Términos y Condiciones Generales de RENTACTIVA S.R.L. Términos y condiciones, correspondientes al Contrato de Alquiler Primero - Partes contratantes - Definiciones
Términos y Condiciones Generales de RENTACTIVA S.R.L. Términos y condiciones, correspondientes al Contrato de Alquiler Primero - Partes contratantes - Definiciones
1.1.- La locadora es la persona jurídica de derecho privado (en adelante denominada La Locadora o RENTACTIVA S.R.L), debidamente identificada en el encabezado del “Contrato de Alquiler de Vehículos”. 1.2.- El locatario es la persona física, debidamente identificada en el encabezado del “Contrato de Alquiler de Vehículos”, en adelante denominado Cliente, respondiendo por el integral cumplimiento y observación de este contrato. 1.3.- El/Los Conductor/es Autorizado/s es/son la persona física, indicada por el cliente, que también podrá/n conducir el vehículo alquilado, siendo parte contratante pero no poseyendo los poderes para alterar cualquier condición o término del presente contrato.
1.4.- El Cliente y el/los Conductor/es Autorizado/s deberán tener más de 18 (dieciocho) años, y poseer licencia de conducir vigente, encontrándose plenamente aptos para conducir el vehículo alquilado, en conformidad con las exigencias de la legislación de tránsito de la República Argentina.
1.5.- El “Contrato de Alquiler de Vehículos” es el documento que identifica en cada locación al Cliente, Conductores, al vehículo alquilado, al plazo de locación y a los precios acordados (tarifas y complementos de tarifa). Asimismo, especifica los valores y el alcance de protecciones adicionales, en caso de adhesión formal, anticipada y abonada la tasa correspondiente. El Contrato de Alquiler de Vehículos es parte integrante de este Contrato.
Segundo - Objeto de este contrato
2.1.- Alquiler de vehículos de propiedad, posesión, uso o goce de la Locadora, por el Cliente, por plazo determinado, para la utilización exclusivamente en territorio de la República Argentina (salvo poder especial), observados los términos y límites de su utilización fijados a continuación y demás disposiciones del presente contrato.
2.2.-El Automotor no podrá ser utilizado:
2.2.1.- En forma diferente o a fines distintos de los estipulados en el presente contrato. 2.2.2.- En forma lucrativa. (Transporte oneroso de personas o bienes).
2.2.3.- Para arrastrar remolques y/o vehículos.
2.2.4.- Sobrecargado con relación a su resistencia o capacidad informada por el fabricante del vehículo. 2.2.5.- Para ser conducido en brechas senderos, caminos montañosos, médanos, xxxxxxx o playas que no sean aptas para la circulación según el tipo de vehículo y/o darle un destino ajeno al especificado por el fabricante.
2.2.6.- Para ser conducido bajo la influencia de cualquier tipo de medicación -recetada o no- alcohol o sustancia que pudieren afectar la capacidad de manejo del Auto.
2.2.7.-Paraparticipar,directaoindirectamente,encarreraso pruebas de seguridad, resistencia o velocidad. 2.2.8.- Para instrucción de personas no habilitadas para conducir.
2.2.9.- Para transportar explosivos, combustibles, materiales químicos inflamables y/o cualquier sustancia o cosa prohibida por las normas legales de la República Argentina.
2.2.10.- Para cualquier uso ilegítimo o bien del que emergiere responsabilidad civil y/o penal como resultado de la conducta del Cliente y/o el/los conductor/es autorizado/s en la utilización del automotor objeto de este convenio.
Tercero – Término
3.1.-El plazo forzoso de este contrato de locación está señalado en el “Contrato de Alquiler de Vehículos”. El automotor alquilado deberá ser reintegrado a RENTACTIVA S.R.L. en la fecha y hora registrada en el casillero
denominado “Previsión de Retorno” situado en el “Contrato de Alquiler de Vehículos”.
3.2.-Cualquier pedido de prórroga deberá ser solicitado por el Cliente por escrito con una antelación de 12 (doce) horas, careciendo de validez cualquier comunicación telefónica al respecto.
3.2.1.-La locadora deberá autorizar el pedido por el mismo medio y de acuerdo a su disponibilidad.
3.2.2.- La falta de cumplimiento de lo anteriormente señalado otorgará el derecho a la locadora a promover las acciones pertinentes por apropiación indebida del rodado, sin necesidad de previa notificación.
Configurada la apropiación indebida, el cliente quedará también sujeto a las sanciones penales y civiles que de ella deriven, cargando con todos los gastos judiciales o extrajudiciales que la Locadora realice para la búsqueda, aprehensión y efectivo reintegro del auto alquilado y de los demás daños y perjuicios ocasionados.
Cuarto – Precio
4.1- El valor total del alquiler será calculado al momento de la devolución definitiva del vehículo alquilado, o en el caso de cualquier hipótesis de rescisión de este contrato, comprendiendo la sumatoria de los valores de los siguientes ítems:
4.1.1.- Diarias: La diaria de alquiler del automotor es de 24 (veinticuatro) horas, a partir de la hora de entrega del vehículo señalada en el Contrato de Alquiler de Vehículos, con hasta 1(una) hora de tolerancia para la devolución.
4.1.2.- Horas extras: Se cobrará a partir de la 24a (vigésimo cuarta) hora, de la hora de entrega del automotor alquilado, cobrándose inclusive la hora de tolerancia. El valor de la Hora Extra es el indicado en el Contrato de Alquiler de Vehículos. A partir de la 5ta (quinta) hora posterior a la hora de devolución, se aplicará el valor de una diaria de locación de automotor, con base en la tarifa diaria contratada.
4.1.3.- Kilómetros Extras: Serán cobrados solamente cuando fueran contratadas tarifas donde hubiera limitación de kilómetros o tarifas sin kilometraje incluido.
4.1.4.- Protección para cobertura de riesgos: La adhesión es obligatoria, conforme a la cláusula correspondiente. La diaria de la protección es válida por 24 (veinticuatro) horas. A partir de la 24a (vigésima cuarta) hora incidirá la cobranza de una nueva diaria de la protección, en su valor total.
4.1.5.- Protección para conductor adicional: El Cliente tiene la obligación de denunciar ante la Locadora a toda persona que fuera a conducir el vehículo durante la vigencia del contrato de locación y presentar la correspondiente documentación habilitante para conducir. Para esta ampliación del número de conductores del rodado se debe contratar un seguro por cada día de uso de acuerdo a los valores especificados en el Contrato de Alquiler de Vehículos, casillero “Conductor Adicional”. Rige lo expresado en la cláusula anterior respecto de la duración de la protección.
4.1.6.- Tasa de Entrega y/o Devolución. Es debida cuando el Cliente solicitara la entrega y/o la devolución del Automotor en un lugar diferente al domicilio de la agencia, debidamente identificadoenelencabezadodelContratodeAlquilerde Vehículos. Este servicio debe haber sido solicitado con al menos 48 horas de anticipación, será prestado solamente en los días y horarios que la locadora así lo disponga y tendrá un valor que aparece identificado en al Contrato de Alquiler de Vehículos, casillero “Tasa de Entrega” o “Tasa de Devolución” según corresponda. Se tomará para el cálculo la distancia del lugar de entrega y el de devolución.
4.1.7.- Tasa de Combustible: El cliente deberá reintegrar el vehículo con la misma cantidad de litros de combustible a la registrada en la planilla del Contrato de Alquiler de Vehículos. En caso contrario, el combustible faltante será cobrado de acuerdo al costo del litro el valor del surtidor a la fecha de devolución sumado a un 20% en concepto de servicio de reabastecimiento. En el caso de vuelco, accidente con pérdida parcial o total, hurto o robo del vehículo, será cobrado
un tanque completo de combustible. Asimismo El Cliente deberá utilizar el combustible indicado por la Locadora. 4.1.8.- Tasa xx Xxxxxx: el Automotor es entregado limpio. En caso de no ser restituido en las mismas condiciones, será cobrada una tasa xx xxxxxx.
4.1.9.- Tasa Fuera de Horario Comercial: Es debida cuando el Automotor es entregado o restituido fuera del horario de funcionamiento comercial de la agencia. Será cobrada la tasa conforme con el importe descrito en el Contrato de Alquiler de Vehículos, casillero “Horas Extras”.
4.1.10.- Adicionales: Toda vez que, junto con el Automotor, el cliente solicite la provisión de adicionales tales como GPS, Sillita de bebé, DVD portátil, teléfono celular, o cualquier otro que pudiera ser requerido, se cobrará el costo de provisión del adicional al valor identificado en el Contrato de Alquiler de Vehículos.
La provisión de dicho adicional solamente se hará en caso de solicitud realizada con al menos 48 horas de anticipación, y sujeta a disponibilidad de la locadora. Asimismo, en caso de extravío, robo, hurto o rotura será exigido al Cliente por parte de la Locadora el pago de la reposición del mismo según el valor de venta en el mercado.
4.1.11.-Pérdida de los documentos del Automotor: será cobrado el valor de 2(dos) diarias de locación del vehículo utilizado, con base en la tarifa indicada en el casillero “Diaria”, aparte del reembolso de los gastos para la obtención de una nueva documentación del vehículo ante las autoridades de tránsito. El Cliente o el/los Conductor/es autorizado/s (según fuere el caso) deberán proceder a denunciar policialmente la pérdida de documentos del vehículo, en forma inmediata a la verificación de tal situación y simultáneamente remitir dicha denuncia policial a la Locadora.
4.1.12.-Pérdida de las llaves del vehículo: será cobrado el valor de 1(una) diaria de locación del vehículo utilizado, con base en la tarifa indicada en el casillero “Diaria”, aparte del reembolso por los gastos para la confección de las llaves.
4.1.13.- En caso de que el cliente realice una reserva abonando una seña la misma no será reembolsada por la no comparecencia del Cliente para el retiro del vehículo en la fecha y hora de la reserva. Si será tomada a cuenta para una futura reserva.
4.1.14.- Infracciones de Tránsito: el Cliente deberá reembolsar a la Locadora el valor de la infracción incrementado en un 20 (veinte) % a título de procesamiento administrativo y gastos de gestoría.
4.1.15.- Remolque o Acarreo del vehículo: El Cliente deberá reembolsar a la Locadora el valor abonado, incrementado en un 10 (diez) % a título de gastos administrativos. Asimismo, en caso de proceder, deberá abonar todos los gastos de servicios profesionales de abogados para la liberación del vehículo alquilado, aparte de las tasas cobradas por los órganos competentes.
4.1.16.- Accesorios: será cobrado el valor integral de reposición del accesorio en casos de hurto, robo o daños. Los accesorios no se encuentran cubiertos por ningún tipo de seguro ni cobertura. Se considera accesorios a: equipo de audio, rueda de auxilio, cédula verde y documentación, matafuego, cricket y xxxxx xx xxxxx, antena, balizas, encendedor, alfombras, Airbag, traba-volante, botiquín de primeros auxilios, chaleco reflectivo, o cualquier otro que se indicare en el Contrato de Alquiler de Vehículos.
4.1.17.- Costos Financieros por atraso en los pagos: El pago del contrato deberá estar íntegramente realizado al momentodeladevolucióndelAutomotor.Lafaltadepagoen término de sus obligaciones y/o el desconocimiento de cargos efectuados en su tarjeta y que hubiere autorizado en el presente, permitirán a RENTACTIVA S.R.L. reclamar lo adeudadoconmásuninteréspunitoriomensualadicionalpor xxxx, equivalente a dos veces la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento, como así también, la totalidad de los gastos y costas, judiciales o extrajudiciales que se hubieren devengado como consecuencia de su incumplimiento.
4.2. Aparte de los ítems indicados precedentemente, forman parte para el cálculo del precio: Tasas y/o Impuestos Municipales, Provinciales o Nacionales, creados o a crearse, Indemnizaciones por Siniestros y/o Lucros Cesantes en casos de robo, hurto, incendio, accidente y/o apropiación indebida.
4.3.- En caso de siniestro y/o vuelco y/o destrucción total y/o robo y/o cualquier otra situación que genere la imposibilidad a la Locadora de contar con el vehículo para su locación, generará la obligación del Cliente de abonar a RENTACTIVA S.R.L. y/o a quien/es ella indique, un importe por lucro cesante que será calculado sobre el precio de locación y tomando en cuenta el período de tiempo en que el vehículo quedó inutilizable por culpa del Cliente.
Quinto - Obligaciones de RENTACTIVA S.R.L.
RENTACTIVA S.R.L. se obliga a través de este contrato a:
5.1.- Entregar al cliente el vehículo limpio, abastecido de combustible, en perfectas condiciones de funcionamiento y seguridad y con todos los equipamientos y documentos exigidos por la ley.
5.2.- Garantizar la reserva por el plazo de hasta una hora después del horario previsto para el retiro del automotor.
5.3.-Garantizar la atención con el vehículo de la categoría reservada, o superior en caso de no poseer la categoría reservada al momento de la entrega. Las reservas no deben ser garantizadas por modelo del automóvil, sino por categoría.
5.4.- En horario de funcionamiento comercial, sustituir el vehículo sin ningún costo para el Cliente en caso xx xxxxx por desperfecto electromecánico originado por el uso normal del vehículo.
5.4.1.-El Cliente debe comunicarse inmediatamente con la Locadora, quien indicará el proceder de acuerdo a cada caso. 5.4.2.- En caso que el Cliente gestione el remolque por sus medios no será restituido el importe abonado.
5.4.3.- RENTACTIVA S.R.L. se encuentra obligado a sustituir el vehículo por otro en buen estado cuando la causa del desperfecto no sea imputable al Cliente. La Locadora deberá reemplazar el vehículo, pudiendo sustituirlo por un vehículo igual, similar o de distintas características, de acuerdo a su disponibilidad y reservas.
5.4.4.-La locadora no está obligada a sustituir el vehículo en caso de hurto, robo, incendio, colisión, apropiación indebida, retención por las Autoridades competentes, pérdida de llaves, documentos, fallas provocadas por el uso inadecuado del vehículo o vuelco.
5.5.-Efectuar por sí o por quien designe el mantenimiento y en horario comercial, la reparación mecánica que requiera el rodado.
5.6.-Contratar un seguro que cubra responsabilidad civil según las normas vigentes.
Sexto - Obligaciones del cliente
El Cliente se obliga a través de este contrato a:
6.1.- No infringir por sí o por el/los Conductor/es Autorizado/s, sea voluntaria o involuntariamente, cualquiera de las cláusulas y condiciones del presente contrato.
6.2.- Responsabilizarse por la guarda, por la custodia y por el correcto uso del vehículo alquilado y de sus accesorios durante el período de locación, en conformidad con las finalidades y límites definidos en el presente contrato, hasta su efectiva devolución.
6.3.- No permitir la utilización del vehículo a otro conductor que él debidamente individualizado como Conductor Autorizado 1 o 2 en el Contrato de Alquiler de Vehículos del presente contrato.
6.4.- Utilizar el vehículo solamente en territorio nacional, siendo expresamente prohibido(salvo poder especial) sobrepasar cualquier frontera con el vehículo alquilado.
6.5.- El automóvil alquilado no podrá ser utilizado para un fin distinto al especificado por el fabricante, ni podrá ser utilizado conforme el objeto y prohibiciones del contrato (Cláusula 2.1 y 2.2).
6.6.- Reconocer y asumir, con la locación y la efectiva recepción del vehículo, la posesión legítima y autónoma del vehículo para todos los fines de derecho, sin existir solidaridad legal o contractual con la Locadora, liberándola de toda responsabilidad por el uso y/o circulación del vehículo, accidentes y/o delitos de tránsito, en el período de locación, de acuerdo con los artículos 1722, 1723 y concordantes del Código Civil y Comercial Argentino.
6.7.- No efectuar reparación alguna o autorizar cualquier servicio en el vehículo alquilado sin la expresa y previa autorización por escrito de RENTACTIVA S.R.L. En caso contrario, la Locadora no reembolsará monto alguno. 6.8.-Revisar en forma periódica y razonable los niveles de aceite, agua o anticongelante y la presión de los neumáticos. 6.9.- Mantener cerrado y con llave el vehículo, siempre que permanezca fuera de él salvaguardando el vehículo en un lugar cerrado y vigilado cuando se deje estacionado.
6.10.- Devolver el vehículo alquilado en la fecha, hora y lugar previamente acordados y consignados en el Contrato de Alquiler de Vehículos del presente contrato. Cualquier pedido de prórroga deberá ser solicitado por el Cliente por escrito con una antelación de 12 (doce) horas, el cual deberá ser autorizado por la Locadora, en la misma forma, de acuerdo a su disponibilidad.
6.10.1.- En la hipótesis que el vehículo alquilado, por cualquier motivo, sea removido por las autoridades competentes, estuviera involucrado en accidente o incendio, RENTACTIVA S.R.L., solamente reconocerá la devolución del vehículo y cierre de la locación cuando estuviese con la efectiva posesión física del rodado. 6.10.2.- En la hipótesis que el vehículo alquilado estuviere involucrado en robo o hurto, RENTACTIVA S.R.L. solamente reconocerá el cierre de la locación en la efectiva recepción de la denuncia policial.
6.10.3.- El atraso de la devolución del vehículo configura automáticamente la Apropiación Indebida. Caracterizada la Apropiación Indebida, el Cliente quedará sujeto a las acciones penales y civiles que de ella resulten, cargando también con todos los gastos judiciales o extrajudiciales que RENTACTIVA S.R.L. realice en la búsqueda, recupero y efectivo reintegro de la posesión del vehículo alquilado.
6.11.- Aceptar el llamado a procesos de demanda en que RENTACTIVA S.R.L. fuera accionada por terceros para asumir las responsabilidades que cupieran y/o para asegurar los derechos regresivos de la Locadora. 6.12.-Aceptar que la Locadora promueva por los medios jurídicos que disponga a su llamado a los hechos judiciales que sean promovidos por terceros objetivizando las indemnizaciones de cualquier naturaleza, cabiéndole asumir la legitimación pasiva en las demandas.
6.13.- Reconocer que las responsabilidades indemnizatorias de RENTACTIVA S.R.L. se limitan a aquellas contractualmente definidas, cabiéndole al Cliente cargar con todos los costos que de ellas se produzcan, en juicio, o extrajudicialmente.
6.14.- En caso de ocurrir robo, hurto, colisión o incendio del vehículo alquilado, el Cliente deberá notificar fehacientemente lo ocurrido a RENTACTIVA S.R.L., todo ello en un plazo de 10 (Diez) horas de producido el hecho o de tomado conocimiento del mismo.
6.14.1.- En el mismo plazo deberá formular la correspondiente denuncia ante la repartición policial competente requiriendo respectiva constancia certificada, la que deberá ser entregada a RENTACTIVA
S.R.L. El Cliente se responsabiliza en todo caso por el abandono del vehículo o por las consecuencias de no dar aviso en tiempo oportuno. 6.14.2.- En un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas a contar desde el evento o desde que se tomó conocimiento del mismo, el Cliente deberá efectuar la denuncia administrativa del siniestro ante la Locadora.
6.14.3-Asimismo y a los efectos de completar la denuncia administrativa, deberá recabar los siguientes datos xxx xxxxxxx:
● Nombre y apellido completo, número de documento, domicilio y teléfono xxx xxxxxxx - conductor del vehículo.
● Número de registro, fecha de vencimiento del mismo.
● Datos de la cédula verde, nombre del propietario, marca y modelo del vehículo, número de patente y motor.
● Compañía aseguradora, número de póliza y fecha de vencimiento.
● Nombre y apellido completo, número de documento, domicilio y teléfono de testigos, para el caso de existir.
6.15- La contravención a cualquier xxxxx xx xxxxxxxx nacional, provincial o municipal, que origine perjuicios a terceros o al automóvil alquilado, hará perder al Cliente la Protección contratada, haciéndolo responsable civil y penalmente de lo que su conducta antijurídica provoque. 6.16- Reconocer que RENTACTIVA S.R.L., luego de ser notificada de la existencia de infracción de tránsito originada durante el período locativo, gestionará el pago de la multa e inmediatamente cobrará del Cliente lo que haya pagado con mas un 20 (veinte) % de recargo en concepto de gestión administrativa, constituyéndose en deuda líquida y cierta, al igual que en los casos de contienda judicial.
6.16.1.-En caso de haber cometido una infracción considerada grave, el Cliente se compromete a concurrir y a responder conforme lo dispuesto por la normativa vigente. 6.17- Reconocer y efectuar el pago de los débitos derivados del alquiler conforme el Punto 4 ( Cuarto), quedando RENTACTIVA S.R.L. autorizada a cobrar directamente, a través de bancos, o debitar automáticamente estos valores de su tarjeta de crédito, a través del sistema de firma en archivo. 6.18.- El Cliente autoriza expresamente a RENTACTIVA S.R.L., a debitar de su tarjeta de crédito y/o cuenta corriente el monto reclamado por multas y/o sanciones emanadas de autoridad competente, los daños y faltantes (cualquiera sea su origen, ocultos o no), generados después de la fecha de cierre del presente contrato como así también los cargos generados por entrega fuera de horario.
6.19.- El Cliente es responsable por el pago de los débitos derivados del alquiler hasta la efectiva devolución del vehículo por el conductor autorizado.
6.20.- La falta de pago en término de sus obligaciones y/o el desconocimiento de cargos efectuados en su tarjeta y que hubiere autorizado en el presente, permitirán a RENTACTIVA S.R.L. reclamar lo adeudado con más un interés punitorio mensual adicional por xxxx, equivalente a dos veces la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento, como así también, la totalidad de los gastos y costas, judiciales o extrajudiciales que se hubieren devengado como consecuencia de su incumplimiento.
Séptimo – Protecciones.
7.1.-Protección General: Los vehículos de RENTACTIVA S.R.L. incluyen, sin costo adicional al abonado por la diaria contratada, el seguro obligatorio de responsabilidad civil hacia terceros, de acuerdo a lo establecido por la ley.
7.1.1.-Protección Especial: Es una cobertura opcional, a la cual el Cliente debe adherirse anticipada y formalmente, abonando la tasa correspondiente detallada en el Contrato de Alquiler de Vehículos, casillero “Seguro Premium”. Se encuentran incluidos los cristales y las cerraduras. Esta protección, en ningún caso, reducen ni eximen de abonar la Franquicia del vehículo por daños, ni la Franquicia por daños mecánicos ni la Franquicia por vuelco, indicados en el Contrato de Alquiler de Vehículos.
7.2.-Franquicia del vehículo por daños: es la participación obligatoria del Cliente por daños o faltantes, daños a la carrocería, colisión, robo, incendio y/o hurto del vehículo alquilado. El Cliente solamente abonará hasta el límite establecido en el Contrato de Alquiler de Vehículos. La locadora cubrirá el valor superior. Se encuentran excluidos los accesorios, cristales y los neumáticos. Si por cualquier razón en el Contrato de Alquiler de Vehículos no se estableciera el límite de la franquicia, la misma será determinada tomando en cuenta el valor real y actual de restitución o reparación del vehículo.
7.3.-Franquicia por vuelco: es la participación obligatoria del
Cliente en caso de vuelco parcial o total del vehículo. El cliente abonará, además de lo previsto en el punto 4 de éstas Nociones Generales, la suma total indicada en el Contrato de Alquiler de Vehículo. Se encuentran excluidos los accesorios y los neumáticos. Si por cualquier razón en el Contrato de Alquiler de Vehículos no se estableciera el límite de la franquicia, la misma será determinada tomando en cuenta el valor real y actual de restitución o reparación del vehículo.
7.4.-Franquicia del vehículo por daños mecánicos: es la participación obligatoria del Cliente por daños o faltantes, daños al chasis, daños al motor, o cualquier daño que afecte la parte mecánica del vehículo alquilado. El Cliente solamente abonará hasta el límite establecido en el Contrato de Alquiler de Vehículos. La locadora cubrirá el valor superior. Se encuentran excluidos los accesorios, cristales y los neumáticos. Si por cualquier razón en el Contrato de Alquiler de Vehículos no se estableciera el límite de la franquicia, la misma será determinada tomando en cuenta el valor real y actual de restitución o reparación del vehículo. 7.5.- Ocurrirá pérdida de las protecciones contratadas cuando:
7.5.1- El Cliente no presente la Denuncia Policial conforme los plazos y condiciones establecidas en la cláusula 6.14 7.5.2.-El Cliente no complete el comprobante de siniestro de la Locadora, en el plazo estipulado en la cláusula 6.14.2 7.5.3.- Ocurriera préstamo o transferencia del vehículo alquilado a terceros sin previa autorización de RENTACTIVA S.R.L.
7.5.4.- Fuera probada la culpa grave, caracterizada por las infracciones gravísimas explícitas en el código de xxxxxxxx xxxxxxxxx, ya sea por descripción en la Denuncia Policial, o por sentencia judicial.
7.5.5.-Uso Inadecuado del vehículo.
7.5.6.-Circulare con el automotor por terrenos no aptos de acuerdo a las especificaciones del fabricante. 7.5.7.-Se transitare con el automotor fuera del territorio de la República Argentina (salvo poder especial). 7.5.8.- El Cliente procediera con manifiesta negligencia en la custodia y/o uso del vehículo alquilado, o procediera con dolo en caso de accidente de tránsito o cualquier otro evento que pudiera involucrarlo.
7.6.- En caso de pérdida de protección, el Cliente cargará directamente con todos los costos derivados de cualquier situación y sus consecuencias, inclusive con terceros perjudicados, sea judicial o extrajudicialmente, además de lucro cesante, sin perjuicio de resarcimiento a la Locadora. Cualquier indemnización que ésta tenga que soportar derivado de la conducta del Cliente o del Conductor.
7.7- No existe cobertura para dolo y/o uso inadecuado del vehículo; hurto, cuando no fueran devueltas las llaves y los documentos del vehículo; pérdida de llaves y/o documentos del vehículo alquilado; gastos de remolque o acarreo; daños xxxxxxx; servicios profesionales de abogados y/o gestores.
Octavo – Rescisión:
8.1.- El presente contrato será considerado automáticamente rescindido por RENTACTIVA S.R.L., sin que esto otorgue al Cliente cualquier derecho de retención o acción de naturaleza indemnizatoria, reparatoria, y/o compensatoria, cuando:
8.1.1.- El vehículo no fuera devuelto en la fecha, hora y lugar previamente coordinadas en el Contrato de Alquiler de Vehículos.
8.1.2.-Se repare el vehículo sin previa autorización de la Locadora.
8.1.3.-El cliente no cancele sus deudas en sus respectivos vencimientos.
8.1.4.-Ocurriera cualquier siniestro independientemente de la cobertura contratada.
8.2.-El contrato también se considerará rescindido en los casos de incumplimiento, de la Locadora, el Cliente, o conductor/es autorizado/s, de las obligaciones contractuales establecidas en este instrumento.
Noveno-CláusulasAdicionales
9.1.-El Cliente acepta y autoriza a la Locadora, como condición para la celebración de la locación, reservar una garantía en su tarjeta de crédito, dependiendo la misma de la categoría de vehículo contratado y según seguro contratado. Dicho valor de garantía se indicará en el Contrato de Alquiler de Vehículos.