CONTRATO No. 027-2018 CLASE DE CONTRATO PRESTACION DE SERVICIOS CONTRATANTE SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E.NIT: 890.205.335 - 2R/L: MIGUEL ANGEL JIMENEZ ESCOBARGerente. CONTRATISTA AZTECA COMUNICACIONES COLOMBIA S.A.S.NIT. 900.548.102-0R/L: NESTOR...
XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX X.X.X. X XXXXXX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXX S.A.S.
XXXXXXXX Xx. | 000-0000 |
CLASE DE CONTRATO | PRESTACION DE SERVICIOS |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX Gerente. |
CONTRATISTA | AZTECA COMUNICACIONES COLOMBIA S.A.S. NIT. 000.000.000-0 R/L: XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX C. C. No.79.655.078 expedida en Bogotá. Dirección: Xxxxxxx 0 X Xx.00-00, Xxxx.0000 Teléfono: 0-000000 |
OBJETO | "PRESTAR EL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET CORPORATIVO 1:10 (150 MB) CON PAQUETE DE 8 IP PARA GARANTIZAR LA EJECUCIÓN NORMAL DE LOS PROCESOS Y SUBPROCESOS DE COMUNICACIÓN DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E, PARA LA VIGENCIA 2018." |
PLAZO DE EJECUCION | Desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 2018. |
VALOR | OCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL PESOS ($8.782.000,oo) M/CTE. IVA incluido |
Entre los suscritos a saber, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad y vecino del municipio de Contratación, Departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No.79.290.424 de Bogotá, quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No.657 xx Xxxxx 21 de 2018, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 03 xx Xxxx de 2017, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No.06 xx Xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE, por una parte, y por la otra, XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, identificado con la cedula de ciudadanía No.79.655.078 expedida en Bogotá, quien actúa como representante legal de la empresa AZTECA COMUNICACIONES COLOMBIA S.A.S, identificada con el 900.548.102-0, con matricula mercantil No.02246851 del 23 xx Xxxxxx de 2012, Renovada el 30 de Xxxxx xx 0000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxx X.X., quien afirma hallarse legalmente
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capacitado, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E. y demás normas aplicables a la materia, y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el presente contrato de prestación de servicios, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad suscrito por el Encargado del área de Sistemas del Sanatorio de Contratación E.S.E, que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 2) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.2.1 del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, y teniendo en cuenta que se trata de contratar la prestación de un servicio cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “MINIMA CUANTIA CON INVITACION DIRECTA”,
razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a un proveedor que cumpla los requisitos exigidos en el estudio previo, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 3) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.18- 00063 de fecha Enero 25 de 2018, expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. 4) Que por lo anterior se invitó a presentar oferta de manera directa a la empresa AZTECA COMUNICACIONES COLOMBIA S.A.S, identificada con el NIT: 900.548.102-0, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró que era la más adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos, además que es la más económica y no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 5) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLAUSULA PRIMERA. OBJETO: "PRESTAR EL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET CORPORATIVO 1:10 (150 MB) CON PAQUETE DE 8 IP PARA GARANTIZAR LA EJECUCIÓN NORMAL DE LOS PROCESOS Y SUBPROCESOS DE COMUNICACIÓN DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E, PARA LA
VIGENCIA 2018."de conformidad con lo dispuesto en los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato y teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: a) La prestación de los servicios de internet con las especificaciones técnicas mínimas requeridas por la entidad y ofrecidas por el contratista las 24 horas del día 7 días a la semana, durante el termino de ejecución del contrato. b) Remplazar los equipos o aparatos instalados en el Sanatorio de Contratación E.S.E., para la prestación de este servicio, defectuosos o que impidan el normal funcionamiento del servicio, por uno de iguales o mejores condiciones técnicas al equipo o aparato que se va a remplazar. c) En el evento que se
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paralice el servicio de internet el contratista deberá aportar soluciones inmediatas que garanticen el servicio y no se paralice la operación de la Entidad. d) Las demás que se requieran para la prestación del servicio de internet de manera normal e ininterrumpida en El Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA SEGUNDA - VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de OCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL PESOS
($8.782.000,oo) M/CTE. IVA incluido. Será cancelado mediante actas parciales, por mensualidades vencidas, previa presentación de la cuenta de cobro o factura de venta, certificación de cumplimiento expedida por el Supervisor del Contrato y constancia de pago de las obligaciones por conceptos de seguridad social integral (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales si a ello hubiere lugar. CLAUSULA TERCERA PLAZO DEL CONTRATO: Tendrá un plazo de ejecución desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 2018. CLAUSULA CUARTA. DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato.
c) Realizar la supervisión del contrato mediante los supervisores designados por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Garantizar que el desarrollo del objeto contractual se realice en forma permanente y no se interrumpa bajo ninguna circunstancia excepto en los casos de fuerza mayor, el cual deberá prestarse de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y su propuesta. b) Cumplir con las condiciones Técnicas, jurídicas y económicas presentadas en la propuesta. c) Cumplir con el ancho xx xxxxx de (150 M), paquete de IPV4, servicio de Internet las 24 horas del día sin interrupción y prestar soportes técnicos (telefónicamente, remoto y/o presencial) oportuno, incluyendo días no hábiles (xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos). d) Mantener el precio del servicio de internet por el plazo convenido en el contrato. e) Prestar los servicios contratados en los términos taxativos de la propuesta, por lo tanto, en el evento de algún incumplimiento en la prestación del servicio, los valores correspondientes podrán serán descontados por el contratante, previa verificación del incumplimiento por parte de la supervisión de las sumas que estén pendientes por pagar, para lo cual se autoriza expresamente desde ahora al Contratante. f) Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo. g) Dar curso a las directrices impartidas por la supervisión del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo. h) Suministrar a la supervisión toda la
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información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión. i) Asumir el valor de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que haya lugar, relativos a los trabajadores empleados en éstas labores. j) Estar al día con el pago de la seguridad social (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. k) Asumir los gastos que genere el futuro contrato. l) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que, dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros. m) Tratar con calidad, calidez y oportunidad en las solicitudes y demás requerimientos del Contratante. n) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2018, Rubros 2020 Adquisición de Servicios – Servicios Públicos – Otros Servicios Públicos, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.18-00063 de Enero 25 de 2018, expedido por el Encargado de Presupuesto de la entidad. CLAUSULA OCTAVA - SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de Prestación de Servicios será efectuada por el Encargado del área de Sistemas del Sanatorio de Contratación E.S.E., quien tendrá la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS
CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 del manual interno de contratación de la entidad, teniendo en cuenta que se trata de un proceso de CONTRATACION DIRECTA, cuya cuantía no supera los veintiocho (28) SMLMV y por la forma de pago pactada, no se considera obligatoria la exigencia de garantías que avalen el cumplimiento del contrato. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar
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por terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO
DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación
E.S.E. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO. Forma parte integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con las firmas de los de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos
(02) ejemplares del mismo tenor y valor a los veintiséis (26) días del mes de Enero del año Dos Mil Dieciocho (2018).
POR EL CONTRATANTE: POR EL CONTRATISTA:
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
Gerente C. C. No. 79.655.078 de Bogotá
Sanatorio Contratación E.S.E. Azteca Comunicaciones Colombia
Proyectó: | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxx. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Asesor Jurídico Interno. |