RESUMEN DE GARANTÍAS DEL CONTRATO DE REASEGURO SUSCRITO ENTRE ACUNSA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS Y EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
RESUMEN DE GARANTÍAS DEL CONTRATO DE REASEGURO SUSCRITO ENTRE ACUNSA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS Y EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
Seguro inclusión Asistencia en Viaje
ASEGURADO
Persona física con domicilio habitual en España, titular de la póliza de Salud ACUNSA, con cobertura complementaria de asistencia en viaje al extranjero, y que sea comunicada a EUROP ASSISTANCE.
AMBITO TERRITORIAL
Las garantías aseguradas por este contrato serán válidas en todo el MUNDO.
DURACIÓN DEL VIAJE
Las garantías se prestarán para viajes de una duración no superior a 90 días. GARANTIAS:
Gastos médicos en el extranjero hasta un límite de 12.000 euros
Prolongación estancia en hotel por Enfermedad Sobrevenida o Accidente, 100 €/día, máx.10 días.
Traslado sanitario de enfermos y heridos Transporte de restos mortales
Regreso de los Asegurados acompañantes
Envío de medicamentos al extranjero
Desplazamiento de una persona para acompañar al Asegurado hospitalizado
Estancia de una persona para acompañar al Asegurado hospitalizado 100 euros/día, máx.10 días
Regreso del asegurado en caso de defunción de un Familiar Directo Regreso por hospitalización de un Familiar Directo
Regreso anticipado por siniestro grave
Acompañamiento de menores o personas dependientes
Transmisión de mensajes urgentes (derivados de las garantías).
Adelanto de gastos de asistencia jurídica efectuados en el extranjero hasta 3.000 euros
Busqueda y localización de equipajes Servicio de traducción
Servicio de información
COMO CONTACTAR CON EUROP ASSISTANCE
Por Teléfono : Llamadas desde España 902.157.664
Llamadas desde el extranjero 00.00.000.00.00
Por Fax : 00 000 00 00
Contrato 3P9
EXCLUSIONES
Las presentes garantías cesarán en el momento que el Asegurado regrese a su domicilio habitual, o cuando haya sido repatriado por EUROP ASSISTANCE, hasta su domicilio o centro hospitalario cercano a éste. Quedan excluidos con carácter general aquellos gastos que no hayan sido comunicados previamente a EUROP ASSISTANCE y aquellos para los que no se hubiera obtenido la correspondiente autorización.
En cualquier caso quedan excluidas de las garantías aseguradas (salvo que expresamente se incluya en la garantía) los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivadas de:
1. Enfermedades, lesiones o afecciones preexistentes o crónicas, padecidas por el Asegurado con anterioridad al inicio del viaje que se manifiesten en el transcurso del mismo.
2. Renuncia, retraso o adelanto voluntario por parte del Asegurado al traslado sanitario propuesto por EUROP ASSISTANCE y acordado por su servicio médico.
3. Enfermedades mentales, revisiones médicas de carácter preventivo (chequeos), curas termales, cirugía estética, el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida y aquellos casos en que el viaje tenga por objeto recibir tratamiento médico o intervención quirúrgica, tratamientos de medicinas alternativas (homeópatas, naturistas, etc.), los gastos derivados de tratamientos fisioterapéuticos y/o rehabilitadores así como aquellos afines a estos. Asimismo, queda excluido el diagnóstico, seguimiento y tratamiento del embarazo, interrupción voluntaria del mismo y partos, salvo que se trate de atención de carácter urgente, y siempre anterior al sexto mes.
4. La participación del Asegurado en apuestas, desafíos o riñas.
5. Las consecuencias derivadas de la práctica de deportes de invierno.
6. La práctica de deportes en competición o competición motorizada (carrera o rally), así como la práctica de actividades peligrosas o de riesgo enumeradas a continuación:
- Boxeo, halterofilia, lucha (en sus distintas clases), artes marciales, alpinismo con acceso a glaciares, deslizamiento en trineos, inmersión con aparatos respiratorios, espeleología y esquí con saltos de trampolín.
- Deportes aéreos en general.
- Deportes de aventura, tales como rafting, puenting, hidrospeed, barranquismo y similares. En estos casos EUROP ASSISTANCE sólo intervendrá y tomará a su cargo, los gastos producidos por el Asegurado desde el momento en que éste se encuentre bajo tratamiento en un centro médico.
7. Suicidio, intento de suicidio o autolesiones del Asegurado.
8. Rescate de personas en montaña, sima, mar, o desierto.
9. Las enfermedades o accidentes derivados del consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, drogas o medicamentos, salvo que estos últimos hayan sido prescritos por un médico.
10. Actos dolosos del Tomador, Asegurado, o causahabiente de éstos.
11. Epidemias y/o enfermedades infecciosas de aparición repentina y propagación rápida en la población, así como las provocadas por la polución y/o contaminación atmosférica.
12. Guerras, manifestaciones, insurrecciones, movimientos tumultuosos populares, actos de terrorismo, sabotajes y huelgas, estén o no declaradas oficialmente. La transmutación del núcleo del átomo, así como de las radiaciones provocadas por la aceleración artificial de partículas atómicas. Movimientos telúricos, inundaciones, erupciones volcánicas y, en general los que procedan del desencadenamiento de las fuerzas de la naturaleza. Cualquier otro fenómeno de carácter catastrófico extraordinario o acontecimiento que por su magnitud o gravedad sean calificados como catástrofe o calamidad.
Con independencia de lo anterior, quedan particularmente excluidas las siguientes situaciones:
1. El traslado sanitario de enfermos o heridos originado por afecciones o lesiones que puedan ser tratadas "in situ".
2. Los gastos de gafas y lentillas, así como la adquisición, implantación-sustitución, extracción y/o reparación de prótesis, piezas anatómicas y ortopédicas de cualquier tipo tales como collarín.
3. El reembolso de los gastos médicos, quirúrgicos y farmacéuticos cuyo importe sea inferior a 50 euros.
Este documento es meramente informativo, sin valor contractual. Las CONDICIONES GENERALES obran en poder de ACUNSA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS y de EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS.
Contrato 3P9