Año CXXIII
de septiembre de 2015
Año CXXIII
Número 33.205
Precio $ 5,00
LEYES
Sumario
EXPROPIACIÓN
Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación inmuebles. ................................................
CONTRATOS
Apruébanse Modelos de Contrato de Garantía y Contragarantía. .................................................
ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA
FUERZA AÉREA ARGENTINA
Decreto 1751/2015 Promociones...............................................................................................................................
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Dase por designada la Directora Nacional de Articulación Regional. ............................................
MINISTERIO DE DEFENSA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Designación en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.......................................................
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Dase por prorrogada designación en la Dirección Nacional de Cooperación Internacional Jurídica y en Sistemas Judiciales.............................................................................................................
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Dase por prorrogada designación del Director de Proyectos de Inversión e Internacionalización Productiva...................................................................................................................................
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Dase por prorrogada designación de la Directora de Administración de Gastos de Representacio- nes Diplomáticas, Organismos Internacionales y Asuntos Especiales...........................................
SECRETARÍA GENERAL
MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 758/2015
Autorízase contratación en la Superintendencia de Servicios de Salud. .......................................
Continúa en página 2
DECISIONES ADMINISTRATIVAS
DECRETOS
LEYES
EXPROPIACIÓN
Ley 27168
Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación inmuebles.
Sancionada: Julio 29 de 2015
Promulgada de Hecho: Setiembre 01 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza xx Xxx:
ARTÍCULO 1° — Declárase de utilidad públi- ca y sujeto a expropiación, los inmuebles iden- tificados como Partido: 32 Xxxxxxxxx Xxxxxx, no- menclatura catastral: circunscripción 1, sección l, fracción 5, xxxxxxxx 0, 0, 0 x 0, xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, con destino a la Universidad Na- cional Xxxxxx Xxxxxxxxx (UNAJ).
ARTÍCULO 2° — Autorízase al Poder Eje- cutivo a expropiar dicho inmueble a un precio que no exceda lo dictaminado por el Tribunal de Tasaciones de la Nación, de acuerdo con lo dispuesto en el título IV de la ley 21.499.
El jefe de Gabinete de Ministros, en uso de las facultades otorgadas por la ley de presupuesto nacional, dispondrá de las partidas pertinentes para el pago de la indemnización xx xxx.
ARTÍCULO 3° — Las erogaciones que de- mande la expropiación serán atendidas con los recursos que destine, a tal efecto, la ley de pre- supuesto general de la administración pública nacional.
Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley, durante el ejercicio financiero de entrada en vigencia de la misma.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese al Poder Eje- cutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CON- GRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 27168 — XXXXX XXXXXX. — XXXXXX X. XXXXX-
GUEZ. — Xxxx X. Xxxxxxx. — Xxxxx Xxxxxxxx.
DECRETOS
CONTRATOS
Decreto 1752/2015
Apruébanse Modelos de Contrato de Ga- rantía y Contragarantía.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° S01:0063654/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECO- NOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Mo-
delo de Contrato xx Xxxxxxxx CAF des- tinado a la ejecución del “Proyecto de Construcción del Acueducto Río Colo- rado - Bahía Blanca, Etapa I”, propues- to para ser suscripto entre la Provincia de BUENOS AIRES y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) y el Modelo
de Contrato de Garantía a ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mencionado Modelo de Contrato xx Xxxxxxxx CAF, la CORPO- RACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) se
compromete a asistir financieramente al Gobierno de la Provincia de BUENOS AI- RES para la ejecución del “Proyecto de Construcción del Acueducto Río Colora- do - Bahía Blanca, Etapa I” por un mon- to de hasta DÓLARES ESTADOUNIDEN- SES CIENTO CINCUENTA MILLONES (U$S 150.000.000).
PRESIDENCIA DE LA NACION
SecretarIa LegaL y tecnIca
Xx. Xxxxxx xxxxxxx Xxxxxxx
Secretario
DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaL Xx. Xxxxx xXxxxXx XxxXxX Director nacional
e-mail: xxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 5.218.874
DOmIcILIO LegaL Xxxxxxxx 000-x0000xxX
xxxxxx xxxxxxxx xx Xxxxxx xxxxx
tel. y fax 0000-0000 y líneas rotativas
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 761/2015
(iv) Comisión de Financiamiento y Gastos de Evaluación.
Que la ejecución del Proyecto y la utiliza-
Construcción del Acueducto Río Colorado - Bahía Blanca, Etapa I”, por un monto de has- ta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (U$S 150.000.000),
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 749/2015
MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 748/2015
MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 759/2015
MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 760/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 747/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 755/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 756/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 757/2015
MINISTERIO DE INDUSTRIA
Decisión Administrativa 754/2015
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decisión Administrativa 750/2015 Contrataciones. 10
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decisión Administrativa 751/2015
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decisión Administrativa 752/2015
Contratación en la Agencia Nacional de Seguridad Vial. 11
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decisión Administrativa 753/2015 Contrataciones. 11
DISPOSICIONES
ción de los recursos xxx xxxxxxxx otorga- do por el Banco serán llevadas a cabo por la Provincia de BUENOS AIRES, a través de la SUBSECRETARÍA DE COORDINA- CIÓN CON ESTADOS Y ORGANISMOS DE CRÉDITO INTERNACIONALES del MINIS-
TERIO DE ECONOMÍA de la Provincia de BUENOS AIRES, en adelante denominado “Organismo Ejecutor”.
Que de conformidad con las normas y políticas de la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) y a efectos de sus- cribir el mencionado Contrato de Prés- tamo CAF, resulta indispensable que la REPÚBLICA ARGENTINA afiance las obli- gaciones financieras asumidas por dicha provincia emergentes de la operación crediticia.
Que en tal sentido, la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF) ha pro-
puesto al Gobierno Nacional la suscrip- ción de un Contrato de Garantía con la finalidad de que la REPÚBLICA ARGEN- XXXX afiance las obligaciones financieras que el Gobierno de la Provincia de BUE- NOS AIRES contraiga como consecuen- cia de la suscripción del Contrato xx Xxxxxxxx CAF.
Que las obligaciones garantizadas por la REPÚBLICA ARGENTINA no incluyen el compromiso de contribuir con recursos adicionales para la ejecución xxx xxxxxx- nado Proyecto.
Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos emergentes del Contrato xx Xxxxxxxx CAF y preservar el crédito público de la REPÚBLICA ARGEN- XXXX, el Gobierno Nacional ha propuesto al Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES la suscripción de un Contrato de Contragarantía, por medio del cual este último se obligue a la atención de los com- promisos de pago asumidos con CINCO
(5) días hábiles de anticipación a la fecha de vencimiento indicada en el respectivo contrato.
Que para el caso de no producirse la can- celación respectiva, el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES autorizará al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS a efectuar el débito automático de los fondos de la Cuenta de Coparticipa- ción Federal de Impuestos o del régimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado.
Que en estos términos, resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato xx Xxxxx- tía a ser suscripto entre la CORPORACIÓN
que consta de OCHO (8) cláusulas y cuya co- pia autenticada se adjunta al presente como Anexo I.
Art. 2° — Apruébase el Modelo de Contrato de Contragarantía a suscribirse entre la REPÚ- BLICA ARGENTINA y el Gobierno de la Provin- cia de BUENOS AIRES que consta de SEIS (6) artículos, cuya copia autenticada forma parte integrante del presente decreto como Anexo II.
Art. 3° — Facúltase al señor Ministro de Eco- nomía y Finanzas Públicas o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir los contratos cuyos modelos se aprueban por medio de los Artículos 1° y 2° del presente de- creto.
Art. 4° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas o al funcio- nario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y/o suscribir modificaciones a los contratos cuyos modelos se aprueban por los Artículos 1° y 2° del presente decreto, siem- pre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto de la garantía, destino de los fondos, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.
Art. 5° — Facúltase al señor Ministro de Eco- nomía y Finanzas Públicas a ejercer, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTI- NA, todos los actos relativos a la implementa- ción del Contrato de Garantía y aquéllos reque- ridos a la REPÚBLICA ARGENTINA para la co- rrecta ejecución del Contrato xx Xxxxxxxx CAF, a ser suscripto entre el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES y la CORPORACIÓN ANDI- NA DE FOMENTO (CAF).
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar- chívese. — XXXXXXXXX XX XXXXXXXX — Aní-
bal X. Xxxxxxxxx. — Xxxx Xxxxxxxx.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA
—xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Di- rección Xxxxxxxx (Xxxxxxxx 000 - Xxxxxx Xxxx- xxxx xx Xxxxxx Xxxxx).
ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA
Decreto 1750/2015 Promoción.
PRODUCTOS MÉDICOS
ANDINA DE FOMENTO (CAF) y la REPÚ-
BLICA ARGENTINA, y el Modelo de Con-
AVISOS OFICIALES
Prohibición de uso y comercialización. 12
trato de Contragarantía a ser suscripto en- tre esta última y el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES.
Que la Dirección General de Asuntos Ju- rídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la inter- vención que le compete.
Que la presente medida se dicta de confor- midad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 53 de la Ley N° 11.672, Com- plementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Bs. As., 26/08/2015
VISTO y CONSIDERANDO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, lo dispuesto por los artículos 45 de la Ley para el Perso- nal Militar N° 19.101 y 99, inciso 12, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:
Que el Proyecto tiene como objetivo la ejecución parcial del nuevo sistema de abastecimiento de agua potable, comple- mentario al sistema actual, a la población e industrias, actuales y futuras, de la re- gión comprendida por la Ciudad de Bahía Blanca y sus localidades aledañas de la Provincia de BUENOS AIRES. El nuevo sistema de agua potable estará confor- mado por la construcción de un acueduc- to y las derivaciones a las localidades a ser abastecidas, UNA (1) obra de toma, UNA (1) planta potabilizadora, TRES (3) cisternas y TRES (3) estaciones de bom- beo. El mismo se llevará adelante en DOS
(2) etapas, de las cuales la primera de
ellas es objeto del presente financiamien- to. Esta primera etapa, en adelante el Proyecto, comprende la ejecución de un acueducto troncal de aproximadamente CIENTO VEINTE KILÓMETROS (120 km)
de longitud y UNO COMA VEINTE ME- TROS (1,20 m) de diámetro y sus deriva- ciones a las localidades que serán abas- tecidas.
Que para la ejecución del Proyecto se de- sarrollarán CUATRO (4) componentes: (i) Obras de Conducción, Civiles y Electro- mecánicas, (ii) Fortalecimiento Institucio- nal y Estudios, (iii) Gestión del Proyecto; y
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORA- CIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), con el
objeto de afianzar las obligaciones finan- cieras a ser asumidas por el Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES emergentes del Contrato xx Xxxxxxxx CAF, a suscribir- se entre la Provincia de BUENOS AIRES y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO
(CAF), destinado a financiar el “Proyecto de
Artículo 1° — Promuévase al grado inmedia- to superior, con antigüedad al 31 de diciembre de 2012, en el Cuerpo Profesional, Escalafón Técnico, al señor Capitán de Corbeta VGM D. Xxxx Xxxxxxx XXXXXXX (D.N.I. N° 16.304.570).
Art. 2° — El citado Oficial Jefe mantendrá la precedencia que ocupaba al 30 de diciembre de 2012, en las publicaciones reservadas de “Escalafón y Destinos” y de “Precedencia Ge- neral” del Personal Militar Superior.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — XXXXXXXXX XX XXXXXXXX. — Xxxxxxx X. Xxxxx.
FUERZA AÉREA ARGENTINA
Decreto 1751/2015 Promociones.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1745/2015
Que el Decreto N° 601 del 11 xx xxxxx de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decre- to que propicien designaciones, contra- taciones que no impliquen renovación x
Xxxx por designada la Directora Nacional
de Articulación Regional.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA AR-
prórroga, y reincorporación de personal
en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
XXXXXXX y lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y CONSIDERANDO:
Que el Personal Militar Superior incorporado en actividad por período determinado, apro- bó el Curso de Perfeccionamiento Militar del Personal Militar Superior en el Sistema de Residencias de Hospitales Aeronáuticos a través de las Resoluciones Nros. 987 y 988 de fecha 14 de septiembre de 2010 y 1082 de fecha 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 xxx xxxxx Xxxx xxx XXXXXX XXXXX GENERAL DE LA FUERZA AEREA, incorporándose al Cuerpo de los Servicios Profesionales.
Que teniendo en cuenta la Resolución N° 536 de fecha 17 xx xxxxxx de 2001 del Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AÉREA, donde establecía la cantidad de años de permanencia en el grado para cada Cuerpo y Escalafón y la fecha de ingreso a la FUERZA AÉREA ARGENTINA - F.A.A. los mismos cumplen con el tiempo establecido para el ascenso.
Que en virtud a lo expresado precedentemente la JUNTA DE CALIFICACIONES DE OFI- CIALES SUBALTERNOS procedió al tratamiento de los mismos para regularizar su plan xx xxxxxxx, calificándolos “APTO PARA LAS FUNCIONES DEL GRADO INMEDIATO SU- PERIOR” en las fechas que en cada caso se mencionan.
Que dichas actuaciones fueron aprobadas por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENE- RAL DE LA FUERZA AÉREA, con fecha 19 xx xxxxx de 2011.
Que se ha dado intervención al Departamento Asesoría Jurídica de la Dirección General de Personal y Xxxxxxxxx quien emitió dictamen favorable.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA
ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Promuévese al grado inmediato superior al siguiente personal militar de la FUERZA AÉREA ARGENTINA en las fechas que a continuación se mencionan:
PRIMEROS TENIENTES
Cuerpo de los Servicios Profesionales:
Escalafón Médico
Con fecha 31 de diciembre de 2009:
X. Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXX (101.931 - D.N.I. N° 24.364.494).
X. Xxxxxx Xxxx XXXXXXXXXXXX (101.928 - D.N.I. N° 25.226.264).
Da. Xxxxx Xxxxxx XXXXXXXX (101.923 - D.N.I. N° 27.247.047). Da. Xxxxxxx Xxxxxxxxx XXXXX (101.916 - D.N.I. N° 26.744.120). Da. Xxxxxxx Xxxxx XXXXXXXXX (101.932 - D.N.I. N° 27.398.665).
X. Xxxxx Xxxxxxx XXXXXXX (101.921 - D.N.I. N° 26.897.943).
Escalafón Bioquímico
Da. Xxxxx Xxxxxx XXXXX XXXXXXX (101.918 -D.N.I. N° 24.451.704).
Con fecha 31 de diciembre de 2010:
Escalafón Médico
Da. Xxxxxxx Xxxxx XXXXXX (102.002 - D.N.I. N° 28.080.741). Da. Xxxxxxx XXXXXXXXXX (102.003 - D.N.I. N° 25.787.174).
X. Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXX (102.006 - D.N.I. N° 24.873.023).
Da. Xxxxx Xxxxxxxxx XXXXXX XXXXXXXX (102.007 - D.N.I. N° 26.855.636).
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0038337/2015 del Registro de la JEFATU- RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley
N° 27.008, el Decreto N° 491 del 12 de mar- zo de 2002, la Resolución Conjunta de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COOR- DINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFA- TURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 30 y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS N° 42 del 9 xx xxxxx de 2012 y lo solicitado por la SECRETARÍA DE INTE- GRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles como Directora Nacional de Arti- culación Regional de la SUBSECRETARÍA DE EJECUCIÓN OPERATIVA de la SECRE- TARÍA DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
de la agente Xx. Xxx Xxxxxx XXXXXXX.
Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Pre- supuesto General de la Administración Na- cional para el Ejercicio 2015.
Que el artículo 7° de la mencionada ley es- tablece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y finan- ciados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto N° 491 del 12 xx xxxxx de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de per- sonal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no perma- nente será efectuada por el PODER EJE- CUTIVO NACIONAL a propuesta de la ju- risdicción correspondiente.
Que en la SUBSECRETARÍA DE EJECU- CIÓN OPERATIVA de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATU- RA DE GABINETE DE MINISTROS, se en-
cuentra vacante y financiado UN (1) cargo Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-
BLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, cuya cober- tura se impone con cierta inmediatez, fren- te a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.
Que por la Resolución Conjunta de la en- tonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 30 y de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINAN-
ZAS PÚBLICAS N° 42 del 9 xx xxxxx de 2012 se incorporó la DIRECCIÓN NACIO- NAL DE ARTICULACIÓN REGIONAL al No-
menclador de Funciones Ejecutivas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
con Nivel de Ponderación I.
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 4 del 15
xx xxxxx de 2002.
Que la agente involucrada en la presente medida, ha dado cumplimiento a lo esta- blecido en el referido artículo 6° del De- creto N° 601 del 11 xx xxxxx de 2002 y su modificatorio reglamentario del Decreto N° 491/02.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE XXXX- TOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LE- GAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN ha tomado la intervención co- rrespondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar- tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y 1°
del Decreto N° 491/02. Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Dase por designada, con carác- ter transitorio por el término de CIENTO OCHEN- TA (180) días hábiles a partir del 1° de julio de 2015, a la agente Da. Xxx Xxxxxx XXXXXXX (D.N.I. N° 30.473.328) como Directora Nacional de Articulación Regional de la SUBSECRETARÍA DE EJECUCIÓN OPERATIVA de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN NACIONAL de la JEFATU- RA DE GABINETE DE MINISTROS, en un cargo
Nivel A - Grado 0, autorizándose el correspon- diente pago por la Función Ejecutiva de Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modifi- catorios. La mencionada designación se dispone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título II, Capítu- lo III del Convenio citado precedentemente.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res- pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sec- torial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, den- tro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 1° de julio de 2015.
Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las parti- das específicas del presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la JURISDICCIÓN 25 - JE- FATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — XXXXXXXXX XX XXXXXXXX. — Xxxxxx X. Xxxxxxxxx.
MINISTERIO DE DEFENSA
Decreto 1749/2015 Promoción.
X. Xxxxxxx Xxxxxx XXXXXXX (102.009 - D.N.I. N° 27.097.191).
Que por el artículo 10 de la Ley N° 27.008, se dispuso que las facultades otorgadas al
X. Xxxxx Xxxxxx XXXXXX (102.013 - D.N.I. N° 25.838.244).
Escalafón Bioquímico
Da. Xxxxxxx Xxxxxxx XXXXXXX XXXXXXXX (101.999 - D.N.I. N° 26.316.987). Da. Xxxxxx Xxxxx XXXXXXX (102.008 - D.N.I. N° 24.267.279).
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-
CIAL y archívese. — XXXXXXXXX XX XXXXXXXX. — Xxxxxxx X. Xxxxx.
señor Jefe de Gabinete de Ministros, po- drán ser asumidas por el Poder Ejecutivo Nacional, en su carácter de responsable político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITU- CIÓN NACIONAL.
Que el cargo aludido no constituye asigna- ción de recurso extraordinario alguno.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO y CONSIDERANDO lo propuesto por el señor Xxxxxxxx de Defensa, el Acuerdo prestado por el HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN, lo dispuesto por los artículos 45 y 49 de la Ley N° 19.101 para el Perso- nal Militar y en uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 13 de la CONS- TITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Promuévese al grado inmedia- to superior, con fecha 31 de diciembre de 2011, a la Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXX XXXXXXXX (D.N.I. N° 12.396.374).
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — XXXXXXXXX XX XXXXXXXX. — Xxxxxxx X. Xxxxx.
MINISTERIO DE ECONOMÍA
Que mediante la Resolución Conjunta N° 478 de la ex - SECRETARÍA DE XXXX- NETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRA- TIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y 314 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONO- MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS de fecha 18
de octubre de 2013, se incorporan las Fun- ciones Ejecutivas de Nivel III de la Coordi- nación de Muestreo dependiente de la Di- rección Técnica del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS.
Que en el ámbito del citado Instituto se en- cuentra vacante el cargo de Coordinador de Muestreo.
Que por la particular naturaleza de las ta- reas asignadas al cargo mencionado, re- sulta indispensable cubrir transitoriamente el mismo con el objeto de asegurar el nor-
Servicio Administrativo Financiero 321 - INS- TITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CEN- SOS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — XXXXXXXXX XX XXXXXXXX. —
Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxx Xxxxxxxx.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 1754/2015
Dase por prorrogada designación en la Di- rección Nacional de Cooperación Interna- cional Jurídica y en Sistemas Judiciales.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — XXXXXXXXX XX XXXXXXXX. —
Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxx X. Xxxx.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decreto 1747/2015
Dase por prorrogada designación del Di- rector de Proyectos de Inversión e Inter- nacionalización Productiva.
Bs. As., 26/08/2015
Y FINANZAS PÚBLICAS
mal desenvolvimiento del organismo.
VISTO el Expediente N° 12.932/2015 del Re- gistro del MINISTERIO DE RELACIONES
Decreto 1753/2015
Designación en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° S01:0232300/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 26.784, 26.895 y 27.008, el Decreto N° 491
de fecha 12 xx xxxxx de 2002, la Decisión Administrativa N° 1.179 de fecha 19 de no- viembre de 2012, las Resoluciones Nros. 209 de fecha 22 xx xxxxx de 2005 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUC-
CIÓN y 439 de fecha 12 xx xxxxxx de 2013 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINAN-
ZAS PÚBLICAS y la Resolución Conjunta N° 478 de la ex - SECRETARÍA DE XXXX- NETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRA- TIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y 314 de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONO- MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS de fecha 00
xx xxxxxxx xx 0000, x XXXXXXXXXXXX:
Que por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784, 26.895 y 27.008, se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Admi- nistración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Que no obstante lo señalado en el consi- derando precedente, el Artículo 10 de las citadas leyes, establece que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Mi- nistros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispues- to por el Artículo 99, inciso 10 de la CONS- TITUCIÓN NACIONAL.
Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 xx xxxxx de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacio- nal, en cargos de planta permanente y no permanente.
Que por la Decisión Administrativa N° 1.179 de fecha 19 de noviembre de 2012, se fa- culta al señor Ministro de Economía y Fi- nanzas Públicas a aprobar TRES (3) cargos de conducción en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS,
administración desconcentrada actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONO- MÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Que por la Resolución N° 439 de fecha 12 xx xxxxxx de 2013 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se
incorpora a la Resolución N° 209 de fecha 22 xx xxxxx de 2005 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, las Coor-
dinaciones del Sistema de Información Geográfica, de Cartografía y de Muestreo, todas ellas dependientes del Director Téc- nico del mencionado Instituto.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784, 26.895 y 27.008.
Que la persona propuesta en el Artículo 1° del presente acto reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir, el que lue- go será cubierto conforme los sistemas de selección previstos en la normativa vigente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles computados a partir del dicta- do de la presente medida.
Que se ha dado cumplimiento a lo esta- blecido en la Circular N° 4 de fecha 15 xx xxxxx de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA- CIÓN.
Que la cobertura del cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Ju- rídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la inter- vención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artícu- lo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NA- CIONAL, los Artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.784, 26.895 y 27.008 y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Dase por designado transito- riamente a partir del 1 de noviembre de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles computados a partir del dictado de la presente medida, al Licenciado en Ciencias Matemáticas Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx XXX- XXXXXX (M.I. N° 12.290.456), Nivel B - Grado
0, en el cargo de Coordinador de Muestreo de- pendiente de la Dirección Técnica del INSTITU- TO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS,
administración desconcentrada actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FI-
NANZAS PÚBLICAS, autorizándose el corres- pondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784, 26.895 y 27.008.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res- pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el De- creto N° 2.098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles computados a partir del dictado de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presu- puesto vigente de la Jurisdicción 50 - MINISTE- RIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS,
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° S04:0020246/2013 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nros. 491 del 12 xx xxxxx de 2002, 2098
del 3 de diciembre de 2008 y 519 del 10 xx xxxxx de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 519/14, se efectuó la designación transitoria de la doctora Xxxxxxx XXXXXX (D.N.I. N° 30.721.964), en
un cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del perso- nal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), homologado por el De- creto N° 2098/08, de la planta permanente de la DIRECCION NACIONAL XX XXXXX- RACION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN SISTEMAS JUDICIALES de la SUBSECRE- TARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MI- NISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS, para cumplir funciones de Jefa del Departamento de Normativa Inter- nacional.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual el citado Ministerio solici- ta la prórroga de la designación transitoria aludida hasta el 1° xx xxxxx de 2015, aten- to la renuncia presentada por la menciona- da agente.
Que la DIRECCION GENERAL DE XXXX-
TOS JURIDICOS del referido Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO- NAL y del artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada, a par- tir del 4 de enero de 2015 —fecha de su ven- cimiento— y hasta el 1° xx xxxxx de 2015, la designación transitoria de la doctora Xxxxxxx XXXXXX (D.N.I. N° 30.721.964), dispuesta por el Decreto N° 519/14, en un cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EM- PLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, de la planta permanente de la DIRECCION NACIONAL DE COOPERA- CION INTERNACIONAL JURIDICA Y EN SIS- TEMAS JUDICIALES de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de la SECRE- TARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUS-
TICIA Y DERECHOS HUMANOS, para cumplir funciones de Jefa del Departamento de Norma- tiva Internacional.
Art. 2° — El gasto que demande el cum- plimiento de este acto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 xx xxxxx de 2002, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y 1021 de fecha 24 xx xxxxx de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que en función de lo previsto en el Artículo 1° del Decreto N° 491/02, toda designación en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚ- BLICA NACIONAL, centralizada y descen- tralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, cualquiera fuera su mo- dalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NA- CIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 2098/08 se procedió a homologar el Convenio Colectivo de Tra- bajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por el Decreto N° 1021/14, se designó transitoriamente al Licenciado D. Xxxxxxx XXXXXXXX en el cargo de Director de Pro- yectos de Inversión e Internacionalización Productiva, dependiente de la Dirección Nacional de Servicios al Inversor, en el ám- bito de la SUBSECRETARÍA XX XXXXXXX- LLO DE INVERSIONES Y PROMOCIÓN COMERCIAL de la SECRETARÍA DE RE- LACIONES ECONÓMICAS INTERNACIO- NALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Nivel B, Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-
XXXXX (SINEP), autorizándose el corres- pondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del mencionado Sistema.
Que la designación dispuesta por el Decre- to N° 1021/14 se encuentra vencida.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EX-
TERIORES Y CULTO, conforme a la urgen- cia de las tareas a desarrollar y el alto nivel de responsabilidad inherente al mencio- nado cargo, requiere la prórroga de dicha designación transitoria.
Que la Dirección General de Asuntos Ju- rídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha dictaminado que no existen objeciones legales que for- mular para el dictado del presente decreto.
Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNI- CA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RE- LACIONES EXTERIORES Y CULTO prestan
conformidad al dictado del presente decre- to.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Ar- tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir del 17 xx xxxxx de 2015 —fecha de su vencimiento— por el término de CIENTO OCHENTA (180) días há- biles contados a partir de la fecha del presente de- creto, la designación transitoria del Licenciado D.
RIORES Y CULTO, Nivel B, Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), auto-
rizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del mencionado Sistema, apro- bado por el Convenio Colectivo de Trabajo Secto- rial homologado por el Decreto N° 2098/08.
COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN IN-
TERNACIONAL del entonces MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMER- CIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que la prórroga dispuesta por el Decreto N° 695/14 se encuentra vencida.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EX-
TERIORES Y CULTO, conforme a la urgen- cia de las tareas a desarrollar y el alto nivel de responsabilidad inherente al mencio- nado cargo, requiere la prórroga de dicha designación transitoria.
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el cumplimiento de la sentencia de fecha 7 xx xxxxx de 2012, recaída en los au- tos caratulados “XXXXXX Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx c/ PRESIDENCIA DE LA NACIÓN s/ EMPLEO PÚBLICO”, Expte. N° 23.489/01,
dictada por el Juzgado Nacional de Prime- ra Instancia en lo Contencioso Administra- tivo Federal N° 1, Secretaría N° 1, por la que se hizo lugar a la demanda entablada por el citado agente.
DECISIONES ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 758/2015
Autorízase contratación en la Superinten- dencia de Servicios de Salud.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser
Que la Dirección General de Asuntos Ju- rídicos del MINISTERIO DE RELACIONES
Que la manda judicial reseñada, decla-
ró hacer lugar a la demanda incoada y
cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res- pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.
Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — XXXXXXXXX XX XXXXXXXX. —
Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Dase por prorrogada designación de la Directora de Administración de Gastos de Representaciones Diplomáticas, Or- ganismos Internacionales y Asuntos Es- peciales.
EXTERIORES Y CULTO ha dictaminado que no existen objeciones legales que for- mular para el dictado del presente decreto.
Que la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTER- NACIONAL del MINISTERIO DE RELACIO-
NES EXTERIORES Y CULTO prestan con- formidad al dictado del presente decreto.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Ar- tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir del día 2 de febrero de 2015 —fecha de su ven- cimiento— por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto, la designación transitoria de la Contadora Da. Xxxxxx Xxx XXXXXXXX (D.N.I. N° 13.326.400), perteneciente a la Planta Perma- nente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTE- RIORES Y CULTO, Nivel A, Grado 8, Tramo Inter- medio del Agrupamiento Profesional del SISTE- MA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), dispuesta por el Decreto N° 1130/08, prorrogado
disponer que el actor, Xxxxx Xxxxxx Xx-
xxxxx XXXXXX sea reencasillado en el nivel C del entonces SISTEMA NACIO- NAL DE LA PROFESIÓN ADMINISTRATI-
VA (SI.NA.P.A.) aprobado por el Decreto N° 993/91 T.O. 1995 y se le abonen las retroactividades adeudadas por las su- mas percibidas en menos a partir del 19 de octubre de 1995, cuando le fueron en- comendadas las tareas que justifican el reencasillamiento.
Que el mencionado fallo estableció que las sumas adeudadas se encuentran alcanza- das por lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley N° 25.344, modificado por los artícu- los 41 de la Ley N° 25.565 y 38 de la Ley N° 25.725, debiendo ser canceladas en los términos y bajo las disposiciones de ese régimen legal y sus normas complementa- rias, consignando además para el caso de que se adeuden sumas que se encuentren excluidas del citado régimen de consolida- ción, que las mismas deberán contemplar intereses, de acuerdo al mecanismo que allí se indica.
Que en atención a que dicha sentencia se encuentra firme, corresponde en con- secuencia dar cumplimiento a la manda judicial.
Que ha tomado la intervención de su com- petencia la DIRECCION GENERAL DE
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° 23121/14 de la SUPER- INTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD,
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48 del 30 de
diciembre de 2002 y sus modificatorias, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto se tramita la aprobación del con- trato suscripto con fecha 01 de noviem- bre de 2014, celebrado ad referéndum del Señor Ministro de Salud, entre la titular de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS
DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD y X. XXXXXXX, Xxxxx Xxxxxx (D.N.I.
N° 17.020.149), de acuerdo con las previsio- nes del Decreto N° 2098/08 y sus modifica- torios, con efectos al 01 de noviembre de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014.
Que por el artículo 9° del Anexo I del De- creto N° 1421/02 se establecieron las pres- cripciones a las que estará sujeta la contra- tación del personal por tiempo determina-
por sus similares Nros. 1538/09, 75/12, 189/13 y
695/14, en el cargo de Directora de Administra-
ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRE-
TARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SE-
do, aprobándose mediante Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° 12.949/2015 del Re- gistro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 xx xxxxx de 2002, 1130 de
fecha 00 xx xxxxx xx 0000, 0000 de fecha 3
de diciembre de 2008, 1538 de fecha 21 de
octubre de 2009, 75 de fecha 11 de enero
de 2012, 189 de fecha 7 de febrero de 2013 y 695 de fecha 00 xx xxxx xx 0000, x
XXXXXXXXXXXX:
Que en función de lo previsto en el Artículo 1° del Decreto N° 491/02, toda designación en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN PÚ- BLICA NACIONAL, centralizada y descen- tralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, cualquiera fuera su mo- dalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NA- CIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 2098/08 se procedió a homologar el Convenio Colectivo de Tra- bajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por el Decreto N° 1130/08, prorroga- do por sus similares Nros. 1538/09, 75/12, 189/13 y 695/14, se designó transitoriamen- te a la Contadora Da. Xxxxxx Xxx XXXXX- XXX, perteneciente a la Planta Permanente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTE-
RIORES Y CULTO, Nivel A, Grado 8, Tramo Intermedio del Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-
BLICO (SINEP), por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, como Direc- tora de Administración de Gastos de Re-
ción de Gastos de Representaciones Diplomáti-
cas, Organismos Internacionales y Asuntos Es- peciales, en el ámbito de la Dirección General de Administración, dependiente de la SUBSECRE- TARÍA LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPE- RACIÓN INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, autorizán-
dose el correspondiente pago de la Función Eje- cutiva Nivel III del mencionado Sistema, aproba- do por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.
Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SIS- TEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI-
NEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, en el término de CIENTO OCHEN- TA (180) días hábiles, contados a partir de la fe- cha del presente decreto.
Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — XXXXXXXXX XX XXXXXXXX. —
Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
SECRETARÍA GENERAL
Decreto 1746/2015 Reencasíllase agente.
CRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRE-
SIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en ejer- cicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1° — Dispónese el reencasillamien- to del agente Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx XXXXXX (D.N.I. N° 10.923.020), perteneciente a la SUB- SECRETARÍA DE COORDINACIÓN de la SE- CRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, en el Nivel Escalafonario C, Grado 5, Agrupamiento General, del entonces SISTE- MA NACIONAL DE LA PROFESIÓN ADMINIS-
TRATIVA (SI.NA.P.A.), aprobado por el Decreto N° 993/91 T.O. 1995, con retroactividad al 19 de octubre de 1995.
Art. 2° — Abónese al causante las diferen- cias salariales en función de su nuevo nivel es- calafonario con más sus intereses.
Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento de la presente medida será atendido por los medios de pago previstos en las Le- yes Nros. 25.344 y 25.725 para las diferencias salariales debidas hasta el 31 de diciembre de 1999 y hasta el 31 de diciembre de 2001, respectivamente y con cargo a las partidas presupuestarias específicas de la SECRE- TARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN para las diferencias salariales poste-
PUBLICA N° 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que a fin de asegurar el normal fun- cionamiento del organismo resulta nece- sario proceder a la contratación de una (1) persona para desempeñarse como Auxiliar Administrativo, en la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
Que la persona de que se trata, según surge de los actuados, se encuentra afectada ex- clusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decre- to mencionado en primer término en el Visto.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EM-
PLEO PUBLICO, aprobado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel E diversas exigencias.
Que a fin de posibilitar la contratación de dicha persona, corresponde exceptuar a la misma de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decre- to N° 1421/02, a partir del 01 de noviembre de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014.
Que los antecedentes curriculares de X. XXXXXXX, Xxxxx Xxxxxx (D.N.I. N° 17.020.149), resultan atinentes al objeti- vo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurí- dicos del MINISTERIO DE SALUD ha toma- do la intervención de su competencia.
presentaciones Diplomáticas, Organismos Internacionales y Asuntos Especiales, con
riores a la última fecha indicada.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 100, inciso
Función Ejecutiva Nivel III del mencionado Sistema, en el ámbito de la Dirección Ge- neral de Administración, dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, de la SECRETARÍA DE
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° 41.709/2014 del Re- gistro de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — XXXXXXXXX XX XXXXXXXX. —
Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
2 de la CONSTITUCION NACIONAL y del
último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Pú- blico Nacional N° 25.164.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Dase por autorizada la excep- ción de las previsiones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9° del Anexo I del De- creto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Mar- co de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, a X. XXXXXXX Xxxxx Xxxxxx (D.N.I.
N° 17.020.149), al sólo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la SUPERINTEN- DENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organis-
PUBLICO (Decreto N° 2098/08 y sus modifica- torios), a partir del 01 de noviembre de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar- chívese. — Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxx.
jetivo de las funciones asignadas y acredi- tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solici- tada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 de fecha 11 xx xxxxx de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx- xxxxxxxx la documentación pertinente.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de enero de 2014, por lo que procede aprobar la contratación con efec- tos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente me- dida, las áreas competentes de la Jurisdic- ción han verificado la respectiva disponibi- lidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida
Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu- puesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Admi- nistración Nacional N° 27.008 - Servicio Admi- nistrativo Financiero N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTA- BLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS- TROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 749/2015
Dase por aprobada contratación en la Di- rección Nacional de Articulación Institu- cional.
modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xx- xxxxxxxx la documentación pertinente.
Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de enero de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efec- tos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente me- dida, las áreas competentes de la Jurisdic- ción han verificado la respectiva disponibi- lidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré- ditos presupuestarios de la Jurisdicción 25
- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
de conformidad con la Ley de Presupues- to General de la Administración Nacional N° 27.008 - Servicio Administrativo Financie- ro N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JE- FATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-
con cargo a las partidas específicas de
TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 761/2015
Dase por aprobada contratación en la Di- rección de Fauna Xxxxxxxxx.
Bs. As., 27/08/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0015080/2014 del Registro de la JEFATU- RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Xxx
Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 xx xxxxxx de 2002, 577 de fecha 7 xx xxxxxx de 2003 y sus modifica- torios y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Ad- ministrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de di- ciembre de 2002 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contra- to suscripto con fecha 30 de diciembre de 2013, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SUBSECRETARÍA DE PLANI- FICACIÓN Y POLÍTICA AMBIENTAL de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARRO- LLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Xxxxx Xxxx XXXXXXX (D.N.I. N° 24.672.400) de acuerdo
con las previsiones del Decreto N° 1421 de fecha 8 xx xxxxxx de 2002.
Que por el artículo 9° del Anexo I del de- creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSE- CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la apli- cación del mismo.
Que el agente de que se trata, según sur- ge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de activida- des de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive- les escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al ob-
los créditos presupuestarios de la Juris- dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.008 - Servicio Administra- tivo Financiero N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTEN- TABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES- TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE- TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIREC- CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han to-
mado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejer- cicio de las facultades emergentes del ar- tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 re- glamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N° 577 de fecha 7 xx xxxxxx de 2003 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Dase por aprobado, con efectos al 1° de enero de 2014 y hasta el 31 de diciembre de 2014, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SUB- SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA AMBIENTAL de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATU- RA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Xxxxx Xxxx XXXXXXX (D.N.I. N° 24.672.400), para des-
empeñar funciones de Asesor Especializado en la DIRECCIÓN DE FAUNA XXXXXXXXX de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y CONSERVACIÓN DE LA BIO-
DIVERSIDAD dependiente de la SUBSECRE- TARÍA DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA AM-
BIENTAL de la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 4 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Na- cional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421 de fecha 8 xx xxxxxx de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETA- RÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha
30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.
Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente deci- sión administrativa, como excepción a lo esta- blecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0051397/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Mar-
co de Regulación de Empleo Público Na- cional N° 25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 xx xxxxxx de 2002, 577 de fecha 7 xx xxxxxx de 2003 y sus modificatorios y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administra- tiva N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLI- CA de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-
NISTROS N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 1° de enero de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESA- RROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Xxxxx Xxxxxxxx XXXXXX (D.N.I. N° 17.346.196)
de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1421 de fecha 8 xx xxxxxx de 2002.
Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta- blecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiem- po determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha
30 de diciembre de 2002 y sus modificato- rias las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente de que se trata, según sur- ge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de activida- des de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive- les escalafonarios, previendo para el Nivel A diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al ob- jetivo de las funciones asignadas y acredi- tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solici- tada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 de fecha 11 xx xxxxx de 2002 y su
TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIREC- CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han to-
mado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejer- cicio de las facultades emergentes del ar- tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 re- glamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N° 577 de fecha 7 xx xxxxxx de 2003 y sus modificatorios.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Dase por aprobado, con efec- tos al 1° de enero de 2015 y hasta el 31 de di- ciembre de 2015, el contrato suscripto ad refe- réndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Xxxxx Xxxxxxxx XXXXXX (D.N.I. N° 17.346.196),
para desempeñar funciones de Asesor Experto en la DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULA- CIÓN INSTITUCIONAL de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS AMBIEN-
TALES de la citada Secretaría, equiparado al Nivel A - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacio- nal N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421 de fecha 8 xx xxxxxx de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GA- BINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de
diciembre de 2002 y sus modificatorias.
Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente deci- sión administrativa, como excepción a lo esta- blecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Art. 3° — El gasto que demande el cum- plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Pre- supuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Admi- nistración Nacional N° 27.008 - Servicio Admi- nistrativo Financiero N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. — Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 748/2015 Autorízase contratación.
Bs. As., 25/08/2015
VISTO el Expediente N° 328/15 del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 1421/02, Regla- mentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decre- to N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto el MI- NISTERIO DE CULTURA solicita la excepción para la contratación de la señora Xxxxxxx XX- XXXXXXX (DNI N° 00.000.000) en un Nivel C,
Grado 0 del SINEP, bajo el régimen del artículo 9° del Anexo de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación.
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto el MI- NISTERIO DE CULTURA solicita la excepción para la contratación de la señora Xxxxxx Xxx- la CEBRONES (DNI N° 00.000.000) en un Nivel
B, Grado 5 del SINEP, bajo el régimen del ar- tículo 9° del Anexo de la Xxx Xxxxx de Regu- lación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación.
Que sin perjuicio de que la señora Xxxxxx Xxxxx XXXXXXXX no cumple con el requisito de nivel educativo establecido para el Nivel B, en el Capítulo III, Título II, del Anexo del Decre- to N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la citada reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.
Que con el objeto de asegurar el normal de- senvolvimiento de las funciones del actual MINISTERIO DE CULTURA, resulta necesario autorizar al mismo a contratar a la señora Gi- xxxx Xxxxx XXXXXXXX con carácter de ex- cepción al punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se en- cuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación esca- lafonaria.
nivel educativo establecido para el Nivel B, en el Capítulo III, Título II, del Anexo del Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la citada reúne las condiciones de idoneidad y experiencia requeridas para el puesto.
Que con el objeto de asegurar el normal de- senvolvimiento de las funciones del actual MINISTERIO DE CULTURA, resulta necesario autorizar al mismo a contratar a la señora Ma- ría Xxxxxx XXXXXXXX con carácter de excep- ción al punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.
Que el Jefe de Gabinete de Ministros se en- cuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación esca- lafonaria.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA
ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE CULTURA, para contratar desde el 01/06/2014 y hasta el 31/12/2014 a la señora Xxxxx Xxxxxx XXXXXXXX (DNI N° 00.000.000), en una categoría Nivel B Grado 3, con carácter de excepción al Pun- to II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del De- creto N° 1421/02; reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Conve- nio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
Que con el objeto de asegurar el normal de- senvolvimiento de las funciones del actual MINISTERIO DE CULTURA, resulta necesario autorizar al mismo a contratar a la señora Ce- xxxxx XXXXXXXXX con carácter de excepción
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA
ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100,
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 747/2015
Autorízanse contrataciones en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
al punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo
I del Decreto N° 1421/02.
inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9° del Anexo
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CULTURA
ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE CULTURA, para contratar desde el 01/01/2015 y hasta el 31/12/2015 a la señora Xxxxxxx XXXXXX- NAN (DNI N° 00.000.000), en una categoría Nivel C, Grado 0, con carácter de excepción al Punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decre- to N° 1421/02, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel C del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Conve- nio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por
I del Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE CULTURA, para contratar desde el 01/03/2015 y hasta el 31/12/2015 a la señora Xxxxxx Xxxxx CE- BRONES (DNI N° 00.000.000), en una categoría Ni- vel B Grado 5, con carácter de excepción al Punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decre- to N° 1421/02, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Conve- nio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 760/2015 Autorízase contratación.
Bs. As., 25/08/2015
VISTO el Expediente N° 900/2015 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECO- NOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto Re- glamentario N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002, la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, y la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto se tramita la excepción para la contratación de perso- nal, para desempeñarse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECO- NOMIA SOCIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en los términos del Decreto N° 1421/02.
Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se estable- cieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 48/02 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.
Que las personas de que se trata se encuentran afectadas exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.
Que dichas personas reúnen los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa N° 3/04, modificada por sus similares N° 1151/06 y N° 52/09, a los efectos de su equiparación a los nive- les establecidos por el Sistema Nacional de Empleo Público.
Que el mencionado Sistema Nacional, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Secto- rial, homologado por el Decreto N° 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo des-
centralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, propone la contratación de las personas que se trata, con la finalidad de asegurar la continuidad de las tareas y perfec-
el Decreto N° 2098/08. cionar la labor que desarrolla para el debido cumplimiento de los objetivos asignados al mismo.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 759/2015 Autorízase contratación.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° 1419/14 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 1421/02, Reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto el MI- NISTERIO DE CULTURA solicita la excepción para la contratación de la señora Xxxxx Xxxxxx
EL JEFE
Que a fin de posibilitar la contratación de las personas que se indican en el Anexo que forma parte integrante de la presente, corresponde exceptuar a las mismas de las restricciones con- tenidas en el punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta conforme a las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y a tenor de lo establecido en el último párrafo del artículo 9° del Anexo l del Decreto N° 1421/02.
Por ello,
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° 2986/15 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 1421/02, Reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
XXXXXXXX (DNI N° 00.000.000) en un Nivel B,
Grado 3 del SINEP, bajo el régimen del artículo 9° del Anexo de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación.
Que sin perjuicio de que la señora Xxxxx Xxxx- sa XXXXXXXX no cumple con el requisito de
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Autorízase al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL,
organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, para contratar a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, en las condicio- nes, por el período y la equiparación escalafonaria indicados en el mismo, con carácter de excepción al punto II del inciso c) del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Xxx Xxxxx de
Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
ANEXO
JURISDICCION: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
mayo de 2015, por la cual se aprobó la referida Licitación Pública.
Que la SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALI-
MENTARIAS solicita la ampliación en un im- porte equivalente al veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra N° 467/2015, con el fin de mantener el stock mínimo en depósito de los alimentos contemplados, en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria.
Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra mencionada en el Consi- derando anterior, acorde lo previsto en el ar- tículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001, sus modificatorios y complementarios, y el artículo 124 inciso a) del Anexo al Decreto N° 893/2012 y su modificatorio.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídi- cos del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-
CIAL ha tomado la intervención de su com- petencia.
tículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley N° 24.156 de Administración Finan- ciera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, aprobado por el Decreto
glamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, aprobado por el Decreto N° 893/2012, ambos modifica- dos por su similar N° 1039/2013.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 467/2015, correspondiente a la Licitación Públi- ca N° 142/2014, del MINISTERIO XX XXXXXXX-
LLO SOCIAL a favor de la firma, ALIMENTOS VIDA S.A., en un VEINTE POR CIENTO (20%).
Art. 2° — El gasto que demande la presente medida que asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE
MIL QUINIENTOS ($ 2.379.500.-), se atenderá con cargo a los créditos específicos de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para
el presente ejercicio.
Art. 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a emitir la respectiva Orden de Compra.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 755/2015
Licitación Pública N° 142/2014. Amplíase Or- den de Compra.
por el Decreto N° 893/2012, ambos modifica- dos por su similar N° 1039/2013.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
N° 1344/2007 y el artículo 14 inciso g) del Re-
— Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
VISTO el Expediente N° E-55561-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL;
el Decreto N° 1023/2001, sus modificatorios y complementarios, y el Decreto N° 893/2012 y su modificatorio; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° E-70600-2014, se tramitó la Licitación Pública N° 142/2014, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con
el objeto de adquirir alimentos no perece- deros leche entera en polvo, indispensable para satisfacer las demandas de personas en situación de vulnerabilidad social y/o dis- poner de ellos ante emergencias climáticas en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, emitiéndose la Orden de Compra N° 468/2015, a favor de la firma SUCESORES DE XXXXXXX XXXXXXXX S.A.
Que dicha Orden de Compra fue oportuna- mente emitida en virtud del dictado de la De- cisión Administrativa N° 218 de fecha 18 xx xxxx de 2015, por la cual se aprobó la referida Licitación Pública.
Que la SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALI-
MENTARIAS solicita la ampliación en un im- porte equivalente al veinte por ciento (20%) de la Orden de Compra N° 468/2015, con el fin de
Artículo 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 468/2015, correspondiente a la Licitación Pú- blica N° 142/2014, del MINISTERIO XX XXXXXXX-
LLO SOCIAL a favor de la firma, SUCESORES DE XXXXXXX XXXXXXXX X.X., en un veinte por ciento (20%).
Art. 2° — El gasto que demande la presen- te medida que asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL
($ 2.380.000.-), se atenderá con cargo a los cré- ditos específicos de la Jurisdicción 85 - MINISTE- RIO DE DESARROLLO SOCIAL para el presente ejercicio.
Art. 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a emitir la respectiva Orden de Compra.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 756/2015
Licitación Pública N° 142/2014. Amplíase Orden de Compra.
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 757/2015
Autorízase contratación en la Subsecretaría de Organización Comunitaria.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JGM N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, la Decisión Admi- nistrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y el Expediente N° E-18495-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de la contratación de la licenciada Xxxxxx XXXXXXXX, para desempeñarse en el ámbito de la Dirección Nacional de Gestión de Centros de Referencia de la Subsecretaría de Organización Comunitaria de la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, en los términos del Decreto N° 1421/02.
Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecie- xxx las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de personal por tiempo determina- do, aprobándose mediante Resolución de la ex Subsecretaría de la Gestión Pública de la JGM N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.
Que la licenciada Xxxxxx XXXXXXXX se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.
Que el Sistema Nacional de Empleo Público, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.
mantener el stock mínimo en depósito de los alimentos contemplados, en el marco del Plan
Que a fin de posibilitar la contratación referenciada, corresponde exceptuar a la misma de las restricciones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9° del Anexo I del Decreto
Nacional de Seguridad Alimentaria.
Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra mencionada en el Consi- derando anterior, acorde lo previsto en el ar- tículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001, sus modificatorios y complementarios, y el artículo 124 inciso a) del Anexo al Decreto N° 893/2012 y su modificatorio.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídi- cos del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-
CIAL ha tomado la intervención de su com-
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° E-55562-2015 del re- gistro del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001, sus mo- dificatorios y complementarios, y el Decre- to N° 893/2012 y su modificatorio; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° E-70600-2014, se tramitó la Licitación Pública N° 142/2014, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL con
EL JEFE
N° 1421/02.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo establecido por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Por ello,
petencia.
Que la presente se dicta conforme las facul- tades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el ar-
tículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley N° 24.156 de Administración Finan- ciera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, aprobado por el Decreto N° 1344/2007 y el artículo 14 inciso g) del Re- glamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, aprobado
el objeto de adquirir alimentos no perece- deros leche entera en polvo, indispensable para satisfacer las demandas de personas en situación de vulnerabilidad social y/o dis- poner de ellos ante emergencias climáticas en el marco del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, emitiéndose la Orden de Compra N° 467/2015, a favor de la firma ALIMENTOS VIDA S.A.
Que dicha Orden de Compra fue oportuna- mente emitida en virtud del dictado de la De- cisión Administrativa N° 218 de fecha 18 de
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para contratar a la persona indicada en el Anexo I de la presente medida con carácter de excepción al Punto II del inciso c) del ar- tículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel B del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 en las condiciones, por el período y la equiparación escalafonaria indicados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
ANEXO I
JURISDICCION: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Modalidad de Contratación: LEY 25.164
ANEXO
MINISTERIO DE INDUSTRIA
Decisión Administrativa 754/2015
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° S01:0052531/2015 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de
Nombre del Proyecto: 0000001463 SISTEMAS PRODUCTIVOS LOCALES (PNUD ARG/12/005)
Código de Control: 0000025629 Listado de Contrataciones
Nº Apellido | Nombre | Tipo y Nº Doc. | NyG | Desde | Hasta | Prog. | Act. | Dedic. |
1 XXXXXXXX | XXXXXXXXX | DNI 00000000 | A6 | 01/02/2015 | 31/12/2015 | 24 | 1 | 100% |
Cantidad de Contratos Listados: 1
Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo: 2 Jurisdicción: 51
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decisión Administrativa 750/2015 Contrataciones.
marzo de 2002, 601 de fecha 11 xx xxxxx de 2002 y su modificatorio y complementarios, 1.421 de fecha 8 xx xxxxxx de 2002 y 577 de fecha 7 xx xxxxxx de 2003 y sus modificatorios, la
EL JEFE
Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Reso- lución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de la contratación de la persona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, celebrada bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, con el objeto de fortalecer y complementar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.
Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Na- cional N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1.421 de fecha 8 xx xxxxxx de 2002, y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, xxxxxx respecto de la naturaleza y características de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.
Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal aprobadas por la Resolución N° 48/02 de la ex SUBSECRE- TARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus
modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular N° 4 de fecha 15 xx xxxxx de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Artículo 1° del Decreto N° 577 de fecha 7 xx xxxxxx de 2003 y sus modifica- torios, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N° 491 de fecha 12 xx xxxxx de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros en aquellos supuestos que correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia.
Que en la contratación propiciada se configura el supuesto previsto en la norma prece- dentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que la atención del gasto resultante de la contratación alcanzada por la presente medida se efectuará con los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GA-
BINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el Artículo 1° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios.
Por ello,
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° S02:0117549/2014, del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPOR- TE, la Ley N° 25.164, los Decretos N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002 y N° 2098 del 3 de diciem- bre de 2008, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002, y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 9° del Anexo a la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.
Que el Decreto N° 1421/02 establece la reglamentación de la Ley N° 25.164 y prevé en su artículo 9°, último párrafo del Anexo I, que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos establecidos para el acceso a cada nivel o posición escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que por el Decreto N° 617/14 se incorporó la DIRECCION NACIONAL DE PREINVERSION MUNICIPAL al ámbito de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que por el artículo 6° del mencionado Decreto se estableció la transferencia, en cual- quiera de sus modalidades de contratación, del personal que resultara afectado por lo dispuesto por la citada medida de la órbita de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMI- CA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO perteneciente a la estructura organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a la órbita de la. SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, motivo por el
cual en el caso del personal contratado en los términos del artículo 9° de la Ley N° 25.164, en virtud a su naturaleza jurídica, corresponde la suscripción de un nuevo contrato con dicha Jurisdicción, respetándose las condiciones contractuales anteriores.
Que la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFA- TURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48/02 y sus modificatorias aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrarse según lo estable- cido en el artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su Decreto reglamentario N° 1421/02.
Que las aptitudes y experiencia de las personas referenciadas resultan atinentes al ob- jetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, fundamentos suficientes para tramitar una excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Que la financiación de las contrataciones que se posibilitan efectuar por la presente, serán atendidas oportunamente con cargo a las partidas específicas de los créditos pre- supuestarios de la Jurisdicción 30 -MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE-.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE XXXX- TOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, in- ciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Por ello,
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Dase por aprobada la contratación con relación de empleo público de la per- sona que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, celebrada bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinada a la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EM- PRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, conforme al nivel, grado y plazo que en su caso se consigna.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTE- RIO DE INDUSTRIA.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí- vese. — Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxx.
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Exceptúanse a las personas incluidas en el Anexo I, que forma parte inte- grante de la presente, de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, equiparándolas por el período y al Nivel y Grado del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, conforme el régimen previsto en el artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. — Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
TIEMPO DETERMINADO: Desde la fecha consignada en cada caso hasta el 31 de diciembre de 2014.
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decisión Administrativa 751/2015 Contratación.
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decisión Administrativa 752/2015
Contratación en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° S02:0024233/2015, del registro de la AGENCIA NACIONAL XX XXXX- RIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, los Decretos N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002 y N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución N° 48 del 30 de diciembre de 2002, de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus mo-
dificatorias, y CONSIDERANDO:
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° S02:0000999/2015, del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS- PORTE, las Leyes N° 25.164 y N° 27.008, los Decretos N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002 y N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GES- TIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre
de 2002, y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 9° del Anexo a la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.
Que la Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48/02 y sus modificatorias aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrarse según lo establecido en el artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su Decreto reglamentario N° 1421/02.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha solicitado la contratación en los términos del régimen previsto por la Ley antes citada, de la persona detallada en el Ane- xo I de la presente medida, equiparándola al Nivel y Grado del Agrupamiento General del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098/08, tomando además en consideración lo normado por la Decisión Administrativa N° 03/04, y sus modificatorias.
Que las aptitudes y experiencia de la persona referenciada resultan atinentes al ob- jetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, fundamentos suficientes para tramitar una excep-
EL JEFE
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURI- DAD VIAL solicita la excepción prevista en el último párrafo del artículo 9°, del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, a efectos de contratar a la persona que se detalla en el Anexo I ad- junto a la presente.
Que el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado.
Que la creciente complejidad de las misiones y funciones de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, hace aconsejable fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicho Organismo, resultando necesario celebrar la contratación que se propicia.
Que la persona involucrada en la presente medida resulta imprescindible para la conse- cución de tales fines y misiones, reuniendo los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que la operatoria del citado Organismo requiere.
Que el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 3/04 establece que el personal con- tratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de Planta Permanente de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado contratante al que corresponde equipararlo según el tipo de funciones a desarrollar.
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LE- GALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Por ello,
EL JEFE
ción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Que la financiación de la contratación que se posibilita efectuar por la presente, será aten- dida oportunamente con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 -MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE-.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE XXXX- TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, in- ciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Por ello,
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Exceptúase a la persona incluida en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente, de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTE- RIOR Y TRANSPORTE, equiparándola por el período y al Nivel y Grado del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, con- forme el régimen previsto en el artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164, de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo I de la presente.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. — Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
ANEXO I
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Exceptúase a Xxxxxx Xxxxxx XXXXXXX (D.N.I. N° 31.231.338), de lo estableci- do en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efec- to de posibilitar su contratación en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, equiparándolo por el período y al Nivel y Grado del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, conforme el régimen previsto en el ar- tículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164 de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo I de la medida.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. — Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
ANEXO I
TIEMPO DETERMINADO: Desde la fecha consignada hasta el 31 de diciembre de 2015.
TIEMPO DETERMINADO: Desde la fecha que se consigna hasta el 31 de diciembre de 2015.
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Decisión Administrativa 753/2015 Contrataciones.
Bs. As., 26/08/2015
VISTO el Expediente N° S02:0020472/2015 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANS- PORTE, las Leyes N° 25.164 y N° 27.008, los Decretos N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002 y
N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GES- TIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre
de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 9° del Anexo a la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 prevé un régimen de contrataciones de personal por tiempo determinado que comprende la prestación de servicios de carácter transitorio o estacional.
EL JEFE
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE XXXX- TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, in- ciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Por ello,
Que el Decreto N° 1421/02 establece la reglamentación de la Ley N° 25.164 y prevé en su artículo 9°, último párrafo del Anexo I, que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos establecidos para el acceso a cada nivel o posición escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.
Que la Resolución de la entonces SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFA- TURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48/02 y sus modificatorias aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrarse según lo estable- cido en el artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su Decreto reglamentario N° 1421/02.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha solicitado las contrataciones en los términos del régimen previsto por la Ley antes citada, de las personas detalladas en el Anexo I de la presente medida, equiparándolas al Nivel y Grado del Agrupamien- to General del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098/08, tomando además en consideración de lo normado por la Decisión Adminis- trativa N° 03/04, y sus modificatorias.
Que las aptitudes y experiencia de las personas referenciadas resultan atinentes al ob- jetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, fundamentos suficientes para tramitar una excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Que la financiación de las contrataciones que se posibilitan efectuar por la presente, será atendida oportunamente con cargo a las partidas específicas de los créditos presupues- tarios de la Jurisdicción 30 -MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE-.
DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Artículo 1° — Exceptúanse a las personas incluidas en el Anexo I, que forma parte integran- te de la presente, de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421 del 8 xx xxxxxx de 2002, reglamentario de la Xxx Xxxxx de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, al sólo efecto de posibilitar sus contrataciones en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, equiparándolas por el período y al Nivel y Grado del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, conforme el régimen previsto en el artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164 de acuerdo con el de- talle obrante en el referido Anexo I.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI- CIAL y archívese. — Xxxxxx X. Xxxxxxxxx. — Xxxxxx X. Xxxxxxxx.
ANEXO I
TIEMPO DETERMINADO: Desde la fecha consignada en cada caso hasta el 31 de diciembre de 2015.
PRODUCTOS MÉDICOS
Disposición 6915/2015
Prohibición de uso y comercialización.
Bs. As., 28/08/2015
VISTO el Expediente N° 1-47-1110-000414-15-9
del Registro de esta Administración Nacio- nal de Medicamentos, Alimentos y Tecno- logía Médica y;
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Vis- to, la Dirección de Vigilancia de Productos Para la Salud (DVS) informa que por Orden de Inspección Nro. 2015/1892-DVS-2295 realizó una inspección en el domicilio de la firma “KINEN INSTITUTO ORTOPÉDICO,
de Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.” sita en la calle Rivadavia No 3180 de la ciudad de Santa Fé, provincia homónima.
Que en el aludido procedimiento personal de la empresa manifiesta que la firma “se dedica a la comercialización de productos médicos destinados a cirugía general y or- topedia”.
Que asimismo la DVS informa que ha- biéndose verificado el stock de productos médicos almacenados en el depósito, se retiró en carácter de muestra, para poste- rior verificación de legitimidad, una unidad identificada como “BIOPRAX / KIT DES- CARTABLE PARA VISITA SALA DE PAR- TOS / CONTIENE: 1 COFIA - 1 BARBIJO RECTANGULAR - 1 AMBO - 2 BOTAS”, la
que posee una cinta adherida con aspecto de indicador de esterilización virado y no presenta datos de fabricante ni autoriza- ción sanitaria.
Que los inspectores actuantes consultaron sobre la procedencia de dicha unidad, a lo que la firma en cuestión remitió posterior- mente factura emitida por “XXXXXXX CAN- DIA” con domicilio en la calle Moreno No 1461 de la ciudad xx Xxxxxxx, provincia de Santa Fé en la que se detalla “KIT ESTERIL P/ VISITA PARTO C/ AMBO”, cuya copia luce a fs. 4 vta.
Que la DVS informa que habiendo consul- tado la base de datos y sistemas de esta Administración, constató la inexistencia de productos autorizados de marca “BIO- PRAX”, como así tampoco de la firma “XXXXXXX XXXXXX”, agregando que se en- cuentran autorizados productos médicos de características e indicaciones de uso similares a la unidad muestreada, tal como da cuenta la documental obrante a fs. 7/8.
Que la DVS, mediante Nota Nº 87-05/14, consultó al Ministerio de Salud de la Pro- vincia de Santa Fé sobre “cuál es la nor- mativa provincial aplicable a la habilitación de elaboradores de productos médicos”, quien informó por Nota N° 89/14, que en el territorio provincial “no se registran pro- ductos médicos ni se habilitan elaborado- res y/o distribuidores de los mismos”.
Que la DVS aclara que por Disposición AN- MAT N° 3802/04, artículo 1°, “las activida- des de fabricación e importación de pro- ductos médicos en jurisdicción nacional o con destino al comercio interprovincial, sólo podrán realizarse con productos ins- criptos ante esta Administración”.
Que en virtud de lo expuesto, y ante la po- sibilidad de que el producto en cuestión sea comercializado fuera de la provincia de Santa Fe, la DVS sugiere adoptar las siguientes medidas: 1°) prohibir el uso y comercialización en todo el territorio na- cional, excepto en la provincia de Santa
Fe, del producto médico identificado como “BIOPRAX / KIT DESCARTABLE PARA VISITA SALA DE PARTOS / CONTIENE: 1 COFIA - 1 BARBIJO RECTANGULAR - 1
AMBO - 2 BOTAS”, hasta tanto se autorice su inscripción en el Registro de Producto- res y Productos de Tecnología Médica de esta Administración Nacional; y 2°) Poner en conocimiento de la situación detallada al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, a sus efectos.
Que desde el punto de vista procedimen- tal, lo actuado por la Dirección de Vigilan- cia de Productos para la Salud se enmarca dentro de las atribuciones conferidas a la ANMAT por el artículo 10° inciso q) del De- creto N° 1490/92.
Que con relación a las medidas aconse- jadas, resulta competente esta Adminis- tración Nacional de conformidad a los incisos n) y ñ) del artículo 8° del Decreto N° 1490/92.
Que la Dirección de Vigilancia de Produc- tos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la interven- ción de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1490/92 y 1886/14.
Por ello:
EL ADMINISTRADOR NACIONAL
DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGÍA MÉDICA DISPONE:
Artículo 1° — Prohíbese el uso y comercia- lización en todo el territorio nacional, excepto la provincia de Santa Fé, del producto médico identificado como ““BIOPRAX/ KIT DESCARTA- BLE PARA VISITA XX XXXX DE PARTOS / CON- TIENE: 1 COFIA - 1 BARBIJO RECTANGULAR
- 1 AMBO - 2 BOTAS-, por las razones expuestas en el Considerando de la presente disposición.
Art. 2° — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publica- ción. Comuníquese al Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fé, a sus efectos. Comuní- quese a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Cámaras y entidades pro- fesionales correspondientes. Comuníquese a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regu- lación Publicitaria y a la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud. Cumplido, archíve- se. — Xxxxxxx Xxxxx.
Nuevos
MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 3932/2015
Bs. As., 13/07/2015
VISTO el Expediente SC N° 7712/13, del registro de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el VISTO, tramitó el contrato de comodato apro- bado por Resolución MC N° 1436/15, suscripto entre el MINISTERIO DE CULTURA y la FUN- DACION XXXXXXX Y XXXX XXXXXXX ARTE Y ACERVO con motivo de la exposición de la Obra Opus XIII, perteneciente a la colección de la FUNDACIÓN, en la CASA NACIONAL DEL BICENTENARIO.
Que la JEFATURA DE GABINETE DE ASESORES de este MINISTERIO DE CULTURA, so-
licitó a la CASA NACIONAL DEL BICENTENARIO la exhibición de la mencionada obra de arte en el CENTRO CULTURAL XXXXXXXX desde el 00 xx xxxxx x xxxxx xx xxx 00 xx xxxxxxx xxx xxxxxxxxx año, con motivo de la exposición a desarrollarse en homenaje a artistas argentinos consagrados.
Que la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxx XXXXXXXX, presidenta de la FUNDACIÓN, ha manifestado su consentimiento para el traslado de la obra en calidad xx xxxxxxxx temporario, para ser exhibido en la fecha requerida en la sede de dicho Centro Cultural.
Que dadas las responsabilidades asumidas a través del contrato de comodato oportuna- mente suscripto, la importancia del evento y la necesidad de contar con la obra de arte objeto del mismo en la fecha prevista para la exposición, se ha supeditado la salida de ésta a la contratación por parte del CENTRO CULTURAL XXXXXXXX de un seguro “clavo a clavo” contra todo riesgo, por embalaje, traslado y estadía que cubriera al objeto hasta su devolución.
Que la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA CASA NACIONAL DEL BICENTENARIO han expresado
su conformidad a lo solicitado.
Que la SECRETARIA DE GESTIÓN CULTURAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JU-
RIDICOS han tomado la intervención que le compete.
Que la presenta medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos N° 641/2014, N° 833/2014 y 392/86.
Por ello,
LA MINISTRA DE CULTURA RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorice el traslado de la OBRA OPUS XIII del Artista Xxxx XXXXXXX perteneciente a la colección de la FUNDACION XXXXXXX Y XXXX XXXXXXX ARTE Y ACERVO, que se encuentra en comodato en la sede de la CASA NACIONAL DEL BICENTENARIO, con destino al CENTRO CULTURAL XXXXXXXX, para su exhibición en la exposición en homenaje a artistas Argentinos consagrados, con curaduría de Xxxxx XXXXXXXXX XXXXX, que tendrá lugar desde el 00 xx xxxxx x xxxxx xx xxx 00 xx xxxxxxx xxx xxxxxxxxx año en la sede de dicho Centro Cultural.
ARTICULO 2° — Supedítase la salida de la OBRA en préstamo, a la contratación por parte del CENTRO CULTURAL XXXXXXXX de un seguro “clavo a clavo” contra todo riesgo, por embalaje, traslado y estadía que cubriera al objeto hasta su devolución.
ARTICULO 6° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL del REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — XXXXXX X. XXXXXXXX, Ministra de Cultura.
e. 02/09/2015 N° 142135/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 5289/2015
Bs. As., 31/08/2015
VISTO la Resolución MC N° 3932 de fecha 13 de julio de 2015 recaída en el expediente S.C. N° 7712/2013, del registro de la entonces Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, actual Ministerio de Cultura, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1 de la Resolución MC N° 3932/15, se autorizó el traslado de la obra OPUS XIII del Artista Xxxx XXXXXXX perteneciente a la colección de la FUNDACION XXXXXXX Y XXXX XXXXXXX ARTE Y ACERVO, que se encontraba en comodato en la sede de la CASA DEL BICEN- TENARIO, con destino al CENTRO CULTURAL XXXXXXXX, para su exposición en homenaje a artistas argentinos consagrados, con curadoría de Xxxxx XXXXXXXXX XXXXX, desde el 00 xx xxxxx x xxxxx xx 00 xx xxxxxxx xxx xxxxxxxxx año en la sede de dicho Centro Cultural.
Que habiéndose producido un error material en la numeración del articulado de la Resolución citada en el VISTO, corresponde rectificar el número consignado en el artículo de forma.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el Artículo 101 del Reglamento Procedimiento Administrativo, aprobado por el Decreto 1759/72, (T.O. 1991).
LA MINISTRA DE CULTURA RESUELVE:
ARTICULO 1° — Rectifícase la numeración consignada en el Artículo 6° de la Resolución MC N° 3932 de fecha 13 de julio de 2015, debiendo leerse en su lugar “Artículo 3°”.
ARTICULO 2° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL del REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — XXXXXX X. XXXXXXXX, Ministra de Cultura.
e. 02/09/2015 N° 142136/15 v. 02/09/2015
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE FISCALIZACIÓN ESPECIALIZADA
RESOLUCIÓN GENERAL N° 2300 - TÍTULO II
REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS
“La resolución administrativa de exclusión se encuentra disponible en el servicio “Registro Fiscal de Operadores de Granos” de la página web institucional (xxx.xxxx.xxx.xx) al que se acce- de mediante Clave Fiscal, así como en el expediente administrativo obrante en la dependencia de este Organismo en la cual cada responsable se encuentra inscripto, excepto para las exclusiones previstas en los incisos a), c), d) y f) del artículo 47”.
Cont. Púb. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, Director (Int.), Dirección de Análisis de Fiscaliza- ción Especializada.
e. 02/09/2015 N° 142064/15 v. 02/09/2015
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN DE ANÁLISIS DE FISCALIZACIÓN ESPECIALIZADA
RESOLUCIÓN GENERAL N° 2300 - TÍTULO II
REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS
Cont. Púb. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, Director (Int.), Dirección de Análisis de Fiscaliza- ción Especializada.
e. 02/09/2015 N° 142069/15 v. 02/09/2015
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
CODIGO ADUANERO (LEY 22.415) EDICTO
Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que den- tro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer las pruebas de que
intente valerse por las infracciones que en cada caso se indica, bajo apercibimiento de REBELDIA. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Oficina (art. 1001 del C.A.) bajo aperci- bimiento xx Xxx (art. 1004). Se le hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción fiscal y la no registración del an- tecedente (art. 930/932).- FDO. XXXXXXXXX XXXX. ABOGADO. Jefe Div. Secretaría de Actuación N° 1. DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTO LEGALES ADUANEROS. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000. Xxxx
0x. Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.-
Sumario | Infrac. | Causante | Tributos | Multa |
12210-4024-2008 | Art. 970 C.A. | XXX FITNESS HEALTH S.R.L. | U$S 2.234,81 y $ 3.735,32 | $ 6.512,23 |
AUTORIDAD DEL SUMARIO
XXXXXXXXX XXXX, Abogado, Jefe Div. Secretaría de Actuación Nº 1, Departamento Proce- dimientos Legales Aduaneros.
e. 02/09/2015 N° 140576/15 v. 02/09/2015
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
CODIGO ADUANERO (LEY 22415, art. 1013 inc. “h” y 1101) EDICTO NRO.
Por ignorarse domicilio, de la firma “CARYMED SA (“, CUIT 30-693784693), se cita a las per- sonas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles, comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción que se les imputa, cuyos expedientes tra- mitan en la Sec. n° 1 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros - Xxxxxxxx Xxxxxxxx 000 0x Xxxx XXX. XXX., xxxx apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio en los términos del art. 1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art. 1004 del mismo texto. Se le hace saber que para extinguir la acción penal aduanera, deberá presentar el Certificado de Xxxxxx, bajo apercibimiento de considerar la mercadería de importación prohibida y requerir en ese caso el abandono a favor del estado en Zona Primaria Aduanera a fin de producir los efectos propios de los Arts. 930/932 del citado texto legal. Asimismo se indica el importe de los tributos debidos, en los términos del art. 794 del Código Aduanero. Fdo. Xx. Xxxxxxxxx Xxxx, Jefe de la Secretaría de Actuación N° 1.
Expediente | Imputado/C.U.I.T. | Infracción Códi- go Aduanero | Multa mínima | Tributos |
Actuación N° 12197-6753- 2009 | “CARYMED SA (CUIT N° 30693784693) | Art. 970 | $ 503705,82 | U$S 175568,43 IVA ADICIONAL Y GANANCIAS $ 57748,49 |
XXXXXXXXX XXXX, Abogado, Jefe Div. Secretaría de Actuación N° 1, Departamento Proce- dimientos Legales Aduaneros.
e. 02/09/2015 N° 142079/15 v. 02/09/2015
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS DV SAPRLA.1
Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
EDICTO
Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infrac- ciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento xx xxx (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de co- rresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.). Fdo.: Abog. Xxxxxxxxx Xxxx, Jefe División Secretaría de Actuación N° 1, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE | IMPUTADO | INFRACCION | MULTA TRIBUTOS |
00000-00-0000 | XXXXXXX, XXXXXX (PAS. N° 0000000000) | 970 C.A. | $ 15.647,04 U$S 5.126,28 $ 11.226,28 |
XXXXXXXXX XXXX, Abogado, Jefe Div. Secretaría de Actuación Nº 1, Departamento Proce- dimientos Legales Aduaneros.
Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la Oficina (art. 1001 del C.A.) bajo aperci- bimiento xx Xxx (art. 1004). Se le hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de corresponder, producirá la extinción de la acción fiscal y la no registración del an- tecedente (art. 930/932).- FDO. XXXXXXXXX XXXX. ABOGADO. Jefe Div. Secretaría de Actuación N° 1. DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTO LEGALES ADUANEROS. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xx 000. Xxxx
0x. Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Sumario | Infrac. | Causante | Tributos | Multa |
12197-6366-2008 | Art. 970 C.A. | COMPUDATA S.A. | U$S 1.910,84 y $ 3.985,56 | $ 5.710,91 |
AUTORIDAD DEL SUMARIO
XXXXXXXXX XXXX, Abogado, Jefe Div. Secretaría de Actuación Nº 1, Departamento Proce- dimientos Legales Aduaneros.
e. 02/09/2015 N° 141696/15 v. 02/09/2015
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución 181/2015
Asunto: Habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle barcazas Puerto “Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxx Xxxxx”. Xxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx.
Bs. As., 27/08/2015
VISTO la Actuación SIGEA N° 00000-000-0000 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) solicita la habilitación de una zona operativa aduanera en el nuevo muelle de barcazas del puerto “Terminal Portuaria Del Guazú”, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Xxxx, en jurisdicción de la División Aduana de Gualeguaychú.
Que mediante Nota D.N.P. N° 171/15 del 29 xx xxxxx de 2015, la Dirección Nacional de Puertos, dependiente de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, informa que mediante expediente N° EXP-S01:0137050/2015 tramita el pedido presentado por la firma DEL GUAZÚ S.A. para que se amplíe la solicitud de habilitación de la “Terminal Portuaria Del Guazú” a la nueva dársena de barcazas. Sobre el particular, señala que “...habiéndose cumplido con la totalidad de los requisitos en orden a proceder en forma definitiva a la habilitación requerida, acto para el cual la competencia está atribuida al Poder Ejecutivo Nacional (Art. 5° de la Ley 24.093), el citado expediente actual- mente se encuentra en la órbita de esta Dirección Nacional de Puertos a fin de elaborar el informe final y el correspondiente proyecto de Decreto”.
Que en función de los informes obrantes en autos, corresponde autorizar las operaciones que se desarrollen en el citado lugar operativo, en forma provisoria hasta el 30 de noviembre, inclusive.
Que han tomado la intervención que le compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Dis- posición N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR RESUELVE:
ARTICULO 1° — Autorícese la habilitación de la zona operativa aduanera solicitada por la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT N° 30-70832657-3) en el nuevo muelle de barcazas del puerto “Terminal Portuaria Del Guazú”, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Xxxx, en jurisdicción de la División Aduana de Gualeguaychú, en forma provisoria hasta el 30 de noviembre, inclusive.
ARTICULO 2° — Estipúlese la vigencia de la presente a partir del día de la fecha.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome cono- cimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase a la División Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. — Ing. XXXXX XXXXXXXX X. XXXXXXXX, Subdirectora Xxxx- xxx, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 02/09/2015 N° 141033/15 v. 02/09/2015
e. 02/09/2015 N° 141695/15 v. 02/09/2015
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
EDICTO
Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que den- tro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer las pruebas de que intente valerse por las infracciones que en cada caso se indica, bajo apercibimiento de REBELDIA.
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 448/2015
Bs. As., 31/07/2015
VISTO el expediente N° S02:0005829/2012 del registro de la AGENCIA NACIONAL XX XXXX- RIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR y TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449 y N° 26.363.
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURI- DAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del actual MINISTERIO DEL INTERIOR y
TRANSPORTE, conforme Decreto 874/2012, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestra- lidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3° de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.
Que entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL por la Ley
26.363 en su artículo 4°, incisos e), f), h) y j), se encuentra la de crear y establecer las característi- cas y procedimientos de otorgamiento, emisión e impresión de la Licencia Nacional de Conducir, así como también autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando en su caso los centros de emisión y/o impresión de las mismas.
Que mediante el Decreto N° 1787/2008 se dio estructura organizativa a la ANSV, creándose la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, la cual
tendrá como misión coordinar con los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir, el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, respondiendo a estándares de seguridad, técnicos y de diseño; certificar y homologar los centros de emisión y/o de impresión de la Licencia Nacional de Conducir; coordinar la emisión de licencias provinciales y municipales de conducir autorizadas; y determinar, homologar y auditar los contenidos de los exámenes que deben rendir los solicitantes de la mencionada Licencia.
Que en ese lineamiento, la ANSV dictó con fecha 27 de Octubre de 2009, la Disposición XXXX Xx 000 mediante la cual se aprueba el SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR a fin de unificar los criterios en todo el país respecto al formato de las licencias, los requisitos previos a la solicitud, la emisión y todas las cuestiones atinentes, como así también la creación de bases de da- tos actualizadas que contenga los datos de las habilitaciones para conducir emitida en todo el país.
Que en tal sentido, se ha suscripto con fecha 29 xx xxxxx de de 2010, un Convenio Específico de Cooperación entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la PROVINCIA de BUENOS AIRES, cuyo objeto es la Homologación y Certificación del Centro de Emisión y de los Centros de Otorgamiento respectivamente, con el fin de implementar en la Provincia de Buenos Aires la Licencia Nacional de Conducir.
Que el mencionado Convenio Específico define en su Anexo V, el Procedimiento de Homolo- gación del Centro de Emisión y de Certificación de los Centros de Otorgamiento, estableciendo que el Certificado de Centro de Otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir “...tendrá una vigencia de UN (1) año y se renovará automáticamente por igual período de no mediar notificación fehaciente en contrario por alguna de las partes, la cual deberá hacerse con SESENTA (60) días de anticipación con expresión de causa...”.
Que en el orden al Convenio Específico de Cooperación suscripto entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la PROVINCIA de BUENOS AIRES, alineándose los plazos a lo regulado en el Decreto 1716/2008, la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIA DE CONDUCIR, en el
ámbito de sus competencias, ha evaluado y acreditado el correcto funcionamiento de los Centros de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Provincia de Buenos Aires referenciados en el artículo 1° de la presente medida, por lo que ha considerado oportuna la renovación de los correspondiente Cer- tificación de los Centros de Otorgamiento de Licencia Nacional de Conducir oportunamente emitidos.
Que con fecha 1° xx Xxxxxx de 2012, mediante Disposición XXXX Xx 000, se han Certificado los Centros de Otorgamiento de Licencias de Conducir de los Municipios de Coronel Príngles, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Hermoso, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx, Guaminí, Saliqueló, Coronel Xxxxxx, Daireaux, Tres Xxxxx, Xxxxxxxxxx, Lobos, Xxxxx Xxxxx, Cañuelas, San Xxxxxx xxx Xxxxx, Xxxxxxx, General las Xxxxx, Xxxxxxx, General Xxxxxx, General Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxx, General Xxxxxxxxx, Xxxxx, Laprida y General Xxxxxxxx, de la Provincia de Buenos Aires, com- prendidos en la 7° Etapa de Implementación.
Que con fecha 1° xx Xxxxxx de 2013, mediante Disposición XXXX Xx 000, se ha renovado por primera vez la Certificación referida y, posteriormente, con fecha 1° xx Xxxxxx de 2014, mediante Disposición XXXX Xx 000, se ha renovado por segunda vez la Certificación de los Centros de Emi- sión de Licencias de Conducir mencionados.
Que en tal sentido, corresponde tener por renovada la Certificación de los Centros de Otor- gamiento de Licencias de Conducir de los Municipios antes citados de la Provincia de Buenos Aires, comprendidos en la 7° Etapa de Implementación, conforme las facultades conferidas al DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en los artículo 4° inciso a), e) y f) de la Ley N° 26.363 y Anexo V al Decreto N° 1716/08.
Que la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR y la DIREC-
CION DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO, ambas dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, y la
DIRECCION DE INFORMATICA, han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGA-
LES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 4° incisos f) y j), y Artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363, normas reglamentarias y complementarias.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Renuévanse por el plazo de un año desde su vencimiento, la Certificación de los Centros de Otorgamiento de la Licencia de Conducir de los Municipios de Coronel Príngles, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Hermoso, Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx, Guaminí, Saliqueló, Coronel Xxxxxx, Daireaux, Tres Xxxxx, Xxxxxxxxxx, Lobos, Xxxxx Xxxxx, Cañuelas, San Xxxxxx xxx Xxxxx, Xxxxxxx, General las Xxxxx, Xxxxxxx, General Xxxxxx, General Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxx, General Xxxxxxxxx, Xxxxx, Laprida y General Xxxxxxxx, de la Provincia de Buenos Aires, com- prendidos en la 7° Etapa de Implementación.
ARTÍCULO 2° — Autorízase a emitir los Certificados de Renovación N° 3 de los Centros de Otorgamiento de la Licencia de Conducir a favor de las jurisdicciones mencionadas en el Artículo 1° de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, Director Ejecutivo, Agen- cia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior y Transporte.
e. 02/09/2015 N° 141036/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 473/2015
Bs. As., 14/08/2015
VISTO el expediente Nº S02:0028495/2013 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR y TRANSPORTE, las Leyes Nº 24.449, Nº 26.363.
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1º de la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SE- GURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del actual MINISTERIO DEL INTERIOR y TRANSPORTE, conforme Decreto 874/2012, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3º de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.
Que el artículo 4º incisos e) y f) de la Ley Nº 26.363 establece que corresponde a la AGEN- CIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL crear y establecer las características y procedimientos de otorgamiento, emisión e impresión de la licencia de conducir nacional; y además, le corres- ponde autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando en su caso, los centros de emi- sión y/o impresión de las mismas.
Que en el marco de las competencias atribuidas a la ANSV, se ha dictado con fecha 27 de Octubre de 2009, la Disposición ANSV Nº 207 mediante la cual se aprueba el SISTEMA NA- CIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR a fin de unificar los criterios en todo el país respecto al formato de las licencias, los requisitos previos a la solicitud, la emisión y todas las cuestiones atinentes a la misma.
Que la Disposición ANSV Nº 207/09 establece los procedimientos necesarios que todo Centro de Emisión de Licencia (CELs) deberá observar para tramitar ante la AGENCIA NACIO- NAL DE SEGURIDAD VIAL la certificación necesaria para la emisión de la Licencia Nacional de Conducir.
Que la Disposición aludida establece que será deber de la AGENCIA NACIONAL DE SE- GURIDAD VIAL renovar la certificación de los Centros de Emisión de Licencia Nacional de Conducir en forma anual, renovación que lleva ínsita la facultad para continuar con la emisión de la Licencia Nacional de Conducir en los términos del artículo 4º inciso f) del Anexo 1 al Decreto Nº 1716/08.
Que el Centro de Emisión de Licencia Nacional de Conducir del Municipio xx Xxxxxxxxxxx fue certificado y homologado oportunamente por la Disposición ANSV Nº 416 de fecha 15 xx Xxxxxx de 2013.
Que con fecha 15 xx Xxxxxx de 2014, mediante Disposición XXXX Xx 000, se ha renovado por primera vez la Certificación referida.
Que en tal sentido, conforme a la Declaración Jurada remitida por el Sr. Presidente Xxxx- xxxxx y el Sr. Secretario de Gobierno del MUNICIPIO XX XXXXXXXXXXX, PROVINCIA DE ENTRE XXXX, se mantienen las exigencias legales requeridas para la renovación de la Certificación oportunamente otorgada.
Que en ese sentido y habiéndose cumplimentado por parte del MUNICIPIO XX XXXXXXX- BASO con el procedimiento establecido por la Disposición ANSV Nº 207 para la “RENOVA- CION DE LA CERTIFICACIÓN DE LOS CENTROS DE EMISIÓN DE LICENCIA NACIONAL DE
CONDUCIR”, corresponde emitir el presente acto de Renovación de la Certificación del Centro de Emisión de Licencia Nacional de Conducir de la mencionada jurisdicción, conforme las facultades conferidas al DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en el artículo 4º inciso f) de la Ley Nº 26.363 y Anexo V al Decreto Nº 1716/08.
Que la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR y la DIREC- CIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, ambas dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, y
la DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LE-
GALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la inter- vención que les compete.
Que el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta
competente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias ex- presamente atribuidas por el artículo 7° inciso b) de la Ley Nº 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Renuévese la Certificación del Centro de Emisión de Licencias Nacionales de Conducir del Municipio xx XXXXXXXXXXX, de la Provincia de ENTRE XXXX, a fin de expedir la Licencia Nacional de Conducir por el plazo de un (1) año en los términos del artículo 4º inciso f) del Anexo I al Decreto 1716/2008.
ARTÍCULO 2° — Autorízase a emitir el Certificado de Renovación Nº 2 de Certificación de Centro Emisor de Licencia Nacional de Conducir a favor de la jurisdicción mencionada en el artícu- lo 1° de la presente Disposición, cuyo modelo forma parte de la presente medida como Anexo I.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, Director Ejecutivo, Agen- cia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior y Transporte.
e. 02/09/2015 N° 141043/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 475/2015
Bs. As., 14/08/2015
VISTO el expediente N° S02:0048224/2015 del registro de la AGENCIA NACIONAL XX XXXX- RIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449, N° 26.363 y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURI- DAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del actual MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3° de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.
Que entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL por la Ley N° 26.363 en su artículo 4°, incisos e), f), h) y j), se encuentra la de crear y establecer las caracterís- ticas y procedimientos de otorgamiento, emisión e impresión de la Licencia Nacional de Conducir, así como también autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando en su caso los centros de emisión y/o impresión de las mismas.
Que mediante el Decreto N° 1787/2008 se dio estructura organizativa a la A.N.S.V., creándose la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, la
cual tiene como misión coordinar con los organismos competentes en materia de emisión de licen- cias de conducir, el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, respondiendo a estándares de seguridad, técnicos y de diseño; certificar y homologar los centros de emisión y/o de impresión de la Licencia Nacional de Conducir; coordinar la emisión de licencias provinciales y municipales de conducir autorizadas; y determinar, homologar y auditar los contenidos de los exámenes que deben rendir los solicitantes de la mencionada Licencia.
Que asimismo, la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES
DE TRANSITO, resulta competente para establecer los requisitos para la certificación y homologa- ción de los Centros de Emisión de la Licencia Nacional de Conducir por parte de las autoridades jurisdiccionales competentes del territorio nacional, conforme lo establece el mencionado Decreto N° 1787/2008 (Acciones, Punto 2).
Que en ese lineamiento, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL dictó con fecha 27 de Octubre de 2009, la Disposición XXXX Xx 000 mediante la cual se aprueba el SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR a fin de unificar los criterios en todo el país respecto al formato de las licencias, los requisitos previos a la solicitud, la emisión y todas las cuestiones atinentes, como así también la creación de bases de datos actualizadas que contenga los datos de las habilitacio- nes para conducir emitida en todo el país.
Que la Disposición XXXX Xx 000 establece los procedimientos necesarios que todo Centro de Emisión de Licencias (CEL) deberá observar para tramitar ante la ANSV la certificación necesaria para la emisión de la licencia nacional de conducir.
Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la PROVINCIA de SANTA FE han suscrip-
to oportunamente un Convenio Xxxxx con el objeto de la coordinación necesaria entre la mencio- nada provincia y la ANSV, a fin de consolidar y fortalecer los compromisos asumidos en materia de seguridad vial, para lograr reducir la tasa de siniestralidad vial en todo el territorio nacional y coordinar acciones tendientes a la implementación de la Licencia Nacional de Conducir.
Que asimismo se ha suscripto, con fecha 6 de febrero de 2014, un Convenio Específico de Cooperación entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la PROVINCIA DE SANTA FE,
cuyo objeto es implementar en la Provincia de Santa Fe la Licencia Nacional de Conducir y el Cer- tificado Nacional de Antecedentes de Transito, para lo cual se certificarán los Centros de Emisión de Licencias de Conducir en dicha jurisdicción.
Que el mencionado Convenio Específico define el Procedimiento de Certificación de los Cen- tros de Emisión de Licencias, estableciendo los requisitos a observar para ser autorizados por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a fin de emitir la Licencia Nacional de Conducir.
Que la PROVINCIA DE SANTA FE sancionó la Ley Provincial N° 13.133, mediante la cual adhie- re a los Títulos I a VIII y artículo 77 del Título VIII de la Ley Nacional N° 24.449, con las modificatorias introducidas por las leyes Nacionales N° 24.788, N° 25.857, N° 25.965 y en el Capítulo II de la Ley Nacional N° 26.363, en cuanto no se oponga a las disposiciones en ella dispuestas.
Que es dable destacar que la Ley Provincial N° 13.133 regula todo lo concerniente a materia de Tránsito en la Provincia de Santa Fe, y resulta concordante a los lineamientos generales definidos por las Leyes Nacionales N° 24.449 y N° 26.363.
Que asimismo, y conforme lo establece la Cláusula Séptima la Convenio Específico men- cionado, el sistema informático a utilizarse será provisto por la Provincia de Santa Fe, habiendo acordando que la Provincia realizará las adaptaciones necesarias al mismo en concordancia con el Sistema Nacional de Licencias de Conducir, con el fin de unificar el circuito técnico, administra- tivo y de gestión para emitir la Licencia Nacional de Conducir; efectuado en tal sentido la Agencia Nacional de Seguridad Vial, a través de Dirección de Informática, las correspondientes pruebas para comprobar su normal y correcto funcionamiento, y constatando que el mismo cumple con los requisitos mínimos establecidos por la normativa Nacional vigente en la materia.
Que en tal sentido y encontrándose cumplimentado por la PROVINCIA DE SANTA FE con lo dispuesto por el Convenio Específico suscripto, arriba mencionado y el procedimiento establecido por la Disposición XXXX Xx 000, para la “CERTIFICACIÓN DE LOS CENTROS DE EMISIÓN XX XX-
CENCIA NACIONAL DE CONDUCIR” corresponde CERTIFICAR los Centros de Emisión de Licencias Nacionales de Conducir de los MUNICIPIOS Y/O COMUNAS solicitados por la Provincia de SANTA FE, conforme las facultades conferidas al DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SE- GURIDAD VIAL en los artículo 4° inciso a), e) y f) de la Ley N° 26.363 y Anexo V al Decreto N° 1716/08.
Que la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR, la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE INFRACCIONES, y la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO, dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE
CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, la DIRECCION DE INFORMATICA y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD
VIAL han tomado la intervención que les compete.
Que el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta com-
petente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias expresamen- te atribuidas por el artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Certifíquense los Centros de Emisión de la Licencia de Conducir de los MUNI- CIPIOS Y/O COMUNAS XX XXXXXXXXXX, CALCHAQUI, MALABRIGO, RECONQUISTA, XXXXXX, XXXX, VILLA XXXXXX, CERES, XXXXXXXX, XXXXXXX, SAN XXXXXXXXX, SAN XXXXXXXXX, SAN XXXXX, SUNCHALES, SUARDI, TOSTADO, VILLA XXXXXXX, XXXXX XXXXXXXX, XXXXXXX, XXXXXXXXX, XXXXXX, GOBERNADOR XXXXXX, HELVECIA, HUMBOLDT, XXXXXX XXXXXXXX, XXXXXX, XXXXX XXXX, SAN XXXXXX CENTRO, SAN XXXXXX, SAN XXXXXXXX NORTE, SAN JUS- TO, SANTA FE DE LA XXXX XXXX, XXXXX TOMÉ, SAUCE VIEJO, XXXXXXX, XXXXXXX, XXXXXX, AREQUITO, ARMSTRONG, XXXXXX SECO, BIGAND, XXXXXXX, CAÑADA XX XXXXX, CAPITÁN XXXXXXXX, XXXXXXXXX, XXXXXXX, CHABÁS, CORONEL XXXXXX, EL TRÉBOL, XXXXXX XX- LLEGRINI, FUNES, GRANADERO XXXXXXXXX, LAS PAREJAS, LAS ROSAS, XXXXXX XXX, MON- TES XX XXX, XXXXX, PTO. GRAL. SAN XXXXXX, XXXXXX, ROSARIO, SAN XXXX DE LA ESQUINA, SAN XXXXXXX, SANTA XXXXXX, TOTORAS, VILLA CONSTITUCIÓN, VILLA GOBERNADOR GÁL- VEZ, BERABEVÚ, XXXXXX, XXXXXX, CARRERAS, CHAÑAR LADEADO, ELORTONDO, FIRMAT, HUGHES, LOS QUIRQUINCHOS, XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX, XXXXXX, XXXXXX, SAN XXXXX- RIO, SANTIC SPÍRITU, SANTA XXXXXX, TEODELINA, VENADO TUERTO, VILLA CAÑAS, Y LAGUNA
XXXXX de la PROVINCIA de SANTA FE, habilitándolos a emitir la Licencia Nacional de Conducir.
ARTÍCULO 2° — Autorízase a emitir el Certificado de Centros de Emisión de Licencia Nacional de Conducir a favor de las jurisdicciones mencionadas en el artículo 1° de la presente Disposición.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, Director Ejecutivo, Agen- cia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior y Transporte.
e. 02/09/2015 N° 141045/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 481/2015
Bs. As., 21/08/2015
VISTO el expediente N° S02:0027228/2013 del registro de la AGENCIA NACIONAL XX XXXX- RIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR y TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449, N° 26.363.-
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURI- DAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del actual MINISTERIO DEL INTERIOR y TRANSPORTE, conforme Decreto 874/2012, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestra- lidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3° de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.
Que el artículo 4° incisos e) y f) de la Ley N° 26.363 establece que corresponde a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL crear y establecer las características y procedimientos de otor- gamiento, emisión e impresión de la licencia de conducir nacional; y además, le corresponde autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a otorgar la Licencia Nacional de Con- ducir, certificando y homologando en su caso, los centros de emisión y/o impresión de las mismas.
Que en el marco de las competencias atribuidas a la ANSV, se ha dictado con fecha 27 de Oc- tubre de 2009, la Disposición XXXX Xx 000 mediante la cual se aprueba el SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR a fin de unificar los criterios en todo el país respecto al formato de las licencias, los requisitos previos a la solicitud, la emisión y todas las cuestiones atinentes a la misma.
Que la Disposición XXXX Xx 000/00 establece los procedimientos necesarios que todo Centro de Emisión de Licencia (CELs) deberá observar para tramitar ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL la certificación necesaria para la emisión de la Licencia Nacional de Conducir.
Que la Disposición aludida establece que será deber de la AGENCIA NACIONAL XX XXXX- RIDAD VIAL renovar la certificación de los Centros de Emisión de Licencia Nacional de Conducir en forma anual, renovación que lleva ínsita la facultad para continuar con la emisión de la Licencia Nacional de Conducir en los términos del artículo 4° inciso f) del Anexo 1 al Decreto N° 1716/08.
Que el Centro de Emisión de Licencias Nacionales de Conducir del Municipio xx Xxxxxxxx fue certi- ficado y homologado oportunamente por la Disposición XXXX Xx 000 de fecha 20 xx Xxxxxx de 2013.
Que asimismo con fecha 20 xx Xxxxxx de 2014, Mediante Disposición XXXX Xx 000, se ha renovado por primera vez la Certificación del (CEL) de dicho municipio.
Que en tal sentido, conforme a la Declaración Jurada remitida por la Sra. Xxxxxxxxxx xxx XX- XXXXXXX XX XXXXXXXX, XXXXXXXXX XXX XXXXXX, se mantienen las exigencias legales requeridas para la renovación de la Certificación oportunamente otorgada.
Que en ese sentido y habiéndose cumplimentado por parte del MUNICIPIO XX XXXXXXXX con el procedimiento establecido por la Disposición XXXX Xx 000 para la “RENOVACION DE LA CERTIFICACIÓN DE LOS CENTROS DE EMISIÓN DE LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR”, co-
rresponde emitir el presente acto de Renovación de la Certificación del Centro de Emisión de Licencia Nacional de Conducir de la mencionada jurisdicción, conforme las facultades conferidas al DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en el artículo 4° inciso
f) de la Ley N° 26.363 y Anexo V al Decreto N° 1716/08.
Que la DIRECCIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR y la DIREC-
CIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, ambas dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRÁNSITO, y la
DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA, han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGA-
LES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la intervención que les compete.
Que el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta com-
petente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias expresamen- te atribuidas por el artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Renuévese la Certificación del Centro de Emisión de Licencias Nacionales de Conducir del Municipio xx XXXXXXXX, de la Provincia del CHUBUT, a fin de expedir la Licencia Nacional de Conducir por el plazo de un (1) año en los términos del artículo 4° inciso f) del Anexo I al Decreto 1716/2008.-
ARTÍCULO 2° — Autorízase a emitir el Certificado de Renovación N° 2 de Certificación de Centro Emisor de Licencia Nacional de Conducir a favor de la jurisdicción mencionada en el artícu- lo 1° de la presente Disposición, cuyo modelo forma parte de la presente medida como Anexo I.-
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, Director Ejecutivo, Agen- cia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior y Transporte.
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para el servicio de confección de guardapolvos, solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, mediante Nota N° 174/2015, señalando que las condiciones técnicas re- queridas son las establecidas en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NA-
CIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por Resolución SCy- MI N° 9963 de fecha 16 xx Xxxxxx de 2012.
Que, asimismo, la Dirección citada en el Considerando anterior, propone para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA DE TRABAJO GÉNESIS LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Reso- lución SCyMI N° 2264 de fecha 15 xx Xxxxx de 2011.
Que obra la actualización del precio por el servicio de confección de guardapolvos realizada por el Centro de Investigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA IN- DUSTRIAL (INTI), consignando el costo por mano de obra para la confección de cada guardapolvo que asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($47,80.-).
Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re- solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 xx Xxxxx de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 xx Xxxx de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N° 246/2015 - Letra DGA/ DPS de fecha 21 de Enero de 2015, en virtud del Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxxx de la Gestión mencionado precedentemente, solicita se informe si los servicios de industria —corte, confección y terminación de guardapolvos— se encuentran contemplados en el Convenio precitado.
Que obra Nota N° 210/2015 - SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de fecha 23 de Enero de 2015, informando al respecto que el Control de Precios Testigo no resulta aplicable a aquellas contrataciones cuyo objeto consista en un trabajo o servicio de industria, en virtud de lo establecido en el artículo 3 inciso a) del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en concor- dancia con la Cláusula Primera inciso a) del citado Convenio Marco.
Que, con fecha 11 xx Xxxx de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO GÉNESIS LIMITADA.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre- cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 249/2015 estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 249/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi- ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 249/2015 precitado.
Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 179/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 693/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
Disposición 4389/2015
Bs. As., 10/06/2015
e. 02/09/2015 N° 141044/15 v. 02/09/2015
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para el servicio de confección de guardapolvos, solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrata- ciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 179/2015, conforme las pautas detalla- das en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 179/2015 al efector social COOPE- RATIVA DE TRABAJO GÉNESIS LIMITADA, señalando que las condiciones técnicas requeridas son las establecidas en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MO- NITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NACIO-
NAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 xx Xxxxxx de 2012, por el servicio de confección de cuatro mil (4.000) guarda- polvos, hasta la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS ($191.200.-).
VISTO el Expediente N° E-26016-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS ($191.200.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re- gistro Oficial y archívese. — Lic. XXXXXX X. XXXXXXX, Directora General de Administración, Mi- nisterio de Desarrollo Social.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA
—xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc- ción Xxxxxxxx (Xxxxxxxx 000 - Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx).
e. 02/09/2015 N° 141158/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 13305/2015
Bs. As., 12/08/2015
VISTO el Expediente N° E-18775-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas, y enseres necesarios para la ejecución del acondicionamiento acústico, realización de pared divisoria, en restaurante y SUM, del edificio ubi- cado en Xxxxxx Xx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 11 xx Xxxxx de 2015.
Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA FRONTERA LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue apro- bada por Resolución SCyMI N° 4481 de fecha 15 xx Xxxx de 2014.
Que obra Resolución SCyMI N° 3900 de fecha 25 xx Xxxxx de 2008, mediante la cual se pro- tocolizó el Convenio entre el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES —ONA- BE— y el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN, por el cual el ONABE entrega a este Ministerio los sectores correspondientes a los inmuebles situados bajo el viaducto en xxxx xx xxx Xxxxxx - Xxxxxxx x Xxxxxx - 0 xx Xxxxxxx, correspondiente a los Ramales SM (A) y XX 0, xxxxxxxxxxxxxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re- solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 xx Xxxxx de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 xx Xxxx de 2014.
Que obran Informe N° 2201/2015 de fecha 26 xx Xxxxx del 2015 de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del Servicio que por este expediente se tramita.
Que, según NOTA SIGEN N° 3954/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-
CIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales xxx xxxxxxx.
Que, con fecha 20 de Julio de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO LA FRONTERA LIMITADA.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre- cedente y de la documentación obrante en expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Xxx- luación N° 346/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 346/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi- ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 346/2015 precitado.
Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa Nº 263/2015, en- marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado
por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas, y enseres necesarios para la ejecución del acondicionamiento acústico, realización de pared divisoria, en restaurante y SUM, del edificio ubicado en Xxxxxx Xx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE- TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 263/2015, conforme las pautas deta- lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 263/2015 al efector social COO- PERATIVA DE TRABAJO LA FRONTERA LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA CON OCHENTA CENTAVOS ($ 1.145.270,80.-).
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS UN MI- LLÓN CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA CON OCHENTA CENTAVOS
($ 1.145.270,80.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re- gistro Oficial y archívese. — Cdor. XXXXXX X. XXXXXXXXXX, Secretario de Coordinación y Moni- toreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA
—xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc- ción Xxxxxxxx (Xxxxxxxx 000 - Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx).
e. 02/09/2015 N° 141144/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 13306/2015
Bs. As., 12/08/2015
VISTO el Expediente N° E-59390-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO- CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° E-2460-2015, se tramitó Contratación Directa N° 121/2015, tendiente a lograr la contratación de un servicio de confección y terminación de guardapolvos, emitiéndose la Orden de Compra N° 270/2015, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO 27 DE OCTUBRE LIMITADA.
Que la DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION DE LA COMERCIALIZACION solicita la am-
pliación en un importe equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) de la Orden de Compra antes mencionada.
Que obra conformidad de dicha Cooperativa para llevar a cabo la ampliación de la Orden de Compra anteriormente mencionada.
Que en consecuencia procede ampliar la Orden de Compra N° 270/2015, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolu- ción MDS N° 574/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Amplíase la Orden de Compra N° 270/2015 emitida a favor de la COOPE- RATIVA DE TRABAJO 27 DE OCTUBRE LIMITADA, correspondiente a la Contratación Direc- ta N° 121/2015, en la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA
($ 320.880.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS TRESCIEN- TOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA ($ 320.880.-), con cargo a los créditos del presupues- to de este Ministerio para el ejercicio 2015.
ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re- gistro Oficial y archívese. — Cdor. XXXXXX X. XXXXXXXXXX, Secretario de Coordinación y Moni- toreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.
e. 02/09/2015 N° 141143/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 13331/2015
Bs. As., 12/08/2015
VISTO el Expediente N° E-42892-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios, y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para el servicio de confección de guardapolvos, solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, mediante Nota N° 228/2015, señalando que las condiciones técnicas re- queridas son las establecidas en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NA-
CIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por Resolución SCy- MI N° 9963 de fecha 16 xx Xxxxxx de 2012.
Que, asimismo, la Dirección citada en el Considerando anterior, propone para la realización de los trabajos aludidos, al efector social PROYECTO PRODUCTIVO TIEMPO DE SOÑAR, cuya ins- cripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución MDS N° 760 de fecha 06 xx Xxxx de 2005.
Que obra la actualización del precio por el servicio de confección de guardapolvos realizada por el Centro de Investigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA IN- DUSTRIAL (INTI), consignando el costo por mano de obra para la confección de cada guardapolvo que asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 47,80.-).
Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re- solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 xx Xxxxx de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 xx Xxxx de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N° 246/2015 - Letra DGA/ DPS de fecha 21 de Enero de 2015, en virtud del Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxxx de la Gestión mencionado precedentemente, solicita se informe si los servicios de industria —corte, confección y terminación de guardapolvos— se encuentran contemplados en el Convenio precitado.
Que obra Nota N° 210/2015 - SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION de fecha 23 de Enero de 2015, informando al respecto que el Control de Precios Testigo no resulta aplicable a aquellas contrataciones cuyo objeto consista en un trabajo o servicio de industria, en virtud de lo establecido en el artículo 3 inciso a) del Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en concor- dancia con la Cláusula Primera inciso a) del citado Convenio Marco.
Que, con fecha 26 xx Xxxxx de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por el efector social PROYECTO PRODUCTIVO TIEMPO DE SOÑAR.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre- cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 327/2015 estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 327/2015 a los fines de su difusión en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 su modi- ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 327/2015 precitado.
Que atento la naturaleza de dicho servicio, se tramita la Contratación Directa N° 245/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolu- ción MDS N° 574/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para el servicio de confección de guardapolvos, solicitado por la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrata- ciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 245/2015, conforme las pautas deta- lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 245/2015 al efector social PROYEC- TO PRODUCTIVO TIEMPO DE SOÑAR, señalando que las condiciones técnicas requeridas son las establecidas en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el INSTITUTO NACIONAL DE TEC-
NOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente protocolizado por Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 xx Xxxxxx de 2012, por el servicio de confección de un mil (1.000) guardapolvos, hasta la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 47.800.-).
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS ($ 47.800.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re- gistro Oficial y archívese. — Cdor. XXXXXX X. XXXXXXXXXX, Secretario de Coordinación y Moni- toreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA
—xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc- ción Xxxxxxxx (Xxxxxxxx 000 - Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx).
e. 02/09/2015 N° 141133/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 13506/2015
Bs. As., 14/08/2015
VISTO el Expediente N° E-23127-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO- CIAL, el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 207/2015, autorizada por Disposición DGA N° 3457 del 04 xx Xxxx de 2015, enmar- cada en los alcances del artículo 25 inciso d) apartado 1) del Decreto N° 1023/2001 y modificato- xxxx, reglamentado por los artículos 19, 20, 34 inciso a) xxxxxxxx 0), 00 x 000 xxx Xxxxx xx Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de UN (1) servicio de impresión para la realización de dípticos de fomento, promoción y difusión del Monotributo Social, solicitado por la Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social.
Que conforme el acta de apertura de fecha 28 xx Xxxx de 2015, en la referida Contratación, se presentaron las siguientes firmas: ROTATIVOS UNICOM S.R.L. (oferta 1), CPT INTEGRAL S.A. (oferta 2), XXXXXXXX XXXXXX S.A. (oferta 3), EDITORIAL BEEME S.R.L. (oferta 4), 4 COLORES
S.A. (oferta 5), LA STAMPA IMPRESORES S.R.L. (oferta 6), AKTION S.R.L. (oferta 7), ARTES GRÁ- FICAS PAPIROS S.A.C.I. (oferta 8), MELENZANE S.A. (oferta 9), STUDIO EME de XXXXXXX XXX- XXXXX y XXXXXX XXXXXXXX (oferta 10) y ARTES GRÁFICAS DINASTÍA S.A. (oferta 11).
Que la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de los análisis técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 340/2015, sugiriendo las ofertas a desestimar y estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se han efectuado las notificaciones pertinentes del Dictamen de Evaluación N° 340/2015 y se ha remitido para su difusión al sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIO- NES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014, su modi- ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de septiembre de 2014.
Que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 340/2015 precitado.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Resolución se dicta dentro del Régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decretos N° 893/2012 y modificatorios, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, el Decreto N° 357/2002, modificatorios y complementarios, el Decreto N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 207/2015, autorizada por Disposición DGA N° 3457 del 04 xx Xxxx de 2015, enmarcada en los alcances del
artículo 25 inciso d) apartado 1) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 20, 34 inciso a) apartado 2), 35 y 137 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificato- xxxx, tendiente a tramitar la contratación de un (1) servicio de impresión para la realización de xxxxx- cos de fomento, promoción y difusión del Monotributo Social, solicitado por la Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social.
ARTÍCULO 2° — Desestímanse en la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 207/2015 a las firmas XXXXXXXX XXXXXX S.A. (oferta 3) y AKTION S.R.L. (oferta 7), acorde el Dictamen de Evaluación 340/2015.
ARTÍCULO 3° — Adjudícase en la Contratación Directa por Compulsa Abreviada N° 207/2015, acorde el Dictamen de Evaluación N° 340/2015, a la firma, cantidades, y montos consignados en el Anexo que forma parte de la presente, cuya adjudicación asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS ($ 91.200.-).
ARTÍCULO 4° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la Orden de Compra correspondiente conforme la adjudicación consignada en el Anexo que integra la presen- te.
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS ($ 91.200.-) con cargo a los créditos específicos de este MINISTERIO para el ejercicio 2015.
ARTÍCULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re- gistro Oficial y archívese. — Cdor. XXXXXX X. XXXXXXXXXX, Secretario de Coordinación y Moni- toreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.
ANEXO
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre- cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 347/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 347/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi- ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 347/2015 precitado.
Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 258/2015, en- marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificato- xxxx y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementa- rias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, xxxx- ficatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
e. 02/09/2015 N° 141156/15 v. 02/09/2015
EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la provisión de materiales y realización de tareas y en- seres necesarios para la provisión y ejecución de caja de ascensores, sector talleres, tratamiento ignífugo, la provisión de materiales y realización de tareas y enseres necesarios para la ejecución de instalaciones sanitarias y cámara transformadora sobre calle Dorrego, para el edificio ubicado en Xxxxxx Xxxxxx N° 131 C.A.B.A., solicitado por el Departamento de Servicios Generales.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE- TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 258/2015, conforme las pautas deta-
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 13524/2015
Bs. As., 14/08/2015
VISTO el Expediente N° E-17338-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión de materiales y realización de tareas y enseres necesarios para la provisión y ejecución de caja de ascensores, sector talleres, tratamiento ignífugo, la provisión de materiales y realización de tareas y enseres necesarios para la ejecución de instalaciones sanitarias y cámara transformadora sobre calle Dorrego, para el edificio ubicado en Xxxxxx Xxxxxx N° 131 C.A.B.A.; en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 19 xx Xxxxx de 2015.
Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIOS DE MATANZA LIMITA- DA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución SCyMI N° 3997 de fecha 19 xx Xxxxx de 2011.
Que obra Resolución MDS N° 3105 de fecha 14 de Octubre de 2011, mediante la cual se protocolizó el Convenio Xxxxx de Cooperación entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el MINISTERIO DE DEFENSA y el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, tendiente a la uti-
lización conjunta del predio ubicado entre las calles Xxxxxx, Xxxx, Xxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Que obran Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxxx de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, protocolizado según Re- solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 xx Xxxxx de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 xx xxxx de 2014.
Que obra Informe N° 2546/2015 de fecha 30 xx Xxxxx de 2015 de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.
Que, según NOTA SIGEN N° 4026/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales xxx xxxxxxx.
Que, con fecha 17 de Julio de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO BARRIOS DE MATANZA LIMITADA.
lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 258/2015 al efector social COOPE- RATIVA DE TRABAJO BARRIOS DE MATANZA LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL SEIS- CIENTOS VEINTICUATRO CON QUINCE CENTAVOS ($ 931.624,15.-).
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS NOVECIEN- TOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON QUINCE CENTAVOS ($ 931.624,15.-),
con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re- gistro Oficial y archívese. — Cdor. XXXXXX X. XXXXXXXXXX, Secretario de Coordinación y Moni- toreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA
—xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc- ción Xxxxxxxx (Xxxxxxxx 000 - Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx).
e. 02/09/2015 N° 141145/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 13621/2015
Bs. As., 14/08/2015
VISTO el Expediente N° E-41961-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para la ejecución del baño de mujeres, hombres toilette privado y baño de discapacitados en el Piso N° 15 del edificio ubicado en la Xx. 0 xx Xxxxx Xx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, sede de este Minis- terio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 12 xx Xxxxx de 2015.
Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO FRISO LIMITADA, cuya inscrip- ción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución SCyMI Nº 13169 de fecha 11 de Octubre de 2011.
Que obran Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxxx de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re- solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 xx Xxxxx de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI Nº 4059 de fecha 08 xx Xxxx de 2014.
Que obra Informe N° 2202/2015, de fecha 26 xx Xxxxx de 2015 de 2015 de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida res- pecto de la razonabilidad precio-gasto de servicio que por este expediente se tramita.
Que, según NOTA SIGEN N° 3953/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales xxx xxxxxxx.
Que, con fecha 16 de Julio de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO FRISO LIMITADA.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre- cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 354/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 354/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi- ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 354/2015 precitado.
Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 260/2015, en- marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolu- ción MDS N° 574/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la provisión de materiales, realización de tareas y enseres necesarios para la ejecución del baño de mujeres, hombres, toilette privado y baño de discapacitados en el Piso N° 15 del edificio ubicado en la Xx. 0 xx Xxxxx Xx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, sede de este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE- TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 260/2015, conforme las pautas deta- lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4º — Adjudícase en la Contratación Directa N° 260/2015 al efector social COO- PERATIVA DE TRABAJO FRISO LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 244.198,61.-).
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS DOSCIEN- TOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO CON SESENTA Y UN CENTAVOS
($ 244.198,61.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re- gistro Oficial y archívese. — Cdor. XXXXXX X. XXXXXXXXXX, Secretario de Coordinación y Moni- toreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA
—xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc- ción Xxxxxxxx (Xxxxxxxx 000 - Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx).
e. 02/09/2015 N° 141160/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 13678/2015
Bs. As., 18/08/2015
VISTO el Expediente N° E-35421-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para la provisión y ejecución xx xxxx de hormigón armado, cubierta xx xxxxx sobre estructura metálica y refuerzo estructural xx xxxxxx para el Estudio de Grabación del edificio ubicado en la calle Xxxxxx Xxxxxx N° 131, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, so- licitado por el Departamento de Servicios Generales, mediante Nota de fecha 05 xx Xxxxx de 2015.
Que, asimismo, el Departamento mencionado en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO XXXXXXXX XXXXX LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución SCyMI N° 371 de fecha 14 de Enero de 2015.
Que obra Resolución MDS N° 3105 de fecha, 14 de Octubre de 2011, mediante la cual se protocolizó el Convenio Marco de Cooperación entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el MINISTERIO DE DEFENSA y el ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, tendiente a la uti-
lización conjunta del predio ubicado entre las calles Xxxxxx, Xxxx, Xxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Re- solución SCyMI N° 2495 de fecha 31 xx Xxxxx de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 xx Xxxx de 2014.
Que obra informe Nº 2268/2015, de fecha 03 de Julio de 2015 de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.
Que, según NOTA SIGEN N° 4088/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-
CIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mer- cado.
Que, con fecha 20 de Julio de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO XXXXXXXX XXXXX LIMITADA.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo pre- cedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 353/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 353/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modi- ficatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 353/2015 precitado.
Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 264/2015, en- marcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos Nº 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolu- ción MDS N° 574/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para la provisión y ejecución xx xxxx de hormigón armado, cubierta xx xxxxx sobre estructura metálica y refuerzo estructural xx xxxxxx para el Estudio de Grabación del edificio ubicado en la calle Xxxxxx Xxxxxx N° 131, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en uso por este Ministerio, solicitado por el Departamento de Servicios Generales.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con el Departamento de Servicios Generales, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRE- TARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 264/2015, conforme las pautas deta- lladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 264/2015 al efector social COOPE- RATIVA DE TRABAJO XXXXXXXX XXXXX LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS SETECIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA ($ 705.690.-).
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS SETECIEN- TOS CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA ($ 705.690.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re- gistro Oficial y archívese. — Cdor. XXXXXX X. XXXXXXXXXX, Secretario de Coordinación y Moni- toreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA
—xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc- ción Xxxxxxxx (Xxxxxxxx 000 - Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx).
e. 02/09/2015 N° 141171/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 13687/2015
Bs. As., 18/08/2015
VISTO el Expediente N° E-59394-2015 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO- CIAL, y lo reglamentado por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° E-67535-2014 se tramitó la Contratación Directa N° 330/2014 llevada a cabo para la contratación de un servicio de confección y terminación de guardapolvos, emitién- dose la Orden de Compra N° 781/2014, a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO XXXXX XXXXX- LLAN LIMITADA.
Que la Dirección Nacional de Promoción de la Comercialización solicita la ampliación en un importe del veinte por ciento (20%) del renglón N° 2 de la Orden de Compra mencionada en el Considerando precedente.
Que en consecuencia procede ampliar el renglón N° 2 de la Orden de Compra N° 781/2014, acorde lo previsto en el artículo 12 inciso b) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, y el artículo 124 inciso a), del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolu- ción MDS N° 574/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:
ARTICULO 1° — Amplíase el renglón N° 2 de la Orden de Compra N° 781/2014, emitida a favor de la COOPERATIVA DE TRABAJO XXXXX XXXXXXXXX LIMITADA, correspondiente a la Contrata- ción Directa N° 330/2014, en la suma de PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS ($ 7.400.-), por las causales expuestas en los Considerandos de la presente.
ARTICULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS ($ 7.400.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para eI ejercicio 2015.
ARTICULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re- gistro Oficial y archívese. — Cdor. XXXXXX X. XXXXXXXXXX, Secretario de Coordinación y Moni- toreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.
CONSIDERANDO:
Que por Expediente N° E-DEPO-265-2014 se tramitó la Licitación Privada N° 19/2014, llevada a cabo para la contratación de un (1) servicio de control de instalaciones eléctricas y equipos de combustión del Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (Ce.N.A.R.D.), del Centro Recrea- tivo Nacional (Xx.Xx.Xx.) y la Pista Nacional xx Xxxx y Canotaje, emitiéndose la Orden de Compra N° 583/2014, a favor de la firma FIDENT S.A., por un período de doce (12) meses, con opción a prórroga a favor de este Ministerio, por un período similar al originalmente contratado.
Que la SECRETARÍA DE DEPORTE solicita prorrogar la Orden de Compra aludida en el Con- siderando precedente a partir de su vencimiento.
Que consecuentemente se procede a realizar la prórroga solicitada por dicha Secretaría. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente Resolución se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria del Decreto N° 893/2012 y modificatorios y en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002 modificatorios y complementarios, N° 112 del 10 de Diciembre de 2011 y la Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Prorrógase a partir de su vencimiento, la Orden de Compra N° 583/2014 emitida a favor de la firma FIDENT S.A. por un período de doce (12) meses, correspondiente a la Licitación Privada N° 19/2014, en la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIEN- TO NOVENTA Y SEIS ($ 299.196.-), por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2° — Atiéndase la erogación total que asciende a la suma de PESOS DOSCIEN- TOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS ($ 299.196.-), con cargo a los créditos del presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 3° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re- gistro Oficial y archívese. — Cdor. XXXXXX X. XXXXXXXXXX, Secretario de Coordinación y Moni- toreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social.
e. 02/09/2015 N° 141159/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Xx.
Xxxxxxxx Xx 0000, HACE SABER a las siguientes Mutuales: “COOPERATIVA DE VIVIENDA ALTOS XX XXXXXX LIMITADA”, MATRICULA 18.378 (Expte.: 3.146/2.004); “XXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX”, XXXXXXXXX 27.247 (Expte.: 3.742/2.007); “INTEGRAR COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO LIMITADA”, MATRICULA 32.679 (Expte.: 5.828/2.010); “COOPERATIVA DE TRABAJO AMANECER SOLIDARIO LIMITADA”, MATRICULA
33.071 (Expte.: 66/2.013); “COOPERATIVA DE AGUA POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLI- COS XXXX XXX XXXXX LIMITADA, MATRICULA 16.407 (Expte. N° 185/2.013); “COOPERATIVA DE TRABAJO LA VICTORIA LIMITADA”, MATRICULA 31.149, (Expte. N° 216/2.013); “XXXXXXX- XXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXXX X XXXXXXXX XXXX 00 LIMITADA, MATRICULA 22.313 (Expte. N° 878/2.013); “COOPERATIVA APICOLA AGROPECUARIA TUNAS PUNCO LIMITADA, MATRICU- LA 21.224 (Expte. N° 1.101/2.013); “COOPERATIVA DE TRABAJO GUAYACAN LIMITADA, MATRI- CULA 22.549 (Expte. N° 1.688/2.013); “COOPERATIVA DE TRABAJO ANGI LIMITADA, MATRICU- LA 22.101 (Expte. N° 1.691/2.013); que respecto de los nombrados expedientes, ha recaído una disposición sumarial que en lo sustancial expresa: “VISTO... DISPONGO: ... Art. 3° Concédase a la sumariada el plazo xx XXXX (10) días, con más los ampliatorios que correspondan en razón de la distancia para que, de considerarlo pertinente, proceda a tomar vista de las actuaciones su- mariales, en los términos y a los efectos previstos en el art. 60 del Decreto N° 1759/72 T.O. 1991; designándose a la suscripta nueva Instructora Sumariante.
Notifíquese de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O.
1991). FDO.: Dra. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, Instructora Sumariante.
XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, Abogada, Instructora Sumariante, INAES.
e. 02/09/2015 N° 140902/15 v. 04/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
e. 02/09/2015 N° 141157/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL
Resolución 13525/2015
Bs. As., 14/08/2015
VISTO el Expediente N° E-DEPO-760-2015 del registro de la Secretaría de Deporte, depen- diente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Xx.
Xxxxxxxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxx, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO CAMISUR LTDA. (EXPTE. 4412/10, RESOLUCION 816), MAT. 36.624, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO PROGRESAR LTDA. (EXPTE. 1657/13, RESOLUCION 806), MAT. 24.255, ROBLE COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LTDA. (EXPTE. 3380/13, RESOLUCION 807), MAT. 24.357, COOPERATIVA DE TRABAJO CONS- TRUCTORES E INSTALADORES (XX.XX.XXXX.) LTDA. (EXPTE. 2744/14, RESOLUCION 6036), MAT. 21.834, COOPERATIVA DE TRABAJO HOTELERA GASTRONOMICA CAMPANARIO LTDA.
(EXPTE. 1427/14, RESOLUCION 6521), MAT. 39.287, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO 15 XX XXXXXX LTDA. (EXPTE. 3084/05, RESOLUCION 915), MAT. 16.578, designán-
dose a la suscripta como Sumariante. De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo xx XXXX
(10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio xxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art. 1 inc. f) de la Ley No. 19.549, que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo debe- rá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario No. 1759/72 (T.O. 1991).
El presente deberá publicarse, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamen- tario No. 1759/72 (T.O. 1991). FDO. Dra. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Instructora Sumariante.
Dra. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, Instructora Xxxxxxxxxx, I.N.A.E.S.
e. 02/09/2015 N° 140904/15 v. 04/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Xx.
Xxxxxxxx Xx 0000, Xxxxxxx Xxxxxxx, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan:
-COOPERATIVA DE TRABAJO TRANSPORTISTAS DE TIERRA DEL FUEGO LIMITADA matrícu- la 38135 (EXPTE N° 2261/14 Resolución N° 829/2015); -COOPERATIVA DE TRABAJO SAN CA-
XXXXXX LIMITADA matrícula 39468 (Expte. N° 813/15 Resolución N° 1620/15); -COOPERATIVA DE TRABAJO “ARENAS BLANCAS” LIMITADA matrícula 39300 (Expte. N° 3363/14 Resolución N° 933/15; -COOPERATIVA DE TRABAJO XXXXXX LIMITADA matrícula 29258 (Expte. N° 9464/12 Resolución N° 1607/15; -COOPERATIVA DE TRABAJO CHIMBERA 2 LIMITADA matrícula 26447 (Expte. N° 217/15 Resolución N° 1583/15); y -COOPERATIVA DE TRABAJO FCU LIMITADA matrí-
cula 24076 (Expte. N° 3158/03 Resolución N° 1147/05).
De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo xx XXXX (10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio xxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1° inc. f) de la Ley N° 19.549), que comenzará a regir transcurridos cinco días de la última publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts. 19, 20, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1752/72 TO 1991).
El presente deberá publicarse en el Boletín Oficial, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991). FDO: DRA. XXXXXX XXXXXXX. Instructora sumariante.
XXXXXX XXXXXXX, Abogada, Instructora Sumariante, INAES.
e. 02/09/2015 N° 140905/15 v. 04/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Xx. Xxx-
xxxxx Xx 0000, notifica que en mérito a lo establecido por Resoluciones del Directorio del I.N.A.E.S. se ha resuelto instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: EXPEDIENTE N° 6153/04, MATRICULA 11.886, COOPERATIVA DE TRABAJO RIOMAR LIMITADA, RESOLUCION N° 885/05. EXPEDIENTE N° 131/00, MATRICULA CHUBUT N° 2, ASOCIACION ESPEÑOLA DE SOCORROS MUTUOS, RESOLUCION N° 407/02. SE LES NOTIFICA LO SIGUIENTE; VISTOS Y CONSIDERAN-
DO, DISPONGO; Dásele por decaído el derecho dejado de usar, para presentar descargo y ofrecer prueba en los términos del art. 1° inc. E ap. 8° de la ley 19549. Declárese la cuestión de puro derecho. Acuérdese a la Sumariada el plazo xx xxxx días hábiles para que de considerarlo pertinente, proceda a tomar vista de las actuaciones sumariales en los términos y a los efectos previstos por el art. 60 del Decreto 1759/72. Notifíquese en la forma prevista por el art. 41 del Decreto 1759/72. Respecto a los expedientes EXPEDIENTE N° 1838/04, MATRICULA CF 2249, ASOCIACION MUTUAL ESVAD EMPLEADOS DE LA SOLIDARIDAD, VENDEDORES AMBULANTES Y/O DISCAPACITADOS, RESO- LUCIÓN N° 3911/05. EXPEDIENTE N° 1256/10, MATRICULA N° 32444, COOPERATIVA XX XXXXX- JO COOPUERTAX LIMITADA, RESOLUCIÓN N 2583/10, SE LES NOTIFICA LO SIGUIENTE; VISTO,
el descargo presentado por la Sumariada, téngaselo por presentado en tiempo y forma. Advirtiendo que del mismo no resta prueba por producir, corresponde declarar la cuestión de puro derecho, sin perjuicios de las medidas para un mejor proveer, y convocar a la sumariada para presente en el término xx xxxx días alegatos sobre lo producido en los términos del art. 60 del Decreto 1759/72. En relación al EXPEDIENTE N° 753/07 - 5242/05, MATRICULA N° 19.211, COOPERATIVA DE TRABAJO PRIMERO
DE JULIO LIMITADA, RESOLUCION N° 789/07. Se notifica lo siguiente; VISTO; El presente expediente, notifíquese a la entidad de la referencia la promoción del mismo, con copia de la resolución que así lo ordena. Atento las normas en vigor, acuérdese a la causante el plazo xx xxxx (10) días hábiles, con más los días que correspondan en razón de la distancia para que presente el descargo y ofrezca la prueba de que intente valerse (artículo 1° inciso e, f), apartado 1, y 2 de la Ley 19.549 T.O. 1.991), haciéndosele saber que el suscripto ha sido designado instructor sumariante. En cuanto a los expedientes EXPE- DIENTE N° 362/07, MATRICULA BA 279, SOCIEDAD ESPAÑOLA SOCORROS MUTUOS XX XXXXXX, RESOLUCION N° 1169/07, EXPEDIENTE N° 226/06, MATRICULA BA 439, SOCIEDAD UNION SIRIA DE SOCORROS MUTUOS, RESOLUCION N° 4819/06. EXPEDIENTE N° 4011/04, MATRICULA CF 2298, ASOCIACION MUTUAL DE PROPIETARIOS Y CHOFERES DE REMISES Y MOTOMENSAJEROS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, RESOLUCION N° 1123/06. EXPEDIENTE N° 250/06, MATRICULA BA 1791, ASOCIACION MUTUAL DE VETERANOS DEL CLUB ATLETICO RIVADAVIA, RESOLUCION N° 2432/06. EXPEDIENTE N° 4442/04, MATRICULA XXX 000, XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX- XXX; RESOLUCION N° 1941/06, SE LES NOTIFICA LOS SIGUIENTES; VISTO; el presente expediente y
atento que la entidad en cuestión se encuentra encuadrada dentro de las prescripciones contenidas en los artículos N° 1 y/o N° 2 de la Resolución N° 3369/09 y por lo tanto se encuentra suspendida su autorización para funcionar, en virtud de lo previsto en el Anexo II de la Resolución N° 3369/09, por lo expuesto y en atención al estado de los presentes actuados adécuese a lo dispuesto a la resolución
mencionada, a tal fin publíquese edicto en el boletín oficial por el término de tres días, haciéndole saber a la sumariada sobre las iniciación de las presentes actuaciones, pudiendo dicha entidad, en plazo de 10 (diez) días hábiles, más los plazos ampliatorias que correspondan en razón de la distancia (art. 1 inc. f ley 19549), para las entidades que se encuentran fuera del radio urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, presentar descargo y ofrecer solo prueba documental que haga a su derecho. Dicho plazo comenzará a regir desde el último día de la publicación del presente. También se notificará que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio en legal forma bajo apercibimiento de continuar el trámite sin su intervención, de sus apoderados o de sus representantes legales (Art. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario 1759/72 t.o. 1991). Se hace saber a las entidades que de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la iniciación del respectivo sumario, cuyo número se indicará en el pertinente edicto, podría recaer sobra las mismas la sanción dispuesta en el Art. 35 inc. D de la Ley 20.321. Vencido el término se emitirá una disposición sumarial que de por concluido el sumario, evaluando en su caso el descargo y la prueba aportada; aconsejando la medida adoptar.
Xx. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX, Instructor Xxxxxxxxxx, I.N.A.E.S.
e. 02/09/2015 N° 140830/15 v. 04/09/2015
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 708/2015
Bs. As., 27/08/2015
VISTO el Expediente N° EXP-S01:0085402/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA- CIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Firma SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA comunica a la SECRETARÍA DE ENERGÍA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y
SERVICIOS, la transferencia de la titularidad como AGENTE GENERADOR xxx XXXXXXX ELÉC- TRICO MAYORISTA (MEM), en el marco de la Resolución N° 144 de fecha 19 de noviembre de 2014 de la SECRETARIA DE ENERGÍA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, de la Central Térmica ESQUINA de DIECISEIS CON CINCO
DÉCIMOS MEGAVATIOS (16,5 MW) de potencia, instalada en la Localidad de ESQUINA, Provincia de CORRIENTES. La Central Térmica ESQUINA se vincula al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a través de la barra de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformado- ra ESQUINA, jurisdicción de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CORRIENTES (DPEC).
Que la tramitación como AGENTE GENERADOR xxx XXXXXXX ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la Central Térmica ESQUINA fue iniciada por ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNI- MA (ENARSA), habiendo obtenido por parte de la SECRETARIA DE ENERGÍA el correspondiente ingreso provisorio.
Que la Firma SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que mediante Resolución N° 538 de fecha 23 de septiembre de 2011, el INSTITUTO CORREN- XXXX XXX XXXX X XXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX declaró Ambientalmente
Viable la Obra Central Térmica instalada en la localidad de ESQUINA presentada por ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA).
Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA XXX XXXXXXX MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA), mediante Nota B-94691-1 de fecha 18 de diciembre de 2014, informa que la Firma SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA cumple los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MERCA- DO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).
Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la Central Tér- mica ESQUINA se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 33.085 de
fecha 9 xx xxxxx de 2015, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.
Que la SUBSECRETARIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA
ELÉCTRICA han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención de su competencia.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 12 del Decreto N° 2.743 de fecha 29 de diciembre de 1992, del Artículo 37 de la Ley N° 15.336 y de los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGIA RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase el ingreso como AGENTE GENERADOR xxx XXXXXXX ELÉCTRI- CO MAYORISTA (MEM) a la Firma SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA para su Cen- tral Térmica ESQUINA de DIECISEIS CON CINCO DÉCIMOS MEGAVATIOS (16,5 MW) de poten-
cia, instalada en la Localidad de ESQUINA, Provincia de CORRIENTES y vinculada al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a través de la barra de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de
la Estación Transformadora ESQUINA, jurisdicción de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGIA DE CORRIENTES (DPEC).
ARTÍCULO 2° — La Firma SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA deberá verificar simultáneamente con los controles de emisiones por chimenea el cumplimiento de la normativa emitida por la Autoridad Provincial competente en lo que respecta a la calidad de aire atmosférico, verificando los valores obtenidos mediante la aplicación de los modelos de dispersión implemen- tados en la correspondiente Evaluación del Impacto Ambiental y las determinaciones efectua- das. Los períodos de implementación de controles deberán ajustarse a los requerimientos que
el ámbito Provincial haya especificado en la respectiva autorización ambiental y a los del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FE- DERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a la Firma SOENERGY ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA XXX XXXXXXX MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CORRIENTES (DPEC) y al ENTE NA-
CIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDE- RAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. XXXXXXX XXXXXXXX, Secretaria de Energía.
e. 02/09/2015 N° 140717/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 709/2015
Bs. As., 27/08/2015
VISTO el Expediente N° S01:0195111/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Firma CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA ha comunicado que, como parte del proceso de fusión entre sociedades pertenecientes al mismo grupo empresario, ha asumido la titularidad de las siguientes unidades generadoras de energía: a) CENTRAL HIDROELÉCTRICA XXXXXX XXX XXXXXX SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicada en la Xxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xx. 0000,0 en la Xxxxxxxxx xx XXXXXX XXX XXXXXX, Xxxxxxxxx xxx XXXXXXX; b) CENTRALES TÉRMICAS MENDOZA SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicada en el Parque Industrial Provincial Xxxxx de Cuyo en la Provincia xx XXXXXXX y c) LA PLATA COGENERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicada en Xxxxxxxx Xx 000, Xxxxxx xx XXXXXXXX, Xxxxxxxxx xx XXXXXX XXXXX, las que ya se encontraban incorporadas al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en calidad de Generadores.
Que la Firma inicialmente mencionada informa que la fecha prevista para el cambio de titulari- dad es el 1° de octubre de 2014 y solicita su habilitación para seguir actuando como nuevo titular de las TRES (3) unidades generadoras absorbidas y en el mismo carácter que las mismas.
Que la SECRETARÍA DE ENERGÍA, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDE-
RAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, resolvió mediante la Resolución N° 167 de fecha 26 de noviembre de 2014 de su propio registro, aprobar la fusión por absorción entre CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA e HIDROELÉCTRICA XXXXXX XXX XXXXXX SOCIEDAD ANÓNIMA quedan-
do la primera de ellas como sociedad subsistente, en el marco de las atribuciones conferidas por el Contrato de Concesión de HIDROELÉCTRICA XXXXXX XXX XXXXXX SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA XXX XXXXXXX MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD
ANÓNIMA (CAMMESA) ha informado que CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA cumple con los requisitos exigidos por los Anexos 17 y 24 de Los Procedimientos y actualmente opera en el citado MERCADO como Agente GENERADOR a cargo de la CENTRAL TÉRMICA PUERTO.
Que la información del cambio de titularidad ha sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 33.085 de fecha 9 xx xxxxx de 2015.
Que no se han presentado objeciones derivadas de dicha publicación.
Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y
la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la citada Subsecretaría han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase la continuidad para actuar en calidad de Agente xxx XXXXXXX ELÉC- TRICO MAYORISTA (MEM) en la condición de GENERADOR a la CENTRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓ-
NIMA como nuevo titular a partir del 1° de octubre de 2014 de las siguientes unidades generadoras de energía: a) CENTRAL HIDROELÉCTRICA XXXXXX XXX XXXXXX SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicada en la
Xxxx Xxxxxxxx Xx 000, Xx. 0000,0 en la Xxxxxxxxx xx XXXXXX XXX XXXXXX, Xxxxxxxxx xxx XXXXXXX; b) CENTRALES TÉRMICAS MENDOZA SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicada en el Parque Industrial Provincial Xxxxx de Cuyo en la Provincia xx XXXXXXX y c) LA PLATA COGENERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicada en Xxxxxxxx Xx 000, Xxxxxx xx XXXXXXXX, Xxxxxxxxx xx XXXXXX XXXXX.
ARTÍCULO 2° — Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA XXX XXXXXXX MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que proceda a notificar a las Firmas CEN- TRAL PUERTO SOCIEDAD ANÓNIMA, a HIDROELÉCTRICA XXXXXX XXX XXXXXX SOCIEDAD ANÓNIMA, a CENTRALES TÉRMICAS MENDOZA SOCIEDAD ANÓNIMA y a LA PLATA COGE-
NERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA, e informar a todos los agentes xxx XXXXXXX ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) lo dispuesto en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. XXXXXXX XXXXXXXX, Secretaria de Energía.
e. 02/09/2015 N° 140718/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 710/2015
Bs. As., 27/08/2015
VISTO el Expediente EXP-S01:0243198/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA- CIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente citado en el Visto consta la documentación presentada por la COOPE- RATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXXXXXXX LIMITADA (COOPSAR) de
la Provincia del CHUBUT, para acceder a la condición de agente DISTRIBUIDOR xxx XXXXXXX ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en cumplimiento de lo establecido en la Resolución ex-SECRETA- RÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA N° 61 del 21 xx xxxxx de 1992, sus modificatorias y complementarias.
Que del análisis de la documentación mencionada en el considerando precedente surge que la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXXXXXXX LIMITADA (COOP-
SAR) de la Provincia del CHUBUT, cumple con la presentación de los requisitos formales para obtener la categoría de Agente xxx XXXXXXX ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en carácter de DISTRIBUIDOR.
Que la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXXXXXXX LIMITADA
(COOPSAR) de la Provincia del CHUBUT, manifiesta con carácter de declaración jurada su plena conformidad con los términos de la Ley N° 24.065, sus normas reglamentarias y complementarias.
Que se cuenta con la documentación societaria exigible por la normativa como asimismo la aprobación de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA XXX XXXXXXX MAYORISTA ELÉCTRICO SO-
CIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) mediante Nota B-94432-1 de fecha 22 de diciembre de 2014.
Que en el expediente citado en el Visto se encuentra la Nota de COOPERATIVA DE PROVI- SIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXXXXXXX LIMITADA (COOPSAR) de fecha 26 de febrero
de 2015 dirigida a la Empresa TRANSACUE SOCIEDAD ANÓNIMA y recepcionada por esta última, donde solicita se especifique las condiciones técnicas y económicas de la FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE (FTT).
Que el no cumplimiento de las normas establecidas harán perder en forma automática a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS XX XXXXXXXXX LIMITADA (COOP-
SAR) de la Provincia del CHUBUT, su condición de agente, tal como se establece en el ANEXO 17 INGRESO DE NUEVOS AGENTES AL MEM, de LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA PROGRAMA- CIÓN DE LA OPERACIÓN Y EL DESPACHO DE CARGAS Y EL CÁLCULO DE PRECIOS aprobado
por la Resolución ex-SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA N° 61 del 21 de abril de 1992 y sus modificatorias.
Que en el expediente del Visto se encuentra copia autenticada del Acuerdo Marco entre la NACIÓN y la Provincia del CHUBUT, referido al Programa de Convergencia de Tarifas Eléctricas y Reafirmación del Federalismo Eléctrico en la REPÚBLICA ARGENTINA; como así también copia del Acuerdo Provincial para la Sustentabilidad y Continuidad de los Servicios Públicos Esencia- les, el cual fue suscripto por la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE SARMIENTO LIMITADA (COOPSAR) con la Provincia del CHUBUT.
Que en los Acuerdos citados en el considerando precedente, se establecen los compromisos que asumen las partes respecto, entre otros temas, a la determinación de la tarifa de energía eléc- trica realizando los estudios pertinentes.
Que la solicitud de ingreso como Agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE SARMIENTO LIMITADA (COOP-
SAR) de la Provincia del CHUBUT en carácter de DISTRIBUIDOR, ha sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 33.116 de fecha 24 de abril de 2015, no presentándo- se objeciones a la misma.
Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE ENERGÍA
ELÉCTRICA han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención de su competencia.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 12 del Decreto N° 2.743 de fecha 29 de diciembre de 1992, del Artículo 37 de la Ley N° 15.336 y de los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
DE SARMIENTO LIMITADA (COOPSAR) de la Provincia del CHUBUT el ingreso como Agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en carácter de DISTRIBUIDOR, ajustándose al cum- plimiento de la normativa vigente.
ARTÍCULO 2° — Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a notificar a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE SARMIENTO LIMITADA (COOPSAR) de la Provincia del CHUBUT, a la Empresa TRANSACUE SOCIEDAD ANÓNIMA, al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRI-
CIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS,
al Gobierno de la Provincia del CHUBUT e informar a todos los agentes del MERCADO ELÉCTRI- CO MAYORISTA (MEM) lo resuelto en la presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.
e. 02/09/2015 N° 140719/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 711/2015
Bs. As., 27/08/2015
VISTO el Expediente N° EXP-S01:0469160/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA- CIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Firma SULLAIR ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA comunica a la SECRETARÍA DE
ENERGIA la transferencia de la titularidad como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉC- TRICO MAYORISTA (MEM), en el marco de la Resolución SECRETARÍA DE ENERGÍA N° 144 de fecha 19 de noviembre de 2014, de la Central Térmica TINOGASTA de QUINCE MEGAVATIOS (15 MW) de potencia, instalada en la Localidad de TINOGASTA, Provincia de CATAMARCA. La Cen- tral Térmica TINOGASTA se vincula al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a través de la barra de TRECE CON DOS DÉCIMOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Estación Transformadora TINOGASTA, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DIS- TRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.).
Que la tramitación como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la Central Térmica TINOGASTA fue iniciada por ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓ- NIMA (ENARSA), habiendo obtenido por parte de la SECRETARÍA DE ENERGÍA el correspondiente ingreso provisorio.
Que la Firma SULLAIR ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que mediante Disposición D.P.G.A. N° 125 de fecha 12 de agosto de 2013, la SECRETARÍA DE ESTADO DEL AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la GOBERNACIÓN DE LA PRO-
VINCIA DE CATAMARCA dispuso aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de la Central Térmica TINOGASTA solicitado por ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA).
Que la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO (CAMME-
SA), mediante Nota B-94574-1 de fecha 15 de diciembre de 2014, informa que la Firma SULLAIR ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA cumple los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM).
Que la solicitud de ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la Central Térmi- ca TINOGASTA se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 33.081 de
fecha 3 de marzo de 2015, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente.
Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA
ELÉCTRICA han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención de su competencia.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 12 del Decreto N° 2.743 de fecha 29 de diciembre de 1992, del Artículo 37 de la Ley N° 15.336 y de los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase el ingreso como AGENTE GENERADOR del MERCADO ELÉCTRI- CO MAYORISTA (MEM) a la Firma SULLAIR ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA para su Central
Térmica TINOGASTA de QUINCE MEGAVATIOS (15 MW) de potencia, instalada en la Localidad de TINOGASTA, Provincia de CATAMARCA y vinculada al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a través de la barra de TRECE CON DOS DÉCIMOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) de la Esta- ción Transformadora TINOGASTA, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.),
ARTÍCULO 2° — La Firma SULLAIR ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA deberá verificar simul- táneamente con los controles de emisiones por chimenea el cumplimiento de la normativa emitida por la Autoridad Provincial competente en lo que respecta a la calidad de aire atmosférico, verifi- cando los valores obtenidos mediante la aplicación de los modelos de dispersión implementados en la correspondiente Evaluación del Impacto Ambiental y las determinaciones efectuadas. Los períodos de implementación de controles deberán ajustarse a los requerimientos que el ámbito Provincial haya especificado en la respectiva autorización ambiental y a los del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a la Firma SULLAIR ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) y al ENTE NA-
CIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDE- RAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.
e. 02/09/2015 N° 140720/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 715/2015
Bs. As., 27/08/2015
VISTO el Expediente N° S01:0324306/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 155 de fecha 27 de abril de 2011 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA de- pendiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS,
se autorizó el ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la EMPRESA JUJEÑA DE SISTEMAS ENERGÉTICOS DISPERSOS SOCIEDAD ANÓNIMA (EJSEDSA), como AGENTE GENE- RADOR por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA REYES de SIETE MEGAVATIOS (7 MW).
Que el Artículo 3° del referido acto condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración, antes del 31 de diciembre de 2012, del Contrato de Concesión con el ESTADO NA- CIONAL en el marco del Articulo 14 de la Ley N° 15.336, texto conforme al Artículo 89 de la Ley N° 24.065.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley N° 15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2015.
Que la SUBSECRETARIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA
ELÉCTRICA han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención de su competencia.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 37 de la Ley N° 15.336 y de los artículos 35, 36 y 85 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 3° de la Resolución N° 155 de fecha 27 de abril de 2011 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, quedan- do la EMPRESA JUJEÑA DE SISTEMAS ENERGÉTICOS DISPERSOS SOCIEDAD ANÓNIMA (EJ-
SEDSA), habilitada para actuar con carácter provisorio como AGENTE GENERADOR del MERCA- DO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA REYES hasta el 31 de
diciembre de 2015.
ARTÍCULO 2° — Notifíquese a la EMPRESA JUJEÑA DE SISTEMAS ENERGÉTICOS DISPER- SOS SOCIEDAD ANÓNIMA (EJSEDSA), a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MA- YORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la EMPRESA JUJEÑA DE ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (EJESA), a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentra-
lizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.
e. 02/09/2015 N° 140721/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 723/2015
Bs. As., 28/08/2015
VISTO el Expediente N° S01:0156517/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa QUITRAL SOCIEDAD ANÓNIMA ha presentado la pertinente solicitud para el reconocimiento de su establecimiento ubicado en Alejandro Maíz N° 351, Ciudad de COMODORO RIVADAVIA en la Provincia del CHUBUT como agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en carácter de GRAN USUARIO MAYOR (GUMA) a partir del 1° de agosto de 2014, conforme lo establecen la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992, del Registro de la ex-SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y la Resolución N° 137 de fecha 30 de noviembre de 1992, del Registro de la ex-SECRETARÍA DE ENERGÍA, ambas dependientes del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias.
Que la vinculación de las instalaciones eléctricas del establecimiento citado con el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) se efectuará a través de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓ- NIMA (TRANSPA S.A.).
Que la Empresa en cuestión ha sido habilitada a ingresar al MERCADO ELÉCTRICO MAYO- RISTA (MEM) en la condición de GRAN USUARIO MAYOR (GUMA) en forma provisoria mientras se gestiona la presente tramitación.
Que la solicitud anteriormente mencionada ha sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 33.059 de fecha 28 de enero de 2015, no habiéndose recibido obje- ciones u oposiciones derivadas de dicha publicación.
Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y
la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la citada Subsecretaría han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO. DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención de su competencia.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
EL ESPARTANO SOCIEDAD ANÓNIMA como nuevo titular del establecimiento ubicado en la Avda. Ángel T. de Alvear N° 3.685, del Partido de TIGRE en la Provincia de BUENOS AIRES, a partir del mes de octubre de 2014.
ARTÍCULO 2° — Establécese que la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA
NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) deberá seguir prestando al nuevo agente la FUN- CIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE (FTT) que le efectuaba al anterior titular, según lo determinado en el Contrato de Concesión del Servicio Público de Distribución correspondiente.
ARTICULO 3° — Instrúyese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a notificar a la Firma EL ESPARTANO SOCIE- DAD ANÓNIMA, a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD
ANÓNIMA (EDENOR S.A.), e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.
e. 02/09/2015 N° 140841/15 v. 02/09/2015
LA SECRETARIA DE ENERGÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase el ingreso de la Empresa QUITRAL SOCIEDAD ANÓNIMA como agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en carácter de GRAN USUARIO MAYOR (GUMA) para su establecimiento ubicado en Alejandro Maíz N° 351, Ciudad de COMODORO RIVA- DAVIA en la Provincia del CHUBUT a partir del 1° de agosto de 2014, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
ARTICULO 2° — Establécese que la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.) deberá prestar la FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA (FTT) según lo deter-
minado en el Contrato de Concesión del Servicio Público de Distribución Troncal correspondiente.
ARTICULO 3° — Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a notificar a QUITRAL SOCIEDAD ANÓNIMA y a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.), e in-
formar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.
e. 02/09/2015 N° 140837/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE ENERGÍA SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Se comunica a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), de acuerdo a lo establecido en el Anexo 17 de la Resolución ex-SE 137/92 sus modificatorias y complementarias, que las Empresas mencionadas en el Anexo adjunto al presente, han presentado la solicitud para ser reconoci- das como agentes de dicho mercado en la condición de GRANDES USUARIOS MAYORES (GUMA’s).
NOTA: Se hace saber a los interesados que el expediente EXP-S01:0086706/2015 se encuen- tra disponible para tomar vista en Paseo Colón 171 - 4° piso, oficina 401 en el horario de 10 a 13 y de 15 a 18 horas, durante 10 (diez) días corridos a partir de la fecha de la presente publicación.
Lic. PAULO ENRICO FARINA, Subsecretario de Energía Eléctrica.
ANEXO
INGRESO DE GRANDES USUARIOS MAYORES (GUMA’s)
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 724/2015
Bs. As., 28/08/2015
VISTO el Expediente N° S01:0252759/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Firma EL ESPARTANO SOCIEDAD ANÓNIMA ha comunicado haber asumido la titulari- dad a partir del mes de octubre de 2014 del establecimiento ubicado en la Avda. Ángel T. de Alvear N° 3.685, del Partido de TIGRE en la Provincia de BUENOS AIRES, que se encontraba incorporado al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como GRAN USUARIO MENOR (GUME); pertene-
ciente a su anterior titular, la Firma TRIANDA SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que la Firma mencionada en primer término solicita su habilitación para seguir actuando con continuidad en dicho Mercado, como nuevo titular y en el mismo carácter que el anterior titular de dicho establecimiento.
Que, a los efectos enunciados en el anterior considerando, la Firma inicialmente citada ha suscripto el correspondiente Formulario de Adhesión resultante de la aplicación de la Resolución N° 95 de fecha 22 de marzo de 2013 del registro de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.
Que la presentación de la respectiva solicitud ha sido publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA N° 33.085 de fecha 9 de marzo de 2015.
Que no se han presentado objeciones derivadas de dicha publicación.
MINISTERIO DE SALUD
e. 02/09/2015 N° 140872/15 v. 02/09/2015
Que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA dependiente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y
la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la citada Subsecretaría han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha
tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley N° 24.065.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase la continuidad para actuar en calidad de Agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en la condición de GRAN USUARIO MENOR (GUME) a la Firma
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 850/2015
Bs. As., 28/08/2015
VISTO el Expediente N° 16196/2014 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVI- CIOS DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente del VISTO la OBRA SOCIAL DE LOS INMIGRANTES ESPAÑOLES Y SUS DESCENDIENTES RESIDENTES EN LA REPUBLICA ARGENTINA (RNOS 0-0310-8), solicita
se aprueben y registren las modificaciones introducidas en su Estatuto.
Que a tal fin, el Agente del Seguro de Salud acompaña a fs. 2/7, 8/13 y 14/19, sendos ejem- plares de Estatuto reformado; con firma y sello en cada una de sus fojas del titular de la entidad.
Que asimismo, se adjunta copia certificada del Acta N° 46, por la cual los miembros del Con- sejo Directivo de OSPAÑA en reunión extraordinaria convocada al efecto, aprueban las reformas a los artículos 2, 7, 10, 12, 14, 15, 16 y 20 del Estatuto de la entidad.
Que la nueva redacción del citado cuerpo normativo, se sustenta en las propuestas presenta- das por el GOBIERNO DE ESPAÑA y la XUNTA DE GALICIA, cuyo planteo consiste básicamente, en la incorporación al Agente del Seguro de Salud de la MUTUAL DE INMIGRANTES ESPAÑOLES Y SUS DESCENDIENTES EN LA ARGENTINA, creada a fin de suplir la ausencia del CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES-MUTUALIDAD-CULTURA Y ACCION SOCIAL y a afectos de que a
través de la misma, se elija a los representantes del Gobierno de España y de la Xunta de Galicia, para ocupar los cargos en los órganos directivo y de fiscalización de la Obra Social.
Que en lo que respecta a la MUTUAL DE INMIGRANTES ESPAÑOLES Y SUS DESCENDIEN- TES EN LA ARGENTINA, se adjunta constancia de inscripción en el INAES bajo Matrícula N° 2872, nómina de sus autoridades, Estatuto Social y copia certificada del Acta N° 9 mediante la cual el Consejo Directivo de le entidad, presta conformidad a su incorporación a OSPAÑA y modificación del Estatuto de la Obra Social.
Que paralelamente, se hace saber la situación acaecida con el CENTRO GALLEGO DE BUE- NOS AIRES-MUTUALIDAD-CULTURA Y ACCION SOCIAL, por la cual dicha institución ha dejado de participar en el desenvolvimiento de la Obra Social; encontrándose a la fecha, bajo la interven- ción del CPN Carlos LA BLUNDA.
Que pese al traslado conferido al citado Nosocomio, la institución ha guardado silencio; por lo que dicha circunstancia, no puede ser un obstáculo para dar curso a lo peticionado por OSPAÑA; máxime cuando las modificaciones de las disposiciones estatutarias, inciden en forma directa sobre el normal funcionamiento de la Obra Social.
Que el procedimiento de reforma del articulado en cuestión, se ha ajustado a las previsiones del art. 20 del Estatuto actualmente registrado ante esta Superintendencia, en cuanto la disposi- ción establece que deberá ser a propuesta de las instituciones integrantes, aprobada en reunión extraordinaria del Consejo Directivo de OSPAÑA convocada al efecto y con mayoría de dos tercios de votos.
Que en cuanto a los artículos 2, 7, 10, 12, 14, 15, 16 y 20 objeto de reforma, no merecen obser- vación alguna. El art. 2° modifica el domicilio legal del Agente del Seguro de Salud, fijándolo en Ve- nezuela 1146 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los arts. 7, 10, 12, 15 y 20 referidos a los órganos de dirección y fiscalización de la entidad, guardan relación directa con la incorporación a OSPAÑA de la MUTUAL DE INMIGRANTES ESPAÑOLES Y SUS DESCENDIENTES EN LA ARGEN-
TINA. En el art. 14, se establecen las mayorías que serán necesarias, en las reuniones del Consejo Directivo, para la adopción de las decisiones que deba tomar ese cuerpo colegiado; en tanto, en el art. 16° se determina la duración, fecha de comienzo y finalización del ejercicio económico.
Que en atención a las razones invocadas por el Agente del Seguro de Salud, el silencio guar- dado por el CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES-MUTUALIDAD-CULTURA Y ACCION SOCIAL
y toda vez que el procedimiento de reforma se ha ajustado a derecho; no se formulan objeciones a lo solicitado.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y N° 1008 de fecha 2 de julio de 2012.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébense las reformas introducidas a los artículos 2, 7, 10, 12, 14, 15, 16 y 20 del Estatuto de la OBRA SOCIAL DE LOS INMIGRANTES ESPAÑOLES Y SUS DESCENDIEN-
TES RESIDENTES EN LA REPUBLICA ARGENTINA (RNOS 0-0310-8), registrándose el ejemplar glosado a fs. 2/7 del Expediente del VISTO.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Re- gistro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y oportunamente archívese.
— LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.
e. 02/09/2015 N° 140840/15 v. 02/09/2015
AVISOS OFICIALES
Anteriores
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
EDICTO BOLETIN OFICIAL
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido Sergio Fabián BORJAS (D.N.I. N° 16.406.108), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubi- laciones, Hipólito Yrigoyen N° 370, 5° Piso, Oficina N° 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pen- dientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4 ° Piso Oficina N° 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declara- toria de herederos.
Fecha: 19/08/2015
Firmado: Lic. Cecilia Graciela SILVESTRO
Jefa (Int.) Sección Jubilaciones - División Beneficios
Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefe (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios. NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.
e. 31/08/2015 N° 139745/15 v. 02/09/2015
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
EDICTO BOLETIN OFICIAL
La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes de la agente fallecida María Alejandra GIGENA (D.N.I. N° 16.681.993), alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución
S.T. N° 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen N° 370, 5° Piso, Oficina N° 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pen- dientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Financiera, Hipólito Yrigoyen 370, 4 ° Piso Oficina N° 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de corresponder la declara- toria de herederos.
Fecha: 24/08/2015.
Firmado: Lic. Cecilia Graciela SILVESTRO, Jefa (Int.), Sección Jubilaciones - División Beneficios. Lic. CECILIA GRACIELA SILVESTRO, Jefe (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios. NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.
e. 31/08/2015 N° 139999/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en Av.
Belgrano 1656 ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR: Por Resoluciones N°: 2118 y 2123/15 - INAES a las siguientes entidades: MUTUAL AYUDA RECIPROCA DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA (m. 1644) y ASOCIACION DEL PROFESORADO ORQUESTAL DE PROTECCION
RECIPROCA (m. 35). Ambas entidades tiene su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por Resoluciones N°: 2122, 2117 y 2119/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades respectivamente: ASOCIACION MUTUAL DE SA- LUD Y ACCION SOCIAL (m. 1922); MUTUAL DEL PERSONAL FRIGORIFICO CONSIGNACIONES RURALES DE BERAZATEGUI (m. 2058) y ASOCIACION MUTUAL DEL ENCUENTRO DEL TUYU
(m. 2424). Las mencionadas entidades tienen su domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires. Por Resolución: 2120/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la entidad ASOCIACION MUTUAL CUADRO NACIONAL (m. 317), con domicilio legal en la Provin- cia de Mendoza. Y por Resolución N° 2121/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la entidad MUTUAL DEL PERSONAL DEL HOSPITAL JUSTO JOSE DE UR-
QUIZA (m. 228) con domicilio legal en la Provincia de Entre Ríos. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, incs. b), c) y d)
—30 días— Ley N° 19.549). RECONSIDERACIÓN (Art. 84 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —10 días—).
ACLARATORIA (Art. 102, Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —5 días—). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —15 días—), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 36 de la Ley N° 20.321. Asimismo, se amplían los plazos procesales que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del asiento de esta jurisdic- ción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. N° 1.759/72 (t.o. 1.991). Fdo.: Sr. Osvaldo A. MANSILLA - Coordinador Financiero Contable del INAES. — OSVALDO A. MANSILLA, Coordina- dor Financiero Contable.
e. 01/09/2015 N° 140253/15 v. 03/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en
Av. Belgrano 1656, ha dictado en el Expediente N° 916/12, la Resolución N° 1630/15 de fecha 02/07/2015, por la que resolvió DEJAR SIN EFECTO LA SUSPENSIÓN DE LA AUTORIZACIÓN
PARA FUNCIONAR que, en virtud de las disposiciones de la Resolución N° 3369/09, pesaba sobre la entidad denominada COOPERATIVA AGROPECUARIA “COLONIA ALEGRIA” LIMITADA, matrí- cula N° 20.302, con domicilio en la localidad de San Pedro, Provincia de Misiones, toda vez que su caso se encuentra encuadrado en la excepción prevista por el artículo 5° de la Resolución N° 6086/12. Queda debidamente notificado (Art. 42, Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991), Fdo.: Sr. Osvaldo
A. MANSILLA - Coordinador Financiero Contable del INAES. — OSVALDO A. MANSILLA, Coordi- nador Financiero Contable.
e. 01/09/2015 N° 140254/15 v. 03/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Bel-
grano N° 1656, Capital Federal, notifica que un error administrativo el día 25 de agosto de 2015 se pu- blicó en el Boletín Oficial 33.199 en mérito a lo establecido por la Resolución del I.N.A.E.S. N° 2589/09 se ha ordenado instruir sumario a la: “COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO FIDUCIA-
RIA LIMITADA Expte: 1015/2006 Matrícula: CF 362) designándose al suscripto Instructor Sumariante. A tal efecto déjese sin efecto el mismo.. FDO.: DR. DANIEL BARROS, Instructor sumariante.
Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 31/08/2015 N° 139862/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano N° 1656, Capital Federal, notifica que en mérito a lo establecido por la Resolución del
I.N.A.E.S. N° 2589/09 se ha ordenado instruir sumario a la: “COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDI- TO Y CONSUMO FIDUCIARIA LIMITADA Expte: 1800/2009 Matrícula: 21561) designándose al sus- cripto Instructor Sumariante. De acuerdo a las normas en vigor, se fija un plazo de DIEZ (10) días, para que presenten los descargos y ofrezcan las pruebas que hagan a su derecho (art 1° incf) de la Ley N° 19.549), que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberá constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trami- té sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. 1991). FDO: DR. DANIEL BARROS, Instructor sumariante.
Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 31/08/2015 N° 139863/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con sede en Avda. Bel-
grano N° 1656/58 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, HACE SABER a la COOPERATIVA DE TRANSFORMACION Y COMERCIALIZACION FORESTAL Y CONSUMO DEL INTERIOR LTDA.,
Matr. N° 15.522 con domicilio legal en la Prov. de Córdoba, que en el Expte. N° 294/13 por el que tramita un sumario a su respecto, ha recaído la Disposición “S” N° 940 de fecha 21/8/15, la cual, en lo sustancial expresa: “VISTO...DISPONGO: Art. 1°: Hagase saber a la sumariada la designaciòn de la suscripta como nueva instructora sumariante y la aceptación del cargo sin reservas. Art. 2°: Dá- sele por decaìdo a la causante el derecho dejado de usar para alegar sobre lo actuado. Art. 3°: Llá- mase AUTOS PARA RESOLVER... Fdo. Dra. ELENA DOMINGUEZ, INSTRUCTORA SUMARIANTE”.
Dra. ELENA DOMINGUEZ, Instructora Sumariante, I.N.A.E.S.
e. 31/08/2015 N° 139869/15 v. 02/09/2015
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
EDICTO
EL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL con domicilio en
Av. Belgrano 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, NOTIFICA que por Resoluciones
N° 2103, 2104 y 2105/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR
a las siguientes entidades respectivamente: COOPERATIVA DE TRABAJO MERCOCENTRO LTDA. (m. 36.277); COOPERATIVA DE TRABAJO AMERICA LTDA. (m. 23.659) y COOPERATIVA DE PROVISIÓN PARA TRANSPORTISTAS BUEN GAS LTDA. (m. 24.321) las mencionadas tienen
su domicilio legal en la Provincia de Córdoba. Por Resoluciones N° 2098 y 2111/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades: COOPE- RATIVA DE TRABAJO GENERALES DE MAIPÚ (SE.TRA.MAIPÚ) LTDA. (m. 23.022) y COOPERA- TIVAS DE VIVIENDAS URBANIZACION SERVICIOS PUBLICOS Y CONSUMO “VALLE DE LOS
ANDES” LTDA. (m. 17.578). Las mencionadas tienen su domicilio legal en la Provincia de Men- doza. Por Resoluciones N° 2091 y 2097/15 -INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades respectivamente: COOPERATIVA DE TRABAJO SAN PEDRO LTDA. (m. 21.583) y COOPERATIVA DE TRABAJO COZENZA LTDA (m. 25.952)
con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por Resoluciones N° 2092, 2094 y 2102/15 INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades respectivamente; COOPERATIVA DE PROVISION Y COMERCIALIZACION DE SER- VICIOS AGROPCUARIOS “CAMPO BELLO” LTDA. (m. 22.731); COOPERATIVA DE TRABAJO DE LA CONSTRUCCION UNION LABORAL DE AMALIA LTDA. (m. 26.502) y COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIO PARA PUESTEROS DEL EX MERCADO DE ABASTO “VIRGEN
DEL VALLE” LTDA. (m. 24.617). Las mencionadas tienen su domicilio legal en la Provincia de Tucumán. Por Resoluciones N° 2088, 2089, 2093, 2095, 2096, 2099, 2100, 2101, 2106, 2107, 2108, 2109 y 2124/15. -INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR
a las siguientes entidades respectivamente; COOPERATIVA DE TRABAJO 7 DE MAYO LTDA. (m. 26.005); COOPERATIVA DE TRABAJO LOURDES LTDA. (m. 25.759); COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVA LAS CANALETAS 3 LTDA. (m. 26.277); COOPERATIVA DE TRABAJO LOS PRADOS 242 LTDA. (m. 26.033); COOPERATIVA DE TRABAJO 9 DE JULIO LTDA. (m. 26.026); COOPERATIVA DE TRABAJO COSTA ESPERANZA LTDA. (m. 25.757); COOPERATIVA DE TRA- BAJO LOS BUSCA LTDA. (m. 26.276); COOPERATIVA AGRARIA BONAERENSE DE MARTINEZ DE HOZ LTDA. (m. 2405); COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESPERANZA LTDA. (m. 26.007); COOPERATIVA DE TRABAJO SIEMPRE VERDE LTDA. (m. 26.048); COOPERATIVA APICOLA DE AYACUCHO LTDA. (m. 13.321); COOPERATIVA DE TRABAJO 10 DE JUNIO LTDA. (m. 26.029) y COOPERATIVA DE TRABAJO COMUNICAR LUJANENSE LTDA. (m. 30.934) todas con domicilio
legal en la Provincia de Buenos Aires. Por Resoluciones N° 2087 y 2113/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades respectivamente: COOPERATIVA DE TRABAJO DE CARNICEROS DE CATAMARCA LTDA. (m. 5545); COOPE-
RATIVA DE TRABAJO “AGUAS DE BELEN” LTDA. (m. 22.915), ambas con domicilio legal en la Provincia de Catamarca. Por resolución N° 2110/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORI- ZACION PARA FUNCIONAR a la entidad: COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA AGENTES DE TURISMO Y ARTESANOS JÁCHAL TUR “LOS ALGARROBOS” LTDA. (m. 23.589)
con domicilio legal en la Provincia de San Juan. Por resolución N° 2116/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la entidad: COOPERATIVA DE TRABAJO
TEXTIL “NUEVO COMIENZO” LTDA. (m. 33.977) con domicilio legal en la Provincia de Salta. Por resolución N° 2090/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIO- NAR a la entidad: COOPERATIVA DE TRABAJO EL INCIENSO LTDA. (m. 24.041) con domicilio legal en la Provincia de Misiones. Por resolución N° 2112/15 INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA DE TRABAJO VIVIENDA Y SERVICIOS
GENERALES “PATAGONIA SUR” LTDA. (m. 23.985) con domicilio legal en la Provincia de Santa Cruz. Por resolución N° 2115/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUN- CIONAR a la COOPERATIVA DE TRABAJO PROGRESO LTDA. (m. 25.398) con domicilio legal en la Provincia de Jujuy. Por resolución N° 2114/15 INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZA- CION PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA DE TRABAJO “LA FORTALEZA” LTDA. (m. 20.913)
con domicilio legal en la Provincia de La Rioja. Por resolución N° 1140/15 - INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO
Y CONSUMO MISION LTDA. (m. 21.599) con domicilio legal en la Provincia de Entre Ríos. Por resolución N° 1144/15- INAES ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA AGROPECUARIA Y FORESTAL DE “CORZUELA” LTDA. (m. 627) con domicilio
legal en la Provincia de Chaco. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recur- sos: REVISIÓN (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley N° 19.549). RECONSIDERACION (Art. 84 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —10 días—). ACLARATORIA (Art.
102, Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, —5 días—). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. N° 1.759/72 - t.o. 1.991, 15 días—), como así también el Recurso Judicial Directo contemplado en el Art. 103 de la Ley N° 20.337, modificada por Ley N° 22.816. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. N° 1.759/72 (t.o. 1.883/91), Fdo.: Sr. Osvaldo A. MANSILLA - Coordinador Financiero Contable del INAES. — OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable.
e. 01/09/2015 N° 140255/15 v. 03/09/2015
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADUANA DE BUENOS AIRES
EDICTO
La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, co- munica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sección Gestión de Rezagos (DV COPN), dependiente del Departamento de Aduana de Buenos Aires Norte, sito en la calle Azopardo 350, P.B. - oficina 51 - de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ANDRES VELIS, Jefe (Int.) Depto. Aduana Bs. As. Norte, Dirección Aduana Metropolitana 1.
e. 01/09/2015 N° 140069/15 v. 03/09/2015