Términos y Condiciones del Servicio de Cobertura contra Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra
Términos y Condiciones del Servicio de Cobertura contra Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra
Lea cuidadosamente este Convenio de Servicio
La Cobertura contra Subida de Voltaje y Conexión a Tierra no forma parte de los servicios reglamentados ofrecidos por Duke Energy Indiana y de ninguna manera es autorizado por la Comisión Reguladora de Servicios Públicos de Indiana. Los compradores de la Cobertura contra Subida de Voltaje y Conexión a Tierra no recibirán preferencia ni trato especial de parte de Duke Energy Indiana en relación a su servicio de electricidad regulado. El cliente no tiene que comprar la Cobertura contra Subida de Voltaje y Conexión a Xxxxxx xx Xxxx Energy One para recibir el mismo servicio de electricidad seguro y confiable de parte de Duke Energy Indiana. La compra de la Cobertura contra Subida de Voltaje y Conexión a Tierra es completamente a discreción del cliente y es posible que también estén disponibles productos similares a través de otros proveedores que son terceras partes.
El servicio público de electricidad de Duke Energy no queda sujeto a desconexión por no pagar los cargos estipulados en este Convenio de Servicio. Si usted paga una cuenta del servicio público de electricidad de Duke Energy que contiene tanto cargos regulados como cargos de Convenio de Servicio, Duke Energy por lo general aplica el dinero primero a los cargos regulados más antiguos, pero siempre conforme a las pautas regulatorias estatales aplicables.
TÉRMINOS FUNDAMENTALES:
A lo largo de este documento, las palabras "Usted" y "Su (de Usted)" se refieren a un cliente calificado domiciliado en una residencia, condominio o casa prefabricada unifamiliar con medidor individual. Las palabras "Nosotros", "Nos" y "Nuestro" se refieren a TWG Home Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxx.,000 Xxxx Xxxxxxx Xxxx., Xxxxxxx, XX 00000, 800.209.6206. Además, cuando se encuentran en negrita, ciertas palabras y frases se definen de la siguiente manera:
Administrador se refiere x Xxxx Energy One, Inc., [Attn: Residential Solutions BAY23 X.X. Xxx 00000, Xx. Xxxxxxxxxx, XX 00000-0000] 888,999. 8856.
Equipo Cubierto es el equipo electrodoméstico y el equipo electrónico para uso personal dentro de la vivienda ubicada en la dirección indicada en Su cuenta de facturación de servicio público. Aparatos electrodomésticos y equipo electrónico significan aparatos electrodomésticos y equipo electrónico de consumidor. Entre ellos se incluyen, aunque no se limitan a: refrigeradores, sistema central de calefacción, ventilación y aire acondicionado, calentadores de agua, lavadoras y secadoras de ropa, lavadoras de platos, hornos de microondas, pequeños aparatos electrodomésticos, televisiones, computadoras, reproductores de DVD, consolas de juegos, tabletas e impresoras sobre escritorios.
Cable de Conexión a Tierra es el sistema de electrodos (barras) de conexión a tierra y el conductor conectado al medidor eléctrico de Su vivienda.
Subida de Voltaje se refiere a subida o impulso de voltaje transitorio (menos de 1 milisegundo) u otras corrientes transitorias sin sobrevoltajes sostenidos.
Convenio de Servicio se refiere a este documento, el cual describe los términos, condiciones, limitaciones y exclusiones que se aplican.
A. COBERTURA
Durante el período de cobertura, sujeto a los términos y condiciones de este Convenio de Servicios, el Administrador hará la determinación de reparar o cambiar el Cable de Conexión a Tierra cuando se requiera por uso y desgaste normal, corrosión, separación de contacto u otra falla que comprometa la integridad de la conexión a tierra del medidor. Una avería mecánica o eléctrica del Equipo Cubierto ocasionada directamente por una Subida de Voltaje también se encuentra bajo cobertura. En caso de una Subida de Voltaje que produzca una avería mecánica o eléctrica al Equipo Cubierto, nosotros le reembolsaremos por la reparación del Equipo Cubierto que haya sido dañado por la Subida de Voltaje hasta el límite de responsabilidad.
En caso de que el Equipo Cubierto que haya sido dañado por la Subida de Voltaje no tenga la posibilidad de ser reparado, el Administrador hará el reembolso por el valor de reemplazo en al momento del daño, menos el factor de depreciación, según se especifica en la Sección F – Limitaciones de responsabilidad. El valor de reemplazo estará basado en el equipo con mayor similitud o en el precio de compra típico del dispositivo, teniendo en consideración las características del año y modelo del Equipo Cubierto que haya sido dañado por la Subida de Voltaje. Si el Equipo Cubierto se ha descontinuado o requiere orden especial, el Administrador suministrará un reembolso razonable por el valor de reemplazo de un sustituto de color y disponibilidad comercial estándar. El uso de piezas renovadas, reacondicionadas o no originales por parte del contratista de servicio autorizado se permite expresamente a discreción exclusiva del Administrador.
Ciertos artículos, sucesos y pérdidas no están cubiertos por este Convenio de Servicio. Consulte la Sección E, - Exclusiones de este Convenio de Servicio.
B. DURACIÓN Y RENOVACIÓN DE LA COBERTURA
La cobertura bajo este Convenio de Servicio empieza (30) días después de Su inscripción siempre y cuando recibamos el pago completo. Las reclamaciones incurridas antes de la fecha de inicio de su Convenio de Servicio no están cubiertas.
El Convenio de Servicio se ofrece por un período inicial de un (1) mes el cuál se renueva automáticamente todos los meses cuando usted paga la cuota de servicio mensual. El Convenio de Servicio se cobra automática y mensualmente, por adelantado, hasta que Usted notifique al Administrador que desea descontinuar o hasta que el Administrador decida descontinuar Su Convenio de Servicio. Su cuenta de servicio público de Duke Energy u otro mecanismo de facturación es el aviso mensual de renovación por escrito. Es Su exclusiva responsabilidad pagar el total de los cargos a más tardar el día en que venza la fecha de pago. Si recibimos el pago a más tardar en la fecha de pago indicada en la factura, este Convenio de Servicio se renueva automáticamente por un mes más.
C. QUÉ HACER CUANDO NECESITA SERVICIO
No pagaremos por servicios hechos sin Nuestra aprobación previa. Se debe notificar al Administrador toda falla del Cable de Conexión a Tierra o de Subida de Voltaje tan pronto como se descubra durante el período de cobertura. La reclamación será aprobada o desaprobada solo después de que el Administrador reciba los formularios de reclamación llenos por completo y con los recibos de compra requeridos y las facturas pagadas por servicios de contratista autorizado y consulte al contratista de servicio autorizado.
1. Cuando se requiera servicio, Usted puede encontrar los formularios de reclamación visitando: xxxx-xxxxxx.xxx/XxxxxXxxxxxxx o bien, llamando por teléfono al Administrador al 888.999.8856 para recibir una copia.
2. Todo servicio deber ser hecho por un contratista de servicio autorizado coordinado ya sea por Usted o el Administrador. El Administrador paga solo por las reparaciones especificadas en la Sección de "Cobertura" anterior y llevadas a cabo por un contratista de servicio autorizado. El contratista de servicio autorizado es un especialista licenciado normalmente involucrado en la reparación y la evaluación de daños de Equipo Cubierto a través de una entidad comercial. El Administrador se reserva en todos los casos el derecho de decidir si el contratista de servicio está calificado y por lo tanto autorizado.
3. Si el Equipo Cubierto no puede ser reparado de forma rentable, el Administrador hará el reembolso por el valor real en efectivo del Equipo Cubierto, el cual será el costo de reemplazo menos la depreciación correspondiente y/o mejoramiento de uno del mismo tipo del Equipo Cubierto hasta el límite permitido. No ofreceremos un mejoramiento en capacidad o funcionalidad.
4. A su discreción, el Administrador puede investigar todas y cualquiera de las reclamaciones según lo considere apropiado. Usted debe establecer acceso y disponibilidad razonable para tal investigación. El Administrador puede rechazar, a su sola discreción, toda reclamación que el Administrador razonablemente considere fraudulenta.
5. Usted está obligado a dar información relacionada con la causa y la naturaleza de cualquier avería del Cable de Conexión a Tierra o la Subida de Voltaje. Esta información puede ser presupuestos, copias de informes de inspección u otros datos de apoyo. Si se le pide, Xxxxx debe firmar los formularios necesarios para que el Administrador preste el servicio conforme a este Convenio de Servicio. En todos los casos, usted debe tomar todas las precauciones necesarias para proteger el Equipo Cubierto hasta que el Administrador autorice las reparaciones o cambios necesarios y el trabajo termine.
6. Si distorsiona los hechos o intenta estafarnos, incluso por colusión entre Usted y el contratista de servicio autorizado, negaremos la cobertura, solicitaremos reembolso, y es posible que intentemos obtener reparación legal.
7. Nos reservamos el derecho de obtener una segunda opinión o pedirle a un contratista de servicio autorizado escogido por el Administrador que inspeccione toda reparación o cambio.
D. PAGO DE RECLAMACIONES
Cuando sea posible, se establecerán disposiciones de pago directamente entre Usted y el contratista de servicio autorizado antes de terminar el trabajo del Cable de Conexión a Tierra. A Usted se le requerirá pagar la reparación o el cambio del Equipo Cubierto, en cuyo caso, el Centro de Servicio a Clientes del Administrador le dará un reembolso cuando reciba los formularios de reclamación llenos por completo y con los recibos de compra requeridos y las facturas pagadas de forma válida por servicios de contratista autorizado y consulte al contratista de servicio autorizado por correo postal o por correo electrónico a la dirección que aparezca en el formulario de reclamación.
Factura(s) pagada(s) de forma válida significa un recibo con membrete proveniente de un contratista de servicio calificado; tal recibo presenta datos como el nombre, dirección, número de teléfono, indicación de la descripción completa del daño, motivo de la avería y cargos relacionados con la reparación.
El Administrador no le rembolsará cargos por reparaciones, reemplazos o servicios/diagnósticos sin llenar los formularios de reclamación dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de facturación de la reparación del contratista de servicio calificado. Los formularios de reclamación pueden encontrarse visitando: xxxx-xxxxxx.xxx/XxxxxXxxxxxxx.
Usted debe reportarnos toda la avería del Cable de Conexión a Tierra y las Subidas de Voltaje. Los cargos no autorizados no serán reembolsados.
E. EXCLUSIONES
La cobertura no se aplica y Nosotros no pagaremos por lo siguiente:
1. Todo Equipo Cubierto que tenga un valor de reemplazo de menos de $100 dólares, según lo determine el Administrador.
2. Equipo Cubierto dañado como resultado de cualquier otra cosa que no sea una Subida de Voltaje.
3. El Equipo Cubierto que no pueda ser reemplazado por uno de igual clase y calidad (por ejemplo, antigüedades).
4. Cualquier artículo/aparato de funcionamiento con pilas que no se pueda enchufar.
5. Equipo Cubierto ubicado en una propiedad comercial, fuera de residencias unifamiliares y garajes adjuntos, tales como bombas de agua al aire libre, sistemas de irrigación, rejas electrónicas para animales de compañía, portones de entrada eléctricos, sistemas de alarma, sistemas de intercomunicación, características de hogar inteligente, rejas invisibles y bañeras de hidromasaje.
6. Vehículos eléctricos de cualquier tipo.
7. Cargadores de vehículos eléctricos.
8. Altos voltajes o bajos voltajes sostenidos o daños producidos por condiciones de neutral abierto.
9. Daños emergentes y condiciones preexistentes.
10. Daños cosméticos al Equipo Cubierto.
11. Equipo Cubierto que no funcionaba antes de la fecha de inscripción.
12. Daños al Equipo Cubierto no reportados durante el período de cobertura.
13. Gastos de Equipo Cubierto que se consideren recuperables a través de otras garantías residenciales suplementarias o de productos.
14. Pérdidas de productos consumibles relacionadas con daños a dispositivos de control de temperatura, humedad o ambiente.
15. Daños por mala utilización, abuso, accidente, instalación inapropiada, alteraciones o modificaciones, o por no seguir las recomendaciones de mantenimiento o las instrucciones del fabricante, cableado defectuoso o inserción de objetos en el Equipo Cubierto.
16. Aparatos y equipo electrónico compartido por inquilinos de una vivienda de unidades múltiples.
F. LÍMITES DE RESPONSABILIDAD
Por favor consulte Su paquete de bienvenida para ver información sobre el plan que ha seleccionado: Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra - Servicio Esencial.
El límite de responsabilidad por reclamación bajo el plan Esencial contra Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra es de [$1,000 dólares]. El límite máximo de responsabilidad bajo el plan Esencial contra Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra para toda reclamación en un año calendario dado, después de la fecha de inicio de Su cobertura, es de [$2,000 dólares].
Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra - Servicio Mejorado.
El límite de responsabilidad por reclamación bajo el plan Mejorado contra Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra es de [$2,000 dólares]. El límite máximo de responsabilidad bajo el plan Mejorado contra Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra para toda reclamación en un año calendario dado, después de la fecha de inicio de Su cobertura, es [de $4,000 dólares].
Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra - Servicio Premium.
El límite de responsabilidad por reclamación bajo el plan Premium contra Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra es de [$5,000 dólares]. El límite máximo de responsabilidad bajo el plan Premium contra Subidas de Voltaje y Conexión a Tierra para toda reclamación en un año calendario dado,
después de la fecha de inicio de Su cobertura, es de [$10,000 dólares].
Todo cargo por reparación o reemplazo más allá del Límite de Responsabilidad, es Su exclusiva y absoluta responsabilidad.
Independientemente de lo que se indique de manera contraria en este Convenio de Servicio, este Convenio de Servicio cubre solo lo que no cubren las garantías, seguros o indemnizaciones válidas a Su disposición. Solo para reclamaciones de cambios, Su reclamación será cubierta de acuerdo a la siguiente lista de depreciación. La antigüedad del Equipo Cubierto será determinada a discreción exclusiva del Administrador mediante el uso de información de producto o la industria disponible, u otra información válida que le ayude al Administrador determinar la antigüedad del equipo.
Antigüedad del Equipo Electrónico | Porcentaje pagado después de la depreciación |
Menos de un 1 año | 100% |
Más de 1 año, pero menos de 2 años | 95% |
Más de 2 años, pero menos de 3 años | 90% |
Más de 3 años, pero menos de 4 años | 85% |
Más de 4 años, pero menos de 5 años | 80% |
Más de 5 años, pero menos de 6 años | 75% |
Más de 6 años, pero menos de 7 años | 70% |
Más de 7 años, pero menos de 8 años | 65% |
Más de 8 años, pero menos de 9 años | 60% |
Más de 9 años, pero menos de 10 años | 55% |
Más de 10 años | 50% |
En ningún caso el Administrador será responsable ante el cliente o ante terceros por pérdida de uso, ingreso o ganancia; o por daños emergentes, fortuitos, indirectos, ejemplares, especiales o punitivos que surjan de incumplimiento de contrato, infracción, negligencia y responsabilidad estricta, extracontractual o de otra índole, independientemente de que el daño haya sido previsible y de que a tal parte se le hubiera advertido la posibilidad de tales daños, y sin importar que todo remedio de su propósito esencial, acordado o de otro tipo, haya fallado. El Administrador no será responsable por ningún repuesto suministrado o trabajo realizado por el cliente o un tercero.
G. DISPOSICIONES GENERALES
1. Cancelación: Usted puede cancelar este Convenio de Servicio por cualquier razón en cualquier momento llamando al Administrador, Duke Energy One, Inc, al teléfono 000.000.0000, o por correo postal a 000 Xxxxx Xxxxx Xx., Xxxxxxxxx, XX 00000. Si usted cancela a más tardar treinta (30) días después de la fecha de compra del Convenio de Servicio, a usted se le dará un reembolso de Su pago total. Si el Cliente cancela este Convenio de Servicio más de treinta (30) días después de la fecha de compra del Convenio de Servicio, una vez que el Administrador reciba su solicitud de cancelación del Convenio de Servicio, el Convenio de Servicio no se renovará al final del período de servicio en curso y la cobertura terminará el último día del período de servicio en curso. Todo reembolso será enviado en un período de no más de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha de cancelación.
No podemos cancelar este Convenio de Servicio excepto por fraude, distorsión sustancial o incumplimiento de pago por parte suya, o si lo requiere la autoridad reguladora. El aviso de tal cancelación será por escrito y se dará por lo menos treinta (30) días antes de la cancelación. Si Nosotros cancelamos, la prima de retorno se basa en cien por ciento (100%) de la prima prorrateada no ganada.
2. Servicio en caso de reubicación: Si usted establece servicio eléctrico en otra residencia dentro del mismo territorio de Duke Energy One Inc., su cobertura se establece automáticamente en Su nueva residencia. Si no desea continuar la cobertura, o si ya no tiene derecho a la cobertura, comuníquese con Duke Energy One llamando al 000.000.0000.
3. Renovación: El Administrador se reserva el derecho de no ofrecer este Convenio de Servicio al renovar. Su cuenta de servicio público de Duke Energy u otro mecanismo de facturación es el aviso mensual de renovación por escrito, y es Su exclusiva responsabilidad pagar el total de los cargos a más tardar el día en que venza la fecha de pago. Si el pago se recibe antes de que termine el plazo establecido, este Convenio de Servicio se renueva automáticamente por otro mes más.
4. Cargos al por menor: El Administrador se reserva el derecho de ajustar los cargos al por menor del Convenio de Servicio dándole aviso a Usted por escrito por lo menos treinta (30) días antes de la fecha de renovación.
5. Facturas y pagos: Para los clientes del servicio público de Duke Energy, todos los cargos del Convenio de Servicio aparecen en la factura de servicio mensual separados de los cargos por servicio público regulado. Si la cuenta del Convenio de Servicio no está al día, no se prestan servicios conforme a este Convenio de Servicio. El pago inicial es consentimiento para que el Administrador use su nombre, dirección y datos de facturación, si es necesario, para prestar servicios conforme a este Convenio de Servicio.
6. Transferencia: Usted no puede transferir este Convenio de Servicio.
7. Territorios: El territorio del Convenio de Servicio está limitado al Cable de Conexión a Tierra y al
Equipo Cubierto localizado en Florida, Indiana, Carolina del Norte y Carolina del Sur solamente.
8. Derecho de recuperación: Si Nosotros pagamos una pérdida, es posible que le pidamos a Usted que Nos asigne sus derechos de recuperación contra terceros. No pagaremos la pérdida si Usted obstruye estos derechos de recuperación. Usted no puede renunciar a Sus derechos de recuperación contra terceros.
9. Totalidad del Convenio de Servicio: Este no es un contrato de seguro. Este es todo el Convenio de Servicio entre Usted y Nosotros y ninguna representación, promesa o condición no contenida aquí modificará estos términos. Al firmar este Convenio de Servicio con Nosotros, Usted acepta que el Administrador no forma parte del Convenio de Servicio y no es responsable ante Usted conforme a este Convenio de Servicio. Nuestras obligaciones conforme a este Convenio de Servicio están aseguradas por una póliza de seguro de reembolso emitida por la Virginia Surety Company, Inc.,175 Xxxx Xxxxxxx Blvd., Chicago, IL 60604, teléfono 000.000.0000. Si no pagamos la reclamación en un plazo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de presentación de la reclamación, o si nos volvemos insolventes o quedamos de otra manera financieramente incapacitados, la reclamación se puede presentar a la aseguradora Virginia Surety Company, Inc., 000 Xxxx Xxxxxxx Xxxx., Xxxxxxx, XX 00000, teléfono 000.000.0000.
10. Resolución de disputas y arbitraje: Este Convenio de Servicio requiere arbitraje vinculante si hay una disputa no resuelta entre Usted y Nosotros con respecto al Convenio de Servicio (incluso en cuanto al costo o falta de reparación o reemplazo a raíz de una Avería). Conforme a esta disposición de arbitraje, Usted renuncia a su derecho de resolver las disputas relacionadas con este Convenio de Servicio ante un juez y/o un jurado. También acepta no ser representante o miembro de clase en demandas legales de clase, arbitraje de clase o cualquier consolidación de arbitrajes individuales. Cualquier disputa sobre la aplicación de esta disposición de arbitraje será presentada por el tribunal de justicia local del condado y el estado donde usted vive. No obstante esta disposición de arbitraje, a Usted no se le impide presentar una acción judicial ante tribunales de menor cuantía para resolver Su disputa.
Las reglas de Arbitraje del Consumidor de la Asociación Americana de Arbitraje (xxx.xxx.xxx) se aplicarán a todo arbitraje conforme a este Convenio de Servicio. Para comenzar el arbitraje, Usted o Nosotros debemos presentarle al otro una solicitud de arbitraje escrita. Usted puede enviarnos directamente su solicitud a: 000 Xxxx Xxxxxxx Xxxx., Xxxxxxx, XX 00000, Atención: Departamento Legal Esta solicitud deberá hacerse en el plazo de un año a partir de lo que suceda primero: I. la fecha en que ocurrió la Avería o la fecha en que surgió la disputa, o bien II. El período de vigencia de los estatutos de limitación aplicables, si ese periodo es más largo.
Se identificará un árbitro por mutuo acuerdo. Le daremos a Usted el anticipo total o parcial de los honorarios de AAA y del árbitro. De lo contrario, el árbitro puede asignar estos honorarios. A menos que
Usted y Xxxxxxxx acordemos otra cosa, el arbitraje se hará en el condado y el estado en que Usted vive. Las normas procesales del arbitraje se regirán por la Ley de Arbitraje Federal (9 U.S.C.A. § 1 y siguientes) y no por ninguna ley estatal sobre arbitraje. Las leyes del estado de Illinois (sin aplicación de sus principios relativos a conflictos sobre derecho aplicable) regirán todo lo relacionado con este Convenio de Servicio y todas las transacciones contempladas en este Convenio de Servicio, tales como, entre otras, la validez, la interpretación, la formación, el rendimiento y la aplicación de este Convenio de Servicio. En el caso de que cualquiera de las partes presente una o varias reclamaciones contra la otra, dando lugar a un fallo en el que una porción de este Convenio de Servicio sea inaplicable, la porción de este Convenio de Servicio que se dictamine inaplicable se separará, y las demás disposiciones quedarán vigentes. Sin embargo, si la porción del Convenio de Servicio que se dictaminó inaplicable es una acción colectiva o incluye la renuncia anterior a los derechos de una acción colectiva, entonces este Convenio de Servicio será inaplicable en su totalidad.
H. ENMIENDAS ESTATALES:
Sólo para residentes de Indiana:
El comprobante de pago se considerará prueba de pago ante la compañía de seguros que garantiza Nuestras obligaciones hacia Usted.