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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA DOTACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO AL EFECTO DE HACER FRENTE A LAS NECESIDADES TEMPORALES, ESPORÁDICAS O URGENTES DE PERSONAL DE LA CATEGORÍA DE TECNICO DE MEDIO RURAL A LAS QUE SEA NECESARIO HACER FRENTE EN EL ÁMBITO DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX.
(Aprobadas por Resolución de la Concejal Delegada de Personal de fecha 19 de febrero de 2018).
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.
1.- El objeto de la convocatoria consiste en la creación de una Bolsa de Trabajo de la categoría de Técnico de Medio Rural, al efecto de hacer frente a las necesidades temporales de personal de dicha categoría que puedan surgir, por vacantes, ausencias, bajas, necesidades urgentes, etc., en el Área de Medio Rural del Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
La contratación o nombramiento a realizar se adaptará a las disposiciones legales vigentes en la fecha de la firma del contrato de obra o servicio determinado, interinidad, acumulación de tareas, o nombramiento de funcionario interino, en función del carácter de las tareas a realizar o régimen jurídico aplicable al puesto de trabajo y empleado sustituido.
2.-Preferencia en el destino del personal y de las Bolsas de Trabajo anteriores: El personal que ha superado el proceso selectivo y pase a formar parte de la Bolsa de Trabajo constituida mediante la presente convocatoria será llamado, por el orden de mayor a menor puntuación obtenida en las pruebas.
Respecto a la preferencia en la aplicación de las diferentes bolsas de trabajo existentes, se estará a lo establecido en el “Reglamento regulador de la selección de personal no permanente y del funcionamiento de las bolsas de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx” aprobado por el Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxxxx y publicado en el BOPA de fecha 22 de Julio de 2010.
3.-Funciones a realizar: Las correspondientes a los puestos de trabajo a los que pueda ser destinado conforme a lo establecido en la Relación de Puestos de Trabajo, RPT, y en el correspondiente Manual de Funciones de los Puestos de Trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, un Técnico de Medio Rural.
4.-Adscripción Temporal. El aspirante que forme parte de la presente bolsa de trabajo deberá aceptar de inmediato el desempeño temporal de las tareas de Técnico de Medio Rural, siempre que se encuentre en condiciones de realizarlas. La adscripción se realizará por Resolución de la Alcaldía o del Concejal en que delegue, indicando el motivo de la misma y se notificará al interesado y representantes sindicales.
En el caso de que un aspirante rechace cualquier oferta para ser destinado temporalmente o se encuentre incapacitado temporalmente para desempeñar el puesto de trabajo ofrecido en el momento de su llamamiento, se aplicará lo establecido al efecto en el “Reglamento regulador de la selección de personal no permanente y del funcionamiento de las bolsas de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx” aprobado por el Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxxxx y publicado en el BOPA de fecha 22 de Julio de 2010.
5.- Retribución Salarial.- El aspirante adscrito temporalmente a la realización de las tareas de Técnico de Medio Rural, percibirá las retribuciones básicas propias del grupo A2 y las complementarias correspondientes al puesto de trabajo efectivamente ocupado durante el tiempo que dure su destino temporal.
5.-Regulación y vigencia de la Bolsa de Empleo.- Se mantendrá en vigor la presente Bolsa de Trabajo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o no sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente, aplicando lo establecido al efecto en el “Reglamento regulador de la selección de personal no permanente y del funcionamiento de las bolsas de trabajo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx” aprobado por el Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxxxx y publicado en el BOPA de fecha 22 de Julio de 2010.
SEGUNDA.-Sistema de selección, grupo profesional y pruebas a realizar:
1.- SISTEMA DE SELECCION: Oposición Libre.
2.-TITULACION EXIGIDA: Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Agrícola; Grado en Ingeniería Agrícola o equivalente.
3.- GRUPO DE CLASIFICACIÓN: Conforme a lo establecido en el Artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre: “Grupo A2”.
4.- FASE DE OPOSICION: Constará de dos ejercicios de carácter eliminatorio.
Primer Ejercicio: Consistirá en contestar por escrito durante un tiempo máximo de dos horas, tres temas elegidos al azar por el Tribunal Seleccionador inmediatamente antes de la realización del ejercicio, correspondientes, uno a la parte general, a elegir entre dos temas obtenidos al azar, y dos a la parte específica, a elegir entre cuatro temas obtenidos al azar, del programa que figura como Xxxxx XX de la presente convocatoria. En su calificación se valorará la formación general y específica del aspirante.
A su finalización, el ejercicio deberá ser leído y expuesto por el aspirante ante el Tribunal, pudiendo éste interesar las aclaraciones y realizarle las preguntas que estime oportunas. La negativa a la lectura determinará la eliminación del aspirante.
El presente ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos siendo preciso obtener para poder superarlo una calificación mínima de cinco puntos.
Segundo Ejercicio: Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos, relacionados con las funciones a desarrollar en los diferentes puestos de trabajo que le puedan ser asignados, propuestos por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, que deberán ser resueltos en el tiempo máximo que establezca al efecto el propio Tribunal.
Finalizado el ejercicio, el aspirante deberá leer y exponer la resolución del mismo que propone ante el Tribunal, pudiendo este realizarle las preguntas y aclaraciones que estime por conveniente. La negativa del aspirante a leer el ejercicio y defender la solución propuesta ante el Tribunal determinará su eliminación.
El ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos siendo preciso para poder superarlo una calificación mínima de cinco puntos.
La puntuación final será conformada con la suma de la puntuación media del Tribunal obtenida por el aspirante en cada uno de los dos ejercicios, antes citados.
TERCERA.- Requisitos e Instancias.
Las instancias se dirigirán a la Alcaldía o Concejal en quien delegue del Ilmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, conforme a modelo normalizado que se establece en el Anexo I de las presentes Bases, en el plazo de 20 días hábiles a contar de su publicación en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx, BOPA, página institucional del Ayuntamiento en Internet: xxx.xxxxxxx.xx, y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Los aspirantes deberán hacer constar necesariamente en la instancia que reúnen todos los requisitos que se indican a continuación, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:
a).- Tener nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 xx Xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b).- Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa establecida en el Ley.
c).- Estar en posesión de alguna de las titulaciones exigidas en la Base Segunda, apartado 2) de la presente convocatoria.
d).- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, órganos constitucionales, Entidades Públicas, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, salvo prescripción de las sanciones correspondientes.
e).-No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la correspondiente función.
f).- No hallarse incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad conforme a la legislación vigente, o haber sido inhabilitado judicialmente para el ejercicio del puesto o plaza al que se pretende acceder.
g).- Estar en posesión del permiso de conducir, clase B.
CUARTA.-Composición del Tribunal Seleccionador
1. De conformidad con lo establecido en el 60 de la Ley 7/2007 de 12 xx xxxxx, reguladora del Estatuto Básico del Empleado Público, el tribunal calificador de las pruebas selectivas será nombrado por Resolución de la Alcaldía o Concejal en quien delegue, velando en su composición por el cumplimiento de los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, tendiendo asimismo en su composición a la paridad entre mujer y hombre, y sin que puedan formar parte de los mismos, el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos, ni el personal laboral temporal o eventual, además la pertenencia debe ser a título individual y personal, sin que puedan hacerlo por cuenta o representación de nadie.
2. Conforme determina el RD. 68/1.989, de 4 xx xxxx publicado en BOPA de fecha 13 xx xxxxx de 1989, que aprueba el "Reglamento de Selección e Ingreso de Personal de la Administración del Principado xx Xxxxxxxx", y teniendo en cuenta los criterios legales básicos indicados anteriormente, la composición y miembros del Tribunal Seleccionador, se realizará acorde a los siguientes criterios:
Presidente: El funcionario xx xxxxxxx o empleado fijo de la plantilla de mayor rango y cualificación dentro de la especialidad.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, salvo que le corresponda ser presidente o vocal, en cuyo caso se designará secretario a otro funcionario xx xxxxxxx.
Vocales:
a) El/la directora/a o Jefe/a del respectivo Servicio dentro de la especialidad o, en su defecto, un técnico experto designado por la Alcaldía o Concejal en quién delegue.
b) Un técnico experto designado por la Alcaldía o Concejal en quién delegue.
c) Un/a empleado/a fijo/a de plantilla con la misma o superior cualificación que la de la plaza a dotar elegido con criterios de idoneidad técnica, imparcialidad y profesionalidad.
En la designación de los miembros del tribunal se incluirá la de los respectivos suplentes.
3. Para la constitución y actuación del Tribunal se requerirá siempre la presencia del/la Presidente/a y Secretario/a y la de la mitad, al menos, de los restantes miembros, titulares o suplentes.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en estas bases, asimismo, adoptará las medidas necesarias para el mantenimiento del orden y buena marcha del proceso selectivo, incluida la automática descalificación de aquellos aspirantes que vulneren las leyes, las bases de la convocatoria o se conduzcan de modo que incurran en abuso o fraude.
El Tribunal seleccionador resolverá cualquier incidencia o reclamación que no tenga carácter de recurso, siempre que se formule ante el/la Secretario/a del mismo, antes de la calificación de la prueba correspondiente, inmediatamente antes de la realización de la siguiente o antes de su disolución con firma del acta final.
QUINTA.-Pruebas selectivas y su desarrollo
En la celebración de las pruebas selectivas, criterios de puntuación, llamamiento de los aspirantes, etc., el Tribunal seleccionador utilizará, en lo no expresamente previsto en las presentes bases específicas, los criterios establecidos en las Bases Generales de Selección aprobadas por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx y publicadas en el BOPA de fecha 16 xx Xxxxx de 2017, y, en la legislación aplicable a la selección del personal al servicio de la Administración Pública.
SEXTA.- Lista de Admitidos y Excluidos:
La lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, en los diez días hábiles siguientes, a la terminación del plazo de presentación de instancias, con diez días hábiles de plazo para presentar alegaciones a la misma, publicándose en el citado tablón de anuncios del Ayuntamiento, acto seguido, la lista definitiva.
SÉPTIMA.- Presentación de la Documentación:
Los aspirantes que pasen a formar parte de la Bolsa una vez sean llamados para realizar la contratación temporal o nombramiento interino en función del régimen jurídico, por orden de puntuación, deberán presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la base tercera de las presentes bases y demás documentación que le sea interesada para acreditar su situación personal, cotizaciones, datos fiscales, etc., por la Oficina de Personal del Ayuntamiento xx Xxxxxxx. La presentación indicada se realizará con la mayor celeridad posible en las Oficinas de Personal del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, y, en todo caso, en un plazo no superior a tres días hábiles; no obstante lo anterior, los aspirantes seleccionados podrán también optar por aportar la documentación indicada, sin necesidad de que hubieran sido llamados para prestar servicio al efecto de tener acreditados todos los requisitos exigidos en la fecha de contratación.
OCTAVA.- Protección de datos de carácter personal:
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx informa a las personas interesadas en el proceso selectivo objeto de la presente convocatoria que los datos de carácter personal que faciliten serán incorporados a un fichero cuya finalidad es la selección del personal y les reconoce la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito acompañado de la fotocopia del DNI, o documento equivalente, dirigido al responsable de seguridad, que podrá ser presentado en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxx directamente o enviado por correo postal a la dirección del mismo: Xxxxx xx Xxxxxx, x/x, 00000, Xxxxxxx.
La participación en el proceso selectivo supone la autorización al Ayuntamiento xx Xxxxxxx para que proceda al tratamiento de los datos personales de los aspirantes, así como a la publicación de los datos identificativos de la persona necesarios: nombre, apellidos y DNI, en las listas de aspirantes y de puntuaciones obtenidas.
NOVENA.-Derecho Supletorio y clasificación del Tribunal:
En lo no determinado en las presentes bases selectivas específicas, se aplicarán las Bases Generales de Selección aprobadas por el Pleno de éste Ayuntamiento y publicadas en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx (BOPA) de fecha 16 xx Xxxxx de 2017.
El Tribunal Seleccionador a efectos de abono de las correspondientes asistencias se clasifica de segunda categoría.
Langreo, a 18 de Enero de 2018
ANEXO I
SOLICITUD PARA TOMAR PARTE EN LA CONVOCATORIA LIBRE AL EFECTO DE DOTAR BOLSA DE TRABAJO DE TECNICO DE MEDIO RURAL, PARA ATENDER NECESIDADES TEMPORALES, EXPORÁDICAS Y URGENTES EN EL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
D/Dª_________________________________________, D.N.I._____________ y domicilio en_____________________________________________C.P______Localidad-___________Tfno_______________________Correo electrónico,___________________
EXPONE
Que teniendo conocimiento de la Convocatoria Libre para la dotación de Bolsa de Trabajo al efecto de desempeñar temporal y esporádicamente el puesto de trabajo de Técnico de Medio Rural, cuyas bases han sido aprobadas por Resolución de la Concejal Delegada de Personal de fecha ___de ____ de 2018 y publicadas en el BOPA de fecha,___de ____de ___, por la presente declara que, cumple todos y cada uno de los requisitos establecidos en las citadas bases y asume la obligación de firmar toda la documentación establecida para su contratación temporal o nombramiento interino.
Que asume el compromiso de manejar cualquier clase de vehículo puesto a su disposición por el servicio para cuyo manejo y conducción le acredita legalmente el permiso de conducir de la clase B y autoriza expresamente al Ayuntamiento xx Xxxxxxx a utilizar sus datos personales en lo que resulte necesario para llevar a efecto el correspondiente proceso selectivo.
Que con la presente solicitud aporta la siguiente documentación:
• Copia del D.N.I.; titulación exigida y del permiso de conducir clase B.
• Certificado de minusvalía, en su caso, y petición de adaptación del puesto de trabajo o prueba selectiva a realizar, en los siguientes puntos:_____________________________________________________________
______________________________________________________________________
Que en virtud de lo anterior,
SOLICITA
Tenga por presentada la presente solicitud y sea admitida para tomar parte en las pruebas de selección para la dotación de la Bolsa de Trabajo citada.
En Langreo, a de 201—
(Firma)
SRA. CONCEJAL DELEGADA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX
ANEXO II
PROGRAMA DEL PRIMER EJERCICIO
Parte General
TEMA.1.-La constitución española de 1.978. Los principios constituciones. Los derechos fundamentales y sus garantías.
TEMA.2.-La constitución española de 1.978. Las Comunidades Autónomas: Organización política y administrativa. La Administración Local: regulación constitucional y entidades que la integran.
TEMA.3.-El Estatuto de Autonomía del Principado xx Xxxxxxxx: Título Preliminar. De las competencias del Principado xx Xxxxxxxx. De los órganos institucionales del Principado xx Xxxxxxxx.
TEMA.4.-El procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Disposiciones generales; Los interesados en el procedimiento; de las disposiciones del Procedimiento Administrativo Común; de la revisión de los actos en vía administrativa.
TEMA.5.-Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. El derecho de acceso a los archivos y registro públicos.
TEMA.6.-Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo. La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. El Derecho de acceso a los archivos y registro públicos.
TEMA.7.-El Municipio. Competencias. La organización de municipios de régimen común. Órganos necesarios. El Alcalde, Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, el Pleno, la Junta de Gobierno. Atribuciones y delegación de competencias. La Comisión Especial de Cuentas.
TEMA.8.-Las Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
TEMA.9.- Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Procesos de catalogación y protección. Régimen de utilización de los de dominio público. El Inventario de bienes municipal. Mantenimiento y actualización de sus datos.
TEMA.10.- Ley de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos. Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas. Procedimientos.
TEMA.11.-Contratos del sector público. Requisitos para contratar con la Administración. Aptitud. Solvencia. Clasificación y registro de empresas. Garantías.
TEMA.12.-Contratos del sector público: Revisión de precios. Efectos. Cumplimiento y extinción de los contratos. Resolución de los contratos. Modificación. Cesión. Subcontratación.
TEMA.13.-Contrato de obras. Objeto. Contratos menores. Contenido de los proyectos. Responsabilidad. Supervisión. Replanteo del proyecto.
TEMA.14.-Contrato de obras. Procedimientos, abierto, restringido, negociado, negociado sin publicidad.
TEMA.15.-Contrato de obras: Ejecución del contrato: Comprobación del replanteo. Certificaciones y abonos. Modificación del contrato de obras. Recepción y plazo de garantía. Vicios ocultos. Causas de resolución.
TEMA.16.-Contrato de suministro. Contratos de servicios. Contratos mixtos.
TEMA.17.-Recursos de las Haciendas Locales. Clasificación: Ingresos de Derecho Público e ingresos de Derecho Privado. Especial referencia a las Tasas. Contribuciones especiales y precios públicos. Impuestos municipales: concepto y clases.
TEMA.18.-El presupuesto de las Entidades Locales. Principios. Integración y documentos de que constan. Procedimiento de aprobación del presupuesto local. Ejecución y liquidación del presupuesto.
TEMA.19.-Los empleados al servicio de la Administración Local. Régimen Jurídico. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Régimen disciplinario.
TEMA.20.-Igualdad de trato entre mujeres y hombres. Discriminación y relaciones desiguales. Igualdad de oportunidades. Políticas de igualdad en el ámbito de las Administraciones Públicas.
TEMA.21.-Seguridad y Salud en el trabajo. Prevención de riesgos laborales. Principales riesgos en el trabajo a desempeñar por un Técnico de Medio Rural. Formas de prevención.
Parte específica
TEMA.22.-La Ley del Principado xx Xxxxxxxx 4/1.989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural. Contenido.
TEMA.23.-El catastro de rústica. Concepto y clases. Utilidad y fines. Aplicaciones fiscales y no fiscales. Renovación catastral. Utilización de sistemas de información geográficos.
TEMA.24.-El medio rural y las políticas de desarrollo rural. El Programa de Desarrollo Rural 2014-2020: estructura y contenido. El medio rural en Asturias. La población activa, consideraciones sociológicas, socioeconómicas y espaciales.
TEMA.25.-La política agraria comunitaria. Historia de la PAC. Las Ayudas directas, la modulación y la condicionalidad. Su aplicación en el Principado xx Xxxxxxxx.
TEMA.26.-Normativa reguladora de los instrumentos de financiación de la PAC: FEAGA, FEADER y FEMP. Referencia a otros instrumentos de financiación: FEDER, FSE, Fondos de Cohesión.
TEMA.27.-El sector primario en Asturias. Principales producciones y su distribución territorial, especial referencia al Concejo xx Xxxxxxx. Importancia económica y social de la producción primaria en Langreo.
TEMA.28.-La producción de carne en Asturias, especial referencia al Concejo xx Xxxxxxx. Comercialización de la carne en Asturias.
TEMA.29.-El aprovechamiento de residuos en la agricultura, xxxxxx y ganadería. Energías alternativas.
TEMA.30.-La producción hortofrutícola en Asturias, especial referencia al Concejo xx Xxxxxxx. Especies y variedades. Cultivo y nivel de mecanización o industrialización. Producciones y rendimientos. Sistemas de comercialización de la producción.
TEMA.31.-La producción de leche en el Principado xx Xxxxxxxx, especial referencia al Concejo xx Xxxxxxx. Evolución del sector lácteo en Asturias. Comercialización de productos lácteos.
TEMA.32.- Las infraestructuras públicas en el medio rural. Tipología. Criterios para su diseño con especial referencia a las sendas y caminos rurales. Infraestructuras xx xxxxx, saneamientos. Maquinaria y medios a utilizar en su ejecución y normativa reguladora.
TEMA.33.-La concentración parcelaría. Concepto, fines y procedimiento. Normativa reguladora en el Principado xx Xxxxxxxx.
TEMA.34.-La Ley del Principado xx Xxxxxxxx 3/2004, de 23 de noviembre xx Xxxxxx y Ordenación Forestal: disposiciones generales. El Plan Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx: finalidad y objetivos, estructura y líneas de ayuda.
TEMA.35.-La prevención y lucha contra los incendios forestales en Asturias: líneas de acción, objetivos, prevención y extinción.
TEMA.36.-El uso público de espacios naturales. Tipos de equipamientos: finalidad y gestión. Actividades, información, educación e interpretación ambiental. Seguimiento y control de actividades recreativas en el medio rural y en la naturaleza.
TEMA.37.-Geometría de las sendas y caminos rurales: sección trasversal, pendientes máximas, trazado, traza y perfiles. La explanación: definición, estudio geotécnico, funciones de la explanación, explanación mejorada.
TEMA.38.-El firme: definición, tipos de firmes, firmes flexibles, caminos en tierra. Las obras de fábrica: consideraciones generales, obras de paso, obras de drenaje, obras de defensa.
TEMA.39.-Construcciones agrarias. Tipos y fines. Materiales de construcción. Criterios de diseño. Condicionamientos medioambientales.
TEMA.40.-Proyectos de obras, construcción y actuaciones en el medio rural. Conceptos. Estudios preliminares. Documentos que lo constituyen.
TEMA.41.-Croquis, mediciones, precios descompuestos y presupuesto.
TEMA.42.-Obras y replanteo. Ejecución de dirección. Mediciones.
TEMA.43.-Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. Objeto y ámbito de aplicación. Definiciones. Designación de los coordinadores. Obligatoriedad del estudio de seguridad y salud o del estudio básico.
TEMA.44.-Contenido del estudio de seguridad y salud en las obras. Redactor. Contenido. Estudio básico de seguridad. Redactor. Contenido. Plan de seguridad y salud. Elaboración. Medidas alternativas. Aprobación. Modificación. Principios generales aplicables al proyecto de obras.
TEMA.45.-Obligaciones del coordinador durante la ejecución de la obra. Principios generales aplicables. Obligaciones de los contratistas y subcontratistas. Obligaciones de los trabajadores autónomos. Libro de incidencias.
TEMA.46.-La gestión de recursos cinegéticos y piscícolas del Principado xx Xxxxxxxx.
TEMA.47.-La protección y conservación del paisaje en el Principado xx Xxxxxxxx. Parques y Espacios Protegidos. La conservación de las especies de fauna y flora.
TEMA.48.-El Paisaje Protegido de las Cuencas Mineras. Regulación legal. Instrumentos de gestión. La Zona de Especial Conservación, ZEC, de las Cuencas Mineras. Objeto y finalidad. Medidas de protección. Regulación de actividades. Medidas y actuaciones para la gestión.
TEMA.49.-Agricultura y Medio Ambiente. Legislación aplicable en materia medioambiental a la actividad agraria. Buenas prácticas en el trabajo y medio ambiente agrícola.
TEMA.50.-El asociacionismo agrario: fórmulas asociativas. Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación. El Sindicalismo Agrario en España y en Asturias.
TEMA.51.-Patrimonio natural y biodiversidad. Afección de la normativa reguladora de los espacios naturales a las actividades agrícolas y ganaderas y a otras actuaciones o actividades en el medio rural.
TEMA.52.-Evaluación ambiental. Evaluación ambiental estratégica. Evaluación ambiental de proyectos. Normativa reguladora. Procedimientos y fases.
TEMA.53.-Restauración del medio natural. Restauración y recuperación ambiental y paisajística de espacios degradados. Principales actuaciones en el Concejo xx Xxxxxxx. Labores. Unidades de obra.
TEMA.54.-Aspectos ambientales de la industria agroalimentaria: régimen de prevención y control.
TEMA.55.-Residuos ganaderos: normativa y problemática en Asturias, especial referencia al Concejo xx Xxxxxxx. Aspectos técnicos relacionados con la gestión.
TEMA.56.-Subproductos animales no destinados al consumo humano. Regulación. Categorización. Aspectos técnicos de su gestión.
TEMA.57.-El cambio climático en la Política Agraria Común. Implicaciones para la agricultura. Cambios de usos del suelo. Fomento de la plantación de árboles y vegetación autóctona. Los bosques y su adecuada conservación.
TEMA.58.-La conservación de espacios verdes. Mantenimiento diferenciado. Planificación de labores de conservación. Mantenimiento de infraestructuras: elementos construidos, alumbrado, desagües, mobiliario, señalización, juegos infantiles, espacios para perros, red xx xxxxx, etc.
TEMA.59.-Valoración de árboles. Método para la valoración de árboles y arbustos ornamentales. Norma Granada. Seguridad del arbolado.
TEMA.60.-Poda del arbolado viario urbano. Objetivos de la poda. Técnicas de Poda. Especificaciones poda para distintos tipos de árboles. Programas de poda. Problemática de la poda.
TEMA.61.-Gestión del arbolado urbano. Espacios arbolados. Criterios para ordenar y urbanizar espacios arbolados. Criterios para la conservación y mejora de espacios arbolados. Principales características y especificaciones del arbolado urbano. Elección de especies. Marco de implantación.
TEMA.62.-Proyecto de obras en jardinería y zonas verdes. Concepto y fines. Normativa. Metodología para su elaboración. Los documentos que lo integran.
TEMA.63.-Plagas y enfermedades de la vegetación y arbolado. Sistemas y medios preventivos y curativos. Métodos de protección integrada. Calendario de tratamientos. Riesgos para la salud y el medio ambiente derivados del uso de plaguicidas. Medidas preventivas para disminuir los riesgos derivados de los plaguicidas.
TEMA.64.-El aprovechamiento maderero en Asturias. Adecuada gestión y control de sus efectos en el medio ambiente y en las vías de comunicación.
TEMA.65.-Organización y gestión de ferias ganaderas y mercados hortofrutícolas de ámbito local con especial referencia a las que se celebran en el Concejo xx Xxxxxxx.
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