COMPRA DIRECTA Nº 302087/1
COMPRA DIRECTA Nº 302087/1
CONDICIONES QUE REGIRÁN EN LA COMRA DIRECTA PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE IMPERMEABILIZACIÓN XX XXXX MEDIANERO
ARTÍCULO 1º: RECAUDOS
Rigen para esta compra los siguientes recaudos:
- Tocaf
- Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras (PCGCO)
- Las presentes Condiciones Particulares
- Memoria Descriptiva y Constructiva General
- Memoria Descriptiva de las Obras a ejecutar
- Detalles a entregarse en el transcurso de la obra, e instrucciones verbales y/o escritas que personalmente dará en obra el Arquitecto Director de Obra.
ARTÍCULO 2º: OBJETO
El objeto de la presente compra es la ejecución de las obras de IMPERMEABILIZACIÓN XX XXXX MEDIANERO, de acuerdo a lo detallado en los recaudos que rigen esta compra.
Ubicación de la obra:
Obra Nº 4257 Compra Directa Nº 302087/1
Obras de IMPERMEABILIZACIÓN XX XXXX
Identificación
MEDIANERO | ||
Dirección | Xxxxx Xxxxxxx 4675 y Xxxxx Xxxxxxx 4685 | |
Nº xx xxxxxx | 163609 y 163610 | |
Coordinación de visitas | Responsable: | Arq. Xxxxx Xxxxxx |
Teléfono: | 0000 0000 | |
Horario: | Lunes a viernes de 09:00 a 15:00 | |
Repartición encargada de la Obra | CCZ Nº 13 |
ARTÍCULO 3º: VISITA AL LUGAR
Los interesados en participar en esta compra deberán verificar en sitio las condiciones de la obra, a cuyos efectos coordinarán la visita con el Arquitecto responsable por los teléfonos indicados en el cuadro anterior.
La visita será de carácter obligatorio.
Luego de realizada la visita la Administración extenderá una constancia a cada una de las empresas que concurran. El oferente adjuntará a su oferta fotocopia de dicha constancia.
De comprobarse que no fue realizada la visita la oferta podrá ser rechazada sin derecho a reclamación alguna
ARTÍCULO 4º: PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS
Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones
sobre el texto de estas condiciones, hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha tope de recepción de ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida
18 de Xxxxx, en el horario de 10:15 a 15:30 horas o por e-mail a xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía FAX 0000 0000.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de esta compra.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas a todos los interesados que hayan retirado las condiciones de la compra directamente del Servicio de Compras, Unidad Atención a Proveedores de la Intendencia de Montevideo,
incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx entrar en Servicios on line – Cartelera de Compras y buscar el número de la compra) y en el sito web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
ARTÍCULO 5º: PROPUESTA – ASPECTOS FORMALES.
La oferta con su documentación respectiva se presentará en sobre cerrado hasta el día y hora que se indica en la hoja de invitación, en el Servicio de Compras, ubicado
en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre Avenida 18 de Julio o vía fax al 00000000, no siendo aceptadas si llegaren con posterioridad a la fecha tope de recepción de ofertas.
PRESENTACION DE LA OFERTA
A) La oferta: La presentación de la oferta deberá realizarse estrictamente de acuerdo con el formulario propuesto en el ANEXO 1. Asimismo, en base al rubrado que figura en la Memoria Descriptiva, el oferente cotizará los diferentes rubros de acuerdo al detalle establecido en el ANEXO 2 de las presentes condiciones.
B) Firma: La propuesta será firmada por quien represente legalmente a la empresa oferente. Todas las fojas del original se presentarán debidamente foliadas en el correspondiente margen inferior, y se presentará con la oferta una copia simple de la misma.
C) Documentación obligatoria a presentar por el oferente: Se deberá exhibir original de los siguientes documentos:
Certificado del MTOP (en caso de corresponder): Certificado de la empresa expedido por el Registro Nacional de Empresas que funciona en la órbita del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que habilite a ofertar (original y fotocopia para agregar al expediente). Decreto 208/2009 del 4/5/2009.
Podrán cotizar empresas que giren en el Rubro Industria y Comercio, adjuntando la constancia correspondiente y estableciendo que no tributa por ley 14.411.
D) Detalle de la Propuesta:
1) Representante Técnico. Los oferentes designarán en sus propuestas un profesional, Arquitecto o Ingeniero Civil, que se encargará de la organización y control de la obra debiendo tener permanente y estricta vigilancia sobre la misma y que se constituirá en el interlocutor válido ante el Director de la Obra. En la propuesta la empresa oferente consignará su nombre, y el profesional deberá suscribir la misma en señal de aceptación
2) Plazo de ejecución: Se indicará claramente el plazo de ejecución de las obras, incluidas obras accesorias, el cual no podrá ser superior a treinta (30) días hábiles. En caso de no incluirse en la oferta, se entenderá que es el máximo admitido.
3) Cronograma de avance de obra. Los oferentes presentarán un cronograma de avance diario de obra, que tenga el avance proyectado de obra y estimación de montos a certificar en correspondencia con dicho avance.
4) Subcontratos: Los proponentes deberán adjuntar el nombre de las empresas subcontratistas que considere necesarias para la obra. Los Subcontratistas deberán ser de reconocida solvencia y la I. de M. se reserva el derecho de seleccionar, aceptar, o rechazar al Subcontratista, según estime conveniente, sin que ello signifique cambio alguno en el monto de la propuesta, no pudiendo el Contratista general cambiarlos, sin acuerdo previo, documentado por la Dirección de Obras.
E) Respecto al inciso h) del art. 9 del PCGCO, se establece que el Contratista no debe abonar ningún porcentaje por concepto de Estudio y Contralor de Obras.
ARTÍCULO 6º: PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Las ofertas deberán ser mantenidas por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha tope de recepción de ofertas, lo cual debe quedar establecido en la presentación de la propuesta.
ARTÍCULO 7º: ANTECEDENTES
Los oferentes deberán poseer por lo menos dos (2) antecedentes y/o referencias de realización de trabajos similares realizados en instituciones públicas y/o privadas en los últimos cinco (5) años, debiendo indicarlo en su propuesta, y proporcionar todos los datos señalados en el cuadro de presentación de antecedentes a efectos de que sean tenidos en cuenta en el momento del estudio de las propuestas por la Administración.
La presentación del listado de obras realizadas, se documentará de acuerdo al formato adjunto:
Presentación de antecedentes.
Lugar de la obra | Breve descripción | Monto | Plazo de ejecución | Teléfono | Referencias | Año |
En caso de no presentar el listado con los datos solicitados, o de constatarse datos erróneos o falsos, se podrá desestimar la oferta, independientemente de otras acciones que puedan realizar la Administración.
La Administración podrá no tener en cuenta las ofertas de aquellos oferentes que tengan antecedentes de incumplimientos en los últimos cinco (5) años.
ASPECTOS CUANTITATIVOS:
ARTÍCULO 8º: PRECIO
El precio deberá establecerse en moneda nacional uruguaya, en forma detallada según rubrado, consignando además, el precio total de la obra.
Se indicará, en caso de corresponder, el valor imponible por rubro y total, de la mano de obra de la propuesta.
El IVA se deberá detallar en forma separada del precio, en caso de no establecerlo así, se entenderán incluidos en el precio cotizado.
El precio incluirá costo de los materiales, equipo, herramientas, mano de obra y beneficio de la empresa.
Se indicarán claramente los precios unitarios, los metrajes y los precios totales.
En todos los casos el precio de los materiales será considerado como puesto en Obra.
Cualquier costo relacionado con la compra, alquiler, fabricación, montaje, operación y mantenimiento de las maquinarias y equipos será por cuenta del Contratista, debiendo los mismos estar incluidos en su propuesta.
En el Formulario de Presentación de Oferta (Anexo 1 de las presentes condiciones) se podrá establecer la bonificación que se ofrece si el pago se realiza dentro de los quince (15) días calendario de presentada la factura en Contaduría General de la I. de M., y la bonificación que se ofrece si dicho pago se realiza entre los dieciséis (16) y los treinta (30) días calendario de presentada la factura en Contaduría General de la I. de M.
ARTÍCULO 9º: RUBROS
Las empresas proponentes adjuntarán a sus ofertas el rubrado según modelo que se indica en la Memoria Descriptiva de las obras a ejecutar, sin perjuicio que se agregue en caso de faltar, algún rubro que no hubiera sido previsto; o a juicio de los oferentes merezcan detallarse por separado.
Se aclara que cada rubro que integra la propuesta, deberá indicar la cantidad o metraje y su precio unitario con la inclusión total de costos, beneficios, etc. LLAVE EN MANO:
Las cantidades y/o metrajes incluidos en el modelo de rubrado, son a título indicativo, debiendo los oferentes cuantificar por su cuenta, las respectivas cantidades y metrajes bajo su entera responsabilidad.
En caso de diferencias entre los montos parciales y totales, se tomará como válido el cálculo más conveniente para la Administración.
Por los montos establecidos, el oferente se obliga a realizar la totalidad de las obras, no aceptándose por la I. de M. reclamaciones por errores u omisiones de cálculo o interpretación.
La comparación de las ofertas se realizará en función de los montos totales, sin considerar las cantidades y metrajes estimados; sin perjuicio de lo cual, la Administración se reserva el derecho de desestimar aquellas ofertas que presenten cantidades y/o metrajes notoriamente erróneos.
ARTÍCULO 10: IMPREVISTOS
La cantidad presupuestada, calculada para la ejecución de los trabajos proyectados, se incrementará en un 10% (diez por ciento), de lo que resultará el monto total de la propuesta.
El referido porcentaje, que figurará en renglón separado con la denominación de "TRABAJOS IMPREVISTOS" pertenece a la administración y la Dirección de Obra podrá disponer de él para las obras de carácter imprevisto que durante el curso de los trabajos considere necesario ejecutar.
ARTÍCULO 11º: AJUSTE PARAMÉTRICO
La totalidad de rubros cotizados se ajustarán semestralmente en base a un único índice: INDICE GENERAL DE LOS COSTOS DE CONSTRUCCIÓN, variación
operada entre el vigente diez (10) días calendario antes de la fecha tope de recepción de ofertas de la compra y el vigente el mes anterior al que corresponde el ajuste.
ARTÍCULO 12º: METRAJES – FLETES
Los metrajes serán indicados por los oferentes, de acuerdo al rubrado establecido en planilla adjunta (ANEXO 2), calculándose sobre la memoria y los recaudos gráficos que se adjuntan (ANEXO 3 ).
La liquidación de los metrajes correspondientes a cada rubro se realizará de acuerdo a los metrajes presentados en la oferta mediante certificación mensual. No rige el Artículo 83 del PCGCO.
En caso de surgir trabajos imprevistos o modificaciones sobre los recaudos del proyecto, la liquidación se realizará sobre los metrajes efectivamente realizados, ya sea que corresponda en más o en menos del metraje original del proyecto.
ARTÍCULO 13º: PERMUTA DE RUBROS Y METRAJES
Si por razones acorde con nuevos requerimientos o modificaciones al proyecto pudieran variar los rubros y sus metrajes, la Dirección de Obra podrá optar por el canje de rubros, sin afectar el monto total adjudicado. Se tomarán siempre como base para la liquidación, las cotizaciones unitarias ofertadas, estableciéndose a su vez que los valores podrán oscilar entre un tope máximo (monto parcial presupuestado del rubro) y un mínimo que será la unidad. No se admitirá modificación en los precios por estos conceptos.
ARTÍCULO 14º: MODIFICACIONES
El Contratista no podrá considerar como adicionales ningún trabajo, que estando mencionado en la Memoria o en las condiciones de la compra, no estuviera en los planos o viceversa.
Se deja especial constancia que durante el transcurso de los trabajos, cuando la Dirección de Obra diese una orden que signifique una modificación, por pequeña que sea, del precio de lo contratado, o un adicional, el Contratista deberá hacerlos constar y pedir que se le dé la correspondiente comunicación por escrito, pues de lo
contrario quedará tácitamente entendido que la orden dada no significa un adicional y no podrá reclamar el pago del precio correspondiente.
Los trabajos adicionales o economías de obra deberán comunicarse al Contratista por Orden de Servicio, entendiéndose salvo indicación en contrario, que los presupuestos respectivos acompañados de los cómputos, análisis de precios, etc., serán presentados dentro de los cinco (5) días habiles de emitida la referida Orden para su aprobación por la Dirección de Obra.
En caso de encomendarse trabajos no previstos en el contrato deberá acordarse previamente el valor unitario y la cantidad de trabajo a ejecutar.
Todo trabajo ejecutado y no autorizado no será reconocido como adicional al contrato.
ARTÍCULO 15º: MONTO DE LA MANO DE OBRA IMPONIBLE
En función de la Resolución 2255/93 del 28 xx xxxxx de 1993 se establece que de acuerdo al régimen de unificación de aportes patronales y obreros de la Industria de la Construcción, establecidas por la ley Nº 14.411 los aportes al Banco de Previsión Social quedarán a cargo de la Intendencia de Montevideo.
A los efectos de la adjudicación y para el estudio y cotejo de las ofertas, se tendrá en cuenta los aportes calculados por la Empresa y declarados en la propuesta, para lo cual, los oferentes deberán declarar el monto de mano de obra imponible para cada rubro y la sumatoria total.
El registro de la Obra ante el B.P.S.
Lo hará la empresa contratista previo control y firma de los formularios 1 y 2 (Obra Pública) por el Director de la Obra y la firma del representante de la Intendencia de Montevideo ante el BPS. Dicho registro deberá hacerse en el transcurso del mes de inicio de la obra y deberá remitirse inmediatamente copia del formulario de inscripción con número de obra, al Sector Contralor de Liquidación y Pago a Acreedores de Contaduría General
Los pagos xx xxxxx sociales por la I.M., se realizarán en base a las planillas de aportes que presente la empresa contratista mensualmente. Dichos pagos por cuenta de la I.M. se harán hasta el tope indicado por la empresa en su propuesta, superado el tope antes establecido, los siguientes pagos los realizará la I.M. mediante la retención del importe que corresponda del certificado respectivo.
De acuerdo al art. 7 lit. a) del Decreto ley 14.411 del 7/8/75-
"Cuando las planillas presentadas por el contratista o subcontratista, superan los jornales determinados por paramétrica, o los reconocidos por el Organismo Contratante, la diferencia injustificada, será abonada por los empresarios, contratistas o subcontratistas, quienes serán sujetos pasivos por deuda propia." Presentación de nóminas
Las empresas dispondrán del plazo fijado por BPS para cada mes, para la presentación de nóminas firmadas por el técnico a cargo del control de la obra, ante Contralor de Liquidación de Acreedores de Contaduría General, para que se le coloque el código para su presentación ante BPS.
Presentación de facturas
Las empresas dispondrán de un plazo máximo fijado el día 20 del mes, salvo vencimientos anticipados por el BPS , caso en el cual se informará a las empresas
el plazo estipulado, para entregar el formulario para el pago y copia de nómina. De no hacerlo en tiempo y forma serán de cargo de dichas empresas los importes por concepto de MULTAS Y RECARGOS que fije el B.P.S. y serán descontados de las liquidaciones subsiguientes.
En caso de no tener jornales en el mes, puede presentar nómina en $0 o declarar inactividad mediante formulario F9 (con firma de técnico y representante).
Vinculación o desvinculación de subcontratistas
Se requiere para su registro firma del técnico y del representante.
Cierre de la Obra ante el B.P.S
Lo hará la empresa contratista, previo control del Sector Contralor de Liquidación y Pago a Acreedores de Contaduría General, y firma de los formularios correspondientes por el Director de la Obra y el representante de la Intendencia de Montevideo.
Dicho cierre deberá hacerse dentro de los treinta (30) días de terminada la obra. Las multas que puedan surgir por atrasos en los plazos para el registro y cierre de la obra, serán de cargo de la empresa contratista, al igual que las que se generen por presentar la planilla mensual fuera de plazo.
Por la característica del suministro podrá cotizarse también por Industria y Comercio
ARTÍCULO 16º: EVALUACIÓN Y COMPARACIÓN DE OFERTAS
Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la compra.
De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Cumplida esta etapa, se evaluará la totalidad de las ofertas que se ajusten a los documentos de la compra, de acuerdo al criterio de menor precio ofertado sin considerar descuento pronto pago.
ARTÍCULO 17º MEJORAMIENTO DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES
La Intendencia de Montevideo podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del TOCAF, recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.
ARTÍCULO 18º: ADJUDICACIÓN
La Intendencia se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de compra y de rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
Podrá también, adjudicar parcialmente, eliminando o disminuyendo imprevistos o con aceptación del adjudicatario, quitar rubros o disminuir las cantidades de los
mismos.
ARTÍCULO 19º: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Notificación:
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Orden de Compra. La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
1.- Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario, la cual podrá ser enviada en forma válida por fax.
2.-Con la recepción de la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres (3) días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera la Intendencia de Montevideo podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes. A estos efectos, y ante la imposibilidad de la notificación personal, se admitirá el telegrama colacionado.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la adjudicación, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes; así como también podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
ARTÍCULO 20º: GARANTÍA DE CONSERVACIÓN
De cada pago que la Administración realice se retendrá un monto equivalente al cinco por ciento (5%), como Garantía de Conservación, de acuerdo a lo establecido en el art. 18 del P.C.G.C.O.
El adjudicatario podrá optar al momento de la liquidación, por constituir esta garantía por cualquiera de las formas admitidas para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y de mantenimiento de oferta (valores públicos, fianza o aval bancario, o póliza de seguro de fianza). Pero, hecha la opción por uno de los instrumentos mencionados precedentemente, no se podrá, salvo autorización de la IM, sustituir un instrumento por otro.
La garantía de conservación será devuelta luego de recibirse definitivamente las obras, una vez que el Servicio competente haya informado sobre la procedencia de la devolución y siempre que el contratista no haya incurrido en multas cuyos pagos se encuentran pendientes y en caso de que no exista contra él reclamación alguna por daños y perjuicios derivados de la ejecución.
ARTÍCULO 21°. - TECNICO PREVENCIONISTA
La empresa adjudicataria deberá tener un Técnico Prevencionista durante el desarrollo de todos los trabajos. El mismo será responsable de todo lo concerniente a la seguridad y salud ocupacional (inclusive de los eventuales subcontratos).
El adjudicatario, previo al inicio del contrato, deberá indicar el nombre del Técnico Prevencionista y la frecuencia con que éste deberá concurrir durante la realización la obra.
ARTÍCULO 22.º: CONDICIONES GENERALES DE LA OBRA
A) INICIO:
El adjudicatario, una vez notificado y presentada la documentación que a tales efectos le sea requerida, quedará habilitado para dar comienzo a los trabajos, esto incluye la firma del acta de inicio de obra.
Las obras deberán iniciarse dentro del plazo de quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de perfeccionamiento del Contrato.
Una vez iniciadas las obras, no podrán suspenderse, salvo motivo de fuerza mayor probado fehacientemente, y debidamente asentado en el libro de la obra y refrendado por ambas partes.
Para poder iniciar las obras el adjudicatario deberá presentar:
1) Plan de Prevención de Seguridad del MTSS.
2) Certificado del MTOP que habilite a contratar, en caso de corresponder.
3) Formularios para la inscripción de la obra en BPS, en caso de corresponder.
B) HORARIO:
El Contratista trabajará dentro de la jornada legal, en el horario que convenga con la Dirección de Obra; para hacerlo en horas extraordinarias o días festivos, deberá solicitar autorización por escrito a dicha Dirección con 48 horas de anticipación, por lo menos, sin perjuicio de cumplir con toda otra disposición de carácter nacional o departamental. El Contratista podrá habilitar, también con autorización, más de un turno de trabajo con obreros diferentes, corriendo por su cuenta todos los gastos que por concepto de instalaciones, consumos, aumentos de jornales, gastos de gestión, etc. pudieran ocasionarse.
C) DISPOSICIONES LABORALES:
a) El Contratista estará obligado a aceptar y mantener la obra en las condiciones de seguridad que pauta el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Decreto 89/95) y Banco de Seguros del Estado. A estos efectos, la Dirección de Obra podrá solicitar las constancias de autorización de andamiaje y condiciones generales de la obra cuando lo estime conveniente. El incumplimiento en la presentación de las constancias así como la no observación de las normas de seguridad dispuestas, podrán ser sancionados con la detención de los trabajos sin que esto implique una prórroga en el plazo de terminación.
b) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral (convenio colectivo suscrito vigente), en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que los laudos vigentes queden sin efecto la remuneración mínima será un Salario Mínimo Nacional.
La Intendencia de Montevideo, en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.
En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de rescindirlo en la forma y condiciones previstas en estas condiciones.
La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de exigir a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados.
En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de M. tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
El incumplimiento por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.
c) Ley 18.099 en concordancia con ley 18.251- La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales, originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado.
La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la X.xx M. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de trabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros.
Los antes referidos gastos serán reembolsados a la I. de M. ajustados por el Indice de Precios al Consumo.
d) Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad - El Decreto 481/09 dispone la inscripción obligatoria de todas aquellas obras de construcción cuya ejecución supere las treinta (30) jornadas de trabajo en el Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad.
Quienes estén comprendidos en la obligación de registrarse y no hayan cumplido debidamente con dicha condición, serán pasibles de clausura por parte de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS) del MTSS.
D) TERMINACIONES:
Todos los trabajos deberán resultar completamente terminados y ejecutados hasta en sus detalles mínimos, con la mayor prolijidad, haciéndose entrega de la obra en perfecto estado de limpieza y utilización.
E) EXCEDENTES:
El Contratista queda obligado a transportar a su cargo los excedentes de la obra, cualquiera sea su naturaleza, hasta los puntos que se indiquen expresamente en los
recaudos. Si no estuvieran establecidos dichos puntos, se calculará un transporte hasta 20 Km. de distancia medidos desde la obra.
F) VOLQUETAS Y CUALQUIER OTRO TIPO DE ELEMENTO QUE SIRVA PARA EL ACOPIO Y TRANSPORTE DE RESIDUOS:
Las empresas adjudicatarias de compras de obra solo podrán utilizar para el transporte de residuos (residuos de obras civiles, excavaciones, demoliciones, construcciones, etc.) volquetas registradas y/o pertenecientes a empresas inscriptas y habilitadas por el Registro Único Obligatorio de Empresas Transportadoras de Residuos Sólidos acorde a la normativa departamental vigente (capítulo II.1. Título IX del Volumen V del Digesto Municipal, D. 1928.1 a 1928.14 y R. 424.110.1 a 424.110.19).
Por más información dirigirse al Sector Contralor de los Servicios de Volqueta, División Limpieza, Departamento de Desarrollo Ambiental, Piso 6, Unidad de Contratos, tels. 1950 3135 – 1950 3136.
G) SERVICIOS.
Serán de cargo del Contratista todas las gestiones y obras para la desconexión de los servicios suministrados por IM, UTE, ANTEL, OSE, MONTEVIDEOGAS, TV Cable u otras. Asimismo, se tomaran todas las medidas del caso para evitar cualquier tipo de inconvenientes con los tendidos existentes de las empresas u organismos citados-sean subterráneas o aéreas-dando previo aviso de los posibles inconvenientes. Asimismo, el Contratista deberá reparar a la brevedad y a su costo, los desperfectos de cualquier índole que pudiere ocasionar a públicos y/o privados como consecuencia de la realización de los trabajos solicitados.
H) SUMINISTROS
En todos los rubros en que se cotice suministro de elementos terminados, como por ejemplo: luminarias, equipos, bombas, artefactos sanitarios, grifería, etc., deberá indicarse marca, modelo y procedencia, adjuntando información folletos o catálogo en caso que corresponda. Los materiales deberán ser de primera calidad y provenientes de proveedores reconocidos en plaza. El Contratista será responsable de su garantía hasta la Recepción Definitiva.
I) ACOPIO
Se establece para esta obra el no acopio de materiales.
ARTÍCULO 23º: OBLIGACIONES
Por la cantidad establecida en su propuesta el Contratista estará obligado a ejecutar los trabajos estipulados en el proyecto, de acuerdo a las reglas del buen construir, Pliegos de Condiciones, Memorias y plano, sin que le sirva de excusa o derecho alguno alegar cálculos erróneos u omisiones en la presentación de la misma.
Se ratifica que todo trabajo o elemento indicado en alguna de las piezas integrantes de los recaudos (planos, planillas, memorias, pliegos), aunque haya sido omitido en las restantes, deberá ser incluido en la propuesta, de tal modo que si algún rubro o trabajo solicitado en los recaudos no apareciera expresamente desglosado, se considerará incluido y considerado en el precio de la propuesta, por lo que se exigirá
su realización.
Durante la construcción de la obra, el Contratista deberá respetar las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas referentes a la Prevención de Accidentes de Trabajo, siendo único responsable de los accidentes que se pudieran producir a sus obreros o a terceros.
El Contratista será responsable de los daños dentro del predio y en las propiedades ajenas y bienes muebles durante los trabajos. Esto incluye, líneas telefónicas, eléctricas y canalizaciones de cualquier tipo y propiedades adyacentes al predio de la obra.
Desde el comienzo hasta la terminación completa de los trabajos, estará a cargo del Contratista el cuidado de la totalidad de las obras, tanto permanentes como provisionales.
ARTÍCULO 24º: CESIÓN DEL CONTRATO
El Contratista no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consentimiento expreso por escrito de la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto
ARTÍCULO 25º: RECEPCIONES
Recepción provisoria
La recepción provisoria se realizará dentro de los quince (15) días calendario de finalizadas totalmente las obras. Será certificada por un acta de finalización de obra provisoria, donde se hará constar las observaciones que el Director de Obra estime y corresponda.-
Recepción definitiva
La recepción definitiva se hará siempre que las obras estén en perfectas condiciones de construcción y conservación después de haber transcurrido ciento ochenta (180) días calendario a partir de la fecha de la recepción provisoria correspondiente; en este caso será firmada un acta de recepción definitiva entre las partes.
ARTÍCULO 26º: RIESGO Y RESPONSABILIDAD
Será de exclusivo cargo del Contratista todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato, ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la Administración o a sus empleados, a los efectos transportados o a su propio personal.
El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su propuesta, la omisión o errores de cálculo en la presentación de la misma no le otorgarán derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
ARTÍCULO 27º: XXXX
La xxxx en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Contratista, se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modalidad y carácter de los mismos, o por el hecho de hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna
ARTÍCULO 28º: MULTAS
- Si el Contratista no iniciare las obras dentro del plazo establecido en estas condiciones, la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa de 10 U.R (diez Unidades Reajustables) por cada día hábil de atraso.
- Si el Contratista no cumpliera con las órdenes impartidas por la Dirección de la Obra, la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa de 4 U.R (cuatro Unidades Reajustables) por cada día hábil xx xxxx.
En caso de que el Contratista entienda que esas órdenes le perjudican o son contrarias a la buena ejecución de la obra, deberá igualmente cumplirlas, pudiendo presentar posteriormente reclamación fundada.
La reclamación será presentada ante la Dirección del Servicio, quien se expedirá sobre el punto.
- Si el Contratista no terminase las obras en el plazo estipulado, la Intendencia de Montevideo podrá aplicarle una multa de 10 U.R. (diez Unidades Reajustables) por cada día hábil de atraso.
- Si el Contratista no cumpliera con las obras de conservación intimadas, se le aplicará una multa de 40 U.R (cuarenta Unidades Reajustables) por cada intimación realizada.
ARTÍCULO 29º: RESCISIÓN Y SANCIONES
La falta de cumplimiento parcial o total de cualesquiera de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, habilitará a la Intendencia de Montevideo a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin perjuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y que podrán ser: desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.
La rescisión por incumplimiento del Contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes.
ARTÍCULO 30º: CERTIFICACIONES Y PAGOS
A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 19.210, el pago de las facturas que hayan sido presentadas o se presenten al cobro por proveedores, se realizará por transferencia a xxxxxxx xxx XXXX.-
A tales efectos los proveedores deberán, sin perjuicio de gestionar la apertura de una cuenta gratuita en la Agencia xx XXXX de su preferencia (en caso de que no dispongan de ella), suscribir el “Contrato de Adhesión a sistema de pagos por transferencia bancaria” y el “Complemento obligatorio para la IM”, ambos documentos incluídos en el instructivo de inscripción en el XXXX .-
En caso de no haber cumplido con lo establecido en el apartado anterior, desde el 1/7/2015, el pago será retenido no siendo responsabilidad de la IM la demora que dicho atraso ocasione.-
Las certificaciones y pagos se efectuarán de acuerdo a lo previsto en el artículo 86 y siguientes xxx Xxxxxx de Condiciones Generales para la Construcción de Obras.
La Intendencia de Montevideo abonará en un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir de la presentación del certificado de avance de obra, debidamente conformado en la Contaduría General.
Se modifica el art. 90 del PCGCO de acuerdo a lo establecido a continuación:
Interés xx xxxx
El interés xx xxxx a que refiere el art. 90 c) del PCGCO queda fijado en el 50% de la tasa de interés correspondiente a la tasa media de interés trimestral para empresas, para operaciones con plazos menores de un año, publicada por el Banco Central del Uruguay (Art. 15, ley 14.095-Circular 1695) vigente en el mes de vencimiento, modificándose en tal sentido el art. 28 del PPEO.
Imputación a la paga
Se modifica el art.90 literal d) del PCGCO, el segundo y tercer párrafo queda redactado como sigue:
“A los efectos de la liquidación de los intereses se aplicará el criterio de imputación de la paga en primer lugar al capital. Asimismo, la tasa de interés establecida se considerará como tasa de interés simple.”
Se modifica el art.90 literal e) del PCGCO, a partir del tercer párrafo queda como sigue:
“La actualización del monto de esa diferencia se calculará con arreglo a los precios resultantes del día inmediato posterior al vencimiento de los ciento veinte (120) días calendario, debiendo efectuarse su pago dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la fecha de solicitud de liquidación.”
ARTÍCULO 31º: CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL O CERTIFICADO ÚNICO DE PROVEEDOR.
La Intendencia de Montevideo exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, la exhibición del Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor al día expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la Intendencia de Montevideo.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, piso 1
½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
ARTÍCULO 32°: REGISTRO DE PROVEEDORES.
Para ser adjudicatarios, los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM. De no hallarse registrados al momento de la presentación de las ofertas, se les adjudicará un número de registro provisorio. En caso de ser adjudicatario deberá concurrir a la Unidad Atención a Proveedores con la documentación necesaria y el número provisorio asignado, a los efectos de obtener la inscripción definitiva en dicho Registro.
Asimismo, a partir del 6 xx Xxxxx de 2015, también se exigirá que los oferentes se encuentren inscriptos en el XXXX (Registro Único de Proveedores Estatales) para
poder ser adjudicatarios.
Una vez en estado “ACTIVO” en XXXX quedarán en condiciones de ser validados en el Registro de Proveedores de la XX.Xx al momento de la adjudicación, el proveedor propuesto no hubiese adquirido el estado "ACTIVO" en XXXX, la Administración otorgará un plazo de 5 días hábiles a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Para obtener más información sobre la inscripción XXXX visitar el portal de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), responsable del funcionamiento xxx XXXX.
De lo contrario podrá consultar via mail o personalmente en el Servicio de Compras- Atención a Proveedores, Xxxxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxx, e- mail: xxxxxxxx.xxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
ARTÍCULO 33º: RECEPCIÓN DE PROPUESTAS
La recepción de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, hasta la fecha establecida en la publicación de la presente compra en el Sitio Web de Compras Estatales.
Se podrán retirar los recaudos completos en CD (planos, memoria, condiciones) en el Servicio de Compras de la Intendencia de Montevideo, Unidad de Atención a Proveedores, de lunes a viernes en el horario de 10:15 a 15:30 hs.
ANEXO 1 – Formulario de Presentación de oferta
(Oferente) domiciliado a los efectos legales en la calle Nº , del Departamento de Montevideo, teléfono , fax , se compromete a realizar los trabajos de IMPERMEABILIZACIÓN XX XXXX MEDIANERO (OBRA Nº 4257) con arreglo a los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares y a las indicaciones de la Memoria Descriptiva; (COMPRA DIRECTA Nº 302087/1), por el Monto total de Pesos Uruguayos que responde al siguiente detalle:
TRABAJOS PRESUPUESTADOS $
I.V.A. $
MONTO PARCIAL $
IMPREVISTOS 10 % $
MONTO TOTAL $
(Son pesos uruguayos )
Asimismo declaro haber tenido a la vista los recaudos indicados e inspeccionado el lugar donde se realizará la obra y me someteré a las leyes y Tribunales del País con exclusión de todo otro recurso.
El monto de mano de obra imponible es de $ (sin incluir imprevistos).
El plazo de terminación y entrega de los trabajos será de días hábiles.
El representante técnico de la empresa es el (Arquitecto o Ingeniero Civil) --------------
Bonificación ofrecida por pronto pago ………………………………
Montevideo, de de FIRMA: ......................................................
CONTRAFIRMA:
C.I. Nº
ANEXO 2 – RUBRADO
Reparación xx xxxx medianero en el Local de cuadrilla | ||||||
RUBRO | UNIDAD | METRAJE | P.UNITARIO | X.XXXXX | MONTO IMP. | |
1 | IMPLANTACION | |||||
1.1 | Capataz y sereno | Global | 1 | |||
subtotal | ||||||
2 | DEMOLICIONES | |||||
2.1 | Picado de revoques existentes en mal estado | Global | 1 | |||
2.2 | Desmantelamiento de instalación de abastecimiento en el acceso | Global | 1 | |||
2.3 | Eliminación xx xxxxx de eléctrica | Global | 1 | |||
2.4 | Picado de una franja de 80cm paralelo a la medianera | Global | 1 | |||
subtotal | ||||||
3 | ALBAÑILERIA | |||||
3.1 | Revoques | Global | 1 | |||
3.2 | Colocación de membrana asfáltica | Global | 1 | |||
3.3 | Reconstrucción de pavimentos próximos a la medianera | Global | 1 | |||
3.4 | Sellado de unión xx xxxx con vivienda | Global | 1 | |||
3.5 | Pintura xx xxxx con Impermeabilizante para exteriores xx xxxx | Global | 1 | |||
3.6 | Suministro de Pintura interior | lts | 12 | |||
subtotal | ||||||
4 | ELÉCTRICA | |||||
4.1 | Acondicionamiento y colocación de llaves en tablero interior | Global | 1 | |||
subtotal | ||||||
5 | INSTALACIÓN SANITARIA | |||||
5.1 | Cañería y llaves para abastecimiento de agua fría | Global | 1 | |||
subtotal | ||||||
6 | LIMPÌEZA DE OBRA | Global | 1 | |||
subtotal | ||||||
Total |
Subtotal | |
IVA (22%) | |
Imprevistos (10%) | |
Total Rubros |
Monto Imponible total | |
Leyes Sociales BPS (70,8% del Imponible) | |
Imprevistos (10%) | |
Total leyes Sociales |
Total Final
ANEXO 3 – MEMORIA DESCRIPTIVA
MEMORIA CONSTRUCTIVA Y DESCRIPTIVA PARTICULAR - Obra: Nº4257 IMPERMEABILIZACIÓN DE XXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX 000000 (PERJUDICANTE) Y PADRÓN 163610 (PERJUDICADO)
Local Municipal dentro del CCZ13 “local de Cuadrillas" Ubicación: Xxxxx Xxxxxxx 4675
Artículo 1°. - CONSIDERACIONES GENERALES
1) La presente Memoria sustituye en lo que se contradiga a la Memoria Descriptiva y Constructiva General.
2) ADVERTENCIA: Los artículos, párrafos o apartados que pudieran ofrecer dualidad de interpretación, se tomarán en la forma que resulten aplicables a la obra, entendiéndose además que en los casos en que eventualmente existiera contradicción se tendrá por válido el sentido más favorable a la Intendencia de Montevideo, siempre que ello no configure un absurdo para el proyecto quedando la definición en todos los casos a cargo de la Dirección de Obra. Además, ésta brindará en cualquier momento las aclaraciones o datos complementarios que le sean solicitados, motivo por el cual una vez presentada y aceptada una propuesta, no se reconocerá reclamación alguna por diferencias debidas a simples presunciones, por fehacientes que éstas fueran.
3) Las obras aún cuando no hayan sido expresadas en esta memoria, así como aquellas que se consideren imprescindibles para el funcionamiento satisfactorio de las construcciones, se considerarán de hecho incluidas en la propuesta correspondiendo al contratista señalar en su momento las posibles omisiones que en este sentido existieran.
4) Será de cuenta de la Intendencia de Montevideo únicamente lo expresado e indicado en la Memoria Constructiva y Descriptiva Particular, tomándose en cuenta los procedimientos y consideraciones, indicados en la Memoria Constructiva y Descriptiva General. Queda terminantemente prohibido introducir modificaciones en ningún elemento del proyecto sin orden escrita de la Dirección de Obra. Las tareas comprenden también la ejecución de aquellos trabajos que aunque no especificados por omisión, se consideren convenientes como un complemento lógico de los trabajos descritos.
5) Estará a cargo de la empresa constructora la tramitación para el pedido de provisorio de obra para el suministro de agua potable y energía eléctrica, siendo el costo de su consumo de cargo de la empresa; para resolver satisfactoriamente la utilización de estas instalaciones, el contratista deberá acordar dicho uso debidamente con la Dirección de la obra.
Artículo 2°.- UBICACION
La medianera a intervenir se encuentra ubicada en el padrón 163609 ubicado Xxxxx Xxxxxxx 4675, lindando con el padrón 163610. Implica la zona a ambos lados xxx xxxx desde la fachada de la construcción del local de cuadrillas, hasta la línea frontal del predio, abarcando 15 mts lineales aproximadamente.
Artículo 3°.- DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS
Implica:
• Trabajos de impermeabilizar el muro medianero de Xxxxx Xxxxxxx 4675 (Local de cuadrillas del ccz 13) que linda con vivienda xxx xxxxxx 163609.
• A su vez se realizará el cambio de ubicación de las llaves de eléctrica que se encuentran sobre la xxxx xxx xxxx medianero que coincide con la vivienda xxx xxxxxx 163610. Trasladándolas al interior del local de cuadrilla.
• Realización de nueva instalación sanitaria exterior, con instalación de canilla.
Artículo 4°. PREPARACION DE LA OBRA
1) CONSTRUCCIONES PROVISORIAS
Deberá tenerse especial cuidado de no entorpecer el uso de la vía pública, los espacios circundantes, ni las redes de evacuación con los desechos de las obras o ingreso y acopio de materiales, toda anomalía en este rubro será de cargo exclusivo del contratista y como previo a la recepción de la obra. Cualquier protección especial que el Contratista considere necesaria, será de su exclusiva cuenta, y deberá contar con la aprobación previa de la Dirección de la Obra.
Para casilla de obra, vestuario y baño provisorio para el personal obrero, se usarán los del propio local, los que se mantendrán en aceptables condiciones de higiene.
2) CUADERNO DE OBRA
En la obra, y a partir de la firma del acta de iniciación de la misma, el Contratista deberá proporcionar un cuaderno de obra, con duplicado, adonde se asentarán diariamente todas las observaciones, avances, consultas e indicaciones que correspondan. Será de su total responsabilidad el buen estado y permanencia.
El contratista y/o su delegado en la obra, asentarán en él un parte diario. La dirección de la obra dejará en este mismo cuaderno acuse de sus vistas, indicaciones y observaciones, las que deberán cumplirse y/o acusar recibo, no más allá de 24 horas (acuse en el parte diario). El inventario de los elementos existentes a retirar, mantener y/o trasladar, también será objeto de asiento del citado cuaderno.
Al final de la obra y como último acto previo a la recepción provisoria de la misma, se asentará en este cuaderno la finalización de la misma y se dejarán saldadas expresamente las observaciones que se hubieran expresado por ambas partes. Así mismo se anotarán todas las observaciones que pudieran corresponder o quedar pendientes de la recepción definitiva.
3) SEGURIDAD EN OBRA
El contratista atenderá todas las disposiciones vigentes contenidas en la Ley de Prevención de Accidentes de Trabajo, reglamentaciones vigentes del Ministerio de Trabajo, reglamento del Banco de Seguros, Ordenanzas Municipales en la materia, etc., y se responsabilizará por el ingreso a la obra de personas ajenas a su empresa.
Será de exclusiva responsabilidad del Contratista la preservación y custodia de los bienes que se encuentren en el recinto de la obra a partir de la firma del acta de iniciación de la misma y hasta su total finalización. Esta Administración no brindará ningún servicio de vigilancia ni interior ni exterior de los locales asignados a la obra. En caso de los bienes municipales, y en caso de falta y/o deterioro, estos serán repuestos en su totalidad y en su verdadero valor.
4) REPLANTEO
El contratista realizará el replanteo de las obras, el que será verificado por la Dirección de la Obra, aprobado y asentado en el cuaderno de obra, previo al inicio de las obras definitivas. Este replanteo se hará de modo tal que asegure la invariabilidad de todos los elementos de marcación durante el desarrollo de los trabajos dependientes de ellos. Fuera de ellos, el contratista es responsable de los errores cometidos.
Artículo 5°. MATERIALES
1) Todos los materiales destinados a la construcción de las obras serán de primera calidad dentro de su especie y procedencia y tendrán las características que se detallan en esta Memoria y - en caso de corresponder- lo indicado en planos y planillas que integran los recaudos, y en un todo de acuerdo con la Memoria Constructiva y Descriptiva General, debiendo contar con la aprobación de la Dirección de la Obra.
2) En general y en lo que sea aplicable regirán para los materiales las normas UNIT adoptadas oficialmente por el Instituto Uruguayo de Normas Técnicas y en particular por los exigidos por esta Intendencia. La aceptación definitiva de cualquier material no excluye al contratista de la responsabilidad que por tal grado le corresponda.
3) Los artículos deberán depositarse en la obra en sus envases originales, correspondiendo el rechazo de aquellos que se empleen indebidamente, o en caso de corresponder se deberá solicitar la conformidad previa y escrita de la Dirección de la Obra. Si se comprobara que parte de la obra fue realizada con materiales rechazados, será demolida y rehecha enteramente a cuenta del contratista.
4) Todo material rechazado deberá ser retirado inmediatamente de la obra. Si la Dirección de la Obra creyera conveniente el ensayo de materiales o muestras de fábrica en el Instituto de Ensayo de
Materiales de la Facultad de Ingeniería, el contratista proveerá los materiales y elementos necesarios a su costo. Asimismo si la Dirección de la Obra, lo juzgara conveniente fiscalizará la elaboración de los materiales, artículos o productos que se ejecuten en talleres y/o obradores, situados fuera xxx xxxxxxx de la obra, debiendo el contratista aportar la nómina de esos talleres.
Artículo 6º . RUBROS DE LA OBRA
Para el modelo de presentación de la propuesta que figura en el pliego particular serán usados de forma estricta los siguientes rubros en las diferentes etapas, las propuestas que no se ajusten a este requisito no serán tomadas en cuenta:
Reparación xx xxxx medianero en el Local de cuadrilla | ||||||
RUBRO | UNIDAD | METRAJE | P.UNITARIO | X.XXXXX | MONTO IMP. | |
1 | IMPLANTACION | |||||
1.1 | Capataz y sereno | Global | 1 | |||
subtotal | ||||||
2 | DEMOLICIONES | |||||
2.1 | Picado de revoques existentes en mal estado | Global | 1 | |||
2.2 | Desmantelamiento de instalación de abastecimiento en el acceso | Global | 1 | |||
2.3 | Eliminación xx xxxxx de eléctrica | Global | 1 | |||
2.4 | Picado de una franja de 80cm paralelo a la medianera | Global | 1 | |||
subtotal | ||||||
3 | ALBAÑILERIA | |||||
3.1 | Revoques | Global | 1 | |||
3.2 | Colocación de membrana asfáltica | Global | 1 | |||
3.3 | Reconstrucción de pavimentos próximos a la medianera | Global | 1 | |||
3.4 | Sellado de unión xx xxxx con vivienda | Global | 1 | |||
3.5 | Pintura xx xxxx con Impermeabilizante para exteriores xx xxxx | Global | 1 | |||
3.6 | Suministro de Pintura interior | lts | 12 | |||
subtotal | ||||||
4 | ELÉCTRICA | |||||
4.1 | Acondicionamiento y colocación de llaves en tablero interior | Global | 1 | |||
subtotal | ||||||
5 | INSTALACIÓN SANITARIA | |||||
5.1 | Cañería y llaves para abastecimiento de agua fría | Global | 1 | |||
subtotal | ||||||
6 | LIMPÌEZA DE OBRA | Global | 1 | |||
subtotal | ||||||
Total |
Artículo 7°. DETALLE DE LOS TRABAJOS A EJECUTAR
Los trabajos a ejecutar serán cotizados en forma global o unitaria, según se indique en el rubrado, pero en cualquier caso se incluirá la cotización discriminada por precio unitario. Los metrajes para la presupuestación serán calculados por cada empresa a partir de los recaudos, por lo que la Intendencia de Montevideo dará por entendido que la oferta presentada implicará la totalidad de los trabajos que la obra implique.
La Intendencia - a partir de los precios unitarios cotizados- podrá disponer el cambio de tipo de trabajo a realizar, rigiendo el costo de los mismos de acuerdo al listado establecido en la oferta.
La Intendencia se reserva además el derecho de adjudicar la ejecución parcial, con la disminución de metrajes o supresión de rubros, de los trabajos a partir de lo ofertado, ya sea parcialmente en cuanto a la cantidad o tomando sólo algunos de los rubros cotizados.
1 | IMPLANTACIÓN Y REPLANTEO |
Este rubro incluye las construcciones provisorias y replanteo descritos en el Art. 4 (preparación de la obra) de la presente memoria, así como la vigilancia.
2 | DEMOLICIONES |
2.1 Picado de revoques existentes en mal estado
Existen tres zonas xx xxxx medianero: zona de la vivienda, muro en retiro y muro desde la vivienda hasta fachada local.
Se retirará la terminación de BALAI flojo o en mal estado que existe en la xxxx xxx xxxx donde se encuentra la vivienda. Se picarán todos los revoques xxx xxxx de la vivienda desde el piso hasta 1 mt de altura y en el resto de los muros se picarán todos los revoques flojos o en mal estado. En este rubro el contratista deberá también incluir todos aquellos picados, demoliciones, y remociones que se consideren imprescindibles para el normal y correcto resultado de los trabajos. En caso necesario, se colocarán llaves en los muros.
En general los paramentos verticales deberán ser revisados de modo de detectar toda superficie de revoques que presenten anomalías tales como: globos, desprendimientos, desagregación y humedades, y proceder a su picado y remoción. En esta revisión el contratista y/o el D.T.O podrán constatar que existen sectores de revoques deteriorados que ameritan que se actúe de modo radical y se llegue a la remoción total del revoque hasta el rústico.
Se tendrá especial cuidado en la conservación de los elementos característicos de fachada como por ejemplo frisos y molduras.
2.2 Desmantelamiento de instalación sanitaria
Se deberá retirar la instalación sanitaria exterior actual, para reemplazarla por nueva y así poder embutirla y generar una toma de agua.
2.3 Desmantelamiento xx xxxxx de eléctrica
Se deberá retirar el nicho de bloques existente contra la medianera, para posterior realización de soporte tipo mocheta de ladrillos para montar el tablero.
2.4 Picado de pavimento
Se deberá picar una franja de 80 cm de pavimento paralelo a la medianera y de 10 cm de profundidad
3 | ALBAÑILERÍA |
3.1 Revoques
3.1.1 Revoque para emparejar superficie existente
Una vez retirado el revoque y el balai en mal estado se procederá a colocar revoque para exteriores para emparejar perfectamente la superficie. El mismo abarcará toda la superficie de los muros llegando hasta el pretil en la zona de vivienda y en los muros se llegará revocando también la cara horizontal superior. La superficie deberá quedar xxxx sin ningun desnivel, pronta para ser pintada con pintura impermeabilizante para exteriores Sika o similar.
3.1.2 Revoque para exteriores en tres capas (parte inferior xxx xxxx de la vivienda)
Se procederá a realizar revoque en tres capas en la xxxx xxx xxxx exterior de la zona que coincide con la vivienda que abarca desde el piso hasta una altura de 1 mt de altura. En el encuentro del pavimento con el muro se cortará con amoladora una franja de 5 cm de profundidad y 10 cm de altura, y se procederá a aplicar arena y portland con hidrófugo tal como se muestra en el gráfico adjunto.
□ Azotada de: xxxxx x xxxxxxxx xx 0 x 1, con hidrófugo.
Esta capa se colocará a lo largo de todo el muro de la zona de la vivienda formando un zócalo impermeable tal como se muestra en el gráfico.
• Revoque grueso compuesto por: mezcla de arena y cal 3
x 1 y 2 partes de arena gruesa y una parte de cemento pórtland.
□ Revoque fino perfectamente fratasado: se dará con mortero compuesto de una parte de cemento, una de cal en pasta y 6 de arena fina.
3.2 Membrana asfáltica debajo de pavimento. Se deberá conformar una franja de membrana asfáltica de 4 mm de espesor y de 80 cm de ancho, previo a la colocación del hormigón en el piso.
3.3 Reconstrucción de pavimento próximo a la medianera con zócalo curvo. El pavimento próximo a la medianera se sustituirá por nuevo. Sobre la membrana asfáltica se realizará una franja de 80 cm de pavimento de hormigón de 10 cm de espesor colocando en el medio una xxxxx xx xxxxxx electrosoldada de 15cm X 15 cm X 4mm, tal como se indica en gráficos.
Los pavimentos presentarán superficies regulares dispuestas según pendientes y alineaciones y según indicaciones a recibir por la Dirección de Obra. En la unión del pavimento con el muro de la vivienda se realizará un zócalo curvo.
Indicaciones generales para pavimento de hormigón:
Se utilizará una mezcla compuesta por 3 partes de gravilla, 2 partes de arena gruesa, 1 parte de cemento pórtland y 60% de agua. De manera general, la cantidad de agua que deberá contener la mezcla será la mínima posible que produzca la consistencia requerida por la naturaleza de la obra.
Si el mezclado se realiza en hormigonera se introduce el 50 % del agua y luego los áridos alternadamente, comenzando por el árido grueso e intercalando el cemento pórtland. El resto del agua se agregará a posteriori de acuerdo al grado de consistencia requerido. El tiempo de mezclado será de un minuto y medio desde el momento de haber introducido todos los componentes.
La totalidad del contenido xxx xxxxxx deberá ser vaciada antes de agregar los materiales para el siguiente mezclado.
El mezclado a mano se permitirá solamente bajo la autorización del Director de Obra y para cantidades inferiores a 5 m3.
En primer lugar se realizará un contrapiso de balasto sucio: se eliminará la capa superficial del suelo con contenido de materia orgánica dejando el terreno limpio, uniforme y liso. Se efectúa el replanteo altimétrico hincando mojones con el nivel de piso terminado, indicando en el mismo mojón el nivel exigido para el firme, el que deberá estar por debajo del nivel de piso terminado definido en el proyecto, según el espesor de la capa de terminación.
Al ejecutar el contrapiso se tendrán en cuenta las pendientes para la evacuación de pluviales, debiéndose verificar prolijamente las mismas.
El hormigón será colocado inmediatamente después de mezclado y en ningún caso se usarán hormigones que no lleguen a su suspensión definitiva dentro de los 30 minutos subsiguientes al momento que se le agregó agua a la mezcla en la hormigonera. Para su colocación se usarán reglas guías que indicarán el nivel superior de terminación y mediante regla apoyada en las guías se distribuirá la mezcla de manera uniforme, trabajando convenientemente para asegurar la eliminación de huecos y favorecer el logro de la mayor compacidad posible. Los medios para lograr la compacidad pueden ser el picado del hormigón con una varilla o listón o el apisonado con regla.
El Director de Obra instruirá al Capataz sobre cuándo, cómo y dónde podrá realizar el corte del hormigonado. Para lograr un correcto fraguado del hormigón, la superficie será protegida del sol y permanecerá mojada por un período de 5 días. A tales efectos se podrá cubrir con tierra u otro material adecuado, el que se conservará empapado. Las juntas se harán con material moldeado, preparado de antemano (madera, placa de poliuretano, etc.) y podrán rellenarse con asfalto caliente o mastic bituminoso.
3.4 Sellado de separación entre muros
Existe una separación entre el muro de la vivienda con el muro que da hacia el fondo la cual deberá ser tratada y reparada considerando en primera instancia la opción de colocar bandas preformadas Sika o similar, in situ se considerará la mejor opción con la Dirección de Obra.
3.5 Pintura exterior:
Las zonas intervenidas y revocadas de los muros exteriores, serán pintados con un revestimiento protector pintable de gran impermeabilidad, elasticidad y flexibilidad. El mismo será Xxxx Xxxxxxxx o similar, para exteriores, el color será a definir por la dirección de obra, agregándole entonadores universales al impermeabilizante antes descrito. Se darán tantas manos como indique el consumo en la ficha técnica del producto ( 0,6 a 0,9 kg/m2) para lograr una superficie perfectamente cubierta y homogénea. El consumo puede variar dependiendo de la rugosidad y temperatura del soporte. La colocación se realizará de acuerdo al procedimiento técnico previa preparación del soporte mediante un sellado con el mismo producto a modo de imprimación.
3.6 Suministro pintura interior:
Se realizará solamente el suministro de 12 lts de pintura latex para interiores. El color será en el tono de los pasteles a definir por la Dirección de Obra.
4 | ELÉCTRICA |
La actual llave trifásica exterior se colocará dentro del local de cuadrillas próximo a la fachada. En las áreas a ser intervenidas, se repararán los conductos y cables de eléctrica que puedan verse afectados por el transcurso de la obra así como los que se detecten en mal estado o mal funcionamiento, asimismo se embutirán y se repararán y se amoldarán aquellos elementos de la instalación que estén fuera de la normativa de UTE.
5 | INSTALACIÓN SANITARIA |
5.1 Alcance de las Obras
El presente capítulo se refiere a la construcción de la instalación de agua fría de manera de embutirla en el piso a 50 cm xxx xxxx que se encuentra en el medio del predio paralelo a las medianeras , de forma de generar una toma de agua nueva. Se tendrá que eliminar la actual ya que está dispuesta exterior a los muros.
Corresponden a todas las canalizaciones que resulten necesarias.
5.2 Alcance de las Obras
Se realizará en un todo de acuerdo a la Ordenanza Municipal Decreto Nº 2781 y posteriores concordantes y la Memoria Constructiva y Descriptiva General de esta Intendencia.
Todos los materiales sin excepción poseerán certificación UNIT y aprobación de la IM. Cualquier modificación o diferencia de procedimiento, que altere la instalación proyectada y que no haya sido previamente autorizado por la Dirección de Obra y el Técnico Instalador firmante, será objeto de rechazo y reinstalación.
5.3 Abastecimiento
El abastecimiento se realizará en polipropileno termofusionado (copolímero random), utilizándose una marca comercial aprobada por UNIT e IM, no pudiéndose mezclar marcas en tuberías y piezas. Las llaves xx xxxxx serán esféricas con los diámetros correspondientes a la tubería ensamblada
5.4 Pruebas indispensables
Se realizarán pruebas hidráulicas en todas las cañerías a ser instaladas en el proceso constructivo de la obra, previo a la aprobación y puesta en uso de las mismas, y correspondiendo a cada caso una situación diferente.
Las cañerías de abastecimiento de agua fría se llenarán de agua y se mantendrán durante un período de 12 horas a 7 kg/cm2 de presión controlado por un manómetro y siendo aportada la presión por intermedio de una bomba hidráulica. Durante todo el periodo de obra se mantendrá con agua directa de ose, para detectar en caso de urgencias las reparaciones circunstanciales. No se autoriza tapar las instalaciones sanitarias en construcción, previo a la aprobación de las pruebas de rigor indicadas, y sin autorización del técnico responsable y en un todo de acuerdo con el proyecto de obras sanitarias adjunto a la presente memoria descriptiva.
A partir de la aprobación de las mismas se habilitará la construcción de las terminaciones de albañilería y la puesta en uso de la nueva instalación sanitaria.
6 | LIMPIEZA DE OBRA |
La obra será entregada en perfectas condiciones de limpieza y funcionamiento. Una vez terminados los trabajos contratados se procederá a la limpieza general de la zona donde se trabajó, debiendo la empresa hacerse cargo de la eliminación de todos los deshechos de obra. Aquellos elementos dañados serán repuestos a cargo del contratista antes de la recepción de la obra.
ANEXO 4 – PLANOS
Ver archivo adjunto
Nº de la lámina, plano o planilla | Nombre de la lámina plano o planilla |
LÁMINA Nº 1 | Detalle encuentro con muro |