ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y DE NO COMPETIR
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y DE NO COMPETIR
CALIFORNIA
ESTE ACUERDO, realizado el día de , por y entre The Terminix International Company L.P.,sus subsidiarias, afiliadas, antecesores, divisiones, sucursales, sucesores, y beneficiarios; y/o cualquier otro nombre asumido bajo el cual conduzca actividades comerciales, (colectivamente “Terminix”) y (en lo sucesivo denominado “Empleado”).
CONSIDERANDO:
Terminix está involucrada en el negocio de suministrar servicios de control de pestes y termitas a clientes, en forma y modo aceptables al cliente específico que es único en cada propiedad, conocimiento de lo cual es un activo exclusivo valioso de Terminix;
Las partes están de acuerdo en que el Empleado está o está próximo a ser contratado por Terminix en una función que permitirá al Empleado tener acceso a información confidencial no generalmente conocida por el público, incluyendo Secretos Comerciales, en los que Terminix ha invertido un tiempo, dinero y esfuerzo sustancial para desarrollarlos y por lo tanto tiene un valioso interés como propietario en tal información confidencial sobre secretos comerciales. Un “Secreto Comercial” es cualquier información (escrita o no, o guardada en cualquier medio) que genera valor económico independiente por no ser generalmente conocida, o por no resultar rápidamente evaluable a través de los medios apropiados, por el público. Las partes están de acuerdo en que los siguientes puntos de información de la Compañía deberán ser tratados como Secretos Comerciales: técnicas de mercadotecnia y de ventas, planes comerciales y de mercadotecnia, información sobre productos y equipos, datos financieros, índices de facturación, fórmulas, métodos y teorías; manuales, listas internas de clientes, análisis internos de clientes y clientes potenciales, y compilaciones de información sobre necesidades y preferencias particulares de los clientes; costos, especificaciones, procesos, e información no pública sobre precios, expectativas de los clientes y datos de los mismos incluyendo nombres, listas, márgenes de utilidad, hábitos de compra, historial de compras y prácticas de clientes regulares o irregulares, y la relación entre Terminix y sus clientes y las personas y entidades, y otros datos confidenciales de cualquier tipo, naturaleza o descripción relacionados con clientes de Terminix (colectivamente “Información Confidencial”).
El empleado reconoce que la necesidad de Terminix en los siguientes convenios se basa en lo siguiente: (a) Terminix ha gastado o gastará tiempo, dinero y esfuerzo sustanciales en preparar al Empleado para la actividad comercial de Terminix; (b) El Empleado será, en el curso de su empleo, encargado personalmente y expuesto a Información Confidencial de Terminix; (c) Terminix suministra servicios relacionados con su actividad comercial y productos en todos los Estados Unidos de América; y (d) Terminix sufrirá un daño irreparable si el Empleado trasgrediera directa o indirectamente cualquiera de los siguientes convenios;
En consideración del empleo en curso por parte de Terminix y en consideración de permitir acceso a Información Confidencial de Terminix, Terminix y el Empleado acuerdan también lo siguiente:
1. Acuerdos previos. El Empleado concede y declara que él/ella no está sujeto/a a ninguna provisión de ningún Contrato de Empleo anterior que pudiera prevenir que él/ella firmara este Acuerdo o lleve a cabo a continuación sus tareas y obligaciones En la medida en que el Empleado tenga información o materiales confidenciales de cualquier empleador anterior, el Empleado reconoce que Terminix le ha indicado a él/ella no divulgar tal información o materiales confidenciales a Terminix ni a ninguno de sus empleados, y que Terminix prohíbe que el Empleado use la información o materiales confidenciales mencionados en ningún trabajo efectuado por Terminix. El Empleado no traerá a Terminix, ni usará ni divulgará ninguna información exclusiva y confidencial, ni secretos comerciales adquiridos por el Empleado antes de su empleo en Terminix.
2. Publicidad. El empleado autoriza a Terminix, durante su empleo y durante un tiempo razonable después, a usar cualquier nombre o fotografía relacionada o que haga referencia al Empleado, en documentos o en cualquier otra forma de comunicación que sea distribuida por Terminix para propósitos publicitarios o promocionales.
3. (a) Divulgación de mejoras o inventos. El empleado reconoce y está de acuerdo en que él/ella notificará pronto a Terminix sobre todos los inventos, mejoras, descubrimientos o métodos relacionados con -o útiles en relación con- cualquier actividad comercial conducida por Terminix, ahora o en el futuro, que haga el empleado mientras es empleado de Terminix. El Empleado además está de acuerdo en asignar a Terminix todos los derechos, títulos e intereses en tales inventos, mejoras, descubrimientos, métodos y cualquier patente o solicitud de patente relacionada que esté asociada con una actividad comercial en la que Terminix esté involucrada, o en la que Terminix haya expresado anteriormente un interés en meterse.
Todo derecho, título e interés en todos los inventos, trabajos de autoría, desarrollos, conceptos, descubrimientos, ideas, marcas comerciales y secretos comerciales, sean o no patentables o registrables bajo las leyes de derechos de copia o similares ("Inventos") que el Empleado pueda desarrollar, concebir, o poner en práctica, sólo o conjuntamente, durante el período de empleo, excepto en lo provisto en el xxxxxxx 0x de más abajo, son propiedad exclusiva de Terminix. El Empleado además está de acuerdo en que tales inventos, incluyendo trabajos de autoría, son "trabajos por contratación" para propósitos de derechos de la Compañía según las leyes de derecho de copia.
El Empleado está de acuerdo en mantener registros por escritos adecuados y actualizados de todos los inventos hechos por él o ella (sólo o conjuntamente con otros) durante el término de su empleo en Terminix. Además el Empleado está de acuerdo en realizar, durante y después de su empleo en Terminix, todas las acciones consideradas necesarias o deseables para permitir y asistir a Terminix, a cuenta de ésta última, en obtener y aplicar todos los beneficios, goce, derechos y título, en todo el mundo, de y a los inventos aquí asignados a Terminix como se declara más arriba.
(b) Inventos no asignados. El Empleado comprende y reconoce que la asignación de inventos según este Acuerdo no se aplica a un invento clasificado enteramente para protección bajo la sección 2870 del Código Laboral de California, copia de la cual se adjunta como Apéndice A, que corresponda a cualquier derecho que el Empleado pueda haber adquirido en relación con un invento, descubrimiento o mejora que se haya desarrollado enteramente en el tiempo libre propio del Empleado para el cual no se usaron equipos, suministros, facilidades o información comercial secreta de Terminix y (a) que no esté relacionada directa o indirectamente con la actividad comercial de Terminix ni con su investigación real o demostrablemente anticipada, o (b) que no resulte de ningún trabajo efectuado por el Empleado para Terminix.
4. (a) No divulgación de información confidencial. El Empleado reconoce que durante el curso de llevar a cabo sus tareas descritas a continuación, el Empleado tendrá acceso, y hasta este momento ha tenido acceso, a Información Confidencial de Terminix. El Empleado, mientras esté trabajando para Terminix o en cualquier momento posterior, no publicará, comunicará ni divulgará a nadie que no sea personal autorizado de Terminix ninguna Información Confidencial, ni tampoco usará el Empleado tal Información Confidencial para su propio beneficio o para el beneficio de ninguna otra persona o entidad, sin el consentimiento expreso por escrito del Presidente, del Director de Operaciones o del Consejero Legal de Terminix, ninguna Información Confidencial que el Empleado haya adquirido durante el curso de su empleo en Terminix; pero el Empleado puede divulgar o usar tal información bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
(i) divulgación o uso del mismo de buena fe por parte del Empleado en relación con el desempeño de las tareas del Empleado durante el curso de su empleo en Terminix; o
(ii) revelación requerida por un tribunal u otra agencia gubernamental de jurisdicción competente.
(b) Devolución de información. Pronto después de la terminación del empleo con Terminix por parte del empleado o a pedido de Terminix en cualquier momento (lo que ocurra primero), el Empleado entregará a Terminix todos los documentos relacionados con las actividades comerciales incluyendo, pero sin limitarse a, originales y copias de memorandos, listas de clientes, materiales relacionados con procedimientos, muestras, registros, documentos, contratos, formulas, programas de cómputo, información de productos y cualquier otra Información Confidencial que el empleado haya obtenido mientras está empleado en Terminix. El Empleado deberá devolver también inmediatamente cualquier vehículo, llaves, tarjetas de crédito, tarjetas de identificación, uniformes, accesorios del empleo, y objetos similares, que fueron entregados al Empleado durante el término de su empleo.
(c) Cumplimiento de normas de la Compañía. El empleado está de acuerdo en acatar las normas y regulaciones de Terminix para la protección de su Información Confidencial y comprende y está de acuerdo en que la divulgación o mal uso no autorizado de tal información confidencial, exclusiva, o de secretos comerciales podría crear daños irreparables para Terminix.
(d) Sin conflictos. Durante el período de empleo por parte de Terminix, el Empleado dedicará sus mejores esfuerzos a los intereses de la Compañía y no se involucrará en otras ocupaciones ni en ninguna actividad en conflicto con las tareas laborales del Empleado para la Compañía sin previa autorización por escrito de la Compañía. El Empleado está de acuerdo en divulgar y ofrecer primero a la Compañía cualquiera de las oportunidades comerciales y/o corporativas descubiertas como resultado de los servicios del Empleado en la Compañía.
(e) Entrevista de salida. Antes de que el tiempo de empleo con la Compañía se termine por cualquier razón, voluntaria o involuntariamente, el Empleado está de acuerdo en encontrarse con un representante de la Compañía designado para revisar las obligaciones del Empleado según este Acuerdo.
(f) Divulgación de obligaciones al Nuevo Empleador. Con respecto a cualquier nuevo empleo después de que su empleo con la Compañía cesa por cualquier razón (voluntaria o involuntariamente), el empleado deberá divulgar la existencia de este Acuerdo a cada uno de tales empleadores. La Compañía está de acuerdo en suministrar al Empleado otra copia de este Acuerdo a pedido por escrito por parte del Empleado.
5. No interferir. El Empleado está de acuerdo en que Terminix ha invertido tiempo, esfuerzos y gastos sustanciales para compilar su Información Confidencial y para reunir su actual personal de trabajado. Para proteger la confidencialidad de la Información Confidencial de Terminix, el Empleado está de acuerdo en que, durante su empleo y hasta un año después, el Empleado no deberá hacer lo siguiente:
(a) acercarse, contactar o de alguna manera comunicarse con cualquier cliente de la Compañía con el uso o asistencia de Información Confidencial de Terminix que el Empleado haya obtenido durante su empleo en Terminix para el propósito de involucrarse o asistir a otros para solicitar actividades comerciales con ese cliente;
(b) solicitar, acercarse, aconsejar o intentar convencer a cualquier persona que en ese entonces está empleada por Terminix a renunciar al empleo en Terminix; o
(c) ayudar, asistir, o aconsejar a cualquier otra persona, firma o corporación a hacer cualquiera de las cosas mencionadas más arriba.
6. Recursos. El Empleado reconoce y está de acuerdo en que las restricciones establecidas en las Secciones 3 a 5 del presente documento son razonables y necesarias para la protección de la Información Confidencial, Secretos Comerciales, negocios y reputación comercial de Terminix. Además el Empleado está de acuerdo en que si él incumple o amenaza con incumplir cualquiera de las obligaciones de el Empleado según las Secciones 4 y 5 del presente documento, Terminix sufrirá un daño irreparable, y que indemnizaciones monetarias pueden resultar insuficientes para remediar tal incumplimiento. Por lo tanto Terminix, además de cualquier otro recurso disponible según la ley, puede obtener una ejecución específica y/o una compensación mediante intimación judicial contra el Empleado para prevenir tal incumplimiento continuo o amenazante. El Empleado reconoce que la Compañía puede decidir o no decidir la búsqueda de ejecución judicial para este o cualquier otro Acuerdo de Confidencialidad/No competir con el Empleado y que tal decisión no deberá de ninguna manera considerarse como una renuncia al derecho que tiene la Compañía para aplicar los términos de este Acuerdo contra el Empleado. Además, el Empleado reconoce que la decisión de la Compañía de no ejecutar judicialmente las obligaciones de otro empleado según el Acuerdo de Confidencialidad/No competir de este otro empleado, no deberá considerarse como una admisión o exención a ningún derecho sobre la naturaleza confidencial de la información exclusiva y de secretos comerciales como se describen más enteramente aquí. El Empleado también reconoce y está de acuerdo en que él deberá rembolsar a Terminix todos los honorarios de abogados y los costos en que Terminix incurra para ejecutar cualquiera de sus derechos o recursos bajo esta sección o bajo cualquier otra provisión de este Acuerdo.
7. Divisibilidad. La invalidez o inaplicabilidad de cualquier provisión de este Acuerdo no afectará, anulará ni tornará inaplicable ninguna otra provisión que haya aquí. Se intenta que cualquier provisión que haya aquí que resulte consiguientemente considerada como inválida o no aplicable tal como está escrita sea interpretada como válida y ejecutable en toda la medida de lo posible. Si un tribunal con jurisdicción competente deduce que cualquier restricción en las Secciones 4 ó 5 es inaplicable debido a su alcance o duración comercial, tal provisión se deberá interpretar como si tal alcance o duración hubiera sido elaborada más estrechamente como para no resultar inválida o inaplicable.
8. Ningún contrato de empleo. Nada de lo escrito en este Acuerdo deberá interpretarse como para imponer a Terminix una obligación continua de emplear al Empleado. El Empleado reconoce y está de acuerdo que su empleo es a voluntad y puede ser terminado, con o sin causa y con o sin aviso previo, en cualquier momento, por Terminix o por la propia iniciativa del Empleado.
9. General. Este Acuerdo sólo puede ser modificado por escrito y con firma del Presidente, o del Director Operativo, o del Consejero Legal de Terminix, y del Empleado. El Empleado reconoce que ningún otro gerente o representante tiene autoridad alguna para firmar ningún contrato de empleo por ningún período específico ni para hacer cualquier acuerdo que contradiga al que está en curso.
10. Ley predominante; Arbitraje. Como Terminix tiene casa matriz en Tennessee y ambas partes tendrán contactos sustanciales con el Estado de Tennessee para la ejecución de este Acuerdo, las partes están expresamente de acuerdo en que las leyes del Estado de Tennessee deberán ser las predominantes para la validez, construcción, interpretación y efecto de este Acuerdo. La Compañía y el Empleado están de acuerdo en que, en la máxima medida permitida por la ley, todas y cada una de las controversias entre ellos serán presentadas para resolución a un arbitraje obligatorio de acuerdo con el Acuerdo de Arbitraje adjunto, que se incorpora en la presente por referencia. Las partes entienden y están de acuerdo en que el arbitraje será la forma exclusiva de resolver disputas entre ellas, incluyendo reclamos reconocidos por la ley y todas las disputas que provengan de la relación de empleo y de la terminación de tal relación. La Compañía y el Empleado renuncian expresamente a su derecho, si lo tuvieran, de hacer que las controversias entre ellos las resuelva un tribunal o un jurado.
11. Acuerdo voluntario. El Empleado reconoce y está de acuerdo en que él/ella revisó todos los aspectos de este Acuerdo, lo ha leído cuidadosamente y comprende enteramente todas las provisiones del mismo, y firma voluntariamente este Contrato.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los abajo firmantes han hecho que el Acuerdo sea puntualmente ejecutado a partir de la fecha escrita arriba al principio.
The Terminix International Company L.P.: | Empleado: |
Por: | |
Su: | |
(Nombre y apellido en letra de imprenta) |
APÉNDICE A
Sección 2870 del Código Laboral de California: Aplicación de la provisión que hace que el empleado deberá asignar u ofrecer la asignación de los derechos por un invento al empleador.
a. Cualquier provisión y acuerdo de empleo que determine que un empleado deberá asignar, u ofrecer la asignación de, cualquiera de sus derechos sobre un invento a su empleador no será aplicable a un invento que el empleado haya desarrollado enteramente en su tiempo libre sin usar el equipo, los suministros, facilidades o información comercial secreta del empleador excepto para aquellos inventos en los que:
1. Se relacione el momento de la concepción o puesta en práctica del invento con la actividad comercial del empleador, o a la investigación o desarrollo real o demostrablemente anticipado por parte del empleador; o
2. Provenga de cualquier trabajo realizado por el empleado para el empleador.
b. En la medida en que una provisión en un acuerdo de empleo implique que se requiera a un empleado que asigne un invento, de otro modo excluido del requisito de ser asignado según la subdivisión (a), la provisión va contra la norma pública de este estado y no es aplicable.