines que el estado persigue con la contratación, el ICBF ha preparado la siguiente matriz de riesgos, la cual permite dilucidar aspectos que deben ser considerados en la adecuada estructuración de ofertas y planes de contingencia y continuidad del proyecto.
De este modo, corresponderá al contratista seleccionado la xxxxxxxx del riesgo previsible propio de este tipo de contratación, asumiendo su costo, siempre que el mismo no se encuentre expresamente a cargo del ICBF en el Pliego de Condiciones.
Los riesgos que podrían afectar el normal desarrollo de las actividades previstas en esta contratación se detallan en el Anexo No. 08 – Matriz de identificación, valoración y asignación de riesgos, elaborada de acuerdo con la metodología de conformidad con la metodología propuesta por Colombia Compra Eficiente (CCE) detallada en el “Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Proceso de Contratación”.7
12. ANEXOS
Anexo No. 01: Unidades de Servicio y cupos de la modalidad 1.000 días para cambiar el mundo, por departamento, municipio y transporte.
Anexo No. 02: Lineamiento Técnico Administrativo de la Estrategia de Atención y Prevención de la Desnutrición. Anexo No. 03: Fichas técnicas de producto.
Anexo No. 04: Manual operativo de la modalidad 1.000 días para cambiar el mundo.
Anexo No. 05 Requisitos y arte del empaque secundario de la ración familiar para preparar. Anexo No. 06: Características, Alimento Suplementario Listo para el Consumo.
Anexo No. 07: Perfiles mínimos requeridos para la prestación del servicio.
7 Agencia Nacional para la Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxx-x- documentos-tipo, disponible en internet, fecha de consulta 00 xx xxxxx xx 0000.
Xxxxx Xx. 00: Matriz de identificación, valoración y asignación de riesgos.
13. ACEPTACIÓN CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
Señor proveedor o contratista potencial: Al remitir cotización y/o propuesta, usted está aceptando que la misma cumple con la totalidad de los requerimientos incluidos en el presente documento y que incluye la totalidad de costos y gastos, directos e indirectos, así como los impuestos, asociados a la ejecución del contrato. Así mismo, que en caso de resultar adjudicatario del proceso de selección correspondiente, podrá prestar el servicio y/o entregar el bien, con las condiciones técnicas descritas en el presente documento.
14. APROBACIONES ICBF
Concepto | Nombre y apellidos | Cargo – Dependencia | Firma |
Elaboró | Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxx | Profesional – Dirección de Nutrición | |
Elaboró | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx | Profesional – Dirección de Nutrición | |
Revisó | Xxxxx Xxxxxxxx Lanchero Deaza | Profesional – Dirección de Nutrición | |
Aprobó | Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx | Director de Nutrición |